Con motivo de una información que, en el ejercicio de su libertad de pensamiento y expresión, por parte de la ASOCIACIÓN DE MUJERES JUEZAS DE ESPAÑA, se hace público la manera de pensar de esta asociación de mujeres, en el ámbito de la JUSTICIA:
«La perspectiva de género y la igualdad real, son conceptos recientes en nuestra sociedad y en nuestro acervo cultural, pero su integración en todas las disciplinas, especialmente en el Derecho y el proceso penal, constituye una obligación de todos los poderes públicos», recuerda.
La AMJE apoya el anteproyecto de la Ley de libertad sexual: «Sin perspectiva de género el derecho penal no sirve a las mujeres».
Y, la verdad, me quedo perplejo, porque, debo reconocer, que, por mi edad, me cuesta comprender, y asumir, conceptos nuevos, y eso me preocupa. Porque, eso de la igualdad real, no sé si se refiere a que el Ministerio de Justicia debiera asumir pagar lo mismo a la mujer de la limpieza de un juzgado que a una funcionaria, o a la Ilma. Señora Jueza, juez, o como se debiera decir.
O, si se va a prohibir que un fiscal contraiga matrimonio con una inmigrante sin patrimonio ni empleo, por ejemplo. Porque, ¿cómo puede haber igualdad cuando una parte no aporta ese dinerillo que nos exigen en el supermercado para llevarnos el kilo de filetes?.
Y eso de la perspectiva de género, me preocupa, porque, en mi ignorancia, no sé de qué va eso. Porque, ¿por qué no utilizar la perspectiva de origen, riqueza, religión o ideas políticas, para juzgar en los ámbitos civil y penal?.
Pero dejando esas dudas que tengo, les traslado a Uds. otra, que viene en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Ahí va:
“Artículo 771 Medidas provisionales previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio. Solicitud, comparecencia y resolución
2. A la vista de la solicitud, el Letrado de la Administración de Justicia citará a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia en la que se intentará un acuerdo de las partes, que señalará el Letrado de la Administración de Justicia y que se celebrará en los diez días siguientes. A dicha comparecencia deberá acudir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su procurador.”
Quiero pensar que sobre este tema ya habrá estudios, quizá tesis, e, incluso, alguna sentencia, pero aquí se habla de llegar a acuerdos, en que se implica al juez, y no se habla de qué tipos de acuerdos. Y no necesariamente por los propuestos por las partes, si ambas acuden, o a lo que pueda plantear el Ministerio Fiscal, si es que asistiera.
Aquí se puede proponer, por Su Señoría, llegar a muchos acuerdos. El primero proponer suspender el procedimiento 60 días para intentar llegar a acuerdos por mediación familiar, o intrajudicial, dónde lo haya.
Custodia Compartida, u otras modalidades.
De lo que va a poner el padre, de lo que va a poner la madre, para atender a la descendencia, cuando haya y corresponda.
Uso de la vivienda, otras alternativas.
Etc., etc.
La ley es clara. El juez tiene barra libre para pensar, para proponer, para argumentar……Guste a los abogados, o no, a los cónyuges y a menudo padres, o al Ministerio Fiscal.
Desgraciadamente, la experiencia que tenemos en Burgos es la siguiente, y desconocemos, por el momento, la manera de actuar de la nueva Jueza de Familia:
En lugar de estar todos en sala, como impone la ley, que suponemos acaban de leer, Sus Señorías solían llamar a los abogados, y éstos salían con acuerdos, que aceptaban o no las partes.
Y luego, lo que no vienen haciendo una parte de los jueces (¿) es cumplir lo que les exige el Código Civil, en su artículo 103:
Indicar lo que ponen
Papá……. Euros.
Mamá…… Euros.
Salvo niños que no se puedan atender solos. ¿Un chico/a de 13 años no debe asumir sus responsabilidades, por ejemplo?.
Y cuando obligan a uno de los padres a salir del domicilio familiar, conyugal, o como quieran llamarlo:
INDICAR EL LUGAR EN QUE PODRÁ COMUNICAR CON ELLOS Y TENERLOS EN SU COMPAÑÍA.
Espero no molestar a nadie por indicar lo que exigen las leyes a los jueces, y lo que les permite hacer, y que quizá no hagan, al menos una parte de ellos.
Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.