EL AÑO EN QUE LAS SENTENCIAS NO PROTEGIERON A LOS NIÑOS……POR QUÉ ENVIDIO A LOS SUIZOS

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Bien, ya está aquí. El BOE del 29 de abril de 2.020 publica:

Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.

https://boe.es/boe/dias/2020/04/29/pdfs/BOE-A-2020-4705.pdf

En el mismo, se habla de la posibilidad de resarcir, a los niños, su derecho natural, humano y constitucional, de estar con su padre. El que libremente eligió la mamá. En este Real Decreto, en sus artículos 3 a 5, se contempla compensar los días que los niños no estuvieron con sus papás. También se habla de posibles modificaciones de pensiones porque se han producido despidos, Eres, Ertes…negocios que no se van a abrir, y que hace que mucha gente esté en la ruina.

Y van a permitir que se les destaque lo siguiente, artículo 3.c), en relación a nuestros niños, nuestros hijos, sobre sus derechos personales:

“Las que pretendan el establecimiento o la revisión de la obligación de prestar alimentos, cuando dichas pretensiones tengan como fundamento haber variado sustancialmente las circunstancias económicas del pariente obligado a dicha prestación alimenticia como consecuencia de la crisis sanitaria producida por el COVID-19.”

Se lo explico, para que vean Uds. de qué va esto, porque es un incumplimiento absoluto por parte de todos los operadores jurídicos: Consejo General del Poder Judicial (Responsable de unas tablas de alimentos), jueces, fiscales, abogados y procuradores.

Les repito lo que Uds. han leído:

“pariente obligado a dicha prestación alimenticia.”

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Hablando en lenguaje, llano, simple, accesible a todo el mundo, supongo:

SÓLO UNO DE LOS PADRES (LO PREFIERO A PROGENITORES), TIENE LA OBLIGACIÓN LEGAL DE PAGAR LOS GASTOS CORRIENTES DE LOS NIÑOS, Y, SÓLO EN LOS GASTOS EXTRAORDINARIOS, EL OTRO PADRE/MADRE SUELE TENER LA OBLIGACIÓN LEGAL DEL PAGO DEL 50% DE LOS MISMOS.

Pero eso no es lo que dice el Código Civil, en su artículo 93:

“El Juez, en todo caso, determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento.”

Pues bien, esas mamás, notoriamente, que, en muchos casos, ordeno y mando, han impedido que muchos niños hayan estado con sus papás, como ordenaba la sentencia, no sólo no tienen castigo alguno por ello, sino que no tienen obligación LEGAL de aportar dinero para la alimentación de los hijos comunes. Lo han leído Uds. Se ruega comprueben que lo dicho, mejor, escrito, está en las leyes de obligado cumplimiento, al menos eso creo, o creía, por parte de jueces, etc.

Con su permiso, ahora les cuento por qué envidio a los suizos. Ayer martes, final de abril, del año presente, de 2.020, buscando unos datos, entro, por casualidad, en unas páginas sobre el divorcio, en Suiza. Y me llevo una sorpresa mayúscula.

https://www.ch.ch/fr/divorce-procedure/

En España, a partir de los tres meses, de contraído libremente matrimonio, no hay que justificarlo. Allí tampoco hay que justificarlo.

Pero, lo que me ha llamado la atención, aunque las autoridades recomiendan consultar a un abogado, la LEY SUIZA NO EXIGE ABOGADO PARA DIVORCIARSE.

Cuando aquí, en España, por no atender los juzgados, de todas partes se ha apelado al sentido común, a llegar a acuerdos. Pues bien, muchas madres, porque sí, porque no se castiga hacer lo que quieran, si algún niño ha sido privado de estar con su papá, esas mamás que no tienen obligación legal de poner dinero para su alimento, zapatos, vestido, etc., no tienen ninguna penalización por ello. Y, a veces, esos niños, que han sido privados de su papá, han estado en situación de riesgo por el COVID 19 ese, que nos ha privado de muchos derechos constitucionales. ¿Por qué?, porque las mamás trabajan en el sector sanitario, en que un porcentaje lo han contraído en su trabajo. Otras, cajeras de supermercado, etc., también en situación de riesgo mayor que los papás.

Ahora bien, el papá que considere que el estado español debe compensar a los niños privados de papá, y ya hemos superado 40 días, que vaya contratando abogado y procurador, que no representan los intereses de sus hijos, y vaya poniendo dinero, porque la sentencia a favor de los hijos comunes, permitan que la afirme, es papel mojado, en ese tema, si así lo decidió la mamá. Y, por supuesto, sin posibilidad de diálogo. Ordeno y mando.

Y sí, envidio a los suizos, divorciarse sin abogado.

Cuando tantos se quejan de las hipotecas, avalan a hijos que son expulsados del domicilio familiar, se reparten herencias, o se compran viviendas…..¿por qué no se exige abogado, para que luego no se llamen a engaño?.

Y yo pienso, estos días, ¿no sería mejor exigir abogado al casarse, y no al divorciarse si los dos padres se ponen de acuerdo?.,

Perdonen, no se quiere molestar. Soñaba, despierto.

Gracias a todos Uds.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

5 opiniones en “EL AÑO EN QUE LAS SENTENCIAS NO PROTEGIERON A LOS NIÑOS……POR QUÉ ENVIDIO A LOS SUIZOS”

  1. Vaya lo que nos faltaba!!!
    Cómo podríamos cambiar esta injusticia,no sólo por los niñ@s , sino también por los padres.
    Recogiendo firmas,poniéndolo en chance.org??
    No me parece bien esto
    Pensemos y actuemos,hay más padres de los que creemos y se siente apaleados y solos,sino hacemos público esto seguiremos igual,siempre mirando a otro lado.
    ORGANICEMONOS, SI NOS UNIMOS NUESTRAS VOCES SE OIRAN,VENGA AYUDARME.

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    1. Estimada Susana, 

      Los padres y los niños somos los grandes olvidados. Todo es violencia de género y Lgtbi. Sólo protegiendo a la familia, evitando el uso y abuso de los juzgados, forzando la mediación familiar, se podrá intentar limitar un poco la problemática familiar y de pareja.

      Limitación de la justicia gratuita, dándola a cambio de trabajos a la comunidad.

      En cuanto a los derechos de visita de los niños, si quisieran, se eliminaban en pocos meses los abusos. Otra manera serían multas o trabajos a favor de la comunidad.

      Todo político que defienda los temas de género, y como prioridad la violencia con ese nombre, me temo que nunca verán a los padres/madres vapuleados por leyes y sentencias, y procesos judiciales.

      Los niños no votan. Ése es el problema.

      Hay que modificar la ley en cuanto al uso, y abuso de la vivienda familiar. Vamos, mejor la que tienen los vascos. 

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