BURGOS HA ACOGIDO LA XXVI ASAMBLEA ANUAL DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS-A.P.F.S.

Con el paso del tiempo, y de múltiples experiencias personales, es cuando, personalmente, aprecio gestos y actitudes de las personas, que en otro tiempo no llegué a apreciar, en su debido valor.

Pues bien, este dos de noviembre de 2.019, se ha celebrado en Burgos, con la eficaz colaboración del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, a través del Instituto de Cultura y Turismo, que nos ha permitido utilizar un espléndido salón en el Teatro Principal, la 26 asamblea nacional de esta asociación. Apoyo y ayuda que agradecemos profundamente.

El que una asociación sea capaz de reunir a personas de puntos alejamos de la geografía nacional, es un mérito que yo, personalmente, agradezco profundamente. Máxime cuando ha habido veintiséis asambleas en veintiséis años, en distintos puntos de España.

Algunos ni han podido quedarse a comer, y que llegaron el día anterior por la tarde, y no han estado en Burgos ni veinticuatro horas, al tener muchos cientos de kilómetros para regresar a casa

Con estas líneas, sin que más adelante podamos hacer alguna reflexión o resumen de lo que hayamos podido hacer o reflexionar, procede agradecer, como delegado en Burgos de la APFS, la presencia de todos los delegados y compañeros que han venido a Burgos, a todos los compañeros de Burgos y público en general que se han acercado a acompañarnos en este día, así como cargos políticos presentes.

Y, como no, agradecer la entusiasta y documentada conferencia de D Ángel Ausín Ibáñez, sobre la Situación Actual de la Violencia de Género y pruebas digitales.

No les aburro más, en nombre del Presidente Nacional de la APFS, Juan Carlos López Medina sólo una palabra más: GRACIAS.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

DOS DE NOVIEMBRE. CRISIS DE FAMILIA: LA FAMILIA EN EL JUZGADO

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Estimados amigas y amigos:

Tenemos el gusto de invitarles a los actos que va a celebrar la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS NACIONAL (APFS), asociación sin ánimo de lucro, con motivo de la celebración de su XXVI ASAMBLEA ANUAL, en Burgos.

 

Con la ayuda, y nuestro agradecimiento al INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA Y TURISMO, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en la mañana del próximo DOS DE NOVIEMBRE DE 2.019, en la SALA POLISÓN, del TEATRO PRINCIPAL, se celebrarán los siguientes actos, a los cuales quedan Uds. invitados.

11:00 HORAS

 

Presentación del libro escrito por el Presidente Nacional de APFS,  D. JUAN CARLOS LÓPEZ MEDINA:

SEPARARSE CON LA VERDAD Y LA CABEZA

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11:30 HORAS

 

Charla sobre Situación Actual de la Violencia de Género y pruebas digitales, a cargo de D. ÁNGEL AUSÍN IBÁÑEZ (Abogado Penalista de Madrid).

12:45 HORAS

 

Quince minutos de descanso.

13:00 HORAS

 

Mesa redonda a cargo de profesionales y delegados de APFS para tratar sobre mediación familiar, custodia compartida, alienación parental, coordinador parental, etc., en la que se invita a los asistentes a participar.

14.00 HORAS

Clausura de las XXVI ASAMBLEA DE DELEGADOS DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS (APFS), por parte del Presidente Nacional.

ACTOS QUE SERÁN PÚBLICOS

Previamente, daremos la bienvenida a los delegados que, de diversas partes de España, se desplazan a estos actos y a conocer nuestra bonita ciudad.

Separarse con la verdad y con la cabeza / Situación Actual: Violencia de Género y pruebas digitales

 

Burgos, octubre 2.019.

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http://apfs.es/                                 –                              https://apfsburgos.com/

La figura del coordinador parental.

De nuevo a vuelta de las vacaciones, os ofrecemos un nuevo articulo de nuestro presidente nacional Juan Carlos López Medina:

 

La figura del coordinador parental Según cifras oficiales más de 110.000 niños al año se ven afectados por divorcios conflictivos en España.

 

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Desde un tiempo a esta parte se habla cada vez más a menudo de la figura del coordinador parental, especialmente a raíz de una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 26 de febrero de 2015. Se trata de una sentencia pionera, en la que se implanta por primera vez en España la figura del coordinador parental como auxiliar del juez y de las familias en la gestión de su ruptura. ¿Qué supone esta figura y en qué casos se utiliza? ¿Cuál es su origen y cómo puede ayudar en una situación de divorcio conflictivo?

  • ¿Qué es el coordinador parental?

La figura del coordinador de parentalidad surge en los años 90 en Estados Unidos y Canadá para la normalización de las relaciones parentales después del conflicto matrimonial o de pareja, en contextos de grave conflictividad por diversas causas, en la que se hallan implicados los hijos menores. Parte de la base de que, tras la ruptura matrimonial y las decisiones judiciales subsiguientes, surgen cambios en la organización de la vida familiar que exigen de una adaptación precisa y de una leal colaboración entre los progenitores para que las nuevas situaciones afecten lo menos negativamente posible a la estabilidad emocional de los hijos.

Los cónyuges no siempre se hallan en disposición de ofrecer esta colaboración, produciéndose situaciones conflictivas en el régimen de cumplimiento de las sentencias que exigen de una continua intervención de los tribunales con las limitaciones de todo orden, en particular, procesales que conlleva.

En esos ordenamientos el coordinador de parentalidad se presenta, en este sentido, como un auxiliar o colaborador del juez en la implantación efectiva de las nuevas medidas con facultades de gestión del conflicto, de mediación, de reconducción de la familia hacia la normalización de la nueva situación en un clima pacífico que permita que en un tiempo razonable la familia acepte las nuevas pautas y sea capaz de autogestionarlas.

En algunos casos, el coordinador puede tomar decisiones vinculantes para la familia. Se organiza bajo los principios de especialidad, neutralidad, eficacia y confidencialidad, salvo la información que deba darse al tribunal.

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  • ¿Cuál es su función?

Actualmente, la figura del coordinador parental sigue siendo desconocida. Su función es mirar siempre por el bien del niño, «que está por encima de todo». Se entiende por procedimientos de alta conflictividad aquellos que «tengan múltiples denuncias, diferentes trámites judiciales abiertos, si los niños no quieren ver a alguno de los progenitores, demandas por violencia…».

El coordinador gestionará y promoverá la comunicación entre los padres porque «están tan centrados en el conflicto que se olvidan de las necesidades de los niños».

«Iniciará un proceso psicoeducativo, que pasa por educar a los padres sobre temas de comunicación, de gestión de enfrentamientos, explicar las etapas evolutivas del niño y el impacto que sobre él puede tener el divorcio», subrayan las especialistas.

Beneficios, costes…

  • El rol del coordinador parental es más directivo que el del mediador, posee de una mayor autoridad.
  • No hay plazos en la duración de los procesos, puede ser desde los tres meses hasta el año. «Dependerá de la dificultad del caso.
  • Cada tres meses, el coordinador debe enviar un informe al juez para que conozca cómo está la situación».
  • «Los costes suelen ser al 50% entre los progenitores, aunque lo acordará el juez dependiendo de los ingresos de las partes».

Entre los beneficios de esta figura está el «busca el bienestar de los menores, siendo una alternativa para la resolución del conflicto; también promueve las vías de comunicación entre los padres, para temas como la salud del menor, cuestiones académicas…».

El coordinador parental, esta «nueva figura»: no suprime ni al abogado, mediador, psicólogo clínico… «Coordina con todos los profesionales. Trabaja en una labor de investigación para saber cómo está la situación de los menores y buscar, así, las medidas necesarias para que tengan lo mejor». Es un nexo de unión entre todas las partes del proceso.

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  • Las diferencias que existen entre la figura del Coordinador Parental y el Mediador.
  • Confidencialidad. El mediador trabaja de forma confidencial mientras que el coordinador parental está en contacto continuo con el juez. Asimismo, el seguimiento de la resolución judicial que realiza esta figura profesional se comunica para poder ver el avance del caso. El coordinador parental informa periódicamente sobre el progreso de los padres y menores ante las resoluciones de los conflictos.
  • Formación. Trabajar con familias en un nivel de riesgo social implica una formación complementaria y exhaustiva. Pese a que la formación de mediación es importante es necesario una mayor especialización, o al menos así lo pienso yo.

CUSTODIA COMPARTIDA, EL DERECHO A DECIR NO

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No sé si les he contado la historia de una mujer casada con muchos hijos que fue al médico, y le dice al médico: Doctor, tengo muchos hijos, y quiero que me dé un método para no tener más. ¿ Seguro que no se lo he contado ?. Bien. La dice el médico: mire, es muy sencillo. No tiene más que tomar un vaso de agua. Y la buena señora le pregunta: ¿ antes de o después de ?. Y el doctor la responde: En vez de……
¿ Lo han cogido ?. Espero que sí.
Perdonen la broma, pero hablando de estos temas de separaciones, divorcios, niños, custodias, etc., hay muchos que dicen que hay que cambiar las leyes, que los jueces tienen que dar más custodias compartidas, que si sí que si no…..
Y es cierto, las leyes son mejorables, y en eso muchos estamos de acuerdo. Que los jueces no dan todas las custodias compartidas que se debieran, pues coincidimos. Ahora bien, los problemas de las separaciones y divorcios ni los  solucionan las leyes, ni los debieran zanjar los jueces, que no es resolver, necesariamente, sino los contrayentes y padres. Todo esto extendido a las parejas, que han pasado por un registro de parejas de hecho, o sin ningún papel. Excepciones aparte.
Porque, cuando alguien dice que los jueces solucionan crisis, y otras catástrofes, ahí les va un “Vitorino” (toro de lidia famoso por su coraje). Pareja que sólo tiene ingresos subvencionados de CUATROCIENTOS EUROS al mes, tres hijos: seis meses, dos años y cinco años. Que deben seis meses de alquiler, y, además, hay alcoholismo, y da lo mismo que sea del hombre, de la mujer, o de los dos. Y, ahora, vas y lo cascas. Y que ayuden al juez expertos y expertas para encontrar soluciones, si las hubiera o hubiese.
Y todo esto viene en relación a un artículo que he leído hace poco, en que la presidenta de una asociación de profesionales de Psicología Forense, de la autonomía de Valencia, hablaba sobre introducir la figura de coordinador de parentabilidad en casos de divorcios conflictivos con menores, y añado, menores no emancipados.
Sobre ello debo decir que ningún divorcio es conflictivo, en cuanto al vínculo, salvo que uno pida la separación o divorcio, y el otro pida la nulidad, o viceversa. O si uno pide la separación y el otro el divorcio. Porque pedir, o exigir, el divorcio es ejercer un derecho que no requiere justificarlo, y es personal, y con que uno sólo lo pida, pues vale. Y las famosas denuncias y maltratos no son causa de los mismos. Y lo repito, nadie se divorcia en que el juez lo decrete por maltrato alguno. Si alguno tiene otros datos, por favor, que nos lo diga.
También afirmaba esta experta que en le prometida o exigida nueva ley de custodia compartidasiempre habrá una mención específica para que no se imponga como norma general. Y añade, “supongo que seguirá primando que, en caso de disputa o desacuerdo, se necesitará una valoración pericial hecha por un profesional”.
Bueno, eso es lo que hay.
Los que ya estamos jubilados, por viejos, y no por listos, nos acordamos de un dirigente afro americano, como es correcto decir ahora, en lugar de decir negro, que ante una gran multitud dijo: Tengo un sueño. Lo dijo en inglés, porque vivía en USA (Ya saben, Estados Unidos de Norteamérica). Un tal Martin Luther King. Lo mataron a tiros. Es peligroso soñar.
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Bien. Hace unos días, había puesto el despertador, para levantarme a cierta hora. Me desperté un poco antes y lo paré. Y volví a dormirme. Y soñé. ¿ Qué soñé ?. Y me pregunté, dormido. ¿ Por qué hay que discutir sobre la custodia de los menores no emancipados en situaciones de separación/divorcio/nulidad ?. Y encontré, en sueños, la solución. Claro y alto. Modificar el Código Civil, en ese artículo que les han leído a muchos, al contraer matrimonio, y no se acuerdan, y que lo modificaron en 2.005, aunque muchos ni se enteraron.
¿ Y qué dice dicho artículo, el 66 ?: Los cónyuges son iguales en derechos y deberes, Y a ello yo añadiría, y, en caso de nulidad/separación/divorcio, los hijos comunes, o que se consideren comunes, menores no emancipados, tendrán como régimen de guarda y custodia la custodia compartida, en caso de que ambos no acuerden otro sistema, y bla, bla y bla……
Por supuesto que no todos los casos deben decretarse como custodia compartida, pero debo hacerles notar a Uds. que el sistema mayoritario actual viene de un sistema en que, salvo que se presentara conjuntamente un acuerdo, había que alegar causas, que causaron gravísimos daños a hijos y padres, y que se reconoce en ley, cuando, les recuerdo que:
  • A nadie se le obliga a contraer matrimonio.
  • A nadie se le obliga a convivir con su pareja, ni un solo segundo no querido. A ninguno ni a ninguna. Y sin pedir permiso a juez alguno.
  • A nadie se le elige o impone pareja, ni el sexo de la misma, desde hace unos años.
  • Actualmente no hay que justificar causas para separarse o divorciarse.
Pero sí que se imponen en leyes contratos cerrados: contraer matrimonios en igualdad, ¿ y qué es la custodia compartida sino igualdad ?. O es que la igualdad en el matrimonio o pareja es una palabra bonita, filosófica y que no vale para nada.
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También les recuerdo que una mujer denuncia y, normalmente, el hombre es detenido.
Hay una ley en que con una simple denuncia de una mujer o una querella se la declara víctima, y se la da abogado gratis.
Parece que a nadie le preocupa dónde va a vivir o dormir el hombre o mujer que debe abandonar el domicilio familiar en procedimientos de familia, ni dónde va a ver a sus hijos, imposición que sí impone la ley a los jueces, decir dónde les verá. ¿ Seguro que lo cumplen ?. ¿ Por qué los expertos y expertas que dan charlas, conferencias y consejos, no dicen que no se decrete ninguna disposición judicial sin que todos tengan vivienda ?. Yo conocí a una persona jubilada, y ya fallecido, relevante en Burgos, que durmió sobre unos cartones en la calle. Menos mal que era verano. Hasta que alguien le ayudó.
Ante tantas barbaridades, e imposiciones, yo me pregunto, ¿ por qué dejamos a padres y madres el derecho de decir no a la custodia compartida ?. ¿ No se nos exige vivir o convivir en igualdad, pero en libertad ?. ¿ Es que el elegir pareja es un acto no reflexionado ?. ¿ Es que los hijos no son concebidos responsablemente por dos personas inteligentes a las cuales les damos derecho de voto ?.
Por supuesto que se podría dar el derecho a solicitar sistemas distintos a la custodia compartida, pero de momento, custodia compartida, por ley. Pero si Ud., por ley, ha contraído matrimonio o vive en pareja, en igualdad, por la misma ley, imposición legal, custodia compartida.
Bueno, saben que esto es una broma, y fruto de un sueño de un día que me costaba levantarme. Si a alguno, o a alguna, político, o política, experto o menos experto, etc., he podido ofender, presento mis excusas. Repito, lo soñé una mañana en que no sabíamos cómo iba a terminar el tema de Cataluña. Gracias por aguantar textos como éste.
Antes de terminar, les recuerdo que soñaba dormido, y ahora despierto, y confío que por mi sueño nadie me pegue dos tiros, o más. Como a Martin Luther King.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.  Empieza el 27 de octubre de 2.017.
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