PROGRAMA SEMANAL EN YOUTUBE DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS (APFS): ESTANCIA Y COMUNICACIÓN DURANTE EL CORONAVIRUS

Captura

Por fin, después de los problemas técnicos del martes de la semana pasada, en que no se pudo hacer en directo el programa prometido, por lo cual, de nuevo, les pedimos disculpas, hoy pueden verlo a su comodidad, en cualquier momento. Eso sí, dediquen como una hora para verlo.

Creemos que es interesante. Sí que nos gustaría conocer su opinión sobre el mismo, para transmitirlo a nuestros compañeros de la directiva nacional.

Y, en la misma página, podrán ir viendo el programa, semana a semana, de los distintos temas que se irán tratando.

 

APFS NACIONAL ESTRENA CANAL DE YOUTUBE.

 

 

Si este programa les gusta, no duden en ver los siguientes, a partir del martes noche.

Muchas gracias, y que disfruten.

 

CORONAVIRUS: SÍ SE PUEDE, SÍ SE DEBE: MEDIACIÓN FAMILIAR OBLIGATORIA. Necesidad de proteger el interés del menor por razones de salud pública, en el cumplimiento del régimen de guarda y del régimen de comunicación y estancias

images

Desde estas líneas, se insta, a todos Uds., a cumplir las medidas dictadas por el Gobierno de España, de permanecer en los domicilios, y abandonarlo sólo en los casos permitidos.

Captura

los progenitores deben consensuar las modificaciones en la forma de ejercer los tiempos de guarda y de relaciones personales, encuentros y estancias, de manera que se garanticen los derechos de los menores y se eviten al máximo los riesgos para la salud individual y colectiva. Los menores de edad son asintomáticos, pero igualmente pueden contagiar a las personas mayores, motivo por el que el estado de alarma prevé que los centros educativos estén cerrados durante 15 días, así como los Puntos de Encuentro.

Ello no significa que no se dé cumplimiento al régimen mediante régimen telefónico, Skype y/o con todos los medios electrónicos necesarios para el contacto del menor con el progenitor no custodio cuando le corresponda, preservando de esta forma la salud pública del menor de edad y de su familia.

Bien. Cumplido ese deber ciudadano, de respetar unas normas, duras, por un peligro real para la salud de muchas personas, con su permiso, y ahora que vamos a tener mucho tiempo libre en casa, no debemos abandonar las reflexiones sobre la otra epidemia que viene sufriendo España, desde el año 1.981: los divorcios mal hechos.

No merece la pena malgastar muchas líneas a la infame manifestación del 8 de marzo último, en que destacadas dirigentes de este país, como la Excma. Sra. Vicepresidenta, Dª Carmen Calvo Poyato, han hecho declaraciones aberrantes para todos los hombres de este país,

https://www.cope.es/actualidad/espana/noticias/calvo-marzo-anos-despues-esta-entretela-este-pais-20200307_639920

“Ha finalizado con un llamamiento a llenar las calles este domingo. «Debe ser así y no porque sea un día festivo, sino porque es un día de trabajo», ha dicho Calvo, quien ha pedido a los hombres que también estén presentes en esas manifestaciones que recorrerán España, porque «no es el feminismo el que se enfrenta a los hombres, sino al patriarcado y al machismo, y especialmente a los hombres violentos», ha zanjado.”

No sabemos si ese acto, multitudinario, en numerosas de ciudades y poblaciones, va a provocar cientos o miles de muertes, y muchos millones de gastos. Allá su conciencia, y para todos nosotros el mal. Pero no es de recibo que tanto feminismo subvencionado, y por tanto dependiente de la teta que mama, los fondos públicos, saquen pancartas y eslóganes contra el hombre al cual libremente se unen, porque es tan sencillo abandonar una relación como irse del domicilio familiar. Y punto.

Y lo que se dice pensar, pensar, con tres meses de matrimonio no hace falta ni pensar, no hay que argumentar divorcio alguno. Y lo hemos repetido muchas veces: leyes de 1.981 y 2.005.

images (1)

Y sí, ha sido otra auténtica epidemia, con costosos gastos, mucho sufrimiento y dolor, y mucho desastre social, el mal uso, y abuso, de las leyes y procedimientos judiciales, cuando las leyes han invitado al diálogo, para separarse/divorciarse. Se les recuerda a Uds. una pequeña frase del año 2.005:

https://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-11864

Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

“…….La intervención judicial debe reservarse para cuando haya sido imposible el pacto………..”.

¿Notan Uds. que ahí falta algo?. ¿Qué falta?. Con su permiso, que ese posible pacto se intente, o reflexione, antes de presentar la demanda en el juzgado. O salvo que hicieran leyes que no ofrecieran dudas, como una CUSTODIA COMPARTIDA IMPUESTA y uso del domicilio familiar alternativamente por ambos padres. Escojan ustedes.

Más de una vez, les habremos comentado que un miembro relevante, en estos temas, del Tribunal Supremo, Excmo. Sr. D. José Antonio Seijas Quintana, manifestó que a él lo que le gustan son los divorcios de los ricos. Lo dijo en Burgos.

Dejamos a cualquier juez de familia el siguiente panorama familiar:

“Pide el divorcio la mujer, madre de tres hijos, de 10, 7 y 3 añitos, que no ha currado en la vida, fuera de casa, y tres niños dan mucho trabajo. El padre y cónyuge lleva meses en el paro, y le queda un mes de cobro. La vivienda de alquiler, y deben cinco mensualidades……..”

Señoría, ¿qué………………?.

Y no es de recibo que se fuercen acuerdos en que los padres no estén presentes, en la trastienda, porque en las salas de vistas, luz y taquígrafos.

Esa ley citada, como el resto de normas, que se hayan podido hacer, dictar, promulgar o lo que sea, han tenido una carencia: USO OBLIGATORIO DE UNA MEDIACIÓN PREVIA, en que se debe recordar la legislación vigente, poner los problemas, o posibles consecuencias de una decisión que se considera legítima, sobre la mesa y reflexionar. Aunque no se llegue a acuerdos, pero reflexionar, de debe.

Y sí, este gobierno que nos prohíbe, a Uds. y a nosotros, darnos un paseo, sin que hablemos con nadie, fuera de casa, ¿por qué no nos reúne en torno de una mesa para hablar del ejercicio legítimo y respetable de un divorcio y de sus consecuencias?. Cuando nos pueden meter, poner, o decretar una multa monstruosa por pasearnos por un monte solitario, estos días, ¿por qué no usan ese poder tremendo, terrorífico, excepcional, ilimitado…… para reunir a un padre y a una madre a hablar de problemas comunes. De hijos comunes?.

Qué se puede, qué se quiere, y por qué no se quiere, Excmos. Sres. del actual Gobierno de España, Excmos. Sres. de todos los partidos políticos: ¿Por qué………..?. El reflexionar no mata….el incitar ir a manifestaciones injustas, puede que sí.

images (2)

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

P. D.- Frase sacada del libro del médico burgalés. D. Juan Manuel García (Juanchi): DOSCIENTOS CONSEJOS LA MAYORÍA RAZONADOS, pagina 156:

“La mujer debe liberarse del yugo de la religión y del marido”. Belén de Sárraga.

https://es.wikipedia.org/wiki/Belén_de_Sárraga

Belén de Sárraga – Wikipedia, la enciclopedia libre

Quizá las mujeres españolas, a las cuales no se las pone yugo ni de religión ni de marido, se debieran liberarse de dirigentes que las llevan al desastre, y con ellas a toda la sociedad española.

 

SOCORRO, NIÑOS EN VACACIONES

images.jpg

Tanto si Uds., queridos padres y madres, están conviviendo juntos o no lo están, ojo. Y se les dice esto porque, aunque en principio, vacaciones…playa, relax, sol, tumbona, cerveza y algún baile de pueblo, puede que echen en falta el curso escolar, donde esos profesores pasaban las horas intentando enseñar, poniéndoles tareas, a su retoños….y no tenían a sus hijos, Uds., las 24 horas del día, para Uds. solitos.

Y el que avisa no es traidor. Muchos hijos de padres separados ya han sido objeto de disputa entre padres, empezando si iban con su ropita, sus documentos, etc. Que si cuando hablo con ellos por teléfono, que si adonde les llevas, etc.

descarga

Si Uds. siguen juntos, en primer lugar, enhorabuena y que dure, pero, como reflexión, reflexionen sobre este periodo, porque los hijos les van a enfrentar, y para eso no hace falta ir a la escuela. Que si les dices, porque les dices, y si no les dices nada…bufff, cuidadín, cuidadín…..

images (1)

No les queremos atosigar, pero sí le llamamos la atención para que, si están separados, no creen problemas entre Uds., e intenten disfrutar todos.

Si Uds. son una pareja que vive junta, procuren hablar sobre el día a día de sus hijos, para que no haya tensiones entre Uds., cuando llega septiembre…..las separaciones y divorcios están a la orden del día.

Sólo les queríamos llamarles la atención sobre lo que ya está ahí, hijos 24 horas al día, y eso puede ser duro, pero, a pesar de todo, procuren ser felices.

C037_people_Famiglie.jpg.image.750.563.low.jpg

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

ANGELINA JOLIE, RING, RING, RING…..

Es posible que Uds. hayan oído hablar de los problemas de la separación/divorcio de dos actores muy famosos: Brad Pitt y Angelina Jolie, si Uds. vienen siguiendo estas modestas reflexiones que les venimos ofreciendo.

Pues bien, lo último es que parece que Angelina Jolie está poniendo pegas o problemas para que haya una relación fluida entre el padre y los hijos. Ante esto, el juez ha dicho que si no se facilitan dichas relaciones podría modificar las condiciones actuales de guarda y custodia de los hijos, que aún no son definitivas. Están con la madre.

Pero, vamos a lo nuestro. Las comunicaciones telefónicas. Hay seis hijos, que comparten, y una cosa que me ha llamado la atención es que Angelina Jolie debe facilitar que haya relaciones personales de cada hijo con el padre, sin interferencia o supervisión de la madre. Ante esto, quiero entender que independientemente de que haya una llamada genérica y global a los seis hijos, cada uno tiene su derecho a que tenga sus momentos de gloria e intimidad con el padre, distintas de las otras relaciones de cada hermano con el padre, resumiendo.

Ahora llega el verano, y hay vacaciones escolares, y con ambos padres. Puede que haya habido problemas para que el padre no custodio se haya relacionado con sus hijos, sin supervisión ni interferencias, durante el curso.

Y ahora pretenderán los padres o madres que ponían malas caras a las relaciones telefónicas de los hijos y padres, cuando se trataba de relaciones con el padre no custodio, normalmente, tener un acceso fácil por teléfono u otros medios, con esos hijos, cuando están los periodos vacaciones con el padre no custodio.

En unas sentencias y convenios no se contemplan estos temas, pero tampoco están prohibidos. Hoy, afortunadamente,estos contactos por medios técnicos bastante asumibles permiten un contacto no muy caro y variado, como Uds. saben. Es de desear que esto que exige un juez en esta situación familiar entre gente famosa lo asumamos todos, aunque, desgraciadamente, se priva de esto a más de un niño. Y conocemos casos en que estas llamadas telefónicas producen problemas, que terminan en los juzgados. Qué pena.

Que nadie confunda llamar a los hijos con un control al otro padre.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGO-A.P.F.S.-BURGOS.

PROPUESTA DE CONVENIO REGULADOR, UN INTENTO DE REFLEXION RAZONABLE ENTRE PROGENITORES.

images

Desgraciadamente, conforme lo que recomiendan los políticos a los que votamos, las discrepancias de las separaciones y de los divorcios, se tramitan acompañadas de denuncias y juicios penales, lo que origina que, muchas veces, en edades tempranas de los hijos comunes, se les vea en puntos de encuentro, y, en algún momento, esa circunstancia deberá ser modificada, muchas veces solicitado por ambos. A ello se suele acompañar de pernoctar en el domicilio del padre, en edades a menudo menores de tres añitos. La ley no impide, en estos casos, que los padres lleguen a acuerdos a presentar judicialmente, para modificar esas circunstancias, sobre todo cuando puedan caducar órdenes de protección.

Por ello, les presentamos algunas reflexiones para un posible convenio regulador tipo bastante equilibrado, en defecto de una custodia compartida o un régimen posible  mas amplio o reducido en base  a  las circunstancias personales de cada situación familiar, el cual nos encantaría que les pudiera ser de su interés, en todo o en parte. Esto es posible en poblaciones o ciudades pequeñas, en las grandes urbes el tema  puede ser más complicado.

images

PROPUESTA CONVENIO REGULADOR

De mutuo acuerdo, pactamos un régimen de visitas, del progenitor no custodio con el/la/los hijos,  menor/menores no emancipados, consistente en martes y jueves desde la salida del colegio hasta las 20.30h y fines de semana alternos desde la salida del colegio el viernes hasta el domingo a las 20.30 h. En caso de festivo seguido o inmediatamente previo al fin de semana y puente escolar se alargaran  dichos días a favor del progenitor que disfrute ese fin de semana, bien comenzando el viernes, o víspera del primer día festivo, bien terminando el lunes, o último día del puente.

Excepcionalmente, si por motivos de trabajo o enfermedad, al progenitor que le corresponda no pudiera recoger a el/la menor no emancipado (o  menores no emancipados) personalmente, podrá hacerlo un familiar en su nombre y, en concreto, la abuela, abuelo y tíos del/la/los menor/es no emancipados, previa autorización. Y en el mismo caso las entregas en el domicilio del/la/los menor/es no emancipado/a/s, situado en la ciudad de, calle……… (ESTO ES IMPORTANTE POR SI LA MADRE DECIDIERA, UNILATERALMENTE, CAMBIAR DE POBLACIÓN) .

images (1)

En todo caso, ambos progenitores acordaran de mutuo acuerdo y se acomodaran a las actividades escolares y extra escolares de el/la/los menor/es y respetarán, a medida que vaya haciéndose mayor, los tiempos de estudio necesarios para el normal seguimiento del curso.

Se acuerde que el/la/los menor/es no emancipado/s debe/n ir acompañados en todos sus cambios de sus documentos personales: DNI, la cartilla  o tarjeta de la Seguridad Social, tarjeta de transporte, etc., siendo entregado/a/s con todos los enseres y el vestuario necesario para las estancias con sus padres, pertenecientes  a el/la/los menor/menores no emancipados.

Los periodos vacacionales escolares se dividirán al 50% entre ambos progenitores, eligiendo los periodos concretos el padre en los años pares y la madre en los años impares.

Se establece la obligación de ambos progenitores de notificar el periodo vacacional seleccionado con dos meses de antelación al disfrute de las vacaciones

Vacaciones de Navidad: el primer periodo comprenderá desde el día en que finalice el curso escolar a la salida del colegio de la ciudad/población………… hasta el 30 de diciembre a las 20.00 horas y el segundo periodo comprenderá desde el día 30 de diciembre a las 20.00 horas hasta el día antes de comenzar del primer dia lectivo a las 20.00 h.

Vacaciones de Semana Santa: el primer periodo comenzará desde el día en que finalice el curso a la salida  del colegio de la ciudad/población………… hasta el día  medio del periodo escolar vacacional a las  20:00 horas si los días son pares y si son impares hasta el dia  medio  a las  12h. El segundo periodo comprenderá desde el dia medio a las 20.00  horas o 12 h según corresponda hasta el dia antes de comenzar del primer dia lectivo a las 20.00 h.

Vacaciones de verano: El periodo vacacional estival que comprenderá todos los días vacacionales del calendario escolar del menor. Se dividirá al 50% entre los progenitores en seis periodos alternos que serian los siguientes

  • Primer turno será desde el día que se inicien las vacaciones de Verano a la salida del colegio hasta el día 30 de Junio a las 20 horas.
  • Segundo turno será desde el día 30 de Junio a las 20 horas hasta el día 15 de Julio a las 20 horas.
  • Tercer turno será desde el 15 de Julio a las 20 h hasta el 31 de Julio a las 20 horas.
  • Cuarto turno será desde el 31 de Julio a las 20 horas hasta el 15 de Agosto a las 20 horas.
  • Quinto Turno será desde el 15 de Agosto a las 20 horas hasta el 31 de Agosto a las 20 horas.
  • Sexto Turno será desde el 31 de Agosto a las 20 horas hasta el día antes de comenzar del primer dia lectivo a las 20.00 h.

680x452_reparto-vacaciones.jpg

En los cumpleaños de los progenitores, del/la/s menor/s no emancipados, el día del padre, el día de la madre, o, Reyes,…con independencia del progenitor al que le corresponda estar en compañía de su hijo, el otro progenitor podrá estar en compañía de la menor, tres horas.

En cuanto a las funciones escolares, exhibiciones deportivas, entrenamiento, etc…, con independencia del progenitor al que le corresponda estar en compañía de su hijo, ambos podrán acudir al evento.

Régimen de comunicación. El progenitor no custodio podrá comunicarse con su hijo por cualquier medio no presencial (teléfono, Internet, correo ordinario etc.) siempre que respete el horario de descanso y de estudio del/la/los mismo/a/s. Igual derecho tendrá el progenitor custodio en los períodos en los que el hijo esté pasando las vacaciones o el fin de semana con su padre. Cualquier incidencia por la que el progenitor no pueda comunicarse con el menor deberá ser comunicada por el progenitor que la tenga al otro de la forma más inmediata.

Las salidas del territorio español del/de la, de los menor/es no emancipados deberán ser expresamente autorizadas por escrito por ambos progenitores, requiriéndose, en caso de desacuerdo, autorización judicial. Asimismo, el cambio de los menores no emancipado/a/s, de domicilio a otra población o ciudad, deberá hacerse cuando se haya presentado y sancionado judicialmente el oportuno nuevo convenio, o la debida autorización judicial.

Proponemos un convenio con los intercambios en domicilio familiar domingos y vacaciones. Depende de la edad del menor y para evitar conflictos se podría pactar entrega los lunes después del fin de semana y final de vacaciones el primer día lectivo en el colegio.

abuelos.jpg

Y por ultimo sin ser menos importante Por muchas circunstancias, como la muerte de uno de los progenitores, cuando el que tiene la custodia impide la relación, o simplemente desacuerdos o rechazos a la familia, los abuelos o tíos de los menores pueden reclaman ante los juzgados su derecho de visitas con el fin de poder relacionarse con su nieto o sobrino.

  1. La fijación de un régimen de visitas a favor de los abuelos es un posible, que no preceptivo contenido del convenio regulador, siendo facultativo para los progenitores.
  2. Las parejas de hecho pueden igualmente incluir el régimen de visitas a favor de los abuelos al regular las relaciones paterno-filiales.
  3. Los abuelos deben consentir lo pactado en el Convenio Regulador en lo que afecte a su relación personal con los nietos. No es preciso que firmen el Convenio Regulador en su totalidad, pero sí ratificar las cláusulas donde se recoja la regulación de las visitas que se les han concedido.
  4. Una vez ratificados las cláusulas los abuelos estarán legitimados para presentar una Demanda Ejecutiva en caso de incumplimiento del régimen de visitas.

DIVORCIO: LA BATALLA QUE HAY QUE LUCHAR, SIEMPRE, CON TU ABOGADO

images8C8DFH9Y.jpg

Muchas veces, cuando un padre apurado se acerca a nosotros, quiere una solución rápida para el problema del momento. Incluso se acerca cuando ya está en medio de un conflicto judicial, o tiene problemas para que se cumpla la sentencia.

Por supuesto, que nadie se acerque a nosotros para buscar milagros, pero sí comprensión y compartir unas cañas.

Independientemente de las reflexiones que se les pueda hacer en el momento, mejores o peores, pero eso, reflexiones, estoy convencido de que es desde el primer momento de entrar en esos problemas familiares, cuando estas modestas reflexiones se debieran tener en cuenta. Y esto se dice porque los niños se harán mayores, porque los problemas que conocemos, no por listos, sino por un poco de experiencia, pueden presentarse en cualquier momento, y es, desde el primer momento, cuando hay que conocerlos y “exigir” que se presenten en sede judicial, por el abogado, y por escrito.

Cuando un padre (que incluye madre) presenta una demanda, o responde a una demanda, los abogados tienen ante sí hojas en blanco, y hay plena libertad de hacer planteamientos. Y es por ello que, aunque ya lo hayan podido leer en reflexiones anteriores, se las recuerdo. Ya sé que más de un abogado dirá que son tonterías, pero el abogado y procurador no son derechos, sino obligaciones, y que las peticiones las rechace el juez, si lo estima oportuno. Sé que me dejaré algunas, pero ahí van éstas:

vivienda-conyugal-y-divorcio-en-Tenerife.jpg
1.- USO VIVIENDA

Cuando se es propietario, en todo o en parte, el no poder utilizarla todos los días del año es una pérdida de un derecho constitucional. Una limitación del derecho de propietario, y que nadie lo pierda de vista. Por ello, como ya han pensado algunos jueces, no yo, que se ponga en convenio, o pedido en los escritos, que si se utilizara por personas ajenas a la madre, o padre, y los hijos comunes, que se pierda ese derecho. Se les recuerda que ahora es muy corriente que, tanto hombres como mujeres, pueden tener hijos de varias parejas. Parece que hay pocos padres que admiten que les han expulsado a la calle, de una manera u otra. Uso, pero no abuso. Un ciudadano ha perdido un derecho de propiedad, y, encima, pagando, a veces, la cuota de la hipoteca, o préstamo/crédito con garantía hipotecaria, IBI, etc., incluso pueden avalar la operación los padres del que abandona la vivienda………..

http://salinerus.blogspot.com.es/2011/03/conclusiones-ponencia-sobre-uso-de.html

untitled.png

 

2.- EL DINERO DE LOS NIÑOS

En cuenta de los niños. El papá o mamá, como representante, no como titular, y se dice porque las cuentas a nombre de los padres son embargables, por Hacienda, multas de tráfico, embargos……..

3.- ¿ HASTA CUÁNDO ?

Bien se ocupan los abogados, y los jueces, de recordar que el costo de la vida, normalmente, sube y sube, y que hay que actualizar las pensiones de alimentos. Sí, es lo habitual, para hacia abajo pocas veces o ninguna, pero es que los niños crecen y crecen, y, caramba, si ya tienen 16 años y pueden pedir la emancipación judicial. Pero, mira, si ya ha cumplido 18 años y es mayorcito de edad. Puede votar, y ya no le podemos decir que tiene que estar en casa a las doce. Pues bien, las relaciones con los hijos son de tú a tú, nos guste o no. Lo malo es que si no se pide que hasta ahí, los pleitos de dineros y estancias se tienen con el otro cónyuge, con el cual, muy a menudo, hay pocas, o ninguna relación, por no decir malas. Y hasta que tengan 25 ó 30 años. Ojo de lo que se les avisa. Pleitos entre padres y los niños con 27 años.

Así que los niños y niñas, mayorcitos de edad, qué quieren pasta: mamá, papá… necesito ……..y que arrasquen el bolsillo de papá y mamá, con sentencia o lo que sea, pero ya no es una confrontación entre padres. Los hijos exponen sus necesidades a ambos padres. Incluso, ya que no hay custodia compartida, la mitad del tiempo en casa de papá, y la otra mitad en casa de mamá.

Reflexión, poner en los papeles, pensión de alimentos para los niños, hasta emancipación o mayoría de edad por edad. Y que lo rechace el juez, no el abogado, si fuera el caso. Pedirlo va en la minuta del abogado. El llegar a esas edades es motivo de modificar acuerdos y sentencias, pero ahora con los hijos, no entre padres. ¿ Lo comprenden ?.

untitled.png

4.- ¿POR QUÉ EN EL MES DE AGOSTO PAGAS PENSIÓN DE ALIMENTOS Y TIENES A LOS NIÑOS EN CASA?

Je, je, je…… Qué te lo cuenten.

https://apfsburgos.com/2016/02/27/los-padres-espanoles-pagan-dos-veces/

5.- SE HAN LLEVADO AL NENE A CANARIAS

Quizá no a Canarias, pero es frecuente que tienes puesto en la sentencia que recoges al niño los viernes alternos a la salida del colegio, y resulta que se lo acaban de llevar a 500 kms., y sin haber pedido permiso. La ley te permite pedir, que esos cambios sean hechos con autorización judicial previa. ¿ Qué le cuesta al abogado ponerlo en las peticiones ?. Más de uno se lamenta luego. Hacerlo sin permiso del juez es un delito, incumplimiento de una decisión judicial. Exígelo, SIEMPRE, a tu abogado. Si no viene en el convenio o sentencia los problemas los tienes tú. El que avisa no es traidor.

untitled.png

6.- COMUNICACIONES TELEFÓNICAS, ETC.

Hoy todos, o casi, tenemos teléfono, ordenador, etc., por ello es fácil tener un pequeño contacto con el hijo o hijos del cual estamos alejados diariamente. Pues, a pedir que el abogado lo pida, en los papeles……

7.- ROPITA, TARJETA SANITARIA, D.N.I., CARNET PISCINA, ETC.

Y nosotros pidiendo que se hagan duplicados de la tarjeta sanitaria, por ejemplo. Pues a pedir al abogado que ponga esas cositas. Ninguna ropa o vieja, acompañan a los niños, en algunos casos, por eso lo digo, porque nos lo cuentan. Los niños deben ir con la ropita y la documentación personal. ¿ Entendido ?. Que lo ponga por escrito el abogado.

https://apfsburgos.com/2017/06/12/la-tarjeta-sanitaria-de-los-hijos-de-padres-separadosdivorciados-defender-el-derecho-del-nino-o-se-hacen-duplicados/

 

http://salinerus.blogspot.com.es/2011/03/conclusiones-ponencia-sobre-uso-de.html-el-derecho-del-nino-o-se-hacen-duplicados/

images2JH4CLIW.jpg

Bueno, también recordarles que hay fines de semana que son más largos, porque el viernes es fiesta, o el lunes, y considerarlo para que no haya problemas.

Se insiste, que lo ponga por escrito, SIEMPRE, el abogado, y si se rechaza, que sea el juez.

Por hoy, gracias por la atención que hayan dedicado a estas reflexiones.

Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. 1-12-2.017

images2JH4CLIW.jpg

QUÉ TENGAN FELICES VACACIONES NUESTROS NIÑOS

Venía hace un momento de la calle, a refugiarme del sol abrasador, y tres mocitos de entre diez y doce años venían hablando entre sí. Pantalón corto y camiseta. Cara roja del calor. Me ha hecho gracia. Me cuesta reconocerme en ellos, pues esa edad pasó hace mucho. Un poco más adelante, un grupo de unos treinta chicos y chicas, con camiseta blanca todos, y guiados por monitores, esperaban a pasar el semáforo. Yo, cuando hay niños, siempre espero al verde, aunque no haya vehículos a la vista. No sé como lo hacen Uds.
Pues centrémonos en el título de esta nueva entrega: QUÉ TENGAN FELICES VACACIONES NUESTROS NIÑOS.
images
Empecemos, con algunas reflexiones. ¿ Por qué los padres no custodios deben pagar pensión de alimentos al otro padre, que no sólo cubre alimentos, cuando los hijos están con él un mes, por ejemplo ?. Independientemente de lo que ponga la sentencia, y hay que cumplirlo, soy de la opinión que en las demandas y contestaciones se debiera pedir no pagar pensión de alimentos, al menos un mes en verano. Y si se acuerda que también en verano se paguen todos los meses, explicarlo por qué es así, que lo dicen saber jueces y abogados y no padres pagadores. Pero esta cuestión la debieran haber planteado antes los abogados. A cumplir lo que hay. Más de uno de los padres pagadores pensará que es para que la madre vaya de vacaciones. Je, je, je. Y el padre pagador piensa que paga dos veces: los gastos de los niños con él, más la pensión de alimentos, que mete en la cuenta de la mamá.
 Sería de desear, que hubiera un mínimo de relaciones entre padres para que los niños no se encuentren en una guerra permanente, y, por ello, tener claro:
  • Los niños deben ir con su ropita, que debe ser devuelta en buenas condiciones y lavada y planchada, si corresponde. También con su D.N.I. y tarjeta/s sanitarias. Quizá pasaporte.
  • Comunicarse temas importantes entre ellos, del día a día, como serían problemas de salud de los hijos. E incluso dónde están en cada momento, ¿ por qué no ?. Al final los niños se lo dicen al otro padre, supongo.
  • En cuanto a viajes al extranjero, debieran ser acordados por ambos. Ojo a viajes a los países de uno de los padres. Algunos niños no vuelven.
  • Si es posible, pactar unas normas comunes de comportamiento de los chicos, para que con un padre no haya unas, y con el otro otras. Horarios, comidas, etc., etc.
  • Pactar horarios de comunicación por teléfono u ordenador con el padre ausente.
  • Pactar actividades que supongan riesgo o gastos a compartir.
  • Y, sobre todo, que haya un periodo intenso de comunicación entre padres e hijos, que sé se verá dificultado porque los niños, normalmente, tienen más vacaciones que los padres. Habrá periodos en que no estarán con los padres currantes, y estarán solos en casa, con los abuelos, con vecinos, o las nuevas parejas de los padres.
Sé que muchas de estas reflexiones son irrealizables en demasiados casos. El hacha de guerra no se entierra estos días, ni por el bien de los niños ni de la Humanidad.
Por último, y es de agradecer, en los Juzgados de 1ª Instancia 8 y 9 de Gijón (Asturias), han puesto un cartel que dice:
VACACIONES ESCOLARES
eddda59e-d0b3-46d5-847e-0faaec0a354a
“EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES LOS INTERCAMBIOS SE EFECTUARÁN EL DÍA 1 DE AGOSTO A LAS 12 HORAS, SIEMPRE Y CUANDO LA RESOLUCIÓN JUDICIAL NO CONCRETE LA FECHA Y HORA DEL INTERCAMBIO.
Sería bueno que en los juzgados de familia pusieran muchos carteles del tipo: AQUÍ NO RESOLVEMOS PROBLEMAS SOCIALES. INTENTEN ARREGLARLOS UDS. O LOS POLÍTICOS. SI PIENSAN OTRA COSA, ESTÁN MAL INFORMADOS.
ANTES DE PEDIR ALGO AL JUEZ, QUE HAYA DOS VIVIENDAS PARA NO OBLIGAR AL JUEZ A ECHAR A UNO DE LOS DOS PADRES A LA PUÑETERA CALLE. Y ESO NO LE GUSTA A NADIE.
ETC., ETC.
Qué envidia me han dado los tres chavales que iban todo emocionados por la calle, seguramente en su primer día de vacaciones. Yo casi no me acuerdo cuando fui niño.
Por decir lo dicho que no quede. Ánimo y a disfrutar todos, chicos y padres. Que no llore ninguna mamá porque no tiene a su hija querida del alma unos días. Las mamás también merecen un descanso. Je, je.
descarga.jpg
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
 
A %d blogueros les gusta esto: