EXCMO. SR. EMBAJADOR DE FRANCIA EN MADRID
EMBAJADA DE FRANCIA EN MADRID
C/ Salustiano Olózaga, 9
28001 MADRID
EXCMO. SR. MINISTRO DEL INTERIOR
MINISTERIO DEL INTERIOR
Paseo de la Castellana, 5
28.046 MADRID
EXCMO. SR. MINISTRO DE JUSTICIA
MINISTERIO DE JUSTICIA
San Bernardo, 45
28.071 MADRID
Asunto: PRESUNTO TRATO NO IGUALITARIO DEL ESTADO ESPAÑOL AL CIUDADANO FRANCÉS, Y JUGADOR DEL ATLÉTICO DE MADRID, D. LUCAS FRANÇOIS BERNARD HERNANDEZ, RESPECTO A Dª AMELIA DE LA OSSA LORENTE, EN EL PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE LES IMPEDÍA, A AMBOS, COMUNICARSE Y ESTAR JUNTOS, CON GRAVÍSIMO QUEBRANTO DE LA IMAGEN PÚBLICA DEL CIUDADANO FRANCÉS.
PETICIÓN PÚBLICA DE QUE SE NOS EXPLIQUE POR QUÉ UN CIUDADANO FRANCÉS HA ESTADO UNA NOCHE DETENIDO Y UNA MUJER NO POR EL MISMO INCUMPLIMIENTO JUDICIAL.
Burgos, 17 de junio de 2.017
Excmos. Sres.:
Este escrito no es para justificar el incumplimiento por parte del ciudadano francés, D. LUCAS FRANÇOIS BERNARD HERNANDEZ, de una decisión judicial española, que le impedía estar con Dª AMELIA DE LA OSSA LORENTE, como nos fue informado por los medios de comunicación españoles y franceses.
El juez Borja Vargues mantiene la orden de alejamiento para Lucas Hernández y su exnovia, que será cautelar hasta que la sentencia se torne firme, y añade una condena adicional para ella por los daños que provocó en el vehículo del futbolista. En concreto, la obliga a abonar una multa de 180 euros por golpear el automóvil.
“Lucas Hernandez, et son ex compagne, poursuivis pour une altercation nocturne, ont été condamnés à 31 jours de travaux d´intérêt général chacun et á six mois d´éloignement mutuel a-t-on appris de sources judiciares.” (Lucas Hernández y su ex compañera, procesados por un altercado nocturno, han sido condenados a 31 días de trabajo de interés general (a la comunidad) cada uno y a seis meses de alejamiento mutuo, según fuentes judiciales).
Hace unos días, ambos fueron encontrados juntos al volver de un viaje de vacaciones a Las Bahamas, en el aeropuerto de Madrid, y saltó la alarma. Ambos tenían una orden de alejamiento mutua, del uno hacia el otro:
“La policía de la comisaría de Barajas identificó a Hernández y a su novia Amelia. Esta argumentó que a ella no le había sido notificada la sentencia dictada por el magistrado Borja Vargues, titular del Juzgado de lo Penal número 35 de Madrid, especializado en Violencia contra la Mujer. El fallo mantuvo en todo momento la orden de alejamiento de 500 metros tanto para el futbolista como para su pareja. Ninguno de los condenados recurrió en su momento el fallo del Juzgado número 35.”
Sin embargo, aunque hubo un incumplimiento mutuo, han recibido los dos tratamientos distintos. Él pasó la noche en comisaría y ella fue liberada.
“Fuentes policiales han señalado a Efe que Hernández fue detenido y ella, Amelia de la O., identificada pero no arrestada pues el juzgado no le ha notificado aún que tiene en vigor una orden de alejamiento. Por este motivo, Hernández fue detenido y ha pasado la noche en la comisaría de Moratalaz, de la que a primera hora ha sido trasladado para prestar declaración en Plaza de Castilla.”
Y aquí, si la información es correcta, la Policía justifica, según la información periodística (¿), un trato distinto en un hecho muy grave: SE AFIRMA QUE EL JUZGADO AÚN NO LA HABÍA NOTIFICADO A LA MUJER QUE TENÍA UNA ORDEN DE ALEJAMIENTO EN VIGOR.
Resumiendo, el Estado Español aplica distinta vara de medir, porque otro estamento público, la Administración de Justicia, parece que ha incumplido su misión de comunicar a Dª AMELIA DE OSSO LLORENTE que no podía estar con D. LUCAS FRANÇOIS BERNARD HERNANDEZ. Aquí también cabe la posibilidad de que su/s abogado/s o procurador/es no se lo hubieran comunicado, o, una tercera posibilidad, que Dª AMELIA DE OSSO LLORENTE no diga la verdad. El diario El País afirma que el fallo no fue recurrido. Por lo tanto, hay mucho interés de los dos Excmos. Ministros del Interior y de Justicia del Gobierno de España de aclarar públicamente lo qué realmente ha pasado. Si cumplió o no cumplió su misión la Administración de Justicia, o hubo otras circunstancias, y qué comprobación se hizo por parte de la Policía de lo que manifestaba la mujer.
Le joueur de l’Atletico Madrid a été arrêté pour avoir «enfreint les mesures de protection imposées par un tribunal pénal de Madrid, qui lui interdisaient de s’approcher à moins de 500 mètres ou d’entrer en communication avec Amelia de la O. L.», a écrit le Tribunal supérieur de justice (TSJ) de Madrid dans un communiqué. (El jugador del Atlético de Madrid ha sido detenido por haber violado las medidas de protección impuestas por un tribunal penal de Madrid, que le prohibían aproximarse a menos de 500 metros o comunicarse con Amelia de la O.L., ha escrito el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid en un comunicado).
Por lo menos, dos estamentos del Estado Español, la Policía y el Tribunal Superior de Justicia, según aparece en la prensa, comunican la detención de este ciudadano francés, que no indican que sea incorrecta. El uno justifica la liberación policial de la mujer, y el otro pudiera no haberlo mencionado ( ?).
Si la detención de este ciudadano francés fue para aclarar un delito, eso lo aclaró el ordenador del aeropuerto. Es de suponer que, al estar los dos condenados juntos, en principio, indicaba que no había riesgo para la mujer, notoriamente. En cuanto a un posible incumplimiento de acudir a cualquier citación judicial, era mucho lo que tenía, y tiene, que perder este ciudadano francés en caso de no hacerlo, que, por cierto, ha sido puesto en libertad, apenas ha comparecido en un juzgado, por lo que este argumento se considera no convincente. ¿ Por qué se le detuvo a este ciudadano francés ?.
Por otra parte, ha comparecido ante los medios de comunicación el abogado D.Óscar Hernández, que parece que ahora es el abogado del ciudadano francés D. LUCAS FRANÇOIS BERNARD HERNANDEZ, que manifiesta que antes fue de Dª AMELIA DE LA OSSA LORENTE, y aparece esto en la prensa:
“Óscar Hernández, abogado del jugador del Atlético de Madrid Lucas Hernández, ha señalado que aunque el francés haya regresado con su pareja, no podrá compartir tiempo con ella, pues «la ley no permite modificar sentencias» e incumplirían la orden de alejamiento mutua que tienen en vigor desde febrero pasado.”
“Hasta hace unos meses, Óscar Hernández era el abogado de la novia del jugador. «Las circunstancias nos han llevado al momento en el que Luchas Hernández ha decidido que yo sea su abogado». A mí, se me contrata a raíz de ciertos problemas que surgieron en el procedimiento anterior«, declaró.”
Si este abogado sí que sabía que había una orden de alejamiento desde febrero, y fue abogado de Dª AMELIA DE LA OSSA LORENTE, ¿ qué ha pasado para que esta mujer alegue que no se le había comunicado la sentencia ?. ¿ Cuándo dejó de ser su abogado ?.
Aquí hay que aclarar por qué se detiene a un hombre y no a una mujer, por el mismo hecho. Y pronto.
El Estado Español está comprometido con derechos humanos europeos, que se deben respetar a este ciudadano francés:
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
“Artículo 6
Derecho a la libertad y a la seguridad
Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad.”
“Artículo 20
Igualdad ante la ley
Todas las personas son iguales ante la ley. “
“Artículo 21
No discriminación
-
Se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual. “
Resumiendo :
A este ciudadano francés, relevante por su profesión, se le ha hecho un gran daño a su imagen, por comunicaciones de entes públicos a los medios de comunicación, cuando a una mujer, por razones que tendrán que aclarar, los Excmos. Sres. Ministros del Interior y Justicia, no se la hizo pasar una noche en comisaría, cuando los motivos eran idénticos.
Se ruega a ambos ministros que, con urgencia, y antes del miércoles, si es posible, donde parece que hay una comparecencia judicial de este ciudadano francés, informen de si esta mujer, Dª AMELIA DE LA OSSA LORENTE, fue debidamente informada, o no, de que tenía una orden judicial que cumplir, y si esto lo comprobó la Policía.
Se ruega al Excmo. Sr. Embajador de Francia en Madrid que exija explicaciones al Estado Español por este trato en desigualdad por parte del Estado Español a su ciudadano respecto a una mujer. Porque si los ciudadanos extranjeros, que por millones vienen a disfrutar del sol y la hospitalidad española, según sean hombres o mujeres, pueden recibir un trato distinto, se les debe informar antes de entrar en nuestra querida España de esta circunstancia. En caso de que a los hombres se les trate distinto y peor, que se les informe.
En espera de que, públicamente, por los medios de comunicación aclaren, con urgencia, este inquietante suceso, atentamente,
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
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