EL DEFENSOR DEL PUEBLO Y LA PATRIA POTESTAD, ¿POR QUÉ PRETENDEMOS EJERCERLA COMPARTIDA LOS PADRES SEPARADOS?. ¿ESO ES POSIBLE?

EL DEFENSOR DEL PUEBLO Y LA PATRIA POTESTAD, ¿POR QUÉ PRETENDEMOS EJERCERLA COMPARTIDA LOS PADRES SEPARADOS?. ¿ESO ES POSIBLE?

Respetuosamente, como no puede ser de otra manera, se respetan las recomendaciones que ha hecho el Excmo. Sr. Defensor del Pueblo al Ministerio de Justicia:

https://www.defensordelpueblo.es/noticias/regimen-visitas-guarda-custodia-los-menores/

El Ministerio de Justicia ha aceptado las recomendaciones del Defensor del Pueblo y ha asegurado que el  proyecto de Ley de Protección Integral de la Infancia y Adolescencia introducirá modificaciones del régimen de visitas y de la guarda y custodia de los menores en caso de condena del padre por violencia de género.
 
 

RECOMENDACIONES

1. Que se haga uso de la iniciativa legislativa del Gobierno para la modificación de las normas necesarias que establezcan, con carácter imperativo, la obligación de un pronunciamiento específico acerca de la suspensión cautelar o provisional del régimen de visitas para el inculpado por violencia de género, siempre que exista una medida de salida del domicilio, alejamiento o suspensión de las comunicaciones respecto de la madre.

2. Introducir las modificaciones normativas necesarias de modo que la existencia de una medida de salida del domicilio, alejamiento o suspensión de las comunicaciones respecto de una mujer víctima de violencia de género, haya de ser trasladada de modo inmediato al juzgado que esté conociendo o haya conocido del procedimiento de separación o divorcio, a fin de que este se pronuncie sobre la suspensión del régimen de visitas de los menores, durante la vigencia de la medida respecto a la madre.”

 

Por otra parte, el propio Ministerio de Justicia también contempla la posible privación de la PATRIA POTESTAD, en ciertos casos. Desgraciadamente, en este país en que nuestros políticos derivan las situaciones familiares a unos juzgados sobrecargados, tiene como consecuencia que el ejercicio compartido de la patria potestad sea tarea imposible, y fuente de muchos conflictos, y gastos. Puede haber excepciones, pero………

 

En un país con diferentes leyes, según la autonomía, sin una mediación familiar obligatoria, el que se contemple en sentencias el posible ejercicio compartido de la PATRIA POTESTAD no vale para nada, sino para malgastar dinero en abogados.

 

Ante leyes injustas, discriminatorias, a los padres separados/divorciados, ya que los políticos no están para que seamos tratados justa y respetuosamente, que mediten mucho si quieren que en sentencia se contemple el ejercicio compartido de la PATRIA POTESTAD.

 

Eso es fuente de conflictos y de gastos. Mientras haya una ley injusta sobre la vivienda familiar, y falta de mediación familiar obligatoria, lo único que compartirá con la mamá serán problemas, y denuncia tras denuncia, en muchos casos.

 

No se es pesimista, sino realista. Reflexionen. Gracias.

 

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

P. D.- Se puede tener la PATRIA POTESTAD, pero no es preciso compartir su ejercicio entre padres. Algunos considerarán esto una barbaridad, pero sin mediación familiar obligatoria reflexionen Uds. si podrán educar a sus hijos, cuando los padres no se hablan. Por favor, esto no es una recomendación a nadie, pero sí una reflexión que debieran hacerse todos los padres. Reconocer que no podemos ejercer de padres, de no poder educarles…….Qué nadie se confunda. Pleitos en el juzgado se cargan la paternidad. Quererles sí…..educarlos……ése es otro tema.

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