PROTESTA POR EL CIERRE DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO EN CASTILLA Y LEON. APROME, EL DINERO PÚBLICO NO GARANTIZA LOS DERECHOS PERSONALES DE LOS NIÑOS

EXCMA. SRA. Dª MARÍA ISABEL BLANCO LLAMAS

CONSEJERA DE FAMILIA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

C/ Padre Francisco Suárez, 2

C.P.: 47006 Valladolid.

PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR – APROME, EL DINERO PÚBLICO NO GARANTIZA LOS DERECHOS PERSONALES DE LOS NIÑOS RESIDENTES EN CASTILLA Y LEÓN

Aranda de Duero (Burgos), 16 de noviembre de 2.020

Excma. Sra.:

Creo no ser el único padre que, con legítimo derecho, tengo derecho a quejarme, y por ello me dirijo a Ud. para denunciar que el dinero público dedicado al servicio de responsabilidad pública, delegado en la entidad privada APROME, que viene recibiendo ayudas millonarias de varias administraciones, sobre todo de la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, y agravado por las medidas tomadas por las distintas administraciones para luchar contra el Covid 19, no han garantizado los derechos personales de los menores no emancipados, de relacionarse con ambos padres. En mi caso, mis hijas, nuestras hijas.

En efecto, estimo que la razón principal de ser de un punto de encuentro familiar son los niños, por encima de posibles derechos, también respetables, de ambos padres.

Permítame contar la historia de mis hijas. Durante meses estuvieron sin estar en contacto con este padre, en los inicios de una separación que hubiera sido menos traumática si hubiera una MEDIACIÓN FAMILIAR OBLIGATORIA, entre dos padres que se unieron en libertad, y pudieron ejercer su derecho a no estar juntos en cualquier momento.

Por incumplimiento en los juzgados de los plazos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil, se tardó meses en obtener una decisión judicial afectando a nuestras hijas, en que la madre, sin ningún derecho aprobado judicialmente, impidió el contacto de nuestras hijas con este padre. También debo reconocer que, en un principio,

APROME me pareció un recurso social no correcto para estos temas, en que, sin sentencia alguna, se me tratara de mala persona, y un peligro público.

Posteriormente, me puse en contacto con APROME, y me insistieron, una y otra vez, que hasta que no hubiera una decisión judicial, no podían hacer nada.

Después de tener, con muchísimo retraso, una vista judicial, me dirigí a APROME para que, con rapidez, se iniciaran los contactos de nuestras niñas con este padre. Rápidamente, llevé la decisión judicial para que el fin de semana se iniciaran los contactos de las niñas conmigo su padre. Llevábamos meses sin vernos, sin abrazarnos, sin querernos. Mi decepción, y desesperación, fue grande cuando me dijeron que eso tendría que esperar, y, ese fin de semana, el deseado reencuentro no tuvo lugar.

Solicito en el juzgado que las niñas sean recogidas y devueltas por mis padres, abuelos de las niñas ya que trabajo a turnos algunos fines de semana. La madre se opone. Gasto MIL SETECIENTOS EUROS en abogado para intentar que una decisión judicial obligue a la madre a aceptar esta alternativa. No se aprueba judicialmente. Las niñas, otra vez, están varios meses sin ver a su padre.

Llega este año funesto de la PANDEMIA. La Junta de Castilla y León decreta el cierre de los puntos de encuentro familiar , las niñas están varios meses sin tener el derecho de estar con su padre.

Ahora, otro cierre del servicio público, delegado en la entidad privada APROME el cual NO se entiende ya que esta abiertos los colegios, guarderías he instalaciones municipales Vuelvo a proponer que sean los abuelos los que recojan y devuelvan a las niñas. Esta vez la madre no se opone, pero más gastos de abogado.

Transmito a Ud. mi profundo malestar por amparar las conductas de madres que impiden el contacto de los niños con los padres que libremente eligieron. Situación que también vienen sufriendo otros padres.

Al principio, se me exige sentencia. Cuando la tengo, a esperar. Cuando llega el Covid, tengo sentencia, y vale para lo que quiera hacer la madre.

Dinero tirado en abogados, dinero público que ha incumplido su deber de proteger los derechos personales de los niños.

Mis hijas no merecen esto. La Junta de Castilla y León ha sido incapaz de protegerlas. DINERO PÚBLICO DE LOS CIUDADANOS MALGASTADO.

Dinero mío, muy escaso, gastado en abogado, que tampoco ha servido para que una decisión judicial se cumpliera, ni me vale para que el estado respete los plazos judiciales.

COMO PADRE, DENUNCIO ESTA SITUACIÓN TAN INJUSTA DE QUE CIERREN LOS PUNTOS DE ENCUENTRO MIENTRAS ESTEN ABIERTOS OTROS ORGANISMOS OFICIALES COMO LOS COLEGIOS EN ESTA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN LOS NIÑOS NO TIENEN VOZ . Y LAS SENTENCIAS, PAPEL MOJADO.

Atentamente

Colaborador de APFS BURGOS

PUNTOS DE ENCUENTRO: ¿A QUIÉN LE IMPORTAN LOS NIÑOS DE CASTILLA Y LEÓN?

Parece que una de las consecuencias de las medidas contra el bicho ése, el Covid 19, de las narices, al menos en Castilla y León, aparte de cerrarnos los bares este fin de semana, y durante un par de semanas, y en casa a las diez, para ser buenos, a nuestro pesar, se han cerrado los puntos de encuentro, que lleva una entidad privada, APROME, que recibe dinero y ayudas de varias comunidades autónomas y diversos ayuntamientos, entidad que tiene más sucursales que alguna caja de ahorros.

Y no, la culpa no es de APROME, en este caso, sino de los que lo han cerrado, decisión que se respeta, pero, ¿y los niños?. Porque, ojo, nos gusta hablar de derechos de los niños, ya saben, papa y mamá, mamá y papá, y ambas familias.

Y parece que nadie aprendió de lo anterior, los meses de confinamiento, en que, aunque se llamó a llegar a acuerdos, si las mamás, notoriamente, no quisieron llegar a acuerdos, los que mandan, para facilitarlo, abogado y procurador, pero, por lo poco que nos han contado, ni diálogo ni negociación, por narices, esto es lo que hay, y a la calle, alguna jueza ha impuesto.

Por supuesto, no van estas reflexiones sobre si esta medida es buena o mala, necesaria o no, sino que, de la misma manera, que las sentencias o decisiones judiciales, a favor de los niños, son, de nuevo, papel mojado, al menos podrían haber previsto una compensación mínima por los días u horas que van a perder los niños, a proponer por la Junta de Castilla y León.

Y no, que ahora no digan, es que eso lo tiene que decir un juez. Otra vez, el que quiera, abogado y procurador, y el que no quiera gastarse 500 ó más euros, pues no es porque los que mandan no den oportunidades de recuperar el tiempo de esos niños con el padre/madre que no tiene la guarda y custodia.

Se desconoce si este periodo será seguido por más tiempo de limitaciones de pandemia, pero, muchos padres, con una abultada minuta de gastos de abogados, hartos de tirar el dinero en unos pleitos que resuelven poco, no pleitearán por esos tiempos robados a los niños.

Qué más da. Los niños no votan. Viva el pleito. Pero no habrá pleitos porque sus papás están hartos de pleitos, denuncias y detenciones. Y niños sin ver y estar a papá.

Equipo de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS

LOS ABUELOS DEL DIVORCIO

Todavía recuerdo cómo lloró una abuela porque no la entregaron a su nieto en el Punto de Encuentro Familiar de Burgos. El padre estaba enfermo. No venía en la sentencia.Se negó la madre. Por ello, se les reflexiona que en convenios y en sentencias se pida que los niños puedan ser recogidos y entregados por los abuelos, además de otras personas.


Si pueden dedicar un poco de tiempo, vean el programa sobre ABUELOS que ha preparado la Asociación de Padres de Familia Separados-A.P.F.S.
Pásenlo a sus padres, los abuelos.


Gracias.


Jesús Ayala Carcedo, delegado de la Asociación de Padres de Familia Separados de Burgos-A.P.F.S.-Burgos.

CASTILLA Y LEÓN: LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS- A.P.F.S.-BURGOS, CONSIGUE, POR FIN, SE HAGAN DUPLICADOS DE TARJETAS SANITARIAS.

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Acabamos de recibir comunicación de la Junta de Castilla y León, de fecha 8 de octubre de 2.019, en la que nos comunican que, por fin, se van a emitir duplicados de las tarjetas sanitarias para menores no emancipados, en situaciones de separación/divorcio.

Esta gestión es fruto de gestiones que a lo largo de varios años se vienen realizando, y en esto nos igualamos a otras comunidades, que ya daban duplicados de estas tarjetas sanitarias.

LA TARJETA SANITARIA DE LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS: DEFENDER EL DERECHO DEL NIÑO O SE HACEN DUPLICADOS.

Sí que coincidimos con lo argumentado por la Junta de Castilla y León, de que esta tarjeta sanitaria, como otros documentos personales de nuestros hijos, como D.N.I., tarjetas deportivas, de transporte u otras, debieran ir con nuestros niños cumpliendo los turnos de visitas o estancia con el padre no custodio.

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Pero, obviamente, en este mundo imperfecto, estos detalles debieran estar reflejados en autos y sentencias, y sí que reflexionamos que debieran pedir a sus abogados en los procedimientos judiciales, o convenios que se firmen, que estas cosillas que originan mucha conflictividad y dolor, lo pidan en sus escritos de demanda o contestación a la demanda, y si eso falla, en procedimientos de jurisdicción voluntaria.

Todavía recordamos cuando, en el punto de encuentro de APROME de Burgos, nos encontramos a una abuela, que había ido a recoger al nieto. La madre se opuso a entregárselo, ya que en la sentencia ponía que debía ser entregado al padre, que estaba enfermo. Ni que decir tiene, esa pobre abuela estaba llorando, porque no entendía esa crueldad.

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Por ello, exijan a sus abogados, que pidan

–               Los niños deben ir con toda su documentación, personal.

–          Que las entregas y recogida de los niños las puedan realizar familiares u otras personas allegadas.

–          Los niños deben ir con su ropita para fines de semana o vacaciones, que se pagan en las pensiones de alimentos. Y esto es muy habitual, entregar a los niños sin ropa de recambio, e incluso vestidos con ropa de mala calidad y mal cuidada.

–          Cuando los niños se ponen malitos, y no se puede realizar la entrega, que se contemple que se pueda realizar otro día la visita.

–          Contemplar que hay puentes festivos, y corresponden al padre que, en ese momento, tenga la custodia de los niños.

–          Cuando se habla de PATRIA POTESTAD indicar siempre que se pide el ejercicio compartido. Se insiste, ejercicio.

Decía mi difunto padre: “Lo bien puesto, bien parece”.

Si esto puede evitar algún conflicto, nuestros desvelos merecen la pena. Y estos pequeños conflictos están suponiendo que los juzgados de familia estén sobrecargados de trabajo.

Les animamos que lean, atentamente, el escrito que nos han enviado.

Cualquier otra novedad, les iremos informando.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

ARANDA DE DUERO: SI PARA APROME NO ES URGENTE QUE DOS NIÑAS SE REUNAN CON SU PADRE Y FAMILIA, APROME FUERA DE CASTILLA Y LEÓN

EXCMO. SR. PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN
EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
EXCMA. SRA. FISCAL JEFE DE CASTILLA Y LEÓN
EXCMA. SRA. CONSEJERA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE CASTILLA Y LEÓN
CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
ILMA. SRA. ALCALDESA DE ARANDA DE DUERO
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y DE LA COMPETENCIA (PARA QUE INVESTIGUEN SI APROME OBTIENE SUBVENCIONES MILLONARIAS DANDO UN SERVICIO PÚBLICO PRIVATIZADO, EN QUE NO HA HABIDO COMPETENCIA).
APROME
CLECE
OTROS.
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ASUNTO: APROME (ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL MENOR EN LOS PROCESOS DE SEPARACIÓN DE SUS PROGENITORES) NO DEFIENDE, COMO DICE SU NOMBRE, A DOS MENORES NO EMANCIPADAS DE ARANDA DE DUERO (BURGOS), NI LAS NORMAS DE CASTILLA Y LEÓN, NI LAS NORMAS DE PRESUNTA PROTECCIÓN A LAS MUJERES DEL ESTADO ESPAÑOL. POR LO MENOS, QUE OTRAS EMPRESAS LLEVEN LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR, A VER, SI DE VERAS, NUESTROS HIJOS TIENEN QUIEN DEFIENDA SUS DERECHOS LEGALES.
 
Burgos, 3 de diciembre de 2.018
 
Excmos. Sres.:
El pasado sábado, uno de diciembre de 2.018, iba a ser un día de fiesta. El martes 27 de noviembre de 2.018, una jueza había dicho a un padre que el sábado uno de diciembre de 2.018 estaría con sus dos niñas, cuando desde el pasado 15 de abril de 2.018 no había estado con ellas. En APROME dicen que la Ilma. Sra. Jueza de Aranda de Duero (Burgos) tiene que preguntar a APROME antes de hacer promesas a los padres, para ver su agenda, y enterarse qué horarios tiene APROME, para hacer bien los documentos.
Este padre, que trabaja a turnos, había pedido el día libre, había comprado comida para todos. La abuela paterna, que en estos últimos nueve meses ha perdido QUINCE KILOS, abuelo, tíos, primos….iban a hacer un acontecimiento familiar. Por fin, reunión de dos niñas con su papá, el que libremente eligió la mamá.
Desde el pasado mes de septiembre, cuando hemos conocido el caso de estas dos niñas, hemos llegado a la conclusión de que las leyes del estado español, respecto a garantizar medidas civiles cuando hay una orden de protección, si la madre, como su abogado y procurador, no aprovechan lo que permite la ley, los niños quedan en un limbo legal, como  las normas de Castilla y León, en relación a los puntos de encuentro familiar, no protegen a estas dos niñas, y, ahora, APROME,  no tiene unos minutejos para que esas dos niñas estén con su padre y familia paterna. Ha gastado APROME más tiempo en decidir si las niñas ven al padre, y en hablar con el padre, que lo que se necesita para que se cumpla la promesa de una jueza del estado español a un padre, que daría su vida por sus niñas.
Ni la ley, ni la humanidad de las personas, del estado español, de la Junta de Castilla y León, ni de la Alcaldesa de Aranda de Duero, ni de sus CEAS, dado que el Gerente de Servicios Sociales, de la Junta de Castilla y León, el 10 de octubre de 2.018 manifestaba en escrito que este caso, desde la Sección de Familia de la Gerencia Territorial de Burgos, se dirigía a los citados CEAS, han dado final feliz a los derechos de dos niñas, como no lo ha hecho APROME.
Tampoco tuvo efecto el escrito, deseperado, que se dirigió a la Jefa de Familia de la Junta de Castilla y León en Burgos, de fecha 22/11/2018, para que esas niñas estuvieran con su papá, el fin de semana 24 y 25 de noviembre de 2.018. Y que conocía APROME.
En conversación/nes de APROME con este padre, previamente al 27 de noviembre, en ningún momento se manifestó a este padre que habría problema alguno para no ver a sus hijas en el momento que señalara el juzgado, y que, previsiblemente, sería el sábado uno de diciembre y el domingo siguiente. Mucha palabrería diciendo que hay que esperar al juzgado, y cuando el juzgado escribe es papel mojado la palabra de una jueza.
Esto es lo que pasa a los papás de todos los niños y niñas de Castilla y León, conforme lo manifestaba, hace pocos días, a este padre personal del Ayuntamiento de Aranda de Duero: hay una ley que obliga, según decía ella, que si una mujer denuncia al hombre que libremente ha escogido, le tienen que detener. Y añadía: si ella denunciaba a su pareja por teléfono, le detenían. Y decía que desconocían su caso, aunque hay dos CEAS, según parece, y con preguntar al otro…… Y APROME decía que no podía ponerse en contacto con los servicios sociales del AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO, aunque lo intentaban. Y han tenido dos meses.
Bien, en estos dos meses largos, en defensa de los derechos humanos, constitucionales y legales de estas DOS menores, no emancipadas, nos hemos dirigido, tanto el padre, como nosotros, a multitud de sitios, exponiendo este caso tremendo, y aunque ya comentado, en parte al menos, es el siguiente:
Este papá presenta una demanda de medidas legales por separación de los padres de las niñas. A los pocos días, la madre presenta denuncia. Papá detenido, posiblemente delante de su familia, noche en calabozo, juzgado día siguiente, orden de protección y medidas civiles, que duran 30 días. Y, la madre, que tiene esos 30 días para presentar procedimiento de familia, no lo hace. Las medidas civiles dejan de existir, y las niñas se quedan sin padre. Si lo hubieran hecho, ella, su abogado y procurador, se hubieran prorrogado otros 30 días, al término de los cuales la jueza hubiera debido tomar decisiones. Art. 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
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En septiembre, había señaladas unas medidas provisionales. Se aplazan por el juzgado, hasta el citado 27 de noviembre. Todos hablan, que cuando haya decisiones judiciales, harán lo que digan. Ya las hay, y APROME, responsabilidad de la Junta de Castilla y León no tiene DIEZ MINUTOS para atender este sangrante caso de dos niñas abandonadas por las administraciones. Sres., han tenido derecho para relacionarse, en igualdad, con ambos padres, y no han estado con el padre.
Les indicamos algunas de las puertas a las que hemos dirigido escritos:
  • ONU
  • PARLAMENTO EUROPEO
  • EXCMO. SR. MINISTRO DEL INTERIOR
  • EXCMO, SR. PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
  • EXCMA. SRA. CONSEJERA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
  • ILMO. SR, FISCAL JEFE DE BURGOS
  • ILMA. SRA. FISCAL DE JUZGADO ARANDA DE DUERIO
  • EXCMO. SR. DEFENSOR DEL PUEBLO
  • EXCMO. SR. PROCURADOR DEL COMÚN DE CASTILLA Y LEÓN
  • ILMA. ALCALDESA DE ARANDA DE DUERO, Y GRUPOS POLÍTICOS DEL AYUNTAMIENTO
  • SRA. JEFA DE FAMILIA DE CASTILLA Y LEÓN EN BURGOS
  • ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE BURGOS
  • APROME
Encarecidamente, a todos Uds., rogamos, que, en nombre de la libre competencia, sea ofertado el servicio de los PUNTOS DE ENCUENTO FAMILIAR a diversas empresas, porque esto huele mal, que se cree una asociación en el año 1.994, en el momento en que empiezan a funcionar los PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR en Castilla y León.
Pero en nombre del libre mercado, SUBASTAR ESTE SERVICIO, Y SI OTRA EMPRESA OFRECE MEJOR OFERTA CON UN NOMBRE QUE NO ENGAÑE, APROME FUERA. Y que sea menos pedigüeña APROME pidiendo a diestro y siniestro. Menuda hucha tiene que tener.
Dicen todos proteger a las mujeres. La mujer denunciante libremente eligió pareja y padre para sus hijas. En ningún momento la hemos impuesto obligación de convivencia con el padre de las niñas. Ningún divorcio se decreta por malos tratos.
Dicen los Sres. políticos, hay que defender a las mujeres del machismo, de la violencia de género, del patriarcado……Sres. una abuela ha perdido QUINCE KILOS, dos mujercitas de nueve y tres años, teniendo todo el derecho legal, han sido privadas de su padre, de su papá.
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A qué mujeres defienden todos Uds., la que no ha tenido NUNCA la obligación de convivir con este padre que carece de sentencia penal alguna en temas de familia, O ESAS TRES MUJERES: ABUELA Y DOS NIETAS.
Hace poco un padre hablando en una comisaría, le dicen: si te vuelve a denunciar, si es por la mañana, vente pronto, vas al juzgado y no pasas la noche en el calabozo, ahora bien, si es por la tarde, detención y noche en el calabozo. Y este buen hombre, creyendo que la ley le da recursos, pregunta, y si pido “habeas corpus”, le dicen: ENTONCES PASAS DOS NOCHES EN EL CALABOZO.
Hay más derechos en la antigua Guinea España que en Castilla y León en estos momentos, para los padres y los niños.
Si Uds., dudan, o afirman lo contrario, de lo que aquí se expone, se ruega lo informen en los medios de comunicación, que tan servilmente buscan sus palabras elocuentes y grandilocuentes, y perdonen.
PARTIDO POPULAR. Ese partido que prometió una LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA, no cumplió, y le han echado.
Los vascos tienen una ley que no necesita del Tribunal Supremo para atajar los abusos del uso de la vivienda familiar, y otras cosillas más.
En el mayor enfado del mundo, y cólera no controlada, se les dirige este escrito.
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No soy partidario de dar consejos, sí reflexiones, pero visto lo visto, si algún padre me pidiera consejo: ABANDONA CASTILLA Y LEÓN, que paguen otros las hipotecas, porque aquí tu libertad está en manos de la palabra de una mujer sin pruebas, tus hijos tratados como parias de la India, a tus padres les harán lloran, y, mientras tanto, APROME FORRÁNDOSE. Su nombre puro engaño, y lo de sin ánimo de lucro, NO NOS LO CREEMOS. Y que esta tierra extensa y poco poblada que se pueble de musulmanes y sea pasto de los fondos buitre que revolotean por todo el estado español.
Atentamente,
 
 
Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

ARANDA DE DUERO NO PUEDE TENER MÁS ESCÁNDALOS. DOS NIÑAS LLEVAN SIETE MESES SIN VER A SU PAPÁ. URGENTÍSIMO.

EL SUFRIMIENTO DE DOS NIÑAS DEBE MODIFICAR UNA LEY QUE LAS IMPIDE TENER UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL PARA ESTAR CON SU PADRE.

ILMA. SRA. Dª RAQUEL GONZÁLEZ BENITO
ALCALDESA DE ARANDA DE DUERO 
AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO
GRUPOS POLÍTICOS ARANDA DE DUERO, PRENSA DE ARANDA DE DUERO, PUEBLO DE ARANDA DE DUERO, OTROS.
ASUNTO: DOS NIÑAS DE ARANDA DE DUERO ESTÁN SIN PODER VER A SU PADRE DESDE HACE SIETE MESES. ESE AYUNTAMIENTO CONOCE SU SITUACIÓN. ¿LAS DEJARÁ SIN QUE ESTÉN CON SU PADRE ANTES DEL 25 DE NOVIEMBRE DE 2.018?.
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Burgos, 20 de noviembre de 2.018
Ilma. Sra.:
La Junta de Castilla y León ha tirado balones fuera, y no me refiero a los que pueda tirar el equipo “ARANDINA”, sino sobre el caso de dos niñas de esa población.
Le explicamos. Hay un padre que carece de condena penal alguna por temas familiares, el de esas niñas. No hay ninguna limitación judicial que las prive de relacionarse con ambos padres en igualdad.
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Se ha pedido a “APROME” que organice un encuentro de esas niñas con su papá, a más tardar el 24 ó 25 de este mes de noviembre. Ellos se escudan que tienen que hablar con el CEAS de ese AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO.
Sólo una pregunta: ¿VA A PONER EL AYUNTAMIENTO DE LOS CIUDADANOS DE ARANDA DE DUERO ALGUNA LIMITACIÓN O PEGA PARA QUE ESAS NIÑAS NO ESTÉN CON SU PADRE, A MÁS TARDAR, EN ESA FECHA.?.  SÍ o NO.
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Este caso lo conocen en:
  • La ONU.
  • PARLAMENTO EUROPEO
  • ILMO. FISCAL JEFE DE BURGOS
  • DEFENSOR DEL PUEBLO
  • PROCURADOR DEL COMÚN DE CASTILLA Y LEÓN.
  • JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN (PRESIDENTE Y CONSEJERA DE FAMILIA) Y APROME (RESPONSABILIDAD JUNTA C Y L).
No facilitar este encuentro de dos niñas con su padre se favorecer el SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL. Si quiere quite lo de síndrome.
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Dos niñas esperan su rápido apoyo. Exija responsabilidades a la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN y a APROME. Menos cuentos y más eficacia.
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Atentamente, Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

DOS NIÑAS LLEVAN MÁS DE SEIS MESES SIN TENER GARANTIZADO EL RELACIONARSE CON SU PADRE.

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EXCMO. SR. PROCURADOR DEL COMÚN DE CASTILLA Y LEÓN
C/ Sierra Pambley, 4
24.003 LEÓN
Copia de este escrito se envía, entre otros, a las CORTES DE CASTILLA Y LEÓN, Gerente de Servicios Sociales y Directora Técnica de Familia, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de Castilla y León, y Aprome.
Asunto: NECESIDAD URGENTE DE MODIFICAR EL DECRETO 11/2010, de 4 de marzo, por el que se regulan los Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León y su autorización de funcionamiento. DOS NIÑAS LLEVAN MÁS DE SEIS MESES SIN TENER GARANTIZADO EL RELACIONARSE CON SU PADRE.
 
Burgos, 18 de octubre de 2.018
 
Excmo. Sr.:
En estos momentos, dos niñas, menores no emancipadas, de nacionalidad española, y residentes en ARANDA DE DUERO (Burgos), llevan más de seis meses sin tener sus derechos de visitas a su padre y familia extensa garantizado, y sin que las corresponda ser atendidas en un PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR, cuando sus padres están en un proceso de separación, y que, en su momento, fueron atendidas en el PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR, de esa población, responsabilidad de la Junta de Castilla y León, aunque atendido por la asociación privada APROME.
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Esta situación es conocida, tanto por la Directora Técnica de Familia, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, como por el Gerente de Servicios Sociales de dicha Consejería.
La situación es la siguiente. Habiendo decidido el padre separarse de la madre de las niñas, como sucede en demasiados casos, y sospechosamente, la madre denuncia al padre, que es inmediatamente detenido, y como medidas civiles, dentro de la orden de protección, expulsado de su domicilio, pago de una pensión de alimentos, y un régimen de visitas en el punto de encuentro citado. Válido por 30 días.
Como Ud. sabe, conforme al artículo 544 ter,7 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se contempla lo siguiente:
“Las medidas de carácter civil contenidas en la orden de protección tendrán una vigencia temporal de 30 días. Si dentro de este plazo fuese incoado a instancia de la víctima o de su representante legal un proceso de familia ante la jurisdicción civil, las medidas adoptadas permanecerán en vigor durante los treinta días siguientes a la presentación de la demanda. En este término las medidas deberán ser ratificadas, modificadas o dejadas sin efecto por el Juez de primera instancia que resulte competente.”
Como Ud. puede ver, a la madre se la dan unas oportunidades procesales que no tiene el padre, para regularizar judicialmente la situación de las niñas, que no se nos conceden a los hombres.
El caso es que esta madre no ha usado ese privilegio, y en este momento, la administración de justicia, no ha dado respuesta a la situación legal de esas niñas.
Con lo cual dichas niñas no tienen garantizados sus derechos,personales, a relacionarse con su padre y familia extensa.
Con fecha 13 de octubre de 2.018, expusimos esta situación, entre otros, al Excmo. Sr. Defensor del Pueblo, para instar un cambio legislativo del citado artículo 544 ter.7, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que ha registrado con el Nº 18016266, con fecha 17 de octubre de 2.018.
Se ha pedido, por el padre, a la Junta de Castilla y León, y a APROME, intervenir para que las niñas pudieran verse con el padre en el PUNTO DE ENCUENTRO citado, y se nos manifiesta, por APROME, que ellos no pueden hacer absolutamente nada, porque se lo impide la normativa actual.
¿Y que es lo que pone la normativa contenida en el citado DECRETO 11/2010, de 4 de marzo, por el que se regulan los Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León y su autorización de funcionamiento?.
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Pues, entre otras indicaciones, nos encontramos con lo siguiente:
“Artículo 6.– Acceso a los Puntos de Encuentro Familiar. 1. El acceso a los Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León se producirá con carácter general por derivación de la autoridad judicial competente, cuando se den alguna de las siguientes situaciones:
2.-…………………No podrá accederse al Punto de Encuentro Familiar por mutuo acuerdo cuando exista una orden de protección vigente……………………….”
 
“Artículo 13.– Intervención en supuestos especiales. 1. El equipo técnico del Punto de Encuentro Familiar prestará especial atención a las necesidades manifestadas por las personas usuarias en las situaciones de violencia de género y velará por la seguridad de la víctima y del o la menor en las dependencias del servicio, pudiendo acordar las medidas que considere oportunas en el marco de sus atribuciones a fin de asegurar la integridad física o psíquica de los mismos.
c)  En los casos en los que exista orden de protección o haya existido con sentencia condenatoria firme, no se realizarán intervenciones mediadoras.”
La realidad de esas dos niñas es que la madre ha podido regularizar la situación legal de esas niñas, y no lo ha hecho, porque se lo permite la ley. Tampoco un juez puede dictar medidas hasta que se cumplan todos los requisitos legales, y el padre se encuentra sin armas legales para que las hijas de ambos padres tengan su derecho a relacionarse con el padre, que libremente escogió la madre.
Nos encontramos con una administración pública, la Junta de Castilla y León que es perezosa en exigir a las madres, notoriamente, que regularicen la situación legal de sus hijos. Y le cito el caso de los niños en casas de acogida con la madre. NO SE EXIGE A LAS MADRES QUE OBTENGAN UNA DECISIÓN JUDICIAL, cuando los padres siguen teniendo todos los derechos y deberes legales hacia esos niños. Hace poco propusimos que se nombrara a los niños en el título de esas casas de acogida y similares, lo cual no contempla la Junta de Castilla y León, como nos comunicaba Ud. en su escrito de 3 de agosto de 2.018, expediente nº 20180507.
Escribí a la Junta de Castilla y León recordando las obligaciones legales de las personas que atienden a mujeres que alegan presuntos maltratos, de su obligación legal de poner en conocimiento de otras autoridades esas situaciones, y, recientemente, nos enteramos los ciudadanos que en sus cajones la Junta de Castilla y León guardaba 1.600 presuntos casos sin que, diligentemente, se pusieran dichas situaciones en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Ministerio Fiscal o juzgados, cuando a los ciudadanos se nos bombardea de que debemos denunciar esas posibles situaciones, así como al personal médico. Y lo peor, en escritos de la Junta de Castilla y León se nos afirma que sí que están dando cuenta de estas situaciones, que también pudieran estar afectando a menores no emancipados.
Como Ud. sabe, a ninguna mujer española se la viene imponiendo relación no consentida con hombre alguno, y todos pensamos que los niños son fruto de relaciones libremente aceptadas o consentidas por ambos padres.
También hay que destacar que no se producen, salvo mejor información, ninguna separación o divorcio en que el juez de turno lo decrete por maltrato alguno.
Según parece, aquí se ha producido una denuncia, y petición de orden de protección en medio de una separación de unos padres, hecho legal y respetable. Y se han obtenido de una manera rápida unas decisiones pedidas por la madre, pero, la realidad, que no se juzga, es que esa madre, con el concurso de su abogado y procurador/a, han dejado a dos preciosas niñas en un limbo legal, en que el Estado Español y la Junta de Castilla y León, son incapaces de tutelar los derechos propio de las mismas, y distintos de los de sus padres.
 
¿QUÉ SE LE PIDE?.
 
Expuesta la situación real y legal de esas dos niñas, y cómo esto se habrá producido, o se estará produciendo, o se puede producir en otros casos, dejamos a su criterio recomendar a la Junta de Castilla y León y a los grupos parlamentarios representados en nuestras Cortes autonómicas, lo que proceda.
Y se añade una cosa más. Como Ud. sabe, si estos padres, a través de sus abogados, o en sede judicial, llegaran a acuerdos, la administración de justicia, en principio los admitiría. Entonces, ¿por qué la Junta de Castilla y León prohíbe, en este caso a APROME, vulnerando el bien superior del menor, facilitar visitas de esas niñas a su padre en un PUNTO DE ENCUENTRO, si ambos padres estuvieran de acuerdo?.
Confiamos en su eficacia demostrada en múltiples ocasiones.
En nombre de esas niñas, y de todos los niños de Castilla y León. MUCHAS GRACIAS.
Esperamos nos informe. Atentamente,
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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Para empezar, podría instar a la Junta de Castilla  y León, que, extraordinariamente, permita a esas niñas y a ese padre verse en el PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR, en las mismas condiciones que se acordaron en la orden de protección, hasta que se dicte judicialmente lo que proceda. Llevan más de seis meses sin tener ese derecho, y es una vergüenza para la COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN y todos sus ciudadanos, que seamos incapaces de proteger los derechos de esas niñas, salvo que la madre y su abogado se opongan. Este padre carece de condena alguna.

AYUNTAMIENTO DE BURGOS: PETICIÓN DE QUE NO ASUMA COSTOS QUE DEBE PAGAR LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON.

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EXCMO. SR. ALCALDE DE BURGOS
BURGOS
Copia para los grupos políticos.
ASUNTO: FINALIZACIÓN DE LA CESIÓN A TÍTULO GRATUITO DE VIVIENDAS A APROME, PARA EL PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR,CUYOS GASTOS DEBIERA ASUMIR LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, Y NO LOS CIUDADANOS DE BURGOS.
Burgos, 26 de noviembre de 2.018
Muy Sres. nuestros:
Por parte de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos hay una cesión de viviendas, para Punto de Encuentro Familiar, sito en calle Roa, 7 de Burgos.
Según escrito que dirigieron a compañero de esta asociación, con fecha 23 de febrero de 2.018, firmado por Dª Gema Conde Martínez, manifiestan que, conforme al decreto 11/2010, de 4 de marzo, por el que se regulan los Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León y su autorización de funcionamiento, es un servicio de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León, a la que corresponde la dirección técnica de la misma. Como se indica en la Ley 1/2007, artículo 20.1.
Sin embargo, en ese decreto, en su artículo 3.3, se manifiesta que la Administración de la Comunidad, a través de la Consejería que tenga encomendada las competencias en materia de familia, contribuirá a mantener la Red de Puntos de Encuentro Familiar.
En dicho decreto, salvo error, no se indica que dicha asociación tenga que ser ayudada por otras administraciones.
Y es en el interés superior de esta ciudad de Burgos, cuyos intereses económicos deben vigilar Uds., por lo que se pide que dicha cesión de las viviendas tengan una compensación económica a favor de las finanzas municipales, que tan endeudada está.
Nos encontramos con una asociación cuyo nombre es ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL MENOR EN LOS PROCESOS DE SEPARACIÓN DE SUS PROGENITORES (APROME).
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Como indica la Junta de Castilla y León, en su acuerdo de 7 de junio de 2.018, por el que concede una importante subvención a esta asociación, esta asociación se dedica a gestionar los Puntos de Encuentro Familiar de Castilla y León. Salvo mejor información, no es una asociación que, con sus socios, atienden los puntos de encuentro, sino que gestionan grandes cantidades de dinero, en varias autonomías, y se dedican a pedir ayudas, de todo tipo y condición, en concreto, a ayuntamientos y diputaciones de Castilla y León.
Como bien señala la Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, de Castilla y León, Dª Alicia García Rodríguez, en su orden de dicha consejería, de fecha 20 de marzo de 2.018, en que deniega el acceso a la memoria económica de esta asociación, justificativa del coste de las actividades que realiza, se justifica porque puede suponer un perjuicio a los intereses económicos y comerciales de la entidad.
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Por tanto, es de temer que esta asociación, a pesar de que se declara sin ánimo de lucro, obtenga beneficios, pues parece poco probable que sus socios aportaran cuotas o donaciones para cubrir posibles pérdidas en el ejercicio de su actividad gestora. Concretando, los socios no llevan el día a día de los Puntos de Encuentro Familiar, manejando mucho dinero, en varias autonomías.
Por otra parte, nos encontramos con que su propia denominación:ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL MENOR EN LOS PROCESOS DE SEPARACIÓN DE SUS PROGENITORES (APROME), parece asumir competencias judiciales, policiales y de diversas administraciones, como pudiera ser ese propio Ayuntamiento de Burgos.
Nos encontramos, por tanto, con una publicidad engañosa. Por un lado, con su nombre parece que el mundo de los niños estaría en peligro si esta asociación no existiera, y, por otra parte, a pesar de que se manifiesta sin ánimo de lucro, es previsible que obtenga beneficios, añadido a que sus socios son gestores de fondos públicos de un servicio que pudiera llevarse por personal de la Junta de Castilla y León, o de cualquier persona, física o jurídica, que gestionara dichos servicios con un respetable ánimo de lucro.
Por tanto, se nos está vendiendo a los ciudadanos burgaleses unos servicios que pudieran incumplir la normativa de publicidad, de sus actividades.
En efecto, no todos los niños en procesos de separación/divorcio de sus padres están protegidos, o atendidos por los Puntos de Encuentro Familiar. En concreto, según información reciente en la prensa de Burgos, se habla de que antes de que el Juzgado de Familia conceda medidas provisionales, se tarda unos seis meses. Es decir, hay niños cuyos padres pueden estar en conflictos que carecen de medidas civiles, que pudieran derivar las visitas a los puntos de encuentro.
Esto está provocando que haya situaciones familiares, que, desgraciadamente, y no siendo necesario denunciar para separarse/divorciarse, se derivan a denuncias y al Juzgado de Violencia de la Mujer, en que, en ciertos casos, no se utilizan todos los medios legales por parte de alguna madre, para que los menores no emancipados tengan aseguradas las visitas al padre, siendo su derecho legal relacionarse, en igualdad, con ambos padres, y que no protegen los Puntos de Encuentro Familiar en concreto, y, desgraciadamente, por una incompleta o deficiente regulación normativa.
Por todo ello, consideramos que se está vendiendo con su nombre un servicio que no se da: proteger a TODOS los menores en procesos de separación de sus progenitores. Como se legisla en la Ley de Publicidad, en su artículo 3.a), su propio nombre atenta contra menores no emancipados que no tengan derecho a ser atendidos, conforme se indica en el artículo 14 de la Constitución Española.
Conforme al artículo 18.1 de la citada Constitución Española, enviados por juzgados de violencia sobre la mujer, se atiende a hijos de padres que tienen derecho a la presunción de inocencia, y pudieran ser considerados por la población como maltratadores, cuando aún no han sido juzgados, y, a menudo, salen absueltos. Y, como reconoce el artículo 20.4 de la Constitución Española, las libertades que pudieran estar ejerciendo algunas madres, sobre los padres que libremente eligieron para sus hijos, pudiera atentar contra la información veraz a la que tenemos derecho los ciudadanos de Burgos, y los propios menores no emancipados que atiende APROME. Incluso, este medio social, en algunos casos, pudiera ayudar a una ALIENACIÓN PARENTAL. Por su uso, en unos casos, y por no acceder al mismo otros menores no emancipados, en otros casos.
A pesar de lo que antecede, en modo alguno procede valorar la actuación de los profesionales contratados por APROME, que, obviamente, no son socios de esa asociación, sino que nos encontramos con una asociación que recibe diversas compensaciones económicas, en dinero o especie, que aunque se manifiesta sin ánimo de lucro, ni pone dinero, ni pone socios para defender sus fines, y sí generar presuntos beneficios, que son ocultados a la sociedad, si es el caso. Ejerce una actividad económica.
Y aquí lo que se pide es que los pisos de la ciudad de Burgos generen fondos para atender las necesidades de los ciudadanos de Burgos, y que sea la Junta de Castilla y León la que dé las ayudas, subvenciones, o los contratos comerciales que proceda, al ser la entidad pública que tiene atribuida la competencia de este servicio. Además, serviría para controlar todo lo que recibe de recursos públicos esta asociación, que tememos que, al recibirlo de diversas administraciones públicas, nadie se preocupa de controlar.
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Por ello, en el nombre del interés superior de los ciudadanos de la ciudad de Burgos, sobre todo de los que pagamos diversos impuestos, que cobre el Ayuntamiento de Burgos un alquiler a esta asociación que gestiona un servicio cuya competencia compete a la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, y se ingrese en las cuentas del Excmo. Ayuntamiento de Burgos. Y, si procede, ese gasto lo soliciten a la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, o lo cubran los socios de esta asociación con sus cuotas, o lo hagan a cargo de su posible capital, que pudieran haber acumulado en los más de veinte años que vienen recibiendo subvenciones y ayudas de administraciones públicas de esta Comunidad de Castilla y León.
Se espera atiendan con la debida diligencia esta petición, y se ruega contestación a este escrito.
Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

LA FUNDACIÓN ANAR CONTRA TRES JUGADORES DE FÚTBOL DE ARANDA DE DUERO (BURGOS)

No son tiempos estos para defender la presunción de inocencia, y el derecho a un juicio público con todas las garantías para cualquier ciudadano varón de este país, cuando se trata de sexo y mujeres. Y menos cuando salen a la calle manifestaciones públicas para exigir que la palabra de una mujer condene a un hombre.

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Estos últimos días, el escándalo y el morbo ha llegado a una población de Burgos (Aranda de Duero), y en concreto contra tres jugadores jóvenes del equipo de fútbol, la Arandina. Y poco me equivocaré si la vida de estos tres muchachos no está ya “jodida” para su futuro profesional como jugadores de fútbol, en el caso de que no sufrieran ninguna pena, por lo que parece les acusan. Obviamente, este caso es noticia nacional.
Y es lícito reflexionar si en una población como ésa, Aranda de Duero, la chica ya está marcada para el resto de sus días, porque es previsible que la gente sepa de qué chica se trata. Y es lícito reflexionar si a esa chica, y a esa familia, se la ha hecho un favor, o les acaban de crear un enorme problema.
Qué nadie piense que estas modestísimas reflexiones son para “aconsejar” que estos  “presuntos” casos no se denuncien, y que no se castiguen, en el caso que, conforme a las leyes, y después de un juicio con todas las garantías se perdonen las condenas de un posible delito a los presuntos responsables. Mal favor se hace. Pero sí procede proponerles la reflexión si para esa chica, esa joven, es bueno todo esto. Punto. Y sí que debemos hacernos esa pregunta, Uds. y yo.
Y uno ve y oye cosas muy preocupantes, pero que muy preocupantes, afectando a menores no emancipados. Por ejemplo, les cuento. Hay niños que cuando les piden en el cole que lleven o hagan un dibujo de su familia y pongan nombres, como papá pongan al novio actual de la mamá. ¿Debemos protestar las asociaciones de padres separados por ello?. ¿Sería motivo para que la guarda y custodia de esos menores no emancipados pasara, automáticamente, al padre?.
Relaciones “tóxicas”. Leí en una revista gratuita de ocio de Burgos, hace algún tiempo, que cuando un padre, o madre, hace advertencias a sus hijos sobre las horas de llegar a casa, costumbres, litronas, etc., como que se metían en la esfera personal de su intimidad, personalidad e independencia. Por tanto, les parece bien, que, como a partir de los dieciséis años las relaciones sexuales consentidas están permitidas, que se diga a las niñas: ejerce tu derecho al sexo, para ello no lleves bragas, que estorban, pero eso sí, siempre con preservativo. Y si vas a Pamplona pues nunca vayas sola. Y sobre todo de noche.
Otro padre me decía que a la mamá de su hija alguien la habían recomendado que cortara la relación con el padre que libremente escogió, porque la relación con ese hombre es tóxica. Y yo me pregunto, ¿qué tal si van las mujeres a preguntar a las concejalías de la mujer e igualdad si es bueno o no tener relaciones, o contraer matrimonio con tal o tal sujeto, hombre, varón o lo que sea?.
Es por ello que procede reflexionar un poco sobre la FUNDACIÓN ANAR y el consejo que según parece dio a la familia de esa chica, y está en el origen de esta noticia. Informa Diario de Burgos del 13-12-2.017 que aconsejó a la familia denunciar los hechos en Aranda de Duero. Consejo dado por un psicólogo del cual es responsable esa fundación.
Veamos, la FUNDACIÓN ANAR se promociona como AYUDA A NIÑOS Y ADOLESCENTES EN SITUACIÓN DE RIESGO. ¿Qué riesgos tenía esta chica?. ¿Su familia?. Pregunto. ¿Padres separados/divorciados, nuevas relaciones de la madre o el padre, denuncias, líos en los juzgados?. ¿Problemas en el cole?.
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A qué se dedican:
Primeramente, a pedir dinero público:
Informe del año 2.014: Total ingresos: 2.220.970,26 euros.
Dinero público: 75 %. De ese dinero público:
  • Comunidades Autónomas y ayuntamientos: 52 %.
  • Administración central del Estado: 3,- %
  • Unión Europea: 9,- %.
De esos 2.220.970,26, reconocen que han dedicado a la captación de fondos el 10 %, es decir, durante el año 2.014 dedicaron 222.097,- euros a buscar dinero: subvenciones, donaciones y ayudas de empresas y particulares, que a su vez pudieran tener ventajas fiscales, por lo que al 75 % de fondos públicos que les damos, habría que añadir quizá otro 10 % de dinero que se perdona a personas y empresas vía impuestos, con lo que el costo de dinero público pudiera ser del 85 % de esos 2.220.979,26 euros.
Y la pregunta que me hago yo, y se deben hacer Uds. es: si dinero público ponemos, ¿ por qué a esa chica en un país con unos TRES MILLONES DE FUNCIONARIOS la atiende un psicólogo que da consejos legales?. Pero no a la chica, sino a su familia. ¿Y si los problemas de esta chica son con su familia?. ¿Ambos padres han tomado la decisión sobre esta menor no emancipada?.
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¿Ambos padres dieron su consentimiento para que esta chica fuera tratada por FUNDACIÓN ANAR?. ¿Por qué y para qué?. Seguro que es secreto sumarial, pero ¿por qué y para qué la trataban a esa chica?.
¿Si la estaban tratando antes de los presuntos hechos, la informaron que con menos de 16 años no puede tener sexo con otras personas?. Tanto la FUNDACIÓN ANAR, como en el colegio donde estudia, o por sus padres.
¿Desde cuándo los psicólogos dan consejos legales?. ¿Pueden dedicarse los abogados a dar consejos psicológicos?.
Nuestros hijos pasan por casas de acogidas, regidas por empresas o asociaciones sin que un juez les tutele. Los psicólogos dan consejos legales. Los padres separados/divorciados que no tenemos la guardia y custodia de nuestros hijos no tenemos medios para educar a nuestros hijos, cuando el consejo que suelen dar a las madres es denunciar, cuando los presuntos maltratos no son causa de divorcio alguno.
Que alguien niegue que en España no se decreta ninguna separación o divorcio en que el juez lo justifique por maltrato alguno.
¿Por qué denuncias y no mediación familiar cuando los jueces deciden a falta de acuerdo de los padres?. Ponen nuestros políticos abogados a las madres, para denunciar a los padres, ¿y no ponen mediadores?.
Visto lo visto, procede que ese dinero público que se dedica a estos entes privados lo manejen funcionarios, si esos servicios son necesarios para chicas como ésta.
En una manifestación pública que hubo hace poco en Madrid, de padres separados/divorciados, también hubo familias que se quejaban de que les han quitado a sus hijos, y la ley permite que sea sin autorización judicial. Notoriamente familias gitanas. Denunciaban que las administraciones públicas ponían 3.000 ó 4.000 euros, por niño y al mes, pero que al niño sólo se le dedicaban unos 500 euros. ¿Dónde va la diferencia, si eso está pasando?.
Se ponen estas reflexiones y estos datos a la opinión pública, para que los posibles afectados desmientan  estos datos, si no son correctos, y pongamos la lupa y el foco sobre estas fundaciones, asociaciones y demás, que manejan nuestro dinero, el suyo y el mío.
Investiguen Uds. los fondos que generosamente reciben algunas entidades privadas, como APROME, a cargo de todos los contribuyentes:
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APROME es una organización sin ánimo de lucro, de carácter social y ámbito nacional, dedicada a la gestión y externalización de diversas categorías de centros de intervención social dependientes de organismos públicos, así como a la colaboración con universidades y centros educativos en programas de formación de grado superior.

Como entidad de referencia en el ámbito de la familia, APROME ha colaborado con su experiencia asesorando en el proceso de elaboración de leyes sobre la familia (Congreso de los Diputados 2004), ponencias y simposios: Consejo General del Poder Judicial, Universidades, Colegios Profesionales, Embajadas, y diversas Comisiones nacionales e internacionales.

Desde su fundación, APROME ha atendido y prestado servicio a más de 10.000 familias, superando las 500.000 intervenciones. Actualmente gestiona 28 sedes repartidas por las comunidades autónomas de Castilla y León, La Rioja y la Comunidad de Madrid, con financiación de la Junta de Castilla y León, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y Gobierno de la Rioja, así como de los Ayuntamientos de Madrid y otras poblaciones limítrofes; de todas las cabeceras de provincia castellano-leonesas y otros partidos judiciales y de las Diputaciones Provinciales de Salamanca y Valladolid.

MENSAJE: fuera manos privadas, y negocios privados, de la vida de nuestros niños. Queremos funcionarios, si los atiende dinero público, como en este caso.
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Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
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