LA MANADA: BURGOS RESPETA A LOS JUECES Y SUS SENTENCIAS

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Debo reconocerlo, he podido leer la famosa sentencia de LA MANADA y el auto de puesta en libertad, y no lo he hecho. Pero, sin embargo, como Uds. puede observar, escribo sobre este tema. ¿Cinismo?. ¿Falta de profesionalidad en una modesta página de reflexiones de alguien no experto en derecho?. Uds. pueden juzgar, pero no se presume de lo que no se es.

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Pues bien. Cuando hace alguna noche escribía sobre este tema:

LA MANADA: ALARMA SOCIAL O SOCIEDAD MANIPULADA

No había visto el Diario de Burgos que salía a las pocas horas. Ni me informaba de que los jueces de Pamplona y el abogado de esos chicos sevillanos tienen que llevar escolta en Pamplona, o que algunas feministas están haciendo campaña para que esos chicos no encuentren trabajo o les atiendan en comercios.

Madre mía, me llevo las manos a la cabeza. A dónde vamos a llegar.

Pues bien, cifras y gente, que eso es lo que importa.

La mayoría de los políticos que nos piden nuestro voto, a nivel nacional, autonómico o municipal, protestan del trabajo de esos jueces y de sus decisiones judiciales.

A mi hubieran gustado todas las garantías procesales que ha habido en ese juicio.

En Burgos, y en otras partes de España, en juzgados de familia, antes de las vistas, el juez invita a los abogados de las partes a entrar, y sin presencia de los padres se plantean acuerdos que, luego, intentan los abogados que asuman sus clientes.

En Burgos, para protestar por la puesta en libertad de los sevillanos, salieron, según informan, cerca de un millar de personas. Impresiona la juventud de las chicas que se ven en las fotos, detrás de una pancarta que dice:

DISCULPEN LAS MOLESTIAS, NOS ESTÁN ASESINANDO, y que firma AUTODEFENSA FEMINISTA.

Pues bien, en la última página del citado diario, se hace una entrevista a una joven mujer y madre argentina, que lleva doce años en Burgos, donde se comenta que la gusta la seguridad que reina en las calles de Burgos: “Mis hijas salen tranquilas a la calle y no las espero con la angustia de que lleguen descalzas porque les han robado las zapatillas”.

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Pregunto al Sr. Google y Wikipedia, y me indica que en 2.016, en Burgos, éramos 176.608 habitantes.

Sres. políticos de todo color, interés e ideología, mil personas no nos representan.

Ese caso es uno más entre los miles de asuntos judiciales que se tramitan en España.

Voy y les cuento. Hace unos días estuve con un anciano de 86 años. Vive sólo y han recomendado los servicios sociales que vaya a una residencia. Tiene retenida judicialmente su pensión, para pagar, otras obligaciones económicas, una pensión de alimentos de un hijo, que tiene entre 40 y 50 años, con el que no tiene contacto. Su estado mental le dificulta iniciar un procedimiento judicial para suprimir esa pensión.

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Pues bien, si este padre divorciado estuviera en Aragón, allí tienen una ley que suprime esa obligación a los 26 años, automáticamente.

Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas.

            http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ar-dleg1-2011.html

“Artículo 69 Gastos de los hijos mayores o emancipados

  1. Si al llegar a la mayoría de edad o emancipación el hijo no hubiera completado su formación profesional y no tuviera recursos propios para sufragar los gastos de crianza y educación, se mantendrá el deber de los padres de costearlos, pero solo en la medida en la que sea razonable exigirles aún su cumplimiento y por el tiempo normalmente requerido para que aquella formación se complete.
  2. El deber al que se refiere el apartado anterior se extinguirá al cumplir el hijo los veintiséis años, a no ser que, convencional o judicialmente, se hubiera fijado una edad distinta, sin perjuicio del derecho del hijo a reclamar alimentos.”

También se habla de que el juez, en caso de nulidad, separación, divorcio limitará el uso de la misma:

“Artículo 81 Atribución del uso de la vivienda y del ajuar familiar

  1. La atribución del uso de la vivienda familiar a uno de los progenitores debe tener una limitación temporal que, a falta de acuerdo, fijará el Juez teniendo en cuenta las circunstancias concretas de cada familia.”

En el Código Civil esa obligación no se le impone al juez. Acabo de estar con un padre que tiene a los tres hijos estudiando fuera. Si quiere recuperar sus derechos de propiedad sobre la misma, debe pedirlo judicialmente, cuando en Aragón se pondría plazo desde la primera sentencia, actualmente. Y no es seguro que se lo concedan ahora.

https://www.heraldo.es/noticias/aragon/zaragoza-provincia/zaragoza/2018/01/02/un-juez-limita-dos-anos-uso-una-vivienda-comun-divorciados-1217109-301.html

“El titular del juzgado de Primera Instancia 6 de Zaragoza, Ángel Dolado, ha decidido que el uso de una vivienda consorcial por un divorciado y su hijo se limitará a dos años para que se liquide por los problemas económicos de la mujer y no sigan en la casa hasta que el hijo tenga 26 años o que sea independiente. Esta modificación de las medidas definitivas del divorcio, que fue aprobado en una sentencia de 2010, se aprueba porque el artículo 81 del Código Civil de Aragón da potestad al juez para limitar temporalmente el uso de la vivienda por las circunstancias de cada familia. La sentencia está valorada en principios de justicia material e igualdad.”

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Y bla, bla, bla.

Sres. Políticos, 175.000 residentes en Burgos ni hemos protestado por la sentencia de LA MANADA, ni por su puesta en libertad, ni por la actuación de los jueces. No hemos pedido cambiar la ley de esa sentencia, hay otras muchas que son mucho más urgentes.

Gracias.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

PD.- Después de la actuación del PP en su promesa electoral de LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA, pues eso, no hay ley.

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