QUEDA UD. DETENIDO. POR FAVOR, PÓNGAME LOS HECHOS QUE UD. ASUME QUE YO HAYA PODIDO COMETER, POR ESCRITO. GRACIAS.

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Hace pocos días, un padre que está pasando un calvario con denuncias y pleitos que le están arruinando, y tiene que ser ayudado por sus padres, me comentaba que fue detenido, en su día, y el argumento que le dieron era que aplicaban el protocolo. Le había denunciado la mamá de los hijos comunes.

Otras respuestas, que no convencen a esta, parte han recibido otros padres. Pues bien, al final les ponemos lo que indica la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre este tema.

Nos estamos encontrando que, en unos casos, no se da documentación a los padres detenidos, y, en otros, lo que ponen no es lo que debe asumir el policía o guardia civil de turno:

“Ud., tal día, a tal hora, en tal sitio, a Dª Fulanita la dijo, la amenazó, la golpeó, etc., en presencia de ……..” Lo pone por escrito, lo firma, y me lo da.

Y se comenta esto, en estos momentos, porque el compañero de luchas y fatigas en defensa de niños, legalidad, igualdad, etc. D. JUAN FRANCO MONTOYA, con fecha 19 de junio de 2.019, ha recibido un escrito del CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, en que comentan que, aunque hay protocolos, directrices, o lo que sea, sobre estos temas de género, custodias, o lo que sea, los Ilmos. Sres. Jueces y Juezas, en su libertad jurisdiccional, únicamente están sujetos a las Leyes y la Jurisprudencia del Tribunal Supremo. Y que las sentencias sólo se pueden cambiar por otro estamento jurisdiccional. Y dentro de ese sistema, los jueces están protegidos, más o menos.

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La pregunta es si los Policías y Guardias Civiles están tan protegidos como los jueces y juezas. Si un protocolo quita responsabilidades…..personales……Se sabe que tienen muchísima presión…..

Dicho esto, primero recordar, a todos y todas, o todas y todos, que no se divorcia a nadie por malos tratos. Si alguien tiene otra información, que lo diga, o se calle para siempre.

Por otra parte, si le detienen, exigir que le pongan por escrito, y se lo den, lo dicho anteriormente:

“Ud., tal día, a tal hora, en tal sitio, a Dª Fulanita la dijo, la amenazó, la golpeó, etc., en presencia de ……..”.

https://apfsburgos.com/tag/profe-ortega/

Antes de continuar, me acuerdo que hace ya un montón de años, alguien que sabía de eso de detenciones, perdió cerca de mi casa, un escrito, escueto y plastificado, en que había recomendaciones para estos casos. Creo que era, más o menos, abogado, no hablar y algunas cosillas más….Si no es lo que ponía, mis disculpas. Fue hace ya muchos años.

No informar al detenido de las causas de su arresto vulnera el derecho a la libertad, según el Constitucional

Sentencia del Tribunal Constitucional (5/3/18) que señala que no informar por escrito, por parte de la Policía, a un detenido sobre las causas de su arresto vulnera el derecho fundamental a la libertad.

Sala Primera. Sentencia TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 21 2018, de 5 de marzo de 2018

Ahí les va el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lecr.l2t6.html#a520

No sean perezosos, y léanlo. Gracias.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

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