EL GOBIERNO VUELVE A OLVIDARSE DE LOS NIÑOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS

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Se acabaron las excusas. Lo que venían anunciando, ya está aquí. En efecto, el sábado 25 de abril de 2.020, se ha publicado, en el Boletín Oficial del Estado, la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

https://boe.es/boe/dias/2020/04/25/pdfs/BOE-A-2020-4665.pdf

Independientemente de las reflexiones que podamos hacer nosotros, si Uds. son padres de menores de catorce años, la deben leer sí o sí.

Hecha esa observación, sí estimamos que, en la misma, se debió hacer alguna aclaración sobre los hijos de padres separados/divorciados. No podrá alegar ningún ministro que la conflictividad entre padres separados/divorciados pasó desapercibida. Y ello es de destacar porque, en el ministerio de la conflictividad, si permiten la broma, el de Justicia, están hablando de medidas para hacer frente al tsunami de pleitos que se esperan, y que quieren despachar con nuevas formas, normas y horarios.

Y sí, se habla, implícitamente, de que, por ejemplo, las nuevas parejas de las madres, o padres, podrán sacar a los menores, porque están conviviendo con ellos, En unos casos, en la vivienda propiedad, en todo o en parte, del padre ausente, al cual las normas de estadística le permiten empadronarse en la vivienda que fue familiar, en otros casos en otra vivienda distinta. Sería discutible si deben tener la autorización de ambos padres, que aquí llaman progenitores.

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“Artículo 5. Adulto responsable. 1. A los efectos de lo previsto en esta orden, se entiende por adulto responsable aquella persona mayor de edad que conviva en el mismo domicilio con el niño o niña actualmente, o se trate de un empleado de hogar a cargo del menor. Cuando el adulto responsable sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de estos. 2. Es responsabilidad del adulto acompañante garantizar que se cumplen durante la realización del paseo diario los requisitos para evitar el contagio previstos en el artículo 3.”

Si, para este nuevo periodo, los intereses personales de algún niño, de relacionarse con ambos padres, NO son respetados, conforme se señala en sentencia, y se exigiera su cumplimiento judicialmente, reflexionamos, que se debe EXIGIR el pago de las COSTAS PROCESALES, ya que para hablar con S. Sª hay que pedirlo con abogado y procurador.

Como lado bueno de este estado de alarma, habrá habido padres separados/divorciados que habrán continuado o establecido canales de comunicación, reflexión conjunta, y actuando en bien de los niños, y también de los propios padres, habrán llegado a acuerdos. Y, ya saben, dónde hay acuerdos reflexionados y sinceros, sobran abogados, procuradores, jueces y fiscales. Y nosotros, por supuesto.

Por último, en ciertos casos, y, en concreto, cuando el tema del COVID 19 ronda en casa, se han dado indicaciones sobre ello.

Insistimos por favor, lean lo publicado, e, independientemente, de lo que aquí reflexionamos, saquen sus propias conclusiones.

Con los niños, en calles y paseos, empieza, de verdad, la primavera en nuestros pueblos y ciudades.

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Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

SEGUNDA BATALLA DE LOS PADRES SEPARADOS: ¿QUIÉN SACA LOS NIÑOS A LA CALLE EL DOMINGO 26?

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El discurso de Iglesias a los niños desde Moncloa: «Sé que es un rollo y os pedimos disculpas»

Se van calentando motores. Estos días de confinamiento si o sí, se van aguantando, mejor o peor, con la esperanza de que terminen pronto.

En las parejas de padres, que viven juntos, no va a ser muy conflictivo el turnarse para sacar a los niños a la calle. Por fin.

Ya saben, van a sacar una norma para que los niños puedan respirar y andar por nuestras calles, cerquita de casa, según parece.

Pero, bueno, a lo nuestro. Una parte de los padres separados/divorciados habrá dialogado en este último mes, y habrán llegado a acuerdos, que bienvenidos son.

En otros casos, las madres han ejercido un poder absoluto, y quizá absurdo, en que han ejercido su santa voluntad, sabiendo que no tienen castigo en este mundo, al menos.

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Desconociendo, en estos momentos, las normas que van a sacar, nos podemos encontrar con varios casos, que pueden originar conflictos entre padres separados/divorciados.

1º.- Pudieran sacar a los niños a la calle, todos menos los padres: abuelos maternos, nuevas parejas, tíos, alguna amiga…..

2º.- Cómo se demuestra la relación entre la persona que lleva a los niños: libro de familia, certificado de empadronamiento…., D.N.I.’s., sentencia de separación/divorcio ¿Quiénes pueden/deben ser?

3º.- Se desconoce el posible control de las salidas de los niños: cuánto tiempo llevan en la calle, les han sacado varias veces, les han sacado varias personas….

4º.- Se desconoce si se darán normas para los padres separados/divorciados…

En algún medio de comunicación, se ha hablado de que algunos niños pueden tener miedo a salir a la calle. No sería de extrañar. Se les ha metido miedo, y ahora no quieran salir. ¿Lo utilizará alguna madre?.

Nuestras calles serán una fiesta. Las flores , los pájaros y los árboles ya están. Faltaban los niños.

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Equipo ASOCIACIÓN PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

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