CASO LUCAS HERNÁNDEZ. EL ESCÁNDALO PÚBLICO CONTINÚA

Antes de nada, queridos y sufridos lectores, que alguna vez, o de vez en cuando, os asomáis a este modesto blog, explicaros las razones por las que actuamos, un poco, como prensa del corazón. La razón es sencilla. De los casos como el de Feliciano López y Alba Carrillo, o David Bustamante y Paula Echevarría, vamos destilando, con razón o sin ella, modestas reflexiones, que no pretenden ser verdad absoluta, y que se espera que, a más de uno, le hagan también pensar y reflexionar.
“Lucas Hernández se casa con Amelia Ossa pese a la orden de alejamiento.”
Pues bien. Éramos pocos y parió la abuela. Ahora resulta que ya sale en muchos medios de comunicación que el protagonista de las últimas reflexiones, Lucas Hernández, con una prometedora carrera en el prestigioso club de fútbol Atlético de Madrid, parece que se fue a Las Vegas a casarse. Y, cuando se escriben estas líneas, nadie ha salido a desmentirlo. Y esto huele mal. Hace pocos días, su nuevo abogado, que antes era de ella, hablaba de amor. Estupendo. Es algo maravilloso. ¿ Quién lo duda ?. Pero estamos, o están, él y ella, o ella y él, ante un grave escándalo de dimensiones públicas, que las autoridades deben, y pronto, clarificar.
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Todo el mundo tiene derecho a tener abogado, y no seré yo el que lo impida, pero, habría que empezar a ver qué implicación pudiera tener en este, presunto, desafío al Estado Español. Sí, desafío al Estado Español. Porque aquí, aparte de venir a ganarse la vida, hay que respetar las normas. Y las sentencias están para cumplirse, y si no sé está a gusto con ellas, el abogado que intente cambiarlas, y punto. Pero, mientras estén vigentes, se cumplen.
Y mal haría la abogacía amparar un hecho tan grave, o minimizar, un cumplimiento de obligado cumplimiento, y valga la redundancia.
Por otra parte, se viene afirmando, y nadie parece contradecirlo, que el presunto o probable matrimonio en Las Vegas, para que sea válido en España, tendrían que validarlo en un consulado español. La verdad, desconozco la nacionalidad de la chica, Dª Amelia, pero, en España, cuando se contrae, libremente y con la persona libremente escogida, y los dos dan el sí, se leen tres articulitos del Código Civil Español, de los cuales no se da copia, y que poco aclaran para el día a día de una posible convivencia. Uno de ellos dice, más o menos, que hay que convivir. Y estos dos, o, al menos uno, no pueden convivir con el otro, mientras exista una orden de alejamiento.
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En Burgos tuvimos un caso. Un hombre, con orden de alejamiento de su ex cónyuge, pretendió contraer matrimonio, teniendo una orden de protección vigente. La jueza encargada del Registro Civil le comunicó que mientras existiera la orden de alejamiento, no podían cumplir el deber de convivencia. Claro y lógico. Aunque una vez se da el sí y es firme el matrimonio, pueden hacer lo que les dé la gana.
Ese matrimonio no llegó a celebrarse, pero la historia y el argumento están ahí: ningún funcionario público español, puede celebrar, o validar, un matrimonio cuando, como en este caso, es evidente que, por sentencia, no puede, y debe, convivir con el otro, al menos temporalmente.
Ahí queda eso, pero, ahora, la pregunta es: ¿están conviviendo juntos estos “tortolitos” ?. ¿ Está comprobando la Policía o Guardia Civil que no se están incumpliendo una decisión judicial vigente, una vez más ?.
Repasen, si lo estiman oportuno, las últimas reflexiones que, sobre este caso, se vienen haciendo desde hace una semana.
¿ Ha fallado la Administración de Justicia en comunicarse con la chica u otros no lo han hecho bien ?. ¿ Está haciendo cosas extrañas, y peligrosas, este chico por amor ?.
Y, por último, a mujeres como ésta, ¿ cuándo llamen la próxima vez  a la Policía porque se sienten incómodas con el novio o cónyuge elegido las debemos atender, y debemos detener al hombre ?. Porque yo me niego a pagar, con mis impuestos, este uso y abuso de esta ley que llaman de Violencia de Género, o como sea. Pero que no nos tomen el pelo. Que ellas se vayan de rositas. Que menos que el Excmo. Ministro del Interior las ponga una multa. ¿Tanto miedo tenían que luego se juntan con el ogro, maltratador, irascible, mal hombre, etc., etc. del que la sociedad quiere protegerlas?.
Qué aclaren este caso, y pronto. Gracias por su paciencia.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
 

ALBA CARRILLO, EL PRECIO DE LA MIERDA EN ESPAÑA. EL HONOR DE FELICIANO LÓPEZ, CUESTIÓN DE ESTADO

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Muchos compañeros me dicen que el tenista español, Feliciano López, no merece que se le defienda, por su intervención en un vídeo contra el maltrato o violencia de género, de la FUNDACIÓN MUTUA MADRILEÑA.
Algunos otros importantes tenistas españoles no han intervenido en dicho vídeo. En España decimos: “zapatero a tus zapatos”. Lo tuyo es el tenis, y lo haces bien. Por favor, no te metas en lo que no sabes, porque, eso que tú apoyas, apoya actos muy graves, como son las detenciones de hombres, como tú, que son puestos en libertad, apenas comparecen ante un juez, y luego no son condenamos. Por ejemplo. Y no todo vale, y de eso sabemos mucho en Burgos.
Mi madre decía: “en el pecado está la penitencia”. Y creo que ya llevas, Feliciano, tu buena ración de castigo. Ya sabes, Alba Carrillo.
Decía Jesucristo: “perdónales, porque no saben lo que hacen.” Y supongo que eso es lo que pasó contigo. Que no sabías.
Y lo que ha colmado el vaso, que ya iba muy lleno, es el salario del escándalo, y escandaloso, que parece que recibe Alba Carrillo, por ponerte a ti de “vuelta y media”, Dicen que 26.000 euros a la semana, en el programa televisivo SUPERVIVIENTES:
Y es duro defender a un hombre que no sabe lo que apoya, supongo, y eso quiero pensar, pero es que la vida matrimonial y de pareja debe estar garantizada, con firmeza y contundencia, por el ESTADO ESPAÑOL. En efecto, esto dice que lo garantiza laCONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, en su artículo 18.1:
“Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.”
Y, aunque muchos compañeros no estén de acuerdo, el ESTADO ESPAÑOL debe defenderte, y no porque tú puedas acudir a un tribunal, sino porque lo que está haciendo esa mujer debiera ser perseguido de oficio, por nuestras autoridades. Y, al defenderte a ti, ser nos defiende a todos.
Si no precisó alegar nada para divorciarse, qué se calle, y deje de contarnos sus fantasías, en que te despelleja. Su visión de la vida, la vida en pareja, y lo que hubo entre vosotros, para vosotros, Y PARA NADIE MÁS.
No sé si lo sabías, pero no hay ningún divorcio en España en que el juez lo decrete por maltrato. Si alguno tiene otra información, que la publique, alto y claro.
No os dimos libro de instrucciones, pero os exigimos contraer matrimonio en libertad, y, desde el segundo cero, ambos, pudisteis cesar la convivencia, sin explicaciones.
Feliciano, si a ti llegan estas reflexiones, por favor, pide que te quiten de ese vídeo, porque a los hombres de este país que les toque otra Alba Carrillo, que se vayan confesando. Tu delito fue contraer matrimonio como famoso y supongo que con dinero, y quizá su mérito. Y de eso vive, y parece que muy bien, pero esparciendo mierda, que nos cae a todos.
No sabías con quién contraías matrimonio. Lo tuyo no era de divorcio, sino de NULIDAD MATRIMONIAL.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de las ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Dedicado a distintos padres de Burgos, detenidos. Ninguna de sus cónyuges o parejas precisaron denunciar. ¿ Quién gana con ello, si no se precisa para ser libre ?. Mujer, antes de denunciar, exige que a los hombres nos den todas las garantías. Aquí eliges pareja o cónyuge y al padre de tus hijos. No lo olvides.

CARTA DEL PUEBLO ESPAÑOL A DAVID BUSTAMANTE ANTE SU POSIBLE DIVORCIO

datauri-fileEstimado David Bustamante:
Perdona la soberbia de escribirte en nombre del pueblo español. Perdona. Sin embargo, sí que quiero transmitirte lo que el pueblo español dice a través de nuestras leyes. Podría alguien decir que son mejorables, pero es lo que hay, y el conocerlas y transmitirlo es comunicarte lo que el pueblo español quiere para vosotros, para Paula y para ti. Y vuestra preciosa niña.
Vamos a comenzar por el principio, por la celebración de vuestro matrimonio. Y para todo lo que os viene estimo que se os aplica el derecho común, distinto al que pueda aplicarse en autonomías como Cataluña o el País Vasco, por ejemplo. Bien. En un matrimonio celebrado ante un juez, lo único que quiere el pueblo español que sepáis es lo que dicen los artículos 66, 67 y 68, delCódigo Civil. Te los indico:
“DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS CÓNYUGES
Artículo 66
Los cónyuges son iguales en derechos y deberes.
Artículo 67
Los cónyuges deben respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia.
Artículo 68
Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo.”
Y esto lo dicen antes de dar el sí, y no te dan una copia. Como puedes ver, después del año 2.005, ni el sexo de los contrayentes importa. Aquí yo no veo ni obligaciones ni derechos sexuales. Ni obligación de quererse. Incluso, sobre el vivir juntos, pues hay un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil donde se indica que podríais estar empadronados en lugares distintos, y digo que ella, por ejemplo, podría estar en Colombia, y tú en Londres.
Antes de nada, en España no se decreta ningún divorcio en que le juez de turno lo decrete por maltrato alguno. Y eso es bueno que lo sepa toda España.
Vosotros que lleváis más de tres meses casados, pues sólo hay que pedirlo. Fácil, ¿ no ?. Y aunque lo pida uno de los dos se decreta el divorcio, siempre que no se pida la separación o la nulidad, pero estimo que ése no será el problema.
Y las causas de un posible divorcio lo explica muy bien la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, en su exposición de motivos:
“………………se estima que el respeto al libre desarrollo de la personalidad, garantizado por el artículo 10.1 de laConstitución, justifica reconocer mayor trascendencia a la voluntad de la persona cuando ya no desea seguir vinculado con su cónyuge. Así, el ejercicio de su derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de esa voluntad expresada en su solicitud, ni, desde luego, de una previa e ineludible situación de separación…………….”
Ahora pasemos a los razonamientos que pueda utilizar un juez para resolver vuestras presuntas diferencias en todo tipo de discrepancias. Seguimos con la misma ley:
La intervención judicial debe reservarse para cuando haya sido imposible el pacto, o el contenido de las propuestas sea lesivo para los intereses de los hijos menores o incapacitados, o uno de los cónyuges, y las partes no hayan atendido a sus requerimientos de modificación. Sólo en estos casos deberá dictar una resolución en la que imponga las medidas que sean precisas.”
Tanto el Código Civil, como la Ley de Enjuiciamiento Civil, hablan de que el juez, en principio, decide a falta de acuerdo de los cónyuges.
En cuanto a la forma de presentar un presunto divorcio, salvo que lo hagáis por las bravas sin reflexionar sobre las posibles consecuencias, y sin llegar a algún acuerdo, habría que separar lo que es estrictamente matrimonial como es la disolución del vínculo por el divorcio, y lo relacionado con la preciosa niña de la que sois papás, de posibles problemas de propiedades. Es decir, serían pleitos distintos.
Resumiendo, lo que debemos considerar el resto del pueblo español es que os unisteis en matrimonio, y no os dimos libro de instrucciones, independientemente de las pretensiones y razonamientos que pudierais tener Paula y tú.
Y, desde el primer segundo de vuestro matrimonio, pudisteis, ambos, dejar la convivencia, y esto es así desde el año 1.981, y se refleja en el Código Civil:
“Artículo 105
No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que refieren los artículos anteriores.”
Y, para que veas cómo funciona esto, te copio lo que dice el artículo 102 del Código Civil:
“Artículo 102
Admitida la demanda de nulidad, separación o divorcio, se producen, por ministerio de la Ley, los efectos siguientes:
1.º Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.
2.º Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro.
Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.
A estos efectos, cualquiera de las partes podrá instar la oportuna anotación en el Registro Civil y, en su caso, en los de la Propiedad y Mercantil.”
Se me olvidaba. Dos cosas. Al haber una menor no emancipada (los hijos de padres separados/divorciados pueden pedir la emancipación judicial a partir de los dieciséis años) lo debéis hacer a través de un juzgado. Por otra parte, si llegarais a acuerdos, a presentar judicialmente, lo podríais presentar como divorcio, bien A PETICIÓN DE AMBOS CÓNYUGES o DE MUTUO ACUERDO, bien A PETICIÓN DE UNO CON EL CONSENTIMIENTO DEL OTRO. En este caso, si es sólo uno de los dos el que lo desea.
En cuanto a la custodia y educación de vuestra preciosa niña, espero que ambos, acorde con toda la parafernalia que hay entre hombres y mujeres, espero que ambos, Paula y tú, os decantéis por la CUSTODIA COMPARTIDA. Sabiendo que ambos tenéis una agitada vida profesional y que la niña estará muchas veces a cargo de personas distintas a vosotros dos: sus papás. Papá y mamá, y el orden no importa. Y os recuerdo que se os obligó a contraer matrimonio en igualdad de DERECHOS y DEBERES.
Y, Dios no lo quiera, espero que si, como se dice por todos los medios, estáis al borde del divorcio, la sensatez y el sentido común os haga conduciros con prudencia, con generosidad, y fuera del mundo buitre del cotilleo nacional. Respeto del uno hacia el otro.
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Me gustaría que no deis el mal ejemplo de otras parejas famosas del escenario nacional, y no se busca quién es el culpable: ALBA CARRILLO/FELICIANO LÓPEZ o  ANTONIO DAVID FLORES/ROCÍO CARRASCO.
Se os quiere, se os aprecia. Es primavera, cantan los pájaros, las flores adornan la naturaleza. Espero que seáis un ejemplo de privacidad, respeto y amor a vuestra niña.
Divorciarse es un derecho, que os dimos a cada uno. ¿ Comprendido ?.
Un abrazo, David.
Jesús AYALA CARCEDO, Delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- El año pasado estuve unos días en San Vicente de la Barquera (Cantabria). Lugar espectacular. Allí te quieren mucho, donde han puesto tu nombre a un edificio municipal. En Burgos, el grupo de separados/divorciados al que pertenezco nos llamamos LA COFRADÍA  . Quedas invitado a merendar cuando quieras, para compartir un buen momento con nosotros. Gracias por la atención que puedas dedicar a esto, si cayera en tus manos. Lo dicen las leyes, del pueblo español.
Qué la pena y la nostalgia no te priven de las ganas de vivir y de cantar a tanta gente ávida de amor y buenos tiempos. Te necesitan. Os queremos a los tres.
 
 
 

OCHO DE MARZO: DESATAR A LA MUJER DE LA PATA DE LA CAMA

Se me ocurren dos reflexiones, para empezar. La primera tenía más sustancia hace años, cuando había menor nivel de vida, y había ciertos pescados que entraban poco en las casas de la gente humilde: “Cuando el pobre come merluza, uno de los dos está malo”.
La segunda tiene un origen terrible, ya que lo ponían los siniestros y temibles nazis en sus campos de exterminio: “El trabajo os hará libres”.
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Y, poco antes de escribir estas líneas, tenía planteado escribir algo diferente a lo que finalmente van a leer Uds., si tienen la voluntad, paciencia y amabilidad para dedicar unos minutos. No hagan mucho caso, y lo digo porque sé que, de vez en cuando, me equivoco.
Bien, y me ha cabreado mucho. Con motivo del próximo día OCHO DE MARZO, jornada dedicada a la mujer, en la prensa de esta pequeña, pero bonita ciudad, Burgos, en uno de sus periódicos, venía abundante información sobre el mayor problema de la humanidad, de España y de las españolas y demás mujeres residentes en este país. Y, sobre ese tema, relacionado con otra población de la provincia, Aranda de Duero, dos noticias aparecen: “310 alumnos se forman en prevención contra el maltrato”. Y, en un recuadro: “Ayuda para salir de la violencia”.
Hablando claro. Página36 de Diario de Burgos, del domingo 5 de marzo de 2.017.
Y me ha llamado la atención, y me ha cabreado, y mucho, que en el citado recuadro, de “Ayuda para salir de la violencia”, aparezca la frase, cuando se habla de recursos:
“Entre ellos la víctima dispone de asistencia jurídica gratuita, asesoría sobre las posibilidades de divorcio en caso de que esté casada y un apoyo psicológico más específico”.
Y, lo grave en este país, es que en ciertos temas no se puede hablar libremente, sin que grupos muy organizados, subvencionados, e incluso con influencias externas a este país, ataquen a todo el que ose razonar, o indicar legislación, en contra de ciertos planteamientos. Y me estoy refiriendo a la información y desinformación que se está vertiendo en los medios de comunicación, en los que también tiene responsabilidades, y muchas, la clase política, de todo pelo y condición.
Para empezar, una mujer joven, seguramente más famosa por los hombres que han pasado por su vida, que por otros méritos: Dª ALBA CARRILLO. Muchas páginas en medios de comunicación, y horas en programas de televisión, se nos han ofrecido, como carnaza, sobre su desdichada vida matrimonial, según ella, y éramos pocos, y apareció su madre. Por fin, parece que ya está divorciada. Aleluya. Con total impunidad, y cobrando, es de suponer, con su lagrimita fácil, nos ha despellejado vivo y crudo al infeliz que accedió a contraer matrimonio con ella. Un famoso tenista. Pero no sólo ha largado sobre él, su familia y todo lo que se movía, también parece que ha hablado sobre el mundo del tenis, cosa que no ha sentado bien a ese mundillo que tiene a España en los primeros puestos mundiales del tenis.
Pues bien, todo lo que ha podido contar esta ciudadana no lo ha precisado para divorciarse. Y, es más, se han podido divorciar en un notario. Quiero pensar que ha tenido que venderse a los medios de comunicación, entre otros fines, para pagar a las abogadas que ha tenido, y para pagar a la defensa jurídica del tenista, a lo cual la han condenado.
Creo que esta señora, y madre, debieran quejarse más de sus abogadas que del que fue su cónyuge. Pero, bueno, ése es otro tema. Se me olvidaba. La ley, a esta señora, la permitió no estar conviviendo con el tenista sin pedir permiso a nadie, y sin justificarlo, desde el primer segundo de contraído matrimonio. Por lo que todo lo que pueda haber contado, fuera cierto o no, nadie la obligó a pasarlo. Lo dice la ley, no yo, Y es de suponer que eso se lo habrán ratificado sus abogadas. Y, por cierto, el estado no la dio libro de instrucciones, ni como debía ser el día a día de su vida matrimonial. Otra cosa serían sus sueños de princesa que llevara en su cabecita.
Pero, volvamos a lo que se puede estar informando a las mujeres de Aranda de Duero, en un sitio público que se llama, según se informa en Diario de Burgos, CENTRO ASESOR DE LA MUJER. Y me da miedo:“Posibilidades de divorcio”. Salvo que se pida la nulidad, el divorcio es automático: lo tiene que decretar el juez, de oficio, a partir de los tres meses de contraído matrimonio. Y, como los procesos duran más de tres meses:NINGÚN DIVORCIO DE ARANDA DE DUERO ES DECRETADO POR MALTRATO ALGUNO. Condiciones obligatorias: primero casarse y luego pedirlo. Es fácil, ¿no ?.
Y, si alguien tiene datos en contrario, que los aporte, o pregunte en los juzgados de Aranda de Duero: Teléfonos: 947-500076 y 947-500255.
Y me asusta que se pueda transmitir a la población de que el divorcio es un grave problema jurídico. No, el disolver el vínculo del matrimonio por el divorcio, es automático, el problema puede estar en las consecuencias.
Estos días se ha hablado de algunas de las posibles causas que están detrás de los terribles asesinatos de mujeres por parte de sus cónyuges o parejas. Un inciso, también mujeres matan a sus parejas, e incluso a niños. Pero, sigamos. El estudio que ha realizado, y presentado, el EQUIPO DE PREVISIÓN PORMENORIZADA DE HOMICIDIOS DE PAREJA EN EL ÁMBITO DE VIOLENCIA DE GÉNERO, dependiente del Ministerio del Interior(¿), basado en la revisión de al menos 200 casos ocurridos entre 2010 y 2012, es claro:
“El momento en el que se producen más casos de violencia es cuando hay una separación o una ruptura propiciada por ella y no aceptada por él, y, además, la víctima trata de romper la relación cuanto antes”.
Palabras que pone Diario de Burgos en boca del Comandante de la Guardia Civil,  D. José Luis González, destinado en la Secretaría de Estado de Seguridad, en la página 42 de la edición del sábado cuatro de marzo.
Y en Aranda de Duero, donde el año pasado murió a manos de su ex cónyuge, una mujer, según se informa, se indica a las mujeres, que van alegando lo que sea contra el cónyuge, que libremente escogieron, es eso: RAPIDEZ.
Y se indica en Diario de Burgos:
“Una vez se ha interpuesto denuncia y se adjudica una orden de protección, se celebra un juicio rápido en menos de 72 horas, al cabo del tiempo tendría lugar el juicio definitivo. Jiménez explica que “se pone protección en los casos de riesgo, son medidas penales y se activan medidas civiles si hay hijos porque también son víctimas”.
Jiménez es de suponer que es la abogada, Dª Leyre Jiménez, de los Centros de Acción Social, CEAS, de Aranda de Duero, que es de suponer depende de la Concejalía de Acción Social del Ayuntamiento de Aranda de Duero.
Y, ¿ qué se está vendiendo a las mujeres, desde sitios de asesoramiento oficiales ?. Entre otras cosas, lo que viene en las leyes: EL POSIBLE USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR. Nada que objetar. Se insiste, viene en las leyes.
Sin embargo, se puede acceder al divorcio sin “exigir” el uso de la vivienda familiar. Por supuesto. Nada impide que uno le venda su parte al otro, o la pongan a la venta, y que se vayan ambos cónyuges, y a menudo padres, a viviendas de alquiler, o inicien la compra de nuevas viviendas, o a casa de los padres, como hacen muchos padres cargando los problemas matrimoniales a los abuelos.
Volviendo al título de estas reflexiones: OCHO DE MARZO: DESATAR A LA MUJER DE LA PATA DE LA CAMA.
“Cuando el pobre come merluza, uno de los dos está malo”
Si para divorciarse es imprescindible, necesario y urgente, que la mujer se quede con el uso de la vivienda familiar, porque haya hijos u otra cosa, HAY UN PROBLEMA SOCIAL, y punto.
Y, cuando se habla de ayudas, para esas mujeres que van a denunciar sus cuitas conyugales a los servicios del Ayuntamiento de Aranda de Duero, es de temer que es por la falta de trabajo, o por empleos precarios.
Y, aunque Dª Alba Carrillo no es fácil que lea estas reflexiones, en voz alta y públicas, permítanme que les trascriba lo que decía la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, en su exposición de motivos:
“Así, el ejercicio de su derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de esa voluntad expresada en su solicitud, ni, desde luego, de una previa e ineludible situación de separación.”
Y duro oficio el de juez, que en temas matrimoniales y de familia, lo debiera tener fácil:
“La intervención judicial debe reservarse para cuando haya sido imposible el pacto, o el contenido de las propuestas sea lesivo para los intereses de los hijos menores o incapacitados, o uno de los cónyuges, y las partes no hayan atendido a sus requerimientos de modificación. Sólo en estos casos deberá dictar una resolución en la que imponga las medidas que sean precisas.”
Y yo les pongo esto para que piensen un poco: ¿ No estará en el origen de mucha violencia, entre cónyuges y padres, la grave situación social de muchas mujeres que no trabajan ?. Porque el camino fácil, y rápido, que las están vendiendo es:
  • Denuncia al hombre que libremente escogiste y te damos dinero. Abogado gratis, por supuesto.
  • Posible detención del cónyuge, pareja, y a menudo padre.
  • Expulsión del domicilio familiar del citado.
  • La CUSTODIA COMPARTIDA, nunca.
  • Mediación familiar, para reflexionar sobre temas económicos, sobre hijos, sobre leyes: PROHIBIDA.
Siempre lo he dicho, a mí me gustan los divorcios de los famosos, en que se disputan muchos millones de euros. En los divorcios en que hay pobreza, y se exige que el hombre, en estos casos, que se vaya del domicilio familiar, del cual se le pudiera exigir que siga pagando la hipoteca, y a nadie le preocupa  dónde pueda dormir, pues qué quieren Uds., ¿ no creen que eso origina mucha violencia ?. Hay miles y miles de viviendas en venta y en alquiler. ¿ Por qué no lo recomienda el Ayuntamiento de Aranda de Duero ?. Mujer, no quieres estar con tu pareja o cónyuge: vete de casa y compra o alquila.
Creo que es mucho, y quizá repetitivo para Uds. Antes de terminar, reflexiono:
Mujer, si exiges que el hombre, y quizá padre que escogiste para tus hijos, sea EXPULSADO del domicilio familiar, te estás atando a la pata de la cama, que un día tendrás que abandonar, comprar o vender, salvo que sea sólo tuya en propiedad, o sea de alquiler. El trabajo te haría libre. ¿ Sólo te hace libre una denuncia y atarte a una vivienda que no es tuya en su totalidad, ni es alquilada ?. Malo.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

SR. RAJOY, LLAME LA ATENCIÓN A Dª ALBA CARRILLO

Excmo. Sr. Presidente del Gobierno del Estado Español, D. MARIANO RAJOY BREY:
Con ella llegó el escándalo. Así como con otras personas del mundo del espectáculo y del famoseo. Sin embargo, en bien de la convivencia, los ciudadanos y residentes en este país merecemos que Ud. ponga los puntos sobre las íes, a una mujer que larga en la prensa, televisión y otros medios de comunicación lo que no la exigimos en el juzgado. Le hablo de una mujer, famosa, sobre todo, por sus parejas. Una tal Dª ALBA CARRILLO, que nos tiene en vilo con sus reflexiones en voz alta, desde hace meses, sobre lo que piensa del matrimonio y su cónyuge, si es que aún no están divorciados.
Ahí va una perla de esta señora:
“No concibo eso dentro de un matrimonio”,
Cuando las cabezas pensantes del bien y mal, sobre relaciones libres entre hombres y mujeres, de este país, se escandalizan cuando un lugar de ocio ofrece dar 100 euros a mujeres por ir sin bragas a su local, o alguna asociación de consumidores llama la atención pública sobre disfraces de enfermeras sexys, para niñas, para estos carnavales, esta joven mujer y madre, está lanzando mensajes que crean violencia en las libres relaciones entre hombres y mujeres.
Y digo esto porque, sobre el matrimonio, el estado que Ud. dirige no da libro de instrucciones, ni una copia de los tres artículos del Código Civil que se leen cuando una mujer, como esta, contrae libremente matrimonio, sin que fuera necesario, para ser felices, mantener relaciones sexuales, tener hijos, ir de vacaciones, etc., etc. Y, lo que es más importante, fue ella la que ella eligió a su cónyuge, no los demás. No faltaría más que la hubiéramos puesto pegas para casarse. Fue ella solita la que dijo sí.
Y esto viene en relación a la última intervención de esta señora en una televisión a hora de mucha audiencia. Y lo que no puede hacer esta señora es decir, o razonar, lo que no la exigimos para divorciarse, fuera iniciativa de su cónyuge, de ella o de los dos.
Y es muy grave que los juicios de separación/divorcio no suelan ser en vista pública, responsabilidad normalmente de los jueces, que ni se molestan en justificar, y una señora como esta filosofe sobre ella, el hombre que libremente escogió y sobre lo que debe ser, según ella, el matrimonio.
Y no. No debemos permitir que se despelleje a un hombre, en su ausencia, en un programa como esos de los que están llenos nuestras televisiones. Y, obviamente, en esto tienen grandes responsabilidades, tanto el medio de comunicación, que paga por desprestigiar a un hombre, como la abogada y el o la representante de esta mujer.
Y no vale que si alguien se siente ofendido, tiene los tribunales para lo que desee. No, Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de España, D. Mariano Rajoy Brey, esta mujer, y todas las de este país, se divorcian sin que juez alguno, empezando por los de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, lo decreten por causa alguna, sino que lo hacen por los tres meses, o más, transcurridos desde que libremente contrajeron matrimonio. Y, desde el segundo cero, no precisaron ninguno de los cónyuges autorización o justificación alguna para dejar de convivir.
Éstas, y no otras, son las reglas del juego. Y eso parece que no lo sabe, o no se lo ha querido decir su abogada a esta señora (¿), y parece que hay muchos miles de mujeres, como la que hace un año denunció a un hombre de 75 años, en Burgos, alegando CINCUENTA AÑOS DE MALTRATO, que fue detenido, que dicen o alegan desconocerlo.
Entre las mujeres que no saben cómo se compran las cosas en casa, ni lo que hace su cónyuge para ganar dinero, se está dando un mal ejemplo, y una mala información, a muchas mujeres que no están a gusto con el hombre que libremente eligieron, y que la única orientación legal que se las da es: MUJER LLAMA AL 016 Y DENUNCIALE.
Y ya está bien que todos los hombres de este país seamos presuntos culpables cuando una mujer llama por teléfono, y que por nuestros genes somos malos desde nuestro nacimiento.
No, tenga Ud. la valentía de decir a los mujeres de este país que se endeuda cada día más: MUJER, SI NO ESTÁS A GUSTO CON EL HOMBRE QUE LIBREMENTE HAS ESCOGIDO, PUEDES DEJAR DE CONVIVIR CON ÉL DESDE ESTE MISMO SEGUNDO.
Y Ud. resolverá el gravísimo problema del pueblo español: la violencia de género, doméstica, matrimonial y patriarcal, etc. Y UD. TENDRÁ UN GRAVE PROBLEMA SOCIAL.
Porque leyes, nos sobran. Y el que una mujer como ésta vaya largando basura contra el hombre que accedió a contraer matrimonio con ella, HACE QUE ESTE PAÍS SEA UN PAÍS DE MIERDA, Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de España, D. MARIANO RAJOY BREY. La mierda que está largando esta señora, y otras muchas para justificar lo que no exige la ley justificar.
QUÉ SE LARGUEN YA ESAS MUJERES, PERO QUE SE MUERDAN LA LENGUA Y NO LARGUEN.
Rajoy subraya que el gran pacto de Estado contra la violencia de género «ha empezado a cobrar forma»
Sin que Ud. informe a todas esas mujeres, a las cuales dedica sus pactos y el presupuesto público, de que no necesitan justificar el dejar la convivencia, y que aquí a ninguna mujer divorcian por causa de maltrato los jueces, sino, simplemente, porque lo piden, se está malgastando tiempo y dinero, de lo cual andamos mal.
Esta mujer merece un reproche de su parte. Lo mismo que su abogada, que su representante, que el presentador de televisión, que la cadena de televisión.
Salga Ud. con la ley en la mano, en la misma televisión, y diga, Dª Alba Carrillo, el hombre y el matrimonio, lo eligió Ud. y ni un solo segundo no deseado la impusimos con ese hombre. Que lo sepan todas las mujeres deEspaña.
Punto final, Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de España, D. Mariano Rajoy Brey. Pare Ud. toda la mierda, pagada,  que se vierte en las televisiones. Defienda Ud. a un hombre, como un hombre. Ya me entiende. Gracias.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Desconozco si esto le llegará a nuestro Presidente, al cual no eligieron todas las mujeres, o a su partido, cuando sí eligen las mujeres a todos sus hombres.

EL TENISTA CASADO EN SOCIEDAD DE GANANCIALES (D. FELICIANO LÓPEZ) Y EL EXMOTORISTA (D. FONSI NIETO): ¿ QUIÉN DEBIÓ CORRER CON LOS GASTOS DEL HIJO DEL SEGUNDO ?

Sirvan estas líneas, en primer lugar, para desear una pronta recuperación a D. Fonsi Nieto, que acaba de ser operado, de una grave lesión que tuvo en agosto de 2.006.

A principio de julio último me permití escribir unas reflexiones sobre el divorcio de D. Feliciano López y Dª Alba Carrillo, manifestando que la disolución del vínculo matrimonial no será en ningún caso contencioso, otra cosa pudieran ser las posibles consecuencias, que pudieran ser parte del mismo proceso judicial o no.
Estos últimos días, en diversos medios de comunicación, aparece lo que pudiera ser motivo de conflicto: La presunta, posible o legal participación de Dª Alba Carrillo en los ingresos de D. Feliciano López durante el tiempo que tuvieron SOCIEDAD DE GANANCIALES. Y, por lo mismo, por los ingresos que pudo tener ella.
Obviamente, sin tener todos los datos legales, económicos, u otros, de esta pareja de la prensa rosa, parece que el tenista, D. Feliciano López se casó con D. Alba Carrillo en SOCIEDAD DE GANANCIALES. Por otra parte, salvo mejor información, el hijo que tuvo en su día Dª Alba Carrillo, con el citado D. Fonsi Nieto, ha convivido en el hogar o domicilio familiar que hayan podido compartir D. Feliciano López y Dª Alba Carrillo, al tener ella la guardia y custodia.
Pues bien, en este caso, y durante esos seis meses que han podido compartir SOCIEDAD DE GANANCIALES, D. Feliciano y Dª Alba, salvo mejor información o criterio, ha estado afecta a lo que se indica en el Código Civil y su artículo 1.362.1:
Serán de cargo de la sociedad de gananciales los gastos que se originen por alguna de las siguientes causas:
1.ª El sostenimiento de la familia, la alimentación y educación de los hijos comunes y las atenciones de previsión acomodadas a los usos y a las circunstancias de la familia.
La alimentación y educación de los hijos de uno solo de los cónyuges correrá a cargo de la sociedad de gananciales cuando convivan en el hogar familiar. En caso contrario, los gastos derivados de estos conceptos serán sufragados por la sociedad de gananciales, pero darán lugar a reintegro en el momento de la liquidación.”
Es de pensar que D. Fonsi Nieto estará pasando alguna cantidad para cubrir los gastos del hijo que tuvo con Dª Alba Carrillo.
Entonces, el dilema que se presenta es, ¿ si los gastos del niño los debían asumir D. Feliciano López y Dª Alba Carrillo, por una parte, con cargo a su SOCIEDAD DE GANANCIALES, y, por otra, D.Fonsi también tenía que aportar dinero para la manutención del pequeño, ahora que parece que van a liquidar la SOCIEDAD DE GANANCIALES los citados D. Feliciano y Dª Alba, tendría derecho D. Fonsi Nieto a recuperar el dinero que haya podido aportar durante esos seis meses ?.
No corresponde a esta parte dar una solución jurídica a este problema, pero lo que parece claro es que había DOS OBLIGADOS A ATENDER LOS GASTOS DEL NIÑO: la SOCIEDAD DE GANANCIALES de D. Felicianoy Dª Alba, por una parte,  y D. Fonsi, por otra. Es de suponer que, Dª Alba, como suele ser normal, a pesar de lo que indica el artículo 93 del Código Civil, no aporta cantidad dineraria alguna por disposición judicial para atender los gastos del pequeño Lucas.
Y, por último, dado lo expuesto, nos debemos preguntar si D. Fonsi Nieto debería ser tenido en cuenta, como parte acreedora, en la liquidación de la SOCIEDAD DE GANANCIALES de D. Feliciano y Dª Alba, por lo que haya podido aportar por su hijo durante los seis meses que duró la SOCIEDAD DE GANANCIALES.
Y, para más colmo del asunto, es lícito pensar si cuando una mamá se casa en SOCIEDAD DE GANANCIALES, llevando hijos de anteriores relaciones, el padre o padres de los mismos tendría/n derecho a solicitar la extinción de la obligación de pago a favor de sus hijos, ya que esa obligación la asume el nuevo matrimonio. Y lo mismo si el que aporta los hijos es el hombre.
Espero que les duela la cabeza con este asunto.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
 
P. D.- Para exponer este interesante teme jurídico se ha considerado:
– Existencia de una SOCIEDAD DE GANANCIALES, y sus obligaciones asumidas, voluntariamente, por D. Feliciano López, hacia el hijo de D. Fonsi y DªAlba.
– Aportación al DªAlba Carrasco al matrimonio, con transcendencia en su SOCIEDAD DE GANANCIALES, de un hijo de una relación anterior con D. Fonsi.
– Se presume que el padre del pequeño Lucas, D. Fonsi Nieto, está aportando diversas cantidades por disposición judicial, y que ha aportado durante los meses en que ha existido la SOCIEDAD DE GANANCIALES.
– El que se haya utilizado este caso, de gran repercusión mediática, es para que se debata sobre este interesante tema que se desconoce, y, sobre todo, por los padres /madres separados/divorciados, y los que contraen matrimonio enSOCIEDAD DE GANANCIALES, y no todos los hijos son comunes.
En Burgos, a veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis.

CARTA ABIERTA A ALBA Y FELICIANO Y LOS JUECES ESPAÑOLES. NO HABRÁ DIVORCIO CONTENCIOSO

Estimados Alba y Feliciano:
Con pena, cómo no puede ser de otra manera, salís demasiado en la prensa, televisión y demás, por lo que parece va a ser vuestro próximo divorcio. Vosotros, dos personas públicas, por vuestras profesiones, debierais ser ejemplo para el resto de los ciudadanos. Y este modesto escrito no es para indicar lo que tenéis que hacer, pensar o decir, pero sí transmitiros algunas reflexiones jurídicas sobre lo que es el matrimonio en España, nuestro país. Y el vuestro en concreto.
Y me ha animado a escribir estas humildes reflexiones lo que parece es una afirmación de Dª ALBA CARRILLO:

Alba Carrillo, tras conocer las infidelidades de Feliciano: Será un divorcio contencioso.
Y, sí, seguramente, en las estadísticas del Instituto Nacional de Estadística, salvo que, finalmente, lo presentéis o lo transforméis un divorcio de mutuo acuerdo, o a petición del uno con el consentimiento del otro, lo calificarán como DIVORCIO CONTENCIOSO. Y la culpa de ello, la tienen los jueces, sí, los jueces, principalmente, los del CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. De la misma manera que no diferencian en sus estadísticas los divorcios que se presentan de mutuo acuerdo de los que se presentan a petición de uno de los cónyuges con el consentimiento del otro. Y en esto algo tienen que ver muchos abogados. Y yo no hago más que trasmitir lo que se contempla en el Código Civil.
Lo malo es que estáis transmitiendo a la opinión pública unas sensaciones que no tienen nada que ver con la realidad jurídica de vuestro matrimonio y de vuestro previsible divorcio. Y no son estas líneas para reflexionar por qué vais a pedir, el uno o los dos, el divorcio, si es que aún se ha pedido.
Y sacar a la luz pública presuntos trapos sucios, para comidilla en programas de televisión o en la prensa del corazón, es confundir a la opinión pública, y sería mejor que vuestras declaraciones las hicieran vuestros abogados, y no vosotros.
Porque, de la misma manera que todos los días, y en todos los medios, se habla de presuntos o reales maltratos, no sólo de hombres contra mujeres, o de mujeres contra hombres, o de unos y otros contra niños, etc., etc., ni los presuntos o reales maltratos son los argumentos que utilizan los jueces para decretar divorcios.
En efecto, se ruega a los medios de comunicación que se informen si se decretan divorcios por parte de los señores jueces en que el juez de turno lo decreta por maltratos.
La humilde opinión de este firmante de estas humildes reflexiones, con derecho a equivocarme, es que no se producen en España divorcios decretados por maltratos. Y ese dato parece que a nadie le interesa. SRES. PERIODISTAS, soliciten, exijan, se exijan Uds. conocer este dato. Por supuesto, si quieren informar de la verdad, toda la verdad, y nada más que la verdad.
Por supuesto, si esto no fuera cierto, desde estas humildes líneas, anticipadamente, se presentan excusas.
Pero, volvamos al meollo de este escrito: ¿ SERÁ UN DIVORCIO CONTENCIOSO, SI NADIE LO REMEDIA, EL VUESTRO ?.
Reflexionemos sobre lo que se podría ser un divorcio de estos dos personajes de la prensa del corazón. Y, para ello, hay que diferenciar dos partes:
  • La primera es si la disolución de su matrimonio por divorcio será contenciosa o no. Sobre la base de que estos dos famosos ciudadanos contrajeron matrimonio hace más de tres meses, NO TIENEN QUE ALEGAR ABSOLUTAMENTE NADA PARA JUSTIFICAR LA PETICIÓN DE DIVORCIO, BIEN PEDIDO POR UNO, BIEN DE MUTUO ACUERDO, BIEN A PETICIÓN DE UNO CON EL CONSENTIMIENTO DEL OTRO.
    Por lo tanto, NUNCA será contenciosa la disolución de su matrimonio.
  • Dado que parece que no tienen hijos comunes,  no habrá ninguna petición o medida sobre hijos que no existen.
    Si hubiera temas económicos sobre los que discutieran en un juzgado, eso sería contencioso. Ninguna duda.
Pero la reflexión de estas pequeñas reflexiones, es que en el caso de que sólo se discutiera de temas económicos, ¿ por qué se consideraría  contencioso  TODO un divorcio en que  SÓLO una parte podría ser contenciosa ?. Mi reflexión es que procedería que tanto jueces como el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA deben matizar eso de divorcios contenciosos cuando sobre el vínculo en sí, ni hay que argumentar, ni hay que discutir. Y es más, si eso que se dicen en el prensa, lo argumentaran los abogados, sería para expedientar a los abogados.
LEY 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio:
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 
“Con este propósito, se estima que el respeto al libre desarrollo de la personalidad, garantizado por el artículo 10.1 de la Constitución, justifica reconocer mayor trascendencia a la voluntad de la persona cuando ya no desea seguir vinculado con su cónyuge. Así, el ejercicio de su derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de esa voluntad expresada en su solicitud, ni, desde luego, de una previa e ineludible situación de separación.”
 
Y es más, si no hay temas económicos a discutir, con que lo pida uno sólo, vale. Porque, señores, el que quiera el divorcio tiene que ir al juzgado, el otro no.
Ante esto, y dadas las declaraciones públicas que parece que hay por parte, tanto del uno como de la otra, y familiares, sería bueno, muy bueno, que si hubiera una vista para discutir de sus discrepancias, sea pública, tanto como la sentencia, en lo referente a la disolución del vínculo matrimonial.
Decía Groucho Marx que la causa del divorcio suele ser el matrimonio. Y lo único que tienen que justificar es que se casaron libre y voluntariamente, aunque para quererse, convivir juntos, tener hijos y ser felices, hoy, afortunadamente, no hace falta casarse por presión social. Por cierto, si alguno sabe cómo se define MATRIMONIO en la legislación española, que me lo diga, porque no sé como lo definen.
Lo que ruego tengo claro es que se casaron libremente, no les exigimos nada que ellos no consintieron, y en cuanto a divorciarse, no les ponemos ningún problema. Todo segundo que estén casados, ha sido y es un segundo de total libertad.
Feliciano y Alba, Uds. no tienen ningún problema para divorciarse. No nos cuenten nada, salvo que en eso se mueva mucho dinero en exclusivas.
Luz y taquígrafos, y no portadas en los medios de comunicación. Gracias.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-AP.F.S.-BURGOS.
P. D.- Se ruega que se califique de una manera distinta a los divorcios, y se modifique esa calificación de divorcios contenciosos, cuando no todo es contencioso. Por ejemplo, divorcio contencioso en cuanto a las consecuencias. ¿ Lo harán los jueces, conforme a la legislación ?. Lo dudo.
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