Sobre este terrible drama, ya hice unas pequeñas reflexiones, porque estos casos hay que estudiarlos, si la sociedad quiere evitarlos, si eso fuera posible.
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DRAMA EN UNA FAMILIA DE LA GUARDIA CIVIL, UNA MADRE SE SUICIDA Y DOS HIJAS ASESINADAS

En primer lugar, con su permiso, conviene añadir a este suceso, el alarmante número de suicidios entre las Fuerzas de Seguridad del Estado, con armas reglamentarias. Según se informa, ha habido el suicidio de otro guardia civil y un policía nacional.
Pues bien, uno de los puntos a estudiar es la sentencia de divorcio, que tenía la obligación de garantizar los derechos de esas niñas. Y alguna responsabilidad tendrán el juez o jueza que la firmó, y el Ministerio Fiscal.
Han salido en la prensa detalles de la vida de esta familia, y algunas circunstancias de su divorcio, que Uds. pueden leer en diversos medios de comunicación.
Uno de los problemas de este nuestro país, España, es la nula información jurídica que se pone a disposición de las familias y de los ciudadanos en general. Y, cuando preguntamos a estamentos públicos, se nos dice que, al venir en el Boletín Oficial del Estado, no tienen obligación de gastar un solo euro en publicarlo.
Y, con su venia, consideren estas reflexiones un acto especulativo, que pudiera tener, o no, relación con lo sucedido en este tremendo caso, al no tener el firmante de estas reflexiones todos los elementos que sí dispondrán las autoridades competentes.
Uno de los temas que debiera tener la ciudadanía a su disposición sobre el divorcio, es que no tiene que ser, necesariamente, cosa de dos. Con que lo pida uno, vale. Medio jurídico que pusimos a su disposición a ambos padres, sin limitación alguna.
A ello hay que añadir que, quizá con razón, se diga que más vale un mal acuerdo, que un buen fallo judicial. Pero esto, en estos casos, puede que no sea del todo cierto, porque esos acuerdos, en teoría, deben servir para regular las relaciones familiares durante bastantes años.
Y procede, y mucho, saber cómo se obtienen estos acuerdos. Si fueran fruto de reflexión, en principio, es el buen camino. Lo malo es que se obtienen, y perdón, por lo que añado, a punta de pistola, que en este caso es tremendamente triste, porque estas niñas han sido asesinadas con una pistola del Estado Español.
Y aquí tiene mucha importancia cómo los entes públicos, legisladores, jueces, etc., denominan o califican, temas jurídicos. Por ejemplo, divorcio contencioso. ¿Pero es que en esto del divorcio hay un plan “B”?. Normalmente, no se suele discutir sobre el vínculo en sí, pero se podría discutir sobre las consecuencias. Es decir, el tema del vínculo no sería contencioso, por lo que aplicar el término contencioso a las dos partes de un proceso de divorcio, pudiera no ser el apropiado.
Pero, centrémonos en la sentencia de divorcio, que según parece, fue fruto de un acuerdo presentado por ambos padres, y, es de suponer, ratificado, tanto por el Ministerio Fiscal, como por el juez o jueza correspondiente.
Y puede que, en principio, no fuera malo para ambos padres. El padre no tenía que sufrir, como otros muchos, la salida de un domicilio familiar, del que sería propiedad suya, en todo o en parte, y del cual, como les pasa a muchos, tienen que seguir pagando la hipoteca. Al vivir en un pueblo pequeño, los abuelos y familia paterna han ayudado en la vida diaria de las dos niñas. Lo cual, en principio, era un divorcio sin muchos dramas para las niñas. Si no fuera correcto, mis disculpas.
También eso ayudaba a la madre, en cuanto que tenía garantizada la vida diaria de la madre en el tema profesional, porque estar de servicio y ocuparse de las niñas no era tarea fácil.
Miren, estos días he hablado con un padre de familia, que me ha contado sus circunstancias familiares, también con separación presentando un acuerdo. Un tema clásico. La niña, de cuatro años, se pone malita. Hoy no te la puedo entregar, dice la madre. En algún juicio al que he asistido por estos temas, se decía por parte del Ministerio Fiscal o juez, que por qué no se había reemplazado por otro día, en lugar de poner una denuncia y celebrar un juicio costoso. ¿Viene en el convenio?. No. Visita que pierden el padre, y la niña, cabreo del padre. Odio entre padres.
Aquí, seguramente, faltaba algo, que pudiera ser la causa, o una de las causas de esta tragedia. Prever posibles traslados de la madre a otros lugares. ¿Se pudo poner en el convenio?. Por supuesto, pero es de temer que ese tema no se trató, o se diría, cuando llegue, se verá.
Por la información de los medios de comunicación, éste era el panorama que se preparaba conflictivo entre los padres:
https://www.elmundo.es/espana/2022/12/15/639acb86fdddff126d8b4573.html
“La guardia civil que ha matado a sus dos hijas en su casa del cuartel quería llevárselas a Algeciras tras divorciarse.”
Esto era previsible. Algunos jueces, en sus sentencias o autos, indican que una de las decisiones conjuntas, del ejercicio conjunto de la patria potestad, es decidir el domicilio de los niños.
La realidad es que, a esas niñas, la madre, se las podría haber llevado dónde quisiera de España. Se las habrían empadronado, y las habría matriculado en cualquier colegio. Sin que el padre pudiera hacer nada, salvo contratar abogado y procurador, y llorar ante el juez de turno.
La ley permitía, a los padres, al juez o Ministerio Fiscal indicar que los cambios de las menores no emancipadas fueran con autorización judicial previa. Y esto, parece que no se puso, o se exigió, o decretó por nadie.
No hacía falta nuevo pleito al padre. Llevarse a las niñas a otro lugar, sin autorización judicial, o sin consentimiento de ambos padres, HUBIERA SIDO UN DELITO POR PARTE DE ESA MADRE. Guardia Civil. Hubiera sido la madre la que debería haber iniciado un nuevo juicio, si quería llevarse las niñas a otro lugar. Parece que ha sido el padre el que iniciaba un nuevo procedimiento familiar. ¿Ha contribuido esto al drama?.
Esto lo dice un padre, al cual no le han atendido jueces y ausente Ministerio Fiscal, cuando era parte en pleito no iniciado por mí.
¿Hubiera evitado esa clausulita la muerte de una joven madre y nos niñas?.
Son reflexiones, con derecho a equivocarme. He conocido sentencias que no han valido ni para ni quince días.
Descansen en paz esas tres mujeres españolas.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- (English) Empadronamiento de menores no emancipados – Abogado Familia Valencia
(English) Empadronamiento de menores no emancipados – Abogado Familia Va…AregoUn ciudadano español, Jesús Ayala Carcedo, a través del Defensor del Pueblo, ha conseguido que se den nuevas ins… |
Un ciudadano español, Jesús Ayala Carcedo, a través del Defensor del Pueblo, ha conseguido que se den nuevas instrucciones a los ayuntamientos españoles para el empadronamiento de menores no emancipados.
“Solicitar que cualquier cambio de domicilio se haga con autorización judicial previa no es quitar ningún derecho a nadie, sino impedir que los convenios de menores sean papel mojado, y prevenir gravísimos problemas, con costos emocionales y económicos tremendos”, añade la misma fuente.”
Esto luego lo han quitado. A ver si va a suceder que tienen más derechos los perros y gatos que los niños.