
Si el caso de Dª Juana Rivas es importante, es para demostrar que, en España, los niños carecen de derechos personales, y que la madre representa sus intereses, y es la encargada de defenderlos por tierra, mar y aire. Como pasa en casas de acogida y similares, en que no interesa que haya decisiones judiciales. Vamos, que no las piden para que los niños tengan tutela judicial efectiva.
Total, para qué queremos Ministerio Fiscal, que en algunos casos en que se contemplaban derechos de menores no emancipados, no comparecía, dicho sea de paso.
Para qué queremos decisiones judiciales para sus hijos, si esa señora dice que están mal hechas, y eso que parece que no ha estudiado derecho (¿).
El cónsul español se reunió con Juana Rivas tras su rechazo entregar a hijos
El último despropósito, respecto a esos pobres niños, es que el Cónsul General de España en Italia se haya desplazado para hablar con esta señora, y su abogada en Italia. Pero, ojo, no ha sido para interesarse, personalmente, por los niños que libre y voluntariamente tuvo esa señora con el Sr. Arcuri, sino a través de lo que cuenta la madre. Fue para hablar con ella.

En efecto, conforme documento del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y de su Director General, de 31 de octubre de 2.018, según el sello de salida, “tanto el Consulado General, como la Cónsul Honoraria en Cagliari, siguen con atención el caso y se mantienen en contacto permanente con la defensa de la Sra. Rivas para conocer las novedades que puedan producirse”. Duda, ¿se reunió a solas con los dos niños?. Porque es grave que los niños no tengan asistencia consular, propia, cuando es de suponer que tienen la nacionalidad española. Y a través de su madre y abogada, pues no convence que estén defendidos sus derechos personales.
Por tanto, si no lo comprendemos mal, lo que interesa son los intereses personales de la Sra. Rivas, y sus teorías, sobre los derechos y problemas de los niños.

Como se ha dicho, o manifestado, en alguna ocasión, el mayor delito inicial que se ha cometido contra esos dos niños, en España, ha sido empadronarles en una población de Granada, Maracena. Si no fuera sí, se piden disculpas. Con ese acto oficial, se la dio poder a esa madre para llevarse a dos niños de otro país, o, mejor dicho, quedarse, fuera de toda norma legal. Los padres y los jueces sobramos, según parece.
Otro tema, cuando se están escribiendo estos hechos, y reflexiones, tengo a la vista una sentencia de divorcio. Hay una sentencia penal judicial contra el padre de un niño, pero eso no ha sido causa de ese divorcio. Es decir, no era necesario denunciar para divorciarse.
Según los expertos, expertas y expertillas, cuando hay violencia de género, familiar, doméstica, presunta, real o imaginada, no se puede hacer mediación. Entonces, ¿cómo es que se ha hecho y autorizado un convenio de mutuo acuerdo?.
Queda dicho, y a Uds. juzgar.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.