
EXCMA. SRA. Dª CARMEN CALVO POYATO
VICEPRESIDENTA PRIMERA DEL GOBIERNO DE ESPAÑA
MINISTRA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Complejo de la Moncloa – Avda. Puerta de Hierro, s/n. 28.071 MADRID
ASUNTO: DERECHO DE PETICIÓN-LIMITACIONES A CIERTOS INDULTOS PEDIDOS POR MUJERES Y MADRES CONDENADAS A PRISIÓN POR INCUMPLIR ÓRDENES JUDICIALES DE ENTREGA DE MENORES NO EMANCIPADOS. REQUISITO PREVIO, ENTRAR EN PRISIÓN
Burgos, 24 de febrero de 2.021
Excma. Sra.:
Me dirijo a V. E. en virtud de la normativa actual del derecho de petición, que se contempla en la Constitución Española.
Y me dirijo a V. E. para pedir la igualdad ante la ley en determinados casos de petición de indulto, para que se aplique lo mismo que se me ha aplicado a mí: NO SUSPENSIÓN DE LA CONDENA. Por lo que pido la igualdad ante la ley que contempla la Constitución Española.
Como V. E. sabe, en este momento, está despenalizado el incumplimiento de las disposiciones judiciales que deberían garantizar el derecho de los menores no emancipados de relacionarse con ambos padres. Y hay casos escandalosos en que madres han incumplido esas decisiones judiciales, y, únicamente, cuando desobedecen órdenes judiciales expresas son condenadas por desobediencia judicial a penas de prisión. La población tiene en la memoria colectiva dos casos escandalosos: Dª JUANA RIVAS y Dª MARÍA SALMERÓN.
Por no extenderme en mi caso, manifiesto que por parte de dos responsables públicas: Dª MARÍA DE LA CONCEPCIÓN GIRÓN GONZÁLEZ, entonces Concejala de la Mujer del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, y Dª MARÍA PURIFICACIÓN ARCE VILLANUEVA, entonces Jefa del Servicio contra la Violencia sobre la Mujer, de la Subdelegación del Gobierno en Burgos, me denunciaron ante la Policía Nacional. En juicio correspondiente, debidamente asesoradas por abogado, exigieron que fuera condenado al pago de una multa.
Adjunto de envía copia del auto nº 000050/2010, de fecha ocho de marzo de dos mil diez. En el mismo se indica que debo pagar dos multas, en que se habla de que, como responsabilidad personal subsidiaria, se me podría condenar a un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
En ejecutoria de dicho juzgado, nº 000050/2010, de fecha veinticinco de marzo de dos mil diez, cuya copia se adjunta, se habla, primero: de una solicitud de propuesta de indulto, segundo, se habla de la suspensión de la condena, y, tercero, QUE CONTINÚE LA TRAMITACIÓN DE LA EJECUCIÓN.
Independientemente, que posteriormente, renuncié a la petición del indulto, por las causas que fueran, los hechos son los siguientes:
-Podría haber sufrido la privación de mi libertad.
-Pedido el indulto, no se me permitió aplazar el cumplimiento de la pena.

Por todo ello, exijo que las mujeres y madres, que hayan sido condenadas, en firme, a penas de prisión, por no entrega de menores no emancipados a su padre, en incumplimiento de sentencia judicial, y que pretendan solicitar el indulto, no sean admitidas a trámite sin que entren en prisión, salvo que las presenten cumpliendo la pena de prisión. Es decir, pueden pedir el indulto una vez hayan ingresado en prisión, y estén, por lo menos, VEINTE DÍAS, como pedían estas responsables públicas para mí, en el caso de no satisfacer la multa.
Por lo tanto, en base a la legislación actual, además, pido a V. E.:
– Admita esta petición, y se me comunique su admisión.
– Una vez admitida, facilite una copia del expediente a todos los miembros del Consejo de Ministros.
– Sea estudiada en Consejo de Ministros, para que pueda ser admitida o rechazada esta petición.
– Plazo de su posible aplicación: la actual legislatura.
– Comunique públicamente la decisión del Consejo de Ministros, así como a mí.
– Mientras no se decida esta petición, no deberá ser tramitada ninguna petición de mujeres y madres condenadas a prisión por incumplimiento de órdenes judiciales concretas de entrega de menores no menores no emancipados, como han sido los casos de Dª Juana Rivas y Dª María Salmerón, salvo que hayan cumplido VEINTE DÍAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD.
En espera de su contestación, atentamente,

JESÚS AYALA CARCEDO.