DIVORCIO: APRENDER DE FRANCIA

La gente normal, normalmente, si permiten expresarlo así, no inventamos nada. Nuestra ocupación en la vida en escoger entre todo lo que puede ofrecerse, y si podemos pagarlo. Pero, inventar inventar, para muchos ya está todo inventado.

Cuando miramos al exterior, vemos cosas curiosas. Los suizos, tan económicos ellos, tienen la posibilidad de divorciarse sin abogado.

https://apfsburgos.com/2020/04/30/el-ano-en-que-las-sentencias-no-protegieron-a-los-ninospor-que-envidio-a-los-suizos/

“Pero, lo que me ha llamado la atención, aunque las autoridades recomiendan consultar a un abogado, la LEY SUIZA NO EXIGE ABOGADO PARA DIVORCIARSE.”

De Francia aprendimos que eso de los regímenes de visitas, en sentencias, es sagrado.

https://apfsburgos.com/2020/04/12/francia-un-ano-de-prision-y-multa-de-15-000-euros-para-los-que-no-cumplan-los-regimenes-de-visita-de-los-hijos-de-padres-separados-divorciados/

“FRANCIA, UN AÑO DE PRISIÓN Y MULTA DE 15.000 EUROS, PARA LOS QUE NO CUMPLAN LOS REGÍMENES DE VISITA DE LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS”.Ahora Francia vuelve a informar a sus ciudadanos, a través de sus correos electrónicos:

https://www.service-public.fr/particuliers/actualites/A14246?xtor=EPR-100 -Divorce : produire une attestation sur l’honneur mensongère peut-il être puni ? | service-public.fr
Séparation -Divorce : produire une attestation sur l’honneur mensongère …Demande d’une prestation compensatoire : que vaut la déclaration sur l’honneur ?

“Divorce : produire une attestation sur l’honneur mensongère peut-il être puni ?”

Lo que podemos llamar una declaración responsable, en ciertos casos de divorcio, puede conllevar una multa de 15.000 euros y un año de prisión, si fuera y se demostrara falsa.

Se viene siendo partidario de declaraciones responsables de padres/madres separados/divorciados. Y se reflexiona. Muchos padres, para pedir ser considerados en el sistema educativo, sanitario, etc., tienen que ir con la sentencia para demostrar que es el padre y quiere ejercer sus derechos y responsabilidades hacia los hijos comunes, menores no emancipados. Sentencias que pudieran contener datos personales/familiares que son merecedores de tener respetada su privacidad, sobre todo cuando los padres son privados de juicios públicos. Alguno dirá, es que debieran pedir al juzgado un documento, con abogado y procurador, es de suponer, en que sólo se hable de………Pero no suele ser lo normal.

Algo tuvimos que ver en la declaración responsable que se viene utilizando en los ayuntamientos de España, para empadronar a los niños, con la firma de un solo padre/madre, en que, en lugar de ser para pocos casos, desgraciadamente, en muchos casos, es un coladero, del cual se lavan las manos en los ayuntamientos. Y aunque se pueda hablar de posibles sanciones penales (esto fue quitado en la última normativa) civiles o administrativas, cualquier madre, preferentemente, se puede llevar a hijos comunes a cualquier parte de España, y les empadronan en el ayuntamiento, y se les inscribe en las escuelas públicas. Y la justicia, si el padre reclama, es como un tren averiado. Vamos, que no funciona.

Una de las responsabilidades de la patria potestad que comparten dos padres, y en el ejercicio conjunto de la misma, es determinar el domicilio de los menores no emancipados, y, en caso de discrepancia, el juez dirá, según criterio de jueces.

Ante estas situaciones que estamos viendo todos los días, en que los padres no pintamos nada, no queda más remedio que admirar a Francia. Multa y cárcel.

Aquí, con su permiso, puro cachondeo.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

QUÉ INVENTEN ELLOS….EN DERECHO DE FAMILIA

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La mayor parte de nosotros pasaremos por este mundo sin descubrir o inventar nada. Pero, sobreviviremos, escogiendo de lo que nos ofrece la vida. Más o menos, viendo lo que hay en el mercado, y eligiendo.

Con esto de la pandemia, el Covid-19 ése, hemos salido un poquitín fuera de nuestra estrechez mental, y hemos mirado fuera, en el extranjero.

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Y, por ejemplo, los suizos pueden divorciarse sin abogado. Ellos, tan austeros. Directos al juez. Les ayudan en el juzgado.

https://apfsburgos.com/2020/04/

EL AÑO EN QUE LAS SENTENCIAS NO PROTEGIERON A LOS NIÑOS……POR QUÉ ENVIDIO A LOS SUIZOS.”

Ahora los franceses:

https://apfsburgos.com/2020/04/12/francia-un-ano-de-prision-y-multa-de-15-000-euros-para-los-que-no-cumplan-los-regimenes-de-visita-de-los-hijos-de-padres-separados-divorciados/

“FRANCIA, UN AÑO DE PRISIÓN Y MULTA DE 15.000 EUROS, PARA LOS QUE NO CUMPLAN LOS REGÍMENES DE VISITA DE LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS.”

Manolo me envía información de Bélgica. Un padre no quiere entregar la niña a la mamá, porque estima que corre riesgos, ya saben, el Covid-19. Pues bien, un juzgado dice, tú cumples la sentencia, o……..

https://plus.lesoir.be/290087/article/2020-03-25/coronavirus-condamne-des-astreintes-de-1000-euros-par-jour-pour-non-presentation

“Mil euracos (euros, por si no lo entienden) por cada día que un padre no devuelva la niña a la madre. Vamos, como en España.”

Aquí, en esta España nuestra, los jueces, según dónde ejerzan, deben utilizar distintas leyes. Ya saben, autonomías. No es por dar ideas, pero si todos somos iguales ante la ley, tengamos todos leyes parecidas, en temas de familia.

Por si los que mandan leen esto, y toman nota.

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Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.FS.-BURGOS.

FRANCIA SE OCUPA, Y PREOCUPA, DE LOS DOS PADRES Y SUS HIJOS , ESPAÑA……………

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Pues sí. Este domingo, veintiuno de junio de 2.020, es la fiesta de los padres, en Francia. Y los ciudadanos franceses han recibido en su correo electrónico un correo recordando esta fiesta y a los hijos de padres separados/divorciados.

Así es, y no como en España.

https://www.service-public.fr/particuliers/actualites/A14099?xtor=EPR-141

Parents séparés : les enfants passeront-il la fête des pères avec lui ?

PADRES SEPARADOS: ¿los hijos pasarán la fiesta de los padres con él?.

Para llorar. Vamos, como en España.

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En Francia esto del Estado de Alarma fue diferente. No como en España.

https://apfsburgos.com/2020/04/12/francia-un-ano-de-prision-y-multa-de-15-000-euros-para-los-que-no-cumplan-los-regimenes-de-visita-de-los-hijos-de-padres-separados-divorciados/

FRANCIA, UN AÑO DE PRISIÓN Y MULTA DE 15.000 EUROS, PARA LOS QUE NO CUMPLAN LOS REGÍMENES DE VISITA DE LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS

“FRANCIA, UN AÑO DE PRISIÓN Y MULTA DE 15.000 EUROS, PARA LOS QUE NO CUMPLAN LOS REGÍMENES DE VISITA DE LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS.”

Pero, en Francia, también el ESTADO FRANCÉS quiere que en la fiesta de las madres pasen ese día los hijos con las madres.

Y en Francia se recomienda prever estas fiestas, del padre y de la madre, cuando se piden decisiones judiciales, y, en caso de que no se haya previsto, se insta a llegar a acuerdos. Si no se llega, se deben cumplir las decisiones judiciales.

En España las decisiones judiciales, durante el estado de alarma, no sirvieron a los padres separados/divorciados, y, peor aún, a los niños.

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Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS

FRANCIA, UN AÑO DE PRISIÓN Y MULTA DE 15.000 EUROS, PARA LOS QUE NO CUMPLAN LOS REGÍMENES DE VISITA DE LOS HIJOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS

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Con sentido de estado, y no de reino de taifas, como ha pasado en España, el gobierno francés, y no los jueces, cada uno por su lado, ha publicado unas recomendaciones, y unas ayudas para evitar conflictos entre padres separados/divorciados.

En efecto, distribuidas por la Dirección de información legal y administrativa (Primer ministro), ha publicado unas recomendaciones, del Ministerio de Justicia de Francia, y puesto a disposición de los padres, unas ayudas de mediación, por el bien de los hijos, para garantizar los derechos personales de los mismos, de relacionarse con ambos padres, durante este periodo de confinamiento.

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Con toda claridad, se informa de que, en caso de desacuerdo, prevalecen las disposiciones judiciales acordadas.

Asimismo, se hacen unas recomendaciones, como no puede ser de otra manera, sobre posibles riesgos sanitarios que podrían afectar a los hijos.

También hay mediadores para ayudar a lograr acuerdos.

Y, con toda claridad, en casos no justificados, se habla de:

https://www.service-public.fr/particuliers/actualites/A13987?xtor=EPR-100

“Il est interdit de refuser sans motif légitime de remettre un enfant mineur à la personne qui a le droit de le voir. C’est un délit puni d’un an d’emprisonnement et de 15 000 € d’amende.”

“Está prohibido privar sin causa legítima de entregar un niño menor a la persona que tiene el derecho de verle. Es un delito castigado con un AÑO DE PRISIÓN Y 15.000 EUROS DE MULTA”.

Se recuerda que las pensiones de alimentos se deben pagar en las fechas previstas.

Se habla de que, una vez terminado el confinamiento, se pueden presentar los pleitos que correspondan, para defenderse de los abusos que se puedan haber cometido.

FELICITACIONES A FRANCIA, Y SE EXIGE ALGO PARECIDO A ESPAÑA

En España es un cachondeo. Lo que quieran las madres. NO las pasa nada.

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Equipo ASOCIACIOÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

 

 

FRANCIA, ESPAÑA Y VOX. LLAMAR A LAS COSAS POR SU NOMBRE

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Actualmente, se está debatiendo en el país vecino, Francia, la PROPOSITION DE LOI VISANT À AGIR CONTRE LES VIOLENCES AU SEIN DE LA FAMILLE (Proposición de ley dirigida para tratar las violencias en el seno de la familia).

https://www.vie-publique.fr/loi/271281-proposition-de-loi-action-contre-les-violences-au-sein-de-la-famille

Aunque en argumentos se basen en acuerdos de la ONU, etc., y en una protección específica de la mujer, al menos, en cuanto al nombre, no acuden a teorías, como la de género.

Si se quiere intentar atajar los problemas, conviene identificar los problemas con datos correctos, no con teorías. Si esos presuntos hechos se pueden producir en el seno de las familias, menos teorías de género, y hablar de familias. Y si los posibles actos punibles son producidos, no sólo producidos por hombres, también habrá que perseguir los hechos punibles producidos por las mujeres, u otros miembros de la familia.

Lo que actualmente tenemos es la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Con estas informaciones no pretendemos descubrir la pólvora, sino hacerles ver cómo se denominan las leyes en dos países.

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No pretendemos hacer una comparación de cómo se atienden estos temas en Francia y en España. Sólo como se denominan las leyes, y el nombre que propone VOX.

VOX aboga por una Ley de Violencia Intrafamiliar “que ayude y llegue a todos por igual” – Lanza Digital

https://www.lanzadigital.com/provincia/ciudad-real/vox-aboga-por-una-ley-de-violencia-intrafamiliar-que-ayude-y-llegue-a-todos-por-igual/

“VOX aboga por una Ley de Violencia Intrafamiliar “que ayude y llegue a todos por
igual”.
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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

P. D.- Procuramos mantenernos al margen de las distintas opciones políticas que puedan tener todos Uds., o podamos tener nosotros. Esperamos que, al hablar de denominación de las leyes, no hayamos herido la sensibilidad de nadie. Pero, si fuera ése el caso, rogamos nos disculpen.

Por otra parte, estimamos que convendría separar lo que pueda producirse en las relaciones familiares, de lo que pueda producirse en una calle a las tres de la mañana, entre personas que no forman parte de un grupo familiar.

 

¿QUÉ SABEN LOS JUECES DE LAS FAMILIAS?. LEY ESPAÑOLA, LEY FRANCESA

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Miro en internet, de cómo se desarrollan los divorcios en Francia:

https://fr.wikipedia.org/wiki/Proc%C3%A9dure_de_divorce_en_France#Tentative_de_conciliation

Y, lo que es lógico, el juez habla con uno de los cónyuges, habla con el otro cónyuge, y luego habla con los dos, está vez con presencia de los abogados. (Artículo 252 del Código Civil de Francia). Y se insta a una reflexión. Aparte que también existe mediación familiar.

¿Qué hacen algunos, varios o muchos jueces en España?. Llaman a los abogados, y, muy a menudo, los abogados salen con proposiciones, que son aceptadas o no. Y, todo eso, a espaldas de los cónyuges, y a menudo padres.

Y eso va en contra de lo que dice, impone, está legislado, en la Ley de Enjuiciamiento Civil:

“Artículo 771 Medidas provisionales previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio. Solicitud, comparecencia y resolución

2. A la vista de la solicitud, el Secretario judicial citará a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia en la que se intentará un acuerdo de las partes, que señalará el Secretario judicial y que se celebrará en los diez días siguientes.”

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¿Son necesarios los equipos psicosociales?. No lo han sido al contraer matrimonio. No lo son para nuevas relaciones.

¿Son más válidos los informes de un equipo psicosocial (equipo técnico judicial) que las impresiones que pudiera tener el propio juez con un interrogatorio directo con ambos padres?.

Porque, si un divorciado, con hijos menores no emancipados, puede convivir con los hijos de otro padre divorciado, sin ningún examen y control, ¿cómo es que se le ponen pegas para estar con los propios, en igualdad con la madre?.

Por supuesto, la propia ley habla de un equipo técnico judicial, pero como se comentaba en unas jornadas en León sobre el Síndrome de Alienación Parental, organizadas por SOS PAPÁ, hay que saber qué es lo que se pide, y la fiabilidad del posible dictamen. (D. Julio Bronchal).

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Y es escandaloso que se dé la guarda y custodia a la madre, cuando el padre no se opone, pero cuando el padre lo pide, o pide custodia compartida, entonces hay que pasar por esos equipos.

Si ambos padres quieres ocuparse de sus hijos, y ambos se reconocen que pueden hacerlo, ¿dónde está el problema para no tratar ese tema en los equipos psicosociales?.

Qué nadie espere soluciones, cuando los padres no ponen buena voluntad, y se premia el conflicto. Y hay aspectos económicos como el del uso de la vivienda, que, al día de hoy, debiera considerarse escandaloso, o reconocer, de una vez, que los jueces divorcian en medio de gravísimos problemas sociales.

Por lo menos, sería de desear que, lo que se hace en Francia, se implante o se haga en España. ¿Dónde está el problema?. Instar a los padres a una reflexión, nunca viene mal, y conocer lo que puedan manifestar los cónyuges, y a menudo padres, libremente, y es lo que quiere la ley española: QUE LOS JUECES INTERVENGAN LO MENOS POSIBLE, y, si es posible, evitar el uso y abuso de los equipos psicosociales.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

MIÉRCOLES 21 DE JUNIO: TODOS SOMOS LUCAS HERNÁNDEZ. QUEREMOS QUE SE ACLARE POR QUÉ NO SE DETUVO A UNA MUJER. LO EXIGIMOS

Estimado Lucas:
En primer lugar, estas nuevas reflexiones sobre tu caso no son para felicitarte. Si me permites la expresión, has sido un gilipollas, y has querido dártelas de listillo, o quizá has estado mal asesorado, y no seré yo el que aplauda el que hayas “violado” una disposición judicial. Buena o mala, eso es lo que hay, y se obedece, y punto.
Cuando se viene a este país, España, se respetan sus leyes, sus sentencias y se pagan los impuestos que correspondan, y, si no te gusta, pues no vengas.
Tenía asuntos más importantes a reflexionar, que los dejaré para después de romper una lanza por ti. Estamos a pocos días de que empiecen las vacaciones de muchos niños de padres separados/divorciados, con lo que todo eso conlleva, pero, si la información no es mala, el miércoles 21 de junio compareces ante el juez que te prohibió acercarte y comunicarte con una mujer que llamó al estado para que la protegiera.
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Y no, no esperes que esté a tu favor por lo que has hecho mal. Sin embargo, dentro de tu error, de tu falta, de tu irresponsabilidad, tienes derechos, y muchos. Como son tu derecho a la libertad, a la igualdad o a no ser discriminado por razón de sexo. Derechos humanos y europeos que el Estado Español debe garantizarte mientras estés con nosotros. Y que el Estado Francés debe exigir que se te respeten.
He escrito demasiado sobre tu caso. Me he repetido mucho, pero tu caso no debe ser uno más. Un chico que tiene problemas con una chica y se le da un coscorrón. No, y mucho me temo que aquí hay mucho que ocultar, y mucho interés en que se hable de ti mucho, y a la chica no la decimos nada.
Porque, o ella dijo la verdad a la Policía, y, en ese caso, falló la Administración de Justicia, u otras personas, o es que aquí a las mujeres no hay quien se atreva a decirlas nada, y los mayores enemigos de la Humanidad somos los hombres. Y, sobre eso, me rebelo.
Confío en que ese miércoles, si es este miércoles 21 de junio, tu nombre y tu caso, de  nuevo, salga a la luz pública, y no por lo bien que lo puedas hacer en un campo de fútbol, sino por lo mal que lo has hecho en tu vida privada, que a nadie nos debiera interesar.
Qué nadie hable de amor, historias de ésas que justifican desvaríos de los hombres, sino de derecho puro y duro. Igualdad ante la ley. En tu caso no la ha habido.
La libertad, hermoso concepto, que una simple llamada de una mujer contra un hombre, o una firma en una denuncia,  nos es privada a los hombres.
Vengo manteniendo, con razón o sin ella, que muchas detenciones de hombres son castigos sin juicios. Si alguien las quiere justificar de otra manera, que lo exponga. Con eso que llaman libertad de expresión.
No, tu caso no debe caer en el olvido. No sólo tú tienes problemas, el problema lo tiene también el Estado Español. Qué nos enseñen lo que pudo informar la Policía, lo que pudo informar, por escrito, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Contrastar datos. ¿ Qué se investigó o que se dejó de comprobar ?.
Yo no tengo ningún interés en que se condene a nadie, y alguno pudiera pensar que yo lo tengo en que se condene a una mujer. Lo que tengo interés es que  a ti se te respeten tus derechos. Hoy por ti, mañana por el resto de los hombres. ¿ Comprendes ?.
Hace poco pedía al Excmo. Sr. Ministro del Interior que mujer que ha manifestado temor, y se la ha dado una orden de protección contra un hombre, se la multe si se acerca a casa de ese hombre o a su trabajo. Si eso no quieren, lo que yo quiero es que la verdad de tu caso se ponga a la luz pública, ¿ Por qué no se detuvo también a una mujer ?.  Si ella se va de rositas que nos digan qué falló, si es que falló, y sino……..lo que corresponda.
Chaval, tu hermano Theo también se metió en líos por algo parecido. Hoy tienes buen presente, pero, si quieres tener buen futuro, tienes que mirar, muy mucho, con quién te mezclas o relacionas. Por tú físico y tu envidiable situación te asaltarán muchas ocasiones de pasártelo bien. Pero el futuro lo debes luchar a base de sacrificios, si quieres que sea largo. Los deportistas, jugadores de éxito, os veis con pocos años, con mucho dinero, y muchas oportunidades de disfrutar de dinero, de fama y de lo que salga, pero tenéis que cuidaros de las compañías y de los malos rollos.
DESDE ESTAS LÍNEAS, SE EXIGE A LOS QUE CORRESPONDA DEL ESTADO ESPAÑOL, QUE NOS EXPLIQUEN ESO DE IGUALDAD ANTE LA LEY EN ESTE CASO. LUCAS HERNÁNDEZ HA SIDO CASTIGADO SIN JUICIO, EN DESIGUALDAD. SI LOS HOMBRES Y LAS MUJERES SOMOS IGUALES, ¿ POR QUÉ NO SE HA CUMPLIDO EN ESTE CASO ?.
Lucas, estamos contigo, en estos derechos. Y lo que te decía al principio, no seas gilipollas, chaval.
Un abrazo,
 
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
En Burgos, 20 de junio de 2.017

ESCÁNDALO LUCAS HERNÁNDEZ: SE PIDE QUE DOS MINISTROS NOS EXPLIQUEN POR QUÉ NO SE DETUVO A LA MUJER

EXCMO. SR. EMBAJADOR DE FRANCIA EN MADRID
EMBAJADA DE FRANCIA EN MADRID
C/ Salustiano Olózaga, 9
28001 MADRID
 
 
EXCMO. SR. MINISTRO DEL INTERIOR
MINISTERIO DEL INTERIOR
Paseo de la Castellana, 5
28.046 MADRID
 
 
EXCMO. SR. MINISTRO DE JUSTICIA
MINISTERIO DE JUSTICIA
San Bernardo, 45
28.071 MADRID
 
 
Asunto: PRESUNTO TRATO NO IGUALITARIO DEL ESTADO ESPAÑOL AL CIUDADANO FRANCÉS, Y JUGADOR DEL ATLÉTICO DE MADRID,  D. LUCAS FRANÇOIS BERNARD HERNANDEZ, RESPECTO A  Dª AMELIA DE LA OSSA LORENTE, EN EL PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL QUE LES IMPEDÍA, A AMBOS, COMUNICARSE Y ESTAR JUNTOS, CON GRAVÍSIMO QUEBRANTO DE LA IMAGEN PÚBLICA DEL CIUDADANO FRANCÉS.
 
PETICIÓN PÚBLICA DE QUE SE NOS EXPLIQUE POR QUÉ UN CIUDADANO FRANCÉS HA ESTADO UNA NOCHE DETENIDO Y UNA MUJER NO POR EL MISMO INCUMPLIMIENTO JUDICIAL.
 
 
Burgos, 17 de junio de 2.017
 
 
Excmos. Sres.:
 
Este escrito no es para justificar el incumplimiento por parte del ciudadano francés,  D. LUCAS FRANÇOIS BERNARD HERNANDEZ, de una decisión judicial española, que le impedía estar con Dª AMELIA DE LA OSSA LORENTE, como nos fue informado por los medios de comunicación españoles y franceses.
 
 
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El juez Borja Vargues mantiene la orden de alejamiento para Lucas Hernández y su exnovia, que será cautelar hasta que la sentencia se torne firme, y añade una condena adicional para ella por los daños que provocó en el vehículo del futbolista. En concreto, la obliga a abonar una multa de 180 euros por golpear el automóvil.
 
 
“Lucas Hernandez, et son ex compagne, poursuivis pour une altercation nocturne, ont été condamnés à 31 jours de travaux d´intérêt général chacun et á six mois d´éloignement mutuel a-t-on appris de sources judiciares.” (Lucas Hernández y su ex compañera, procesados por un altercado nocturno, han sido condenados a 31 días de trabajo de interés general (a la comunidad) cada uno y a seis meses de alejamiento mutuo, según fuentes judiciales).
 
Hace unos días, ambos fueron encontrados juntos al volver de un viaje de vacaciones a Las Bahamas, en el aeropuerto de Madrid,  y saltó la alarma. Ambos tenían una orden de alejamiento mutua, del uno hacia el otro:
 
“La policía de la comisaría de Barajas identificó a Hernández y a su novia Amelia. Esta argumentó que a ella no le había sido notificada la sentencia dictada por el magistrado Borja Vargues, titular del Juzgado de lo Penal número 35 de Madrid, especializado en Violencia contra la Mujer. El fallo mantuvo en todo momento la orden de alejamiento de 500 metros tanto para el futbolista como para su pareja. Ninguno de los condenados recurrió en su momento el fallo del Juzgado número 35.”
Sin embargo, aunque hubo un incumplimiento mutuo, han recibido los dos tratamientos distintos. Él pasó la noche en comisaría y ella fue liberada.
“Fuentes policiales han señalado a Efe que Hernández fue detenido y ella, Amelia de la O., identificada pero no arrestada pues el juzgado no le ha notificado aún que tiene en vigor una orden de alejamiento. Por este motivo, Hernández fue detenido y ha pasado la noche en la comisaría de Moratalaz, de la que a primera hora ha sido trasladado para prestar declaración en Plaza de Castilla.”
Y aquí, si la información es correcta, la Policía justifica, según la información periodística (¿), un trato distinto en un hecho muy grave: SE AFIRMA QUE EL JUZGADO AÚN NO LA HABÍA NOTIFICADO A LA MUJER QUE TENÍA UNA ORDEN DE ALEJAMIENTO EN VIGOR.
Resumiendo, el Estado Español aplica distinta vara de medir, porque otro estamento público, la Administración de Justicia, parece que ha incumplido su misión de comunicar a Dª AMELIA DE OSSO LLORENTE que no podía estar con D. LUCAS FRANÇOIS BERNARD HERNANDEZ. Aquí también cabe la posibilidad de que su/s abogado/s o procurador/es no se lo hubieran comunicado, o, una tercera posibilidad, que Dª AMELIA DE OSSO LLORENTE no diga la verdad. El diario El País afirma que el fallo no fue recurrido. Por lo tanto, hay mucho interés de los dos Excmos. Ministros del Interior y de Justicia del Gobierno de España  de aclarar públicamente lo qué realmente ha pasado. Si cumplió o no cumplió su misión la Administración de Justicia, o hubo otras circunstancias, y qué comprobación se hizo por parte de la Policía de lo que manifestaba la mujer.
Le joueur de l’Atletico Madrid a été arrêté pour avoir «enfreint les mesures de protection imposées par un tribunal pénal de Madrid, qui lui interdisaient de s’approcher à moins de 500 mètres ou d’entrer en communication avec Amelia de la O. L.», a écrit le Tribunal supérieur de justice (TSJ) de Madrid dans un communiqué. (El jugador del Atlético de Madrid ha sido detenido por haber violado las medidas de protección impuestas por un tribunal penal de Madrid, que le prohibían aproximarse a menos de 500 metros o comunicarse con Amelia de la O.L., ha escrito el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid en un comunicado).
Por lo menos, dos estamentos del Estado Español, la Policía y el Tribunal Superior de Justicia, según aparece en la prensa, comunican la detención de este ciudadano francés, que no indican que sea incorrecta. El uno justifica la liberación policial de la mujer, y el otro pudiera no haberlo mencionado ( ?).
Si la detención de este ciudadano francés fue para aclarar un delito, eso lo aclaró el ordenador del aeropuerto. Es de suponer que, al estar los dos condenados  juntos, en principio, indicaba que no había riesgo para la mujer, notoriamente. En cuanto a un posible incumplimiento de acudir a cualquier citación judicial, era mucho lo que tenía, y tiene, que perder este ciudadano francés en caso de no hacerlo, que, por cierto, ha sido puesto en libertad, apenas ha comparecido en un juzgado, por lo que este argumento se considera no convincente. ¿ Por qué se le detuvo a este ciudadano francés ?.
Por otra parte, ha comparecido ante los medios de comunicación el abogado D.Óscar Hernández, que parece que ahora es el abogado del ciudadano francés D. LUCAS FRANÇOIS BERNARD HERNANDEZ, que manifiesta que antes fue de Dª AMELIA DE LA OSSA LORENTE, y aparece esto en la prensa:
“Óscar Hernández, abogado del jugador del Atlético de Madrid Lucas Hernández, ha señalado que aunque el francés haya regresado con su pareja, no podrá compartir tiempo con ella, pues «la ley no permite modificar sentencias» e incumplirían la orden de alejamiento mutua que tienen en vigor desde febrero pasado.”
Hasta hace unos meses, Óscar Hernández era el abogado de la novia del jugador. «Las circunstancias nos han llevado al momento en el que Luchas Hernández ha decidido que yo sea su abogado». A mí, se me contrata a raíz de ciertos problemas que surgieron en el procedimiento anterior«, declaró.”
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Si este abogado sí que sabía que había una orden de alejamiento desde febrero, y fue abogado de Dª AMELIA DE LA OSSA LORENTE, ¿ qué ha pasado para  que esta mujer alegue que no se le había comunicado la sentencia ?. ¿ Cuándo dejó de ser su abogado ?.
Aquí hay que aclarar por qué se detiene a un hombre y no a una mujer, por el mismo hecho. Y pronto.
El Estado Español está comprometido con derechos humanos europeos, que se deben respetar a este ciudadano francés:
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Artículo 6
Derecho a la libertad y a la seguridad
Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad.”
Artículo 20
Igualdad ante la ley
Todas las personas son iguales ante la ley. “
Artículo 21
No discriminación
  1. Se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual. “
Resumiendo :
  • Libertad.
  • Igualdad.
  • No discriminación por razón de sexo.
A este ciudadano francés, relevante por su profesión, se le ha hecho un gran daño a su imagen, por comunicaciones de entes públicos a los medios de comunicación, cuando a una mujer, por razones que tendrán que aclarar, los Excmos. Sres. Ministros del Interior y Justicia, no se la hizo pasar una noche en comisaría, cuando los motivos eran idénticos.
Se ruega a ambos ministros que, con urgencia, y antes del miércoles, si es posible, donde parece que hay una comparecencia judicial de este ciudadano francés, informen de si esta mujer, Dª AMELIA DE LA OSSA LORENTE, fue debidamente informada, o no, de que tenía una orden judicial que cumplir, y si esto lo comprobó la Policía.
Se ruega al Excmo. Sr. Embajador de Francia en Madrid que exija explicaciones al Estado Español por este trato en desigualdad por parte del Estado Español a su ciudadano respecto a una mujer. Porque si los ciudadanos extranjeros, que por millones vienen a disfrutar del sol y la hospitalidad española, según sean hombres o mujeres, pueden recibir un trato distinto, se les debe informar antes de entrar en nuestra querida España de esta circunstancia. En caso de que a los hombres se les trate distinto y peor, que se les informe.
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En espera de que, públicamente,  por los medios de comunicación aclaren, con urgencia, este inquietante suceso, atentamente,
 
 
 
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

JUGADOR FRANCÉS DEL ATLÉTICO DE MADRID: ¿ CRISIS ENTRE FRANCIA Y ESPAÑA A LA VISTA ?

Las reflexiones que se hacen en este modesto blog, relacionadas con personas concretas, están basadas en datos obtenidos, normalmente, en los distintos medios de comunicación, por lo que si no fueran correctos, lo que Uds. leen pudiera estar viciado en origen. Las reflexiones jurídicas son otra cosa.
Pues bien, cuando hace pocas horas escribía sobre la detención del jugador del Atlético de Madrid, Lucas Hernández, hice unas reflexiones que puede que Uds. hayan ya leído:
Y, aunque lo podría haber avanzado, era previsible que este ciudadano francés, según he leído en internet, iba a ser puesto en libertad apenas compareciera ante un juez, como así ha sido.
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Cuando, en el citado escrito, solicitaba que el Excmo. Sr. Ministro del Interior la impusiera una multa a la mujer, que está en el origen de los problemas de este joven y prometedor futbolista francés, desconocía datos que aparecen hoy, en el artículo del diario El País:
“La policía de la comisaría de Barajas identificó a Hernández y a su novia Amelia. Esta argumentó que a ella no le había sido notificada la sentencia dictada por el magistrado Borja Vargues, titular del Juzgado de lo Penal número 35 de Madrid, especializado en Violencia contra la Mujer. El fallo mantuvo en todo momento la orden de alejamiento de 500 metros tanto para el futbolista como para su pareja. Ninguno de los condenados recurrió en su momento el fallo del Juzgado número 35.”
Y es muy grave que yo pida una multa para esta mujer, y esta mujer acuse a un juez en concreto, el Ilmo. Sr. Magistrado Borja Vargués, de no haberla notificado la sentencia, y si fuera así, se la habría privado de hacer un posible recurso, si tenía derecho a ello. Y si fue notificada a su procurador o abogado y no se lo han comunicado, pues esos profesionales habrían incumplido sus deberes profesionales en un tema gravísimo. Y, también es extraño, que el propio jugador no hubiera comentado con ella la sentencia que les afectaba a los dos.
Si esta mujer ha mentido a autoridades españolas, el problema es muy grave porque un ciudadano francés ha sido detenido dos veces, cuando se le deben respetar derechos europeos aceptados por el estado español.
De lo que sí es cierto es que por la prensa, toda España, y parte del extranjero, nos enteramos que había sido condenada a una orden de alejamiento, y al pago de una multa dicha mujer:
“El juez Borja Vargues mantiene la orden de alejamiento para Lucas Hernández y su exnovia, que será cautelar hasta que la sentencia se torne firme, y añade una condena adicional para ella por los daños que provocó en el vehículo del futbolista. En concreto, la obliga a abonar una multa de 180 euros por golpear el automóvil.”
Dicen que se coge antes al mentiroso que al cojo, o que la mentira tiene las patas cortas. Y si esta mujer ha mentido el castigo que debe recibir debe ser grande, porque puede provocar un incidente muy grave entre España y Francia.
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No me acostumbro a que sea habitual que, cuando una mujer llama a la Policía, un hombre salga esposado delante de una madre, como sucedió hace poco a un compañero, o le vayan a buscar a su trabajo como le pasó a otro el día de Navidad, o baje  a la calle esposado, o entre policías, delante de vecinos y público, así como de sus hijos. Cuando luego no es condenado o es sobreseído el caso por falta de pruebas, ¿ quién devuelve la honra a ese hombre, a ese padre ?. Más de uno se suicida.
Siempre he pensado que muchas de esas detenciones son castigos sin juicio. Y no, no me acostumbro. Pero que nos pase a los ciudadanos españoles, pues alguna responsabilidad tendremos en los diputados que votamos o en el gobierno que nos gobierna, pero, en un país que tiene mucha dependencia del turismo extranjero, deben ser muy cuidadosos los que nos gobiernan para que vengan los turistas, sabiendo que se respetan derechos internacionales. Pero, ¿ y si no se los han respetado a este ciudadano francés ?.
Salvo mejor información o criterio, el detener a este prometedor jugador en el aeropuerto no era para evitar un riesgo hacia la mujer de la cual tenía una orden de alejamiento. Tampoco es de pensar que este joven tuviera interés alguno en no comparecer ante un juez, cuando se le citara. Entonces, ¿ por qué se le ha detenido sabiendo que sería puesto en libertad apenas compareciera en sede judicial ?.
Aunque en otros artículos se hable de otros plazos, el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal indica:
“La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos.”
En este artículo también se habla de más plazo:
“Dentro de los plazos establecidos en la presente Ley, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.”
No se profundiza más en esta cuestión, pero, salvo mejor criterio o información, la finalidad de una posible detención, después de lo señalado, era averiguar los hechos, y eso lo hizo rapidísimamente el ordenador del aeropuerto.
¿ Qué normas o leyes ha firmado el Estado Español, a respetar a este jugador francés ?.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Artículo 6
Derecho a la libertad y a la seguridad
Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad.”
Artículo 20
Igualdad ante la ley
Todas las personas son iguales ante la ley. “
Artículo 21
No discriminación
  1. Se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual. “
  2. Dejo a Uds., sufridos lectores, y a las autoridades francesas, pensar si, a este hombre, se le ha privado de libertad sin necesidad. No ha sido igual ante la ley respecto a una mujer, y si ha sido discriminado por razón de sexo.
  3. Una mujer parece que alegó que desconocía una disposición judicial que la afectaba. ¿ No debió la Policía comprobarlo, cuando de ser cierto, dejaba en mal lugar, presumiblemente, a la Administración de Justicia, a profesionales del derecho, e incluso a Lucas Hernández ?.
  4. ¿ Por qué se detuvo a un ciudadano francés, de sexo varón, y no a una mujer ?.
  5. ¿ Por qué no se investigó en sede policial si lo que la mujer decía y afirmaba era cierto o no, antes de ponerla en libertad ?.
  6. ¿ Si los dos tenían una orden judicial de alejamiento porque se detiene a uno y no a la otra ?.
    Antes de terminar estas reflexiones, que no afirmaciones, y con derecho a equivocarme, me ha dicho Manolo, Jefe técnico de esta página, que indique el caso de su hermano, Theo Hernández, también prometedor jugador de fútbol.
“Theo Hernández, absuelto sin cargos en Marbella
Había sido denunciado por una amiga de 20 años por agresión sexual. El juez sobresee el caso tras la declaración del jugador, que se incorporará al Real Madrid la próxima temporada.“ 
Dejo a Uds. estos presuntos hechos, y una grave pregunta en el aire: ¿ por qué se detiene a un hombre y no a la mujer, cuando los dos han incumplido la misma orden judicial ?
No sólo está en juego la reputación de un prometedor muchacho francés, sino el buen hacer de un cuerpo policial, Administración de Justicia y profesionales del derecho. La honra del Estado Español que debe garantizar los derechos humanos y europeos de todos los franceses que viven y hacen turismo en España.
Uds. mismos. Muchas gracias.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
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