JUECES EN PRÁCTICAS, SANGRE NUEVA PARA EL DERECHO DE FAMILIA

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la fase de prácticas tuteladas los jueces en prácticas,

Llama la atención de que, en este tiempo de pandemia, con la justicia en espera de toneladas de asuntos, que los jueces protesten de que jueces sin culminar el ciclo normal de preparación para dictar sentencias, con todas las de la ley, dicten sentencias con valor legal. Aunque recurribles, normalmente.

Y puede ser duro, que les cueste asumir un oficio duro, cuando tienen en sus manos la vida de varios miembros de una familia, los padres y los hijos. Y es duro ver como dos padres, con dos abogados, se despellejan, por el bien superior del menor, y juegan al juego de la silla. Es decir, muchos argumentos, y el que se lleva a los niños se lleva la casa. Y el otro, y da lo mismo que sea hombre o mujer, con el pijama y el cepillo de dientes, a la puñetera calle, aunque ahora hace mejor tiempo que hace unos meses.

https://okdiario.com/espana/jueces-magistrados-contra-mano-obra-barata-jueces-practicas-desatascar-justicia-5639589

“JUECES Y MAGISTRADOS CONTRA LA MANO DE OBRA BARATA DE LOS JUECES EN PRÁCTICAS PARA DESATASCAR LA JUSTICIA”

Pero lo peor que pueden temer los Ilmos. Sres. Jueces y Magistrados es que piensen, y no sigan el camino trillado que se viene utilizando en estos temas, sota, caballo y rey.

Veamos, imaginemos que alguno piense, ¿y cómo es eso que tiene que pagar el padre ausente el mes de agosto por los hijos, si no los tiene la madre?.

https://apfsburgos.com/2016/02/27/los-padres-espanoles-pagan-dos-veces/

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¿Por qué no ponemos un límite de pensiones de alimentos, hasta la mayoría de edad, para los hijos, a la cuenta de la madre, que es embargable, si a partir de los 18 años pueden las hijas abortar sin pedir permiso ni informar a nadie, los hijos ser alcaldes de su pueblo, etc., etc.

Y por qué si el Código Civil dice que hay que poner en sentencia lo que pone papá……euros, y lo que pone mamá….. euros, y no se viene poniendo así. Incluso el Consejo General del Poder Judicial ha hecho unas tablas en que sólo se habla de lo que pone una parte. Vamos, que legalmente la otra parte sólo tiene obligación legal de pagar el 50 % de los gastos extraordinarios. Si alguien piensa lo contrario, que lo diga.

Y por qué no intentamos hacer acuerdos en las vistas, en vez de hacerlo a escondidillas, llamando a los abogados y proponiendo acuerdos.

NO vaya a ser que alguno piense…..y nos deje en feo.

Ah, se me olvidaba……es obligación del juez decir dónde puede estar el padre ausente con los hijos, si le expulso a la puñetera calle. Hay dos artículos del Código Civil que lo dicen. ¿Pongo en la calle o…..?.

Mejor que no piensen, por unos pocos euros, no vaya a ser que nos dejen en feo.

Es duro pensar…..ya pensaron los que ya están, o estuvieron.

Las lágrimas, para los justiciables, o ajusticiados.

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Sin ánimo de ofender. Gracias.

Jesús Ayala Carcedo.

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