EL AYUNTAMIENTO DE BURGOS FOMENTA LA DESCONFIANZA EN LAS FAMILIAS DE BURGOS. HAY QUE CONTROLAR LAS CUENTAS DE LA CASA DÍA A DÍA

Por cierto, antes de nada, Bertín Osborne sigue casado, lo mismo que Enrique Ponce, el torero. Señoras y señores, ésos son matrimonios, con todas las de la ley, afectando a las mujeres e hijos respectivos. Al menos, que se sepa, no han presentado nada en los juzgados.

Pues bien, aunque lo hayamos tratado alguna vez, hemos recibido contestación del Ayuntamiento de Burgos, respecto a algunas preguntas que habíamos hecho sobre su GUÍA MUNICIPAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

http://www.aytoburgos.es/archivos/servicios-sociales/articulo/documentos/guia-municipal-contra-la-volencia-de-genero-1.pdf

Y esto se dice porque, si el Excmo. Ayuntamiento de Burgos quiere evitar que haya mujeres que se lamenten, o denuncien, digamos conductas que no les puedan gustar del hombre con el que contraen, libremente, matrimonio, con un poquito de información, antes, durante, o después, de contraer matrimonio, con darles copia de dos o tres artículos del Código Civil, evitarían mucho dinero y mucho gasto, no sólo a los ciudadanos de Burgos, sino, también, a los miembros de la pareja, y, sobre todo al padre.

Dónde los especialistas, de ambos sexos, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, ven posibles, presuntos, o reales maltratadores, de sexo masculino, nosotros, con nuestra ignorancia vemos a hombres y mujeres que libremente contraen matrimonio, a los cuales ninguna ley les obliga a estar en ese vínculo jurídico, si no lo desean. Y eso viene en el Código Civil.

Y, en lugar de esta Guía, con informarles de estrategias de huidas a media noche, y decisiones jurídicas, confusas y quizá no correctas, con tres informaciones jurídicas se evitaría mucho drama, mucho gasto, y mucho odio.En efecto, muchos matrimonios se celebran en las dependencias del Excmo. Ayuntamiento de Burgos

https://www.burgosconecta.es/burgos/parejas-burgalesas-escogieron-20200328124814-nt.html

139 de 225 parejas burgalesas escogieron el Salón de Plenos del Ayuntamiento para celebrar su matrimonio civil
139 de 225 parejas burgalesas escogieron el Salón de Plenos del Ayuntami…De las 225 bodas que ofició el Consistorio de la capital burgalesa en 2019, 139 se celebraron en el Salón de Ple…

“A lo largo de los seis primeros meses del 2019, según datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en toda la provincia de Burgos se celebraron 370 bodas, tanto civiles como religiosas. El mes de junio fue el que más de estos eventos recogió con 112 ceremonias, 93 en mayo, 45 en abril, 49 en marzo, 33 en febrero y 38 en enero.

El Ayuntamiento de Burgos celebró, en todo el año 2019, 225 bodas civiles.”

En efecto, con informarles, a ambos, de que no precisan permiso de nadie para dejar de convivir, y presentar una demanda de nulidad/separación/divorcio en los treinta días siguientes, y que, a partir de los tres meses de contraído matrimonio, no hace falta ni citar ni justificar razón alguna, se decretará, por ley, el divorcio, si eso es lo que se pide, se evitaría esta Guía.

A escondidas, a espaldas del hombre, y a menudo padre, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos aconseja a la mujer, entre otras cosas:

– Trata de tener una cantidad de dinero ahorrada para hacer frente a los gastos tuyos y de tus hijos/as hasta que se fije la resolución judicial de aportación económica por parte de tu pareja.

– Abre una cuenta bancaria para establecer tu propia independencia. Da al banco una dirección segura.

El Excmo. Ayuntamiento de Burgos, preguntado por estos temas, nos contesta que se desconoce en qué parte de la Guía se recomienda “ocultar presuntos bienes gananciales, o privativos del hombre, tanto al hombre como al sistema judicial, etc.” puesto que al párrafo de la misma destacado para su justificación (Trata de tener una cantidad de dinero ahorrada para hacer frente a los gastos tuyos y de tus hijos/as hasta que se fije la resolución judicial de aportación por parte de tu pareja”) no se establece que esos bienes pertenezcan a una persona diferente de la mujer ni que sean ocultados al sistema judicial.”

Con esa Guía, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos recomienda violencia contra el hombre, contra el padre:

–         Expulsarle de casa, y posiblemente obligarle a pagar la hipoteca, en todo o en parte (no así de claro, pero es lo que suele pasar).

–         Llevarse a los hijos de casa, porque sí, porque lo dice el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, así como llevarse el Libro de Familia y las nóminas del padre, etc.

–         Cuando a las mujeres denuncian a la pareja, cónyuge, y a menudo padre, las sale gratis el abogado. A un hombre, un procedimiento de orden de protección y penal puede suponerle un costo de unos DOS MIL EUROS (¿), aunque luego no haya condena.

–         Un procedimiento de separación/divorcio puede suponerle al hombre desde DOS MIL EUROS a CINCO MIL EUROS (¿).

Decían los antiguos: LAS CUENTAS CLARAS Y EL CHOCOLATE ESPESO.

Visto lo visto, a los hombres de Burgos, a los padres de Burgos, se les reflexiona que hagan un control diario de las cuentas de la casa, día a día, factura a factura, porque es su derecho, sí es sí.

O el Excmo. Ayuntamiento de Burgos recomienda a hombres y mujeres hacerse con un dinerillo aparte, o se controla el dinero familiar EURO A EURO.

O JUGAMOS TODOS, O SE ROMPE LA BARAJA.

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

PETICION DE INFORMACION AL AYUNTAMIENTO DE BURGOS SOBRE SU GUIA DE VIOLENCIA DE GENERO O MANUAL DE UN DIVORCIO VENTAJOSO.

AYUNTAMIENTO DE BURGOS

SECCIÓN DE TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN

BURGOS

ASUNTO: PETICIÓN DE INFORMACIÓN, ENTRE OTRAS PETICIONES SOBRE RECOMENDACIÓN DE PRESUNTO DINERO OCULTO (DINERO NEGRO) EN LAS FAMILIAS.

Burgos, 26 de diciembre de 2.020

Muy Sres. nuestros:

En este año de 2.020, se ha actualizado la GUÍA MUNICIPAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO.

Por otra parte, una parte importante de las parejas, formadas por hombre y mujer, que contraen matrimonio en Burgos, lo hacen en el Ayuntamiento de Burgos.

También, la Administración de Justicia, en temas de familia, viene incumpliendo los plazos legales de medidas provisionales, que impone el ordenamiento jurídico totalmente vigente, originando mucha violencia entre padres.

Y esto es lo que indica el Ilmo. Sr. Alcalde de Burgos:

“Ojalá llegue pronto el día en que no sea necesario seguir editando Guías como esta porque nuestra sociedad haya conseguido derrotar a todas las violencias machistas. Mientras tanto, desde el Ayuntamiento seguiremos brindando toda la información y el apoyo que sea necesario.”

Es de suponer que todo lo indicado en este documento público está plenamente avalado por personal cualificado, por titulación y experiencia en el ámbito legal, conforme nuestro ordenamiento jurídico, al amparo de la Constitución Española. Pero, no solamente, tienen derecho a conocerlo las mujeres, sino también los hombres, para que no cometan los actos, repudiables y condenables, que se citan en este documento público del Excmo. Ayuntamiento de Burgos.

Y se estima, por esta parte, que tanto los hombres, como las mujeres, deben conocer las recomendaciones jurídicas que avala la firma del Ilmo. Sr. D. Daniel de la Rosa Villahoz, Alcalde de Burgos.

Con su permiso, citamos algunas de ellas:

Algunas recomendaciones:

Prepara un kit que tengas a mano con:_

–         Contrato de compra-venta o arrendamiento de la vivienda.

–          Libro de familia.

–          Cuaderno, talonario y/o tarjetas bancarias._

–         Un juego de ropa para ti y tus hijos e hijas.

–  Documentos que acrediten los ingresos y los gastos familiares (nóminas, justificantes de pago de horas extra, recibos de alquiler, facturas de electricidad, teléfono, seguro médico, farmacia, supermercado, gastos de escolaridad y actividades extraescolares de los hijos/hijas,…)

– Trata de tener una cantidad de dinero ahorrada para hacer frente a los gastos tuyos y de tus hijos/as hasta que se fije la resolución judicial de aportación económica por parte de tu pareja.

ASISTENCIA LETRADA: Puedes solicitar asistencia gratuita al poner la denuncia. El abogado/a asignado/a te representará en el procedimiento derivado de la denuncia de malos tratos. Además, si cumples los requisitos económicos, se podrá hacer cargo del proceso de separación matrimonial.

Con la orden de protección puedes obtener:

• Medidas penales: prohibición de acercamiento, prohibición de comunicación, prisión provisional, retirada permiso de armas. Estas medidas tienen la duración que en las mismas se determina.

•  Medidas civiles: asignación de la guarda y custodia sobre los/as menores, asignación del uso de la vivienda familiar, determinación del régimen de visitas, pensión de alimentos. Estas medidas tienen una vigencia de 30 días hábiles y otros 30 días más si se plantea el correspondiente proceso civil.

Esto es lo que le puede pasar a uno de los hombres que contraen matrimonio en el Ayuntamiento de Burgos, conforme recomienda el Ilmo. Sr. Alcalde.

1º.- Al Ayuntamiento de Burgos le parece bien que la mujer se lleve a los niños del domicilio familiar, sin que lo tenga que comunicar a nadie, ni pedir permiso a nadie, incluso el Ayuntamiento de Burgos tiene domicilios secretos donde los retienen sin conocimiento ni autorización judicial o del Ministerio Fiscal.

Se habla del expulsar al hombre, y a menudo padre, del domicilio familiar, cuando nada impide a las mujeres residentes en Burgos alquilar una vivienda, o llegar a arreglos sobre los bienes comunes.

Se puede llevar la mujer documentos de bienes privativos, como una escritura de propiedad de una vivienda, nóminas……

Hacer lo que la dé la gana con el libro de familia.

Llevarse la libreta de ahorros, o el talonario de cheques.

Y lo que es más grave, recomienda tener un dinero OCULTO que ha podido ganar muy duramente el hombre, que puede ascender a miles de euros, mientras el hombre tiene que dejar de tomar alguna cerveza, o comprarse ropa, pensando que la mujer lo dedica a los hijos y el bienestar de todos. Y que seguramente se oculta, también, a las autoridades judiciales. Vamos, DINERO NEGRO.

La mujer tiene abogado gratis para poner pleitos de presuntos malos tratos, el hombre no, aunque luego no sea condenado.

Se relaciona el proceso penal con la separación. Tendrá que demostrar el Excmo. Ayuntamiento de Burgos que las denuncias, o incluso condenas, son las causas por las cuales los jueces decretan las separaciones/divorcios. Ahora bien, es el matrimonio que contraen libremente las mujeres la causa, y la petición expresa.

Se habla a las mujeres de que pueden pedir la prisión del hombre que escogieron, y al mismo tiempo que las pague pensiones de alimentos, y es de suponer que siga pagando la hipoteca…..cuando eso puede ser causa de la pérdida del trabajo o de un negocio.

Si el Excmo. Ayuntamiento de Burgos considera que este documento público es legalmente correcto, no tendrá inconveniente de informar sobre los siguientes extremos:

Primero.- Dado que las familias tenemos derecho a que se cumplan las leyes procesales, de obligado cumplimiento, en el Juzgado de Primera Instancia Nº 7 (competencia de familia), de Burgos, y siendo público que no se respetan los plazos legales para medidas provisionales, CUÁNTOS ESCRITOS HA DIRIGIDO EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS AL MINISTERIO DE JUSTICIA, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN o EA PROPIO JUZGADO, exigiendo que se cumpla la ley, los plazos legales.

Segundo.- Si esta GUÍA MUNICIPAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO está avalada por la normativa legal y constitucional del Estado Español, convendría que se diera a los hombres y mujeres que van a contraer matrimonio en el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, para evitar presuntos futuros malos tratos, violencia de género, machista o lo que sea. ¿Sería legal darlo antes de contraer matrimonio, para evitar malos tratos?.

Tercero.- Dado que se dan consejos legales, afectando a hombres, mujeres e hijos, que se indique la o las personas responsables de los consejos jurídicos que se recomiendan, y la titulación que tienen.

Cuarto.- Se haría el Excmo. Ayuntamiento de Burgos responsable de las consecuencias civiles y penales (El Ilmo. Sr. Alcalde de Burgos y los firmantes de esa guía) por recomendar ocultar presuntos bienes gananciales, o privativos del hombre, tanto al hombre, como al sistema judicial, etc. DINERO OPACO, DINERO NEGRO.

Esperando contesten a esta petición de información, que estimamos conforme a la normativa vigente, atentamente,

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

P. D.- Se envía copia al Ilmo. Sr. Fiscal Superior de Castilla y León y al Excmo. Sr. Procurador del Común de Castilla y León, para su conocimiento, al estimar que están dando, de facto, recomendaciones legales a las mujeres y madres, para disponer a su antojo el dinero familiar y de los niños, sin ningún control, ni de los padres ni de la Administración de Justicia, por si pudiera haber recomendaciones que vayan contra los intereses personales de los menores no emancipados.

PRECIO DE UNA MUJER JOVEN DE ORIGEN DOMINICANO EN ESPAÑA: 180.000 EUROS

No, por favor, no piensen que en España existen mercados de esclavas, y ése es el precio pagado en pública subasta. Nadie, por favor, desvalorice a una mujer, joven, que murió a manos de su pareja, y parece que padre de sus dos hijos pequeños. Por favor, nadie se rasgue las vestiduras, y juzgue y condene el título de estas reflexiones.

Salvo que haya un recurso de casación, y se modifique esta cantidad, o se anule, es el resultado de una sentencia de la Audiencia Nacional de España, de fecha 30 de septiembre de 2.020.

http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/La-Audiencia-Nacional-condena-al-Ministerio-del-Interior-por-inadecuada-proteccion-de-la-Guardia-Civil-a-una-denunciante-de-violencia-de-genero-que-fue-asesinada

“La Audiencia Nacional condena al Ministerio del Interior por inadecuada protección de la Guardia Civil a una denunciante de violencia de género que fue asesinada.”

Salvo mejor criterio, se nos condena a todos los españoles por un acto vil y condenable de un hombre, también de origen dominicano, que seguramente dejó en la miseria a dos niños, y al cual no se le podía arrancar ningún derecho económico a favor de esos hijos desvalidos y los padres de la difunta. Si no es correcto, se presentan disculpas previas.

Este drama, y nadie le quite el título, tuvo lugar en el año 2.016, en un pueblo andaluz.

https://www.elmundo.es/andalucia/2016/10/16/5803775746163f6a248b45a5.html

Detenido por matar a su esposa en la localidad sevillana de Olivares
Detenido por matar a su esposa en la localidad sevillana de OlivaresAGENCIASLa Guardia Civil ha detenido a un hombre como presunto autor de la muerte de su ex pareja, apuñalada con un arma…

“Detenido por matar a su esposa en la localidad sevillana de Olivares”.

Estas reflexiones, en modo alguno, son una crítica a la sentencia, sino a dos responsabilidades, en este hecho que condenamos rotundamente. La primera es la información que se pueda poner a disposición de las mujeres, respecto a su situación de pareja y familiar, y en ello, tienen responsabilidades varias administraciones:

-Comunidad económica europea.

-Gobierno del estado español.

-Junta de Andalucía.

-Diputación de Sevilla.

-Ayuntamiento del domicilio de la víctima.

Y se dice esto con conocimiento de causa:

Y, en segundo lugar, la víctima, ella escogió a su pareja. Y ella sabría lo que hacía.

–                   El pueblo español, pagano de esa indemnización, no la impusimos convivencia alguna no deseada

–         Por el posible tiempo de matrimonio, no hubiera tenido que justificar una petición de divorcio.

–         Que esta joven mujer y madre tenía problemas sociales: dependencia económica, es un hecho que no se debe juzgar como machismo, temas de género, etc. Es una situación que tienen muchas mujeres en España.

Miren, pedimos a la Junta de Castilla y León que nos dijeran cuánto dinero gastaban en informar a los hombres y mujeres sobre temas civiles, relacionados con la convivencia y divorcio, y nos dijeron que gastaban:

CERO PATATERO

http://www.aytoburgos.es/ayudas-y-subvenciones/convocatoria-de-subvenciones-para-programas-de-promocion-de-la-mujer-y-la-igualdad-de-oportunidades

El Excmo. Ayuntamiento de Burgos va a gastar en subvenciones 41.170 euros, para hablar de igualdad de oportunidades, reparto de responsabilidades domésticas, prevenir la violencia de género, etc. Si no gasta un euro en hablar de que no se precisa permiso de nadie para abandonar convivencias no deseadas, y no porque haya maltratos, y de que a nadie le divorcian por malos tratos, ¿nos harán a los ciudadanos y ciudadanas de Burgos responsables de malos tratos continuados en Burgos, o de alguna muerte, y nos obliguen a pagar una indemnización, o culparán a la Policía, de hacerlo mal?.

Todavía recuerdo cuando busqué información sobre la muerte de una mujer en una población catalana. Se expulsaba a la calle a un hombre. Y a nadie le importó.

Se nos detiene a los hombres y padres con una denuncia.

En un país con miles y miles de viviendas en venta y alquiler, se nos expulsa como perros de nuestras propiedades, por el solo delito de ser hombres.

Hoy se nos responsabiliza de un crimen cometido por alguien venido del exterior, que no estudió en nuestras escuelas, ni tuvo su juventud en España. (¿)

No juzgamos este caso, pero a las mujeres se las enseña, sólo, el camino penal, y eso es injusto y produce violencia.

Descanse en paz esta mujer y madre, y deseamos lo mejor a esos niños y abuelos.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE 

PADRES/MADRES DIVORCIADOS: ¿PUEDO TENER MÁS HIJOS?. ¿CUÁNTO DINERO LES QUEDA PARA LOS PRÓXIMOS? POR LO MENOS, CONSERVAR LOS ACTUALES

Todavía recuerdo unas charlas que subvencionaba el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, y que aún da, sobre cómo encarar el divorcio y sus consecuencias:

LA FAMILIA CAMBIA

APOYO EN SITUACIONES DE SEPARACIÓN O DIVORCIO

Pues bien, recuerdo, si la memoria no me falla mucho, que se pintaba la situación como una nueva oportunidad, y la vida sigue y sigue.

Todo muy bonito. Viva el optimismo. Una relación se fue, otra llegará. Hijos con una/o, y los que vengan, más los que la nueva/o aporte.

Esto, para ricos y jeques árabes con un surtido harén de mujeres, obviamente, es fácil, pero para el albañil, funcionario, autónomo, currante…de sueldo escaso, y ahora con Eres, Ertes y otras desgracias puede ser un brindis al sol, que salvaría un Euromillones o un cuponazo de los fuertes.

Y a eso vamos. ¿Está tan mal hecha Ley del Divorcio, con sus distintos cambios?.

Por una serie de circunstancias, el poder judicial, en sus distintos estamentos, viene distorsionando la ley……Es que no está tan bien hecha como debiera……Es que nosotros la interpretamos porque…….

Pero la ley es clara: CUÁNTO PONE PAPÁ. PERO TAMBIÉN CUÁNTO PONE MAMÁ.

Y esto, si aplicamos la ley tributaria, por malas prácticas jurídicas, puede originar un disgusto, principalmente, a madres divorciadas. Y el que avisa no es traidor. Y ya lo hemos tratado.

https://apfsburgos.com/

POSIBLE DRAMA DE MILES DE MUJERES SEPARADAS/DIVORCIADAS, PODRÍAN TENER QUE PAGAR A HACIENDA ENTRE 1.000 Y 2.000 EUROS.POSIBLE DRAMA DE MILES DE MUJERES SEPARADAS/DIVORCIADAS, PODRÍAN TENER Q…EXCMA. SRA. MINISTRA DE HACIENDA EXCMA. SRA. MINISTRA DE IGUALDAD EXCMO. SR. PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL …

Y nos encontramos con la situación actual de miles y miles de sentencias. Sentencias afectando a hijos mayores de edad o menores emancipados, en que el padre, principalmente, tiene una obligación legal de pagar un dinerillo, en la cuenta de la madre, con amenaza penal, y la madre no tiene ninguna obligación de informar al padre, ni el hijo tiene, tampoco, ninguna obligación respecto al padre: ni respetarle, no ya quererle, ni informarle, si estudia o trabaja, fuma o va de botellón. Y las madres no tienen ninguna obligación legal de aportar dinerito para los nenes.

Pero vayamos a lo de hoy. Cuánto me queda para tener más hijos. A los padres les sale la cuenta fácil, aparte de imprevisibles gastos extraordinarios, les viene en sentencia, y de unos ingresos, no siempre fijos y asegurados, en muchos casos, hay que deducir, reducir o como quieran llamarlo:

-Pago de la hipoteca de la casa en la que ya no viven, sin fecha límite de okupación.

-Alquiler o nueva hipoteca, salvo que viva en casa de los padres, o en el piso de otro padre divorciado, con la ex, en la calle, en un coche, en una caravana, o de okupa.

-Luz, gas, seguros, alimentación, gasolina, mantenimiento coche, impuestos, ropa………

-Ah, y la pensión de los hijos, Y quizá a la ex, más lo que Sus Majestades quieran, como decíamos los niños de los cincuenta y sesenta en las cartas a los Reyes Magos.

Bueno, si después de descontar de su nómina, de sus ingresos todo ese montón de facturas les queda dinero, quizá les quede para una cerveza. Porque a muchos no les queda ni para pipas.

Me temo que, en muchísimos casos, no queda dinero para más hijos. Y eso no hay psicólogo que lo arregle.

Lo malo es que se obtiene con las malas prácticas, Ley de Violencia de Género, mucho gasto en abogados, ni tienes dinero para más hijos, y a los que ya tienes, desgraciadamente, los terminas perdiendo.

¿Puede funcionar así España?. ¿Esto es lo que quieren?.

Procede, urgentemente, legislar para limitar el uso y abuso de la vivienda familiar, como existe en el País Vasco, y dar a los hijos su derecho/deber de opinar, y del padre de cambiar su deber de pagar una pensión de alimentos a ofrecer su casa, por lo que los hijos tendrían que llevarse bien con ambos padres, en su mayoría de edad, pedida o impuesta, y terminar los procesos de pareja con la mayoría de edad. Es insufrible que una madre pueda estar en un procedimiento contra el padre con los hijos, cuando los hijos tienen 25 años. Manolo, lo tiene hasta la mayoría de edad, como lo debieran tener todos los padres.

Para su información, esto es lo que dice el Código Civil:

“Artículo 149

El obligado a prestar alimentos podrá, a su elección, satisfacerlos, o pagando la pensión que se fije, o recibiendo y manteniendo en su propia casa al que tiene derecho a ellos.

Esta elección no será posible en cuanto contradiga la situación de convivencia determinada para el alimentista por las normas aplicables o por resolución judicial. También podrá ser rechazada cuando concurra justa causa o perjudique el interés del alimentista menor de edad.”

Los hijos se llevarían bien cuando sepan que a los 18 años la pensión de alimentos podría ser cambiada por el padre, ofreciendo vivir con él la mitad del tiempo, un año sí y otro no, y, en caso contrario, pues no hay pensión de alimentos.

Sólo se les informa de la ley. Hacer mejor las sentencias y convenios, empieza por su abogado, pero aprenda antes algo de derecho.

Saludos.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

SITUACIÓN CATASTRÓFICA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 7 (COMPETENCIAS DE FAMILIA) DE BURGOS. PETICIÓN DE QUE DENUNCIE PÚBLICAMENTE SU SITUACIÓN ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES

ILMO. SR. D. DANIEL DE LA ROSA VILLAHOZ

ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS

BURGOS

CARTA PÚBLICA

ASUNTO: SITUACIÓN CATASTRÓFICA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 7 (COMPETENCIAS DE FAMILIA) DE BURGOS. PETICIÓN DE QUE DENUNCIE PÚBLICAMENTE SU SITUACIÓN ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES

Burgos, 10 de septiembre de 2.020

Ilmo. Sr.:

Me permito dirigirme a Ud., en mi doble faceta de ciudadano de la ciudad que Ud. gobierna, y como delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

Y nos dirigimos a Ud. porque, dentro de las funciones de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, notoriamente a través de la CONCEJALÍA DE LA MUJER y CEAS, se puedan estar dando informaciones jurídicas sobre las parejas, matrimonios y familias libremente constituidos, y notoriamente a mujeres, y en relación con nuestros niños: menores no emancipados, menores no emancipados, que pudieran pedir la emancipación judicial (a partir de los 16 años), y menores emancipados (de 16 a 18 años). Asimismo, ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos pudiera ser corresponsable de las asociaciones de mujeres que pueda subvencionar, y que vienen asesorando jurídicamente, atendiendo casas de acogida, y similares, así como ayuda que pueda dar a la asociación APROME, que recibe millonarias subvenciones, año tras año, para atender puntos de encuentro familiar, de responsabilidad pública, pero gestión privada.

Obviamente, toda esa responsabilidad pública, con dinero público, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, viene teniendo transcendencia en la actividad judicial que está al servicio de esta ciudad, la nuestra.

Como Ud. seguramente sabe, el Juzgado de Familia de Burgos acaba de sufrir el abandono del mismo, por parte del juez titular, Ilmo. Sr. D. Roberto Pérez Gallego, dejando el juzgado huérfano, y en muy difícil situación.

Por las informaciones que nos transmiten los padres que se acercan a nosotros, y durante el pasado estado de confinamiento, muchas madres de Burgos, notoriamente, sin ningún diálogo y reflexión, han privado a niños de estar con sus padres y familias paternas, en claro incumplimiento de sentencias.

En este trato inconsiderado a los niños de Burgos, por parte de algunas madres, pudieran estar los asesoramientos jurídicos que se puedan dar, con responsabilidad del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en que se pueda incitar a la denuncia y al pleito en vez de al dialogo, la reflexión, el respeto y el pacto, que incluso se admite en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Burgos. Al mismo tiempo, se denuncia la falta de tutela judicial efectiva de todos esos menores no emancipados en casa de acogida y similares de las cuales Uds. puedan ser responsables, es decir, ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos. Niños que tienen padre y madre, y también juzgados para que les garanticen sus derechos.

Resumiendo, el Juzgado de Familia está sobrecargado de asuntos, desde hace años, entre otras causas, por la incitación al pleito desde distintas instancias oficiales y políticos de todo credo y tendencia.

Si la situación ya era mala, por excesos de asuntos, alguna baja del Ilmo. Sr. Juez, ahora se agrava por el lento tramitar de la Administración de Justicia en nombrar un nuevo juez.

Nuevas demandas de separación/divorcio que se han producido al final del confinamiento, y final de verano, modificación de medidas, reclamaciones de rebajas de pensiones de alimentos por problemas sociales, causadas por el confinamiento, y recuperación de visitas, etc., etc.

Sería bueno que obtuviera datos de primera mano de los Iltres. Colegios de Abogados y Procuradores de Burgos.

Todo esto agravado por los problemas para tener un servicio fluido del Equipo Psicosocial de Juzgado, que ha retardado muchos pleitos.

Decisiones urgentísimas que están sin resolver, como es el caso de algún niño llevado por la madre a otra comunidad autónoma, en que ha sido empadronado en un ayuntamiento e inscrito en un colegio, y parece que lleva la petición más de dos meses…..daños irreparables para un menor.

Pleitos que llevan más de dos años sin que se hayan resuelto.

Se puede calificar la situación de ese Juzgado de Familia de Burgos de catastrófica.

La pregunta que nos hacemos, y que hacemos a Ud., ¿Burgos se merece esto?.

Si Ud. acepta que lo que venimos sufriendo los ciudadanos, con transcendencia en nuestros niños, no haga nada. En cambio, si Ud., habiendo accedido a conocer la tremenda situación del Juzgado de Familia de Burgos, se agradecería que manifestara públicamente su desacuerdo con la situación, y reclamara a las distintas administraciones y responsables la solución urgente de una situación que lleva años empeorando, y no sólo por culpa de la pandemia, o de la marcha del juez titular.

Este escrito se facilita a los diversos grupos políticos de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, para que se hagan cargo de este grave problema.

Por otra parte, también sería de desear que animara a las parejas, matrimonios, y a menudo padres, al respeto, a la reflexión, y a la MEDIACIÓN FAMILIAR, en lugar de ir directamente a la denuncia y al pleito. Parecer que tiene el actual Ministro de Justicia.

Tenga en cuenta que las políticas que se vienen siguiendo están originando muchas detenciones de padres, que luego no son condenados.

Hace poco nos informaba la Junta de Castilla y León de que no gasta un euro en informar de que el divorcio a partir de los tres meses de contraído matrimonio, libremente, no precisa ser justificado. Y la realidad, salvo información mejor, es que, incluso en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer no se justifica ningún divorcio por maltrato alguno. Si esto no fuera correcto, se rogaría informara a la población.

Aprovechamos este escrito para recordar la responsabilidad del Excmo. Ayuntamiento de Burgos en el empadronamiento de menores no emancipados, que están bajo la PATRIA POTESTAD de ambos padres, para que sus derechos personales estén garantizados. Esto requeriría que publicaran algún edicto u ordenanza hablando de las consecuencias administrativas, entre otras, posible multa, del mal uso de las declaraciones responsables, por parte de algunas madres, como pudiera ser el caso de ese menor llevado a otra comunidad autónoma, y que la Administración de Justicia de Burgos es incapaz de resolver en plazo urgentísimo.

Pero, retomando la finalidad de este escrito, ¿debemos aguantar los ciudadanos de Burgos un mal servicio de la Administración de Justicia?.

Si Ud. está de acuerdo, cállese, si Ud. estima que no es correcto, proteste en voz alta, y reclame ante los que deben arreglar este mal servicio.

Aunque no conteste a este escrito, que su justa y justificada protesta nos llegue a todos los burgaleses/as a través de los medios de comunicación.

Muchas gracias, por el interés que sabemos que va a dedicar a este asunto, a favor de la ciudad de Burgos, que también existe.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADAS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

LOS PADRES SEPARADOS DE BURGOS RINDEN HOMENAJE A LOS MUERTOS POR EL CORONAVIRUS, CUANDO EL AYUNTAMIENTO SÓLO LES HA DEDICADO MEDIO MINUTO (20.000 MUERTOS)

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Con vergüenza ajena, rabia no contenida, y manifestación pública, la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS, rendimos homenaje a todos los muertos por el CORONAVIRUS, que ya van por los 20.000 muertos.
Es increíble que en el  Ayuntamiento de Burgos se haya dedicado un minuto compartido, para recordar esta tragedia mundial, que ya se ha llevado a VEINTE MI PERSONAS en España.
No tenemos palabras.
Un recuerdo a todas esas personas que nos han dejado en difíciles condiciones. A todas ellas, sin distinción de raza, sexo, fortuna y condición social, religión o ideas políticas, nuestro cariñoso recuerdo.
No podemos olvidar a esos familiares que han dejado detrás, que, en muchos casos, no han podido acompañarles en sus últimos momentos. Como tampoco han podido rendirlos justo homenaje, muchos familiares y amigos, en una ceremonia antes de su incineración o entierro.
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NO olvidamos a todos esos viejecillos, encerrados en residencias u hospitales, sin que puedan ser visitados por sus seres queridos, e, incluso, con problemas para comunicarse con ellos.
Descansen en paz los VEINTE MIL MUERTOS, por ahora.
Ayuda y consuelo para los que lo están sufriendo.
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Equipo  ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

OKUPAS Y DES-OKUPADOS

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Allá, por el año, 2.003, cuando en Burgos empezábamos a reunirnos padres separados/divorciados, para contarnos nuestras penas, atendimos a un compañero que, como otros muchos, debió abandonar el domicilio familiar. Y le dijimos; tu primera obligación, como ciudadano, es empadronarte. Y, como le habían echado a la calle, pues se le acompañó al ayuntamiento para empadronarle. Y, con sabia decisión, dentro de los diversos lugares de Burgos, lo que más ventajas tenía, era debajo de un puente, que se encontraba, qué casualidad, enfrente de los juzgados. Protegido de la lluvia y con agua corriente. Otros emplazamientos ofrecían menos ventajas.

Y le contestaron por escrito, como pueden ver por la carta adjunta.

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No se le podía empadronar: “POR NO PODER CONSIDERAR COMO DOMICILIO UN EMPLAZAMIENTO GENÉRICO COMO ES “BAJO EL PUENTE Y ALEDAÑOS”.

Podrá parecer un chiste, a más de uno o una, incluso, les hará gracia, pero en este estado de felicidad permanente, de bienestar que parece que no llega a una amplia capa de la población, cada día, A CIENTOS DE CIUDADANOS, PROPIETARIOS, HOMBRES Y PADRES, principalmente, se les expulsa, o deben abandonar, el domicilio familiar en procedimientos de nulidad/separación/divorcio, u otros mucho más rápidos.

Creo recordar que algunos actuales alcaldes han participado en movimientos a favor de desahuciados, o de okupas, pero esta realidad silenciosa, de padres separados/divorciados, parece que no existe. Principalmente, porque muchos de los miles y miles de padres afectados no salen, o asisten, a los actos o manifestaciones que se pueden organizar por estos nuestros colectivos, y, claro, éste no es un problema de los políticos, porque los afectados no chillan, no salen en tumulto, no se quejan, por tanto: NO EXISTIMOS.

Bueno, esto tampoco va de chiste. Hace pocos años, en unas jornadas de derecho de familia, en Burgos, la titular del juzgado de familia manifestó, afirmó, informó:

“EL QUE SALE DE CASA, SE LLEVA EL CEPILLO DE DIENTES”.

Reflexionó un poco más:

“Y TAMBIÉN EL PIJAMA”.

Esperamos no haber molestado, pero, como dicen en mi pueblo:

“A BUEN ENTENDEDOR, POCAS PALABRAS.”

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

P. D.- Se nos olvidaba. Atendimos a otro hombre, en su jubilación y vejez, ya fallecido, y personaje de cierta notoriedad en Burgos. Fue expulsado del domicilio familiar, en procedimiento rapidísimo. Nos contó que pasó varias noches sobre unos cartones, hasta que algunos conocidos le auxiliaron. No se atrevía ni a sacar dinero de la cuenta. Afortunadamente, era en verano.

DUPLICADOS DE DOCUMENTOS DE LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS AYUNTAMIENTO DE BURGOS

Adjunto les enviamos resolución del EXCMO. SR. PROCURADOR DEL COMÚN DE CASTILLA Y LEÓN, en relación a la propuesta de emitir duplicados de diversos documentos, cuyos titulares son nuestros hijos, de padres separados/divorciados. Se agradece esta nueva gestión del EXMO. SR. PROCURADOR DEL COMÚN DE CASTILLA Y LEÓN, sobre documentos expedidos por el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS.
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Como ejemplo otras administraciones si han emitido duplicado a pesar de «los problemas tecnicos» como en el caso de las tarjetas sanitarias:

LA TARJETA SANITARIA DE LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS: DEFENDER EL DERECHO DEL NIÑO O SE HACEN DUPLICADOS.

Dado que les enviamos la resolución citada, de fecha 26 de agosto de 2.019, que esperamos lean, la reflexión que les hacemos a Uds., que puedan tener estos problemas, con este ayuntamiento, u otros, u otras administraciones, es que en convenios, o en peticiones judiciales, indiquen, o soliciten, que los niños vayan siempre acompañados de sus documentos personales:
-D.N.I.
-Tarjeta sanitaria.
-Documentos de transporte.
-Documentos de uso servicios deportivos.
-Etc.
Así como que vayan con ropa suficiente, material de higiene, etc., así como posibles contactos telefónicos, internet, etc.
Por nuestra parte, hemos intentando que se emitan duplicados, ya que los niños, en ciertos casos, van sin su documentación, ropita, etc.
Seguiremos haciendo peticiones a las distintas administraciones, para el bien de nuestros hijos, y por la paz social.
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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

CARTA RT A LA CONCEJALA DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE BURGOS PARA QUE LOS AFILIADOS DEL PSOE NO LES ECHEN DE CASA Y LES QUITEN A LOS NIÑOS

Dª AIDA ESTRELLA PAREDES GARCÍA

CONCEJALÍA DE LA MUJER

AYUNTAMIENTO DE BURGOS

BURGOS

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CARTA PÚBLICA, Y COPIA DE LA CUAL SE DA A LOS DISTINTOS GRUPOS POLÍTICOS DEL AYUNTAMIENTO.

 

ASUNTO: DERECHO/OBLIGACIÓN DE LAS MUJERES SIMPATIZANTES Y VOTANTES DE LOS PARTIDOS: POPULAR, CIUDADANOS, VOX Y PODEMOS DE CONOCER LA LEGISLACIÓN MATRIMONIAL, PARA EVITAR QUE SIMPATIZANTES VARONES DEL PSOE PUEDAN SER DETENIDOS, EXPULSADOS DEL DOMICILIO FAMILIAR Y PRIVADOS DE RELACIONARSE CON SUS HIJOS, POR LA DENUNCIA DE ESAS MUJERES

 

Burgos, 9 de julio de 2.019

 

Muy Sra. nuestra:

 

Por la agencia EUROPA PRESS se informó a la población que el Ilmo. Sr. Alcalde de Burgos, D. Daniel de la Rosa Villahoz, le ha designado las importantes responsabilidades de la Concejalía de Mujer y Equidad de Género. Reciba nuestras felicitaciones.

Sin embargo, nos ha dejado tremendamente preocupados lo que Ud. manifestaba a un medio de comunicación: “ Lo que queremos es incorporar políticas de género de manera transversal en todas las áreas en las que sea posible. El objetivo es convertir a Burgos en una ciudad con compromiso y que sea un lugar libre de discriminación.”

Entre sus prioridades: “El enfoque de género ya que falta bastante por hacer………”.

Por anteriores equipos de gobierno, se han gastado cantidades significativas para hacer propagandas costosas y de dudosa utilidad, si nos permite la reflexión.

Todo esto nos tiene muy preocupado. Por un lado, despilfarro del dinero público, por otro, mensajes a la población que no compartimos.

En primer lugar, en las relaciones entre hombres y mujeres, si nos permite, hay que separar a la población por su origen, y esto no es ninguna discriminación, sino que la gente venida de fuera viene de otras culturas, educación y valores, que pudieran ser distintos de los que tenemos los burgaleses y españoles de toda la vida. Por ejemplo, pudiera haber mujeres que han sufrido mutilaciones genitales, que pudieran practicar, aquí o en sus lugares de origen, a niñas que están en nuestros colegios. Mujeres y hombres que han contraído matrimonio por imposición de sus familias. Gente que no ha asumido un posible divorcio en sus lugares de origen, etc., etc.

Obviamente, los problemas que Ud. asume pueden tener causas diversas y no siempre la misma solución se puede aplicar a todas y a todos.

Sin embargo, nos dirigimos a Ud., preferentemente, para hablarle de las españolas y españoles de toda la vida, y de su situación legal, en relaciones libremente iniciadas, y, en concreto, de las normas que rigen en su matrimonio, cuando han escogido esa modalidad legal, y para matrimonios formados por hombre y mujer.

Mire, de vez en cuando, aparecen en los medios de comunicación noticias de que un hombre ha sido detenido, y es acusado por su cónyuge mujer de que había sido sometida a años de maltrato, presuntos o reales. Alguna afirmando llevar CINCUENTA AÑOS DE MALTRATOS.

Conocemos, personalmente, algún caso de hombre de más de ochenta años que ha sido brutalmente expulsado del domicilio familiar.

Y queremos hablarla de la situación legal de esas mujeres de los partidos indicados, y del suyo también, que han contraído libremente matrimonio con un hombre de su elección,  para que, en aplicación del artículo 39.1 de la Constitución Española, que indica:

Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.”

Tengan una protección jurídica. Sí, protección jurídica, que no quiere decir, necesariamente, que se la facilitará un abogado de oficio gratis, por supuesto, muy mal pagado, para que arme juicios en que los que se habla de expulsar a miembros varones, del PSOE, o simpatizantes, o votantes, del domicilio familiar, del cual tendrá que seguir pagando la hipoteca, que quizá hasta avalan sus padres. Ver a sus hijos menores, no emancipados, en un punto de encuentro, algunos días al mes, etc., etc. Siendo la denunciante o querellante miembro del PARTIDO POPULAR, CIUDADANOS, VOZ o IMAGINA, simpatizante, o simplemente votante.

Estamos seguros de que Ud. no querrá eso.

Por ello, antes de que empiece a dar, a diestro y siniestro, subvenciones y gastos en festejos del 8 de marzo o 25 de noviembre, debe informar, por folletos, por radio, prensa y televisión, de lo que dice la ley, como Ud. podrá comprobar si pregunta al equipo jurídico de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos.

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Y le confirmarán:

Primero.- Que toda mujer española de cuna y nacimiento, casada libremente con ciudadano español, de cuna y nacimiento, puede dejar de convivir en cualquier momento, sin pedir permiso a nadie. Desde 1.981.

Segundo.- Ningún divorcio es decretado en Burgos en que el juez correspondiente lo justifique por maltrato, real o no. Infórmese en el JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER y en el JUZGADODE FAMILIA. Por lo tanto, las denuncias lo que hacen es gastar un dinero de los niños, por parte de posibles miembros del PSOE, y los padres tienen que ayudarles a llegar a final de mes, y a pagar gastos de abogados, etc., etc. Desde 2.005 no hay que indicar causa alguna a partir de los tres meses.

Tercero.- El casarse en igualdad de derechos y deberes, no es una opción libre. Lo impone la legislación española, por tanto, en estos casos, y tanto para miembros, simpatizantes y votantes del PSOE es de esperar que Ud. les indique que cuiden a los niños medianteCUSTODIA COMPARTIDA.

Tercero.- Los jueces, por ley, deciden, principalmente, a falta de acuerdo de los cónyuges y padres. Obviamente, esperamos que sea de la opinión de que hay que juntar a los miembros de un matrimonio, formado por hombre y mujer, para que reflexionen sobre las posibles consecuencias de una separación/divorcio. Es decir, que Ud., personalmente, recomiende MEDIACIÓN FAMILIAR, antes de ir a juicios de familia, que, como se indicaba estos días en la prensa, pueden tardar hasta dos años en dar medidas definitivas. ¿ Quiere Ud. eso para los hombres de su partido?.

Por no alargarnos más, la transmitimos dos temas preocupantes:

Primero.- Empadronamiento de menores no emancipados por uno de los padres. Rogamos se compruebe, siempre, la situación legal de los mismos, y que la persona que les empadrona tenga el derecho legal correspondiente, sin privar arbitrariamente al otro padre/madre de su derecho y responsabilidad sobre ese tema, ya que el domicilio de los niños es una responsabilidad conjunta de ambos padres, cuando comparten la PATRIA POTESTAD, como se suele indicar en resoluciones judiciales de los tribunales de Burgos. Asimismo, se debe castigar con multa las posibles irregularidades que se puedan ir descubriendo, para lo que habría que hacer la norma correspondiente por parte del Ilmo. Sr. Alcalde de Burgo, D. Daniel de la Rosas Villahoz. Asimismo, habría que comunicarlo a Fiscalía.

Segundo.- Niños menores no emancipados en casa de acogida que pueda financiar ese Excmo, Ayuntamiento de Burgos. Es exigible por Ud., personalmente, y por ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, que en el plazo de uno o dos meses todos esos niños tengan resolución judicial donde se reconozca su situación, porque no es admisible que tengan el derecho legal de ser atendidos por ambos padres, en el ejercicio de la PATRIA POTESTAD y la madre disponga del destino de los niños, sin que un juez tutele sus derechos personales.

Aprovechamos este escrito para desearla los mayores éxitos en su gestión, y sería una grave irregularidad de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos que haya mujeres españolas que vayan a la Policía o juzgados denunciando años de maltratos, cuando la ley, y los ciudadanos no las exigimos convivencia no querida, sino todo tipo de felicidades. Ahora bien, en Burgos, en nuestro Burgos, hay muchas mujeres casadas, o en relación de pareja, que no están a gusto con el hombre y padre que escogieron, pero no tienen medios de vida para vivir independientes, pero esos casos NUNCA deben tratarse como situaciones de maltratos, sino como mujeres que tienen un grave problema social que las impide independizarse de su pareja.

Ojalá no tengan denuncias, NO NECESARIAS, los miembros, simpatizantes y votantes del PSOE.

Deseándola los mayores éxitos, atentamente,

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

P. D.- Por concejala del PARTIDO POPULAR fui denunciado. Tema que yo ya había puesto en conocimiento de la FISCALÍA y juzgado. Pedí al Ayuntamiento de Burgos que la asesorara y la defendiera. Denegado. Ofrecí mediación penal, rechazo por ella. En un juicio sin garantías se me impidió hablar, y quedó reflejado en acta. Espero que eso no les pase a los militantes del PSOE.

DENIEGAN EL TEMPLETE DE MÚSICA DEL PASEO DEL ESPOLÓN DE BURGOS A UN PADRE Y AHORA LE PONEN UNA CAMA

Pablo Carbonell descubre la casa del Espolón

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS

Plaza Mayor, 1

09001 BURGOS

DOCUMENTO AL QUE SE DA PUBLICIDAD

 

Asunto: PETICIÓN DE DOCUMENTACIÓN DEL ESPACIO SITUADO DEBAJO DEL TEMPLETE DE MÚSICA DEL PASEO DEL ESPOLÓN.

 

Burgos, 30 de mayo de 2.019

 

Muy Sres. míos:

Me dirijo a Uds., para que, al amparo de la Ley 19/2003, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, me faciliten información sobre la adecuación y uso del espacio situado debajo del templete de música, del Paseo del Espolón, Burgos, que se estima propiedad de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos.

https://www.diariodeburgos.es/noticia/Z972DC439-9A1E-6390-D090E76F8A447C74/201905/feria-del-libro-garcia-montero-carbonell-y-sanchez-garnica

https://www.diariodeburgos.es/noticia/Z2E1A1A9E-A71D-AA4B-86BD85CD4531475E/Pablo-Carbonell-descubre-la-casa-del-Espolon

Por la documentación adjunta, podrán comprobar que, por parte de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, me fue denegado el empadronamiento en ese templete de música. Y ese tema originó un debate jurídico que originó la intervención de diversas administraciones.

-Auto del Juzgado de 1ª Instancia Nº 7 de Burgos, de 22-9-2.000, firmado por el Ilmo. Sr. Juez D. Luis Antonio Carballera Simón.

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-Escrito de 13 de noviembre de 2.000, firmado por el entonces Alcalde-Presidente, D. Ángel Olivares Ramírez.

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-Escrito del Instituto Nacional de Estadística-Burgos, de 6-2-2.001, firmado por el Delegado Provincial, D. Donato Ibáñez Melero.

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-Escrito del Excmo. Sr. Procurador del Común de Castilla y León, D. Manuel García Álvarez, de 2-5-2.001.

-Escrito de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, firmado por el entonces Alcalde-Presidente, D. Ángel Olivares Ramírez, de 5-6-2.001.

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-Escrito de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, firmado por el Secretario General, D. José Luis Mª González de Miguel, de 26-7-2.001.

Por parte de ese Excmo. Ayuntamiento se informaba que era una dirección ficticia. En un momento se me empadronó, como indigente, en la oficina municipal situada em Gral. Yagüe, 34; posteriormente, sin mi consentimiento, en vivienda de mis padres.

Detrás de esa petición había un tema muy grave, la privación del derecho constitucional de vivienda de una menor no emancipada. Circunstancia que fue indicada en documento judicial que se adjunta, de fecha 19-5-1.994.

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Por documento firmado por la secretaria judicial el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Burgos, de 11-12-2.001, Dª María Rosario de Sebastián Carazo, se indica que en procedimiento judicial no compareció el Ministerio Fiscal, en procedimiento de familia.

Ha habido sentencias en que este padre no ha sido atendido por juez alguno, a pesar que lo indicaban los documentos que se me ponían a la firma.

Es escandaloso que un padre no pueda ofrecer domicilio a su hija, siendo titular de una vivienda. La madre pidió participar en el sorteo de una vivienda pública, y le fue denegado ese derecho por la Junta de Castilla y León.

Pedí ayuda económica a la Junta de Castilla y León para que me facilitaran ayuda para residir con mi hija en un hotel, que me fue denegada. Escrito de la Junta de Castilla y León, firmado el 8-11-2.000, por D. Juan Antonio Santos Palacios, Jefe de Área de Administración.

Ante la información en Diario de Burgos de que ese espacio situado en ese templete ha sido habilitado como un Escape Book, que tiene incluso una cama, según parece, se solicita, al amparo de la ley indicada, me sea facilitada la siguiente documentación e información:

-Expediente por el que se inicia la obra indicada.

-Autorización de la obra realizada y finalidad de la misma.

-Costo de los trabajos realizados.

-Instituciones y personas que puedan utilizarlo.

-Costo de mantenimiento previsto de este lugar durante el año 2.019.

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Como pueden comprender, cuando la política familiar de diversas instituciones públicas, entre las que se pudiera incluir a ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, está en secuestrar a menores no emancipados en casas de acogida y similares, sin que se respeten los derechos de los niños de ser protegidos por su padre, titular del derecho al ejercicio de la PATRIA POTESTAD, o por un juzgado. Cuando se pueda asesorar o recomendar a las madres a denunciar a los padres que libremente escogieron, y expulsarlo del domicilio familiar, aunque no sean condenados, como es mi caso, me creo en el derecho de conocer cómo hace unos años el templete era un domicilio ficticio y ahora tiene una cama, entre otros enseres.

No solo se expulsa a los padres del domicilio familiar, sino a los niños, que todos dicen defender.

Esperando contesten con la debida diligencia a esta legal petición, atentamente,

 

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

PETICIONES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS A LOS CANDIDATOS A LA ALCALDÍA DE BURGOS

Nueve candidatos optan a ser alcalde de Burgos el 26-M

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Desde la Asociación de padres de familias separadas de Burgos hemos hecho llegar alos partidos políticos que se presentan a la alcaldía la siguientes  revindicaciones

1.- Empadronamiento de menores no emancipados.

Cuando se demuestre que alguien empadrona a hijos sin tener la plena capacidad legal, se le sancionaría con una multa y se comunicaría el asunto a FISCALÍA.

Haz clic para acceder a defensor-del-pueblo-empadronamiento-apfs-burgos.pdf

(Resolución del DEFENSOR DEL PUEBLO respecto a actuaciones del Ayuntamiento de Burgos y su Departamento de Estadistica pendiente de respuesta)

2.- Duplicados de tarjetas municipales: autobuses, piscinas, etc. para que los tengan ambos padres separados/divorciados.

https://apfsburgos.com/2017/09/13/solicitud-de-duplicado-de-los-distintos-carnet-o-tarjetas-emitidos-por-el-ayuntamiento-de-burgos-a-menores-no-emancipados-en-caso-que-sus-padres-no-convivan/

(Requerimientos pendientes de contestación al PROCURADOR DEL COMUN por Instalaciones deportivas de este Ayuntamiento pendiente de respuesta)

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3.- Información a los jóvenes que, a partir de los 16 años, pueden solicitar la emancipación judicial, cuando sus padres viven separados

4.- Que en toda información a la mujer, y también a los hombres, en folletos, se indique:

a) La ley permite a las personas casadas dejar de convivir en cualquier momento, sin necesidad de pedir permiso a nadie. Se debe presentar en los 30 días siguientes demanda de nulidad/separación/divorcio.

b) No se decretan separaciones/divorcios en que el juez lo justifique por maltrato alguno.

c) Los jueces deciden a falta de acuerdos, por lo que el Ayuntamiento de Burgos recomienda que lleguen a acuerdos o vayan a mediación familiar.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

PROSTITUCIÓN Y DETENCIONES DE PADRES

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Campaña de sensibilización sobre prostitución y trata en Burgos cuyo objetivo es sensibilizar a diferentes públicos (jóvenes, tejido empresarial, colegio de abogados y ciudadanía burgalesa) sobre la violencia que se ejerce y que sufren las mujeres que están en contextos de prostitución y son víctimas de trata con fines de explotación sexual.

Se preguntarán Uds. por qué estas humildes reflexiones, y hasta alguno dirá que es mezclar dos cosas que no tienen relación entre sí. Sí y no.

El motivo inmediato que provoca esto es la campaña que inicia el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, dirigida a jóvenes que hacen consumo o utilizan la prostitución. Así, como lo oyen. Esto viene en Diario de Burgos, del 13 de mayo de 2.019.

Y lo que llama la atención es que afirman que, en España, hay mujeres que la están ejerciendo contra su voluntad. Que pueda haber algunos casos, sería una desgracia, porque en una sociedad tan amplia y de tanta variedad puede que provoque algunas situaciones que se condenan rotundamente, y que pensamos todos que se persiguen oportunamente.

Que la prostitución se ejerce por motivos económicos, es evidente. Que en unos casos sea consecuencia de desgraciadas situaciones sociales, como son el paro, empleo precario, o que vengan mujeres de otros países y continentes porque allí lo tienen difícil, en lo económico, pues que quieren que les digamos. En otros casos el rendimiento puede ser importante.

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Ahora bien, si, como afirman, ciertos grupos y especialistas, formados por gente internacional, es decir procedente de otros países, que mueven sus argumentos y campañas a lo largo del mundo entero, mejor dicho, del mundo occidental, la trata, especialmente, es de mujeres y niñas, eso es intolerable para los ciudadanos españoles, queremos pensar.

El que alguien pudiera afirmar que esto es muy frecuente en España, sería hacer una muy grave acusación a nuestros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, y no creo que ellos acepten esa presunta afirmación, que nosotros no hacemos.

Parece que tanto laico y anticristiano que abre los brazos a otras religiones y filosofías, cogen el concepto de pecado para condenar una actividad económica, que, oh, milagro, la cuentan los políticos para incrementar el PRODUCTO INTERIOR BRUTO (PIB) y endeudarnos más:

https://www.elmundo.es/economia/2014/06/12/53997ba8268e3e51108b4574.html

“El PIB aumentará hasta 45.000 millones con un nuevo cálculo que incluye prostitución y drogas.”

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Que haya trata abundante en otros países, puede ser, pero en el estado español eso ni es creíble, ni creemos que sea cierto, como hecho habitual.

Y sí. Todo este mundialismo, del problema de la mujer a lo largo de una historia que no hemos vivido, y de los problemas de la mujer en muchas partes del mundo, nutre toda la propaganda y todo el aparato mediático que hace que cuando se detiene a un padre de familia en España, con la sola palabra de una mujer, detrás está toda la demagogia mundialista, que no protege a la mujer que se dedica a la prostitución, y justifica que a Ud., señor padre, por consentimiento y colaboración de una mujer, sea detenido si esa madre le denuncia.

Este tema ya lo tratamos en alguna otra ocasión. Les damos la oportunidad de leerlo de nuevo, si ya lo hicieron entonces, o no lo conocen.

https://apfsburgos.com/tag/prostitucion/

Y si el problema en Burgos es que acuden a la prostitución muchos jóvenes, según parece, a los cuales va dirigida la campaña, es que han creado una sociedad enferma, en que es urgente DEROGAR la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, porque esos chicos, es de temer, han sido educados al amparo de dicha ley. Y hoy, cuando una mujer, con su sola palabra hace que te detengan, no vuelvas a tu domicilio, te obliguen a pagar la hipoteca de una casa que no utilizarás en muchos años, y encima avalada por los padres, y tengan muchos problemas para ver a los hijos, pues quizá eso, que lo ven en casa, hace que huyan de las relaciones con chicas de su edad, porque los chicos no son tontos, y esto es lo que hay, señores. ¿O no es así?.

https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASCOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

AYUNTAMIENTO DE BURGOS: NO SE FIAN DE SU CONCEJALÍA DE LA MUJER NI LOS CEAS, NI LOS SERVICIOS DE SALUD, NI LA POLICÍA.

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ILMO. SR. ALCALDE DE BURGOS

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS

AYUNTAMIENTO DE BURGOS

BURGOS

Para conocimiento de todos los grupos municipales y ciudadanos en general, SACYL y POLICÍA.

ASUNTO: ¿PARA QUÉ QUEREMOS UNA CONCEJALÍA DE LA MUJER QUE NO ATIENDE A LAS MUJERES?. MEJOR UNA CONCEJALÍA DE LA FAMILIA

 

Burgos, 25 de marzo de 2.019

 

Ilmo. Sr.:

Leo en la prensa, y no me lo creo.

Diario de Burgos, de 22 de marzo de 2.019:

La ASOCIACIÓN DE VÍCTIMAS DE AGRESIONES SEXUALES  Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE BURGOS (ADAVA), reconoce que acuden a que las atiendan mujeres, por iniciativa propia, un 33 % de mujeres, y que el resto son derivadas de diferentes centros e instituciones como los CEAS, Centros de Salud o Policía.

No nos lo podemos creer. Un ayuntamiento de una ciudad de casi 180.000 habitantes es incapaz de atender a las mujeres de Burgos, de asesorarlas. Y no se fían ni la Policía, ni los Centros de Salud, ni sus propios CEAS, porque se estima que serán del Ayuntamiento de Burgos. Vamos, que la Concejalía de la Mujer está para hacer carteles, folletos y dar subvenciones…………

Esto es el colmo.

Esto es lo que reconocían hace tres años.

https://www.diariodeburgos.es/noticia/Z78DCEC32-9E85-A867-B1335E8A66539394/20160329/575/mujeres/atendidas/adava/carecia/ingresos

“Un 57,5% de las mujeres que recurrieron en 2015 a la Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales y Violencia Doméstica (Adava) no tenía ingresos de ningún tipo al estar en el paro. Una situación que, según destaca en su memoria del año pasado el colectivo que presta asistencia jurídica y asesoramiento, está teniendo incidencia directa en el problema, porque la dependencia económica con respecto a la pareja «frena las denuncias» y «también la posibilidad de que las mujeres puedan salir del círculo de la violencia».

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Veamos lo que dice ofrecer la Concejalía de la Mujer de ese ayuntamiento:

http://www.aytoburgos.es/servicios-sociales/mujer/instalaciones-y-servicios/concejalia-de-la-mujer

“Concejalía de la Mujer

La Concejalía de la Mujer es un Servicio de Información y Asesoramiento a la Mujer, destinado a facilitar información sobre todas aquellas cuestiones que puedan ser de su interés.

·         Apoyo psicológico a mujeres que han sufrido o sufren malos tratos, acoso sexual, agresión sexual, etc.

·         Asesoramiento jurídico en situaciones de separación, divorcio, etc.

·         Medidas de igualdad de oportunidades que favorezcan la mejora de las condiciones de vida de las mujeres en cualquier ámbito: económico, laboral, social, político,… y que contribuyan a que éstas alcancen una posición más igualitaria con respecto a los hombres.

Se dirige a todas las mujeres que:

·         Deseen conocer sus derechos y ejercerlos.

·         Quieran participar activamente en su comunidad.

·         Sufran cualquier tipo de discriminación o abuso por razón de género, raza,…

·         Tengan interés por conseguir la igualdad de oportunidades entre las mujeres y los hombres.” 

Veamos ahora lo que ofrece esa asociación, que solicita dinero público:

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http://adavasburgos.es/

“Desde nuestra Asociación prestamos una atención integral a todas aquellas personas víctimas de una agresión sexual o de violencia doméstica.

Realizamos campañas y jornadas de prevención y sensibilización. 

Si sufres violencia doméstica o sexual o conoces a alguien que pueda ser objeto de ella, ponte en contacto con nosotras. Te ofrecemos asistencia jurídica y psicológica para protegerte y actuar”.

Una de las tres abogadas, que presentaron el informe este año está implicada, a nivel de asociación, o particular, con la ausencia de contacto entre dos hermanas durante varios meses.

Sólo dos preguntas:

¿Éste es el servicio que dan a las familias y los niños de Burgos?.

Si esta asociación hace el trabajo del Ayuntamiento de Burgos, ¿para qué diablos, si permite la expresión, queremos la Concejalía de la Mujer?.

Se lo diré, Ilmo. Sr. Alcalde de la ciudad de Burgos, para utilizar los aparatos del estado contra una persona como yo, que defiendo la paz social, la mediación familiar, la custodia compartida, y que fui denunciado por la en su día Concejala de la Mujer, Dª Concepción Girón. Pedí al servicio jurídico del ayuntamiento que asesorara a esa señora, pedí mediación judicial, financiada por ese ayuntamiento, que no quiso utilizar dicha responsable pública. El escrito denunciado había sido puesto en conocimiento de los máximos responsables de la Fiscalía de Burgos, y, por su indicación, enviado a un juzgado.

Policías fueron a amedrentar a mi padre, ya fallecido, al domicilio familiar. Hubo un juicio en que en el acta figura que no se me permitió defenderme.

Ilmo. Sr. Alcalde de Burgos, si Ud., personalmente, no pone en claro este asunto, debiera pensar en dedicarse a otras cosas. Los niños de Burgos están en peligro. Se me olvidaba, los niños no votan.

Aquí hay muchas Juanas Rivas, y muchas Paquitas Granados, es decir, mujeres que no curran, y que son asesoradas para denunciar, lo cual da pasta y justifica que esto del estado del bienestar no llega a una parte importante de la población.

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Atentamente,

Jesús Ayala Carcedo.

MUJER DENUNCIANTE ANTE COMUNIDADES Y AYUNTAMIENTOS, ¿SEGURO QUE NO HAY RIESGOS QUE OS OCULTAN?.

AYUNTAMIENTO DE BURGOS

Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades.

BURGOS

 

SECRETARIA DE ESTADO DE IGUALDAD

Alcalá,37                                   28.014 MADRID

 

CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Padre Francisco Suárez, 2       47.006 VALLADOLID

EUROPA PRESS

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ASUNTO: RESPONSABILIDADES Y USO DEL MODELO DE ACREDITACIÓN DE LA SITUACIÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO. GARANTÍAS, NORMAS, CONSECUENCIAS PARA TERCEROS, ETC. ¿ESTÁN SEGURAS LAS MADRES, LOS PADRES Y LOS NIÑOS?. EXIGENCIAS  Y DUDAS DE LOS CIUDADANOS AL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS.

Burgos, 8 de abril de 2.019.

Excmos./Ilmos. Sres.:

Recientemente, por la Conferencia Sectorial de Igualdad, se han acordado los criterios de reparto y objetivos de CIEN MILLONES DE EUROS, destinados a las comunidades autónomas, tal y como establece el Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

http://www.mpr.gob.es/prencom/notas/Paginas/2019/030419-sectorialigualdad.aspx

Asimismo, por parte del Gobierno y comunidades autónomas han aprobado el título habilitante, o acreditación de la situación de violencia de género, adoptado en cumplimiento de lo previsto en el párrafo segundo del artículo 23 de la L.O. 1/2004 de 28 de diciembre de medidas de protección integral frente a la violencia de género, por lo que las futuras titulares ostentarán la condición de víctimas de género, a los efectos de los derechos laborales  y prestaciones de la Seguridad Social regulados en el Capítulo II del Título II de la Ley Orgánica de 28 de diciembre de medidas  de protección integral frente a la violencia de género, y de conformidad con el artículo 23 de dicha ley, que fue modificado por el  Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género.

CUADRO DE REPARTO DE FONDOS (100.000.000,00 MILLONES DE  EUROS)

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Conforme al artículo 21 de dicha ley, se detallan los derechos laborales y de Seguridad Social a los que tendrían derecho, que pueden tener consecuencias para ciudadanos, contribuyentes, pensionistas, cónyuges y menores no emancipados, sujetos al ejercicio compartido de la patria potestad con las futuras titulares de ese documento, así como para empresas, negocios, compañeros de trabajo, entidades financieras, etc., etc.

Todo ello va a exigir una preparación y conocimientos, muy importantes, del personal que firme dichos documentos, para defender, por una parte, los legítimos y respetables intereses de esas mujeres, y a menudo madres, que no sólo pudieran precisar ayuda económica, principalmente, sino otros derechos, como pudiera ser la movilidad geográfica, con las previsibles consecuencias que tienen esas situaciones para los propios intereses personales, no sólo de los niños, sino también de parejas y cónyuges.

En el plano económico, el que una madre tenga derecho legal, mediante ese documento, por ejemplo, a reducción de jornada, suspensión de la relación laboral, o extinción del puesto de trabajo, podría suponer que el padre de los hijos comunes debería aportar mayor contribución económica al mantenimiento de la descendencia común, o incluso que, posteriormente, esa mujer y madre, no encuentre otro trabajo. Y hacerse cargo el padre del pago de hipotecas y deudas comunes. Todo esto en detrimento de los niños.

En efecto, esto es lo que dice el articulo 21, de la citada Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género

“Artículo 21 Derechos laborales y de Seguridad Social

  1. La trabajadora víctima de violencia de género tendrá derecho, en los términos previstos en el Estatuto de los Trabajadores, a la reducción o a la reordenación de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica, al cambio de centro de trabajo, a la suspensión de la relación laboral con reserva de puesto de trabajo y a la extinción del contrato de trabajo.
  2. En los términos previstos en la Ley General de la Seguridad Social, la suspensión y la extinción del contrato de trabajo previstas en el apartado anterior darán lugar a situación legal de desempleo. El tiempo de suspensión se considerará como período de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de Seguridad Social y de desempleo.
  3. Las empresas que formalicen contratos de interinidad para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia de género que hayan suspendido su contrato de trabajo o ejercitado su derecho a la movilidad geográfica o al cambio de centro de trabajo, tendrán derecho a una bonificación del 100 por 100 de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, durante todo el período de suspensión de la trabajadora sustituida o durante seis meses en los supuestos de movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo. Cuando se produzca la reincorporación, ésta se realizará en las mismas condiciones existentes en el momento de la suspensión del contrato de trabajo.
  4. Las ausencias o faltas de puntualidad al trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género se considerarán justificadas, cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o servicios de salud, según proceda, sin perjuicio de que dichas ausencias sean comunicadas por la trabajadora a la empresa a la mayor brevedad.
  5. A las trabajadoras por cuenta propia víctimas de violencia de género que cesen en su actividad para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, se les suspenderá la obligación de cotización durante un período de seis meses, que les serán considerados como de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de Seguridad Social. Asimismo, su situación será considerada como asimilada al alta.

A los efectos de lo previsto en el párrafo anterior, se tomará una base de cotización equivalente al promedio de las bases cotizadas durante los seis meses previos a la suspensión de la obligación de cotizar.”

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Por otra parte, en la información aportada, en la página del Ministerio de la Presidencia, relaciones con las Cortes e Igualdad, Secretaría de Estado e Igualdad, Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, se indica la Relación de Organismos Recursos  Servicios que de acuerdo a lo previsto en el artículo 23 de la LO 1/2004 de 28 de diciembre acreditan la situación de violencia de género, y dentro de los organismos/servicio de acreditación de la comunidad de Castilla y León, respecto al Excmo. Ayuntamiento de Burgos, lo acreditaría el profesional coordinador/a, trabajador/a social de los Centros de Acción Social.

En Burgos, responsabilidad del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, existen varios Centros de Acción Social.

ACREDITACIÓN DE LA  SITUACIÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Éste es el principal requisito de la acreditación de la situación de violencia de género. Salvo que Uds. tengan otro criterio, si un empleado/funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Burgos firma ese documento, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos afirma que hay  situación de violencia de género, y que hay una persona, un hombre, y a menudo padre, que es causante de esa situación, y el motivo que a la mujer se la concedan una serie de ventajas, cuyo control sólo tendría ella. Y, como hemos indicado anteriormente, puede afectar a multitud de legítimos y respetables intereses: de hijos, parejas y cónyuges, empresas, negocios, trabajadores, pensionistas, entidades financieras y otros.

Y a los ciudadanos de Burgos, algunos de los cuales hemos padecido situaciones no correctas, en nuestros legítimos y respetables intereses, no es una cuestión sin importancia que una persona que no nos conoce, que no sabemos quién le autoriza a juzgar situaciones sin que una parte se pueda defender, en base a qué ley, ordenanza o norma, o criterios y experiencia, afirme, y firme, en nombre del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, y acredite que una mujer, que libremente se ha unido a nosotros, y a la cual la legislación la permite dejar posibles convivencias, sin pedir permiso a nadie, y no decretándose en Burgos, ni en España, divorcio alguno por maltrato alguno, sufre una presunta, o real, situación de violencia de género. Y, por lógica, el causante es un vecino y ciudadano de Burgos, bajo el amparo de la Constitución Española. Ahí hay un choque de intereses, a respetar por esos profesionales, con responsabilidad personal, y del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, reclamable en los tribunales u otras instancias.

Sin ese requisito, de sufrir una situación de violencia de género, una mujer, y a menudo madre, no tendría derecho a recibir, sobre todo, las posibles ayudas económicas que se puedan conceder, a cargo de los ciudadanos que pagamos impuestos, y de una Seguridad Social que tiene que endeudarse para pagar pensiones después de muchos años de cotización. Por tanto, habrá mujeres a las cuales se las denegaría ese documento. Y, por cierto, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos debería tener otras instancias dónde acudir o reclamar la denegación de esa acreditación de situación de violencia de género, por parte de la mujer a la que se deniegue la acreditación. Porque, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos no puede, ni debe, dar todas, porque sí, porque es preferible equivocarse, como decía una antigua Consejera de Familia de la Junta de Castilla y León, a dejar a una mujer sin ayudas, cuando lo necesita. Y el ayudar a una mujer porque tiene necesidad económica, sin que se declare violencia de género, no da lugar a esos beneficios.

No hay situaciones de violencia de género, sin que la mujer señale a un culpable.  ¿O no es así?.

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REQUISITOS DE LAS PERSONAS QUE ACREDITAN LA VIOLENCIA DE GÉNERO. IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS QUE FIRMEN LOS DOCUMENTOS

Los ciudadanos de Burgos tenemos derecho a conocer, primero, los nombres de las personas que puedan firmar esos documentos, en que se afirma que hay una situación de violencia de género, de la cual, nosotros seríamos los causantes.

Tenemos derecho a saber sus capacidades profesionales: titulación, colegiación, si ha sido puesto a dedo, o ha superado una oposición, si tiene plaza fija, o está provisionalmente.

Esos trabajadores públicos deben dar la cara ante los ciudadanos. No son miembros de un tribunal de la Inquisición. Somos una ciudad de hombres y mujeres libres.

Y hay muchas dudas razonables de que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos venga atendiendo bien a las mujeres, cuando, recientemente, la ASOCIACIÓN DE ASISTENCIA A VÍCTIMAS DE AGRESIONES Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE BURGOS (ADAVA), el pasado mes de marzo, informaba a la población de que esos CENTROS DE ACCIÓN SOCIAL (CEAS) les enviaban mujeres. Y, lo que es más grave, centros de Salud o Policía enviaban a mujeres a esa asociación, y no a los servicios del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, circunstancias de las que ya se hizo la oportuna queja, por escrito, con fecha 25 de marzo de 2.019.

RESPONSABILIDADES PECUNIARIAS, PROFESIONALES Y PENALES, ANTE POSIBLES RECLAMACIONES A ESAS PERSONAS QUE FIRMEN LOS DOCUMENTOS, Y AL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS, Y DEFENSA LEGAL DE LOS TRABAJADORES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS

Obviamente, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos debe responder de esos documentos, ante posibles reclamaciones. Por ello, se debe dar a esas personas apoyo legal ante posibles reclamaciones. Debe haber pólizas de seguro ante reclamaciones dinerarias, por parte de los propios trabajadores del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, colegios profesionales, porque es de pensar que estén colegiados estos profesionales.

Nadie dude que esos documentos pueden, y deben tener, consecuencias civiles, penales y profesionales, en caso de que así se acuerde.

Por cierto, solicité, en su día, al Excmo. Ayuntamiento de Burgos que asesorara a la Concejala de la Mujer, en una denuncia que puso a este ciudadano, y, salvo error, no lo hizo. Era Dª María Concepción Girón González.

PADRES Y MADRES EN EL EJERCICIO CONJUNTO DE LA PATRIA POTESTAD DE HIJOS COMUNES MENORES NO EMANCIPADOS

Nos causa inquietud y zozobra que, con las informaciones que se pueda dar a una madre, deje su trabajo, reduzca su jornada de trabajo, cierre un negocio……Hay una obligación de aportar dinero para los hijos, o los trabajadores del Excmo. Ayuntamiento de Burgos quieren que sólo lo aporte el padre. Hay hipotecas y préstamos, a menudo….O es que las mujeres de Burgos dejan esas problemillas a los padres.

Y, además, un empleado/funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en nombre del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, autoriza a una madre a la movilidad geográfica, y, claro, la dirán, dónde va la madre van los hijos. ¿Eso es así?., O la dirán, pero los hijos se deben quedar con el padre. Tema preocupante. ¿De veras están capacitados los empleados/funcionarios del Excmo. Ayuntamiento de Burgos a dar ese poder, o esa reflexión, o consejo, a una mujer y madre?. Y los padres debemos decir amén……..

¿Con ese documento van a empadronar en Burgos a niños que vengan de Barcelona, Bilbao o Canarias?. Sujetos bajo la tutela y garantía de la patria potestad compartida. ¿Van a decir a las madres de Burgos que se pueden ir a Canarias o Mallorca con los niños y que luego lo autoriza el juez?. ¿Vale ese documento para llevar a niños a una casa de acogida?.

LA MADRE DICE QUE SE CORRE PELIGRO EN CASA, Y HAY NIÑOS, ENTONCES EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS LO PONE EN CONOCIMIENO DE LA FISCALÍA.

Eso es lo que ha dicho el Excmo. Ayuntamiento de Burgos al Excmo. Procurador del Común de Castilla y León, en el expediente nº 20180508. Se adjunta copia del escrito de fecha 20 de marzo de 2.019.

Están vendiendo a las mujeres que con este documento se reciba ayuda sin denunciar, pues si lo comunican al Ministerio Fiscal, aunque no quieran….juicio, en el cual el hombre y padre se puede defender, y quizá lo que cuentan a los empleados/funcionarios del Excmo. Ayuntamiento de Burgos parece que no se lo cree el juez, en ciertos casos, y, sobre todo, sin aportar pruebas. Y entonces…. ¿Tendría que devolver el dinero recibido.?

AYUDAS PÚBLICAS POR ACREDITACIÓN DE SITUACIÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO CUANDO SE ESTÁ EN UNA SOCIEDAD DE GANANCIALES

Les dejo a Uds. resolver esta cuestión.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR, ARCHIVO, CONFIDENCIALIDAD Y CUSTODIA, ACCESO AL EXPEDIENTE.

¿Garantizan Uds. a una mujer de Burgos que todo lo que diga es secreto, que no tiene derecho el denunciado a saber lo que se dice de él, como pareja o cónyuge, o en beneficio de los hijos?. Porque, claro, todo lo que dice se plasmará en documentos. ¿O sólo van a escuchar y firmar?.

Habrá que aportar documentos: D.N.I., N.I.F., pasaporte, permiso de residencia, libro de familia, separación de bienes, certificados de empadronamiento, nóminas, documentos de bienes, del coche, declaración de la renta…o autorizar que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos indague en registros, etc. Hipotecas, créditos y préstamos varios, datos del negocio, empleados que hay, cifra de beneficios………

¿Un padre, en beneficio de sus hijos, y al amparo del ejercicio que tiene de la patria potestad, puede acceder a ese expediente, pedirlo judicialmente…..?.

PROTOCOLOS, GUÍAS, NORMAS, AUTORIZACIÓN DE COMPETENCIAS, CONTROL E INSPECCIÓN POR LOS GRUPOS POLÍTICOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS.

¿Se va a dar un poder sin más, a modestos empleados/funcionarios, en que hay que entender de psicología, de economía, de derechos, de derechos de los niños, derecho civil, penal, administrativo en temas de muchísimo calado?. Y dar certezas y derechos a las mujeres…..¿Y asumir grandes responsabilidades y riesgos?. ¿No será un oficio peligroso….?.

Dejamos en el tintero muchos otros aspectos de este delicado tema, pero todos Uds. quedan informados de las dudas, peligros y responsabilidades de quien autorice, aconseje, pida y reciba cuando a los padres no se nos deja defendernos, y tenemos responsabilidades legales hacia los hijos menores no emancipados, que compartimos. Recordando que fueron concebidos con el consentimiento de esas madres que se puedan a acercar a Uds. Y los grupos políticos del Excmo. Ayuntamiento de Burgos deben vigilar que todo esto se haga con seriedad y no se cause daño alguno a padres inocentes y menores no emancipados.

Conferena de la secretaria de Estado de Igualdad

Atentamente,

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

MUJER DENUNCIANTE ANTE COMUNIDADES Y AYUNTAMIENTOS, ¿SEGURO QUE NO HAY RIESGOS QUE OS OCULTAN?.

RE: MUJER DENUNCIANTE ANTE COMUNIDADES Y AYUNTAMIENTOS, ¿SEGURO QUE NO HAY RIESGOS QUE OS OCULTAN?.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO Y EL EMPADRONAMIENTO DE MENORES NO EMANCIPADOS QUE NO CONVIVEN CON AMBOS PADRES

EL DEFENSOR PIDE REFORZAR LA PROTECCIÓN DE LOS MENORES CUANDO SON EMPADRONADOS POR UN SOLO PROGENITOR

https://www.defensordelpueblo.es/noticias/menores-empadronados-solo-progenitor/

 

El Defensor del Pueblo, en funciones, acaba de informar a la opinión pública que ha solicitado, de oficio, que se unifiquen los criterios de empadronamiento en estos casos, al Presidente del Consejo de Empadronamiento del Instituto Nacional de Estadística.

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https://www.europapress.es/sociedad/noticia-defensor-pueblo-pide-ine-aclare-unifique-criterios-empadronar-hijos-padres-separados-20190313135659.html

https://www.elconfidencial.com/ultima-hora-en-vivo/2019-03-13/el-defensor-pide-aclarar-criterios-de-empadronamiento-de-hijos-de-divorciados_2056450/

Detrás de esta nueva gestión del Defensor del Pueblo está la labor de recogida de datos realizada por miembros de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS, así como diversa información sobre este tema, conforme al escrito que se le dirigió en su día, marzo de 2.018, expediente Nº 18000080.

https://apfsburgos.com/tag/declaracion-responsable-inscripcion-de-menores-empadronamiento/

Adjunto tienen a su disposición el escrito enviado, y el escrito recibido.

Defensor del pueblo empadronamiento apfs burgos.pdf

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Una vez más, damos las gracias al Defensor del Pueblo, Excmo. Sr D. Francisco Fernández Marugán, por su interés por los derechos personales de los niños en España.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-Burgos.

 

Excmo. Sr. DEFENSOR DEL PUEBLO

Paseo de Eduardo Dato, 31

28.010 MADRID

 

Asunto: Nº EXPEDIENTE: 18000080, EMPADRONAMIENTO DE MENORES NO EMANCIPADOS, Y EL USO DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE

 

Burgos, 22 de marzo de 2.018

Excmo. Sr.:

En contestación a su escrito de fecha 7 de marzo de 2.018, en relación al uso de “declaraciones responsables”, para el empadronamiento de menores no emancipados, de padres separados/divorciados, es decir, que no conviven con ambos padres,  por parte de uno de los progenitores, adjunto le enviamos abundante información sobre este tema.

En primer lugar, procede matizar que el presunto menoscabo de los derechos del progenitor no custodio de los menores no emancipados, cuyos padres no conviven. En efecto, se estima en el interés superior del menor que dichos empadronamientos debieran ser consensuados entre ambos progenitores, porque si el empadronamiento se produce por cambio de domicilio en municipios muy alejados, como pudieran ser Bilbao y Las Palmas de Gran Canaria, o de Burgos a Palma, en Islas Baleares, al final se va a producir un procedimiento judicial de modificación de medidas, como mínimo. Y eso no es bueno para el menor no emancipado. Crea muchos problemas.

Por otra parte, el menos en Burgos, por la documentación que se les envía, el Juzgado de Familia, en declaraciones de su titular, no está dando rápidas decisiones judiciales que pudieran estudiar el interés superior del menor y decidir judicialmente, la posible controversia entre padres, en el caso de que no estuvieran de acuerdo con el cambio del domicilio del menor, o no informara el padre que tiene la guardia y custodia al otro progenitor, o no le pidiera su consentimiento, si compartiera la patria potestad.

LOS JUZGADOS DE LA CIUDAD DE BURGOS ESTIMAN QUE LOS CAMBIOS DE DOMICILIO DEBEN SER DE ACUERDO CON AMBOS PROGENITORES, SI COMPARTEN LA PATRIA POTESTAD

Y sobre ello nada mejor que enviarles copia de lo que han dictaminado los dos juzgados que pueden tomar decisiones sobre menores no emancipados en la ciudad de Burgos. Y referido a un niño de tres añitos, cuyo destinado ha pasado por los dos juzgados.

Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 7 (Con competencia de Familia) hubo auto en marzo de 2.017, en que se indica:

“Siendo la patria potestad compartida  por ambos progenitores, que se ejercitará siempre en beneficio e interés superior del menor.”    (Documento Nº 1).

Sobre este tema, qué mejor que   saber lo que piensa el titular de dicho juzgado, Ilmo. Sr. D. Roberto Pérez Gallego, por su ponencia sobre el tema, en las VI JORNADAS DE DERECHO DE FAMILIA BURGOS 2.018, con el título: JURISDICCIÓN VOLUNTARIA EN MATERIAS DE FAMILIA. EXPEDIENTES DE INTERVENCIÓN JUDICIAL EN MATERIA DE PATRIA POTESTAD-ESPECIAL CONSIDERACIÓN DEL CAMBIO DE RESIDENCIA DE LOS PROGENITORES. (Documento Nº 2).

Roberto Perez Gallego AEAFA REDACCION PONENCIA BURGOS ENERO 2018.pdf 

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En su ponencia, apartado 2.2, sí que indica:

a)                 Como decisión jurídica propia del contenido esencial de la patria potestad. Delimitación entre actos de ejercicio ordinario y extraordinario

Y, manifiesta, que dentro de los actos de ejercicio extraordinario de PATRIA POTESTAD que corresponde a ambos progenitores está:

“La elección del lugar de residencia del menor y la de traslado de domicilio del mismo.”

Animamos que lean esta interesante, e importante, ponencia.

Declaraciones del mismo en Diario de Burgos, de fecha 27 de enero de 2.018. (Documento Nº 3).

Independientemente de que habla de la necesidad o conveniencia de un segundo Juzgado de Familia, sí reconoce que la posible respuesta judicial es lenta, en un juzgado sobrecargado, por lo que se suelen hacer los cambios sin buscar una decisión judicial. Por lo que, estimamos, que el presunto interés del menor lo decide la persona que realiza el empadronamiento. Incluso pudiera haber casos en que no haya ninguna decisión judicial que indique quién pudiera tener la guarda y custodia de los menores no emancipados.

Por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer Nº 1 de Burgos se dictó sentencia en julio de 2.017, y, conforme el Documento Nº 4,  se indica, sin ningún género de dudas, que “ambos padres participarán en las decisiones que con respecto a los hijos tomen en el futuro, entre ellas, cambio de domicilio y salida del territorio nacional….”.

Pues bien, sobre el menor no emancipado, cuando estaba vigente la última sentencia, la madre cambió de domicilio al menor no emancipado, de tres años, dentro de Burgos, sin comunicarlo y pedir el acuerdo del padre, firmando sólo la “declaración responsable”, en el Ayuntamiento de Burgos, sin que se la pidiera documento alguno. El funcionario nos indicó que si un padre viene y firma ese documento, le empadronan. Es decir, el Ayuntamiento de Burgos, está haciendo eso. Luego se mencionará algo más sobre este tema.

DOCUMENTACIÓN RECIBIDA DE DIVERSOS AYUNTAMIENTOS

 

Hemos distribuido los correos electrónicos recibidos en varios apartados:

–          AYUNTAMIENTOS QUE CREEN QUE LOS NIÑOS SE EMPADRONAN CON LA MADRE. (Documentos Nº 5).

–          AYUNTAMIENTOS QUE NO DEFINEN SU CRITERIO DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE. (Documentos Nº 6).

–          AYUNTAMIENTOS QUE UTILIZAN LA DECLARACIÓN RESPONSABLE CON MUCHA FACILIDAD. (Documentos Nº 7).

–          AYUNTAMIENTOS QUE NO DEFINEN SU IMPLICACIÓN EN EL USO DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE. (Documentos Nº 8).

Por todo ello pueden ver la disparidad de criterios y de comprensión de la normativa actual, que es lo que pedían Uds.

DOCUMENTACIÓN QUE NOS HA FACILITADO EL DELEGADO DE LA ASOCIACIÓN DE PADRE DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.FS.-BURGOS

Escrito del Ilmo. Sr. Subdelegado del Gobierno en Burgos, de fecha 19-9-2.017, en que se habla de un caso concreto, y, al final del mismo, manifiesta lo que dice la normativa, que el que tiene la guarda y custodia empadrona al menor no emancipado, y que las reclamaciones al propio Ayuntamiento de Burgos. (Documento Nº 9).

Escrito del Ilmo. Sr. Delegado Provincial del INE en Burgos, de fecha 29-8-2.017, en que indica que las responsabilidades de formación, actuación, revisión y custodia del padrón corresponde al Ayuntamiento, y que en consecuencia es competencia de los Ayuntamientos cualquier tema relacionado con los empadronamientos. (Documento Nº 10).

Por último, nos indica el delegado de la A.P.F.S.-BURGOS, Jesús Ayala Carcedo, que, en diciembre último, fue contactado con funcionaria del Ayuntamiento de Burgos, para comunicarle que, por presiones de la Concejalía de la Mujer de dicho ayuntamiento, y para facilitar los empadronamientos de mujeres que aleguen malos tratos, iban a modificar la “declaración responsable”. Entre otras informaciones, manifestó que los empadronamientos pueden ser provisionales, durante un periodo de tres meses (tal como lo recoge la normativa de 2.015), por lo que se podría utilizar dicho plazo para que las personas que deseen empadronar a los menores no emancipados podrían buscar u obtener los documentos que acrediten su capacidad de hacerlo.

Les adjuntamos copia del impreso que manifestaron se va a utilizar, y que no iban a poner en su página web, la del Ayuntamiento de Burgos. (Documento Nº 11).

Como pueden comprobar, una cuarta parte del mismo está dedicada a ese tema, presuntos maltratos. En una segunda charla participé yo.

Tengan en cuenta que es de temer que cualquier madre que alegue malos tratos, y quiera empadronar a menores no emancipados, bien dentro de Burgos o viniendo de fuera, es de temer que con la sola firma de la declaración responsable empadrona a los hijos, sin decisión judicial, ni, por supuesto, autorización, ni conocimiento, del padre. Cambios de ciudad, dentro de la red que hay para estos casos. U otros, con alegar maltratos, es de suponer que todo son facilidades, y la documentación brillará por su ausencia. Ni autorización del otro progenitor, ni de juzgado alguno. Ni menos pedirle permiso o informarle.

CONCLUSIONES FINALES, Y SUGERENCIAS QUE SE PROPONEN

 

Conforme la Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal, y en relación con el apartado 2.2 Documentación acreditativa de la representación, se habla de:

“No obstante, en los supuestos de separación o divorcio, en virtud de lo establecido por el artículo 156 del Código Civil, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva por lo que, conforme a lo previsto, asimismo, en el artículo 54.2 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, las inscripciones en el Padrón, o modificaciones de sus datos, se instarán en exclusiva por el progenitor que ostente la guarda y custodia, lo que se deberá acreditar mediante copia de la correspondiente resolución judicial.”

 

Por la información recibida estimamos que no se suele comprobar que la posible documentación judicial sea la última, y que está en vigor, en el caso de que se aporte por la persona que va a empadronar al menor o menores no emancipados.

 

Nos encontramos con la gravedad de que los jueces de la ciudad de Burgos son del criterio de que los cambios de domicilio deben ser compartidos por ambos progenitores que compartan la PATRIA POTESTAD, conforme a sus decisiones judiciales. Y se sugiere que no puede haber norma que no ampare lo que dictaminan los tribunales, por lo que sugerimos que insten la modificación de las normas que privan de eficacia las decisiones judiciales de los jueces de la ciudad de Burgos.

También se sugiere que la “declaración responsable” se utilice si al cabo de tres meses no se ha obtenido la documentación que se requiere. No sólo hay que considerar la “obligación” de los ayuntamientos de empadronar, sino también la obligación del que quiere empadronar de presentar documentación.

Por otra parte, sugerimos la posibilidad de que se modificara, o mejorara, la estructura de las “declaraciones responsables·. Y se propone o sugiere, que se indague en la misma sobre la situación del menor no emancipado en relación a sus dos padres, aparte de lo que habitualmente suele venir. Esa decir, añadir más datos identificativos del menor respecto a los dos progenitores:

–          El menor no emancipado   convive con ambos progenitores.

–          El menor no emancipado NO convive con ambos progenitores.

–          El otro progenitor SI sabe que se va a cambiar el empadronamiento del menor no emancipado

–          El otro progenitor NO sabe que se va a cambiar el empadronamiento del menor no emancipado.

–          En el caso de NO convivir con ambos progenitores, a falta de autorización del otro progenitor, tengo sentencia o decisión judicial que me autoriza al empadronamiento.

La realidad es que la “declaración responsable” es un documento que descarga de cualquier responsabilidad a los ayuntamientos.

Por ello, al menos, en dicho documento, se debiera indicar la posible multa por falsedad en documentos.

De la misma manera, de dicho documento firmado se debiera dar copia a la persona que lo presenta y firma, con el sello de admisión, para que tenga en todo momento noción de las posibles responsabilidades que asume, con la indicación de que dicho documento estará a disposición del otro progenitor, que ostente la patria potestad.

Asimismo, dicho documento debe estar a disposición del otro progenitor, si lo solicitara, demostrando que es titular de la patria potestad, para “exigir” las responsabilidades que estime oportunas, en nombre del interés superior del menor. Al cual se le daría copia.

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Y, por último, adjuntamos copia de escrito de Jesús Ayala Carcedo, al Ayuntamiento de Burgos (Documento nº 12), donde se habla de posibles multas por datos incorrectos. Se nos comunicó por parte de personal del Ayuntamiento de Burgos que ese escrito no se va a contestar. Nos debemos preguntar para qué se indican posibles acciones administrativas, si ante una falsedad de datos el propio ayuntamiento, por lo menos, no pone una multa.

En espera, que después de atento estudio de este tema, nos contesten con lo que proceda, un cordial saludo y muchas gracia

BURGOS: EN QUÉ GASTA EL DINERO EL AYUNTAMIENTO, Y EN QUÉ NO LO GASTA: 3.630,00€ POR EL «PERFORMANCE» DEL DESCANSO CLUB BALONCESTO SAN PABLO BURGOS.

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Hemos solicitado al Ayuntamiento de Burgos el dinerillo que habrán gastado para celebrar el 25 de noviembre de este año. Nos han enviado relación de diversos gastos, siguiendo la demagogia que es habitual.

Actividades 25 de noviembre, Día Internacional contra la Violencia de Género

Es a Uds. el considerarlo correcto o no.
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Nosotros, cabezones, seguimos con la idea de que no puede haber mujeres que denuncien maltratos habituales, por parte de la pareja o cónyuge que libremente han escogido, porque ninguna, y ninguno, debe decir, afirmar, manifestar, etc., que no lo sabe. Y es lo siguiente:
Primero.- Desde el año 1.981 no hace falta justificar el abandonar la convivencia, habiendo vínculo matrimonial.
Segundo.- Desde el año 2.005, a partir del tercer año de haber contraído matrimonio, no hace falta justificar el divorcio. Y no se decreta ninguno por malos tratos.
Tercero.- Desde ese mismo año, pueden contraer matrimonio personas del mismo sexo.
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Mis preguntas:
Primero.- Cuánto dinero viene gastando o folletos tiene el Ayuntamiento de Burgos para que nadie alegue malos tratos habituales.
Segundo.- Por qué sólo se ayuda a la mujer si habla mal del hombre que libremente escogió.
Tercero.- ¿Alguna mujer admitiría pegas o prohibiciones para impedirles inscribir su relación de pareja o matrimonio?.
Entonces…….Uds. mismos.
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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

AYUNTAMIENTO DE BURGOS: PETICIÓN DE QUE NO ASUMA COSTOS QUE DEBE PAGAR LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON.

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EXCMO. SR. ALCALDE DE BURGOS
BURGOS
Copia para los grupos políticos.
ASUNTO: FINALIZACIÓN DE LA CESIÓN A TÍTULO GRATUITO DE VIVIENDAS A APROME, PARA EL PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR,CUYOS GASTOS DEBIERA ASUMIR LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, Y NO LOS CIUDADANOS DE BURGOS.
Burgos, 26 de noviembre de 2.018
Muy Sres. nuestros:
Por parte de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos hay una cesión de viviendas, para Punto de Encuentro Familiar, sito en calle Roa, 7 de Burgos.
Según escrito que dirigieron a compañero de esta asociación, con fecha 23 de febrero de 2.018, firmado por Dª Gema Conde Martínez, manifiestan que, conforme al decreto 11/2010, de 4 de marzo, por el que se regulan los Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León y su autorización de funcionamiento, es un servicio de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León, a la que corresponde la dirección técnica de la misma. Como se indica en la Ley 1/2007, artículo 20.1.
Sin embargo, en ese decreto, en su artículo 3.3, se manifiesta que la Administración de la Comunidad, a través de la Consejería que tenga encomendada las competencias en materia de familia, contribuirá a mantener la Red de Puntos de Encuentro Familiar.
En dicho decreto, salvo error, no se indica que dicha asociación tenga que ser ayudada por otras administraciones.
Y es en el interés superior de esta ciudad de Burgos, cuyos intereses económicos deben vigilar Uds., por lo que se pide que dicha cesión de las viviendas tengan una compensación económica a favor de las finanzas municipales, que tan endeudada está.
Nos encontramos con una asociación cuyo nombre es ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL MENOR EN LOS PROCESOS DE SEPARACIÓN DE SUS PROGENITORES (APROME).
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Como indica la Junta de Castilla y León, en su acuerdo de 7 de junio de 2.018, por el que concede una importante subvención a esta asociación, esta asociación se dedica a gestionar los Puntos de Encuentro Familiar de Castilla y León. Salvo mejor información, no es una asociación que, con sus socios, atienden los puntos de encuentro, sino que gestionan grandes cantidades de dinero, en varias autonomías, y se dedican a pedir ayudas, de todo tipo y condición, en concreto, a ayuntamientos y diputaciones de Castilla y León.
Como bien señala la Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, de Castilla y León, Dª Alicia García Rodríguez, en su orden de dicha consejería, de fecha 20 de marzo de 2.018, en que deniega el acceso a la memoria económica de esta asociación, justificativa del coste de las actividades que realiza, se justifica porque puede suponer un perjuicio a los intereses económicos y comerciales de la entidad.
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Por tanto, es de temer que esta asociación, a pesar de que se declara sin ánimo de lucro, obtenga beneficios, pues parece poco probable que sus socios aportaran cuotas o donaciones para cubrir posibles pérdidas en el ejercicio de su actividad gestora. Concretando, los socios no llevan el día a día de los Puntos de Encuentro Familiar, manejando mucho dinero, en varias autonomías.
Por otra parte, nos encontramos con que su propia denominación:ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL MENOR EN LOS PROCESOS DE SEPARACIÓN DE SUS PROGENITORES (APROME), parece asumir competencias judiciales, policiales y de diversas administraciones, como pudiera ser ese propio Ayuntamiento de Burgos.
Nos encontramos, por tanto, con una publicidad engañosa. Por un lado, con su nombre parece que el mundo de los niños estaría en peligro si esta asociación no existiera, y, por otra parte, a pesar de que se manifiesta sin ánimo de lucro, es previsible que obtenga beneficios, añadido a que sus socios son gestores de fondos públicos de un servicio que pudiera llevarse por personal de la Junta de Castilla y León, o de cualquier persona, física o jurídica, que gestionara dichos servicios con un respetable ánimo de lucro.
Por tanto, se nos está vendiendo a los ciudadanos burgaleses unos servicios que pudieran incumplir la normativa de publicidad, de sus actividades.
En efecto, no todos los niños en procesos de separación/divorcio de sus padres están protegidos, o atendidos por los Puntos de Encuentro Familiar. En concreto, según información reciente en la prensa de Burgos, se habla de que antes de que el Juzgado de Familia conceda medidas provisionales, se tarda unos seis meses. Es decir, hay niños cuyos padres pueden estar en conflictos que carecen de medidas civiles, que pudieran derivar las visitas a los puntos de encuentro.
Esto está provocando que haya situaciones familiares, que, desgraciadamente, y no siendo necesario denunciar para separarse/divorciarse, se derivan a denuncias y al Juzgado de Violencia de la Mujer, en que, en ciertos casos, no se utilizan todos los medios legales por parte de alguna madre, para que los menores no emancipados tengan aseguradas las visitas al padre, siendo su derecho legal relacionarse, en igualdad, con ambos padres, y que no protegen los Puntos de Encuentro Familiar en concreto, y, desgraciadamente, por una incompleta o deficiente regulación normativa.
Por todo ello, consideramos que se está vendiendo con su nombre un servicio que no se da: proteger a TODOS los menores en procesos de separación de sus progenitores. Como se legisla en la Ley de Publicidad, en su artículo 3.a), su propio nombre atenta contra menores no emancipados que no tengan derecho a ser atendidos, conforme se indica en el artículo 14 de la Constitución Española.
Conforme al artículo 18.1 de la citada Constitución Española, enviados por juzgados de violencia sobre la mujer, se atiende a hijos de padres que tienen derecho a la presunción de inocencia, y pudieran ser considerados por la población como maltratadores, cuando aún no han sido juzgados, y, a menudo, salen absueltos. Y, como reconoce el artículo 20.4 de la Constitución Española, las libertades que pudieran estar ejerciendo algunas madres, sobre los padres que libremente eligieron para sus hijos, pudiera atentar contra la información veraz a la que tenemos derecho los ciudadanos de Burgos, y los propios menores no emancipados que atiende APROME. Incluso, este medio social, en algunos casos, pudiera ayudar a una ALIENACIÓN PARENTAL. Por su uso, en unos casos, y por no acceder al mismo otros menores no emancipados, en otros casos.
A pesar de lo que antecede, en modo alguno procede valorar la actuación de los profesionales contratados por APROME, que, obviamente, no son socios de esa asociación, sino que nos encontramos con una asociación que recibe diversas compensaciones económicas, en dinero o especie, que aunque se manifiesta sin ánimo de lucro, ni pone dinero, ni pone socios para defender sus fines, y sí generar presuntos beneficios, que son ocultados a la sociedad, si es el caso. Ejerce una actividad económica.
Y aquí lo que se pide es que los pisos de la ciudad de Burgos generen fondos para atender las necesidades de los ciudadanos de Burgos, y que sea la Junta de Castilla y León la que dé las ayudas, subvenciones, o los contratos comerciales que proceda, al ser la entidad pública que tiene atribuida la competencia de este servicio. Además, serviría para controlar todo lo que recibe de recursos públicos esta asociación, que tememos que, al recibirlo de diversas administraciones públicas, nadie se preocupa de controlar.
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Por ello, en el nombre del interés superior de los ciudadanos de la ciudad de Burgos, sobre todo de los que pagamos diversos impuestos, que cobre el Ayuntamiento de Burgos un alquiler a esta asociación que gestiona un servicio cuya competencia compete a la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, y se ingrese en las cuentas del Excmo. Ayuntamiento de Burgos. Y, si procede, ese gasto lo soliciten a la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, o lo cubran los socios de esta asociación con sus cuotas, o lo hagan a cargo de su posible capital, que pudieran haber acumulado en los más de veinte años que vienen recibiendo subvenciones y ayudas de administraciones públicas de esta Comunidad de Castilla y León.
Se espera atiendan con la debida diligencia esta petición, y se ruega contestación a este escrito.
Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
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