Una de las luchas, y reclamaciones, de los padres separados/divorciados es acceder a datos de sus hijos en diversos ámbitos y registros: registro civil, iglesias, colegio, sanidad, ayuntamiento….
La lógica sería que el padre/madre que tiene la guarda y custodia de los hijos menores no emancipados facilitara todos esos datos, o esos documentos, al otro padre. Pero eso, en demasiados casos, sería en un mundo ideal.
Como ya sabrán Uds., acaban de sacar nuevas normas sobre el empadronamiento en que se contempla este tema, y ya les hemos hecho alguna reflexión de cómo se pueden empadronar nuestros hijos, por parte del padre que tiene la guarda y custodia:
Ahora, por si es de su interés, les facilitamos lo que se contempla en la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
https://boe.es/boe/dias/2020/05/02/pdfs/BOE-A-2020-4784.pdf
Y esto es lo que se contempla:
“8.1 Acceso a los datos padronales
En el caso de menores no emancipados de padres separados o divorciados, en virtud de lo establecido en el artículo 156 del Código Civil, el progenitor no custodio que acredite mediante la oportuna resolución judicial que ejerce la patria potestad compartida de sus hijos podrá acceder a la información padronal de los mismos, previa audiencia al progenitor que ostente la guarda y custodia para que pueda realizar las alegaciones que estime oportunas, con el fin de preservar el secreto de la residencia en situaciones sensibles. No procederá el acceso a la información cuando de la propia resolución se derive que debe preservarse el citado secreto por carecer el progenitor no custodio del derecho de visita a sus hijos menores o sólo poder hacerlo bajo supervisión de terceros y en determinados lugares”.
Los animamos a que lo soliciten, en los casos que proceda, en el ayuntamiento de la población de residencia de sus hijos. Ya nos contarán sus experiencias.
Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.