LA CUSTODIA COMPARTIDA Y SU MOMENTO PROCESAL

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Parece tonto, se está hablando, desde hace mucho tiempo, de la CUSTODIA COMPARTIDA. Promesa incumplida del PP. Promesa que no hicieron, ni harán, otros partidos, aunque el PSOE lo indicaba en su ley del año 2.005.

Se habla de sus ventajas, sus inconvenientes, si debe ser impuesta, preferente, que si por el bien del menor, que si hay que dejarlo en manos del juez, y él sabrá, caso a caso.

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Puede que alguien se cabree, pero no es ilógico pensarlo: la CUSTODIA COMPARTIDA la dan las madres (si pueden y quieren), y, algunas veces, el juez. No se enfaden, por favor.

Ahora bien, ayuden a pensar. ¿En qué momento se debe planear, plantear, pedir y dictar lo que corresponda: SÍ o NO?.

Piensen. ¿Cuándo?. Cuando se pide una orden de protección, con medidas civiles. Me temo que no. Cuando se piden medidas provisionalísimas, antes de pedir la nulidad/separación/divorcio. Uff.

Cuando se piden medidas provisionales, al mismo tiempo que la nulidad/separación/divorcio. Una sola vivienda. Se pide que uno de la pareja, o cónyuge, se marche del domicilio familiar…..Me temo que….piensen, piensen…Porque no lo tenemos claro.

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Entonces….cuando se vea el juicio de las medidas definitivas…..¿Hay dos viviendas…….?. Entonces, ¿cuándo?.

Si no se señala un camino, previo, en que se obligue a reflexionar sobre las posibles consecuencias sociales, del derecho a separarse/divorciarse, no parece fácil.

Qué bien queda, para justificar las decisiones del juez. Hay una crisis, y, claro, hacemos lo que podemos. Pues no. Nadie hable de crisis, sino de ejercer un derecho, en el cual hay problemas sociales, salvo que alguien diga que la crisis, también, se podría resolver viendo los problemas de convivencia, ayudarles a resolverlos, y se les diga que sigan juntos, y eso va a ser que NO.

Dejen de hablar de crisis de pareja, que justifica barbaridades, como expulsar a uno de la pareja del domicilio familiar, y plantearse, lo que dice la ley: LOS JUECES DECIDEN A FALTA DE ACUERDO DE LAS PARTES. Es decir, ¿quién se opone a una MEDIACIÓN FAMILIAR y por qué?.

Cuando hay problemas sociales, ¿quién puede hablar de justicia, y quién debe afrontarlos?. Y, por favor, ¿cómo es lícito, legal y respetable pedir expulsar al otro/a de la vivienda familiar, pero no lo ven claro para obligar a una reflexión sobre las consecuencias del ejercicio de un derecho?. Lo uno es legal, lo otro una imposición. No entendemos nada.

Y si el camino para conseguir la CUSTODIA COMPARTIDA pasa por unas medidas provisionales, una vista de nulidad/separación/divorcio, apelación a la Audiencia, y petición al Tribunal Supremo, hablemos de otros temas. Y se lo intentamos en un posterior pleito de modificación de medidas, en que se pudiera llegar hasta el Tribunal Supremo………

No seguimos, piensen, reflexionen y, si encuentran la solución, nos lo indican.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

ELECCIONES, ELECCIONES…DE MAL EN PEOR

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¿Qué quieren oír?. Todo va a mejorar, van a crear miles y miles de empleos, las pensiones las van a subir y un equipo español va a ganar la Champions.

Pues no. La triste realidad es que, visto lo visto, la CUSTODIA COMPARTIDA está sufriendo muy duros ataques en Aragón y País Vasco, incluso en reuniones organizadas por el Consejo General del Poder Judicial recomiendan quitar el que sea preferente. Mujer denuncia, adivinen Uds., casi seguro que macho detenido.

Unos prometieron y no hicieron. Estos del embarazo, nueve meses sin mayoría suficiente, dan a luz elecciones el próximo 28 de abril.

Nuestra reflexión, para empezar, que su abogado pida, siempre, vista pública, porque el divorcio es como las elecciones, ejercer un derecho.

Mucho ojito con la que hablan abogados y jueces a sus espaldas. Dicen al hombre: vete de casa, paga esto y ve a los niños de vez en cuando. Parece que a nadie echan de casa, los hombres se van solitos. ¿Dónde está el problema en reflexionar sobre dos viviendas?.

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Y si hay problemas sociales: ella no trabaja, la hipoteca vale más que la vivienda……no esperen milagros. Eso va a ir de mal en peor.

Voten lo que voten, somos pesimistas, esto no hay quien lo arregle. No sólo se ataca la unidad de España, sino que la familia, con las leyes y usos, está muerta. Sálvese el que pueda.

Si alguno prometiera MEDIACIÓN FAMILIAR, sí o sí, pues quizá algo mejoraría, pero como dicen en mi pueblo, no caerá esa breva.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

EUSKADI: OTRO ATAQUE A LA CUSTODIA COMPARTIDA.

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Moción, para que los procesados por violencia machista no tengan derecho a la custodia compartida  

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Hace pocos días, saltaba a la prensa la propuesta de quitar en la legislación de Aragón el concepto de CUSTODIA COMPARTIDA PREFERENTE.

ARAGÓN: CUSTODIA COMPARTIDA, ¿UN PASITO PARA ATRÁS?

Estos días, en la prensa vasca, aparece:

“EL PARLAMENTO VASCO REVISARÁ LA LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA EN CASOS DE VIOLENCIA MACHISTA.”

“EL PARLAMENTO VASCO DA EL PRIMER PASO PARA IMPEDIR LA CUSTODIA COMPARTIDA A MALTRATADORES.”

“EL PARLAMENTO VASCO ABRE LA VÍA PARA NEGAR LA CUSTODIA COMPARTIDA A LOS MALTRATADORES”

Recientemente, se ha instado en el Parlamento de Vitoria-Gasteiz a modificar dicha ley de tal manera que a los encausados por violencia machista les sea denegado el derecho a la custodia compartida, siempre que así lo estimen los jueces.
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Esa medida ya viene siendo aplicada en diferentes países europeos, pero no en el Estado español. Si se aprueba la proposición, la CAV será la primera comunidad del Estado en aplicarla. Según escrito, que con el nombre: LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA MACHISTA, de Dª María Jesús Padrones Sanjuanes, miembro del grupo juntero EH Bildu, fue admitido a trámite el 20 de noviembre de 2.018, Boletín Oficial de las Juntas Generales Bizkaia de 23 de noviembre de 2.018.
Ante este nuevo ataque a la CUSTODIA COMPARTIDA, y a la PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, nuestro reconocimiento y admiración a todos los integrantes del equipo de fútbol ARANDINA, de Aranda de Duero (Burgos), en que han sido firmes defensores de la presunción de inocencia, ante las circunstancias que vienen padeciendo desde hace más de un año.
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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

ARAGÓN: CUSTODIA COMPARTIDA, ¿UN PASITO PARA ATRÁS?

Proposición de Ley de modificación del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas, materia de custodia.

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Que la cobardía del PP, en el incumplimiento de su compromiso electoral de legislar sobre CUSTODIA COMPARTIDA es ya pasado, ha dejado paso a que, algunos de los que siempre se han opuesto a la misma, ataquen lo que hay en alguna comunidad autónoma, y estamos hablando de Aragón. En el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, de fecha 21 de enero de 2.019, aparece una proposición de ley de los Grupos Parlamentarios Socialista, Podemos Aragón y Mixto (Agrupaciones Parlamentarias Chunta Aragonesista e Izquierda Unida de Aragón). ¿Qué pretenden?. Cargarse el concepto de que sea preferente, a la hora de aplicarlo los jueces. Ni más, ni menos.

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Nos consuela lo que reflexionaba un cómico mejicano, famoso en tiempos pasados, Cantinflas, y que hace poco nos enviaban. Para ser licenciado en derecho, abogado, por lo menos, hay que hacer una carrera de cinco años, para hacer leyes, no hace falta conocer derecho.

El Justicia de Aragón se opone a la reforma de la custodia compartida: «La ley que tenemos es muy buena»

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Sin embargo, encuentran uno de los principales argumentos en las conclusiones de un encuentro entre jueces y abogados de familia, celebrado en octubre de 2.015:

“CONCLUSIONES de los cuatro talleres facilitadas por el Consejo

General del Poder Judicial.

TALLER 1. CONCLUSIONES:

1.- La custodia exclusiva o compartida se otorgará en función del interés del menor en cada caso concreto. Ninguna forma de custodia debe ser preferente.”

¿Qué podemos pensar los que no hemos estudiado los cinco años de carrera de derecho, pero podemos hacer leyes?. Sin vergüenza de ningún tipo: ¿No está viciado el derecho de familia en casos de nulidad/separación/divorcio, en que, en el fondo, lo que hay es, en muchos casos, un problema social, porque, ¿dónde está el problema que para se exija antes de solicitar o dictar medidas sobre menores no emancipados que los padres tengan dos viviendas donde poder cumplir su oficio de padres.

Porque, ¿qué es el divorcio?. Lo dice la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio:

“….basta con que uno de los esposos no desee la continuación del matrimonio para que pueda demandar el divorcio, sin que el demandado pueda oponerse a la petición por motivos materiales, y sin que el Juez pueda rechazar la petición, salvo por motivos personales….”

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Las famosas campañas y leyes de género no sirven para decretar un divorcio, sino haberse casado con la persona de libre elección, habiendo garantizado las leyes, desde el año 1.981, que no se precisa, ni justificar y pedir autorización, para no continuar una posible convivencia. Y, para divorciarse, dos requisitos: haberse casado y pedirlo. Así de tonto, así de fácil.

Ahora vayamos a los derechos de terceros. DERECHO DE PROPIEDAD. Esto es lo que piensan las señorías que hayan podido suscribir esas conclusiones, cuando un padre deja a su hijo una vivienda, para que viva con su cónyuge e hijos, y del cual la cónyuge pide su expulsión inmediata:

“1ª.- Se considera conveniente que, en los casos de atribución temporal del uso de la vivienda familiar perteneciente total o parcialmente a un tercero, la sentencia o convenio regulador establezcan expresamente que, a la extinción del derecho de uso, el cónyuge o progenitor titular del mismo deberá desalojar el inmueble y podrá ser lanzado, a instancias del otro, si no lo hiciere en el plazo concedido al efecto.”

Con esto, piensen Uds. lo que quieran de los Okupas. Vamos, el derecho de propiedad es mejor que lo quiten de la Constitución vigente.

No sé si Uds. habrán oído hablar de la división de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. Algunos se quejan de posibles interferencias del ejecutivo en el poder judicial, ¿no hay aquí interferencias del poder judicial en las leyes?.

Siempre nos quedará una duda, o más, y siempre París.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS

NIÑOS, DIVORCIO Y MALTRATO. MENOS PLEITOS Y MÁS MEDIACIÓN FAMILIAR

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Se está hablando estos días sobre la petición de la ONG internacional, SAVE THE CHILDREN, de que el actual gobierno, en base a compromiso de legislatura, apruebe una ley de erradicación de la violencia contra la infancia. El dato que utilizan es que desde 2.010 han muerto 100 niños.
La reflexión que tengo en este momento es si muchos de los procedimientos de separación/divorcio son, en sí mismos, un maltrato contra los mismos, a los que todos dicen defender, proteger y cuidar.
Obviamente, causarles la muerte supera todo lo permitido e imaginable. Sin embargo, un porcentaje muy importante de nuestros niños, menores no emancipados, tienen que sufrir o pasar por la separación de los dos padres biológicos, o el divorcio.
¿Qué información, por quién, cómo y cuándo están recibiendo esos niños, nuestros niños, sobre esto que les afecta?.
Y a mí eso de que alguien, con buena intención, que no pongo en duda, les indique que es porque sus papás ya no se quieren, o es que discuten mucho, se me queda corto. Un buenismo, puro y duro.
Porque el problema es que se les oculta lo legal, que es un derecho de ambos padres, de papá y de mamá. Que lo pueden hacer conjuntamente o no.
Y sobre la base de que no decretan los jueces separación o divorcio por maltrato alguno, tampoco nadie les cuente esa razón. Si no la utilizan los jueces, pues no la utilicemos los demás.
Y si los jueces tienen obligación legal de intervenir lo mínimo posible, y la ley dice querer que se llegue a acuerdos, lo lógico y necesario es que lo que algunos llaman crisis de pareja, etc., se hable antes de iniciar procesos judiciales. En que si alguno de los padres manifiesta no querer seguir conviviendo juntos, o seguir, simplemente, sin vínculo alguno, procedería hablar de las posibles consecuencias.
Y nadie dude que entre dos padres puede, e incluso debe, haber discrepancias sobre todo en temas muy importantes afectando a la vida familiar, económica, religiosa o educativa, por ejemplo.
En Burgos, para temas sociales, se está ofreciendo estos días mediación, en vez de ciertos procedimientos judiciales, y se habla a través de los juzgados.
Cuando hay detrás de una separación o divorcio problemas sociales, como pueden ser paro, empleos precarios, etc., o se quiere que, a lo bestia, uno de los dos padres tenga que abandonar el domicilio familiar, sin importar cómo, dónde y con qué va a cubrir su problema de vivienda, la violencia está servida.
Y bien está separar los temas amorosos y sentimentales de temas económicos y sociales.
Cuántos casos de presuntos malos tratos a nuestros niños provienen de procesos judiciales, que se han hecho con un trasfondo económico o por odio.
En principio, si el gobierno tiene un compromiso para hacer una ley, que la haga, pero no es especulativo reflexionar que una parte importante de los sufrimientos y posibles maltratos a menores no emancipados provienen de separaciones y divorcios mal hechos, mal planteados, mal ejecutados.
Cuando uno ve que una sentencia no pone la paz, sino que es el comienzo de muchos desencuentros entre padres, con los niños en medio, más me afirmo que los políticos deben poner los medios para que muchos pleitos no lleguen a los juzgados sin que se haya sentado a los padres a reflexionar.
¿ Qué se pierde con ello ?. ¿ Qué se ganaría con ello ?.
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Quizá, en lugar de tantas leyes, modificar hábitos y evitar los juzgados lo máximo posible. Es curioso que esa ONG extranjera NO incida en esto, porque, para mí, muchos procedimientos judiciales son maltrato, puro y duro.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS 23-1-2.018

CUSTODIA COMPARTIDA GAY

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Días pasados ha dado un nuevo paso la iniciativa legislativa popular presentada en Galicia, a favor de la custodia compartida.
No cabe duda de que es un pequeño logro de los promotores de la iniciativa, a la que se han sumado algunos partidos políticos, otros no la apoyan. Quedan dudas de si esa comunidad autónoma tiene competencias o no para legislarlo, o si en algunos aspectos hay unanimidad entre los grupos que la apoyan, y si será posible en esta legislatura sacarla adelante.
Pero lo que se quiere destacar en estas reflexiones es que hay que considerar que no todas las parejas están compuestas por hombre y mujer, y los hijos son comunes. Y es ahí dónde está la diferencia. No es un presunto conflicto entre progenitores, cuando esas parejas están formadas por personas del mismo sexo, en que uno de los dos puede ser progenitor, pero no el otro, sino entre dos personas que consideran a los hijos que cuidan como propios, independientemente de quien pudiera ser el progenitor, e incluso los hijos pudieran tener otros orígenes.
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Por lo tanto, aquí se rompe el esquema entre hombre y mujer en que se pudiera discutir del cuidado de los hijos comunes, y, como señalan algunos, por costumbre es la mujer la que tiene casi todas las cartas para tener preferencia en el cuidado de los hijos. Ya no se puede hablar de que el hombre utiliza la costumbre, la fuerza y herencia machista para dominar al que algunos consideran el sexo débil. Y que la mujer, la madre, está más capacitada, por ser su presunta dedicación más importante en esos menesteres.
Todos recordamos la importancia y potencia de fiestas Gay, lesbis, etc. (LGTBI),en Madrid o Benidorm. Ese colectivo que, por su poderío está influyendo en todos los medios sociales, va a ser un factor en el futuro que va a influenciar las políticas de cuidado de los hijos en separaciones y divorcios. Y quede en un segundo plano el presunto conflicto entre hombres y mujeres, y lo pudiera dejar en una discusión entre dos personas, sin dar demasiada importancia a su sexo.
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Como prueba de la importancia que ha cogido este colectivo, en la prensa de Burgos, el 20 de octubre de 2.017, aparece la noticia de que se van a dedicar seis policías locales y dos jefes a proteger a minorías: extranjeros, gays y lesbianas o discapacitados.
El futuro nos dirá cómo va a ir esto. Otros aspectos que se debieran tratar en estos temas legislativos son el domicilio familiar y la mediación familiar.
A los padres se nos ninguneado por nuestro sexo, y las leyes que hay sobre presunta violencia de género, pero ese colectivo, el LGBTI, puede cambiar las normas de juego. Al tiempo.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
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CUSTODIA COMPARTIDA IGUAL A PLEITO

Decía mi difunta madre, y antes lo debió decir mi abuela: EL QUE ADELANTE NO MIRA, ATRÁS SE QUEDA.
Hace unos días, en plena desilusión, apatía, desesperanza, etc., hacía unas reflexiones:
CUSTODIA COMPARTIDA, ALGO HUELE MAL
En que terminaba diciendo que tenía previsto hacer unas reflexiones sobre temas relacionados con esto: CUSTODIA COMPARTIDA, pero, ante mi falta de fe, de confianza, más o menos, en los dos partidos que tienen responsabilidades, CIUDADANOS y PARTIDO POPULAR, respecto a una futura ley de CUSTODIA COMPARTIDA, me dije, bueno, ¿ para qué ?.
Sin embargo, CIUDADANOS, según se publica en los medios de comunicación, mueve ficha el 21 de mayo de 2.017, manifestando que va a pedir públicamente al PARTIDO POPULAR que acelere,  a partir de mediados del mes de junio, para “que en el plazo de tres meses se realicen las modificaciones oportunas para que el Código Civil y las leyes concordantes recojan la guardia y custodia compartida como una modalidad preferente, tal y como recoge la jurisprudencia del Tribunal Supremo para casos de separación y divorcio.”
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Entre otras cosas, también se indica o pide “que se incluyan las medidas legales que hagan plenamente efectivo el derecho del menor de edad a ser escuchado durante el proceso de separación o divorcio de sus padres.”
Y es ahí donde continúo llevándome las manos a la cabeza. ¡ Qué barbaridad !. Si no saben de qué va el rollo.
En el texto registrado por CIUDADANOS, según información periodística, se exige que la reforma del Código Civil siga las directrices de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. Dicha convención indica, en su artículo 9.3: “Los Estados Partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño.”
Y yo, en mi ignorancia, ¿ con tanto proceso con el que van a condenar a nuestros niños, seguro que al final tendrán buenas relaciones con el padre con el que no convivan, si no hay CUSTODIA COMPARTIDA ?. Y reflexiono esto porque en el año 2.005 se reconocía que los hijos solían perder el contacto con el otro padre, en el caso de estar preferentemente con uno de los padres. Y, añado yo, si con ello va la vivienda familiar y otras ventajillas, como, si denuncias, tienes ayudas.
Por otra parte, esto supone un cambio radical, respecto a lo que en dicho año se indicaba, y que ya venía recogiéndose desde el año 1.981: “en principio, el juez decide a falta de acuerdo de las partes.”
Esto es para llorar.
Y sigo reflexionando. Si a algunos les parece una barbaridad la CUSTODIA COMPARTIDA IMPUESTA, ¿ por qué se me obliga a un procedimiento judicial, costoso, y no se puede imponer unaREFLEXIÓN PREVIA A LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES ?. Y no necesariamente para llegar a acuerdos, sino para ver la situación familiar, y, para esos que tanto quieren a los niños, para reflexionar sobre ellos, y ser escuchados por los padres, porque parece que sólo se quiere proteger su derecho a ser escuchados por un juez.
Todavía recuerdo uno de los congresos sobre MEDIACIÓN FAMILIAR, que organizó la Junta de Castilla y León. Hubo un juez que contó sus experiencias. Decía que había sido testigo de cómo alguna pareja iniciaba el largo y duro camino de un procedimiento de separación/divorcio. Al principio, veía a gente normal. Sin embargo, después de meses de procedimiento, en algún caso, le tocó levantar un cadáver. Y en procedimientos de familia se producen denuncias, asesinatos y suicidios. Y estos señores lo que quieren son juicios y no apartar estos temas de familia lo máximo de los juzgados, que duran meses, años…….. Y se dilapida el dinero para alimentar a los niños que dicen defender. Cómo no voy a estar depresivo. Y, cuando intervienen abogados de oficio, malo. Ahí hay poco dinero para atender correctamente a los niños, ésos que dicen defender todos.
Bueno, llegamos, después de largos meses de desgaste, en que la tensión entre padres ha subido por las nubes, por fin, el juez, el fiscal, el equipo psicosocial, etc. ,etc. ayudan a hacer una sentencia. Pues no ha terminado ahí el camino del sufrimiento. Esa sentencia es recurrible. ¿ Se lo dicen Uds. a los niños, o se lo explico yo ?.
Hay un debate que no se quiere hacer. ¿ Es que acaso es mejor la custodia de uno solo de los padres que la CUSTODIA COMPARTIDA ?. Porque cuando se habla de una posible CUSTODIA COMPARTIDA IMPUESTA  nada se dice cuando una parte quiere imponer una CUSTODIA EXCLUSIVA A FAVOR DE UNO DE LOS PADRES ?. A eso parece que nadie se opone, ni crea debate, pero cuando uno pide CUSTODIA COMPARTIDA, se habla de imposición. Por lo menos es curioso.
Y respecto a la igualdad en que se obliga a contraer matrimonio, ¿ qué tal poner dos fórmulas en el Código Civil ?. Una en que se garantiza la CUSTODIA COMPARTIDA y otra no ?. Porque sino que nos expliquen qué es eso de contraerlo en igualdad.
Otro tema interesante es el trato al término divorcio. Una pareja se rompe. Técnicamente, los políticos deben usar el lenguaje correcto: ejercicio de un derecho. Mal vamos si no se utiliza ese concepto, basado en la ley. A lo que se debe añadir, que puede causar tremendas consecuencias sociales. Y  las mujeres, que también todos dicen proteger, en muchos casos, van a la pobreza y a la precariedad. Y digo yo, todo esto ¿ no merece que se obligue a una reflexión ?. Pero no para impedir o dificultar el ejercicio de ese derecho, pero sí para reflexionar sobre las consecuencias.
Otro aspecto importante, en la opinión de este reflexionador. La denominación de las separaciones/divorcios. En vez de dividirlos en contenciosos y de mutuo acuerdo, ¿ qué tal titularlos sin consecuencias sociales graves y con graves problemas sociales ?. Porque uno se pregunta, ¿ se puede hacer justicia cuando falla lo social ?.¿ Cuándo hay pobreza ?. Y los jueces no arreglan temas sociales.
Es de temer que no se aproveche esta nueva legislación para actualizar algunos aspectos polémicos. Este es un país de gente tranquila, que no está originando demasiada violencia, y se habla del uso de la vivienda familiar, por parte de uno de los padres, cuando es propiedad del que la abandona, o de ambos. Incluso, a veces, han avalado el posible préstamo familiares del padre que abandona la vivienda. Sobre esto ya han reflexionado jueces: si se utiliza por persona distintas al padre correspondiente y los hijos: SE PERDERÍA EL USO DE LA MISMA. Aparte de que sea una solución, no buena, que se conceda por un tiempo limitadísimo del mismo, y pagando una compensación. Hay que actualizar ese uso y abuso. ¿ Saben Uds. que el padre que se queda pueda empadronar a las personas que quiera ?. Un acusado de maltrato puede estar en tu vivienda, con tu ex y con tus hijos, y tú puedes estar en casa de ese hombre, con sus ex y con sus hijos. Curioso. Pobres padres, que ellos acogen al hijo que abandona el hogar, y a sus hijos. Ellos evitan, en muchos casos, un estallido de violencia. ¿ No es una violencia hacia los abuelos ?.
Tema de hijos, por ley, poner edad máxima de derecho a alimentos, que podría coincidir con la que tienen las pensiones de orfandad.
Otro tema interesante sería el camino para acceder al divorcio. ¿Qué tal ser recibido por el juez y hacerle firmar un documento en que se le informa que no tiene que justificarlo, y se habla de CUSTODIA COMPARTIDA, y otras modalidades, MEDIACIÓN FAMILIAR, problemas sociales, etc. ?.  Y, en ese momento, se acuerdan las medidas del artículo 102 del Código Civil. Y, una vez que hay un proceso sin acuerdos, ¿ qué tal si el juez se entrevista con ambos padres, primero individualmente con cada uno, y luego con los dos ?.
En estas reflexiones, es obligado hablar de maltrato y maltratadores. De presuntos hechos aislados en determinadas circunstancias, o de malos hábitos de una persona en perjuicio de las mujeres, e hijos. ¿ Les prohibimos contraer matrimonio o no les permitimos registrar nuevos hijos ?.¿ Habría que avisar a las mujeres que quieran casarse con ellos o inscribirse en un registro de parejas ?. Tema inquietante. Se lo dejo a Uds.
Podría reflexionar sobre muchos aspectos, pero yo no he prometido ninguna ley, ni es mi cometido hacerla. Quizá en escritos anteriores haya reflexionado sobre ellos. Y, por supuesto, estimo que es necesaria.
Sin embargo, me puede el carácter.  Tomando lo que propone CIUDADANOS, derecho de nuestros hijos a ser oídos por un juez. ¿ Y qué tal, además, ser informados ?. Pues claro:
  • El Estado Español no te garantiza el derecho a estar, o convivir al mismo tiempo, con los dos padres, si los padres no te lo conceden.
  • Las separaciones y divorcios no se decretan por maltrato alguno, a pesar de lo que pueda decir el padre o la madre. No hay que justificarlo, y punto. (Si alguien tiene otros datos, que los aporte. A mí no me los han dado, y los he pedido).
  • Cuando un padre abandona el domicilio familiar, el juez tiene que decir en sentencia el lugar donde estarás con tu padre ausente, porque esto no lo vienen cumpliendo).
  • También dice la ley que tiene el juez que decir lo que pone el padre y lo que pone la madre, para tus necesidades, y no lo suelen cumplir.
  • A partir de los dieciséis años tenéis derecho a pedir la emancipación judicial, que no quiere decir económica.
  • ¿ Y qué tal, cuando tengas la emancipación, lo que aporten de alimentos, si fuera en metálico, lo controles tú en cuenta a tu nombre ?.
  • Y cuando estés tú emancipado, tú pides estar tiempos similares con papá y con mamá. Es decir, convivir con ambos.
  • Y, por supuesto, que te lea el juez las sentencias en lo que te afecte.
  • Etc., etc.
El negocio de los padres, no es los de los hijos. Separación/divorcio: nuevas relaciones de los padres. Tiempo con vecinos, abuelos, nuevas parejas de los padres, solo en casa, etc. Niño, muchacho, no sólo tienes derechos, sino también deberes: ser responsable con tus estudios, arreglar tu cuarto, ayudar en casa, ser respetuoso, escuchar a tus padres, y currar, para ser independiente, etc.
Si alguien piensa en los niños, en nuestros hijos, que piense en que tengan buenas relaciones con ambos padres, que deben ser los que les atiendan hasta que sean independientes. Cuando a tu padre le odias, y no te relacionas con él, poco o ningún interés tendrá ese padre en sacrificarse por el hijo. Y eso es lo que se debe proteger en los procedimientos de separación y divorcio.
A lo dicho. Cambiar algo, pero a peor, en mi modesta opinión, sobre todo cuando hay tantos problemas de corrupción, deuda pública, unidad de España, grandes cambios en los partidos políticos, etc., etc., nadie querrá ruido de asociaciones de mujeres, de jueces, de abogados, etc.
Mi desesperanza es que sólo se habla de pleitos, y conflictos. Mucho abogado y poco juez. Y de poner dinero para poner la paz en las familias, ausente.
Perdonen que sea esto tan largo. Gracias.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Encantado que esto sea objeto de polémica, y mucha. Poco se podrá cambiar, pero, por lo menos, chillemos.
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