No sé si lo haré bien, cómo lo hizo el que escribió la historia, para gente joven, hace ya muchos años. Trataba sobre un hecho que quizá ocurrió en la antigua Roma. En él estuvo implicado un personaje notable, nacido en lo que hoy es España: Séneca.
Pues bien, vayamos a la historia. Había un padre, con una notable fortuna, que había quedado viudo, y que tenía a dos hijos pequeños. Preocupado que, a falta de madre, pudieran quedarse, también, sin padre, dejó un testamento a favor de un ciudadano que consideraba buen amigo, en que le dejaba todos sus bienes. Con una única condición, que esperaba procurara alimentos, educación y bienestar a sus queridos hijos, con lo que él quisiera de la herencia que le dejaba.
Lo que tenía que ocurrir, ocurrió. Murió el padre y se hizo cargo de su notoria fortuna el presunto buen amigo. Pero, cómo lo que indicaba el testamento era que el diera a sus hijos lo que él quisiera, lo que hizo es no darles nada. Y los niños se quedaron en la puñetera calle, con una manita delante y otra detrás.
Pasó el tiempo, y un buen día, en que a lo mejor no había buen tiempo, pero que, por necesidades del guion, llamamos, o indicamos, buen día, se encontró Seneca a los dos pequeños huérfanos, en triste estado, y le contaron su triste historia. Huérfanos de padre y madre, a pesar de la importante riqueza familiar, por un mal amigo de su padre, pasaban hambre y se dedicaban a pedir, para sobrevivir.
Ante este drama, éste buen hombre, Séneca, se puso a pensar y más pensar. Y no se le ocurrió otra cosa que plantear su problema ante la justicia, ocupando Séneca el papel de abogado defensor de nuestros dos nuevos amigos, los dos huerfanitos.
Y su discurso fue simple.
“Señores Jueces:
Nos encontramos ante dos niños que están en la miseria. Su buen padre, viudo, equivocado, notoriamente, pensaba que confiando su abundante riqueza al que consideraba un buen amigo, dejó escrito en su testamento que cuándo él falleciera, si era durante la minoría de edad de sus dos hijos, confiaba sus bienes al que consideraba una buena persona y mejor amigo, para que sus hijos tuvieran todo el bienestar y educación que permitían sus abundantes bienes.
Y, señores Jueces, se cumplió la primera parte del testamento: el amigo se hizo cargo de todos sus bienes.
Y, en cuanto, a la segunda parte del testamento, el uso y destino de esos bienes, ése no muy buen amigo, visto lo visto, consideró que se cumplía la decisión del difunto de dar, a los dos niños, lo que él, el presunto amigo, quisiera, para cumplir con ese requisito del testamento.
Y aquí, Señores Jueces, es dónde este ciudadano no ha cumplido el testamento. Claramente, dejó el difunto dicho que este ciudadano diera a los niños lo que él quisiera. ¿Y qué es lo que ha querido este ciudadano?. Ha querido TODO para él. Y si este hombre quería todo para sí, eso es lo que corresponde a estos dos huerfanitos: TODOS LOS BIENES QUE DEJÓ SU PADRE, conforme al testamento”.
Cómo en las buenas historias, ganan los buenos y les dan en el morro a los malos. Le quitaron los bienes del difunto al mal amigo, y fueron para los dos niños.
Sí les transmití mal lo que leí, lo siento, pero creo que, en el fondo, éste es el final feliz de esta historia, si es que realmente ocurrió.
Bien. Ahora hablemos de los procedimientos de nulidad/separación/divorcios, en que uno de los padres pide todo:
– Quedarme en el domicilio familiar, pagando su parte de hipoteca el otro padre, sin derecho a compensación alguna, y, por supuesto, por el bien, importantísimo, obligatorio, y, necesario del menor.
– -Qué en los cinco primeros días de cada mes, en mi cuentecita, me ingrese tanta pasta para el cuidado de nuestros hijos comunes, según se indica en el Registro Civil. Lo que yo vaya a aportar, se supone.
– Y que vea a los niños, menores no emancipados, dos fines de semana al mes, alternos. Y no me opongo a que los vea una tarde entre semana, y mitad de vacaciones de Navidad y Semana Santa, y un mes en verano.
– Dado que yo trabajo de funcionaria en su juzgado, no le pido pensión compensatoria, ni litis expensas ni que pague costas. Como verá Su Señoría, lo normal, y permite la ley.
Si aplicáramos la moraleja de la historia que pudo ocurrir en Roma, el hoy cónyuge, padre/madre, a quien va dirigida la demanda, se limitaría a indicar:
“Señoría:
Yo pido lo que él/ella quiere:
El uso de la vivienda familiar, que él/ella pague media hipoteca, y que me ingrese, en mi cuenta en el banco, la pasta que a mí me pide. Y que vea a los niños, lo que se indica en la demanda.”
Si Uds. fueran jueces, ¿cuál sería su veredicto?.
Sólo soñaba despierto.
Gracias, y perdonen, si alguno/a se siente ofendido/a.
Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.