ESCÁNDALO: LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN HA GUARDADO EN SUS CAJONES 1.600 EXPEDIENTES DE MUJERES QUE PUEDEN MORIR O ESTAR SUFRIENDO BRUTALES PALIZAS.

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ILMA. SRA. FISCAL JEFE DE CASTILLA Y LEÓN
PALACIO DE JUSTICIA
Avda. de la Audiencia, 10
09003 BURGOS
 
ASUNTO: MIL SEISCIENTAS MUJERES EN PELIGRO DE MUERTE Y LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN NO INFORMA A JUECES, FISCALES Y POLICÍAS CON LA DEBIDA URGENCIA.
PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE SUS DEBERES LEGALES DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, QUE ATIENDEN A LAS MUJERES QUE PUEDAN ESTAR SUFRIENDO SITUACIONES DE VIOLENCIA DOMÉSTICA, DE GÉNERO, ETC., DE PONERLO EN CONOCIMIENTO CON LA DEBIDA DILIGENCIA ANTE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO, FISCALÍA O JUZGADOS
Burgos, 10 de octubre de 2.018
Ilma. Sra.:
El pasado 8 de noviembre de 2.017, nos dirigimos a la Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, de la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, sobre el siguiente asunto:
PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DEL PERSONAL DEPENDIENTE DE ESA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, Y LOCALES, RESPECTO A PRESUNTAS VÍCTIMAS DE GÉNERO. NO DENUNCIAN, PRESUNTAMENTE, PRESUNTAS SITUACIONES DE MALTRATO A MUJERES Y NIÑOS, QUE EL RESTO DE LOS CIUDADANOS TENEMOS OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR.
Se adjunta copia de ese escrito.
A dicho escrito, con fecha 17 de enero de 2.018, Dª María José Chica Ramos, Jefa del Servicio de atención a las víctimas de violencia de género, de la citada Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidad, Gerencia de Servicios Sociales, Dirección General de la Mujer, respondió con el escrito cuya copia se adjunta.
Entre otras cosas, “hablan de que la comunicación del profesional a la autoridad pueda aplazarse el tiempo imprescindible a fin de valorar los riesgos y poner en marcha los mecanismos de intervención y apoyo que estén en su disposición, esa comunicación es una obligación que los coordinadores y coordinadoras de caso conocen y cumplen, pues la víctima y sus hijos e hijas tienen derecho a la incolumidad en todos sus aspectos y a la protección que desde los servicios sociales puede y debe dispensarse ante actos que la pongan en peligro.”
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Pues bien, con fecha dos de octubre de 2.018, en los medios de comunicación, se informa que la Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de la Junta de Castilla, Dª y León, Dª Alicia García, en reunión con la Ilma. Sra. Delegada del Gobierno en Castilla y León, Dª Virginia Barcones, manifiesta que la Junta de Castilla y León va a entregar a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado más de 1.600 historias sociales e informes de vulnerabilidad de víctimas de violencia de género con los que cuentan con el fin de que se puedan valorar mejor los riesgos, etc., etc.
Se adjunta copia de la información que aparece en la página 33 de Diario de Burgos, de dos de octubre de 2.018.
Ilma. Sra. Fiscal Jefe de Castilla y León, salvo mejor información, nos encontramos ante un presunto hecho muy grave, que es que personas que son responsabilidad de la Junta de Castilla y León, que atienden a estas mujeres, no están cumpliendo con su deber legal de comunicar diligentemente situaciones que ellos manifiestan que son de maltrato o violencia de género, a las fuerzas y cuerpos de seguridad, fiscalía o juzgados, con la debida diligencia.
Es de temer, presuntamente, que haya instrucciones de responsables de la Junta de Castilla y León de que estas situaciones no se denuncien, cuando se recuerda de la responsabilidad personal de cada persona que en esa administración tiene ante esas situaciones que catalogan de maltrato.
Hablando claro, puede haber MIL SEISCIENTAS MUJERES que están sufriendo situaciones perseguibles penalmente, que se ocultan a las autoridades que deben perseguir esos presuntos delitos.
Y no puede pretender la Junta de Castilla y León que siendo conocedores de situaciones perseguibles de oficio dejen a la mujer la responsabilidad de denunciar, incumpliendo su propia responsabilidad personal.
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Cuando una mujer abre la boca para denunciar maltratos, y lo escucha un funcionario o persona dependiente de la Junta de Castilla y León, DEBEN ponerlo inmediatamente en conocimiento de las diversas fiscalías, juzgados de guardia o fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.
Estamos ante un escándalo de grandes proporciones que se estima exige de Ud., personalmente, que obligue a la Junta de Castilla y León que ponga, con la máxima urgencia, todos esos expedientes referidos a esas MIL SEISCIENTAS MUJERES para que por el MINISTERIO FISCAL se las proteja judicialmente, antes de que alguna muera, o esté sufriendo en silencio graves palizas, situaciones que puedan afectar a menores, emancipados o no.
Se ruega informe de estas gravísimas prácticas de la Junta de Castilla y León que, como reconoce la Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Dª Alicia García, saben del sufrimiento y padecimiento de cientos de mujeres y lo vienen ocultando a la Fiscalía, Juzgados y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
En definitiva, menos cuentos de esa administración, la Junta de Castilla y León, y mujer que denuncia ante los profesionales de la Junta de Castilla y León sufrir malos tratos de su pareja, libremente elegida, al menos por las ciudadanas españolas, que lo sepa puntualmente el Ministerio Fiscal, y actúe como proceda para que ninguna mujer en Castilla y León siga sufriendo palizas, y posible riesgo de muerte, porque la Junta de Castilla y León se guarda la información en sus cajones.
Nosotros no queremos ser responsables de ese maltrato que oculta la Junta de Castilla y León. Esperamos que el Ministerio Fiscal actúe CON URGENTÍSIMA DILIGENCIA en detener ese maltrato que conocen en la Junta de Castilla y León.
Al mismo tiempo, se estima debieran recordar a los coordinadores de cada caso, que atienden en la Junta de Castilla y León, de cumplir con sus obligaciones legales, que se contemplan en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y no cumplir presuntas instrucciones políticas.
Se recuerda que la Junta de Castilla y León impone obligación, personal, de denunciar a los servicios médicos y de salud que controla.
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Se espera informe sobre este gravísimo caso, de presunto incumplimiento de la Junta de Castilla y León, y personal a su cargo. Se informa a los medios de comunicación y entidades sociales.
¿Quedarán protegidas judicialmente esas MIL SEISCIENTAS MUJERES Y SUS HIJOS?.
Atentamente,
Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

CASTILLA Y LEÓN: VUELTA A CLASE Y BAÑOS ÚNICOS. PADRES, NO SE ASUSTEN.

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Debo confesarles que estos días, soñando despierto, reflexionaba cómo deberían ser los servicios, o baños, o como lo quieran llamar, de un bar o cafetería. Actualmente, con poner hombres y mujeres, o signos que los identifiquen como tales, pues basta. Yo pensaba en poner muchos más:  hombres heterosexuales, hombres bisexuales, hombres gays, mujeres heterosexuales, mujeres bisexuales, mujeres lesbianas, transexuales, etc., etc.

Así es el ‘protocolo de transexualidad’ que quiere imponer Castilla y León

Y en ésas estaba, cuando Manolo me dice de poner unas líneas sobre la implantación del

PROTOCOLO DE ATENCIÓN EDUCATIVA Y ACOMPAÑAMIENTO AL ALUMNADO EN SITUACIÓN DE TRANSEXUALIDAD Y ALUMNADO CON EXPRESIÓN DE GÉNERO NO NORMATIVA.

http://www.educa.jcyl.es/es/temas/atencion-diversidad/protocolo-atencion-educativa-acompanamiento-alumnado-situac

Protocolo de Identidad de Género (987.7 KB) (26 páginas)

Y ya me ha dado la respuesta nuestra administración, al menos para las niñas, niños, perdón, no sé si lo estoy escribiendo bien, porque esto me supera.
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Gobernada desde 1987 por el Partido Popular, Castilla y León se suma a las comunidades que imponen en las aulas escolares la ingeniería social del lobby LGTB.
Recomiendo que todos los papás y mamás lean lo que ha preparado el gobierno de la Junta de Castilla y León, para este curso. Lean, lean, por favor. Y son del PP. Ahí van algunas cosillas que pueden/deben leer. Y no se asusten.
—-— Garantizar la libertad en el uso de la vestimenta con la que el alumno o alumna se sienta identificado. Si en el centro existiese la obligatoriedad de vestir un uniforme diferenciado por sexos, se reconocerá el derecho del alumno o alumna a vestir con ropas o uniforme acordes a la identidad de género manifestada.
——Se procurará, de manera preferente, baños mixtos.  Si esto no fuera posible se garantizará que el alumnado acceda a los aseos y vestuarios que le corresponda de acuerdo con su sexo sentido, teniendo siempre en cuenta la opinión del alumno o alumna y garantizando su intimidad y seguridad.
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Bueno, pasen y vean. Avisen a sus niños que es posible que entre en baños de chicas, hasta ahora, un niño que se llama Manolo. O Pili a un baño de chicos. Y, en cuanto a la ropa, lo que han leído.
No sean Uds. anticuados, para 2.019, niños y niñas, en baños únicos.
Me es imposible reducir a unas líneas este protocolo. Su obligación, leerlo, padres y madres. Tendremos que ir al cole para que nos expliquen todo esto, no sólo a nuestros hijos.
Quiero pensar que habrán consultado con las asociaciones de padres, ¿o no es así?.
Lo cierto es que la Consejería de Educación ignora a los padres en un tema tan sensible como este. Y no solo eso. Es que, además, ni siquiera ha querido esperar a que la ley de diversidad sexual, que comenzará a debatirse el próximo miércoles, sea aprobada o rechazada”.
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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

NUEVO CASO LA MANADA CASO ARANDINA: LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN CONTRA TRES FAMILIAS

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Como no puede ser de otra manera, deplorar la actitud de nuestros dirigentes políticos, de casi todo partido y condición, como, sin más pruebas que la denuncia de una chica o mujer, contra un chico o un hombre, para que, como un toro furioso, se cargue el estado de derecho de división de poderes. Y esto en una comunidad que no tiene prensa libre, y se considera prensa libre cuando las autoridades dejan a su libre albedrío, y profesionalidad, ejercer su profesión, de informar sin cadenas ni ataduras.

Ahí está el último reglamento que les da una administración que pone numerosos y costosos anuncios en los medios de comunicación.

https://comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1281372051501/_/1284764023518/Comunicacion

“LA JUNTA Y EL PERIODISMO DE CASTILLA Y LEÓN DAN UN NUEVO PASO HACIA LA SENSIBILIZACIÓN, PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA MACHISTA.”

Ya en diciembre de 2.017, cuando empezaba este caso, la Junta de Castilla y León condenaba, sin ser juez:

https://www.burgosconecta.es/provincia/ribera/junta-condena-presunta-20171214163436-nt.html

“La portavoz de la Junta de Castilla y León, Milagros Marcos, ha condenado hoy el caso de supuesta agresión sexual sufrida por una menor por parte de tres jugadores de la Arandina CF, actuaciones que a su juicio «deben estar castigadas».

Estos días, la actual Consejera de Familia, se opone a que tres ciudadanos en libertad, provisional, o como sea, ejerzan su derecho personal constitucional a un trabajo:

http://www.diariodevalladolid.es/noticias/castillayleon/alicia-garcia-ve-provocador-inadmisible-almazan-fiche-dos-investigados-caso-arandina_123046.html

“Alicia García ve “provocador” e “inadmisible” que el Almazán fiche a dos investigados por el caso Arandina.”

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Total, les daban trabajo, y ahora ya no.

https://www.msn.com/es-es/sports/futbol/dos-de-los-investigados-por-el-caso-arandina-fichan-por-el-almaz-c3-a1n-de-tercera-divisi-c3-b3n/ar-AAzk1Yf

“El Almazán tenía unas necesidades futbolísticas en unas posiciones determinadas «y los hemos contratado con naturalidad», señaló. «Si por un casual sale esta temporada el juicio y son culpables, se irán del club, y si son absueltos, seguiremos con normalidad».

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Mensaje a los jueces de Burgos: CUIDADÍN, CUIDADÍN…..

Estas líneas son de apoyo a las familias de esos tres muchachos, educados por el sistema escolar de la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, que ahora les condena a la pobreza, y obliga a unos padres a mantenerles con la desesperación de esos chicos. Se les impide trabajar para pagar los cuantiosos gastos de abogados que se supone tienen, derecho constitucional.

Qué decir a esos padres, a esas familias, pues que aquí juzgan los políticos, que se intenta amedrentar a los jueces, con presión de feministas que incumplen las normas legales de manifestación, y a las que se las subvenciona.

No sé si estas reflexiones llegarán a esas familias.

Ojo, estas reflexiones no son para apoyar a nadie. No somos jueces, pero exigimos que se respeten los derechos constitucionales y la separación de poderes.

Recordamos a la Junta de Castilla y León que dio cobijo a una mentirosa para la que piden más de ONCE AÑOS DE CÁRCEL, y que con cuya palabra un hombre fue encarcelado. Sí, en El Bierzo.

http://www.leonoticias.com/bierzo/201610/22/junta-ofrece-piso-tutelado-20161022191309.html

“La Junta ofrece un piso tutelado a la mujer agredida de Bembibre ante el temor a los cómplices de su expareja.”

Gracias por su atención.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.FS.-BURGOS. (5-7-2.018)

P. D.- Decía el cómico Groucho MARX: “Éstos son mis principios, si no les gustan, tengo otros”. O al menos se lo atribuyen.

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Pues bien, durante la mayor parte del mandato de la anterior consejera de Familia de la Junta de Castilla y León, la Excma. Sra. Dª Milagros Marcos, desde el año 2.011 a marzo del 2015, las chicas de trece años tenían capacidad legal para dar consentimiento sexual.

Tengo una duda, ¿esa chica denunciante tuvo durante algún tiempo capacidad legal para tener relaciones sexuales  antes de los dieciséis años ?. Ahí va ésa.

MAURICIA Y EL HECHO DE SER MADRE

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Esto días, a nivel nacional, ha vuelto a ser noticia Mauricia, una mujer de Burgos, que con edad avanzada decidió ser madre, sin compañero.

La primera criatura se la quitaron, creo, los servicios sociales, y, salvo mejor información, está con una familiar en Canadá. Seguro que lo recurrió judicialmente. Últimamente ha tenido dos de un golpe, y la Junta de Castilla y León, sin necesidad de autorización judicial, se los quitó. Lo permite la ley, por si no lo sabían.

Los mellizos de Mauricia ya se encuentran con una familia de acogida en Valladolid

Hace ya algunos meses, en una visita a los juzgados de Burgos, la vi salir del Juzgado de Familia, y algunas palabras en voz alta lanzó, y la dijeron de no gritar. Ahora parece que el destino de esta familia es: los niños con una familia de acogida, y ella con derecho a verles cada dos semanas en Valladolid.

No se comenta este caso, pero, si lo permiten, una pequeña reflexión.

A esta mujer, por su edad, fue objeto de atención de los servicios sociales desde el primer día.

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Cuántas separaciones y divorcios se están presentando, en que no se puede pretender una CUSTODIA COMPARTIDA, porque se sigue la recomendación de los señores políticos de denunciar, cuando el maltrato no lo utilizan los jueces para decretar divorcios.

La reflexión es la siguiente: muchos convenios y acuerdos se están autorizando en los juzgados, cuando el hombre permite que la guarda y custodia la tenga la madre, y se llega a acuerdos, sugeridos por el propio abogado, después de reuniones de abogados con el juez de turno, a espaldas de los padres, y en que se mete miedo a los padres. Ningún control de la madre.

Ahora bien, si el hombre pone problemas, contra esta costumbre, los hijos con la madre, y pide la guarda y custodia, o la CUSTODIA COMPARTIDA, muchas pegas, equipos psicosociales…..

Como final, no sólo a Mauricia hay que controlar. Hay muchísimos niños que están sólo con la madre y, por falta de medios, nuevas parejas, falta de tiempo…..no están todo lo bien que debieran. La situación de los niños que sufren divorcios muy traumáticos, que, en el fondo, conllevan problemas sociales, odios fomentados por los múltiples pleitos que nadie quiere quitar….o reducir, no interesa, todo tramitarlo como madre maltratada.

Sí, los servicios sociales están haciendo un seguimiento de muchas familias gitanas, en difíciles situaciones, pero se viene denunciando que detrás de todo esto pudiera haber un gran negocio en que la administración pone mucho dinero por cada niño, cuando se gasta muy poco con ellos, a través de presuntos negocios privatizados.

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Eso vienen denunciando. Muchos padres, como Mauricia, tienen que demostrar que saben cuidar a los hijos, y pueden, pero a otras muchas mujeres no se la impone ningún control. Se las supone capacitadas para ser madres, por el mero hecho de ser mujeres. Los hombres, cuando queremos esa famosa igualdad que se exige e impone al contraer matrimonio, tenemos que demostrar que valemos para padres.

¿ Cuándo cambiará esto ?.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

  1. D.-Código Civil:

“Artículo 172

  1. Cuando la Entidad Pública a la que, en el respectivo territorio, esté encomendada la protección de los menores constate que un menor se encuentra en situación de desamparo, tiene por ministerio de la ley la tutela del mismo y deberá adoptar las medidas de protección necesarias para su guarda, poniéndolo en conocimiento del Ministerio Fiscal y, en su caso, del Juez que acordó la tutela ordinaria. La resolución administrativa que declare la situación de desamparo y las medidas adoptadas se notificará en legal forma a los progenitores, tutores o guardadores y al menor afectado si tuviere suficiente madurez y, en todo caso, si fuere mayor de doce años, de forma inmediata sin que sobrepase el plazo máximo de cuarenta y ocho horas. La información será clara, comprensible y en formato accesible, incluyendo las causas que dieron lugar a la intervención de la Administración y los efectos de la decisión adoptada, y en el caso del menor, adaptada a su grado de madurez. Siempre que sea posible, y especialmente en el caso del menor, esta información se facilitará de forma presencial.

Se considera como situación de desamparo la que se produce de hecho a causa del incumplimiento o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia moral o material.

La asunción de la tutela atribuida a la Entidad Pública lleva consigo la suspensión de la patria potestad o de la tutela ordinaria. No obstante, serán válidos los actos de contenido patrimonial que realicen los progenitores o tutores en representación del menor y que sean en interés de éste…..”

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Si tienen más interés, localicen este artículo y lo leen, pero sepan que a Uds. les pueden quitar sus hijos sin que lo tenga que autorizar un juez…….como a Mauricia.  Luego sí que pueden ir Uds. a un juez.

JUANA RIVAS, VÍCTIMA PORQUE LO DICE ELLA, Y ESO VA A MISA EN ESTE PAÍS

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No tengan miedo, Juana Rivas no va a desaparecer de sus vidas. A través de los medios de comunicación, seguirá siendo noticia. Ahora, por gestión de varias asociaciones, bueno, por casi de un centenar de asociaciones de mujeres, acaba de abrir una investigación el Defensor del Pueblo:
Tras una queja presentada por representantes de casi un centenar de organizaciones de mujeres, el Defensor del Pueblo entiende que existen indicios de irregularidades, y ha solicitado al ministerio fiscal más información sobre el caso.”
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Sobre ello, ya publicamos unas reflexiones, en relación a un comunicado de la ASOCIACIÓN DE MUJERES JUEZAS DE ESPAÑA:
Sin embargo, después de ver lo que decían en la Junta de Castilla y León, en carta de enero, los servicios sociales, como serían el personal del ayuntamiento de Maracena (Granada), sí supieron, o creyeron que esta mujer y madre, por decisión voluntaria, con la persona de su elección, era víctima: DEBIERON COMUNICAR, ELLOS, LOS RESPONSABLES DEL AYUNTAMIENTO DE MARACENA, EMPEZANDO POR EL ILMO. SR. ALCALDE, EL ASUNTO,  BIEN A LA FISCALÍA, BIEN AL JUZGADO. ES DECIR, QUE ESTA MUJER ERA VICTIMA, POR CIERTO, SIN QUE UN PADRE HUBIERA SIDO ESCUCHADO, O SE HUBIERA DEFENDIDO, Y ME TEMO QUE SIN PRUEBAS.
Si ellos creyeron a esta mujer, ¿ por qué no lo denunciaron ellos ?.
No sólo empadronan a dos menores no emancipados sin autorización del padre, o de un juez, sino que conociendo lo que manifestaba esta mujer que residía en Italia, como sus hijos, no lo pusieron en conocimiento del juzgado.

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Se exige que los servicios sociales, empezando por los de los ayuntamientos,  denuncien todos los casos que les manifiesten y que lo pongan en conocimiento de los juzgados, aunque no lo haga la mujer. Y se dice esto porque los que mandan quieren que lo hagamos Uds. o yo. Y hasta los administradores de fincas, o los farmacéuticos.
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Qué denuncien tanta asociación de mujer subvencionada o los servicios sociales.
PORQUE CREO QUE NO LO HACEN.
DAN DINERO PÚBLICO, PERO NO PONEN DENUNCIAS.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. 28-2-2.018

BURGOS, LA CATÁSTROFE DE UN PAIS DE DENUNCIAS Y NO DE DIÁLOGO, CON TRASFONDO DE GRAVES PROBLEMAS SOCIALES

Sirva de ejemplo una muestra: Burgos. En los últimos tiempos, dos jueces de asuntos familiares han ocupado páginas en Diario de Burgos. Ambos con motivo de conferencias o ponencias que han dado.

Bien, el primero, el Juez de Familia, nos hablaba de que su juzgado estaba sobrecargado de trabajo, y que incluso tiene que dedicar tres días a la semana a regular tratamientos no voluntarios por vía psiquiátrica. Por ello, no es extraño que, cuando hace unos días, leía en la cartelera de vistas de juzgado, que se celebran a puerta cerrada, sin ningún documento que argumente la razón, caso a caso, viera que había juicios de parejas que tenían dos con poco tiempo de diferencia. Como parece que se hace en otros juzgados, se celebran en el mismo día medidas provisionales y medidas definitivas. Con lo cual, la finalidad de la ley, es papel mojado.
Tampoco extraña que, habitualmente, este juez invite a los abogados a entrar, sin sus clientes, a la sala de vistas, y salen con propuestas a los miembros de la pareja. En unos casos se aceptan, en otros no. Sistema que parece se emplea en muchos juzgados a lo largo y ancho de España.

No extraña que manifieste en la prensa que cuando se producen desplazamientos de menores a otras poblaciones o autonomías, sin acuerdo de ambos padres, que una posible respuesta judicial llegue con meses de retraso, cuando los niños ya se han habituado a otros ambientes. Y, como en el caso de Juana Rivas, se empadronan a niños en irregularidad. O que modificaciones de medidas puedan tardar dos años.
Todavía recuerdo, cuando hace años, un juez de familia, en un congreso de mediación familiar, decía que había casos de separaciones que terminaban en extrema violencia, o para acelerar trámites, actualmente, se pueda utilizar la denuncia para que se tomen medidas urgentes en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, y que, para acojonar al “malvado” cónyuge y padre, pase unanoche en la comisaría. Con una denuncia puede bastar. ¿ Quién pide perdón cuando el padre de familia luego sale absuelto o no condenado ?.

Por otra parte, la Jueza del citado Juzgado de Violencia sobre la Mujer, manifiesta su malestar porque el Estatuto de la Víctima tenga presupuesto cero, por lo que pudiera ser una mera declaración de intenciones.
¿ Para qué órdenes de protección cuando la temerosa víctima se acerca a la farmacia de debajo de la casa del malvado maltratador o a su tienda ?. Miedo o riesgo parece que no hay. O la encuentran en el coche del denunciado con el mismo.

Nos piden que denunciemos, que esa es nuestra obligación legal. Pues bien, esto que sigue pedí a la Junta de Castilla y León:
  • Número de ayudas dadas por esa administración autonómica con una certificación o informe de servicios sociales o sanitarios de esa administración pública, provinciales o locales durante el año 2.016, y que acredite la situación de maltrato de la mujer.
  • Número de denuncias ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, o Administración de Justicia, de los empleados o funcionarios públicos, o trabajando para las administraciones públicas, de esos servicios sociales o sanitarios indicados, ante la ausencia de denuncia de esas mujeres, ante esas instancias públicas, que han alegado maltratos para obtener ayudas económicas, pisos tutelados, casas de acogida, etc., o empleos en que se subvenciona al empleador.
Y, de lo que responden, destaco:
Primero, no informan de lo que se pedía:
Segundo, cuando a Uds. les exigen denunciar y denunciar, y con urgencia, ellos, los profesionales de los servicios sociales, parece que no tienen tanta prisa:
“Por ello, sin perjuicio de que la comunicación a la autoridad pueda aplazarse el tiempo imprescindible a fin de valorar los riesgos y poner en marcha los mecanismos de intervención y apoyo que estén a su disposición, esa comunicación es una obligación de los coordinadores y coordinadoras de caso y conocen y cumplen, pues la víctima y sus hijos tienen derecho a la incolumidad en todos los aspectos y a la protección que desde los servicios sociales puede y debe dispensársele antes actos que la pongan en peligro.”

Moraleja, qué denuncien ellos, ante un sistema mal engrasado. Si Ud. conoce algún posible caso de situaciones no correctas, deles la dirección de los juzgados, de la Policía o de los Servicios Sociales, y, entre todos ellos, que arreglen los problemas. Salvo caso de extrema urgencia, por supuesto, en que yo sería el primero.
En un país que no funciona, no recomienden lo que desconocen. Y este país no funciona. Lo dicen lo que llevan los juzgados de Burgos. Y si los servicios sociales no tienen prisa, Ud. tampoco.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. 18-2-2.018

P. D.- Sería bueno que la Junta de Castilla y León concrete el número de esas famosas denuncias de las que no indican cifra, y por quién. Por cierto, estos jueces no divorcian justificándolo por malos tratos. Si no fuera correcto, que lo indiquen.
Por otra parte, se estima que los servicios sanitarios sí pudieran denunciar con rapidez, lo que no hacen los servicios sociales, seguramente.

PRESUNTO GRAVE ESCÁNDALO. SE NOS ACUSA DE NO IMPEDIR MUERTES QUE COMETEN OTROS.

El Gobierno y administraciones públicas conocen casos de presunta violencia de género y no obligan a la mujer a denunciarlo, ni lo denuncian ellos ante la Policía, Guardia Civil o Juzgados. Pero legal y moralmente lo debemos hacer Ud. y yo.
 
EXCMA. SRA. CONSEJERA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
C/ Padre Suárez, 2
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CARTA PÚBLICA
 
ASUNTO: PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DEL PERSONAL DEPENDIENTE DE ESA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, Y LOCALES, RESPETO A PRESUNTAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO. NO DENUNCIAN, PRESUNTAMENTE, PRESUNTAS SITUACIONES DE MALTRATO A MUJERES Y NIÑOS, QUE EL RESTO DE LOS CIUDADANOS TENEMOS OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR.
 
Burgos, 8 de noviembre de 2.017
 
Excma. Sra.:
Mediante la  LEY 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León, en su artículo 9, sensibilización, la Junta de Castilla y León nos impone a todos los ciudadanos, de todo sexo, género y condición:
2. Asimismo llevarán a cabo periódicamente e impulsarán campañas informativas destinadas a la difusión y conocimiento de:
c) Los deberes de la ciudadanía ante el conocimiento de situaciones de violencia.
d) La repulsa social a los agresores contra la mujer.
 
Por otra parte, el gobierno español, está lanzando una fuerte, y supongo costosa campaña, que se ve en distintos medios de comunicación,       paneles en las calles, etc., en que, en la puerta de una vivienda, aparece, en plan de película norteamericana, una corona de flores con el siguiente mensaje:
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“TUS AMIGOS Y VECINOS SIENTEN NO HABER HECHO NADA”
Y el siguiente texto:
“Cuando hay maltrato en una pareja, no  son sólo cosas de pareja.
No permitas la violencia de género.”
Según esta ley y estos mensajes, cuando oigamos un ruido sospechoso en nuestra comunidad, o una compañera de trabajo llegue con ojeras al trabajo y la preguntemos cómo van las cosas en casa, y nos diga que no van bien, debemos llamar a alguno de los teléfonos de estos temas, o a la Policía o Guardia Civil, o escribir a la fiscalía o al juez de guardia, y decir que sospechamos, tememos, es probable, es posible, y, por si acaso, el vecino, ese tan simpático que siempre saluda en el ascensor, y con el cual hemos tomado más de una cerveza, puede, presuntamente, ser un ser ruin, taimado, quizá violento y mala persona.
Y que esa maravillosa vecina, que se ocupa tan bien de los hijos, que suponemos de ambos, puede estar sufriendo una situación muy difícil, en que el amor se ha ido, y  haya un presunto maltrato de ese vecino hacia esa mujer. Quizá de obra, pero casi seguro de palabra y psicológico.
Y yo, como buen ciudadano, de Castilla y León, de España y europeo, debo poner en conocimiento de alguien que investigue, y se  castigue, si procede, a ese presunto mal vecino y casi seguro compañero, cónyuge y, posiblemente, padre. Y, por otra parte, que esa, presunta, pobre mujer y vecina reciba todo el apoyo de nuestras autoridades, con el dinerito que podamos pagar los ciudadanos vía impuestos. O la pongamos en bandeja un procedimiento judicial para castigar al presuntamente malvado hombre. Y posiblemente se le castigue con una detención previa y noche en comisaría.
Por otra parte, debemos proceder a retirar el saludo a ese vecino, dejar de tomar alguna cerveza con él, y, cuando salga detenido, si es el caso, aunque no se debe, habría que escupirle a la cara: mal ciudadano, mal hombre, mal padre…Ojalá te pudras en la cárcel.
Pero, con qué cara nos podemos quedar todos cuando ese hombre, ese ciudadano o ese padre nos diga, alto y claro, que no ha sido condenado. Que incluso la mujer, esa pobre mujer, que todos considerábamos una víctima, nos diga que quién nos ha dado vela en ese tema, cuando ella no ha pedido nada.
Vaya, pero si yo he creído ayudar a una mujer, ayudar a combatir esa tremenda lacra mundial que es la violencia de género. Y yo me pregunto, ¿ vendrá algún funcionario o político a explicar a esos vecinos que me encuentro todos los días en la escalera, en el portal o en el ascensor, que yo he hecho lo que creía me “imponían las leyes”, y en concreto las de Castilla y León ?. ¿ Volveremos a saludarnos en el ascensor y a tomar unas cervezas, de vez en cuanto ?. O se volverán violentos hacia mí, y con razón.
Porque aquí nos encontramos con un concepto de las mujeres, españolas de toda la vida, estimo que por parte de Uds., que son tontas. Que, aunque se emparejaron o contrajeron matrimonio, libremente y con la persona que libremente escogieron, y con la que tuvieron libremente hijos, desconocen que no tienen que pedir permiso a nadie para dejar de convivir con esa persona, y que se obtiene el divorcio sin justificar nada, ni a Uds., ni al cónyuge o pareja, ni a los hijos, ni al juez, ni a mí. No hay ningún divorcio que se decrete por maltrato alguno, salvo que Ud. tenga otros datos.
Aclarado ese concepto sobre las mujeres que tienen Uds., los señores Políticos, nos encontramos con la realidad social de que en muchos hogares hay grandes problemas de tipo económico, como es la dificultad de llegar a final de mes, paro, empleos precarios….que hacen difícil una convivencia en que el estado no da manual de instrucciones para el día a día. Y el no tener una salida social, por situaciones de pobreza o precariedad, hace que dos convivan juntos en un estrecho espacio, en que los sentimientos positivos que suponemos hubo, ya no existen y cualquier tema común, para el cual existen diversas alternativas, sea motivo de conflicto. Y si a ello añadimos una sociedad que alienta el consumismo a todos, mayores, pequeños, jóvenes y ancianos, crea un estado de  frustración  familiar. Y Uds. sólo proponen Código Penal, detención y condena.
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Y se ayuda a la mujer que manifiesta maltrato, a las otras no.
Por otra parte, en las asociaciones de padres separados/divorciamos somos testigos de la enorme conflictividad entre padres, durante los largos procedimientos judiciales en que, al final se toman medidas, que, a menudo, son recurridas en instancias superiores. Y cómo los contactos entre padres se vuelven conflictivos o inexistentes. Quizá ya lo eran antes.
Pues bien, a los ciudadanos se nos “impone” una obligación moral, legal y real de denunciar “presuntos” hechos que pudiéramos creer que pudieran terminar incluso en la muerte de una mujer o de niños, y cuyo causante  es un hombre. Pero, cuando el presunto, probable o real causante es una mujer, parece que esa misma obligación no existe. Y perdonen si Uds. estiman que esto no es así. Lo habremos comprendido mal.
En la citada ley de esta Comunidad Autónoma de Castilla y León se habla, en su artículo 7, acreditación de la situación de violencia:
“La situación de violencia de género se podrá acreditar, a los efectos de la presente ley, por alguno de los siguientes medios:
c) Certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública autonómica o local.”
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Nos encontramos con que los servicios sociales, tanto de esa administración pública autonómica, así como de la local, y provincial, tienen conocimiento de presuntas o reales situaciones de violencia de género, por parte de las víctimas o presuntas víctimas de esa violencia de género, que todos los ciudadanos “debemos denunciar”, y que si pasara algo, por no denunciar, nos impedirá dormir con la conciencia tranquila durante muchas noches.
Entonces procede, Excma. Sra. Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidad, de la Junta de Castilla y León, que informe, públicamente, ante todos los ciudadanos, y en contestación a esta carta, de lo siguiente:
  • Número de ayudas dadas por esa administración autonómica con una certificación o informe de servicios sociales o sanitarios de esa administración pública, provinciales o locales durante el año 2.016, y que acredite la situación de maltrato de la mujer.
  • Número de denuncias ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, o Administración de Justicia, de los empleados o funcionarios públicos, o trabajando para las administraciones públicas, de esos servicios sociales o sanitarios indicados, ante la ausencia de denuncia de esas mujeres, ante esas instancias públicas, que han alegado maltratos para obtener ayudas económicas, pisos tutelados, casas de acogida, etc., o empleos en que se subvenciona al empleador.
Pudiera ser escandaloso que todos los ciudadanos tengamos la “obligación” de denunciar presuntas sospechas, rumores o situaciones familiares difíciles, y el personal de los servicios sociales autonómicos, provinciales o locales, que hacen certificados o informes dónde se habla de una situación de maltrato, y que a la mujer se la exima de denunciarlo ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, o Administración de Justicia, y tampoco lo denuncien los funcionarios, etc., que puedan expedir y firmar esos certificados.
Y sería tremendo que haya menores no emancipados en casas de acogida, pisos tutelados, etc., porque se estima que hay presunto maltrato hacia la mujer, y quizá  hacia los niños, y Uds. no lo pongan en conocimiento de las autoridades, bien policiales, bien judiciales, para que se investigue y persigan esos presuntos delitos, y presuntos culpables, que deben ser perseguidos y castigados, cuando corresponda, después de un juicio con todas las garantías. Situaciones en que hay padres en pleno ejercicio, legal, de la patria potestad, y los hijos privados de padre. Y a la mujer y madre no se la exija ponerlo en conocimiento de Policías y Jueces.
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Y, obviamente, si el personal de las administraciones autonómica, locales o provinciales, no han denunciado esas presuntas situaciones de maltrato a mujeres o niños, procedería que lo hiciera la propia Junta de Castilla y León. Es decir, por Ud., si permite la osadía, al no hacerlo ni las mujeres, ni ese personal al servicio de administraciones públicas que se mencionan.
La gran pregunta. Uds., dirigentes y empleados al servicio de administraciones públicas, conocen presuntos casos de violencia contra mujeres y niños, que no denuncia la mujer, y a menudo madre, y Uds. quieren que sí los denuncien: médicos, enfermeras, ahora farmacéuticos. En algunas comunidades que intervengan administradores de fincas. Subvencionan a asociaciones de mujeres que también conocen casos de estos. Y todos los ciudadanos tenemos la “obligación” de denunciarlo y funcionarios o personal al servicio de administraciones públicas NO LO DENUNCIAN. ¿ Y TAMPOCO TIENEN LA OBLIGACIÓN LEGAL ?.
Se ruega informe de esta grave sospecha, cuando a todos los ciudadanos se nos impone la obligación legal y moral de denunciar presuntas sospechas, y se nos acuse, directamente, de no haber impedido la muerte de mujeres por no hacerlo.
En espera de su rápida contestación, muchas gracias y atentamente.
 
 
 
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Hace unos años, por la noche, iba a entrar en una calle no muy iluminada, y en que había una pareja que parecía estaba en conflicto. No había nadie transitando por la misma. Esperé que hubiera otra persona que iba a pasar por esa calle, para ir junto a él. Al llegar a la altura de la pareja, en voz alta, pregunté si había algún problema. La mujer dijo que no había ningún problema. Y seguimos nuestro camino. ¿ Debí llamar a la Policía para que esa pregunta la hicieran ellos ?.

INVESTIGAR PARA RECONOCER HÁBITOS JUDICIALES FUERA DE NORMAS LEGALES

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
CONSEJERIA DE FAMILIA E IGUALDA DE OPORTUNIDADES
Dirección General de Familia y Políticas Sociales
Francisco Suárez, 2
47.006 VALLADOLID
 
 
AsuntoPETICIÓN DE INVESTIGACIÓN DE PRESUNTAS ACTIVIDADES DE MEDIACIÓN FAMILIAR EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 7 DE BURGOS, EN FUNCIONES DE FAMILIA, CUANDO NO SE EJERCE ACTIVIDAD JURISDICCIONAL, SIN PRESENCIA DE LOS CÓNYUGES, PAREJAS Y PADRES.
 
 

Burgos, 30 de septiembre de 2.017
 
 
Muy Sres. nuestros:
 
Conforme a la LEY 1/2006, de 6 de abril, de Mediación Familiar de Castilla y León, y su artículo 5, en relación con las competencias de esa Administración Autonómica, en su punto 9, se habla de realizar la inspección y seguimiento de las actividades de mediación familiar.  Y en el punto 8 del citado artículo se indica: “Elaborar cuantos informes, propuestas, disposiciones y resoluciones sean precisos para desarrollar la mediación familiar prevista en la presente Ley.”
 
Y en el  DECRETO 61/2011, de 13 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 1/2006, de 6 de abril, de Mediación Familiar de Castilla y León, aparte de indicar el órgano competente para tramitar este escrito, se indica:
“La norma define la mediación familiar como una intervención profesional realizada en conflictos familiares por una persona mediadora cualificada, neutral e imparcial, con el fin de crear entre las partes enfrentadas un marco de comunicación que les facilite gestionar sus problemas de forma no contenciosa. 
 
Se considera que la finalidad de la mediación familiar es que los miembros de las familias en situación de conflicto lleguen a acuerdos que eviten la apertura de procesos judiciales de carácter contencioso, contribuyan a poner fin a los ya iniciados o reduzcan su alcance, pudiendo tener lugar con carácter previo al proceso judicial, en el curso del mismo o una vez concluido éste.”
Pues bien, esto que define la mediación familiar y su finalidad, es también función de los jueces competentes, cuando en el ejercicio de su actividad profesional y jurisdiccional lo hacen al amparo del artículo 771.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en temas familiares:
“A la vista de la solicitud, el Secretario judicial citará a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia en la que se intentará un acuerdo de las partes, que señalará el Secretario judicial y que se celebrará en los diez días siguientes. A dicha comparecencia deberá acudir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su procurador.”
Se estima que queda demostrado que en el Juzgado de Familia de Burgos, Juzgado de 1ª Instancia Nº 7, S. Sª. es una persona mediadora cualificada, neutral e imparcial que puede intervenir para intentar poner fin a procesos judiciales iniciados o reducir su alcance, siempre que cumpla el requisito de que lo intente cuando los cónyuges, o partes, estén presentes, y dentro de un acto judicial. En definitiva, se hace mediación familiar, circunstancia que espero no niegue la Junta de Castilla y León.
Sin embargo, conforme me indican diversos padres de familia, es habitual que S.Sª, a través del funcionario que regula la entrada de profesionales y ciudadanos, invite a los abogados de las partes a entrar. Salen, una o varias veces, y proponen acuerdos a los padres, que permanecen fuera de la sala de vistas, que se pueden aceptar o no, por las partes, y se entra a la sala de vistas. Y es entonces cuando se empieza a grabar la vista judicial. Si se ha llegado a un acuerdo de las partes, se manifiesta, y suele ser aceptado por el Ministerio Fiscal, si está presente, y hay menores no emancipados, y por S. Sª, que supuestamente ha intervenido en las conversaciones con los abogados de las partes para intentar llegar a acuerdos. En caso contrario, se celebra la vista en que se discute conforme a normas para que S. Sª dicte la sentencia que estime conveniente.
En la opinión de esta parte, estas gestiones entre S. Sª y los abogados, no está regulado por norma alguna, pero “de facto” se está celebrando una mediación familiar a espaldas de los padres. Y es eso lo que pongo en su conocimiento, para los efectos que correspondan.
Mediación familiar en sala de vistas, con la presencia de S. Sª, Ministerio Fiscal, cuando corresponda, Letrado de la Administración de Justicia (antes Secretario Judicial), abogados, procuradores y padres, regulado por la ley, plenamente legislado, y conforme a ley.
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Lo que se pone en conocimiento de la Junta de Castilla y León, es la posible, o presunta actividad de mediación familiar fuera de la presencia de los padres, cónyuges o parejas, que pudiera suponer “intrusismo profesional”,  por un funcionario que no está ejerciendo actividad jurisdiccional, que, conforme a la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y el artículo 403.1 del Código Penal, se pudiera, presuntamente, contemplar como intrusismo profesional:
“El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de seis a doce meses.”
Hablando claro, si realiza S. Sª algo similar a la mediación familiar conforme al artículo 771 citado de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ejerce una actividad profesional conforme a derecho, si lo hace a espalda de los padres, cónyuges o parejas, no lo haría al amparo de su condición de juez, y pudiera verse afectado por lo que se indica en este artículo del Código Penal, lo que obligaría a esa Junta de Castilla y León a no hacerse el ciego, el sordo y del que no se entera de presuntos hechos punibles.
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Recibí este mes de septiembre de 2.017 escrito de D. Antonio Dorado Picón, Secretario General de la Administración de Justicia, de la Secretaría de Estado de Justicia, del Ministerio de Justicia, aunque ponen fecha de 28 de julio de 2.017, en que el personal de los juzgados no saben, no contestan, no se enteran, como antes negaban esta realidad en otras gestiones.  Se adjunta copia del mismo.
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Por mi parte, fui testigo de esa entrada de abogados a la sala de vistas, sin sus clientes, en el pleito:
14/9/2017
MINERVA MHC 0000241206
Abogados: Dª María Jesús Cuéllar Nebreda y D. José Miguel Arroyo Lorenzo.
Procuradores: D. Diego Aller Krahe y Dª M. Teresa Palacios Sáez.
Demandante: Gutiérrez.
Demandado: Salas.
Este escrito, debidamente razonado, se les envía Uds., para que en el ejercicio de su actividad profesional en la Administración Autonómica de Castilla y León, procedan conforme a la legislación vigente, y su responsabilidad personal. Y de conformidad con el artículo 23.1 del DECRETO 61/2011, de 13 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 1/2006, de 6 de abril, de Mediación Familiar de Castilla y León:
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“Inspección y seguimiento de la actividad de mediación familiar.
1.– La Dirección General que tenga atribuidas las competencias en materia de familia, en colaboración con los órganos periféricos que tengan asignadas funciones en la materia, desempeñarán las de inspección y seguimiento de las actuaciones de mediación familiar, incluidas las de carácter formativo, que se desarrollen en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.”
Es por ello que se solicitan admitan su competencia en investigar estos presuntos hechos, que se hacen fuera de la actividad jurisdiccional, que sí estaría protegida por otras normas e instancias, para que una vez comprueben su veracidad, se proceda a instar suspender esas mediaciones familiares fuera de las normas vigentes en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Pendiente de que informen del resultado de esta petición, que se estima se hace conforme a normas de obligado cumplimiento por esa administración, y dándoles las gracias por el buen trabajo que espero hagan, atentamente,
 
 
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- No se busca castigo alguno, sino que cese una presunta actividad que origina muchos problemas personales en padres que, en pocos minutos, tienen que tomar muy graves decisiones personales y familiares, y que, muy a menudo, origina nuevos pleitos, con lo que no cesa el conflicto entre padres. Independientemente que han contratado abogados y procuradores para tener una vista judicial, y se realizan gestiones sin su presencia, y, presuntamente, fuera de normas que presuntamente amparen la actividad del juez fuera de las funciones jurisdiccionales’.
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