Decía mi difunta madre, y antes lo debió decir mi abuela: EL QUE ADELANTE NO MIRA, ATRÁS SE QUEDA.
Hace unos días, en plena desilusión, apatía, desesperanza, etc., hacía unas reflexiones:
CUSTODIA COMPARTIDA, ALGO HUELE MAL
En que terminaba diciendo que tenía previsto hacer unas reflexiones sobre temas relacionados con esto: CUSTODIA COMPARTIDA, pero, ante mi falta de fe, de confianza, más o menos, en los dos partidos que tienen responsabilidades, CIUDADANOS y PARTIDO POPULAR, respecto a una futura ley de CUSTODIA COMPARTIDA, me dije, bueno, ¿ para qué ?.
Sin embargo, CIUDADANOS, según se publica en los medios de comunicación, mueve ficha el 21 de mayo de 2.017, manifestando que va a pedir públicamente al PARTIDO POPULAR que acelere, a partir de mediados del mes de junio, para “que en el plazo de tres meses se realicen las modificaciones oportunas para que el Código Civil y las leyes concordantes recojan la guardia y custodia compartida como una modalidad preferente, tal y como recoge la jurisprudencia del Tribunal Supremo para casos de separación y divorcio.”
Entre otras cosas, también se indica o pide “que se incluyan las medidas legales que hagan plenamente efectivo el derecho del menor de edad a ser escuchado durante el proceso de separación o divorcio de sus padres.”
Y es ahí donde continúo llevándome las manos a la cabeza. ¡ Qué barbaridad !. Si no saben de qué va el rollo.
En el texto registrado por CIUDADANOS, según información periodística, se exige que la reforma del Código Civil siga las directrices de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. Dicha convención indica, en su artículo 9.3: “Los Estados Partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño.”
Y yo, en mi ignorancia, ¿ con tanto proceso con el que van a condenar a nuestros niños, seguro que al final tendrán buenas relaciones con el padre con el que no convivan, si no hay CUSTODIA COMPARTIDA ?. Y reflexiono esto porque en el año 2.005 se reconocía que los hijos solían perder el contacto con el otro padre, en el caso de estar preferentemente con uno de los padres. Y, añado yo, si con ello va la vivienda familiar y otras ventajillas, como, si denuncias, tienes ayudas.
Por otra parte, esto supone un cambio radical, respecto a lo que en dicho año se indicaba, y que ya venía recogiéndose desde el año 1.981: “en principio, el juez decide a falta de acuerdo de las partes.”
Esto es para llorar.
Y sigo reflexionando. Si a algunos les parece una barbaridad la CUSTODIA COMPARTIDA IMPUESTA, ¿ por qué se me obliga a un procedimiento judicial, costoso, y no se puede imponer unaREFLEXIÓN PREVIA A LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES ?. Y no necesariamente para llegar a acuerdos, sino para ver la situación familiar, y, para esos que tanto quieren a los niños, para reflexionar sobre ellos, y ser escuchados por los padres, porque parece que sólo se quiere proteger su derecho a ser escuchados por un juez.
Todavía recuerdo uno de los congresos sobre MEDIACIÓN FAMILIAR, que organizó la Junta de Castilla y León. Hubo un juez que contó sus experiencias. Decía que había sido testigo de cómo alguna pareja iniciaba el largo y duro camino de un procedimiento de separación/divorcio. Al principio, veía a gente normal. Sin embargo, después de meses de procedimiento, en algún caso, le tocó levantar un cadáver. Y en procedimientos de familia se producen denuncias, asesinatos y suicidios. Y estos señores lo que quieren son juicios y no apartar estos temas de familia lo máximo de los juzgados, que duran meses, años…….. Y se dilapida el dinero para alimentar a los niños que dicen defender. Cómo no voy a estar depresivo. Y, cuando intervienen abogados de oficio, malo. Ahí hay poco dinero para atender correctamente a los niños, ésos que dicen defender todos.
Bueno, llegamos, después de largos meses de desgaste, en que la tensión entre padres ha subido por las nubes, por fin, el juez, el fiscal, el equipo psicosocial, etc. ,etc. ayudan a hacer una sentencia. Pues no ha terminado ahí el camino del sufrimiento. Esa sentencia es recurrible. ¿ Se lo dicen Uds. a los niños, o se lo explico yo ?.
Hay un debate que no se quiere hacer. ¿ Es que acaso es mejor la custodia de uno solo de los padres que la CUSTODIA COMPARTIDA ?. Porque cuando se habla de una posible CUSTODIA COMPARTIDA IMPUESTA nada se dice cuando una parte quiere imponer una CUSTODIA EXCLUSIVA A FAVOR DE UNO DE LOS PADRES ?. A eso parece que nadie se opone, ni crea debate, pero cuando uno pide CUSTODIA COMPARTIDA, se habla de imposición. Por lo menos es curioso.
Y respecto a la igualdad en que se obliga a contraer matrimonio, ¿ qué tal poner dos fórmulas en el Código Civil ?. Una en que se garantiza la CUSTODIA COMPARTIDA y otra no ?. Porque sino que nos expliquen qué es eso de contraerlo en igualdad.
Otro tema interesante es el trato al término divorcio. Una pareja se rompe. Técnicamente, los políticos deben usar el lenguaje correcto: ejercicio de un derecho. Mal vamos si no se utiliza ese concepto, basado en la ley. A lo que se debe añadir, que puede causar tremendas consecuencias sociales. Y las mujeres, que también todos dicen proteger, en muchos casos, van a la pobreza y a la precariedad. Y digo yo, todo esto ¿ no merece que se obligue a una reflexión ?. Pero no para impedir o dificultar el ejercicio de ese derecho, pero sí para reflexionar sobre las consecuencias.
Otro aspecto importante, en la opinión de este reflexionador. La denominación de las separaciones/divorcios. En vez de dividirlos en contenciosos y de mutuo acuerdo, ¿ qué tal titularlos sin consecuencias sociales graves y con graves problemas sociales ?. Porque uno se pregunta, ¿ se puede hacer justicia cuando falla lo social ?.¿ Cuándo hay pobreza ?. Y los jueces no arreglan temas sociales.
Es de temer que no se aproveche esta nueva legislación para actualizar algunos aspectos polémicos. Este es un país de gente tranquila, que no está originando demasiada violencia, y se habla del uso de la vivienda familiar, por parte de uno de los padres, cuando es propiedad del que la abandona, o de ambos. Incluso, a veces, han avalado el posible préstamo familiares del padre que abandona la vivienda. Sobre esto ya han reflexionado jueces: si se utiliza por persona distintas al padre correspondiente y los hijos: SE PERDERÍA EL USO DE LA MISMA. Aparte de que sea una solución, no buena, que se conceda por un tiempo limitadísimo del mismo, y pagando una compensación. Hay que actualizar ese uso y abuso. ¿ Saben Uds. que el padre que se queda pueda empadronar a las personas que quiera ?. Un acusado de maltrato puede estar en tu vivienda, con tu ex y con tus hijos, y tú puedes estar en casa de ese hombre, con sus ex y con sus hijos. Curioso. Pobres padres, que ellos acogen al hijo que abandona el hogar, y a sus hijos. Ellos evitan, en muchos casos, un estallido de violencia. ¿ No es una violencia hacia los abuelos ?.
Tema de hijos, por ley, poner edad máxima de derecho a alimentos, que podría coincidir con la que tienen las pensiones de orfandad.
Otro tema interesante sería el camino para acceder al divorcio. ¿Qué tal ser recibido por el juez y hacerle firmar un documento en que se le informa que no tiene que justificarlo, y se habla de CUSTODIA COMPARTIDA, y otras modalidades, MEDIACIÓN FAMILIAR, problemas sociales, etc. ?. Y, en ese momento, se acuerdan las medidas del artículo 102 del Código Civil. Y, una vez que hay un proceso sin acuerdos, ¿ qué tal si el juez se entrevista con ambos padres, primero individualmente con cada uno, y luego con los dos ?.
En estas reflexiones, es obligado hablar de maltrato y maltratadores. De presuntos hechos aislados en determinadas circunstancias, o de malos hábitos de una persona en perjuicio de las mujeres, e hijos. ¿ Les prohibimos contraer matrimonio o no les permitimos registrar nuevos hijos ?.¿ Habría que avisar a las mujeres que quieran casarse con ellos o inscribirse en un registro de parejas ?. Tema inquietante. Se lo dejo a Uds.
Podría reflexionar sobre muchos aspectos, pero yo no he prometido ninguna ley, ni es mi cometido hacerla. Quizá en escritos anteriores haya reflexionado sobre ellos. Y, por supuesto, estimo que es necesaria.
Sin embargo, me puede el carácter. Tomando lo que propone CIUDADANOS, derecho de nuestros hijos a ser oídos por un juez. ¿ Y qué tal, además, ser informados ?. Pues claro:
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El Estado Español no te garantiza el derecho a estar, o convivir al mismo tiempo, con los dos padres, si los padres no te lo conceden.
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Las separaciones y divorcios no se decretan por maltrato alguno, a pesar de lo que pueda decir el padre o la madre. No hay que justificarlo, y punto. (Si alguien tiene otros datos, que los aporte. A mí no me los han dado, y los he pedido).
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Cuando un padre abandona el domicilio familiar, el juez tiene que decir en sentencia el lugar donde estarás con tu padre ausente, porque esto no lo vienen cumpliendo).
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También dice la ley que tiene el juez que decir lo que pone el padre y lo que pone la madre, para tus necesidades, y no lo suelen cumplir.
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A partir de los dieciséis años tenéis derecho a pedir la emancipación judicial, que no quiere decir económica.
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¿ Y qué tal, cuando tengas la emancipación, lo que aporten de alimentos, si fuera en metálico, lo controles tú en cuenta a tu nombre ?.
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Y cuando estés tú emancipado, tú pides estar tiempos similares con papá y con mamá. Es decir, convivir con ambos.
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Y, por supuesto, que te lea el juez las sentencias en lo que te afecte.
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Etc., etc.
El negocio de los padres, no es los de los hijos. Separación/divorcio: nuevas relaciones de los padres. Tiempo con vecinos, abuelos, nuevas parejas de los padres, solo en casa, etc. Niño, muchacho, no sólo tienes derechos, sino también deberes: ser responsable con tus estudios, arreglar tu cuarto, ayudar en casa, ser respetuoso, escuchar a tus padres, y currar, para ser independiente, etc.
Si alguien piensa en los niños, en nuestros hijos, que piense en que tengan buenas relaciones con ambos padres, que deben ser los que les atiendan hasta que sean independientes. Cuando a tu padre le odias, y no te relacionas con él, poco o ningún interés tendrá ese padre en sacrificarse por el hijo. Y eso es lo que se debe proteger en los procedimientos de separación y divorcio.
A lo dicho. Cambiar algo, pero a peor, en mi modesta opinión, sobre todo cuando hay tantos problemas de corrupción, deuda pública, unidad de España, grandes cambios en los partidos políticos, etc., etc., nadie querrá ruido de asociaciones de mujeres, de jueces, de abogados, etc.
Mi desesperanza es que sólo se habla de pleitos, y conflictos. Mucho abogado y poco juez. Y de poner dinero para poner la paz en las familias, ausente.
Perdonen que sea esto tan largo. Gracias.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Encantado que esto sea objeto de polémica, y mucha. Poco se podrá cambiar, pero, por lo menos, chillemos.
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