DOS NIÑAS LLEVAN MÁS DE SEIS MESES SIN TENER GARANTIZADO EL RELACIONARSE CON SU PADRE.

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EXCMO. SR. PROCURADOR DEL COMÚN DE CASTILLA Y LEÓN
C/ Sierra Pambley, 4
24.003 LEÓN
Copia de este escrito se envía, entre otros, a las CORTES DE CASTILLA Y LEÓN, Gerente de Servicios Sociales y Directora Técnica de Familia, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de Castilla y León, y Aprome.
Asunto: NECESIDAD URGENTE DE MODIFICAR EL DECRETO 11/2010, de 4 de marzo, por el que se regulan los Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León y su autorización de funcionamiento. DOS NIÑAS LLEVAN MÁS DE SEIS MESES SIN TENER GARANTIZADO EL RELACIONARSE CON SU PADRE.
 
Burgos, 18 de octubre de 2.018
 
Excmo. Sr.:
En estos momentos, dos niñas, menores no emancipadas, de nacionalidad española, y residentes en ARANDA DE DUERO (Burgos), llevan más de seis meses sin tener sus derechos de visitas a su padre y familia extensa garantizado, y sin que las corresponda ser atendidas en un PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR, cuando sus padres están en un proceso de separación, y que, en su momento, fueron atendidas en el PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR, de esa población, responsabilidad de la Junta de Castilla y León, aunque atendido por la asociación privada APROME.
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Esta situación es conocida, tanto por la Directora Técnica de Familia, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, como por el Gerente de Servicios Sociales de dicha Consejería.
La situación es la siguiente. Habiendo decidido el padre separarse de la madre de las niñas, como sucede en demasiados casos, y sospechosamente, la madre denuncia al padre, que es inmediatamente detenido, y como medidas civiles, dentro de la orden de protección, expulsado de su domicilio, pago de una pensión de alimentos, y un régimen de visitas en el punto de encuentro citado. Válido por 30 días.
Como Ud. sabe, conforme al artículo 544 ter,7 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se contempla lo siguiente:
“Las medidas de carácter civil contenidas en la orden de protección tendrán una vigencia temporal de 30 días. Si dentro de este plazo fuese incoado a instancia de la víctima o de su representante legal un proceso de familia ante la jurisdicción civil, las medidas adoptadas permanecerán en vigor durante los treinta días siguientes a la presentación de la demanda. En este término las medidas deberán ser ratificadas, modificadas o dejadas sin efecto por el Juez de primera instancia que resulte competente.”
Como Ud. puede ver, a la madre se la dan unas oportunidades procesales que no tiene el padre, para regularizar judicialmente la situación de las niñas, que no se nos conceden a los hombres.
El caso es que esta madre no ha usado ese privilegio, y en este momento, la administración de justicia, no ha dado respuesta a la situación legal de esas niñas.
Con lo cual dichas niñas no tienen garantizados sus derechos,personales, a relacionarse con su padre y familia extensa.
Con fecha 13 de octubre de 2.018, expusimos esta situación, entre otros, al Excmo. Sr. Defensor del Pueblo, para instar un cambio legislativo del citado artículo 544 ter.7, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que ha registrado con el Nº 18016266, con fecha 17 de octubre de 2.018.
Se ha pedido, por el padre, a la Junta de Castilla y León, y a APROME, intervenir para que las niñas pudieran verse con el padre en el PUNTO DE ENCUENTRO citado, y se nos manifiesta, por APROME, que ellos no pueden hacer absolutamente nada, porque se lo impide la normativa actual.
¿Y que es lo que pone la normativa contenida en el citado DECRETO 11/2010, de 4 de marzo, por el que se regulan los Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León y su autorización de funcionamiento?.
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Pues, entre otras indicaciones, nos encontramos con lo siguiente:
“Artículo 6.– Acceso a los Puntos de Encuentro Familiar. 1. El acceso a los Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León se producirá con carácter general por derivación de la autoridad judicial competente, cuando se den alguna de las siguientes situaciones:
2.-…………………No podrá accederse al Punto de Encuentro Familiar por mutuo acuerdo cuando exista una orden de protección vigente……………………….”
 
“Artículo 13.– Intervención en supuestos especiales. 1. El equipo técnico del Punto de Encuentro Familiar prestará especial atención a las necesidades manifestadas por las personas usuarias en las situaciones de violencia de género y velará por la seguridad de la víctima y del o la menor en las dependencias del servicio, pudiendo acordar las medidas que considere oportunas en el marco de sus atribuciones a fin de asegurar la integridad física o psíquica de los mismos.
c)  En los casos en los que exista orden de protección o haya existido con sentencia condenatoria firme, no se realizarán intervenciones mediadoras.”
La realidad de esas dos niñas es que la madre ha podido regularizar la situación legal de esas niñas, y no lo ha hecho, porque se lo permite la ley. Tampoco un juez puede dictar medidas hasta que se cumplan todos los requisitos legales, y el padre se encuentra sin armas legales para que las hijas de ambos padres tengan su derecho a relacionarse con el padre, que libremente escogió la madre.
Nos encontramos con una administración pública, la Junta de Castilla y León que es perezosa en exigir a las madres, notoriamente, que regularicen la situación legal de sus hijos. Y le cito el caso de los niños en casas de acogida con la madre. NO SE EXIGE A LAS MADRES QUE OBTENGAN UNA DECISIÓN JUDICIAL, cuando los padres siguen teniendo todos los derechos y deberes legales hacia esos niños. Hace poco propusimos que se nombrara a los niños en el título de esas casas de acogida y similares, lo cual no contempla la Junta de Castilla y León, como nos comunicaba Ud. en su escrito de 3 de agosto de 2.018, expediente nº 20180507.
Escribí a la Junta de Castilla y León recordando las obligaciones legales de las personas que atienden a mujeres que alegan presuntos maltratos, de su obligación legal de poner en conocimiento de otras autoridades esas situaciones, y, recientemente, nos enteramos los ciudadanos que en sus cajones la Junta de Castilla y León guardaba 1.600 presuntos casos sin que, diligentemente, se pusieran dichas situaciones en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Ministerio Fiscal o juzgados, cuando a los ciudadanos se nos bombardea de que debemos denunciar esas posibles situaciones, así como al personal médico. Y lo peor, en escritos de la Junta de Castilla y León se nos afirma que sí que están dando cuenta de estas situaciones, que también pudieran estar afectando a menores no emancipados.
Como Ud. sabe, a ninguna mujer española se la viene imponiendo relación no consentida con hombre alguno, y todos pensamos que los niños son fruto de relaciones libremente aceptadas o consentidas por ambos padres.
También hay que destacar que no se producen, salvo mejor información, ninguna separación o divorcio en que el juez de turno lo decrete por maltrato alguno.
Según parece, aquí se ha producido una denuncia, y petición de orden de protección en medio de una separación de unos padres, hecho legal y respetable. Y se han obtenido de una manera rápida unas decisiones pedidas por la madre, pero, la realidad, que no se juzga, es que esa madre, con el concurso de su abogado y procurador/a, han dejado a dos preciosas niñas en un limbo legal, en que el Estado Español y la Junta de Castilla y León, son incapaces de tutelar los derechos propio de las mismas, y distintos de los de sus padres.
 
¿QUÉ SE LE PIDE?.
 
Expuesta la situación real y legal de esas dos niñas, y cómo esto se habrá producido, o se estará produciendo, o se puede producir en otros casos, dejamos a su criterio recomendar a la Junta de Castilla y León y a los grupos parlamentarios representados en nuestras Cortes autonómicas, lo que proceda.
Y se añade una cosa más. Como Ud. sabe, si estos padres, a través de sus abogados, o en sede judicial, llegaran a acuerdos, la administración de justicia, en principio los admitiría. Entonces, ¿por qué la Junta de Castilla y León prohíbe, en este caso a APROME, vulnerando el bien superior del menor, facilitar visitas de esas niñas a su padre en un PUNTO DE ENCUENTRO, si ambos padres estuvieran de acuerdo?.
Confiamos en su eficacia demostrada en múltiples ocasiones.
En nombre de esas niñas, y de todos los niños de Castilla y León. MUCHAS GRACIAS.
Esperamos nos informe. Atentamente,
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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Para empezar, podría instar a la Junta de Castilla  y León, que, extraordinariamente, permita a esas niñas y a ese padre verse en el PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR, en las mismas condiciones que se acordaron en la orden de protección, hasta que se dicte judicialmente lo que proceda. Llevan más de seis meses sin tener ese derecho, y es una vergüenza para la COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN y todos sus ciudadanos, que seamos incapaces de proteger los derechos de esas niñas, salvo que la madre y su abogado se opongan. Este padre carece de condena alguna.

ESCÁNDALO: LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN HA GUARDADO EN SUS CAJONES 1.600 EXPEDIENTES DE MUJERES QUE PUEDEN MORIR O ESTAR SUFRIENDO BRUTALES PALIZAS.

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ILMA. SRA. FISCAL JEFE DE CASTILLA Y LEÓN
PALACIO DE JUSTICIA
Avda. de la Audiencia, 10
09003 BURGOS
 
ASUNTO: MIL SEISCIENTAS MUJERES EN PELIGRO DE MUERTE Y LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN NO INFORMA A JUECES, FISCALES Y POLICÍAS CON LA DEBIDA URGENCIA.
PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE SUS DEBERES LEGALES DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, QUE ATIENDEN A LAS MUJERES QUE PUEDAN ESTAR SUFRIENDO SITUACIONES DE VIOLENCIA DOMÉSTICA, DE GÉNERO, ETC., DE PONERLO EN CONOCIMIENTO CON LA DEBIDA DILIGENCIA ANTE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO, FISCALÍA O JUZGADOS
Burgos, 10 de octubre de 2.018
Ilma. Sra.:
El pasado 8 de noviembre de 2.017, nos dirigimos a la Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, de la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, sobre el siguiente asunto:
PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DEL PERSONAL DEPENDIENTE DE ESA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, Y LOCALES, RESPECTO A PRESUNTAS VÍCTIMAS DE GÉNERO. NO DENUNCIAN, PRESUNTAMENTE, PRESUNTAS SITUACIONES DE MALTRATO A MUJERES Y NIÑOS, QUE EL RESTO DE LOS CIUDADANOS TENEMOS OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR.
Se adjunta copia de ese escrito.
A dicho escrito, con fecha 17 de enero de 2.018, Dª María José Chica Ramos, Jefa del Servicio de atención a las víctimas de violencia de género, de la citada Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidad, Gerencia de Servicios Sociales, Dirección General de la Mujer, respondió con el escrito cuya copia se adjunta.
Entre otras cosas, “hablan de que la comunicación del profesional a la autoridad pueda aplazarse el tiempo imprescindible a fin de valorar los riesgos y poner en marcha los mecanismos de intervención y apoyo que estén en su disposición, esa comunicación es una obligación que los coordinadores y coordinadoras de caso conocen y cumplen, pues la víctima y sus hijos e hijas tienen derecho a la incolumidad en todos sus aspectos y a la protección que desde los servicios sociales puede y debe dispensarse ante actos que la pongan en peligro.”
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Pues bien, con fecha dos de octubre de 2.018, en los medios de comunicación, se informa que la Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de la Junta de Castilla, Dª y León, Dª Alicia García, en reunión con la Ilma. Sra. Delegada del Gobierno en Castilla y León, Dª Virginia Barcones, manifiesta que la Junta de Castilla y León va a entregar a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado más de 1.600 historias sociales e informes de vulnerabilidad de víctimas de violencia de género con los que cuentan con el fin de que se puedan valorar mejor los riesgos, etc., etc.
Se adjunta copia de la información que aparece en la página 33 de Diario de Burgos, de dos de octubre de 2.018.
Ilma. Sra. Fiscal Jefe de Castilla y León, salvo mejor información, nos encontramos ante un presunto hecho muy grave, que es que personas que son responsabilidad de la Junta de Castilla y León, que atienden a estas mujeres, no están cumpliendo con su deber legal de comunicar diligentemente situaciones que ellos manifiestan que son de maltrato o violencia de género, a las fuerzas y cuerpos de seguridad, fiscalía o juzgados, con la debida diligencia.
Es de temer, presuntamente, que haya instrucciones de responsables de la Junta de Castilla y León de que estas situaciones no se denuncien, cuando se recuerda de la responsabilidad personal de cada persona que en esa administración tiene ante esas situaciones que catalogan de maltrato.
Hablando claro, puede haber MIL SEISCIENTAS MUJERES que están sufriendo situaciones perseguibles penalmente, que se ocultan a las autoridades que deben perseguir esos presuntos delitos.
Y no puede pretender la Junta de Castilla y León que siendo conocedores de situaciones perseguibles de oficio dejen a la mujer la responsabilidad de denunciar, incumpliendo su propia responsabilidad personal.
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Cuando una mujer abre la boca para denunciar maltratos, y lo escucha un funcionario o persona dependiente de la Junta de Castilla y León, DEBEN ponerlo inmediatamente en conocimiento de las diversas fiscalías, juzgados de guardia o fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.
Estamos ante un escándalo de grandes proporciones que se estima exige de Ud., personalmente, que obligue a la Junta de Castilla y León que ponga, con la máxima urgencia, todos esos expedientes referidos a esas MIL SEISCIENTAS MUJERES para que por el MINISTERIO FISCAL se las proteja judicialmente, antes de que alguna muera, o esté sufriendo en silencio graves palizas, situaciones que puedan afectar a menores, emancipados o no.
Se ruega informe de estas gravísimas prácticas de la Junta de Castilla y León que, como reconoce la Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Dª Alicia García, saben del sufrimiento y padecimiento de cientos de mujeres y lo vienen ocultando a la Fiscalía, Juzgados y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
En definitiva, menos cuentos de esa administración, la Junta de Castilla y León, y mujer que denuncia ante los profesionales de la Junta de Castilla y León sufrir malos tratos de su pareja, libremente elegida, al menos por las ciudadanas españolas, que lo sepa puntualmente el Ministerio Fiscal, y actúe como proceda para que ninguna mujer en Castilla y León siga sufriendo palizas, y posible riesgo de muerte, porque la Junta de Castilla y León se guarda la información en sus cajones.
Nosotros no queremos ser responsables de ese maltrato que oculta la Junta de Castilla y León. Esperamos que el Ministerio Fiscal actúe CON URGENTÍSIMA DILIGENCIA en detener ese maltrato que conocen en la Junta de Castilla y León.
Al mismo tiempo, se estima debieran recordar a los coordinadores de cada caso, que atienden en la Junta de Castilla y León, de cumplir con sus obligaciones legales, que se contemplan en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y no cumplir presuntas instrucciones políticas.
Se recuerda que la Junta de Castilla y León impone obligación, personal, de denunciar a los servicios médicos y de salud que controla.
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Se espera informe sobre este gravísimo caso, de presunto incumplimiento de la Junta de Castilla y León, y personal a su cargo. Se informa a los medios de comunicación y entidades sociales.
¿Quedarán protegidas judicialmente esas MIL SEISCIENTAS MUJERES Y SUS HIJOS?.
Atentamente,
Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

AYUNTAMIENTO DE BURGOS: PETICIÓN DE QUE NO ASUMA COSTOS QUE DEBE PAGAR LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON.

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EXCMO. SR. ALCALDE DE BURGOS
BURGOS
Copia para los grupos políticos.
ASUNTO: FINALIZACIÓN DE LA CESIÓN A TÍTULO GRATUITO DE VIVIENDAS A APROME, PARA EL PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR,CUYOS GASTOS DEBIERA ASUMIR LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, Y NO LOS CIUDADANOS DE BURGOS.
Burgos, 26 de noviembre de 2.018
Muy Sres. nuestros:
Por parte de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos hay una cesión de viviendas, para Punto de Encuentro Familiar, sito en calle Roa, 7 de Burgos.
Según escrito que dirigieron a compañero de esta asociación, con fecha 23 de febrero de 2.018, firmado por Dª Gema Conde Martínez, manifiestan que, conforme al decreto 11/2010, de 4 de marzo, por el que se regulan los Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León y su autorización de funcionamiento, es un servicio de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León, a la que corresponde la dirección técnica de la misma. Como se indica en la Ley 1/2007, artículo 20.1.
Sin embargo, en ese decreto, en su artículo 3.3, se manifiesta que la Administración de la Comunidad, a través de la Consejería que tenga encomendada las competencias en materia de familia, contribuirá a mantener la Red de Puntos de Encuentro Familiar.
En dicho decreto, salvo error, no se indica que dicha asociación tenga que ser ayudada por otras administraciones.
Y es en el interés superior de esta ciudad de Burgos, cuyos intereses económicos deben vigilar Uds., por lo que se pide que dicha cesión de las viviendas tengan una compensación económica a favor de las finanzas municipales, que tan endeudada está.
Nos encontramos con una asociación cuyo nombre es ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL MENOR EN LOS PROCESOS DE SEPARACIÓN DE SUS PROGENITORES (APROME).
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Como indica la Junta de Castilla y León, en su acuerdo de 7 de junio de 2.018, por el que concede una importante subvención a esta asociación, esta asociación se dedica a gestionar los Puntos de Encuentro Familiar de Castilla y León. Salvo mejor información, no es una asociación que, con sus socios, atienden los puntos de encuentro, sino que gestionan grandes cantidades de dinero, en varias autonomías, y se dedican a pedir ayudas, de todo tipo y condición, en concreto, a ayuntamientos y diputaciones de Castilla y León.
Como bien señala la Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, de Castilla y León, Dª Alicia García Rodríguez, en su orden de dicha consejería, de fecha 20 de marzo de 2.018, en que deniega el acceso a la memoria económica de esta asociación, justificativa del coste de las actividades que realiza, se justifica porque puede suponer un perjuicio a los intereses económicos y comerciales de la entidad.
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Por tanto, es de temer que esta asociación, a pesar de que se declara sin ánimo de lucro, obtenga beneficios, pues parece poco probable que sus socios aportaran cuotas o donaciones para cubrir posibles pérdidas en el ejercicio de su actividad gestora. Concretando, los socios no llevan el día a día de los Puntos de Encuentro Familiar, manejando mucho dinero, en varias autonomías.
Por otra parte, nos encontramos con que su propia denominación:ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL MENOR EN LOS PROCESOS DE SEPARACIÓN DE SUS PROGENITORES (APROME), parece asumir competencias judiciales, policiales y de diversas administraciones, como pudiera ser ese propio Ayuntamiento de Burgos.
Nos encontramos, por tanto, con una publicidad engañosa. Por un lado, con su nombre parece que el mundo de los niños estaría en peligro si esta asociación no existiera, y, por otra parte, a pesar de que se manifiesta sin ánimo de lucro, es previsible que obtenga beneficios, añadido a que sus socios son gestores de fondos públicos de un servicio que pudiera llevarse por personal de la Junta de Castilla y León, o de cualquier persona, física o jurídica, que gestionara dichos servicios con un respetable ánimo de lucro.
Por tanto, se nos está vendiendo a los ciudadanos burgaleses unos servicios que pudieran incumplir la normativa de publicidad, de sus actividades.
En efecto, no todos los niños en procesos de separación/divorcio de sus padres están protegidos, o atendidos por los Puntos de Encuentro Familiar. En concreto, según información reciente en la prensa de Burgos, se habla de que antes de que el Juzgado de Familia conceda medidas provisionales, se tarda unos seis meses. Es decir, hay niños cuyos padres pueden estar en conflictos que carecen de medidas civiles, que pudieran derivar las visitas a los puntos de encuentro.
Esto está provocando que haya situaciones familiares, que, desgraciadamente, y no siendo necesario denunciar para separarse/divorciarse, se derivan a denuncias y al Juzgado de Violencia de la Mujer, en que, en ciertos casos, no se utilizan todos los medios legales por parte de alguna madre, para que los menores no emancipados tengan aseguradas las visitas al padre, siendo su derecho legal relacionarse, en igualdad, con ambos padres, y que no protegen los Puntos de Encuentro Familiar en concreto, y, desgraciadamente, por una incompleta o deficiente regulación normativa.
Por todo ello, consideramos que se está vendiendo con su nombre un servicio que no se da: proteger a TODOS los menores en procesos de separación de sus progenitores. Como se legisla en la Ley de Publicidad, en su artículo 3.a), su propio nombre atenta contra menores no emancipados que no tengan derecho a ser atendidos, conforme se indica en el artículo 14 de la Constitución Española.
Conforme al artículo 18.1 de la citada Constitución Española, enviados por juzgados de violencia sobre la mujer, se atiende a hijos de padres que tienen derecho a la presunción de inocencia, y pudieran ser considerados por la población como maltratadores, cuando aún no han sido juzgados, y, a menudo, salen absueltos. Y, como reconoce el artículo 20.4 de la Constitución Española, las libertades que pudieran estar ejerciendo algunas madres, sobre los padres que libremente eligieron para sus hijos, pudiera atentar contra la información veraz a la que tenemos derecho los ciudadanos de Burgos, y los propios menores no emancipados que atiende APROME. Incluso, este medio social, en algunos casos, pudiera ayudar a una ALIENACIÓN PARENTAL. Por su uso, en unos casos, y por no acceder al mismo otros menores no emancipados, en otros casos.
A pesar de lo que antecede, en modo alguno procede valorar la actuación de los profesionales contratados por APROME, que, obviamente, no son socios de esa asociación, sino que nos encontramos con una asociación que recibe diversas compensaciones económicas, en dinero o especie, que aunque se manifiesta sin ánimo de lucro, ni pone dinero, ni pone socios para defender sus fines, y sí generar presuntos beneficios, que son ocultados a la sociedad, si es el caso. Ejerce una actividad económica.
Y aquí lo que se pide es que los pisos de la ciudad de Burgos generen fondos para atender las necesidades de los ciudadanos de Burgos, y que sea la Junta de Castilla y León la que dé las ayudas, subvenciones, o los contratos comerciales que proceda, al ser la entidad pública que tiene atribuida la competencia de este servicio. Además, serviría para controlar todo lo que recibe de recursos públicos esta asociación, que tememos que, al recibirlo de diversas administraciones públicas, nadie se preocupa de controlar.
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Por ello, en el nombre del interés superior de los ciudadanos de la ciudad de Burgos, sobre todo de los que pagamos diversos impuestos, que cobre el Ayuntamiento de Burgos un alquiler a esta asociación que gestiona un servicio cuya competencia compete a la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, y se ingrese en las cuentas del Excmo. Ayuntamiento de Burgos. Y, si procede, ese gasto lo soliciten a la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, o lo cubran los socios de esta asociación con sus cuotas, o lo hagan a cargo de su posible capital, que pudieran haber acumulado en los más de veinte años que vienen recibiendo subvenciones y ayudas de administraciones públicas de esta Comunidad de Castilla y León.
Se espera atiendan con la debida diligencia esta petición, y se ruega contestación a este escrito.
Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

NUEVO CASO LA MANADA CASO ARANDINA: LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN CONTRA TRES FAMILIAS

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Como no puede ser de otra manera, deplorar la actitud de nuestros dirigentes políticos, de casi todo partido y condición, como, sin más pruebas que la denuncia de una chica o mujer, contra un chico o un hombre, para que, como un toro furioso, se cargue el estado de derecho de división de poderes. Y esto en una comunidad que no tiene prensa libre, y se considera prensa libre cuando las autoridades dejan a su libre albedrío, y profesionalidad, ejercer su profesión, de informar sin cadenas ni ataduras.

Ahí está el último reglamento que les da una administración que pone numerosos y costosos anuncios en los medios de comunicación.

https://comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1281372051501/_/1284764023518/Comunicacion

“LA JUNTA Y EL PERIODISMO DE CASTILLA Y LEÓN DAN UN NUEVO PASO HACIA LA SENSIBILIZACIÓN, PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA MACHISTA.”

Ya en diciembre de 2.017, cuando empezaba este caso, la Junta de Castilla y León condenaba, sin ser juez:

https://www.burgosconecta.es/provincia/ribera/junta-condena-presunta-20171214163436-nt.html

“La portavoz de la Junta de Castilla y León, Milagros Marcos, ha condenado hoy el caso de supuesta agresión sexual sufrida por una menor por parte de tres jugadores de la Arandina CF, actuaciones que a su juicio «deben estar castigadas».

Estos días, la actual Consejera de Familia, se opone a que tres ciudadanos en libertad, provisional, o como sea, ejerzan su derecho personal constitucional a un trabajo:

http://www.diariodevalladolid.es/noticias/castillayleon/alicia-garcia-ve-provocador-inadmisible-almazan-fiche-dos-investigados-caso-arandina_123046.html

“Alicia García ve “provocador” e “inadmisible” que el Almazán fiche a dos investigados por el caso Arandina.”

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Total, les daban trabajo, y ahora ya no.

https://www.msn.com/es-es/sports/futbol/dos-de-los-investigados-por-el-caso-arandina-fichan-por-el-almaz-c3-a1n-de-tercera-divisi-c3-b3n/ar-AAzk1Yf

“El Almazán tenía unas necesidades futbolísticas en unas posiciones determinadas «y los hemos contratado con naturalidad», señaló. «Si por un casual sale esta temporada el juicio y son culpables, se irán del club, y si son absueltos, seguiremos con normalidad».

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Mensaje a los jueces de Burgos: CUIDADÍN, CUIDADÍN…..

Estas líneas son de apoyo a las familias de esos tres muchachos, educados por el sistema escolar de la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, que ahora les condena a la pobreza, y obliga a unos padres a mantenerles con la desesperación de esos chicos. Se les impide trabajar para pagar los cuantiosos gastos de abogados que se supone tienen, derecho constitucional.

Qué decir a esos padres, a esas familias, pues que aquí juzgan los políticos, que se intenta amedrentar a los jueces, con presión de feministas que incumplen las normas legales de manifestación, y a las que se las subvenciona.

No sé si estas reflexiones llegarán a esas familias.

Ojo, estas reflexiones no son para apoyar a nadie. No somos jueces, pero exigimos que se respeten los derechos constitucionales y la separación de poderes.

Recordamos a la Junta de Castilla y León que dio cobijo a una mentirosa para la que piden más de ONCE AÑOS DE CÁRCEL, y que con cuya palabra un hombre fue encarcelado. Sí, en El Bierzo.

http://www.leonoticias.com/bierzo/201610/22/junta-ofrece-piso-tutelado-20161022191309.html

“La Junta ofrece un piso tutelado a la mujer agredida de Bembibre ante el temor a los cómplices de su expareja.”

Gracias por su atención.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.FS.-BURGOS. (5-7-2.018)

P. D.- Decía el cómico Groucho MARX: “Éstos son mis principios, si no les gustan, tengo otros”. O al menos se lo atribuyen.

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Pues bien, durante la mayor parte del mandato de la anterior consejera de Familia de la Junta de Castilla y León, la Excma. Sra. Dª Milagros Marcos, desde el año 2.011 a marzo del 2015, las chicas de trece años tenían capacidad legal para dar consentimiento sexual.

Tengo una duda, ¿esa chica denunciante tuvo durante algún tiempo capacidad legal para tener relaciones sexuales  antes de los dieciséis años ?. Ahí va ésa.

PRESUNTO GRAVE ESCÁNDALO. SE NOS ACUSA DE NO IMPEDIR MUERTES QUE COMETEN OTROS.

El Gobierno y administraciones públicas conocen casos de presunta violencia de género y no obligan a la mujer a denunciarlo, ni lo denuncian ellos ante la Policía, Guardia Civil o Juzgados. Pero legal y moralmente lo debemos hacer Ud. y yo.
 
EXCMA. SRA. CONSEJERA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
C/ Padre Suárez, 2
47.006 VALLADOLID
CARTA PÚBLICA
 
ASUNTO: PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DEL PERSONAL DEPENDIENTE DE ESA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, Y LOCALES, RESPETO A PRESUNTAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO. NO DENUNCIAN, PRESUNTAMENTE, PRESUNTAS SITUACIONES DE MALTRATO A MUJERES Y NIÑOS, QUE EL RESTO DE LOS CIUDADANOS TENEMOS OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR.
 
Burgos, 8 de noviembre de 2.017
 
Excma. Sra.:
Mediante la  LEY 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León, en su artículo 9, sensibilización, la Junta de Castilla y León nos impone a todos los ciudadanos, de todo sexo, género y condición:
2. Asimismo llevarán a cabo periódicamente e impulsarán campañas informativas destinadas a la difusión y conocimiento de:
c) Los deberes de la ciudadanía ante el conocimiento de situaciones de violencia.
d) La repulsa social a los agresores contra la mujer.
 
Por otra parte, el gobierno español, está lanzando una fuerte, y supongo costosa campaña, que se ve en distintos medios de comunicación,       paneles en las calles, etc., en que, en la puerta de una vivienda, aparece, en plan de película norteamericana, una corona de flores con el siguiente mensaje:
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“TUS AMIGOS Y VECINOS SIENTEN NO HABER HECHO NADA”
Y el siguiente texto:
“Cuando hay maltrato en una pareja, no  son sólo cosas de pareja.
No permitas la violencia de género.”
Según esta ley y estos mensajes, cuando oigamos un ruido sospechoso en nuestra comunidad, o una compañera de trabajo llegue con ojeras al trabajo y la preguntemos cómo van las cosas en casa, y nos diga que no van bien, debemos llamar a alguno de los teléfonos de estos temas, o a la Policía o Guardia Civil, o escribir a la fiscalía o al juez de guardia, y decir que sospechamos, tememos, es probable, es posible, y, por si acaso, el vecino, ese tan simpático que siempre saluda en el ascensor, y con el cual hemos tomado más de una cerveza, puede, presuntamente, ser un ser ruin, taimado, quizá violento y mala persona.
Y que esa maravillosa vecina, que se ocupa tan bien de los hijos, que suponemos de ambos, puede estar sufriendo una situación muy difícil, en que el amor se ha ido, y  haya un presunto maltrato de ese vecino hacia esa mujer. Quizá de obra, pero casi seguro de palabra y psicológico.
Y yo, como buen ciudadano, de Castilla y León, de España y europeo, debo poner en conocimiento de alguien que investigue, y se  castigue, si procede, a ese presunto mal vecino y casi seguro compañero, cónyuge y, posiblemente, padre. Y, por otra parte, que esa, presunta, pobre mujer y vecina reciba todo el apoyo de nuestras autoridades, con el dinerito que podamos pagar los ciudadanos vía impuestos. O la pongamos en bandeja un procedimiento judicial para castigar al presuntamente malvado hombre. Y posiblemente se le castigue con una detención previa y noche en comisaría.
Por otra parte, debemos proceder a retirar el saludo a ese vecino, dejar de tomar alguna cerveza con él, y, cuando salga detenido, si es el caso, aunque no se debe, habría que escupirle a la cara: mal ciudadano, mal hombre, mal padre…Ojalá te pudras en la cárcel.
Pero, con qué cara nos podemos quedar todos cuando ese hombre, ese ciudadano o ese padre nos diga, alto y claro, que no ha sido condenado. Que incluso la mujer, esa pobre mujer, que todos considerábamos una víctima, nos diga que quién nos ha dado vela en ese tema, cuando ella no ha pedido nada.
Vaya, pero si yo he creído ayudar a una mujer, ayudar a combatir esa tremenda lacra mundial que es la violencia de género. Y yo me pregunto, ¿ vendrá algún funcionario o político a explicar a esos vecinos que me encuentro todos los días en la escalera, en el portal o en el ascensor, que yo he hecho lo que creía me “imponían las leyes”, y en concreto las de Castilla y León ?. ¿ Volveremos a saludarnos en el ascensor y a tomar unas cervezas, de vez en cuanto ?. O se volverán violentos hacia mí, y con razón.
Porque aquí nos encontramos con un concepto de las mujeres, españolas de toda la vida, estimo que por parte de Uds., que son tontas. Que, aunque se emparejaron o contrajeron matrimonio, libremente y con la persona que libremente escogieron, y con la que tuvieron libremente hijos, desconocen que no tienen que pedir permiso a nadie para dejar de convivir con esa persona, y que se obtiene el divorcio sin justificar nada, ni a Uds., ni al cónyuge o pareja, ni a los hijos, ni al juez, ni a mí. No hay ningún divorcio que se decrete por maltrato alguno, salvo que Ud. tenga otros datos.
Aclarado ese concepto sobre las mujeres que tienen Uds., los señores Políticos, nos encontramos con la realidad social de que en muchos hogares hay grandes problemas de tipo económico, como es la dificultad de llegar a final de mes, paro, empleos precarios….que hacen difícil una convivencia en que el estado no da manual de instrucciones para el día a día. Y el no tener una salida social, por situaciones de pobreza o precariedad, hace que dos convivan juntos en un estrecho espacio, en que los sentimientos positivos que suponemos hubo, ya no existen y cualquier tema común, para el cual existen diversas alternativas, sea motivo de conflicto. Y si a ello añadimos una sociedad que alienta el consumismo a todos, mayores, pequeños, jóvenes y ancianos, crea un estado de  frustración  familiar. Y Uds. sólo proponen Código Penal, detención y condena.
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Y se ayuda a la mujer que manifiesta maltrato, a las otras no.
Por otra parte, en las asociaciones de padres separados/divorciamos somos testigos de la enorme conflictividad entre padres, durante los largos procedimientos judiciales en que, al final se toman medidas, que, a menudo, son recurridas en instancias superiores. Y cómo los contactos entre padres se vuelven conflictivos o inexistentes. Quizá ya lo eran antes.
Pues bien, a los ciudadanos se nos “impone” una obligación moral, legal y real de denunciar “presuntos” hechos que pudiéramos creer que pudieran terminar incluso en la muerte de una mujer o de niños, y cuyo causante  es un hombre. Pero, cuando el presunto, probable o real causante es una mujer, parece que esa misma obligación no existe. Y perdonen si Uds. estiman que esto no es así. Lo habremos comprendido mal.
En la citada ley de esta Comunidad Autónoma de Castilla y León se habla, en su artículo 7, acreditación de la situación de violencia:
“La situación de violencia de género se podrá acreditar, a los efectos de la presente ley, por alguno de los siguientes medios:
c) Certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública autonómica o local.”
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Nos encontramos con que los servicios sociales, tanto de esa administración pública autonómica, así como de la local, y provincial, tienen conocimiento de presuntas o reales situaciones de violencia de género, por parte de las víctimas o presuntas víctimas de esa violencia de género, que todos los ciudadanos “debemos denunciar”, y que si pasara algo, por no denunciar, nos impedirá dormir con la conciencia tranquila durante muchas noches.
Entonces procede, Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidad, de la Junta de Castilla y León, que informe, públicamente, ante todos los ciudadanos, y en contestación a esta carta, de lo siguiente:
  • Número de ayudas dadas por esa administración autonómica con una certificación o informe de servicios sociales o sanitarios de esa administración pública, provinciales o locales durante el año 2.016, y que acredite la situación de maltrato de la mujer.
  • Número de denuncias ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, o Administración de Justicia, de los empleados o funcionarios públicos, o trabajando para las administraciones públicas, de esos servicios sociales o sanitarios indicados, ante la ausencia de denuncia de esas mujeres, ante esas instancias públicas, que han alegado maltratos para obtener ayudas económicas, pisos tutelados, casas de acogida, etc., o empleos en que se subvenciona al empleador.
Pudiera ser escandaloso que todos los ciudadanos tengamos la “obligación” de denunciar presuntas sospechas, rumores o situaciones familiares difíciles, y el personal de los servicios sociales autonómicos, provinciales o locales, que hacen certificados o informes dónde se habla de una situación de maltrato, y que a la mujer se la exima de denunciarlo ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, o Administración de Justicia, y tampoco lo denuncien los funcionarios, etc., que puedan expedir y firmar esos certificados.
Y sería tremendo que haya menores no emancipados en casas de acogida, pisos tutelados, etc., porque se estima que hay presunto maltrato hacia la mujer, y quizá  hacia los niños, y Uds. no lo pongan en conocimiento de las autoridades, bien policiales, bien judiciales, para que se investigue y persigan esos presuntos delitos, y presuntos culpables, que deben ser perseguidos y castigados, cuando corresponda, después de un juicio con todas las garantías. Situaciones en que hay padres en pleno ejercicio, legal, de la patria potestad, y los hijos privados de padre. Y a la mujer y madre no se la exija ponerlo en conocimiento de Policías y Jueces.
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Y, obviamente, si el personal de las administraciones autonómica, locales o provinciales, no han denunciado esas presuntas situaciones de maltrato a mujeres o niños, procedería que lo hiciera la propia Junta de Castilla y León. Es decir, por Ud., si permite la osadía, al no hacerlo ni las mujeres, ni ese personal al servicio de administraciones públicas que se mencionan.
La gran pregunta. Uds., dirigentes y empleados al servicio de administraciones públicas, conocen presuntos casos de violencia contra mujeres y niños, que no denuncia la mujer, y a menudo madre, y Uds. quieren que sí los denuncien: médicos, enfermeras, ahora farmacéuticos. En algunas comunidades que intervengan administradores de fincas. Subvencionan a asociaciones de mujeres que también conocen casos de estos. Y todos los ciudadanos tenemos la “obligación” de denunciarlo y funcionarios o personal al servicio de administraciones públicas NO LO DENUNCIAN. ¿ Y TAMPOCO TIENEN LA OBLIGACIÓN LEGAL ?.
Se ruega informe de esta grave sospecha, cuando a todos los ciudadanos se nos impone la obligación legal y moral de denunciar presuntas sospechas, y se nos acuse, directamente, de no haber impedido la muerte de mujeres por no hacerlo.
En espera de su rápida contestación, muchas gracias y atentamente.
 
 
 
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Hace unos años, por la noche, iba a entrar en una calle no muy iluminada, y en que había una pareja que parecía estaba en conflicto. No había nadie transitando por la misma. Esperé que hubiera otra persona que iba a pasar por esa calle, para ir junto a él. Al llegar a la altura de la pareja, en voz alta, pregunté si había algún problema. La mujer dijo que no había ningún problema. Y seguimos nuestro camino. ¿ Debí llamar a la Policía para que esa pregunta la hicieran ellos ?.
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