ADIÓS 2.017. OS ESPERAMOS EN 2.018

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Estimados amigos, esto se acaba. Me refiero a 2.017. Sólo unas palabras para daros las gracias, en primer lugar, por la paciencia que habéis tenido para aguantar tanta reflexión, a veces repetida.
Ha sido un año muy intenso, en que se han hecho multitud de gestiones ante multitud de administraciones, para recoger información y para hacer peticiones. Alguna ha tenido éxito.
Hemos tratado temas de actualidad, en algunos casos, como la situación matrimonial de una pareja del famoseo, la formada por David Bustamante y Paula Echevarría. O las aventuras de Alba Carrillo, en relación a su hijo y ex parejas.
También seguimos el caso de un jugador de fútbol del Atletico de Madrid (Lucas Hernandez). Por el mismo tema, a él le detienen, a la otra no.
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Y qué decir de la famosa Juana Rivas, que ha sido noticia nacional.
Estos días estamos preocupados por la situación de tres jugadores de fútbol, de Aranda de Duero. Van a pasar al nuevo año en prisión.
Temas judiciales, empadronamientos, duplicados de tarjetas sanitarias, vacaciones, problemas en los colegios, etc., etc., de todo un poco hemos tratado.
Ha sido un esfuerzo intenso por parte de Manolo y mío.  Si en algún momento hemos podido ofender, nunca ha sido nuestro deseo. Si se ha podido ser pesado, presentamos nuestras escusas. Agradecemos sus sugerencias, sus críticas. De todo ello queremos aprender.
En nuestras reflexiones y en nuestra mente, recordaros que el gobierno ha incumplido, desde hace años, la prometida ley de CUSTODIA COMPARTIDA. ¿Qué mejor igualdad que ésa?. Acompañada de MEDIACIÓN FAMILIAR y otras cosillas.
Y si defender la presunción de inocencia, derecho a un juicio justo, etc., etc., que consagra la Constitución Española, es un delito, pues estamos apañados.
Fue muy emotiva la reunión de delegados de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS en octubre en Zaragoza. Estupenda la organización de los compañeros de Aragón, y fabuloso encontrarse a gente de toda España ofreciendo una puerta dónde llamar a tanto padre en apuros. También fue muy bonito reunirnos a cenar compañeros de Burgos. Y las cervezas que tomamos de vez en cuando.
Terminado, o casi, 2.017, esperamos tener fuerzas para seguir en la lucha, en la brecha, por todos vosotros y por la paz social en las familias.
Esperamos que os podamos ser útiles en 2.018.
De parte Manolo y mía, terminad bien 2.017 y seguimos en contacto en el 2.018.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGO-A.P.F.S.-BURGOS 29-12-2.017
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ALBA CARRILLO Y EL DEFENSOR DEL PUEBLO, ¿ SU DECISIÓN DE YO HAGO LO QUE QUIERO CON EL HIJO QUE TUVO CON FONSI PODRÍA MEJORAR LA PRÓXIMA LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA ?

DEFENSOR DEL PUEBLO
c/Zurbano, 42
28.010 MADRID
ASUNTO:  PETICIÓN DE QUE EL DEFENSOR DEL PUEBLO ACLARE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS QUE TIENEN LA PATRIA POTESTAD COMPARTIDA, DESPUÉS DEL ESCÁNDALO PÚBLICO ORGANIZADO POR Dª ALBA CARRILLO Y SU ABOGADA Dª TERESA BUEYES. RUEGO DE QUE SE DEFINA MEJOR EL ARTÍCULO 156 DEL CÓDIGO CIVIL.
 
Burgos, 26 de julio de 2.017
Excmo. Sr.:
LOS HECHOS QUE ORIGINAN ESTA PETICIÓN
Seguramente el personal que trabaja en esa prestigiosa institución, a favor de los ciudadanos y la paz social, ha conocido el escándalo público que se ha organizado por intereses comerciales de la madre, y de un programa de televisión, en que se ha visto involucrado un menor no emancipado, de cinco años, hijo de Dª ALBA CARRILLO PARIENTE y D. ALFONSO GONZÁLEZ NIETO (FONSI NIETO), ambos personajes sociales que salen mucho en la prensa rosa, o del corazón, de este país, pero asimismo en toda la prensa escrita, o casi.
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Las posibles consecuencias de esto, es de suponer que las está sufriendo el niño, ante el conflicto declarado entre ambos padres, cuyos asesores legales tienen distintos conceptos sobre el mismo tema.
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Se adjuntan algunas de las informaciones periodísticas que hay sobre este tema:
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“Alba ha asegurado que el padre del niño y sus abuelos tienen todo su respeto. A ésto Paz Padilla le ha contestado que si tuviera tanto respeto no habrían dejado que el pequeño acudiera a Telecinco sin la autorización de Fonsi, a lo que Alba ha dicho que eso es a lo mejor lo que haría ella pero que «la madre de mi hijo soy yo y hago lo que veo conveniente».
«Alba tiene la guardia y custodia del niño y no necesita la autorización del padre una vez ha pisado territorio español”
“……su letrada ha acudido al citado programa con el documento que muestra que Alba firmó un consentimiento con la productora para que su pequeño pudiese acudir a recibirla, pero estableciendo también que no se mostrasen en ningún momento imágenes de él, así como su voz, para proteger su intimidad.”

“El citado documento que Alba firmó a la productora rezaba así: “Por el presente les hago saber que Bulldog Tv ha contado desde el inicio del programa con la autorización de Doña Alba Carrillo para reencontrarse con su hijo menor, al final del programa en Madrid, entrega que se ha hecho conforme, siguiendo el requerimiento de su abogada, la señora Teresa Bueyes”.”

Como pueden ver, esta joven madre, asesorada por su abogada, manifiesta que para tomar decisiones no necesita el permiso del padre:
«la madre de mi hijo soy yo y hago lo que veo conveniente».
Como puede suponer, está lanzando a todas las mujeres de este país, que estando separadas/divorciadas del padre de sus hijos, que ellas eligieron, que pueden hacer lo que las dé la gana, sobre los hijos comunes no emancipados, de los cuales tienen la guardia y custodia,  y que el padre no pinta nada, y no son quien para tomar decisiones sobre los mismos, suponiendo, como sucede con la mayor parte de las decisiones legales que se toman en estos casos, en los juzgados,  en que se indica que COMPARTEN LA PATRIA POTESTAD.
Resumiendo, según esta ciudadana, y su abogada, los padres de este país, en estas circunstancias, no tenemos derecho a tomar parte en las decisiones que afecten a los hijos comunes, no emancipados. ¿ Están Uds. de acuerdo con esta visión de la vida de estas dos personas del mundo de la televisión y de la fama ?.
POR QUÉ ACUDIMOS AL DEFENSOR DEL PUEBLO, Y POR QUÉ AHORA
Esta petición se ha hecho recientemente al Gobierno, por Uds.:
“La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha solicitado al Gobierno que se revisen los regímenes de visitas y la patria potestad de los hijos de los acusados de maltratar a sus ex parejas, para evitar casos como el asesinato de un niño de 11 años en Oza-Cesuras (La Coruña) a manos de su padre, al que su ex mujer había denunciado hasta en dos ocasiones.”
Por lo tanto, ese Defensor del Pueblo puede proponer al Gobierno que modifique normativas respecto a menores no emancipados, en relación a sus padres.
¿ Por qué ahora ?. El actual gobierno tiene un mandato legislativo para promulgar una nueva legislación sobre CUSTODIA COMPARTIDA, que es demandada por amplios sectores de la sociedad, para que sea mayoritaria. Como todo, puede y debe haber excepciones, pero en casos muy concretos.
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Públicamente, con este desgraciado caso, en que las decisiones sobre un menor no emancipado, en un tema comercial a  favor de la madre, las ha tomado unilateralmente la madre, se ha mandado un mensaje clarísimo a la sociedad:
EL QUE TIENE LA GUARDIA Y CUSTODIA DE LOS HIJOS MENORES NO EMANCIPADOS PUEDE HACER LO QUE QUIERA CON ELLOS, SIN CONTAR CON LA OTRA PARTE, AUNQUE COMPARTAN LA PATRIA POTESTAD.
EL DEFENSOR DEL PUEBLO Y LA PATRIA POTESTAD ENTRE PADRES SEPARADOS Y DIVORCIADOS
Dentro de la documentación que he encontrado sobre este tema del Defensor del Pueblo, y respecto a la PATRIA POTESTAD compartida por dos padres, independientemente de quién ostente la guardia y custodia de los hijos comunes, he encontrado esto, respecto a lo que contempla artículo 156 del Código Civil:
“CAMBIO DE CENTRO DE UN MENOR SIN CONSENTIMIENTO DE SU MADRE DIVORCIADA QUE MANTIENE LA PATRIA POTESTAD..
Respecto del ejercicio de la patria potestad, el artículo 156 del Código Civil, después de establecer que la patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo, con el consentimiento expreso o tácito del otro, precisa que, no obstante, serán válidos los actos que realice uno de ellos conforme al uso social y a las circunstancias, o en situaciones de urgente necesidad.”
Sin embargo, en relación a este caso concreto, en la modesta opinión del firmante de esta petición, dicho artículo contempla lo siguiente:
“La patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro. Serán válidos los actos que realice uno de ellos conforme al uso social y a las circunstancias o en situaciones de urgente necesidad.
En caso de desacuerdo, cualquiera de los dos podrá acudir al Juez, quien, después de oír a ambos y al hijo si tuviera suficiente madurez y, en todo caso, si fuera mayor de doce años, atribuirá la facultad de decidir al padre o a la madre. Si los desacuerdos fueran reiterados o concurriera cualquier otra causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad, podrá atribuirla total o parcialmente a uno de los padres o distribuir entre ellos sus funciones. Esta medida tendrá vigencia durante el plazo que se fije, que no podrá nunca exceder de dos años
En los supuestos de los párrafos anteriores, respecto de terceros de buena fe, se presumirá que cada uno de los progenitores actúa en el ejercicio ordinario de la patria potestad con el consentimiento del otro.
En defecto o por ausencia, incapacidad o imposibilidad de uno de los padres, la patria potestad será ejercida exclusivamente por el otro.
Si los padres viven separados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva. Sin embargo, el Juez, a solicitud fundada del otro progenitor, podrá, en interés del hijo, atribuir al solicitante la patria potestad para que la ejerza conjuntamente con el otro progenitor o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio.”
Y dentro de este artículo, se reserva un párrafo a los padres separados/divorciados, sobre sus hijos, menores no emancipados:
“Si los padres viven separados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva. Sin embargo, el Juez, a solicitud fundada del otro progenitor, podrá, en interés del hijo, atribuir al solicitante la patria potestad para que la ejerza conjuntamente con el otro progenitor o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio.”
Salvo mejor  criterio o información, dentro de la PATRIA POTESTAD, se contemplan dos conceptos, que estimo perfectamente diferenciados. Si cogemos la primera frase, ¿ qué indica ?.
“Si los padres viven separados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva.”
Indica:
Primero, que la PATRIA POTESTAD la pueden tener los dos padres.
Segundo, aunque la tengan los dos padres, la ejerce el aquel con quien el hijo conviva. Pero claro, el padre que no tiene la guarda y custodia, tiene la guarda y custodia cuando los hijos están con él, que será menos tiempo que con la otra parte. Se contemplan dos conceptos: tener la    PATRIA POTESTAD y su EJERCICIO.
Ahora examinemos el siguiente párrafo:
“Sin embargo, el Juez, a solicitud fundada del otro progenitor, podrá, en interés del hijo, atribuir al solicitante la patria potestad para que la ejerza conjuntamente con el otro progenitor o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio.”
Hablando claro, que el que no tenga la guardia y custodia puede pedir que lo que se señala en la primera frase, quede sin efecto, y que sí tiene el derecho y deber de participar en las decisiones importantes de los hijos, con el otro padre, si se lo autorizan, expresamente.
¿ Se está ejerciendo bien el derecho por gran parte de la abogacía ?. Tengo mis dudas, porque, claramente, el poder EJERCER LA PATRIA POTESTAD es una posibilidad que hay que pedirla, expresamente. La PATRIA POTESTAD, en principio, se la quitan a poquísimos padres, por lo que la inmensa mayoría de padres separados/divorciados, aunque no tengan la guarda y custodia siguen ostentando la       PATRIA POTESTAD.
Volviendo al ejemplo de su resolución citada anteriormente. Esa madre que tenía la PATRIA POTESTAD, pero no la guarda y custodia, ¿ tenía derecho a ser parte en la matrícula del menor no emancipado en un centro escolar ?.¿ Hubiera necesitado tener, también, concedido el EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD ?.
Dejo a Uds. el reflexionar sobre estos dos temas, relacionados, pero no necesariamente iguales:
  • PATRIA POTESTAD COMPARTIDA      .
  • EJERCICIO COMPARTIDO DE LA PATRIA POTESTAD.

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PETICIÓN AL EXCMO. SR. DEFENSOR DEL PUEBLO, A TRASLADAR AL GOBIERNO PARA SU PRÓXIMA LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA, URGENTEMENTE.
Primero.- Que el Defensor del pueblo indique, o se defina, si esos dos conceptos permiten a ambos padres ser parte legal obligatoria en la toma de decisiones importantes de los hijos comunes no emancipados. O no.
Segundo.- Que, en el caso de que estime el Defensor del Pueblo que son dos conceptos distintos, se modifique el citado párrafo del artículo 156 del Código Civil sobre la PATRIA POTESTAD.
Tercero.- Como este aspecto es claro objeto de controversia entre padres, abogados, juristas, e incluso personal de la judicatura, se considere, o no, que son dos conceptos iguales, que se redacte de otra manera, para que no haya luchas entre padres, apoyados por distintos criterios de abogados,  por tener distintas opiniones sobre la PATRIA POTESTAD y su EJERCICIO.
La triste realidad es que muchos padres separados/divorciados creen que el tener la PATRIA POTESTAD COMPARTIDA les da derecho a decidir, conjuntamente, decisiones relativas a educación, sanidad, temas religiosos, etc. Cuando mujeres y madres, como Dª ALBA CARRILLO PARIENTE, o su abogada,  dicen que el padre no pinta nada en las decisiones de los hijos, se produce mucha violencia, que repercute en los niños.
Espero que con su buen criterio y conocimiento acepten esta humilde petición a favor de los niños de España, para que no haya casos, como el del pequeño Lucas, hijo de Dª ALBA CARRILLO PARIENTE y D. ALFONSO GONZÁLEZ NIETO (FONSI NIETO).
Si los abogados de ambos padres piensan distinto, ¿ cómo no va a haber problemas entre los padres ?.
Espero acepte esta petición, y me informen sobre la misma. Luego el Gobierno de España, si aceptan transmitir estas humildes reflexiones, será el responsable de que haya conflictos entre padres o no, pero esa prestigiosa institución habría cumplido con niños como el pequeño Lucas, hijo de Dª ALBA CARRILLO y D. FONSI NIETO.
 
 
 
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

PADRES ESPAÑOLES, ESTE ES EL EJEMPLO QUE HAN DADO ALBA CARRILLO, Y SU ABOGADA, TERESA BUEYES: PUEDEN HACER LO QUE QUIERAN CON SU HIJO,  SIN EL CONSENTIMIENTO DEL PADRE, Y EL NIÑO AYUDA A GANAR DINERITO PARA LA MAMÁ, Y SU ABOGADA, POR SUPUESTO.¿ TIENE RAZÓN FONSI NIETO PARACABREARSE “

http://www.telecinco.es/salvame/alba-carrillo-polemica-fonsi-nieto_2_2408205193.html

“Alba ha asegurado que el padre del niño y sus abuelos tienen todo su respeto. A ésto Paz Padilla le ha contestado que si tuviera tanto respeto no habrían dejado que el pequeño acudiera a Telecinco sin la autorización de Fonsi, a lo que Alba ha dicho que eso es a lo mejor lo que haría ella pero que «la madre de mi hijo soy yo y hago lo que veo conveniente».

http://www.hola.com/actualidad/2017072397427/fonsi-nieto-alba-carrillo-se-recrudece-batalla-hijo/

«Alba tiene la guardia y custodia del niño y no necesita la autorización del padre una vez ha pisado territorio español”

http://www.vanitatis.elconfidencial.com

“……su letrada ha acudido al citado programa con el documento que muestra que Alba firmó un consentimiento con la productora para que su pequeño pudiese acudir a recibirla, pero estableciendo también que no se mostrasen en ningún momento imágenes de él, así como su voz, para proteger su intimidad.”

“El citado documento que Alba firmó a la productora rezaba así: “Por el presente les hago saber que Bulldog Tv ha contado desde el inicio del programa con la autorización de Doña Alba Carrillo para reencontrarse con su hijo menor, al final del programa en Madrid, entrega que se ha hecho conforme, siguiendo el requerimiento de su abogada, la señora Teresa Bueyes”.”

CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA

Añastro 1  

28043, Madrid

 

ASUNTO: TODOS LOS PADRESSEPARADOS/DIVORCIADOS SOMOS FONSI NIETO.

PETICIÓN/EXIGENCIA DE QUE LA CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA SE PRONUNCIE, PÚBLICAMENTE, SOBRE LAS AFIRMACIONES PÚBLICAS DE LA COLABORADORA DE SU TELEVISIÓN, 13TV, EN EL PROGRAMA DETRÁS DE LA VERDAD, Dª TERESA BUEYES, ABOGADA, DE QUE LA MADRE DEL HIJO DE ESTE PADRE, DªALBA CARRILLO, EN QUE AFIRMA QUE LA MADRE PUEDE TOMAR LAS DECISIONES QUE ESTIME CONVENIENTE SOBRE ESE MENOR NO EMANCIPADO, SIN CONTAR CON ELPADRE QUE ELLA ESCOGIÓ,  D. FONSI NIETO.

Burgos, 24 de julio de 2.017

Excmos. Sres.:

Entre las personas que intervienen en alguno de los programas de televisión  de 13TV se encuentra la abogada Dª TERESA BUEYES, asesora, entre otras de Dª ALBA CARRILLO PARIENTE, mujer joven famosa por sus declaraciones públicas sobre sus relaciones con hombres con los que ha tenido relación, y, salvo mejor opinión e información, basándose en esa fama, vivir de ella. Dicha abogada ha intervenido en diversos programas de “DETRÁS DE LA VERDAD”.

Basándose en su título, y conocimientos jurídicos, esta abogada últimamente ha intervenido en la disputa entre los dos padres que tuvieron un hijo, menor no emancipado, actualmente. No viviendo juntos los padres.

La citada Dª ALBA CARRILLO ha participado recientemente en un concurso televisivo que la mantenido varios meses fuera de España y la ha impedido estar con el hijo de ambos.

Salvo mejor información, en contra del parecer y sin su consentimiento del padre, FONSI NIETO (D. ALFONSO GONZÁLEZ NIETO), el citado niño fue llevado a un estudio de televisión, para que se vieran. Hecho al que personalmente no tendría nada que objetar, salvo que pudiera estar en relación a los negocios de famoseo de su madre. Obviamente, nada impidió a esa madre que hubiera visto previamente al hijo de ambos en otro lugar. Total, es de suponer que había intereses comerciales en todo esto.

Este hecho ha provocado que D. ALFONSO GONZÁLEZ NIETO, según parece a través de familiares, ha interpuesto denuncia o denuncias contra la madre de Dª ALBA CARRILLO PARIENTE, que llevó al niño al estudio de televisión, sin que saliera en ningún programa, pero poniéndolo de aliciente para el programa en que intervenía la madre.

 Todo esto ha provocado una enorme tensión entre los dos padres, que es de suponer está teniendo y puede traer gravísimas consecuencias para el niño.

¿ Era correcto, legal y conveniente para los derechos personales del niño,  que el niño fuera mezclado con los intereses comerciales de la madre ?. Pues bien, en este tema, públicamente, ha intervenido la citada abogada Dª TERESA BUEYES, que suele aparecer en ese cadena de televisión, 13TV, que es de suponer está bajo la responsabilidad de la Iglesia Católica, y de Uds., en particular.

http://www.abc.es/estilo/abci-teresa-bueyes-sale-defensa-5518129053001-20170723024306_video.html

“Hasta ahora ni Alba Carrillo ni Lucía Pariente se habían pronunciado sobre la polémica con Fonsi Nieto sobre su hijo Lucas, sin embargo, ha sido su abogada Teresa Bueyes la que ha salido rauda y veloz a defender a la modelo. La abogada quiso dejar claro que «Alba Carrillo no necesita pedir permiso a nadie para llevar a su hijo a Supervivientes».

Obviamente, sin conocer las circunstancias legales que pudieran unir a ambos padres, D. FONSI NIETO y Dª ALBA CARRILLO, no es el momento de hacer aquí unas reflexiones legales, pero sí que nos podemos sentir todos los padres separados/divorciados como ninguneados ante las declaraciones de esta famosa abogada que pisa diversos programas de televisión, es abogada de personajes famosos, y la gusta salir en los medios de comunicación social, como su televisión.

Sí que se rogaría alguna declaración pública por parte de Uds., en relación con las declaraciones de esta persona a la cual han dado cabida en su televisión.

Las declaraciones de esta abogada, Dª TERESA BUEYES, como Uds. pueden suponer, es dar pie a todas las madres separadas/divorciadas de España para que tomen las decisiones que las dé la gana, respecto a los hijos comunes, de los cuales puedan tener la guarda y custodia.

Resumiendo, LOS PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS CARECEMOS DE DERECHOS PARA CUMPLIR NUESTRAS OBLIGACIONES MORALES, PERSONALES Y LEGALES RESPECTO A NUESTROS HIJOS, CUANDO NO TENEMOSLA GUARDA Y CUSTODIA DE LOS MISMOS, según esta señora.

Por ello, les rogaría que, públicamente, se manifiesten sobre temas gravísimos que están ocurriendo en la sociedad española:

  • ¿ ESTÁ LA IGLESIA CATÓLICA A FAVOR DE LA MEDIACIÓN FAMILIAR OBLIGATORIA, salvo algunas excepciones ?.

  • ¿ ESTÁ LA IGLESIA CATÓLICA A FAVOR DE LA CUSTODIA COMPARTIDA ?.

  • ¿ TIENE ALGO QUE DECIR LA IGLESIA CATÓLICA POR LAS DETENCIONES DE PADRES CON LA SOLA DENUNCIA DE UNA MUJER, QUE ES CONSIDERADA VÍCTIMA, SIN NINGUNA PRUEBA ?. LUEGO MUCHOS NO SON CONDENADOS.

Esta colaboradora, de un programa de televisión responsabilidad de Uds., nos ha dejado a muchos cientos de miles de padres separados/divorciados  SIN DERECHOS sobre nuestros hijos, para cumplir nuestras RESPONSABILIDADES.

Este es el momento y el lugar para rogar a la Iglesia Católica que cuando se soliciten sacramentos por parte de uno solo de los padres, como pudieran ser bautizos y comuniones, se requiera el consentimiento de ambos, o al menos la no oposición del que no lo pida. Debiendo aprovechar, dichas peticiones para llamar a la reconciliación, a la reflexión conjunta, y al diálogo.

¿ Se imaginan la PRIMERA COMUNIÓN DE ESTE NIÑO, convertida en un circo mediático, por esa madre ?.

Todos somos FONSI NIETO. Hoy una colaboradora de uno de sus programas, no le ha ninguneado a él, sino a cientos de miles de padres separados/divorciados.

Espero tengan a bien contestar a este escrito, pero, sobre todo, hacer declaraciones públicas a favor de la familia, y del papel de ambos padres, sobre todo cuando los padres no viven juntos.

Muchas gracias.

 

Jesús AYALA CARCEDO, delegado de laASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

GUERRA ABIERTA ENTRE FONSI NIETOY ALBA CARRILLO, Y EL EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD DE LUCAS. ¿ QUÉ SABÍA FONSI DE ESTO ?

http://www.telecinco.es/salvamedeluxe/Teresa-Bueyes-abogada-Alba-Carrillo_2_2407680023.html

“Ante las preguntas de Mila Ximénez, Teresa Bueyes, abogada de Alba Carrillo contestaba alto y claro:»Alba tiene la guardia y custodia del niño, firmó un poder dando permiso para que su hijo pudiera acudir a las instalaciones de Telecinco, cuando ella saliera del concurso». La abogada de Alba está segura que Lucía Pariente no ha cometido ningún error, ya que tenía autorización de la persona que tiene la guardia y custodia del niño.”


¿ Quién no conoce en España a “Alba Carrillo” o el programa “Supervivientes” en que la misma ha quedado segunda ?. Aunque Ud. no haya visto uno solo de los programas, leyendo cualquier medio de prensa, es difícil que no nos hayamos enterado de esta famosa de la prensa rosa y sus aventuras, familiares y televisivas. Y, si no lo sabíamos, también nos habremos enterado que estuvo casada con el tenista “Feliciano López”. Bien. Además, previamente, tuvo un hijo con el ex campeón de motos “Fonsi Nieto”, Lucas.

Y, si éramos pocos, apareció la abuela de Lucas, la mamá de Alba Carrillo.

Parece que ella ha sido la causante de que se hayan puesto denuncias en tribunales, porque el hijo de Fonsi Nieto y Alba Carrillo fue llevado a los estudios de una televisión para que estuviera con su madre, ya que estuvieron varios meses sin verse, por lo del programa. En principio muy tierno, muy bonito, pero, la verdad, más morbo a un programa de televisión. ¿ Lo había permitido Fonsi previamente, o fue informado por la madre  ?. ¿ Pidió permiso la abuela a Fonsi y no se lo dio ?. Resultado, dos denuncias por encargo de Fonsi por este hecho en juzgados, y ahora dice que va a luchar por la custodia del menor no emancipado. Parece que eso lo habían ya urdido, supuestamente, la abogada Teresa Bueyes y Alba Carrillo. No es de extrañar que vaya a haber una lucha brutal entre ambos padres, que, por supuesto, seguiremos por los medios de comunicación. No teman, nos informarán al minuto.

http://www.hola.com/actualidad/2017072397427/fonsi-nieto-alba-carrillo-se-recrudece-batalla-hijo/

Y no se escribirían estas reflexiones si no me hubiera llamado la atención, cómo no podía ser de otra manera, al salir a la palestra la abogada de Alba Carrillo, Teresa Bueyes. Y, entre las posibles declaraciones que ha podido hacer, esta abogada, me ha llamado la atención una:

«Alba tiene la guardia y custodia del niño y no necesita la autorización del padre una vez ha pisado territorio español”


Y quiero pensar que la PATRIA POTESTAD del niño la tienen conjuntamente ambos padres,Fonsi y Alba. Pero, ¿ se habla de su ejercicio ?.

Sin embargo, hoy quiero hacerles ver la posible diferencia entre PATRIA POTESTAD COMPARTIDA y EJERCICIO COMPARTIDO DE LA PATRIA POTESTAD. ¿ Es lo mismo ?. Muchos dirán, padres y madres separados/divorciados, tenemos la PATRIA POTESTAD COMPARTIDA. Bueno, les pongo lo que dice el artículo 156 del Código Civil:

“La patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro. Serán válidos los actos que realice uno de ellos conforme al uso social y a las circunstancias o en situaciones de urgente necesidad. 
En caso de desacuerdo, cualquiera de los dos podrán acudir al Juez, quien, después de oír a ambos y al hijo si tuviera suficiente juicio y, en todo caso, si fuera mayor de doce años, atribuirá sin ulterior recurso la facultad de decidir al padre o a la madre. Si los desacuerdos fueran reiterados o concurriera cualquier otra causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad, podrá atribuirla total o parcialmente a uno de los padres o distribuir entre ellos sus funciones. Esta medida tendrá vigencia durante el plazo que se fije, que no podrá nunca exceder de dos años. 
En los supuestos de los párrafos anteriores, respecto de terceros de buena fe, se presumirá que cada uno de los progenitores actúa en el ejercicio ordinario de la patria potestad con el consentimiento del otro. 
En defecto o por ausencia, incapacidad o imposibilidad de uno de los padres, la patria potestad será ejercida exclusivamente por el otro. 
Si los padres viven separados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva. Sin embargo, el Juez, a solicitud fundada del otro progenitor, podrá, en interés del hijo, atribuir al solicitante la patria potestad para que la ejerza conjuntamente con el otro progenitor o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio.”


Creo que muchos padres y madres, separados/divorciados o no, nunca han leído esto sobre la PATRIA POTESTAD, por lo que leerlo les habrá enriquecido. Sin embargo, para padres separados/divorciados será una novedad lo que dice sobre el ejercicio de la misma. Se lo repito:

“Si los padres viven separados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva. Sin embargo, el Juez, a solicitud fundada del otro progenitor, podrá, en interés del hijo, atribuir al solicitante la patria potestad para que la ejerza conjuntamente con el otro progenitor o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio.”

¿ Y si la abogada de Alba Carrillo, Teresa Bueyes, tuviera razón en lo que decía, porque, quizá, Fonsi Nieto tiene la PATRIA POTESTAD COMPARTIDA  con Alba Carrillo, pero no se habla nada de su ejercicio ?. Aunque  lo denunciado, llevar al niño a un estudio de televisión, parece que fue decisión de la abuela, presuntamente. Al menos al principio parecía que era así, pero luego ha aparecido lo del poder de Alba Carrillo.

Obviamente, en los periodos que corresponda, tienen a los menores no emancipados los padres que no tienen la guarda y custodia. Por lógica, en esos momentos, sería ese padre el que ejerce la PATRIA POTESTAD, y no el otro. Discurran Uds., por favor. Desconozco cómo había quedado este tema entre Fonsi Nieto y Alba Carrillo, ante la ausencia en el extranjero de la madre, y los posibles pactos que tenían hechos. Pero, no se preocupen, ya nos iremos enterando.

Por todo ello, queridos lectores, a los padres separados/divorciados les suelo decir,  insistir, que digan a sus abogados que se pida siempre, para que no haya dudas:

“EJERCICIO COMPARTIDO DE LA PATRIA POTESTAD.”

Posiblemente, con esto puesto en una sentencia. o en un convenio aprobado judicialmente, no hubiera hecho esa afirmación la abogada Teresa Bueyes, porque en la modesta opinión de este firmante esa posible reflexión, la decisión de llevar al niño a un estudio de televisión, en teoría, correspondía a los dos, porque se hacía un uso comercial de un menor no emancipado, quizá pactado por la madrecon el programa. Y se utilizaba al niño para dar realce a un negocio televisivo de la madre, aunque no apareciera en pantalla el niño. Se insisto, suposiciones. Si no fuera cierto, se piden disculpas desde estas líneas.

Decía mi difunto padre: LO BIEN PUESTO BIEN PARECE. Pedirlo, a vuestro abogado, que siempre indique: EJERCICIO COMPARTIDO DE LA PATRIA POTESTAD. Por si acaso. Lo concederá el juez o no, pero pedirlo: SIEMPRE. Muchas gracias.

Jesús   AYALA CARCEDO, delegado de laASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

P. D.- Que cada uno mire su sentencia, cuando proceda, y dicho lo dicho, que reflexione.

En cuanto al negocio de Alba Carrillo, lo va a pagar un pobre niño: LUCAS. Guerra a la vista entre padres famosos. Penoso.

www.msn.com/es-es/entretenimiento/celebrity/la-batalla-entre-alba-carrillo-y-fonsi-nieto-se-recrudece/ar-AAoFd31?li=BBpmbhJ&ocid=iehp

La batalla entre Alba Carrillo y Fonsi Nieto se recrudece

Por otra parte, ¿ sabía el programa de televisión si se estaban violando, presuntamente, derechos de un menor  no emancipado ?. ¿ Estudiaron sus abogados las disposiciones legales que unen al pequeño con ambos padres ?. ¿ La abogada Teresa Bueyes tendría alguna responsabilidad en este caso si lo que afirma no se confirma judicialmente ?.

Pequeño Lucas, el daño que te han hecho ya no tiene remedio. El dinero manda, y se vende todo.

CASO LUCAS HERNÁNDEZ. EL ESCÁNDALO PÚBLICO CONTINÚA

Antes de nada, queridos y sufridos lectores, que alguna vez, o de vez en cuando, os asomáis a este modesto blog, explicaros las razones por las que actuamos, un poco, como prensa del corazón. La razón es sencilla. De los casos como el de Feliciano López y Alba Carrillo, o David Bustamante y Paula Echevarría, vamos destilando, con razón o sin ella, modestas reflexiones, que no pretenden ser verdad absoluta, y que se espera que, a más de uno, le hagan también pensar y reflexionar.
“Lucas Hernández se casa con Amelia Ossa pese a la orden de alejamiento.”
Pues bien. Éramos pocos y parió la abuela. Ahora resulta que ya sale en muchos medios de comunicación que el protagonista de las últimas reflexiones, Lucas Hernández, con una prometedora carrera en el prestigioso club de fútbol Atlético de Madrid, parece que se fue a Las Vegas a casarse. Y, cuando se escriben estas líneas, nadie ha salido a desmentirlo. Y esto huele mal. Hace pocos días, su nuevo abogado, que antes era de ella, hablaba de amor. Estupendo. Es algo maravilloso. ¿ Quién lo duda ?. Pero estamos, o están, él y ella, o ella y él, ante un grave escándalo de dimensiones públicas, que las autoridades deben, y pronto, clarificar.
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Todo el mundo tiene derecho a tener abogado, y no seré yo el que lo impida, pero, habría que empezar a ver qué implicación pudiera tener en este, presunto, desafío al Estado Español. Sí, desafío al Estado Español. Porque aquí, aparte de venir a ganarse la vida, hay que respetar las normas. Y las sentencias están para cumplirse, y si no sé está a gusto con ellas, el abogado que intente cambiarlas, y punto. Pero, mientras estén vigentes, se cumplen.
Y mal haría la abogacía amparar un hecho tan grave, o minimizar, un cumplimiento de obligado cumplimiento, y valga la redundancia.
Por otra parte, se viene afirmando, y nadie parece contradecirlo, que el presunto o probable matrimonio en Las Vegas, para que sea válido en España, tendrían que validarlo en un consulado español. La verdad, desconozco la nacionalidad de la chica, Dª Amelia, pero, en España, cuando se contrae, libremente y con la persona libremente escogida, y los dos dan el sí, se leen tres articulitos del Código Civil Español, de los cuales no se da copia, y que poco aclaran para el día a día de una posible convivencia. Uno de ellos dice, más o menos, que hay que convivir. Y estos dos, o, al menos uno, no pueden convivir con el otro, mientras exista una orden de alejamiento.
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En Burgos tuvimos un caso. Un hombre, con orden de alejamiento de su ex cónyuge, pretendió contraer matrimonio, teniendo una orden de protección vigente. La jueza encargada del Registro Civil le comunicó que mientras existiera la orden de alejamiento, no podían cumplir el deber de convivencia. Claro y lógico. Aunque una vez se da el sí y es firme el matrimonio, pueden hacer lo que les dé la gana.
Ese matrimonio no llegó a celebrarse, pero la historia y el argumento están ahí: ningún funcionario público español, puede celebrar, o validar, un matrimonio cuando, como en este caso, es evidente que, por sentencia, no puede, y debe, convivir con el otro, al menos temporalmente.
Ahí queda eso, pero, ahora, la pregunta es: ¿están conviviendo juntos estos “tortolitos” ?. ¿ Está comprobando la Policía o Guardia Civil que no se están incumpliendo una decisión judicial vigente, una vez más ?.
Repasen, si lo estiman oportuno, las últimas reflexiones que, sobre este caso, se vienen haciendo desde hace una semana.
¿ Ha fallado la Administración de Justicia en comunicarse con la chica u otros no lo han hecho bien ?. ¿ Está haciendo cosas extrañas, y peligrosas, este chico por amor ?.
Y, por último, a mujeres como ésta, ¿ cuándo llamen la próxima vez  a la Policía porque se sienten incómodas con el novio o cónyuge elegido las debemos atender, y debemos detener al hombre ?. Porque yo me niego a pagar, con mis impuestos, este uso y abuso de esta ley que llaman de Violencia de Género, o como sea. Pero que no nos tomen el pelo. Que ellas se vayan de rositas. Que menos que el Excmo. Ministro del Interior las ponga una multa. ¿Tanto miedo tenían que luego se juntan con el ogro, maltratador, irascible, mal hombre, etc., etc. del que la sociedad quiere protegerlas?.
Qué aclaren este caso, y pronto. Gracias por su paciencia.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
 

ALBA CARRILLO, EL PRECIO DE LA MIERDA EN ESPAÑA. EL HONOR DE FELICIANO LÓPEZ, CUESTIÓN DE ESTADO

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Muchos compañeros me dicen que el tenista español, Feliciano López, no merece que se le defienda, por su intervención en un vídeo contra el maltrato o violencia de género, de la FUNDACIÓN MUTUA MADRILEÑA.
Algunos otros importantes tenistas españoles no han intervenido en dicho vídeo. En España decimos: “zapatero a tus zapatos”. Lo tuyo es el tenis, y lo haces bien. Por favor, no te metas en lo que no sabes, porque, eso que tú apoyas, apoya actos muy graves, como son las detenciones de hombres, como tú, que son puestos en libertad, apenas comparecen ante un juez, y luego no son condenamos. Por ejemplo. Y no todo vale, y de eso sabemos mucho en Burgos.
Mi madre decía: “en el pecado está la penitencia”. Y creo que ya llevas, Feliciano, tu buena ración de castigo. Ya sabes, Alba Carrillo.
Decía Jesucristo: “perdónales, porque no saben lo que hacen.” Y supongo que eso es lo que pasó contigo. Que no sabías.
Y lo que ha colmado el vaso, que ya iba muy lleno, es el salario del escándalo, y escandaloso, que parece que recibe Alba Carrillo, por ponerte a ti de “vuelta y media”, Dicen que 26.000 euros a la semana, en el programa televisivo SUPERVIVIENTES:
Y es duro defender a un hombre que no sabe lo que apoya, supongo, y eso quiero pensar, pero es que la vida matrimonial y de pareja debe estar garantizada, con firmeza y contundencia, por el ESTADO ESPAÑOL. En efecto, esto dice que lo garantiza laCONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, en su artículo 18.1:
“Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.”
Y, aunque muchos compañeros no estén de acuerdo, el ESTADO ESPAÑOL debe defenderte, y no porque tú puedas acudir a un tribunal, sino porque lo que está haciendo esa mujer debiera ser perseguido de oficio, por nuestras autoridades. Y, al defenderte a ti, ser nos defiende a todos.
Si no precisó alegar nada para divorciarse, qué se calle, y deje de contarnos sus fantasías, en que te despelleja. Su visión de la vida, la vida en pareja, y lo que hubo entre vosotros, para vosotros, Y PARA NADIE MÁS.
No sé si lo sabías, pero no hay ningún divorcio en España en que el juez lo decrete por maltrato. Si alguno tiene otra información, que la publique, alto y claro.
No os dimos libro de instrucciones, pero os exigimos contraer matrimonio en libertad, y, desde el segundo cero, ambos, pudisteis cesar la convivencia, sin explicaciones.
Feliciano, si a ti llegan estas reflexiones, por favor, pide que te quiten de ese vídeo, porque a los hombres de este país que les toque otra Alba Carrillo, que se vayan confesando. Tu delito fue contraer matrimonio como famoso y supongo que con dinero, y quizá su mérito. Y de eso vive, y parece que muy bien, pero esparciendo mierda, que nos cae a todos.
No sabías con quién contraías matrimonio. Lo tuyo no era de divorcio, sino de NULIDAD MATRIMONIAL.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de las ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Dedicado a distintos padres de Burgos, detenidos. Ninguna de sus cónyuges o parejas precisaron denunciar. ¿ Quién gana con ello, si no se precisa para ser libre ?. Mujer, antes de denunciar, exige que a los hombres nos den todas las garantías. Aquí eliges pareja o cónyuge y al padre de tus hijos. No lo olvides.

CARTA DEL PUEBLO ESPAÑOL A DAVID BUSTAMANTE ANTE SU POSIBLE DIVORCIO

datauri-fileEstimado David Bustamante:
Perdona la soberbia de escribirte en nombre del pueblo español. Perdona. Sin embargo, sí que quiero transmitirte lo que el pueblo español dice a través de nuestras leyes. Podría alguien decir que son mejorables, pero es lo que hay, y el conocerlas y transmitirlo es comunicarte lo que el pueblo español quiere para vosotros, para Paula y para ti. Y vuestra preciosa niña.
Vamos a comenzar por el principio, por la celebración de vuestro matrimonio. Y para todo lo que os viene estimo que se os aplica el derecho común, distinto al que pueda aplicarse en autonomías como Cataluña o el País Vasco, por ejemplo. Bien. En un matrimonio celebrado ante un juez, lo único que quiere el pueblo español que sepáis es lo que dicen los artículos 66, 67 y 68, delCódigo Civil. Te los indico:
“DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS CÓNYUGES
Artículo 66
Los cónyuges son iguales en derechos y deberes.
Artículo 67
Los cónyuges deben respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia.
Artículo 68
Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo.”
Y esto lo dicen antes de dar el sí, y no te dan una copia. Como puedes ver, después del año 2.005, ni el sexo de los contrayentes importa. Aquí yo no veo ni obligaciones ni derechos sexuales. Ni obligación de quererse. Incluso, sobre el vivir juntos, pues hay un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil donde se indica que podríais estar empadronados en lugares distintos, y digo que ella, por ejemplo, podría estar en Colombia, y tú en Londres.
Antes de nada, en España no se decreta ningún divorcio en que le juez de turno lo decrete por maltrato alguno. Y eso es bueno que lo sepa toda España.
Vosotros que lleváis más de tres meses casados, pues sólo hay que pedirlo. Fácil, ¿ no ?. Y aunque lo pida uno de los dos se decreta el divorcio, siempre que no se pida la separación o la nulidad, pero estimo que ése no será el problema.
Y las causas de un posible divorcio lo explica muy bien la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, en su exposición de motivos:
“………………se estima que el respeto al libre desarrollo de la personalidad, garantizado por el artículo 10.1 de laConstitución, justifica reconocer mayor trascendencia a la voluntad de la persona cuando ya no desea seguir vinculado con su cónyuge. Así, el ejercicio de su derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de esa voluntad expresada en su solicitud, ni, desde luego, de una previa e ineludible situación de separación…………….”
Ahora pasemos a los razonamientos que pueda utilizar un juez para resolver vuestras presuntas diferencias en todo tipo de discrepancias. Seguimos con la misma ley:
La intervención judicial debe reservarse para cuando haya sido imposible el pacto, o el contenido de las propuestas sea lesivo para los intereses de los hijos menores o incapacitados, o uno de los cónyuges, y las partes no hayan atendido a sus requerimientos de modificación. Sólo en estos casos deberá dictar una resolución en la que imponga las medidas que sean precisas.”
Tanto el Código Civil, como la Ley de Enjuiciamiento Civil, hablan de que el juez, en principio, decide a falta de acuerdo de los cónyuges.
En cuanto a la forma de presentar un presunto divorcio, salvo que lo hagáis por las bravas sin reflexionar sobre las posibles consecuencias, y sin llegar a algún acuerdo, habría que separar lo que es estrictamente matrimonial como es la disolución del vínculo por el divorcio, y lo relacionado con la preciosa niña de la que sois papás, de posibles problemas de propiedades. Es decir, serían pleitos distintos.
Resumiendo, lo que debemos considerar el resto del pueblo español es que os unisteis en matrimonio, y no os dimos libro de instrucciones, independientemente de las pretensiones y razonamientos que pudierais tener Paula y tú.
Y, desde el primer segundo de vuestro matrimonio, pudisteis, ambos, dejar la convivencia, y esto es así desde el año 1.981, y se refleja en el Código Civil:
“Artículo 105
No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que refieren los artículos anteriores.”
Y, para que veas cómo funciona esto, te copio lo que dice el artículo 102 del Código Civil:
“Artículo 102
Admitida la demanda de nulidad, separación o divorcio, se producen, por ministerio de la Ley, los efectos siguientes:
1.º Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.
2.º Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro.
Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.
A estos efectos, cualquiera de las partes podrá instar la oportuna anotación en el Registro Civil y, en su caso, en los de la Propiedad y Mercantil.”
Se me olvidaba. Dos cosas. Al haber una menor no emancipada (los hijos de padres separados/divorciados pueden pedir la emancipación judicial a partir de los dieciséis años) lo debéis hacer a través de un juzgado. Por otra parte, si llegarais a acuerdos, a presentar judicialmente, lo podríais presentar como divorcio, bien A PETICIÓN DE AMBOS CÓNYUGES o DE MUTUO ACUERDO, bien A PETICIÓN DE UNO CON EL CONSENTIMIENTO DEL OTRO. En este caso, si es sólo uno de los dos el que lo desea.
En cuanto a la custodia y educación de vuestra preciosa niña, espero que ambos, acorde con toda la parafernalia que hay entre hombres y mujeres, espero que ambos, Paula y tú, os decantéis por la CUSTODIA COMPARTIDA. Sabiendo que ambos tenéis una agitada vida profesional y que la niña estará muchas veces a cargo de personas distintas a vosotros dos: sus papás. Papá y mamá, y el orden no importa. Y os recuerdo que se os obligó a contraer matrimonio en igualdad de DERECHOS y DEBERES.
Y, Dios no lo quiera, espero que si, como se dice por todos los medios, estáis al borde del divorcio, la sensatez y el sentido común os haga conduciros con prudencia, con generosidad, y fuera del mundo buitre del cotilleo nacional. Respeto del uno hacia el otro.
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Me gustaría que no deis el mal ejemplo de otras parejas famosas del escenario nacional, y no se busca quién es el culpable: ALBA CARRILLO/FELICIANO LÓPEZ o  ANTONIO DAVID FLORES/ROCÍO CARRASCO.
Se os quiere, se os aprecia. Es primavera, cantan los pájaros, las flores adornan la naturaleza. Espero que seáis un ejemplo de privacidad, respeto y amor a vuestra niña.
Divorciarse es un derecho, que os dimos a cada uno. ¿ Comprendido ?.
Un abrazo, David.
Jesús AYALA CARCEDO, Delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- El año pasado estuve unos días en San Vicente de la Barquera (Cantabria). Lugar espectacular. Allí te quieren mucho, donde han puesto tu nombre a un edificio municipal. En Burgos, el grupo de separados/divorciados al que pertenezco nos llamamos LA COFRADÍA  . Quedas invitado a merendar cuando quieras, para compartir un buen momento con nosotros. Gracias por la atención que puedas dedicar a esto, si cayera en tus manos. Lo dicen las leyes, del pueblo español.
Qué la pena y la nostalgia no te priven de las ganas de vivir y de cantar a tanta gente ávida de amor y buenos tiempos. Te necesitan. Os queremos a los tres.
 
 
 

ESPAÑA: LAS HIJAS TONTAS DE LAS MADRES TONTAS


Decía Lucas, mi difunto padre: de padres gatos, hijos michitos. Y esto va en relación a la nueva campaña que nuestros queridos gobernantes han lanzado en relación a lo que llaman la violencia de género, cuando eso del género pues no está muy bien explicado, o, al menos, yo no lo entiendo mucho. Se titula: Diez formas de violencia de género digital”.

http://www.msssi.gob.es/gabinete/notasPrensa.do?id=4128

TRABAJAR EN LA PREVENCIÓN

“En la juventud, para erradicar la violencia contra la mujer, es esencial trabajar en la prevención para desarrollar la igualdad entre hombres y mujeres y evitar que la sociedad del mañana siga ejerciendo violencia por razón de género”, ha señalado la ministra.”

El problema es que nuestros gobernantes, de distintos partidos, desde que salió la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, han tenido el poder de intervenir en la educación de nuestros hijos, nuestros jóvenes, ésos a los cuales ahora dirigen esta campaña:

https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760

“La Ley establece medidas de sensibilización e intervención en al ámbito educativo.”.

Cuando hablan de la desigualdad, como la gran causa de esa violencia, pues resulta que, por ejemplo, el partido gobernante, ya en las anteriores elecciones prometió una ley, que no ha visto la luz, sobre CUSTODIA COMPARTIDA. Y es más fácil hacer una ley sobre ello, que encontrar un puesto de trabajo que les permita la independencia a esos jóvenes a los cuales va dirigida esta nueva campaña.

Una primera lectura de esta campaña parece confirmar que las jóvenes de ahora siguen teniendo la misma calificación que sus madres: TONTAS, y, claro, los chicos tienen los mismos síntomas que sus padres: MALVADOS.

Resumiendo, un fracaso del sistema educativo.

Pero claro, cuando les hablan a nuestros chicos de igualdad entre hombres y mujeres, pues resulta que hay muchos niños y jóvenes en nuestro sistema educativo que son hijos de padres separados/divorciados:

“La conquista de la igualdad y el respeto a la dignidad humana y la libertad de las personas tienen que ser un objetivo prioritario en todos los niveles de socialización.”

Pero cuando eso les explican en la escuela, eso no lo ven en la familia, cuando sus padres están separados/divorciados. En muchos casos la CUSTODIA COMPARTIDA no es la fórmula habitual que ven en sus familias, o en las de sus compañeros.

Uno está harto de que en la prensa aparezcan noticias, teorías, estudios, etc., de expertos y expertas en que especulan o descubren el arma atómica contra esa violencia planetaria, la denuncia,  y que se produce después de mucho tiempo de maltrato.

Quizá haya que ir menos a esos estudios de estudiosos y estudiosas y contarlas a las madres de estas jóvenes que no necesitan permiso de ningún juez para dejar de convivir con el hombre que libremente escogieron, el padre de las mismas, supongo.

Habrá que decirlas a esas jóvenes, a las cuales ya se las quiere enseñar el camino de la denuncia, que en España los jueces no decretan divorcios en que lo justifiquen por maltrato alguno. Vamos, diga la Excma. Sra. Ministra que el divorcio no tiene que ver con el maltrato.

Pero lo peor que se puede estar transmitiendo a nuestras jóvenes  es que son más tontas que los chicos, y pienso que las jóvenes de hoy son guerreras, muy guerreras. Ni tontas, ni cobardes, ni menos inteligentes que los chicos. ¿ Alguien quiere afirmar lo contrario ?.

¿ A ver si los hábitos de chicos y chicas, en temas digitales, de móviles, ordenadores, etc. son similares entre los chicos y las chicas ?.

Si a las chicas y jóvenes ya las están enseñando el camino fácil, de la denuncia, para que los chicos puedan ser detenidos, pues es de temer que a los malvados chicos, y más inteligentes que ellas, según se deduce de esta campaña, al menos en temas electrónicos,  pues van a pensárselo mucho para tener relaciones duraderas con ellas.

Total, España está muriendo, porque la única consigna que están transmitiendo a las nuevas generaciones es: A LOS HOMBRES, A LOS CHICOS, A LOS JÓVENES, LEÑA, QUE LA QUE MANDO SOY YO, LA CHICA.

Por supuesto que estas pequeñas reflexiones no apoyan conducta no correcta alguna, pero no llamen tontas a tantas jóvenes que están estudiando en nuestras universidades o ya han hecho una carrera, cuando la mujer ocupa un lugar importante en la administración, en la judicatura, en la medicina, etc., etc.

Cuando desde el año 1.981 todas las personas casadas no han precisado de permiso de juez alguno para dejar de convivir dentro de la fórmula legal del matrimonio, hay que hablar claro: LA FALTA DE SALIDAS PROFESIONALES HACE QUE MUCHAS MUJERES ESTÉN EN MATRIMONIOS Y CONVIVENCIAS QUE SI TUVIERAN MEDIOS ECONÓMICOS NO EXISTIRÍAN.

El mayor problema de esos chicos y jóvenes a los cuales va dirigida esta nueva campaña es terminar estudios, cuando puede haber problemas económicos que se lo impidan, y encontrar empleos para ser independientes, de padres, novios y amantes.

Resumiendo, una nueva cortina de humo para ocultar falta de dinero para realizar estudios. Una nueva cortina de humo para ocultar que muchos jóvenes tienen grandes problemas para encontrar un empleo o iniciar una actividad empresarial.

A mí me gusta más el cuento de CAPERUCITA ROJA o el de BLANCANIEVES, que lo que sinceramente pienso que piensan los autores de esta nueva campaña, MUJERES JÓVENES TONTAS COMO SUS MADRES, y chicos malvados como sus PADRES.

Ya está bien de tratar de tontos a todo el mundo. Más y mejores becas, y más puestos de trabajo, para esos jóvenes.

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

P. D.- Mientras escribo estas reflexiones, están pasando por una televisión las declaraciones de la abogada de ALBA CARRILLO. Después de lo de las cláusulas suelo firmadas ante notario, y tanto Código Penal como están metiendo en las relaciones familiares y de pareja, lo mismo que para divorciarse es obligatorio tener abogado, ¿ por qué no exigen ese requisito para casarse ?. O lo recomienden a los chicos antes de decir guapa a una de esas chicas a las que se dirige esta nueva campaña, porque, cuando le detengan, el abogado será obligatorio. Prevenir, mejor que lamentar.

Chico, joven, antes de relacionarte con chicas, consulta a un abogado. Vamos, este mundo es un asco.


VIOLENCIA DE GÉNERO, ¿ Y SI LAS DIPUTADAS DEL CONGRESO OS QUIEREN TONTAS ?. PERDÓN, QUERÍA DECIR NO INFORMADAS


Y LAS SENADORAS, Y LAS MINISTRAS,  Y LAS PRESIDENTAS DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS, Y LAS CONSEJERAS DE AUTONOMÍAS, Y LAS DIRECTORAS GENERALES DE LA MUJER, Y LAS ALCALDESAS DE CAPITALES DE PROVINCIA……….Y LA ABOGADA DE Dª ALBA CARRILLO, ETC., ETC.

https://apfsburgos.wordpress.com/2017/03/06/ocho-de-marzo-desatar-a-la-mujer-de-la-pata-de-la-cama/

Queridas mujeres, NO INFORMADAS POR ESAS SEÑORAS:

Ellas tienen un buen sueldecito público (menos la abogada de Dª Alba Carrillo, supongo), como creo que todas sabéis. Ellas, si es que os quieren informadas, podrían proponer una ley en que TODAS, y los hombres también, por la cual NADIE podría alegar NI MINUTOS de relaciones NO DESEADAS, sin que ello suponga maltrato alguno, dentro del matrimonio, con un hombre. O ponerlo en folletos o en las páginas web de todas las administraciones. Vamos, que lo sepa todo el mundo, y que nadie alegue que no lo sabía.

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Y eso lo demuestra una lectura fácil de la ley. Sí, del Código Civil, principalmente.

Empezamos por una verdad que todas creo que admitís. Elegís pareja y matrimonio. No creo que ninguna mujer nacida en España alegue lo contrario sobre esto. Ni os casa el padre, ni impone matrimonio el hombre.

Pero, antes de seguir, recordaros que hace pocos días un hijo mató a su padre, y alegó que a su madre el padre la tenía maltratada desde hace CUARENTA AÑOS.

En Burgos, hace un año, a un hombre de setenta y cinco años lo detuvo la Policía. Su mujer o cónyuge alegaba CINCUENTA AÑOS DE MALTRATOS.

Por eso, todo el mundo debe saber lo que dice la ley, antes de matar a alguien o poner una denuncia. ¿ Vale ?.

PASO PRIMERO: MATRIMONIO

Desde el año 2.015 también se puede contraer matrimonio ante Notario.

Artículo 58

El Juez de Paz, Alcalde, Concejal, Secretario judicial, Notario o funcionario, después de leídos los artículos 66, 67 y 68, preguntará a cada uno de los contrayentes si consiente en contraer matrimonio con el otro y si efectivamente lo contrae en dicho acto y, respondiendo ambos afirmativamente, declarará que los mismos quedan unidos en matrimonio y extenderá el acta o autorizará la escritura correspondiente.

Artículos que fueron modificados en el año 2.005, que, entre otras circunstancias,  permite el matrimonio entre personas del mismo sexo. Y, fijaros bien, no dan copia de lo que se lee. ¿ A que muchas casadas lo desconocen y desconocen estos artículos ?. Alguien ve obligaciones o derechos sexuales ?. Pues yo NO. Más tarde, se ha contemplado casarse en el Notario, como Casillas y su cónyuge.

Artículo 66

Los cónyuges son iguales en derechos y deberes.Imagen en el mensaje


Artículo 67

Los cónyuges deben respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia.

Artículo 68

Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo.

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PASO SEGUNDO, ¿ EXISTE MATRIMONIO SIN VIVIR JUNTOS ?

Paso, por un momento, a la Ley de Enjuiciamiento Civil, donde se contempla que los dos cónyuges pueden estar viviendo en distintos lugares.

Artículo 769 Competencia

1.- Salvo que expresamente se disponga otra cosa, será tribunal competente para conocer de los procedimientos a que se refiere este capítulo el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal. En el caso de residir los cónyuges en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado.

PASO TERCERO: LA LEY NO OBLIGA A ESTAR SEGUNDO NO DESEADO EN CONVIVENCIA MATRIMONIAL

Volvemos al Código Civil. No hace falta justificarlo, ni pedir permiso a nadie. ¿ No es fabuloso ?:

Artículo 105

No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que refieren los artículos anteriores.

PASO CUARTO: CONSECUENCIAS CON SÓLO ADMITIR LA DEMANDA DE DIVORCIO.

Sólo tienes que probar que te casaste libremente, con el hombre de tu elección. Vamos, adjuntar el certificado de matrimonio. Y no es porque lo diga el juez, es por ministerio de la ley. Qué maravilla de ley.

Artículo 102

Admitida la demanda de nulidad, separación o divorcio, se producen, por ministerio de la Ley, los efectos siguientes:

 

  • 1.º Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.
  •  
  • 2.º Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro.

Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

A estos efectos, cualquiera de las partes podrá instar la oportuna anotación en el Registro Civil y, en su caso, en los de la Propiedad y Mercantil.

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PASO QUINTO: DIVORCIO AUTOMÁTICO

No os quieren informar, mujeres de España. NO SE PRODUCE NINGÚN DIVORCIO EN QUE SE DECRETE POR CAUSA DE MALTRATO. Si alguien tiene datos en contrario, que los aporte. La razón, cualquier proceso de divorcio en que los cónyuges no estén de acuerdo, o lo quiere sólo uno, dura más de tres meses, y con que lo pida uno, y, aunque el otro no vaya al juzgado, lo decretan los jueces, por ley:

Artículo 81

Se decretará judicialmente la separación cuando existan hijos menores no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de sus progenitores, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio:

1.º A petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. A la demanda se acompañará una propuesta de convenio regulador redactada conforme al artículo 90 de este Código.

2.º A petición de uno solo de los cónyuges, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. No será preciso el transcurso de este plazo para la interposición de la demanda cuando se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.

A la demanda se acompañará propuesta fundada de las medidas que hayan de regular los efectos derivados de la separación.

Artículo 86

Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro, cuando concurran los requisitos y circunstancias exigidos en el artículo 81.

CONCLUSIONES

Si tuvierais el sueldecito de todas esas mujeres, no tendríais que denunciar al hombre que libremente escogísteis. ¿ Para qué ?. Hasta podríais divorciaros en un notario, si no hay hijos menores no emancipados, por ejemplo.

El matrimonio no conlleva ni derechos ni obligaciones sexuales. Se ríen de vosotras.

Hay matrimonios sin amor, sin convivencia y con separación de bienes. Y no hace falta casarse para ser feliz, tener hijos, convivir juntos……

Os están tomando el pelo. Ellas cobran lo mismo que los hombres.

El único camino que os proponen es denunciar al hombre, echarlo de casa, y que trabaje para vosotras, porque hay mucho paro y empleo precario. Y denunciar da dinero, a más de una.

Ah, se me olvidaba. Lo tenéis fácil para quedaros con la vivienda, de la cual puede ser copropietario o propietario al que expulsan, o no haber derecho a mediación familiar, o CUSTODIA COMPARTIDA. Sólo denunciar. ¿ Fácil, no ?.

REZO FINAL

El escribir esto supone un riesgo muy fuerte para el firmante de este escrito. Ya me han atacado: FISCALÍA, CONCEJALA DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE BURGOS Y RESPONSABLE DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS.

El saber os abrirá los ojos. Mujeres, a ellas las interesa que sigáis en la INOPIA.

Cuando esas mujeres no os informan y os dan el poder de que a un hombre le detengan con vuestra palabra, lo que os hacen es que los hombres TEMAN estar con vosotras, y luego a muchas las va muy mal, porque había un gravísimo problema social.

Hoy le pasa a tu hombre, y os parece bien. Mañana a tu hermano, a tu compañero de trabajo, al vecino, al amigo, a vuestros hijos……..entonces ya será tarde.

ESTÁN DESTRUYENDO LA CONVIVENCIA FAMILIAR Y DE PAREJA. QUÉ DEN LIBRO DE INSTRUCCIONES. ¿ CÓMO NO SE VA DISCUTIR ?

QUE ELLAS DIGAN QUE ESTO NO ES CIERTO, LO QUE DICE LA LEY. PEDIDLAS RESPONSABILIDADES A ÉSAS QUE VIVEN DEL DINERO PÚBLICO Y NO OS INFORMAN DE LO QUE DICE LA LEY

Atentamente,

 

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

En Burgos, a ocho de marzo de dos mil diecisiete, día en que se celebra el día de la mujer. Los hombres nos somos vuestros enemigos.  Qué nos sienten  a reflexionar, si en algo discrepamos. Ellas pueden, pero no quieren. Qué os digan por qué. Para no hablar de paro, empleos precarios, etc., supongo yo……..

OCHO DE MARZO: DESATAR A LA MUJER DE LA PATA DE LA CAMA

Se me ocurren dos reflexiones, para empezar. La primera tenía más sustancia hace años, cuando había menor nivel de vida, y había ciertos pescados que entraban poco en las casas de la gente humilde: “Cuando el pobre come merluza, uno de los dos está malo”.
La segunda tiene un origen terrible, ya que lo ponían los siniestros y temibles nazis en sus campos de exterminio: “El trabajo os hará libres”.
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Y, poco antes de escribir estas líneas, tenía planteado escribir algo diferente a lo que finalmente van a leer Uds., si tienen la voluntad, paciencia y amabilidad para dedicar unos minutos. No hagan mucho caso, y lo digo porque sé que, de vez en cuando, me equivoco.
Bien, y me ha cabreado mucho. Con motivo del próximo día OCHO DE MARZO, jornada dedicada a la mujer, en la prensa de esta pequeña, pero bonita ciudad, Burgos, en uno de sus periódicos, venía abundante información sobre el mayor problema de la humanidad, de España y de las españolas y demás mujeres residentes en este país. Y, sobre ese tema, relacionado con otra población de la provincia, Aranda de Duero, dos noticias aparecen: “310 alumnos se forman en prevención contra el maltrato”. Y, en un recuadro: “Ayuda para salir de la violencia”.
Hablando claro. Página36 de Diario de Burgos, del domingo 5 de marzo de 2.017.
Y me ha llamado la atención, y me ha cabreado, y mucho, que en el citado recuadro, de “Ayuda para salir de la violencia”, aparezca la frase, cuando se habla de recursos:
“Entre ellos la víctima dispone de asistencia jurídica gratuita, asesoría sobre las posibilidades de divorcio en caso de que esté casada y un apoyo psicológico más específico”.
Y, lo grave en este país, es que en ciertos temas no se puede hablar libremente, sin que grupos muy organizados, subvencionados, e incluso con influencias externas a este país, ataquen a todo el que ose razonar, o indicar legislación, en contra de ciertos planteamientos. Y me estoy refiriendo a la información y desinformación que se está vertiendo en los medios de comunicación, en los que también tiene responsabilidades, y muchas, la clase política, de todo pelo y condición.
Para empezar, una mujer joven, seguramente más famosa por los hombres que han pasado por su vida, que por otros méritos: Dª ALBA CARRILLO. Muchas páginas en medios de comunicación, y horas en programas de televisión, se nos han ofrecido, como carnaza, sobre su desdichada vida matrimonial, según ella, y éramos pocos, y apareció su madre. Por fin, parece que ya está divorciada. Aleluya. Con total impunidad, y cobrando, es de suponer, con su lagrimita fácil, nos ha despellejado vivo y crudo al infeliz que accedió a contraer matrimonio con ella. Un famoso tenista. Pero no sólo ha largado sobre él, su familia y todo lo que se movía, también parece que ha hablado sobre el mundo del tenis, cosa que no ha sentado bien a ese mundillo que tiene a España en los primeros puestos mundiales del tenis.
Pues bien, todo lo que ha podido contar esta ciudadana no lo ha precisado para divorciarse. Y, es más, se han podido divorciar en un notario. Quiero pensar que ha tenido que venderse a los medios de comunicación, entre otros fines, para pagar a las abogadas que ha tenido, y para pagar a la defensa jurídica del tenista, a lo cual la han condenado.
Creo que esta señora, y madre, debieran quejarse más de sus abogadas que del que fue su cónyuge. Pero, bueno, ése es otro tema. Se me olvidaba. La ley, a esta señora, la permitió no estar conviviendo con el tenista sin pedir permiso a nadie, y sin justificarlo, desde el primer segundo de contraído matrimonio. Por lo que todo lo que pueda haber contado, fuera cierto o no, nadie la obligó a pasarlo. Lo dice la ley, no yo, Y es de suponer que eso se lo habrán ratificado sus abogadas. Y, por cierto, el estado no la dio libro de instrucciones, ni como debía ser el día a día de su vida matrimonial. Otra cosa serían sus sueños de princesa que llevara en su cabecita.
Pero, volvamos a lo que se puede estar informando a las mujeres de Aranda de Duero, en un sitio público que se llama, según se informa en Diario de Burgos, CENTRO ASESOR DE LA MUJER. Y me da miedo:“Posibilidades de divorcio”. Salvo que se pida la nulidad, el divorcio es automático: lo tiene que decretar el juez, de oficio, a partir de los tres meses de contraído matrimonio. Y, como los procesos duran más de tres meses:NINGÚN DIVORCIO DE ARANDA DE DUERO ES DECRETADO POR MALTRATO ALGUNO. Condiciones obligatorias: primero casarse y luego pedirlo. Es fácil, ¿no ?.
Y, si alguien tiene datos en contrario, que los aporte, o pregunte en los juzgados de Aranda de Duero: Teléfonos: 947-500076 y 947-500255.
Y me asusta que se pueda transmitir a la población de que el divorcio es un grave problema jurídico. No, el disolver el vínculo del matrimonio por el divorcio, es automático, el problema puede estar en las consecuencias.
Estos días se ha hablado de algunas de las posibles causas que están detrás de los terribles asesinatos de mujeres por parte de sus cónyuges o parejas. Un inciso, también mujeres matan a sus parejas, e incluso a niños. Pero, sigamos. El estudio que ha realizado, y presentado, el EQUIPO DE PREVISIÓN PORMENORIZADA DE HOMICIDIOS DE PAREJA EN EL ÁMBITO DE VIOLENCIA DE GÉNERO, dependiente del Ministerio del Interior(¿), basado en la revisión de al menos 200 casos ocurridos entre 2010 y 2012, es claro:
“El momento en el que se producen más casos de violencia es cuando hay una separación o una ruptura propiciada por ella y no aceptada por él, y, además, la víctima trata de romper la relación cuanto antes”.
Palabras que pone Diario de Burgos en boca del Comandante de la Guardia Civil,  D. José Luis González, destinado en la Secretaría de Estado de Seguridad, en la página 42 de la edición del sábado cuatro de marzo.
Y en Aranda de Duero, donde el año pasado murió a manos de su ex cónyuge, una mujer, según se informa, se indica a las mujeres, que van alegando lo que sea contra el cónyuge, que libremente escogieron, es eso: RAPIDEZ.
Y se indica en Diario de Burgos:
“Una vez se ha interpuesto denuncia y se adjudica una orden de protección, se celebra un juicio rápido en menos de 72 horas, al cabo del tiempo tendría lugar el juicio definitivo. Jiménez explica que “se pone protección en los casos de riesgo, son medidas penales y se activan medidas civiles si hay hijos porque también son víctimas”.
Jiménez es de suponer que es la abogada, Dª Leyre Jiménez, de los Centros de Acción Social, CEAS, de Aranda de Duero, que es de suponer depende de la Concejalía de Acción Social del Ayuntamiento de Aranda de Duero.
Y, ¿ qué se está vendiendo a las mujeres, desde sitios de asesoramiento oficiales ?. Entre otras cosas, lo que viene en las leyes: EL POSIBLE USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR. Nada que objetar. Se insiste, viene en las leyes.
Sin embargo, se puede acceder al divorcio sin “exigir” el uso de la vivienda familiar. Por supuesto. Nada impide que uno le venda su parte al otro, o la pongan a la venta, y que se vayan ambos cónyuges, y a menudo padres, a viviendas de alquiler, o inicien la compra de nuevas viviendas, o a casa de los padres, como hacen muchos padres cargando los problemas matrimoniales a los abuelos.
Volviendo al título de estas reflexiones: OCHO DE MARZO: DESATAR A LA MUJER DE LA PATA DE LA CAMA.
“Cuando el pobre come merluza, uno de los dos está malo”
Si para divorciarse es imprescindible, necesario y urgente, que la mujer se quede con el uso de la vivienda familiar, porque haya hijos u otra cosa, HAY UN PROBLEMA SOCIAL, y punto.
Y, cuando se habla de ayudas, para esas mujeres que van a denunciar sus cuitas conyugales a los servicios del Ayuntamiento de Aranda de Duero, es de temer que es por la falta de trabajo, o por empleos precarios.
Y, aunque Dª Alba Carrillo no es fácil que lea estas reflexiones, en voz alta y públicas, permítanme que les trascriba lo que decía la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, en su exposición de motivos:
“Así, el ejercicio de su derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de esa voluntad expresada en su solicitud, ni, desde luego, de una previa e ineludible situación de separación.”
Y duro oficio el de juez, que en temas matrimoniales y de familia, lo debiera tener fácil:
“La intervención judicial debe reservarse para cuando haya sido imposible el pacto, o el contenido de las propuestas sea lesivo para los intereses de los hijos menores o incapacitados, o uno de los cónyuges, y las partes no hayan atendido a sus requerimientos de modificación. Sólo en estos casos deberá dictar una resolución en la que imponga las medidas que sean precisas.”
Y yo les pongo esto para que piensen un poco: ¿ No estará en el origen de mucha violencia, entre cónyuges y padres, la grave situación social de muchas mujeres que no trabajan ?. Porque el camino fácil, y rápido, que las están vendiendo es:
  • Denuncia al hombre que libremente escogiste y te damos dinero. Abogado gratis, por supuesto.
  • Posible detención del cónyuge, pareja, y a menudo padre.
  • Expulsión del domicilio familiar del citado.
  • La CUSTODIA COMPARTIDA, nunca.
  • Mediación familiar, para reflexionar sobre temas económicos, sobre hijos, sobre leyes: PROHIBIDA.
Siempre lo he dicho, a mí me gustan los divorcios de los famosos, en que se disputan muchos millones de euros. En los divorcios en que hay pobreza, y se exige que el hombre, en estos casos, que se vaya del domicilio familiar, del cual se le pudiera exigir que siga pagando la hipoteca, y a nadie le preocupa  dónde pueda dormir, pues qué quieren Uds., ¿ no creen que eso origina mucha violencia ?. Hay miles y miles de viviendas en venta y en alquiler. ¿ Por qué no lo recomienda el Ayuntamiento de Aranda de Duero ?. Mujer, no quieres estar con tu pareja o cónyuge: vete de casa y compra o alquila.
Creo que es mucho, y quizá repetitivo para Uds. Antes de terminar, reflexiono:
Mujer, si exiges que el hombre, y quizá padre que escogiste para tus hijos, sea EXPULSADO del domicilio familiar, te estás atando a la pata de la cama, que un día tendrás que abandonar, comprar o vender, salvo que sea sólo tuya en propiedad, o sea de alquiler. El trabajo te haría libre. ¿ Sólo te hace libre una denuncia y atarte a una vivienda que no es tuya en su totalidad, ni es alquilada ?. Malo.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

SR. RAJOY, LLAME LA ATENCIÓN A Dª ALBA CARRILLO

Excmo. Sr. Presidente del Gobierno del Estado Español, D. MARIANO RAJOY BREY:
Con ella llegó el escándalo. Así como con otras personas del mundo del espectáculo y del famoseo. Sin embargo, en bien de la convivencia, los ciudadanos y residentes en este país merecemos que Ud. ponga los puntos sobre las íes, a una mujer que larga en la prensa, televisión y otros medios de comunicación lo que no la exigimos en el juzgado. Le hablo de una mujer, famosa, sobre todo, por sus parejas. Una tal Dª ALBA CARRILLO, que nos tiene en vilo con sus reflexiones en voz alta, desde hace meses, sobre lo que piensa del matrimonio y su cónyuge, si es que aún no están divorciados.
Ahí va una perla de esta señora:
“No concibo eso dentro de un matrimonio”,
Cuando las cabezas pensantes del bien y mal, sobre relaciones libres entre hombres y mujeres, de este país, se escandalizan cuando un lugar de ocio ofrece dar 100 euros a mujeres por ir sin bragas a su local, o alguna asociación de consumidores llama la atención pública sobre disfraces de enfermeras sexys, para niñas, para estos carnavales, esta joven mujer y madre, está lanzando mensajes que crean violencia en las libres relaciones entre hombres y mujeres.
Y digo esto porque, sobre el matrimonio, el estado que Ud. dirige no da libro de instrucciones, ni una copia de los tres artículos del Código Civil que se leen cuando una mujer, como esta, contrae libremente matrimonio, sin que fuera necesario, para ser felices, mantener relaciones sexuales, tener hijos, ir de vacaciones, etc., etc. Y, lo que es más importante, fue ella la que ella eligió a su cónyuge, no los demás. No faltaría más que la hubiéramos puesto pegas para casarse. Fue ella solita la que dijo sí.
Y esto viene en relación a la última intervención de esta señora en una televisión a hora de mucha audiencia. Y lo que no puede hacer esta señora es decir, o razonar, lo que no la exigimos para divorciarse, fuera iniciativa de su cónyuge, de ella o de los dos.
Y es muy grave que los juicios de separación/divorcio no suelan ser en vista pública, responsabilidad normalmente de los jueces, que ni se molestan en justificar, y una señora como esta filosofe sobre ella, el hombre que libremente escogió y sobre lo que debe ser, según ella, el matrimonio.
Y no. No debemos permitir que se despelleje a un hombre, en su ausencia, en un programa como esos de los que están llenos nuestras televisiones. Y, obviamente, en esto tienen grandes responsabilidades, tanto el medio de comunicación, que paga por desprestigiar a un hombre, como la abogada y el o la representante de esta mujer.
Y no vale que si alguien se siente ofendido, tiene los tribunales para lo que desee. No, Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de España, D. Mariano Rajoy Brey, esta mujer, y todas las de este país, se divorcian sin que juez alguno, empezando por los de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, lo decreten por causa alguna, sino que lo hacen por los tres meses, o más, transcurridos desde que libremente contrajeron matrimonio. Y, desde el segundo cero, no precisaron ninguno de los cónyuges autorización o justificación alguna para dejar de convivir.
Éstas, y no otras, son las reglas del juego. Y eso parece que no lo sabe, o no se lo ha querido decir su abogada a esta señora (¿), y parece que hay muchos miles de mujeres, como la que hace un año denunció a un hombre de 75 años, en Burgos, alegando CINCUENTA AÑOS DE MALTRATO, que fue detenido, que dicen o alegan desconocerlo.
Entre las mujeres que no saben cómo se compran las cosas en casa, ni lo que hace su cónyuge para ganar dinero, se está dando un mal ejemplo, y una mala información, a muchas mujeres que no están a gusto con el hombre que libremente eligieron, y que la única orientación legal que se las da es: MUJER LLAMA AL 016 Y DENUNCIALE.
Y ya está bien que todos los hombres de este país seamos presuntos culpables cuando una mujer llama por teléfono, y que por nuestros genes somos malos desde nuestro nacimiento.
No, tenga Ud. la valentía de decir a los mujeres de este país que se endeuda cada día más: MUJER, SI NO ESTÁS A GUSTO CON EL HOMBRE QUE LIBREMENTE HAS ESCOGIDO, PUEDES DEJAR DE CONVIVIR CON ÉL DESDE ESTE MISMO SEGUNDO.
Y Ud. resolverá el gravísimo problema del pueblo español: la violencia de género, doméstica, matrimonial y patriarcal, etc. Y UD. TENDRÁ UN GRAVE PROBLEMA SOCIAL.
Porque leyes, nos sobran. Y el que una mujer como ésta vaya largando basura contra el hombre que accedió a contraer matrimonio con ella, HACE QUE ESTE PAÍS SEA UN PAÍS DE MIERDA, Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de España, D. MARIANO RAJOY BREY. La mierda que está largando esta señora, y otras muchas para justificar lo que no exige la ley justificar.
QUÉ SE LARGUEN YA ESAS MUJERES, PERO QUE SE MUERDAN LA LENGUA Y NO LARGUEN.
Rajoy subraya que el gran pacto de Estado contra la violencia de género «ha empezado a cobrar forma»
Sin que Ud. informe a todas esas mujeres, a las cuales dedica sus pactos y el presupuesto público, de que no necesitan justificar el dejar la convivencia, y que aquí a ninguna mujer divorcian por causa de maltrato los jueces, sino, simplemente, porque lo piden, se está malgastando tiempo y dinero, de lo cual andamos mal.
Esta mujer merece un reproche de su parte. Lo mismo que su abogada, que su representante, que el presentador de televisión, que la cadena de televisión.
Salga Ud. con la ley en la mano, en la misma televisión, y diga, Dª Alba Carrillo, el hombre y el matrimonio, lo eligió Ud. y ni un solo segundo no deseado la impusimos con ese hombre. Que lo sepan todas las mujeres deEspaña.
Punto final, Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de España, D. Mariano Rajoy Brey. Pare Ud. toda la mierda, pagada,  que se vierte en las televisiones. Defienda Ud. a un hombre, como un hombre. Ya me entiende. Gracias.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Desconozco si esto le llegará a nuestro Presidente, al cual no eligieron todas las mujeres, o a su partido, cuando sí eligen las mujeres a todos sus hombres.

EL TENISTA CASADO EN SOCIEDAD DE GANANCIALES (D. FELICIANO LÓPEZ) Y EL EXMOTORISTA (D. FONSI NIETO): ¿ QUIÉN DEBIÓ CORRER CON LOS GASTOS DEL HIJO DEL SEGUNDO ?

Sirvan estas líneas, en primer lugar, para desear una pronta recuperación a D. Fonsi Nieto, que acaba de ser operado, de una grave lesión que tuvo en agosto de 2.006.

A principio de julio último me permití escribir unas reflexiones sobre el divorcio de D. Feliciano López y Dª Alba Carrillo, manifestando que la disolución del vínculo matrimonial no será en ningún caso contencioso, otra cosa pudieran ser las posibles consecuencias, que pudieran ser parte del mismo proceso judicial o no.
Estos últimos días, en diversos medios de comunicación, aparece lo que pudiera ser motivo de conflicto: La presunta, posible o legal participación de Dª Alba Carrillo en los ingresos de D. Feliciano López durante el tiempo que tuvieron SOCIEDAD DE GANANCIALES. Y, por lo mismo, por los ingresos que pudo tener ella.
Obviamente, sin tener todos los datos legales, económicos, u otros, de esta pareja de la prensa rosa, parece que el tenista, D. Feliciano López se casó con D. Alba Carrillo en SOCIEDAD DE GANANCIALES. Por otra parte, salvo mejor información, el hijo que tuvo en su día Dª Alba Carrillo, con el citado D. Fonsi Nieto, ha convivido en el hogar o domicilio familiar que hayan podido compartir D. Feliciano López y Dª Alba Carrillo, al tener ella la guardia y custodia.
Pues bien, en este caso, y durante esos seis meses que han podido compartir SOCIEDAD DE GANANCIALES, D. Feliciano y Dª Alba, salvo mejor información o criterio, ha estado afecta a lo que se indica en el Código Civil y su artículo 1.362.1:
Serán de cargo de la sociedad de gananciales los gastos que se originen por alguna de las siguientes causas:
1.ª El sostenimiento de la familia, la alimentación y educación de los hijos comunes y las atenciones de previsión acomodadas a los usos y a las circunstancias de la familia.
La alimentación y educación de los hijos de uno solo de los cónyuges correrá a cargo de la sociedad de gananciales cuando convivan en el hogar familiar. En caso contrario, los gastos derivados de estos conceptos serán sufragados por la sociedad de gananciales, pero darán lugar a reintegro en el momento de la liquidación.”
Es de pensar que D. Fonsi Nieto estará pasando alguna cantidad para cubrir los gastos del hijo que tuvo con Dª Alba Carrillo.
Entonces, el dilema que se presenta es, ¿ si los gastos del niño los debían asumir D. Feliciano López y Dª Alba Carrillo, por una parte, con cargo a su SOCIEDAD DE GANANCIALES, y, por otra, D.Fonsi también tenía que aportar dinero para la manutención del pequeño, ahora que parece que van a liquidar la SOCIEDAD DE GANANCIALES los citados D. Feliciano y Dª Alba, tendría derecho D. Fonsi Nieto a recuperar el dinero que haya podido aportar durante esos seis meses ?.
No corresponde a esta parte dar una solución jurídica a este problema, pero lo que parece claro es que había DOS OBLIGADOS A ATENDER LOS GASTOS DEL NIÑO: la SOCIEDAD DE GANANCIALES de D. Felicianoy Dª Alba, por una parte,  y D. Fonsi, por otra. Es de suponer que, Dª Alba, como suele ser normal, a pesar de lo que indica el artículo 93 del Código Civil, no aporta cantidad dineraria alguna por disposición judicial para atender los gastos del pequeño Lucas.
Y, por último, dado lo expuesto, nos debemos preguntar si D. Fonsi Nieto debería ser tenido en cuenta, como parte acreedora, en la liquidación de la SOCIEDAD DE GANANCIALES de D. Feliciano y Dª Alba, por lo que haya podido aportar por su hijo durante los seis meses que duró la SOCIEDAD DE GANANCIALES.
Y, para más colmo del asunto, es lícito pensar si cuando una mamá se casa en SOCIEDAD DE GANANCIALES, llevando hijos de anteriores relaciones, el padre o padres de los mismos tendría/n derecho a solicitar la extinción de la obligación de pago a favor de sus hijos, ya que esa obligación la asume el nuevo matrimonio. Y lo mismo si el que aporta los hijos es el hombre.
Espero que les duela la cabeza con este asunto.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
 
P. D.- Para exponer este interesante teme jurídico se ha considerado:
– Existencia de una SOCIEDAD DE GANANCIALES, y sus obligaciones asumidas, voluntariamente, por D. Feliciano López, hacia el hijo de D. Fonsi y DªAlba.
– Aportación al DªAlba Carrasco al matrimonio, con transcendencia en su SOCIEDAD DE GANANCIALES, de un hijo de una relación anterior con D. Fonsi.
– Se presume que el padre del pequeño Lucas, D. Fonsi Nieto, está aportando diversas cantidades por disposición judicial, y que ha aportado durante los meses en que ha existido la SOCIEDAD DE GANANCIALES.
– El que se haya utilizado este caso, de gran repercusión mediática, es para que se debata sobre este interesante tema que se desconoce, y, sobre todo, por los padres /madres separados/divorciados, y los que contraen matrimonio enSOCIEDAD DE GANANCIALES, y no todos los hijos son comunes.
En Burgos, a veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis.

CARTA ABIERTA A ALBA Y FELICIANO Y LOS JUECES ESPAÑOLES. NO HABRÁ DIVORCIO CONTENCIOSO

Estimados Alba y Feliciano:
Con pena, cómo no puede ser de otra manera, salís demasiado en la prensa, televisión y demás, por lo que parece va a ser vuestro próximo divorcio. Vosotros, dos personas públicas, por vuestras profesiones, debierais ser ejemplo para el resto de los ciudadanos. Y este modesto escrito no es para indicar lo que tenéis que hacer, pensar o decir, pero sí transmitiros algunas reflexiones jurídicas sobre lo que es el matrimonio en España, nuestro país. Y el vuestro en concreto.
Y me ha animado a escribir estas humildes reflexiones lo que parece es una afirmación de Dª ALBA CARRILLO:

Alba Carrillo, tras conocer las infidelidades de Feliciano: Será un divorcio contencioso.
Y, sí, seguramente, en las estadísticas del Instituto Nacional de Estadística, salvo que, finalmente, lo presentéis o lo transforméis un divorcio de mutuo acuerdo, o a petición del uno con el consentimiento del otro, lo calificarán como DIVORCIO CONTENCIOSO. Y la culpa de ello, la tienen los jueces, sí, los jueces, principalmente, los del CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. De la misma manera que no diferencian en sus estadísticas los divorcios que se presentan de mutuo acuerdo de los que se presentan a petición de uno de los cónyuges con el consentimiento del otro. Y en esto algo tienen que ver muchos abogados. Y yo no hago más que trasmitir lo que se contempla en el Código Civil.
Lo malo es que estáis transmitiendo a la opinión pública unas sensaciones que no tienen nada que ver con la realidad jurídica de vuestro matrimonio y de vuestro previsible divorcio. Y no son estas líneas para reflexionar por qué vais a pedir, el uno o los dos, el divorcio, si es que aún se ha pedido.
Y sacar a la luz pública presuntos trapos sucios, para comidilla en programas de televisión o en la prensa del corazón, es confundir a la opinión pública, y sería mejor que vuestras declaraciones las hicieran vuestros abogados, y no vosotros.
Porque, de la misma manera que todos los días, y en todos los medios, se habla de presuntos o reales maltratos, no sólo de hombres contra mujeres, o de mujeres contra hombres, o de unos y otros contra niños, etc., etc., ni los presuntos o reales maltratos son los argumentos que utilizan los jueces para decretar divorcios.
En efecto, se ruega a los medios de comunicación que se informen si se decretan divorcios por parte de los señores jueces en que el juez de turno lo decreta por maltratos.
La humilde opinión de este firmante de estas humildes reflexiones, con derecho a equivocarme, es que no se producen en España divorcios decretados por maltratos. Y ese dato parece que a nadie le interesa. SRES. PERIODISTAS, soliciten, exijan, se exijan Uds. conocer este dato. Por supuesto, si quieren informar de la verdad, toda la verdad, y nada más que la verdad.
Por supuesto, si esto no fuera cierto, desde estas humildes líneas, anticipadamente, se presentan excusas.
Pero, volvamos al meollo de este escrito: ¿ SERÁ UN DIVORCIO CONTENCIOSO, SI NADIE LO REMEDIA, EL VUESTRO ?.
Reflexionemos sobre lo que se podría ser un divorcio de estos dos personajes de la prensa del corazón. Y, para ello, hay que diferenciar dos partes:
  • La primera es si la disolución de su matrimonio por divorcio será contenciosa o no. Sobre la base de que estos dos famosos ciudadanos contrajeron matrimonio hace más de tres meses, NO TIENEN QUE ALEGAR ABSOLUTAMENTE NADA PARA JUSTIFICAR LA PETICIÓN DE DIVORCIO, BIEN PEDIDO POR UNO, BIEN DE MUTUO ACUERDO, BIEN A PETICIÓN DE UNO CON EL CONSENTIMIENTO DEL OTRO.
    Por lo tanto, NUNCA será contenciosa la disolución de su matrimonio.
  • Dado que parece que no tienen hijos comunes,  no habrá ninguna petición o medida sobre hijos que no existen.
    Si hubiera temas económicos sobre los que discutieran en un juzgado, eso sería contencioso. Ninguna duda.
Pero la reflexión de estas pequeñas reflexiones, es que en el caso de que sólo se discutiera de temas económicos, ¿ por qué se consideraría  contencioso  TODO un divorcio en que  SÓLO una parte podría ser contenciosa ?. Mi reflexión es que procedería que tanto jueces como el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA deben matizar eso de divorcios contenciosos cuando sobre el vínculo en sí, ni hay que argumentar, ni hay que discutir. Y es más, si eso que se dicen en el prensa, lo argumentaran los abogados, sería para expedientar a los abogados.
LEY 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio:
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 
“Con este propósito, se estima que el respeto al libre desarrollo de la personalidad, garantizado por el artículo 10.1 de la Constitución, justifica reconocer mayor trascendencia a la voluntad de la persona cuando ya no desea seguir vinculado con su cónyuge. Así, el ejercicio de su derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de esa voluntad expresada en su solicitud, ni, desde luego, de una previa e ineludible situación de separación.”
 
Y es más, si no hay temas económicos a discutir, con que lo pida uno sólo, vale. Porque, señores, el que quiera el divorcio tiene que ir al juzgado, el otro no.
Ante esto, y dadas las declaraciones públicas que parece que hay por parte, tanto del uno como de la otra, y familiares, sería bueno, muy bueno, que si hubiera una vista para discutir de sus discrepancias, sea pública, tanto como la sentencia, en lo referente a la disolución del vínculo matrimonial.
Decía Groucho Marx que la causa del divorcio suele ser el matrimonio. Y lo único que tienen que justificar es que se casaron libre y voluntariamente, aunque para quererse, convivir juntos, tener hijos y ser felices, hoy, afortunadamente, no hace falta casarse por presión social. Por cierto, si alguno sabe cómo se define MATRIMONIO en la legislación española, que me lo diga, porque no sé como lo definen.
Lo que ruego tengo claro es que se casaron libremente, no les exigimos nada que ellos no consintieron, y en cuanto a divorciarse, no les ponemos ningún problema. Todo segundo que estén casados, ha sido y es un segundo de total libertad.
Feliciano y Alba, Uds. no tienen ningún problema para divorciarse. No nos cuenten nada, salvo que en eso se mueva mucho dinero en exclusivas.
Luz y taquígrafos, y no portadas en los medios de comunicación. Gracias.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-AP.F.S.-BURGOS.
P. D.- Se ruega que se califique de una manera distinta a los divorcios, y se modifique esa calificación de divorcios contenciosos, cuando no todo es contencioso. Por ejemplo, divorcio contencioso en cuanto a las consecuencias. ¿ Lo harán los jueces, conforme a la legislación ?. Lo dudo.
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