PARLAMENTO EUROPEO
CONTROL AYUDAS COVID-19
EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
EXCMO. SR. PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN
EXCMA. SRA. FISCAL SUPERIOR CASTILLA Y LEÓN
CONSEJO DE LA ABOGACÍA DE CASTILLA Y LEÓN
ASUNTOS:
– CONVENIOS DE DIVORCIO FIRMADOS BAJO AMENAZAS Y PREVISIBLES MALES INJUSTOS, COACCIONES Y MIEDO EN UNA COMUNIDAD EN QUE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN INCUMPLE SU DEBER DE INFORMAR A LAS FAMILIAS.
– UNA MUJER LO ALEGA PARA OBTENER UNA PENSIÓN DE VIUDEDAD.
– ¿CUÁNTOS MILES DE HOMBRES Y MUJERES ESTÁN EN LA MISMA SITUACIÓN, AFECTANDO A MENORES NO EMANCIPADOS?.
– ¿FRACASO DEL SISTEMA JUDICIAL Y DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN LA PROTECCIÓN A LAS FAMILIAS?.
– ¿HAY MILES DE SENTENCIAS QUE AMPARAN CONVENIOS QUE PUDIERAN SER ÉTICA Y LEGALMENTE DISCUTIBLES, AL HACERSE O PACTARSE ANTE EL TEMOR DE MALES CIERTOS E INJUSTOS?
Burgos, 27 de julio de 2.020
Excmos. Sres.:
La Comunidad Autónoma de Castilla y León, mediante la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León, tanto en su exposición de motivos, como en su artículo 17 (Formación y Orientación) reconoce sus obligaciones y competencia para asegurar la protección jurídica de la familia, que se contempla en la Constitución Española.
La Junta de Castilla y León, así como las distintas diputaciones y ayuntamientos de la región vienen gastando, anualmente, millones de euros en sus políticas de lucha contra la violencia de género y otras atenciones a familias.

Por este ciudadano, se ha pedido a la Junta de Castilla y León que informe de:
“Dinero gastado por la Junta de Castilla y León en informar a hombres y mujeres casados de que a partir de los tres meses de contraer matrimonio no hace falta justificar el divorcio.”
El pasado 20 de marzo de 2.020,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO, de la Junta de Castilla y León, D. Joaquín Meseguer Yebra, resolvió lo siguiente, según copia que se adjunta:
“Estimar la solicitud formulada por D. Jesús Ayala Carcedo, en el sentido de indicarle que la Administración de la Comunidad de Castilla y León no efectúa ningún gasto presupuestario en informar a hombres y mujeres casados de que a partir de los tres
meses de contraer matrimonio no hace falta justificar el divorcio, fundamentalmente por lo expuesto en los fundamentos de derecho tercero y cuarto.”
Nos encontramos en un estado de derecho, en que la legislación española no impone ni matrimonio, ni cónyuge, ni tiempo mínimo de convivencia dentro del matrimonio, desde el año 1.981. Desde el año 2.005 no se exige justificar el derecho de pedir el divorcio, por lo que, salvo que alguien aporte datos en contra, ni en los juzgados de violencia sobre la mujer de España se decreta divorcio alguno por otras causas distintas que por la petición expresa de uno o de los dos cónyuges, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio.
Recientemente, se ha tenido noticia de la concesión de una pensión de viudedad a una mujer, por parte del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en un caso defendido por el bufete NEGOTIA, de Valladolid, que sin que un hombre se pueda defender, por fallecimiento del mismo, esta mujer ha alegado ser víctima de violencia de género. (¿)
https://www.legaltoday.com/practica-juridica/derecho-civil/civil/pension-de-viudedad-a-victima-de-violencia-de-genero-2020-07-21/
En que se manifiesta lo siguiente:
“Eso le ocurrió a nuestra cliente, la protagonista de esta historia, que siendo víctima de violencia de género a manos de su esposo, y por salir del domicilio conyugal de la forma más rápida posible, firmó un convenio regulador de separación sin mención alguna a su pensión compensatoria. Lo que no podemos permitir es que se la someta a una doble victimización por parte de la Administración, haciéndola pleitear, a sabiendas de que a la Administración no se le va a imponer las costas.”
Ante estos hechos, se manifiesta lo siguiente:
Por parte de la Junta de Castilla y León:
Malgastar dineros públicos, o endeudarnos, para sus políticas de presunta o real violencia contra la mujer, cuando el pueblo español no obligamos a segundo alguno de situación no querida de convivencia, a ningún hombre o mujer, en relación de pareja o matrimonio.
Como en el resto de España, en Castilla y León, hay situaciones sociales, de paro, empleos precarios, que son el origen de situaciones injustas en situaciones de nulidad/separación/divorcio, y no presuntas conductas de los miembros de la pareja o matrimonio, en que el origen de muchos desencuentros radica en la falta de normas de convivencia legales para el día a día, pero, se insiste, los ciudadanos no obligamos a convivencia alguna no querida.
Como una muestra del trato brutal de la Junta de Castilla y León, hacia nuestros hijos, se adjunta copia del informe de la Consejería de Familia, de la Junta de Castilla y León, de fecha uno de junio de 2.020, en que se informa de que en el año 2.019, en CENTROS DE EMERGENCIA fueron retenidos 107 menores no emancipados, con un costo de 563.252,- euros, sin que un juez o Ministerio Fiscal hayan sido informados de su situación, cuando muchos, seguramente, estaban bajo la patria potestad también de padre.
Y en cuanto a las casas de acogida, 184 menores no emancipados, con un costo de 687.991,75 euros.
Y, en esos centros de emergencia y casas de acogida se atendieron a 192 y 297 mujeres, ¿ y la Junta de Castilla y León no gasta UN EURO en informarlas de las leyes que no obligan a convivencia alguna?.
¿Cuánto dinero gasta, por ejemplo, la Junta de Castilla y León en puntos de encuentro?. En el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, de 7 de mayo de 2.020, se aprobaron 1.457.600,- euros, a la favor de APROME.
https://comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1284877984309/ConsejoGobierno/1284951216432/Comunicacion
“El Consejo de Gobierno ha aprobado la concesión de una subvención de 1.457.600 euros a la Asociación para la protección del menor, APROME, entidad con la que la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades colabora, para financiar los gastos de funcionamiento de los 16 Puntos de Encuentro Familiar en Castilla y León.”
Y esto es lo que gasta la Junta de Castilla y León en subvencionar medios de comunicación, que han firmado un documento para tratar los temas familiares con demagogia:
La Junta publica en el Portal de Transparencia el detalle de los 67,1 millones de euros invertidos en publicidad institucional entre los años 2014 y 2019
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La Junta publica en el Portal de Transparencia el detalle de los 67,1 mi…
La Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León en vigor especifica …
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“LA JUNTA PUBLICA EN EL PORTAL DE TRANSPARENCIA EL DETALLE DE LOS 67,1 MILLONES DE EUROS INVERTIDOS EN PUBLICIDAD INSTITUCIONAL ENTRE LOS AÑOS 2014 Y 2019.”
Nuestros hijos en manos privadas distintas a funcionarios, atendiendo a madres que no han sido informadas de las normas que han regido sus relaciones de pareja, conforme a la legislación. CERO EUROS para informarlas.
Por parte del colectivo de la abogacía:
Nadie ha rechistado, nadie se ha quejado. Por un salario de país subdesarrollado atienden a mujeres, mediante justicia gratuita, cualquier demanda contra padres, afectando a menores no emancipados, aunque luego el padre no sea condenado. ¿Dónde está la libertad de rechazar casos en los que no creen o son injustos?.
Justicia gratuita contra niños indefensos en procedimientos de nulidad/separación/divorcio. Violencia contra nuestros hijos por problemas sociales de los cuales no somos responsables los hombres, los padres.
EN LOS JUZGADOS DE FAMILIA:
Ley de Enjuiciamiento Civil: “A la vista de la solicitud, el Letrado de la Administración de Justicia citará a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia en la que se intentará un acuerdo de las partes………”
No es infrecuente que S. Sª llame a los abogados, sin sus clientes, y estos salgan a proponer pactos a los padres. Pero la ley señala cómo se debe intentar llegar a acuerdos……….
Si a una mujer se la reconoce que firmó un convenio en circunstancias difíciles, ¿actuaron bien los posibles abogados y procuradores, el Ministerio Fiscal, si hubo hijos comunes menores no emancipados, y el propio juez?.
REFLEXIONES FINALES
Nos encontramos aquí un caso para recursos de casación, dudando de la legalidad, ética y moralidad de decisiones judiciales, en que se presentan convenios. En procedimientos de familia, que se han redactado y firmado con miedo. Tal como ha alegado la mujer que ha solicitado, y obtenido una pensión de viudedad, de la Seguridad Social. No trabajando, no estudiando, como han hecho, y hacen, muchas mujeres separadas/divorciadas que trabajan en las administraciones públicas, juzgados incluidos, después de una oposición. No madrugando para ir a trabajar, quizá dejando a los hijos con parientes o en guarderías, o solos, sino alegando que estuvo casada.

Y en esto se mezcla la demagogia, como señala la abogada de Negotia, de Valladolid, Dª Isabel Palomino Cerezo:
“La violencia de género es una de las más graves manifestaciones de la desigualdad entre el hombre y la mujer. Eso hace que las víctimas de esta lacra, a veces, tomen decisiones coactivas y restrictivas de sus propios derechos por defender y mantener su integridad física y psíquica.”
Y sí, no aceptar convenios no reflexionados, sino impuestos, trae como consecuencia, en muchos casos, lo que ya contemplaba la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio:
“Al amparo de la Ley 30/1981, de 7 de julio, de modo objetivamente incomprensible, se ha desarrollado una práctica coherente con el modelo pretérito, que materialmente ha impedido en muchos casos que, tras la separación o el divorcio, los hijos continúen teniendo una relación fluida con ambos progenitores.”
Ante madres educadas en la denuncia, no informadas de que ante un divorcio normalmente si no se pide una nulidad, no hay discusión jurídica, agravado por odios africanos y problemas sociales, más abogados de oficio, cuando corresponda, los hijos van a tener una visión no correcta de la situación familiar, en que los padres corremos el riesgo de perder el contacto con nuestros hijos, mucho dinero en abogados y mucha desesperación.

Lo mejor que podrían hacer en los juzgados es tratar estos temas de familia, como separaciones/divorcios NO contenciosos, sino contenciosos en las consecuencias, cuando corresponda.
Sí, hay muchos convenios firmados en el miedo, el chantaje y la coacción, y no sólo el de esa mujer, sino afectando a muchos niños en Castilla y León.
Guste o no, los juzgados se utilizan para la maldad, no para la paz social, en ciertos casos. Los juzgados no son parte de la solución, sino parte del problema, en demasiados casos.
Bombín es a bombón, lo que cojín a cojón.
Pedir el divorcio, que es un derecho de las casadas, y pedir la expulsión del padre del domicilio familiar. Nos obligan a casarnos en igualdad, y nos descasan en desigualdad.
¿Y para esto nos endeuda Castilla y León, y no gasta un euro en informar a las mujeres?.
Pobres niños, de madres no informadas.
A buen entendedor, pocas palabras.
Sin una mediación familiar, el padre/hombre sale vilipendiado, en la calle, arruinado y sin hijos. Esos son muchos de los convenios que aprueban los jueces y acepta el Ministerio Fiscal.
La violencia no tiene género, pero los padres y los niños sufrimos violencia institucional.
Atentamente.

Jesús Ayala Carcedo, pensionista por edad, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
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