Juana Rivas abona la indemnización de 11.000 € a su Francesco Arcuri

Trabaja? Paga la pensión de sus hijos? y los viajes a Italia quien se los financia?

Quien paga los abogados?, cuyo coste no será pequeño recurrir al supremo y presentar una solicitud de indulto no es barato?

«ha informado de que el dinero, cuyo ingreso se formalizó el lunes, se «ha obtenido en gran parte gracias a pequeñas donaciones de numerosas personas» a través de la campaña de apoyo articulada en los últimos meses»

Recibe dinero negro? en ese caso hacienda debe investigar.?

Se utilizan las subvenciones estatales a los chiringuitos para sufragar causas mediáticas del feminismo?

Pedro Sanchez e Irene Montero la apoyan además de en los medios jurídica y económicamente?

Muchos recursos financieros parece que dispone la madre de Maracena condenada por sustracción de sus dos hijos está a la espera de varios recursos que impidan su ingreso en la cárcel.

https://www.lavanguardia.com/local/sevilla/20210601/7496002/juana-rivas-abona-indemnizacion-ex-marido-asegura-colaborara-justicia.html

EN ARAGÓN JUZGAN LOS CHIRINGUITOS. Otorgan tarjetas valoradas en 200€ euros a todas las víctimas de violencia machista, tras un informe de una de las «entidades sociales» que colaboran con el IAM.

Ésta es la noticia, del INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM):

https://www.heraldo.es/noticias/aragon/2021/01/27/iam-dara-tarjetas-de-alimentacion-a-todas-las-victimas-de-violencia-machistaara-violencia-machista-1417099.html

IAM dará tarjetas para gastar en comida o en recargas de móvil a todas las víctimas de violencia machista
IAM dará tarjetas para gastar en comida o en recargas de móvil a todas l…Heraldo de AragónLos cheques en especie tendrán un valor de 200 euros.

“IAM dará tarjetas para gastar en comida o en recargas de móvil a todas las víctimas de violencia machista

Los cheques en especie tendrán un valor de 200 euros.”

Qué les vamos a decir, hay, no sólo mujeres que tienen problemas económicos, sino muchos hombres, muchas familias…..Y mucha gente necesita acudir a servicios de alimentos gratuitos, o recibir ayudas para pagar la luz y otros pagos.

Desde estas líneas, no nos negamos a que se ayude a esas mujeres     que puedan recibir estas tarjetas, pero a lo que nos oponemos, una vez más, es que funcionarias, asociaciones, fundaciones, etc., tengan la capacidad de declarar a una mujer víctima de violencia de género, doméstica, patriarcal, o como quieran catalogarlo, y, ojo, no quiere decir que pudiera ser verdad, pero cuando alguien se presenta como víctima, y alguien la da la calificación de víctima, en estos casos, en principio, se está señalando a un hombre, que tiene derechos constitucionales, humanos y autonómicos. Y eso se está violando. Y afecta a los hijos.

Lo mínimo que se merecen los ciudadanos de Aragón es cambiar la denominación de estas posibles beneficiaras:

MUJERES QUE NO LLEGAN A FINAL DE MES, NO ENCUENTRAN UN TRABAJO QUE LAS CUBRA SUS NECESIDADES, Y MANIFIESTAN NO QUERER ESTAR UNIDAS CON EL HOMBRE QUE ESTUVIERON CONVIVIENDO.

¿Hasta cuándo se violarán los derechos humanos a lo largo y ancho de España?.

Como estas ayudas las pueden recibir mujeres que vienen de otros países, en los cuales parece que no tienen futuro, no se añade, DEL HOMBRE QUE LIBREMENTE ESCOGIERON.

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

https://www.aragon.es/documents/20127/674325/subvenciones_sensibilizacion_2019.pdf/634c50de-7040-b66c-0ae8-f16989d6bf6d


ORDEN CDS/511/2019, de 3 de mayo, por la que se convocan subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en materia de actuaciones de sensibilización, prevención y erradicación de la violencia sobre la mujer.

Cuarto.— Cuantía de la subvención. 1. La cuantía máxima de la subvención para cada una de las entidades benefciarias será de 25.000 euros, conforme con el artículo 42 de la Orden CDS/954/2018, de 1 de junio. Para determinar la cuantía individualizada de la subvención se tendrán en cuenta los criterios objetivos de valoración del apartado décimo y el baremo del apartado duodécimo. 2. Si perjuicio de los criterios de valoración previstos en la presente convocat

EL MINISTERIO DE IGUALDAD REPARTE MILLONES, COMO SI FUERA LA PEDREA DE LA LOTERIA DE NAVIDAD, PARA TODOS LOS PUEBLOS DE ESPAÑA. LAS ENFERMERAS LLEVABAN BOLSAS DE BASURA PARA PROTEGERSE DEL COVID 19

Seguramente Uds., como nosotros, vieron alguna foto en que, a principios del confinamiento del mes de marzo, en algunos hospitales, el valiente personal sanitario se protegía del bicho con vulgares bolsas de basura, como en alguna república bananera.

Pues bien, España va bien. No tendrán Uds. ninguna duda, suponemos.

Y como aguinaldo para este fin de año, nuestros dirigentes han tirado la casa por la ventana. Pasen y vean:

Resolución de 10 de diciembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, de transferencias para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado contra la violencia de género para el ejercicio 2020.

Vayamos a lo que corresponde del total repartido, como Lotería de Navidad……Ha tocado al pueblo con menos habitantes de España, Illán de Vacas (Toledo), la fabulosa cantidad de 689,90 euros. Lo que toca por cabeza: 137,98 euros. Son cinco.

https://es.wikipedia.org/wiki/Ill%C3%A1n_de_Vacas

Y, con su permiso, nos preguntamos si para esos pueblecitos de menos de cien habitantes no sobraría con enviar un cartel para poner en la taberna, y otro para poner en el ayuntamiento.

Por si se le cae la cara de vergüenza a alguien. Hemos pedido, a la Junta de Castilla y León, y al Ayuntamiento de Burgos, saber cuánto dinero gastaron en informar a la población de esta comunidad, y ese ayuntamiento, en 2.019, para informar, a los que se casaron libremente, que no hace falta pedir permiso de nadie para que, el que no esté a gusto, se marche del domicilio familiar, y que, a partir de los tres meses de matrimonio, no hay que justificar el divorcio:

RESPUESTA: CERO PATATERO.

Y hemos recibido respuesta del Defensor del Pueblo: CÓMO YA VIENE EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO, LAS ADMINISTRACIONES NO TIENEN OBLIGACIÓN DE INFORMAR A LA POBLACIÓN. Pero, claro, las teorías de género no las conocen, y por eso se gastan esos eurillos.

País, país. Las enfermeras cubiertas de bolsas de basura y los cinco habitantes de Illán de Vacas con 137,98 euros cada uno, para hacer una buena merienda e informarse de qué va eso de género.

Perdonen, no queremos ofender.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

MARÍA SALMERÓN Y LA VUELTA A BURGOS NOS SALVAN EL VERANO

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https://www.vueltaburgos.com/es/

del 28 de julio al 1 de agosto de 2020

 

No es por acojonar, y perdonen la expresión, pero necesitamos algo que nos haga olvidar las mascarillas, el covid 19 (¿saldrá pronto el covid 20?), y perdonen la broma, pero necesitamos aire fresco para huir de tanto drama como se otea en el horizonte, el nuestro.

Y, a falta de una Juana Rivas, este verano ha salido del baúl de los recuerdos Dª María Salmerón, que, si los indultos fueran medallas, tendría más medallas que un general ruso en día de desfile.

https://elpais.com/politica/2016/07/22/actualidad/1469187509_353176.html

“Cuarto indulto para María Salmerón, la maltratada que incumplió el régimen de visitas.”

Y qué ocurrencia, la quieren meter en prisión, en una de ésas en que el gel con alcohol lo utilizan para hacer cubatas.

Y ahora, que ya que no se utiliza a Agustina de Aragón y a María Pita para recordarnos la historia de España, la España actual necesita a Juanas Rivas y a María Salmerón, para recordarnos la historia mundial y desde la prehistoria de la lucha de la mujer contra el hombre que libremente han escogido. No sé si esta señora acusó a su ex de violador, pero, si no es el caso, ella le escogió padre, y ella decidió quitarle padre. Yo te le di, yo te lo quito. Y disculpen si me estoy equivocando.

Y sí, su libertad es muy preciosa, como la de los hombres, que, con una simple denuncia de una Juana Rivas, o María Salmerón, pasan una noche de cuartelillo, calabozo y manta.

Pero es que tanto chiringuito necesita mujeres como ésta. Una mujer contra las leyes, las sentencias y conmigo se han equivocado. Yo no he hecho nada.

Y ya está bien de tanta demagogia. El otro día pensaba que, en este país, en que, al menos que yo sepa, y lo que he leído en las leyes, debiera ser delito contar lo que pasa en las casas, porque eso es la intimidad. Pero, dirán muchas a coro, pero el maltrato hay que denunciarlo, perseguirlo, machacar a tanto maltratador como hay.

Es muy sencillo. La que no esté a gusto en su matrimonio, el que ella ha escogido, e impuesto, que se salga de casa, y no se precisa ni abogado ni autorización de juez alguno. Escribe una carta al juez, pidiendo medidas previas a la demanda de divorcio, y en diez días, según la Ley de Enjuiciamiento Civil, se comparece ante el juez que dicta medidas provisionales:

“Artículo 771 Medidas provisionales previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio. Solicitud, comparecencia y resolución

1. El cónyuge que se proponga demandar la nulidad, separación o divorcio de su matrimonio puede solicitar los efectos y medidas a que se refieren los artículos 102 y 103 del Código Civil ante el tribunal de su domicilio.

Para formular esta solicitud no será precisa la intervención de procurador y abogado, pero sí será necesaria dicha intervención para todo escrito y actuación posterior.

2. A la vista de la solicitud, el Letrado de la Administración de Justicia citará a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia en la que se intentará un acuerdo de las partes, que señalará el Letrado de la Administración de Justicia y que se celebrará en los diez días siguientes. A dicha comparecencia deberá acudir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su procurador.”

Hay que decir claro y alto, esta señora y sus abogados sólo se representan a ellos, no a su hija.

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En caso de duda, el estado.

Miren lo que es este estado de chiringuitos, de estas nuevas Agustinas de Aragón y Marías Pitas antes presuntas malas leyes y jueces peores. Y es el colmo, son los poderes públicos los que colaboran con las entidades privadas, gracias a las cuales esta sociedad se salva de la barbarie del machismo de Atapuerca (Burgos), y protege a los niños.

https://comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1284877984309/ConsejoGobierno/1284951216432/Comunicacion

“El Consejo de Gobierno ha aprobado la concesión de una subvención de 1.457.600 euros a la Asociación para la protección del menor, APROME, entidad con la que la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades colabora, para financiar los gastos de funcionamiento de los 16 Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León.”

Vuelvan a leer, con atención, este comunicado de la Junta de Castilla y León. ¿Se han fijado?. La Junta de Castilla y León colabora con la Asociación para la protección del menor, APROME. Pobres niños, qué sería de vosotros sin APROME. Esta asociación sustituye a las monjitas de otros tiempos para cuidar de nuestros niños. Esta asociación tiene más sucursales que algunos bancos, con pasta y ayudas de comunidades autónomas, diputaciones y ayuntamientos.

Lo que los niños de España necesitan es la España de siempre, guardias civiles con tricornio, y todo por la patria. Y así muchos niños tendrían padre. Nada de psicología, cumplimiento de sentencias.

O, como en Francia, una María Salmerón cualquiera, en lugar de indultos, hubiera tenido una multa de QUINCE MIL EUROS y UN AÑO DE PRISIÓN.

FRANCIA, UN AÑO DE PRISIÓN Y MULTA DE 15.000 EUROS, PARA LOS QUE NO CUMPLAN LOS REGÍMENES DE VISITA DE LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS

 
 
 

“FRANCIA, UN AÑO DE PRISIÓN Y MULTA DE 15.000 EUROS, PARA LOS QUE NO CUMPLAN LOS REGÍMENES DE VISITA DE LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS.”

Disfruten con la VUELTA A BURGOS, porque el problema no es si María Salmerón entra dentro de unos días en prisión o no, sino si muchos niños van a tener una feliz Navidad este año, porque se avecina un drama social sin precedentes: miles de negocios arruinados, miles de padres y madres sin empleo…

Y, lleven todos la mascarilla. El bicho mata.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

¿JUECES CABREADOS ?. EL MINISTERIO DE IGUALDAD GASTA MÁS DE CIEN MILLONES PARA LOGRAR LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES, EN CHIRINGUITOS. A LOS JUECES CERO EUROS, PERO A LOS JUECES LES HEMOS DADO EL PODER LEGAL DE APLICAR LA CUSTODIA COMPARTIDA EN MEDIDAS PROVISIONALES.

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Si un colectivo debiera estar cabreado, es el de los jueces. Y, en efecto, para engrasar chiringuitos con leche de la teta pública, se acaban de autorizar más de CIEN MILLONES DE EUROS, y a los jueces sólo leyes o normas para hacer frente al atasco que se les presenta, quizá quitando garantías procesales (¿).

Por otra parte, se ha tirado de las orejas, públicamente, al presidente de Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sin que nos indiquen qué es lo que no debió decir.

Parece increíble, el Código Civil, en su artículo 103, no impide la CUSTODIA COMPARTIDA, en medidas provisionales. Esas decisiones de los jueces no admiten apelaciones en tribunales superiores.

Se presenta un momento histórico para forzar la paz entre padres, entre cónyuges y compañeros. Es lo que indica repetidamente la normativa legal de España, entre hombres y mujeres libres en relaciones de pareja.

Nos permitimos presentarles una propuesta que ofrecemos a los colectivos de jueces, para que lo estudien, lo critiquen, lo mejoren, y, si tienen el valor, lo ofrezcan al sufrido pueblo de España, hoy empobrecido. Y, sobre todo, ante las distintas legislaciones de familia existentes, que nos hacen desiguales unos a otros.

¿ HABRÁ VALOR ENTRE LOS JUECES DE ESPAÑA, QUE NO DUDAN EN EXPULSAR A PADRES DEL DOMICILIO FAMILIAR, CUYO ÚNICO DELITO ES HABER CONTRAÍDO MATRIMONIO ?. ENSEÑAN A NUESTROS HIJOS LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN LAS ESCUELAS, PERO LOS JUECES NO CONCEDEN LA CUSTODIA COMPARTIDA.

Jesús Ayala Carcedo,

 

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JUNTA SECTORIAL DE JUECES DE FAMILIA Y DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DEL PARTIDO JUDICIAL DE ……..

En………..  a …. de mayo de 2.020

Reunidos de modo virtual, de acuerdo con la convocatoria del Ilmo. Sr. Decano de los juzgados de………, y a propuesta los varios jueces, los jueces que se relacionan a continuación, y por orden alfabético

(Juzgados de primera instancia con competencia de familia)-

(Juzgados de Violencia sobre la Mujer)

A los efectos de unificación de criterios, en relación a MEDIDAS PROVISIONALES en procedimientos de nulidad/separación/divorcio, y otras uniones, ante las previsibles consecuencias de la pandemia que viene sufriendo el estado español, en cuanto a las relaciones familiares, que, razonablemente, pudieran ocasionar un incremento notable de las demandas judiciales sin acuerdo entre las partes, y afectando a temas patrimoniales y derechos personales de los menores no emancipados en cuanto a relacionarse con ambos progenitores,  entre otros temas, de conformidad con las normas y finalidades del Acuerdo de 26 de julio de 2000, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, Su título III (De las Juntas de Jueces), y capítulos I, II, III, IV y V, artículos 60 a 71, y en concreto del artículo 65.c, que nos permite “tratar de unificar criterios en cuestiones jurídicas comunes o generales, con estricto respeto a la independencia  judicial de cada uno de los miembros en materias jurisdiccionales”,

MANIFESTAMOS:

1.-  El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, interrumpió la vida normal de la Administración de Justicia, ocasionando conflictos entre progenitores, en cuanto al cumplimiento de las distintas disposiciones judiciales a favor de los hijos comunes, menores no emancipados, en visitas y estancias con ambos progenitores, que diversos jueces y juntas de jueces, de toda España, intentamos paliar mediante diversos acuerdos, dispares unos de otros, para el caso de que no llegaran a acuerdos. Desgraciadamente, los posibles incumplimientos por parte de diversos progenitores, que se han negado a dialogar e intentar llegar a acuerdos, en bien de dichos menores no emancipados, ha ocasionado tensiones no deseadas en esos niños que todos intentamos proteger. Lo que unido a no tener efectivos mecanismos que obliguen al cumplimiento de las disposiciones judiciales, en este tema, hace que el ejercicio conjunto de la PATRIA POTESTAD en beneficio de los hijos comunes, en la práctica, carece de eficacia, en demasiados casos.

2.- Mediante el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, y en su artículo tres se indica:

“Ámbito del procedimiento especial y sumario en materia de familia. Durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización, se decidirán a través del procedimiento especial y sumario regulado en los artículos 3 a 5 del presente real decreto-ley las siguientes demandas…”

Asimismo, en el mismo se habla de que por parte del juzgador se podrá, “con carácter previo a la celebración de la vista se podrá intentar que las partes lleguen a un acuerdo, que será homologado judicialmente.”

Es decir, ante circunstancias especiales, normas legales especiales, para un tiempo limitado. Las medidas provisionales son limitadas en el tiempo.

3.- Independientemente de las circunstancias, y respetables decisiones de las personas  que deseen una decisión judicial, que regule las consecuencias de su petición de nulidad/separación/divorcio, u otro tipo de unión, la legislación del estado no ha impuesto, ni impone, convivencia no deseada, que no precisa de autorización judicial alguna, inicialmente, para dejar de tener efecto. Se estima que todas las decisiones judiciales sobre el vínculo matrimonial, en separaciones y divorcios, son decretadas en base a petición expresa de una o de las dos partes, y haber transcurrido más de tres meses desde la celebración del matrimonio, UNICAMENTE.

4.- No todas las autonomías disponen de la misma legislación en materia familiar, por lo que un mismo juez, dependiendo de dónde se ubique su juzgado, tiene que dictar distintas resoluciones, por ejemplo, en el uso de la vivienda familiar, lo que por parte de los ciudadanos pudiera dar lugar a que consideren que no todos somos iguales ante la ley, como dice garantizar la Constitución Española.

5.- Estimamos que una parte importante de la conflictividad entre cónyuges y parejas, y a menudo padres, proviene de largos y costosos procedimientos judiciales, que, en la actual crisis sin precedentes, puede ocasionar gastos que no se pueden asumir, ni por parte del estado, ni de las familias.

6.- Por estudios realizados, una parte importante de las muertes de mujeres, notoriamente, ocurren en casos de separación/divorcio. Durante este tiempo que ha estado la Administración de Justicia con mínimos, han descendido esas terribles circunstancias.

Por todo ello, estimando cumplir con el mandado legislativo de mínima intervención judicial, y en el deseo de que las partes, y a menudo progenitores, lleguen a acuerdos, al amparo del artículo 773.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se dictarán autos NO RECURRIBLES, conforme a los siguientes acuerdos.

ACUERDOS PROVISIONALES NO RECURRIBLES, acordados por mayoría simple/unanimidad/otros.

1.- Aplicable a parejas formadas por personas mayores de 18 años, de nacionalidad española, miembros de la Comunidad Europea, extranjeros con permiso de residencia o que lo tengan solicitado, estimando que todos aceptan la legislación española y sus tribunales. Y que no presenten acuerdos.

 En caso de que hubiera orden de protección, con medidas civiles, y no hubiera sentencia condenatoria firme, sería aplicable, en este caso, a partir de los sesenta días de dictada una orden de protección con medidas civiles, tanto sean pedidas por parte de la madre, como por parte del padre. En caso de que las medidas dictadas en esa orden de protección duraran menos de esos sesenta días, sería aplicable a partir de ese momento. En caso contrario, de que no hubiera medidas civiles, sería aplicable lo pida uno u otro.

2.- Admitida la demanda de nulidad/separación/divorcio, se comunicará a cada miembro de la pareja lo que, por ministerio de ley, contempla el artículo 102 del Código Civil.

Asimismo, se informará a ambos del artículo 770.7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: “Las partes de común acuerdo podrán solicitar la suspensión del proceso de conformidad con lo previsto en el artículo 19.4 de esta Ley, para someterse a mediación.»

Y se les facilitará una lista de todos los mediadores familiares disponibles en el ámbito de su juzgado, y la posibilidad de que sea gratuito.

3.- Cuidado y atención de los menores no emancipados. Salvo que residan ambos miembros de la pareja en poblaciones alejadas más de 40 kilómetros, tendrán y se ocuparán de los hijos sujetos a la patria potestad dos semanas cada uno. Tendrá preferencia para el primer periodo el progenitor que haya presentado la demanda primero. Vacaciones de Navidad y Semana Santa, mitad con cada uno. Durante esos periodos se hará cargo de los gastos ordinarios el progenitor que esté con los hijos. Los gastos generales serán al 50%, previa aceptación del gasto y presupuesto por ambos progenitores. Se establecerá un horario amplio para que los hijos se comuniquen con el padre ausente.

4.- Cualquier cambio de domicilio de los menores no emancipados, deberá ser con autorización judicial previa.

5- Propiedad de la vivienda familiar y su uso. Durante este periodo provisional no se podrá expulsar del domicilio familiar a todo miembro de la pareja que tenga parte en la propiedad de la vivienda familiar, salvo en los periodos de dos semanas en que el otro progenitor se haga cargo de los menores comunes no emancipados, en que se alternarían en su uso, y periodos vacacionales. Siendo los gastos de uso de la propiedad (seguro, comunidad, arreglos forzosos, etc., por mitad), hipotecas, Ibi´s, etc., según la propiedad. No podrá residir en la vivienda personas ajenas a los progenitores e hijos comunes sujetos a la patria potestad.

Si no hay hijos comunes no emancipados, se aplicaría el cambio de uso cada dos semanas.

5.- Resto de temas contemplados en el artículo 103 del Código Civil, como inventario de bienes y deudas comunes, y su administración, o bienes privativos cuyo uso pueda ser a favor de los hijos comunes, lo que proceda.

6.- Procédase a remitir copia de la presente acta tanto a los Colegios de Abogados y Procuradores, para difusión entre sus colegiados, como a la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia, para difusión social de los acuerdos adoptados.

Igualmente, con la finalidad de que se encuentren debidamente informados de los acuerdos adoptados, remítase copia del acta a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que desempeñan sus funciones en este Partido Judicial.

No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Junta, de la que se extiende acta, que firma el Magistrado/a Decano/a conmigo la Secretaria/o, que doy fe

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JUANA RIVAS ATACA DE NUEVO: PROTEJAMOS A SUS HIJOS. QUÉ VUELVAN A ITALIA.

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Es increíble, pero esta mujer sigue en sus trece, y lo malo es que aparece acompañada de personas conocidas en su triste historia familiar, como compañera y como madre.

En efecto, esta increíble noticia, pero no tanto, tan acostumbrados estamos que se crea una estrella de cine, en que considera a los italianos tontos, y a los españoles más, acabamos de conocer hoy:

Juana Rivas vuelve a denunciar a su expareja por violencia hacia sus hijos y pide que no regresen a Italia

«Juana Rivas ha denunciado ante el Juzgado de Instrucción 3 de Granada a su expareja, el italiano Francesco Arcuri, por presuntos delitos de violencia doméstica, lesiones y amenazas hacia los dos hijos menores que tienen en común y ha solicitado la adopción de medidas urgentes para protegerlos antes de que tengan que regresar con su padre a Italia el próximo 14 de agosto»

Por el bien de este país, y de todos sus niños, esta mujer no puede pretender ser la defensora de sus hijos, y representarles.

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Hay que decirla, sus hijos tienen residencia en Italia, y es ahí dónde Ud., Sra. Rivas, dónde tiene que plantear todas sus ideas, planteamientos y fobias.

Desde estas humildes líneas, respetando las pretensiones de esta señora, por favor, qué salgan los niños de España, porque aquí NO están a salvo. Qué vayan a su país de residencia: ITALIA. Y les protejan los jueces de allí.

Porque en este país los niños están en peligros, cuando a esta mujer la quieren hacer pasar por una heroína y madre ejemplar.

NO MÁS JUANAS RIVAS, POR FAVOR.

Juana Rivas, condenada a cinco años de cárcel y seis sin sus hijos El juez considera que la madre de Granada cometió dos delitos de sustracción de menores y que “explotó el argumento del maltrato”

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

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