EXCMA. SRA. FISCALA GENERAL DEL ESTADO
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
C/ Fortuny, 4
28.010 MADRID
ASUNTOS: CONCENTRACIÓN NO AUTORIZADA, EN GRANADA, PARA HOY VIERNES 15 DE MARZO DE 2.019. SE EXIGE QUE LAS PERSONAS CONVOCANTES SEAN IDENTIFICADAS Y MULTADAS CONFORME A LA NORMATIVA VIGENTE.
PETICIÓN DE QUE INFORME JURÍDICAMENTE SI SE PODRÍA PROPONER A PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS DE RETRASAR LOS PAGOS DE PENSIONES DE ALIMENTOS, CORRESPONDIENTES A LOS PRÓXIMOS MESES DE ABRIL Y MAYO DE 2.019, AL 30 DE CADA MES, PARA PROTESTAR POR LOS RETRASOS EN LOS JUZGADOS EN TEMAS DE FAMILIA CON MENORES NO EMANCIPADOS, Y OTROS TEMAS, CON MOTIVO DE LAS PRÓXIMAS ELECCIONES.
Burgos, 15 de marzo de 2.019
Excma. Sra.:
Llevamos los últimos años sufriendo los ciudadanos las molestias de manifestaciones que se celebran sin cumplir los requisitos que señala el ordenamiento vigente,
Desde cierto feminismo, se vienen atacando diversas decisiones judiciales, en un intento de chantajear al ordenamiento jurídico y la labor judicial, y, en ese sentido, hay casos concretos en los que se apoyan para intentar sus objetivos. CASOS JUANA RIVAS Y LA MANADA.
Obviamente, se respeta su deseo de opinar sobre todo lo que estimen oportuno, incluso en nuestras calles y plazas, pero siempre que se sigan las normas, de obligado cumplimiento.
En Burgos, en concreto, se ha pedido, tanto al Ilmo. Sr. Subdelegado del Gobierno en Burgos, como al Ilmo. Fiscal Jefe de Burgos, para que se impusieran las correspondientes multas, por manifestarse el pasado 26 de abril de 2.018, sin los preceptivos permisos. Escritos al primero, de fechas 21-5-2.018 y 2-7-2.018, y 24-10-2.018 al segundo.
No se tiene constancia de que se hayan impuesto las sanciones correspondientes.
Y eso no es admisible cuando a una divorciada de cerca de 70 años el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA DE CANTABRIA la ha impuesto una sanción por no enviar una estadística, no pudiendo jubilarse por tener que atender un humilde negocio para intentar llegar a final de mes.
Para hoy mismo, 15 de marzo de 2.019, hay convocada una manifestación en Granada, a las 18,30, en la Plaza Nueva, con motivo de la sentencia contra la ciudadana Dª JUANA RIVAS.
Hace unos días, el pasado 12 de marzo de 2.019, la Ilma. Sra. Dª Catalina Madueño Madaleno, Subdelegada del Gobierno en Jaén, prohibió una manifestación frente a esa Subdelegación del Gobierno, con el lema: DÍA DEL PADRE, IGUALAD REAL, CUSTODIA COMPARTIDA.
Entre los argumentos que indica, aparte de señalar que hay plazos legales, está:
“Este plazo de preaviso es necesario, no sólo para ponderar las consecuencias de la reunión o manifestación, sino para adoptar las medidas cautelares que garanticen el orden público y la adecuada protección de personas y bienes.”
Por ello, nos permitimos recordarle a Ud. lo que contempla la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, en sus artículos 37 y 39:
Artículo 37 Infracciones leves
Son infracciones leves:
- La celebración de reuniones en lugares de tránsito público o de manifestaciones, incumpliendo lo preceptuado en los artículos 4.2, 8, 9, 10 y 11 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, cuya responsabilidad corresponderá a los organizadores o promotores.
Artículo 39 Sanciones
- Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 30.001 a 600.000 euros; las graves, con multa de 601 a 30.000 euros, y las leves, con multa de 100 a 600 euros.”
Por otra parte, hay muchos padres que estamos muy cabreados, si permite la expresión, por la legislación vigente, diferente según comunidades autónomas. Por los retrasos en los juzgados. Por la actuación de los abogados de oficio, que, como en mi caso, pedían litis expensas y el pago de todas las costas judiciales, cuando el Estado Español, imponía abogado y procurador a la demandante, y no tenía otra opción. O, como es mi caso, en que el Ministerio Fiscal no compareció ni emitió informe cuando la ley exigía que defendiera a mi hija, O tener sentencias en que los jueces no comparecían, o no me permitían hablar.
Y que decir cuando esos abogados que envía el estado para expulsarnos de nuestras propiedades, luego la administración regional impide a su patrocinada participar en un sorteo de viviendas públicas.
Como puede ver, hay mucho de lo que quejarse.
Sin que en principio se tenga intención de proponerlo, como Uds. saben mucho de leyes, la pregunta que se la hace es la siguiente.
“APROVECHANDO QUE HAY ELECCIONES LOS MESES DE ABRIL Y MAYO DE 2.019, PROPONER A LOS PADRES DE FAMILIA SEPARADOS/DIVORCIADOS (QUE INCLUIRÍA A MUJERES EN LA MISMA SITUACIÓN), QUE ESTÉN PAGANDO PENSIONES DE ALIMENTOS A LOS HIJOS, POR DECISIÓN JUDICIAL, EN LOS PRIMEROS DÍAS DE CADA MES, SUGERIRLES, COMO PROTESTA, QUE LAS INGRESEN EN LAS CUENTAS QUE CORRESPONDAN EL ÚLTIMO DÍA DE LOS MESES DE ABRIL Y MAYO DE 2.019, PARA DAR UN TOQUE DE ATENCIÓN A LOS POLÍTICOS.”
Se ruega indique si proponerlo tendría alguna sanción penal o administrativa, a quien lo promueva, y a los padres/madres separados/divorciados que se retrasen veintitantos días en cumplir su mandato judicial, coincidiendo con elecciones y para hacer notar a los políticos que estamos hartos de que se detenga a padres, hermanos, hijos, amigos con la sola denuncia de una mujer, y haya niños que se quedan muchos meses sin ver a su papá injustamente, que en unas comunidades el uso de la vivienda es por poco tiempo y en otras durante años y años, etc., etc., etc. Y, por supuesto, por la lentitud de la justicia, y los costos infames que se obliga a pagar a abogados y procuradores.
Esperando atienda estas peticiones, e informe de lo indicado, atentamente,
Jesús Ayala Carcedo.
- D.- Se la envían copia de los escritos indicados, e información de que se han celebrado muchas manifestaciones sin cumplir los requisitos por los que no se autorizan otras manifestaciones, sobre todo cuando son de padres.
Justicia claro que si, que pague con cárcel y ojalá pudiera deshacer todo lo malo qur le hizo a sus hijos y a su esposo. Carcel para esta secuestradora y maltratadora ya !!!
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