ESCÁNDALO EN LAS VISITAS DE MENORES NO EMANCIPADOS. EXIGENCIA AL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Y MUNDO JUDICIAL DE FORZAR LOS ACUERDOS ENTRE PADRES

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No sé si Uds. estarán de acuerdo con nosotros. En caso de alguna inexactitud, por nuestra parte, anticipadamente, les pedimos disculpas.

Primero.- Los juzgados no van a poder atender, durante estos periodos de confinamiento, incumplimientos de los regímenes de visitas, o modificación de sentencias.

Segundo.- Jueces y juntas sectoriales de jueces han  decretado unas serie de recomendaciones y medidas, con criterios diferentes.

http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Consejo-General-del-Poder-Judicial/Sala-de-Prensa/Notas-de-prensa/El-CGPJ-establece-que-corresponde-al-juez-decidir-en-cada-caso-sobre-la-modificacion-del-regimen-de-custodia–visitas-y-estancias-acordado-en-los-procedimientos-de-familia

Tercero.- No siempre ha sido correcta la interpretación de esos escritos por parte de los medios de comunicación, creando una alarma social muy grande.

Cuarto.- Salvo en algunos casos, notoriamente, las madres custodias, con total impunidad, pueden, primero no dialogar, o escuchar al padre, y pueden rechazar todo tipo de acuerdo.

Por tanto, muchas de las recomendaciones de llegar a acuerdos, son un brindis al sol.

En algunos casos, se habla de que el padre que se considere perjudicado, cuando termine este temporal, si permiten la broma, podría dirigirse a S. S. de turno, para pedir una compensación…..En algunos casos se habla de posible cambio de custodia. Abogado, procurador, costos…………para, a lo mejor, al que si quería pactar, dialogar, reflexionar….

Pues bien, nos encontramos con que, tanto el CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, como jueces, y juntas sectoriales de jueces, han dado pautas, firmado acuerdos, o lo que sea, en base al Real Decreto 463/2020, por lo que, en principio, pudieran tener efecto para menos de quince días, puesto que el confinamiento domiciliario había empezado antes.

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Salvo mejor criterio, las recomendaciones o pautas, en muchos casos, si no fuera en todos, estaban previstas para un muy corto periodo de tiempo, por lo que las posibles sensaciones de injusticias, o abuso, notoriamente, por parte de madres, tendría un alcance limitado.

La realidad es que, muy previsiblemente, va a ser aprobado por el Congreso de los Diputados, un primer alargamiento del estado de alarma, por otros quince días más. Que las circunstancias podrían forzar alargarlo aún más.

Esto supondría que tanto jueces individuales, como juntas sectoriales de jueces, tendrían que confirmar prórrogas, y es ahí dónde nosotros exigimos que afinen la puntería, y perdonen, de nuevo, la broma. Y en ello deberían pesar las recomendaciones, o mandatos del Gobierno, y también Congreso de Diputados, en cuanto a que tiene primacía la salud de padres, hijos y demás familiares.

Es obvio, es que en estos momentos a los padres se nos debe exigir responsabilidad, con medidas contundentes, en que el sistema judicial no puede atender discrepancias, y, para ello, es preciso, urgente, necesario, hay que quitar el poder, sin ninguna responsabilidad y sin castigo, que, de hecho, tiene el padre custodio, en el tema de visitas, derecho personal de nuestros niños. Y que, en mayor parte, tienen las madres.

Señoras y señores, público en general, en las relaciones de familia, cuando hay una decisión judicial o sentencia en las relaciones de familia, ésa es la ley que regula las relaciones familiares. Y, en la mayoría de los casos, se contemplan relaciones personales y temas económicos. Si una de las partes se niega, primero a dejar a la otra parte hablar, no quiere hablar de posibles acuerdos, limitados en el tiempo, la pregunta que se les hace a todos Uds., ¿se deben cumplir las condiciones económicas, cuando una parte se niega, no sólo a hablar, y a escuchar,  sino a hablar de  plantear acuerdos?.

Y aquí no procede que alguien razone, o imponga lógicas.

Primero.- Una sentencia sólo la puede cambiar un juez.

Segundo.- Si una parte incumple una de parte de la sentencia, ¿se deben respetar el resto de cláusulas?.

Esto empieza ya a salir en la prensa.

Desde nuestra asociación somos firmes partidarios de la MEDIACIÓN FAMILIAR, sí o sí, y la CUSTODIA COMPARTIDA.

El estado de derecho EXIGE el cumplimiento íntegro de las sentencias. Salvo pactos entre padres, Uds. mismos……Y, si permiten la broma, de nuevo, o jugamos todos, o se rompe la baraja, como dicen en mi pueblo.

https://www.abc.es/familia/parejas/abci-estado-alarma-cambio-posicion-juzgados-familia-202003240144_noticia.html

“¿Qué pasa con la pensión de alimentos?

A todo ello, no se pronuncia expresamente sobre qué sucede con el pago de la pensión de alimentos que pudiera corresponder, “por lo que debemos entender que lógicamente dicha obligación no queda alterada por la nueva distribución de la custodia (que es meramente temporal). Apelamos por ello al sentido común de los progenitores ya que si no nos encontraremos ante una nueva fuente de conflictos entre los progenitores”, comenta el abogado.”

https://apfsburgos.com/2020/03/20/asunto-pueden-los-padres-atrasar-los-pagos-de-pensiones-de-los-ninos-mientras-dure-el-estado-de-alarma-cuando-las-madres-no-cumplen-lo-que-dicen-garantizar-las-sentencias-sobre-las-visitas/

 

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.-A.P.F.S.-BURGOS.

 

Coronavirus: Periodos de guardia y custodia y régimen de visitas. Tu derecho a verlos ó la salud y seguridad de tus hijos

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Ante esta situación de alarma hemos analizado el sentir de juristas y abogados por la redes sobre el cumplimiento de las resoluciones judiciales respecto a nuestros hijos y estos son los comentarios de varios interlocutores:

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Estamos ante una situación totalmente excepcional, de que manera podran realizarse estos intercambios.

Nuestra opinión no tiene más efectos que expresar postura, que está basada en la interpretación de la ley, el Decreto y el célebre favor filii.

El traslado de los menores de o hacia el domicilio del otro progenitor se encuentra en las excepciones del:

«Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de
alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19.» boe n 67.pdf

Al referirse al retorno a la residencia habitual unido a la asistencia a menores como indica el articulo 7

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El Estado de alarma no debería modificar lo dispuesto en la resolución judicial que acuerde el régimen de custodias o visitas. Se permite la circulación de vehículos para dar cumplimiento a las excepciones, por lo que, entiendo que es posible llevar a los niños.Los menores necesitan del contacto con sus progenitores, y en situaciones excepcionales de crisis como la actual en mucha mayor medida. Los progenitores necesitan tanto el contacto y vínculo con sus hijos en estos momentos, como compartir la exigencia extra que requiere.

El riesgo de un posible contagio cuando se trata de un cambio de domicilio existe, pero es el mismo que nos vamos a encontrar al acudir a un establecimiento a comprar bienes de primera necesidad. Por tanto, entiendo que el interés superior del menor permite asumir ese riesgo.

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Como excepción, entiendo que no sería aplicable para los supuestos de visitas, tales como las intrasemanales o aquellos regímenes que tienen pactadas unas horas a lo largo de la semana (sea en domicilio o en el Punto de Encuentro), dado que no se trataría de custodia sino visita.

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No está prevista una situación como esta, por lo que se apela al sentido común de los progenitores. Nada impide, si no hay síntomas del COVID-19, que las visitas se realicen con las medidas de prevención adecuadas, pero es algo que los padres deben decidir en consenso.

Como solución alternativa: Entiendo que el progenitor que no tiene consigo a los hijos, puede solicitar al Juzgado, sin necesidad de abogado, el poder tener contacto telemático con su hijo durante la cuarentena, si se lo impiden.

Y ante todo

Decide tú qué es más importante:

Tu derecho a verlo/s O la salud y seguridad de tu/s hijo/s

 

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Equipo de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

QUERERSE Y AGUANTARSE EN TIEMPO DE CORONAVIRUS

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Bueno, no sé por dónde empezar. Empecemos por lo malo. Este fin de semana, paseo en tarde soleada. Nos encontramos con dos hermanos de mi pueblo. Cara rara de la hermana, de unos sesenta años. Nos dice que tiene cáncer de pulmón, y que la están dando un tratamiento, y que, por ello, tiene molestias en los ojos. Dice que no ha fumado nunca.

En mi bloque vive un muchacho, buena persona, que va en silla de ruedas, por una enfermedad que tiene desde pequeño. De entre cuarenta y cincuenta años, supongo. Le echo una mano para entrar en el ascensor. No puede dar el botón. Me meto con él, y subimos a su piso. Me dice que desde que se levanta hasta que duerme le duele el cuello, y creo que parte de la espalda. No se puede arrascar ni darse un masaje. Lloraba. Por otra parte, encuentro a una antigua vecina, y la pregunto por su madre. No te habrás enterado, me dice. Murió en febrero. Estaba con una nieta, y se quedó como un pajarito. Tenía 101 años, y no fue el coronavirus la causa.

Irene Montero, positivo por coronavirus: Pablo Iglesias está en cuarentena

¿De qué se quejan Uds.?. ¿Qué le han denunciado y le han detenido?. ¿Expulsado de su vivienda, y pagando la hipoteca?. ¿Qué apenas ve a sus hijos?.

Cada uno sus lágrimas.

Pasemos a lo positivo. Mañana de paseo, por las orillas de uno de los ríos de Burgos. Día primaveral. Árboles que ya sacan las hojas con fuerza y alegría. Árboles en flor. Por cierto, Burgos tiene unos paseos maravillosos, con kilómetros y kilómetros asfaltados y llanos.

Bien. Hablemos de los matrimonios y parejas. En unos se quieren, en otros, se soportan.  El pasado lunes, tomando unas cervezas en La Rúa, hablamos un poco de normas que pudiera dar el estado, el español, o enseñar, sobre la vida sexual y otras hierbas. Y, supongo, que ahora con las medidas que se puedan dar o imponer, para no atrapar el coronavirus, habría que indicar: fuera besos, fuera abrazos, no darse la mano, o cogerse de la mano, cuando las parejas se encuentran después de un día fuera de casa, o cuando se queda para tomar un café. Y dormir en la misma cama……?????

El otro día, un gran amigo me dijo, he hecho un gran descubrimiento: no se puede razonar con una mujer estresada.

Y esto nos lleva a reflexionar sobre las posibles normas, o mejor dicho, reflexiones, que debiera dar el estado, sí, el estado, a los matrimonios y a las parejas, y se dice porque nadie se acuerda de lo que debe decir un juez o un alcalde cuando se contrae matrimonio. No intente recordarlo, porque no se lo dieron por escrito. Tres articulitos de algo que llaman el Código Civil. Y sí, un pequeño libro, o chuletilla, sería de agradecer, y antes de contraerlo, o al inscribirse en un registro de parejas de hecho. Y se me ocurre, entro de un mínimo, imprescindible, necesario:

–          Temas de dinero: separación de bienes, bienes gananciales, y otras modalidades que pueda haber, según la zona.

–          Alguna reflexión sobre temas sexuales, para evitar transmitirse enfermedades, y en beneficio de la posible descendencia.

–          Temas sobre posible separaciones/divorcio. No hace falta pedir permiso para dejar de convivir, en cualquier momento, y que, a partir de los tres meses de contraído matrimonio, no hay que justificar nada.

Vamos, lo que pueda caber en una cuartilla. Ah, se me olvidaba. Hace ya muchos años asistí a una boda, de esas de iglesia y traje de novia blanco. Se me quedó clavado: dedicaros, cada día, cinco minutos para vosotros.

Y eso lo recuerdo a menudo. No se puede discutir, razonar, tomar decisiones en cualquier momento, de cualquier manera, de pie, y cuando uno entra y el otro sale. No sé si debe ser un momento de café o cerveza, o al final del día, cuando los niños están en la cama.

Normalmente, entre hombre y mujer une, al menos al principio, el atractivo, la sensualidad y unas expectativas, que, unas veces son consensuadas, y otras imaginadas, pero, es de temer que sean como los programas de los partidos en época electoral, sin querer quitar la buena voluntad, unas veces son imposibles de cumplir porque eran imposibles, y si alguna vez eran razonables, en pocos casos, la realidad y el día a día, los hicieron imposibles.

¿Qué hacen durante el cierre de colegios los padres y madres separados y divorciados legalmente?

Si alguna vez el estado quiere dar una reflexión a las parejas, que sea, por favor, lo que dijo un cura, cada día, en calma, frente a frente, con dulzura, se quieran o no, con respeto, hablen de Uds., hablen de sus hijos, de sus temas comunes, pero nunca como enemigos. Cinco minutos cada día, en lugar de hablar de denuncias, como el derecho que quieren que impere en las parejas.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DEB BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

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