QUINCE JUGADORAS DE FÚTBOL SE FUERON Y NO PASÓ NADA. ESA LIBERTAD LA TIENEN TODAS LA MADRES CASADAS

En primer lugar, debemos felicitar a estas valientes jugadoras que con esfuerzo y buen tino han ganado a la primera selección mundial, la de Estados Unidos (USA).

Y este meritorio triunfo llega después que QUINCE JUGADORAS dejaran la selección nacional, exigiendo la dimisión del entrenador.

Da la impresión de que se equivocaron. Humanos somos, y eso nos pasa a menudo.

Pues bien, a ninguna disciplina marital están sujetas todas las madres casadas libremente. La puerta está abierta para irse, en cualquier momento. Sobran años o meses de convivencias no queridas. Los hombres y mujeres, en la España de hoy, nos unimos en libertad, con la puerta siempre abierta. El matrimonio no es una pena de prisión para nadie, queridas mujeres que en la España actual vivís.

Ahora bien, que lo hagan sin ruido, sin denuncias, con un trabajo, si fortuna no tienen, y acudiendo a los miles de viviendas que hay en venta o alquiler.

Nadie discutimos la libertad de toda mujer casada, y madre. Tienen derecho a divorciarse, a irse.

Pero que su libertad no dependa de poner esposas policiales al padre de sus hijos, con noche de calabozo incluida. Expulsión del domicilio familiar, y quizá exigiendo que pague la hipoteca.

Se priva a los hijos de su padre sin denuncias probadas.

Unas jugadoras tomaron una decisión libremente, porque no aceptaban un mando que de ellas no dependía. Otras han hecho una excelente labor, obtenido una gran victoria.

Qué la libertad de las madres no dependa del castigo a los padres, y a los hijos. Y en medio de problemas sociales.

Las jugadoras que se fueron libremente no fueron imprescindibles, los padres lo somos siempre para los hijos comunes. QUE LA LIBERTAD DE LAS MADRES NO LA SUFRAN LOS HIJOS.

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

ESPAÑA OBLIGA A LOS PADRES A PRACTICAR EL 68

Han leído Uds. bien, el Estado Español, a partir del uno de enero de dos mil veintiuno, impone esta obligación.

Pasen y lean:

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-3244

Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación“El nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa, para el cumplimiento de los deberes de cuidado previstos en el artículo 68 del Código Civil.”

https://revista.seg-social.es/2020/12/23/los-presupuestos-de-2021-recogen-el-permiso-de-16-semanas-por-nacimiento-y-cuidado-de-menor-para-ambos-progenitores/

El permiso por nacimiento y cuidado de menor será de 16 semanas para ambos progenitores a partir de enero


El permiso por nacimiento y cuidado de menor será de 16 semanas para am…A partir del próximo 1 de enero de 2021 se igualará, por primera vez, el permiso por nacimiento y cuidado del me…

El permiso por nacimiento y cuidado de menor será de 16 semanas para ambos progenitores a partir de enero

Bueno, por si Uds. no se acuerdan, o no se lo han leído nunca, esto es lo que pone en este famoso artículo 68 del Código Civil:

“Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo.

Si Uds. han pensado en otra cosa, respecto a esto de practicar el 68, les pedimos disculpas, pero es que el asunto, en nuestro modesto entender, debiera traer cola.

Y continuamos con el Código Civil, porque, si Uds. se fijan en otro artículo, que leen a los que libremente contraen matrimonio, el 66, vemos esto:

“Los cónyuges son iguales en derechos y deberes.”

Por la misma lógica, si siguieran este criterio del Código Civil, los que hacen y modifican leyes, modificarían el Código Civil, para implantar la CUSTODIA COMPARTIDA, sí o sí, en casos de nulidad/separación/divorcio.

Empezamos el año. Añadiríamos más reflexiones, pero aún quedan los Reyes Magos en diversas partes de España, por ello, aparte de enviarles un deseo de un feliz 2.021, por ahora, lo dejamos ahí.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

ARGENTINA, ABORTO Y ESPAÑA

¿Cómo no vamos a ser comprensivos ante el problema, de todo tipo, que pueda tener una mujer que queda embarazada, tiene medios escasos, incluso en la responsabilidad en la del embarazo el hombre se desentiende de las consecuencias?. O cuando una chica, de quince años, queda embarazada y sus estudios y posible futuro saltan por el aire.
Claro que somos conscientes de temas cotidianos que afectan a muchas mujeres, y el hecho de que un hombre pueda escribir sobre estos temas, debe ser objeto de respeto, ya que no todas las mujeres pasan por esas situaciones embarazosas.
Pues bien, en Argentina, querido país amigo y hermano, no ha salido adelante una nueva ley del aborto.

“Asimismo, permitía la objeción de conciencia individual de los profesionales de salud, pero no de las instituciones médicas, con lo que garantizaba a las mujeres que iban a poder ejercer su derecho.”

Les recalco un hecho, que se repite:

 

“EL ABORTO ES UN DERECHO.” Y lo dice nuestra televisión pública.

El dilema es si el aborto debe ser un derecho. Todavía recuerdo que hace poco me enviaban una información desde Argentina dónde se indicaba que a las clínicas abortistas entran dos corazones latiendo, y sólo sale un corazón latiendo.

 

Seguro que Uds. tienen sus ideas, respetables sobre el tema, pero, si permiten, les comento un poco la situaciónen España:
-Por violación hay pocos abortos, por lo que debemos admitir que son fruto de relaciones libremente consentidas, o mantenidas, por un hombre y una mujer.
-Qué el hombre, incluso casado, no tiene derecho a saber que su cónyuge, esposa, mujer o lo que sea, no tiene derecho a saber que su pareja está embarazada, ni que ha abortado. A propósito de esto, recuerdo que hace tiempo propuse que a la mujer se la preguntase si había informado a su pareja corresponsable del embarazo, y si ésta admitía responsabilizarse de las consecuencias del mismo, para ayudar al nacimiento, mantenimiento y educación del ser o seres que nacieran. Creo que fue papel mojado.
Si en estas sociedades en que hay tanta información, la sanidad pública y gratuita debe financiar varios embarazos, cuando hay muchos medios de información y medios anticonceptivos que eviten embarazos no deseados.
-Por supuesto, ante un tema en que hay opiniones encontradas, si debiera tener algún costo para las peticionarias. Una cosa es que se despenalice, otra que se considere un derecho, y otra que lo paguen los que son contrarios a ello.

Resumiendo, como hombres residentes en España: aunque podamos ser corresponsables de un embarazo, no tenemos derecho a ser informados del mismo, ni se nos tiene que pedir nuestra opinión sobre un posible aborto.

Ahora, como padres, respecto a nuestras hijas menores, supongo que no emancipadas, legalmente, se nos puede obligar a decidir si una hija aborta o no. No sé cómo se hace esto cuando los padres están separados/divorciados y no se hablan. Parece que lo van a cambiar.

 

¿Debemos exigir responsabilidades en las relaciones sexuales?.
Dejo a su reflexión y dudas este tema que ha saltado a la actualidad por lo que se legisla en Argentina.

Por último, ¿sexo sin ninguna responsabilidad y derecho al aborto sin ninguna responsabilidad, libre y gratuito?. ¿Debemos ser comprensivos sin exigir ninguna responsabilidad a hombres y mujeres?.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

DIVORCIO: EL PRECIO DE LA GUERRA (Cataluña)

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Estos días en que España está pendiente de importantes decisiones de dirigentes políticos, y que afectan a cerca de cincuenta millones de personas, e incluso al resto de países que componen la Comunidad Europea, sistema euro, etc., me viene a la memoria lo que un juez contaba en uno de los dos estupendos congresos que organizó la Junta de Castilla y León en Valladolid, sobre mediación familiar, y a los que asistí. Debo reconocer que entonces no comprendía por qué lo decía. En efecto, dijo que había visto como alguna pareja empezaba procesos judiciales de separación/divorcio, en que veía a personas más o menos normales, y, al cabo del tiempo, tenía que ir a recoger algún cadáver de esa pareja, o quizá los dos. De esto último creo que no se manifestó.
Y ha sido a lo largo de los años, en que he vivido, casi día a día, las largas guerras judiciales de más de una pareja, en que de malos planteamientos han surgido muchos pleitos, varios al año, cuando he creído comprender, en vivo y en directo, la rabia y desesperación de muchos padres. Y también que los policías, abogados, juicios, jueces y sentencias no son garantía ni de paz ni de felicidad.
Hace poco he estado con un padre que empieza este camino, en que una parte impone sus legítimas y respetables decisiones, pero que también quiere imponer sus condiciones, o al menos eso es lo que he querido comprender, y que, personalmente, estimo abusivas, y que pueden ocasionar pleitos y graves daños a una niña. Y eso, me temo, va a originar guerra.
Y sí, están surgiendo en nuestra querida Cataluña circunstancias, estimo no queridas, por los que han planteado un proceso de secesión del resto del estado español, España. Y también a parte de la gente que vive allí, también catalanes. Y es posible que con ello no contaban. Y es la economía, señores.
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Y, desgraciadamente, desde las asociaciones de padres, en que sólo podemos atender al padre, principalmente, mal podemos imponer una mediación, para respetar lo que es derecho personal de la reflexión de las consecuencias del ejercicio de un derecho personal.
Y sí que lo debieran plantear, o, al menos lo debieran reflexionar, los que sí pueden invitar a reflexionar a ambos miembros de una pareja o matrimonio, cada uno por su lado: abogados, asistentes sociales, departamentos y concejalías de la mujer, CEAS, asociaciones, familiares, amigos…….Otra cosa es que no interese, por motivos políticos impuestos y por intereses particulares. De las guerras algunos ganan.
Y se me ocurre que sí se debiera reflexionar sobre posibles costos, tanto económicos como personales. En cuanto a los primeros, los costos de los procedimientos judiciales, y pueden ser muchos, y muy costosos:
  • Civiles: medidas provisionalísimas, medidas previas, pleito de la separación/ divorcio, apelaciones, modificaciones de sentencias……….Liquidación de gananciales……
  • Penales: denuncias, detenciones, juicios penales, apelaciones….
Sufrimientos del padre, principalmente: privaciones de libertad por detenciones, penas de cárcel. Y si al padre le meten en la cárcel, a lo mejor pierde el trabajo, y hay que pagar la hipoteca y los niños comen………… ¿ Alguien lo reflexionará a la mamá ?.
Sufrimientos de los miembros de la pareja: dos personas que no disfrutan cuando están juntos, y van a tener responsabilidades comunes, se van a tener que ver muchas veces las caras…y las caras largas no son agradables, cuando hay hijos comunes.
Sufrimientos de los hijos: son ellos los que nos lo deben decir, pero los padres tenemos que reflexionar sobre ello, antes de empezar guerras y batallas, en que se les obligue a tomar partido, y que de ello deriven consecuencias económicas, por ejemplo.
Sólo digo que no ciegue la pasión, que los sentimientos no manden sobre el sentido común, porque, cuando se empieza una guerra, cuando se impone una guerra, hay que reflexionar sobre los costos, y, muchas veces ni ganan los padres, ni ganan los hijos.
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Y muchas guerras terminan en un mal acuerdo, después del gasto y dolor ocasionado. Pero eso no es la paz. Y ese bien, este bien, la paz, creo que es deseable, y también posible.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. 8/10/2017.

JUGADOR FRANCÉS DEL ATLÉTICO DE MADRID: ¿ CRISIS ENTRE FRANCIA Y ESPAÑA A LA VISTA ?

Las reflexiones que se hacen en este modesto blog, relacionadas con personas concretas, están basadas en datos obtenidos, normalmente, en los distintos medios de comunicación, por lo que si no fueran correctos, lo que Uds. leen pudiera estar viciado en origen. Las reflexiones jurídicas son otra cosa.
Pues bien, cuando hace pocas horas escribía sobre la detención del jugador del Atlético de Madrid, Lucas Hernández, hice unas reflexiones que puede que Uds. hayan ya leído:
Y, aunque lo podría haber avanzado, era previsible que este ciudadano francés, según he leído en internet, iba a ser puesto en libertad apenas compareciera ante un juez, como así ha sido.
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Cuando, en el citado escrito, solicitaba que el Excmo. Sr. Ministro del Interior la impusiera una multa a la mujer, que está en el origen de los problemas de este joven y prometedor futbolista francés, desconocía datos que aparecen hoy, en el artículo del diario El País:
“La policía de la comisaría de Barajas identificó a Hernández y a su novia Amelia. Esta argumentó que a ella no le había sido notificada la sentencia dictada por el magistrado Borja Vargues, titular del Juzgado de lo Penal número 35 de Madrid, especializado en Violencia contra la Mujer. El fallo mantuvo en todo momento la orden de alejamiento de 500 metros tanto para el futbolista como para su pareja. Ninguno de los condenados recurrió en su momento el fallo del Juzgado número 35.”
Y es muy grave que yo pida una multa para esta mujer, y esta mujer acuse a un juez en concreto, el Ilmo. Sr. Magistrado Borja Vargués, de no haberla notificado la sentencia, y si fuera así, se la habría privado de hacer un posible recurso, si tenía derecho a ello. Y si fue notificada a su procurador o abogado y no se lo han comunicado, pues esos profesionales habrían incumplido sus deberes profesionales en un tema gravísimo. Y, también es extraño, que el propio jugador no hubiera comentado con ella la sentencia que les afectaba a los dos.
Si esta mujer ha mentido a autoridades españolas, el problema es muy grave porque un ciudadano francés ha sido detenido dos veces, cuando se le deben respetar derechos europeos aceptados por el estado español.
De lo que sí es cierto es que por la prensa, toda España, y parte del extranjero, nos enteramos que había sido condenada a una orden de alejamiento, y al pago de una multa dicha mujer:
“El juez Borja Vargues mantiene la orden de alejamiento para Lucas Hernández y su exnovia, que será cautelar hasta que la sentencia se torne firme, y añade una condena adicional para ella por los daños que provocó en el vehículo del futbolista. En concreto, la obliga a abonar una multa de 180 euros por golpear el automóvil.”
Dicen que se coge antes al mentiroso que al cojo, o que la mentira tiene las patas cortas. Y si esta mujer ha mentido el castigo que debe recibir debe ser grande, porque puede provocar un incidente muy grave entre España y Francia.
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No me acostumbro a que sea habitual que, cuando una mujer llama a la Policía, un hombre salga esposado delante de una madre, como sucedió hace poco a un compañero, o le vayan a buscar a su trabajo como le pasó a otro el día de Navidad, o baje  a la calle esposado, o entre policías, delante de vecinos y público, así como de sus hijos. Cuando luego no es condenado o es sobreseído el caso por falta de pruebas, ¿ quién devuelve la honra a ese hombre, a ese padre ?. Más de uno se suicida.
Siempre he pensado que muchas de esas detenciones son castigos sin juicio. Y no, no me acostumbro. Pero que nos pase a los ciudadanos españoles, pues alguna responsabilidad tendremos en los diputados que votamos o en el gobierno que nos gobierna, pero, en un país que tiene mucha dependencia del turismo extranjero, deben ser muy cuidadosos los que nos gobiernan para que vengan los turistas, sabiendo que se respetan derechos internacionales. Pero, ¿ y si no se los han respetado a este ciudadano francés ?.
Salvo mejor información o criterio, el detener a este prometedor jugador en el aeropuerto no era para evitar un riesgo hacia la mujer de la cual tenía una orden de alejamiento. Tampoco es de pensar que este joven tuviera interés alguno en no comparecer ante un juez, cuando se le citara. Entonces, ¿ por qué se le ha detenido sabiendo que sería puesto en libertad apenas compareciera en sede judicial ?.
Aunque en otros artículos se hable de otros plazos, el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal indica:
“La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos.”
En este artículo también se habla de más plazo:
“Dentro de los plazos establecidos en la presente Ley, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.”
No se profundiza más en esta cuestión, pero, salvo mejor criterio o información, la finalidad de una posible detención, después de lo señalado, era averiguar los hechos, y eso lo hizo rapidísimamente el ordenador del aeropuerto.
¿ Qué normas o leyes ha firmado el Estado Español, a respetar a este jugador francés ?.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Artículo 6
Derecho a la libertad y a la seguridad
Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad.”
Artículo 20
Igualdad ante la ley
Todas las personas son iguales ante la ley. “
Artículo 21
No discriminación
  1. Se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual. “
  2. Dejo a Uds., sufridos lectores, y a las autoridades francesas, pensar si, a este hombre, se le ha privado de libertad sin necesidad. No ha sido igual ante la ley respecto a una mujer, y si ha sido discriminado por razón de sexo.
  3. Una mujer parece que alegó que desconocía una disposición judicial que la afectaba. ¿ No debió la Policía comprobarlo, cuando de ser cierto, dejaba en mal lugar, presumiblemente, a la Administración de Justicia, a profesionales del derecho, e incluso a Lucas Hernández ?.
  4. ¿ Por qué se detuvo a un ciudadano francés, de sexo varón, y no a una mujer ?.
  5. ¿ Por qué no se investigó en sede policial si lo que la mujer decía y afirmaba era cierto o no, antes de ponerla en libertad ?.
  6. ¿ Si los dos tenían una orden judicial de alejamiento porque se detiene a uno y no a la otra ?.
    Antes de terminar estas reflexiones, que no afirmaciones, y con derecho a equivocarme, me ha dicho Manolo, Jefe técnico de esta página, que indique el caso de su hermano, Theo Hernández, también prometedor jugador de fútbol.
“Theo Hernández, absuelto sin cargos en Marbella
Había sido denunciado por una amiga de 20 años por agresión sexual. El juez sobresee el caso tras la declaración del jugador, que se incorporará al Real Madrid la próxima temporada.“ 
Dejo a Uds. estos presuntos hechos, y una grave pregunta en el aire: ¿ por qué se detiene a un hombre y no a la mujer, cuando los dos han incumplido la misma orden judicial ?
No sólo está en juego la reputación de un prometedor muchacho francés, sino el buen hacer de un cuerpo policial, Administración de Justicia y profesionales del derecho. La honra del Estado Español que debe garantizar los derechos humanos y europeos de todos los franceses que viven y hacen turismo en España.
Uds. mismos. Muchas gracias.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
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