DIVORCIO: SI SE PUEDE, NO SE QUIERE

Es interesante la información que ofrece la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ABOGADOS DE FAMILIA, sobre cómo está el mercado del divorcio, y sus consecuencias, como medio de vida de una parte importante de la abogacía:

https://www.aeafa.es/noticias-ampliadas/2208/1/la-crisis-econmica-frena-la-avalancha-de-divorcios-en-espaa-tras-el-confinamiento/

La crisis económica frena la avalancha de divorcios en España tras el confinamientoEl 73% de los abogados especializados de la AEAFA sostiene que el nivel de rupturas es similar al que se produce después de un periodo vacacionalwww.aeafa.es

“La crisis económica frena la avalancha de divorcios en España tras el confinamiento.”

Y una información ha retenido nuestra atención:

“Las personas que se encuentran en paro, ERTE o han perdido su negocio no pueden sustentar dos unidades familiares a la vez”, afirma la presidenta de AEAFA, María Dolores Lozano.”

Visto desde ese punto de vista, parece que el ejercicio del derecho, personal, de solicitar el divorcio, suele tener un componente racional, que se ejerce de una manera responsable.

Sin embargo, es de temer que esa racionalidad, en demasiados casos, es una quimera, y el ejercicio del derecho, que, se insiste, es personal de cada miembro de un matrimonio, legalmente, y libremente pedido, bajo los principios de:

–         Igualdad.

–         Respeto y ayudarse mutuamente.

–         Actuar en interés de la familia

que obligan los artículos 66 y 67 del Código Civil, impuestos por el Estado Español, y aceptados por ambos, brillan por su ausencia.

Y, sí llama la atención, SOSTENER DOS UNIDADES FAMILIARES.

¿Seguro que los abogados y los demandantes de divorcio, que EXIGEN que el otro/a salga del domicilio familiar, del cual es propietario, en todo o en parte, piensan en dónde va a dormir el PRESUNTO EXPULSADO, o, mejor dicho, a EXPULSAR.?.

En estos casos, demasiadas veces, sale el lado salvaje de este estado, de este país, el nuestro, con nuestras leyes, nuestros procedimientos, jueces y sentencias.

Decía un tal Napoleón que si quieres que algo no funcione: NOMBRA UN COMITÉ.

Los abogados de justicia gratuita están para expulsar al otro, no para hacer la paz. No para ver si el otro tiene dónde dormir, o dónde va a recibir a sus hijos. No es su problema. Es del juez, pero llevan años sin interesarse en cumplir su obligación: DÓNDE EL EXPULSADO A LA CALLE VERÁ A SUS HIJOS. Alguno ha pretendido hacerlo en un templete de música de una ciudad.

Llevan años, Sus Señorías, sin cumplir su deber de indicar en sus sentencias lo que pone la madre, notoriamente.

Llevan años, en demasiados juzgados, sin cumplir los plazos de fijar medidas provisionales.

En demasiados casos, se incumple en los juzgados su obligación de intentar que los padres lleguen a acuerdos, estando los padres en sala. Lo hacen a escondidas, con los abogados. Imposición, pura y dura.

Y sí, Napoleón tenía razón, cómo pueden hacerse bien los divorcios si pudiera sobrar mucha gente.

Sí se puede, no se quiere. Millones de ciudadanos somos obligados a llevar mascarilla, a encerrarnos en casa……pero nuestros queridos políticos, de casi todo rango, condición e ideas, no quieren que nos sentemos, los padres, para hablar de las dos unidades familiares de las que habla la Presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia.

El primer acto del divorcio es expulsar A LA PUÑETERA CALLE a un hombre o a una mujer. Y, para eso, se necesitan abogados, procuradores, jueces, fiscales, Letrados de la Administración de Justicia, funcionarios varios, equipos psicosociales…….para hacerlo en nombre del interés superior del menor, toma narices.

¿Sobrarían todos ellos si se nos obligaran a los padres a sentarnos para hablar de dos unidades familiares?.

Siempre nos quedará París, pero, en España, seguirá la violencia gratuita de los divorcios. Lo peor, los razonamientos. Pobres niños, lo hacen por vuestro bien.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

¿PARA QUÉ QUEREMOS JUECES, SI LA SENTENCIA LA HAN PUBLICADO EN LA PRENSA? “Los jueces de Palma fijan en 180 euros la pensión mínima de alimentos.”

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No sé si definirlo como miedo o preocupación, pero, este estado de alarma, alarma mucho, en el ámbito judicial y en la paz social de las familias.

Escritos de jueces y juntas de jueces, a lo largo y a lo ancho de España, han creado la alarma, la duda y la violencia en los derechos personales de nuestros niños, que decían garantizar decisiones judiciales, de relacionarse con ambos padres.

Y, ahora, nos desayunamos con otra noticia.

https://www.ultimahora.es/noticias/local/2020/05/16/1165591/desescalada-palma-jueces-fijan-180-euros-pension-minima-alimentos.html

“Los jueces de Palma fijan en 180 euros la pensión mínima de alimentos.”

“Es decir, se busca que sean los padres quienes intenten alcanzar acuerdos y se apela a su «lógica, sensatez y prudencia». Además, los jueces recomiendan que se acuda a otros procesos como la mediación en lugar de pleitear.”

Tablas orientadoras para determinar las pensiones alimenticias de los hijos en los procesos de familia elaboradas por el CGPJ

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Por un lado, es de agradecer que, como afirman, se obligue a utilizar la lógica, sensatez y prudencia, para, primero, no arruinarse en abogados y procuradores, no desesperarse en procesos que pueden durar uno o dos años, y, segundo, si ellos, por leyes y código, en principio decidirían a falta de acuerdo, quedaría bien para hacer un referéndum judicial, organizado por el CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, y aprobaran unas tablas unitarias, en que se nos diga la sentencia que podemos esperar.

Ahora bien, hay que informar a la población:

Papá pone un mínimo de 180 euros, y mamá pone otro mínimo de 180 euros.

Y se dice esto por dos razones. La primera, es porque es lo que dice el artículo 93 del Código Civil, y, en segundo lugar, hace pocos días leí unas declaraciones de Michelle Obama, en que decía que sus hijas hacían su habitación, siendo las hijas del presidente de Estados Unidos de América.

https://smoda.elpais.com/moda/actualidad/documental-michelle-obama-netflix-confesiones-reveladoras/

«Mis hijas tenían que limpiarse su propia habitación en la Casa Blanca» y otras frases reveladoras del documental de Michelle Obama | Actualidad | S Moda EL PAÍS

“Tuve que suplicarles a los empleados del hogar que las niñas debían aprender a limpiar su habitación, a hacerse la cama, a lavar su ropa….no voy a criar a unas niñas que no saben hacerse la cama. Ellas replicaban, “pero a ti te la hacen”. Y yo les contestaba, porque soy la primera dama y me saqué una carrera”.

Aquí nos encontramos con sentencias que afectan a chicos y chicas de doce años y más años, en que el padre, mayoritariamente, aporta un dinero mensualmente, con riesgo de prisión, cuando las madres sólo tienen obligación legal, normalmente, de pagar sólo el 50% de los gastos extraordinarios.

Por otra parte, por el bien de nuestros hijos, por el mismo criterio de que se habla de pensiones mínimas de alimentos, también debieran ponerse pensiones máximas, para no criar niños vagos y mal criados.

Dentro de los efectos de esta situación excepcional, pudiera haber otro adelanto, NO NECESITAR NI JUECES, NI FISCALES, NI ABOGADOS, NI PROCURADORES.

Las sentencias las adelantan en la prensa. Y lo dicen los jueces: vayan a mediación y no vengan a molestar a los juzgados, porque ya conocen la sentencia, y no tiren su dinero, que les vendrá bien a Uds. y a los niños.

Si lo he comprendido mal, disculpen.

Gracias.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

YO CONFIESO: ME DIVORCIO

Más de una vez, seguramente, les hemos comentado cómo funciona esto del divorcio. Doy un poder a mi abogado y procurador y ellos dicen que, Ud. o yo, nos queremos divorciar.

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En otros países, hay impresos que deben firmar, uno o los dos, componentes del matrimonio, para solicitarlo.

Confiamos en no ofender, pero proponemos a su reflexión, estudio y críticas, el siguiente modelo, “pa empezar”, si permiten Uds. esta pequeña broma:

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JUZGADO DE FAMILIA DE…….

Yo………………….., con D.N.I. nº……….., nacido en ………., hijo de………y………, con domicilio en…………….,confieso que contraje libremente matrimonio con…………, con D.N.I. nº………, con el mismo domicilio que el abajo firmante (u otro, si fuera el caso), el día…..de……….de………

En virtud de la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, al haber contraído matrimonio hace más de tres meses, solicito decrete el divorcio:

Firmado en, el …….de………..de……

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

CUSTODIA COMPARTIDA: OJO CON LAS FALSAS ESPERANZAS

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Con mucha preocupación, leo la información que aparece en múltiples medios de comunicación, en relación al borrador que  se dice existe sobre un futuro Código Civil, en el que manifiesta haber participado el Ilmo. Magistrado D. Javier Pérez Martín, del Juzgado de 1ª Instancia nº7 (Familia) de Córdoba, que intervino en las VI Jornadas sobre Derecho de Familia, que se han celebrado en Burgos los pasados días 26 y 27 de enero de 2.018, a las que asistieron profesionales del derecho de muchos lugares de España, y que fueron muy interesantes, y a las cuales asistí yo, a pesar de no ser jurista.
Pues bien, este juez es un enamorado de la Custodia Compartida, lo que es de agradecer. Y su ponencia fue muy interesante.
Sin embargo, me llaman mucho la atención las declaraciones que parece haber hecho a través de la agencia de noticias Efe, y que pudieran dar lugar a mucho equívoco entre el colectivo de padres separados/divorciados, notoriamente.

El borrador del nuevo Código Civil incorpora la custodia compartida de los hijos

Pero las leyes, ni las hace el Tribunal Supremo, uno de cuyos componentes también expuso una interesante ponencia sobre el trabajo que allí se desarrolla, ni la deciden los que puedan haber trabajado, o colaborado, en proyectos legislativos, pero cuya presentación para su aprobación o no queda en las exclusivas manos de los políticos y sus representantes en las cámaras legislativas.
Y sobre ese trabajo que manifiesta existe, pues pudiera quedar en agua de borrajas. Y les paso una exposición de las múltiples veces en que el Partido Popular y sus ministros, llevan hablando y prometiéndolo:
  • PARTIDO POPULAR, en su programa.
  • Ministro Sr. Gallardón.
  • Ministro Sr. Alonso.
  • Ministro Sr. Catalá, que lo pasa a otro Ministerio.
  • Ministra Sra. Montserrat.

Programa Partido Popular, 12-6-2012
“El Gobierno protege el derecho del menor y la igualdad real impulsando la custodia compartida en casos de separación y divorcio.”
13-6-2012: Ministro Sr. Gallardón.
“Gallardón impulsará la custodia compartida en separaciones y divorcio.”s
13-2-2.015, Ministro D. Alfonso Alonso:
“El ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso, ha asegurado a la secretaria de Igualdad el PSOE, Carmen Montón, que «en ningún caso» el anteproyecto de Ley de Custodia Compartida, actualmente en fase de consultas, permitirá que los maltratadores tengan la guarda y custodia de sus hijos o puedan participar del régimen de visitas.”
8-5.2018, la Custodia Compartida se la quita de encima el Ministerio de Justicia (Ministro D. Rafael Catalá) y se la traslada al Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad
“Justicia deriva a Sanidad el diseño de una ley estatal de custodia compartida.”
22-11-2.017
“El Gobierno frena la ley de custodia compartida ante la falta de apoyos.”
Y esto es lo que aparece en la prensa de 24-1-2.018:
“La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Dolors Montserrat, ha ofrecido este miércoles al Congreso trabajar en un pacto de Estado por la infancia para garantizar una mayor protección a los menores y que contemple los nuevos modelos de familia y medidas como la custodia compartida.”
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Este es el cachondeo que hay que la promesa de hace años del Partido Popular sobre Custodia Compartida.
Y me parece muy preocupante que haya colectivos de padres que aplauden estas declaraciones de este juez, cuando sólo hace unos días la actual Ministra de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad decía trabajar en un pacto y hacerlo desde la perspectiva de la infancia. Se pasan el día buscando pactos, que no encuentran.
Cuando lo vea en el Boletín Oficial del Estado, lo creeré.
Habrá que esperar que la Sra. Ministra confirme o afirme lo que dice este juez.
La sugiero a la Sra. Ministra que vayan a MEDIACIÓN FAMILIAR para tratar de este tema, porque pactos me temo que no va a haber, ya que entre ministros se pasan la pelota del uno al otro, y luego los demás partidos políticos no quieren adherirse a un pacto..
A mí no me engañan. No sé si Uds. se dejan engañar.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Decía un ponente de las jornadas citadas que a él le gustan “LOS DIVORCIOS DE LOS RICOS”, en los otros suele ser una lucha para expulsar a un padre a la puñetera calle. ¿Eso es justicia?. Ya que veo difícil que legislen sobre custodia compartida, al menos que legislen para que el uso de la vivienda sea cómo máximo por un año, o, extraordinariamente, por dos. Seguro que baja la violencia. Por cierto, se manifestó que los plazos largos para atender temas de familia derivan, muchas veces, en violencia entre padres. ¿Se darán por enterados todos?.

LAS MUJERES DE BURGOS CONTRA LA CUSTODIA COMPARTIDA. FRACASO DE LAS POLÍTICAS DE IGUALDAD

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El dos de octubre de 2.017, en Diario de Burgos, comentando los datos del Instituto Nacional de Estadística, en relación al año 2.016, se informa de un descenso de las CUSTODIAS COMPARTIDAS, respecto a años anteriores. Y se dedica una página a este tema.
Y debemos ser claros en las presuntas causas de todo esto, y no hay que echar la culpa al sistema judicial, al menos en parte. Es cierto que se ha cambiado de juez en el Juzgado de Familia de Burgos. Es cierto que es normal que  S. Sª invite a los abogados a entrar a la sala de vistas, sin la presencia de los padres, sin testigos y sin grabar, y que los abogados entran y salen con propuestas, que se aceptan o no, y luego entran todos para lo que proceda, y entonces se empieza a grabar.
Pero, independientemente de que lo pidan muchos padres o no, cuando una mujer, una compañera o cónyuge, se opone, las posibilidades reales de una CUSTODIA COMPARTIDA son escasas, presuntamente. Y vamos a dejar al juez parte de la responsabilidad, pero no toda.
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Y dónde sí que hay echar las culpas es a lo que permiten las leyes: DENUNCIAR y pedir el uso de la vivienda que puede ser en todo o en parte del padre, o madre a quién se le pueda quitar su derecho constitucional de propiedad pleno.
Y nos debemos preguntar si se suprimiera esto se avanzaría, no ya en la CUSTODIA COMPARTIDA, sino en la pretendida igualdad hombre mujer que todos dicen que hay que alcanzar, y es el fin último de la política y de los políticos, y una de las causas del machismo, violencia de género, etc., etc., según los que se auto titulan expertos en estos temas.
Y en esto de presentar una ley de CUSTODIA COMPARTIDA que mejore lo ya existente, parece que ya ha salido de cuentas dicha obligación del actual partido gobernante, pero que no acaba de salir a la luz.
Y no va a ser en sede judicial dónde se van a lograr la mayor parte de las CUSTODIAS COMPARTIDAS, sino en una MEDIACION, o REFLEXIÓN FAMILIAR, obligatoria, y se recuerda que la misión de los jueces es intervenir, principalmente, cuando los padres no han llegado a acuerdos, y es ahí donde se debe incidir en la exigida nueva ley, pero, antes de hablar de hijos, hay que reflexionar de temas sociales, porque, ¿ cómo puede salir bien el ejercicio legal, personal, de pedir la separación o el divorcio, sin reflexionar sobre las consecuencias económicas y sociales del ejercicio de ese derecho ?. Empecemos a hablar menos de rupturas, y más del ejercicio de un derecho que no se obliga a justificar, en convivencias que no se obliga a tener segundo no querido. Por cierto, afirmar, una vez más, que no se decreta ninguna separación/divorcio por causa de maltrato, y hablo de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, notoriamente.
Para poner esto ameno. Me contaban hace poco las razones por las que los huracanes tienen nombre de mujer, y me decían que es porque se llevan la casa, el coche….
Dejemos la broma, privemos a la mujer del derecho de denunciar, sin probarlo, y haya una ley que obligue a liquidar la vivienda familiar conjunta, en un plazo de un año, máximo, por ejemplo. Y si no se liquida todos a la calle. Hay miles y miles de viviendas vacías. Y evitemos que los padres se gasten cuatro mil, cinco mil euros, o más euros, en pleitos, en vez de afrontar en un cara a cara los problemas del ejercicio de un derecho personal, con ayuda de un tercero. Y luego discutiendo, con abogados de por medio, si una excursión de colegio se debe pagar a medias.
Aquí no prima el interés superior del menor, que también todos dicen bla y bla. Mientras el niño lleve bajo el brazo el uso de la vivienda familiar, mientras haya problemas sociales, y, mientras la política de familia sea la de denunciar y detener, no piense nadie que habrá CUSTODIA COMPARTIDA.
Total, eso de la igualdad es un timo. Feminismo igualitario sí, pero mientras la vivienda y los niños sean para la madre, preferentemente.
PADRE DENUNCIADO, PADRE DETENIDO.
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¿ Protestará el feminismo de Burgos contra esto ?. ¿ Renunciarán las madres de Burgos a ese poder no merecido, no justificado ?. De esto no es responsable el Juez de Familia de Burgos.
Jesús AYALA, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

BURGOS: ¿ TIENEN LOS PADRES DIVORCIADOS QUE DECLARARSE DE GÉNERO FEMENINO PARA QUE RECONOZCAN QUE EXISTEN ?

D. GEMA CONDE MARTÍNEZ

CONCEJALA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS

AYUNTAMIENTO DE BURGOS

BURGOS

 

Asuntos: – NO INFORMACIÓN PÚBLICA DE QUE LAS PERSONAS SEPARADAS/DIVORCIADAS “TAMBIÉN” TIENEN DERECHO A PARTICIPAR EN LA OFERTA DE VIVIENDAS DE ALQUILER SOCIAL.

  • ¿ SOLICITAMOS QUE SE NOS CONSIDERE DE GÉNERO FEMENINO, PARA QUE NOS ATIENDA LA CONCEJALÍA DE LA MUJER Y SE NOS AYUDE SOCIALMENTE ?.

     

  • TENGAMOS LA FIESTA EN PAZ. NO A PONER MOTIVOS AJENOS A LAS FIESTAS DE SAN PEDRO Y SAN PABLO EN LOS PAÑUELOS QUE SE OFREZCAN A LOS BURGALESES Y PERSONAS QUE VENGAN A DISFRUTAR DE LAS MISMAS.

     

     

Burgos, 4 de mayo de 2.017

 

Estimada Sra.:

Recibimos diversas peticiones de información de padres separados/divorciados, en relación a los pisos que, en principio, se contemplan y regulan a través del «REGLAMENTO DEL PARQUE MUNICIPAL DE VIVIENDAS DE ALQUILER SOCIAL», de ese AYUNTAMIENTO DE BURGOS.

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Puestos en contacto con el teléfono de información del nuestro ayuntamiento, 010, se nos informa que están pendientes de sacar las normas concretas para la próxima convocatoria, y que, en principio, estiman que la presentación de solicitudes se haría a través del  CEAS de cada ciudadano que pretenda acceder a alguna de esas viviendas.

 

Puestos en contacto con un CEAS, nos informan que están próximas a salir las normas para esta nueva convocatoria. Y, por cierto, se nos informa que llamar a dicho teléfono, el 010,  supone un costo a los ciudadanos, circunstancia que este ciudadano desconocía.

 

Como Ud. bien sabe, en el artículo 2 del citado reglamento, se contempla que los padres separados/divorciados puedan acceder a dichos pisos por dos vías, que se contemplan en el apartado c del mismo:

 

“Así como, pérdida del uso y libre disposición de su vivienda habitual como consecuencia de un proceso judicial de nulidad, separación o divorcio o separación de parejas de hecho, aunque pudieran ser propietarios, en todo o en parte de la vivienda que hayan abandonado por  decisión judicial, siempre que dichas situaciones no deriven de supuestos de malos tratos o violencia de género.”

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Así como en la primera frase de dicho apartado:

 

“Situaciones de hacinamiento, conflictos graves de convivencia, deficientes condiciones de habitabilidad, otras necesidades de alojamiento alternativo en procesos de incorporación social.”

 

Sin embargo, salvo mejor información, en la información pública que se ha ofrecido a los vecinos de Burgos, bien por Ud., bien por personas de otras formaciones políticas que han tratado este tema en medios de comunicación, como el pasado día dos en una televisión, se ha omitido a este numeroso colectivo de padres separados/divorciados, y es de temer que este numeroso colectivo sea privado de acceder a este recurso público en igualdad de condiciones. En efecto, aparte de competir con personas que han perdido la vivienda por ejecuciones hipotecarias, o han sido expulsados por no pagar alquileres, se tiene que competir con el colectivo que vive en precarias condiciones en viviendas de fortuna, hablando claro, algo próximo o parecido al chabolismo. Último caso en Castilla y León. Situación de la cual se debiera salir mejor con trabajo que con ayudas sociales.

 

Siempre hemos sido conscientes de que esta propuesta era un brindis al sol, desde el momento de que centenares de casos deberían ser atendidos, cuando apenas un puñado de viviendas es lo que se ofrecía. Incluso denuncian otros grupos municipales que el año pasado había una partida presupuestaria para este tema, que no fue utilizada. Y que incluso entidades financieras que expulsan a ciudadanos hipotecados no registran el cambio de titularidad, y no se les giran los oportunos impuestos.

 

Hemos sido conscientes de la precariedad de los recursos ante la magnitud de la necesidad, pero nos hacía ilusión que se pensara en nosotros, que sepan, todos Uds., que existimos, y no somos una panda de delincuentes, presuntos ciudadanos violentos y presuntos asesinos.

 

Y nos sentimos ofendidos de que ninguno de Uds., los políticos de todo género y partido, nos ninguneen, nos consideren parias sin derecho a existir.

 

Pero tenemos dignidad, en este país cuyos valores tenemos dificultad en reconocer.

 

Y es por ello, que la recordamos que existimos, que las políticas agresivas que sufrimos los hombres, por nuestro sexo, que Uds. consideran un delito, o casi, están provocando que vecinas de Burgos abusen de este sistema de destrucción de la familia y las relaciones humanas.

 

En efecto, más de una detención se viene produciendo con la simple denuncia de una mujer. Y cuando a un hombre se le expulsa del domicilio familiar, muchas veces, son los sufridos padres, los abuelos, los que tienen que paliar esa situación social. Y esto puede ser una bomba de relojería.

 

Y Ud. sabe, y si no sabe se ruega que se informe, que en Burgos, nuestro querido Burgos, no se produce ninguna separación o divorcio en que el juez de turno lo decrete por maltrato alguno. Sea en el Juzgado de Familia o en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer.

 

Ninguna mujer de Burgos toleraría que la quitaran su teléfono por pedir el divorcio. Muchos padres son condenados a abandonar el domicilio, del cual son propietarios en todo o en parte, y del cual pueden tener que pagar la hipoteca durante muchos años, quizá con el aval de sus padres. Pues bien, cuando una mujer pide el divorcio, ejerce un derecho, y ese derecho, en demasiados casos, lo pagan los hombres, los hijos y los abuelos.

 

Más de una mujer, con varias viviendas, exige que salga el padre del domicilio familiar.

 

Y en esas propiedades que son del expulsado o privado de eso derecho, muchas mujeres sin reparo ni autorización alguna meten a otras personas, que no ampara ninguna decisión judicial, e incluso Uds. empadronan en el Ayuntamiento de Burgos.

 

Una persona de relevancia en Burgos, que ya falleció, me contaba que ante una denuncia de la mujer, por la cual no fue condenado, debió abandonar el domicilio familiar y durmió durante varias noches sobre unos cartones al aire libre, hasta que fue auxiliado por varias personas. Persona ya jubilada. O como el caso de otra mujer. El matrimonio tenía dos viviendas, el padre que fue emigrante, durmiendo en habitaciones compartidas, cuando en la segunda vivienda residía un sobrino de la mujer.

 

Y qué decir cuando una mujer, a través de abogados de oficio, exige que el padre abandone el domicilio familiar, y luego se la niega participar en un sorteo de viviendas públicas. ¿ Se lo cuenta Ud. a los niños, a los abuelos o a los vecinos de Burgos ?.

 

¿ Quiere que la sigamos contando más casos ?. ¿ Puede un padre de Burgos convivir con sus hijos en una habitación de un vivienda compartida  ?. O atrévase a decir, que los padres vuelvan a vivir con sus padres. Dígalo, si tiene valor.

 

En definitiva, se nos ha ofendido, como colectivo, al no considerarnos como personas a las que se nos debe respeto, y lo primero es reconocer, por parte de Ud., y del ayuntamiento que Ud. representa, que existimos y que también somos necesitados de viviendas con alquiler social y merecedores de esas viviendas, conforme Uds. confirman con su reglamento.

 

Por tanto, se estima que debieran hacer algún comunicado donde los padres separados/divorciados sepan que también pueden solicitar dichas viviendas.

 

¿ NOS MANIFESTAMOS TODOS DE GÉNERO FEMENINO PARA QUE NOS ATIENDA LA CONSEJERÍA DE LA MUJER ?.

 

En estos tiempos de cambio, tan modernos, a lo largo de la geografía nacional, se promueve  que nos definamos, si así lo deseamos, o que manifestemos nuestro género, sin que suponga probar nada, absolutamente nada.

 

Sin que tengamos que cambiar de sexo. Sin que tengamos que cambiar nuestras tendencias sexuales, espero que Ud., y el ayuntamiento que representa, nos permita, a los padres que lo deseen, exponer que nuestro género es el FEMENINO, y que nos atienda la CONCEJALÍA DE LA MUJER, en la que parece que hay personal experto en estos temas, y, con ello, nos den las mismas ayudas sociales a las cuales tienen derecho las ciudadanas de sexo mujer, independientemente del género que puedan manifestar o sentir, y no tiene que ser forzosamente femenino.

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En esto imitaríamos, o seguiríamos el ejemplo, de ese ciudadano, de sexo varón, que ha pedido que lo pongan en sus registros. Quizá pionero en España.

 

PAÑUELOS DE FIESTA, Y NO DE DEMAGOGIA.

 

Se informaba hace unos días de que una asociación proponía poner información contra posibles actos contrarios a la dignidad de la mujer. Por tierra, mar y aire, prensa, radio, televisión, etc., micromachismos, macromachismos,  paneles en las calles, etc.,  creemos que está saturado este tema. Parece que las mujeres de Burgos son tontas, o al menos así las tratan.

 

Mire, ya está bien. ¿ Podemos decir guapa a una mujer ?. Habrá mujeres que lo agradezcan, otras no.

 

Pero unas estarán hasta el moño de estas políticas que hacen que se rarifiquen las relaciones entre hombres y mujeres, y otras son conscientes de q   ue una denuncia suya destruye a un hombre, a una familia. Son conscientes de que denunciar a un hombre, pueda suponer una detención, sin más prueba que una declaración firmada. Y ellas saben de ese poder que se las da, sin más mérito que ser mujer, de sexo mujer, y no todas se considerarán de género femenino, como Ud. comprenderá.

 

Rogaría contestara a esta carta, que se hace pública. Gracias.

 

 

 

Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

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P. D.- Nos declaramos partidarios de la MEDIACIÓN FAMILIAR GRATUITA Y OBLIGATORIA, para hablar de dos viviendas, de la CUSTODIA COMPARTIDA, y de esos problemas sociales que hacen que los padres y madres discutan, de dinero, normalmente. Qué pena que el paro y la falta de recursos sean causa de conflictividad entre hombres y mujeres. Padres y madres.

URGENTE: JUZGADOS DE FAMILIA. BUSCAMOS TESTIMONIOS DE QUE NO LE HAN RESPETADO SUS DERECHOS PROCESALES, SI FUERA EL CASO

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Con fecha 16 de marzo de 2.017, se escribió al ILMO. SECRETARIO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, del Ministerio de Justicia, sobre el asunto siguiente:

https://apfsburgos.wordpress.com/tag/administracion-de-justicia/

PRESUNTAS GRAVÍSIMAS IRREGULARIDADES CONSENTIDAS POR SECRETARIOS JUDICIALES O LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, QUE PUDIERAN ENSOMBRECER SU REPUTACIÓN DE INDEPENDENCIA  FRENTE  A JUECES Y ABOGADOS, E INCLUSO ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES COMO ADICAE, NOTORIAMENTE, PRESUNTAMENTE EN CONTRA DE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y DE LA LEY,  EN TEMAS COMO APODERAMIENTOS APUD ACTA, VISTAS JUDICIALES EN JUZGADOS DE FAMILIA Y TASACIÓN DE COSTAS.

Con fecha 20 de abril de 2.017, se emite contestación por parte de la Ilma. Sra. Secretaria Coordinadora Provincial de Burgos. Por razones de urgencia, hoy sólo se les solicita que se manifiesten, anónimamente, o dando sus datos, en relación al asunto segundo, de dicha contestación.

Por diversos padres, se nos viene informando de que, normalmente, en el Juzgado de Familia de Burgos, antes de la vistas judiciales,  convocadas conforme a derecho, suele ser habitual que S. Sª, a través del funcionario, convoque a los abogados de los padres, que entran solos a la sala de vistas. Es de suponer que se habla de los posibles temas a tratar judicialmente. A continuación, salen los abogados, y, en muchos casos, los abogados proponen a las partes, padres y madres, posibles acuerdos de los cuales se ha pactado o hablado en la sala de vistas, siempre sin la presencia de ambos padres. En pocos minutos, los padres acceden a acuerdos, o no. A continuación entran todos, padres, abogados y procuradores, y es cuando empieza la vista, y se empieza el acto judicial. Y se empieza a grabar.

Esto se indica en la contestación, punto segundo:

“Jueces mandan entrar a la Sala de Vistas únicamente a los Abogados, se desconoce de qué hablan, y luego salen y fuerzan un acuerdo entre los padres, cada abogado a su representado.”

Y esto se niega en el escrito de contestación. Es de pensar que esto, presuntamente, se viene haciendo en muchos juzgados a lo largo de todo el estado, y notoriamente en Burgos. Por supuesto, los secretarios judiciales, o letrados de la administración de justicia, no pueden dar fe de lo que puedan decir, o presionar, los abogados a sus clientes, fuera de la sala de vistas,  pero sí de que entraron solo los abogados a petición del Juez. Qué es lo que se les reprocha, y de lo que no dan fe. Tampoco dan fe de lo que se habla entre abogados y juez, y se desconoce si también interviene el Ministerio Fiscal.

Por ello, independientemente de que también pongan sus comentarios en la página dónde ser publica esto, rogaría informaran, si en su caso ha ocurrido esto, bien llamándome al tfno. 696-553.521, o enviando un SMS o wappsap, bien enviando un correo electrónico a feretojesus@yahoo.es

También, si lo desean, pueden poner o enviar sus experiencias o comentarios, sobre el resto de temas tratados en la denuncia, o en la contestación oficial recibida.

Si estos hechos vienen ocurriendo, los ciudadanos, los padres, y todo el mundo que tiene que acudir a los juzgados, tenemos que gritar alto y fuerte, y que no nos tomen por tontos.

Los que trabajan en la Administración de Justicia pueden tener quejas, por exceso de trabajo, malos sistemas informáticos o lo que sea, pero somos los padres, que nos expulsan de nuestras casas, nos obligan a pagar hipotecas de viviendas que no vamos a poder utilizar en años, pagar pensiones compensatorias, cuidar de nuestros hijos en desigualdad, y encima nos machacan con procesos penales, y cuantiosas minutas de abogados, cuando corresponde, los que debemos exigir que se cumpla la ley, la Ley de Enjuiciamiento Civil, en todas sus garantías. Y somos los que más problemas tenemos. ¿ No es así ?.

Si aquí se está mintiendo, o no reconociendo hechos, ¿ lo debemos tolerar ?.

Espero que ayuden a evitar estas prácticas, que se niegan. Qué no se nos trate de tontos.

Defendamos nuestra dignidad y nuestros derechos. Muchas gracias.

Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

P. D.- Si estas prácticas no ocurrieran, se pedirían disculpas, pero a esta parte se le ha manifestado, repetidamente, que viene sucediendo en Burgos desde hace años.

Puede que no deseen que con datos personales se traslade todo esto al Ministerio de Justicia. Los que deseen darlos, correcto, los que no, al menos, comunicarlo.

Se envía copia de la contestación recibida, por lo que pueden ver la carta que se envió y la respuesta oficial.  DC-260-7955AE2660

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Muchas gracias a todos.

¿ GARANTIZA LA FE PÚBLICA JUDICIAL LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS ?

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ILMO. SECRETARIO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
MINISTERIO DE JUSTICIA
C/ San Bernardo, 19
28.015 MADRID
 
Asunto: PRESUNTAS GRAVÍSIMAS IRREGULARIDADES CONSENTIDAS POR SECRETARIOS JUDICIALES O LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, QUE PUDIERAN ENSOMBRECER SU REPUTACIÓN DE INDEPENDENCIA  FRENTE  A JUECES Y ABOGADOS, E INCLUSO ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES COMO ADICAE, NOTORIAMENTE, PRESUNTAMENTE EN CONTRA DE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y DE LA LEY,  EN TEMAS COMO APODERAMIENTOS APUD ACTA, VISTAS JUDICIALES EN JUZGADOS DE FAMILIA Y TASACIÓN DE COSTAS.
 
Burgos, 16 de marzo de 2.017
 
Ilmo. Sr.:
Siento mucho los problemas materiales que tienen los jueces, secretarios judiciales, fiscales, funcionarios, etc., de la Administración de Justicia, bien de comunidades autonómicas con competencias transferidas, bien de las comunidades autonómicas todavía dependientes del Gobierno de España. Lo siento. El martes catorce de marzo de dos mil diecisiete,  funcionarios de los juzgados de Burgos, Ilmo. Sr. fiscal jefe de Burgos,  Ilmo. Sr. Decano del Iltre. Colegio de Procuradores de Burgos, abogados, etc., se manifestaban delante de su edificio protestando por el mal funcionamiento del sistema electrónico que manejan. Sí, lo siento mucho, pero, los ciudadanos, padres de familia que acudimos, contra nuestra voluntad, en muchos casos, para que se nos expulse de la vivienda familiar, se nos aparte en desigualdad de nuestros hijos, o se nos implique en un procedimiento judicial que pueda suponer cárcel u otro castigo, pues quizá tengamos problemas mucho mayores. Pero sí alguien quiere que vayamos, contra nuestra voluntad, a laAdministración de Justicia, es exigible que todo funcione como la seda, y con todas las garantías, y no faltando presuntamente algunas, cuando hasta se nos impide hablar libremente, como ciudadanos y padres, porque eso nos crea muchos traumas. Y a mí, personalmente, se me han violado muchos derechos que vienen en las leyes, en juicios que yo no he pedido, así como a mi hija, y no achacables a la peticionaria, o peticionarios, como Ministerio Fiscal, o Concejala de la Mujer del Ayuntamiento de Burgos o persona responsable de temas de violencia de género, doméstica, etc., de laSubdelegación del Gobierno en Burgos.
Y es en mi condición de ciudadano, padre de familia, antiguo delegado sindical, empleado de banca jubilado, ahorrador, pequeño accionista del banco en que trabajé, y delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS, por lo que me dirijo a Ud., en la creencia de que cumplirá sus obligaciones, haciendo cumplir las suyas a los secretarios judiciales de toda España, o, como se les llama ahora: LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Y rogaría que empezara por los de Burgos. Y esto por lo que se contempla en  el Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, y  en su artículo 13.3) (Ordenación jerárquica):
En la estructura del Ministerio de Justicia existirá un órgano encargado de la dirección y coordinación de los Secretarios de Gobierno y del resto de Secretarios Judiciales, cuyo titular se denominará Secretario General de la Administración de Justicia.”
Pues bien, sobre tres temas quiero hablarle, para exigirle que se cumpla la ley, sólo la ley y nada más que la ley. La ley es dura, pero es la ley.
 
CONVOCATORIA DE COMPARECENCIAS EN EL JUZGADO DE FAMILIA, POR EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Imagen en el mensaje
Empecemos por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Burgos, con competencias de Familia. Tanto la anterior titular, como el actual, y con la presunta cobardía de los abogados de Burgos, impiden que los ciudadanos de Burgos, y del resto del Estado Español, podamos acceder a su sala de vistas, sin que ningún documento firmado por el titular del mismo nos sea mostrado, privándonos de ese derecho constitucional. Dirá que ese problema no es de su competencia. Bueno. Pero, sigamos. Muchos padres, junto con sus abogados y procuradores, son convocados para asistir a vistas por diversos procedimientos de familia. Hasta ahí, nada que objetar. Es de suponer que se hace en virtud de los artículos 771 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
“A la vista de la solicitud, el Secretario judicial citará a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia en la que se intentará un acuerdo de las partes, que señalará el Secretario judicial y que se celebrará en los diez días siguientes. A dicha comparecencia deberá acudir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su procurador.”
Sigamos leyendo, para ver en qué consiste la vista:
“En el acto de la comparecencia a que se refiere el apartado anterior, si no hubiere acuerdo de los cónyuges sobre las medidas a adoptar o si dicho acuerdo, oído, en su caso, el Ministerio Fiscal, no fuera aprobado en todo o en parte por el Tribunal, se oirán las alegaciones de los concurrentes y se practicará la prueba que éstos propongan y que no sea inútil o impertinente, así como la que el Tribunal acuerde de oficio. Si alguna prueba no pudiera practicarse en la comparecencia, el Secretario judicial señalará fecha para su práctica, en unidad de acto, dentro de los diez días siguientes.”
Se habla de la obligatoriedad de la asistencia del Ministerio Fiscal, cuando haya hijos menores no emancipados, etc. Todavía recuerdo que hace pocos años, un famoso abogado de familia, Sr. Zarraluqui, padre, en la prensa, indicaba que no era infrecuente que no asistiera dicho representante y presunto defensor de los derechos personales nuestros hijos, menores no emancipados,  como ocurrió, en su día, con mi hija. Esto ocurrió, en la provincia de Palencia, en el verano pasado. En una audiencia por un tema penal, en que podían haberse adoptado medidas civiles a favor de varios niños, no estuvo. Y eso creó violencia.
Pero, concentrémonos en lo que pasa en el Juzgado de Familia de Burgos. Está claro para qué convoca el Secretario Judicial o Letrado de la Administración de Justicia: para una vista judicial y nada más. Pues bien. S. Sª manda que entren, sólo, los abogados. Se desconoce de qué hablan, y luego salen y FUERZAN un acuerdo entre los padres, cada abogado a su representado, en muchos casos. Otras veces se entra en sala a celebrarlas conforme el ordenamiento jurídico vigente, al resistirse uno o los dos padres a las tremendas presiones a que se les somete. Es inhumano, que en unos minutos se fuercen acuerdos por temas gravísimos, cuando está prohibida la MEDIACIÓN FAMILIAR si uno de los padres no quiere.
A mí, personalmente, me parece muy bien que S. Sª explore con los abogados posibles acuerdos, pero sólo si él convoca a los abogados a su despacho, y preferiblemente, cuando ambas partes tienen ya nombrados los abogados correspondientes, y días antes de la vista.
Conclusión de éste no experto en derecho: EL SECRETARIO JUDICIAL o LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA está presuntamente permitiendo algo que no contempla el ordenamiento jurídico vigente, en lo que, presuntamente, no debiera participar. Las consecuencias de todo esto es que los padres, cuando en unos minutos, y bajo fortísimas presiones, acceden a acuerdos, de los cuales luego se quejan, terminan precisando ayuda de psiquiatras o psicólogos para recuperarse. Y los acuerdos así obtenidos no hacen la paz, sino que agravan las muy graves tensiones entre padres.
ESTE PADRE SE OPONE A QUE ESOS FUNCIONARIOS, LETRADOS DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, PRESUNTAMENTE PERMITAN O COLABOREN EN ESTAS PRÁCTICAS DE LOS JUECES.
DESDE EL MOMENTO QUE UN SECRETARIO JUDICIAL O LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA ESTÁ EN UNA SALA DE VISTAS, PARA UN ACTO CONVOCADO POR ÉL, Y UNA VEZ QUE ESTÉ EL MINISTERIO FISCAL, CUANDO CORRESPONDA, ENTREN ABOGADOS Y PROCURADORES, Y PADRES CUANDO LEGALMENTE SEAN PARTE, Y ENTONCES SE SIGUE CON LO INDICA LA LEY. Y PUNTO.
Y SI UD. CONSIENTE OTRA COSA, SE ESTÁ VIOLANDO, PRESUNTAMENTE, LA LEY.
Se estima que es un presunto fraude procesal, del que muchos debieran sentir vergüenza. Pero yo le escribo sobre lo que corresponde, presuntamente, de responsabilidad de los Letrados de la Administración de Justicia.
Por cierto, también un funcionario que colabora en esto, también está violando la LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL. También debiera atenerse al acto convocado, y para llamar a todas las personas convocadas. A TODAS. Eso de la “obediencia debida”   al poderoso es sólo para el cumplimiento de las leyes procesales, y no para cuando S. Sª , presuntamente, se lo salta. ¿ Estamos de acuerdo ?. Se afea a ese funcionario su conducta ?. No manda S. Sª, sino la ley.
APODERAMIENTOS APUD ACTA Y TASACIÓN DE COSTAS
Segundo y tercer tema. Obligaciones de los Secretarios Judiciales o Letrados de la Administración de Justicia, con la información sobre poderes apud acta y Tasación de costas.
Se acaba de abrir una sede de la asociación de consumidores ADICAE, en Burgos. Organización que ha recibido millones de euros de subvenciones, que en sus contratos, que se pueden ver por internet, habla de un tema muy preocupante, en relación con sus asociados:
“ACEPTO que las costas judiciales impuestas a mi favor en caso de resolución favorable durante el procedimiento, al final del mismo o incluso mediante acuerdo transaccional, sean entregadas al abogado y procurador, como es habitual en la práctica judicial.”
Se adjuntan copias de contratos obtenidos por internet, en relación a reclamaciones de CLÁUSULA SUELO  (Boletín de actuaciones y costes judiciales) y PREFERENTES Y OTROS PRODUCTOS TÓXICOS (Boletín de costes judiciales para demanda individual).
Como es público y notorio, con motivo de reclamaciones a bancos y cajas de ahorros, por parte de diversos abogados y bufetes se está ofreciendo ir a pleitos, para, sin poner ni un euro, pagar después de dictar sentencia, o cantidades muy inferiores o simbólicas respecto a lo que luego se reclamará en tasación de costas.
Pues bien. No se va a hablar del papel de los Sres. Notarios, que parecen no haber existido en la firma de contratos de préstamos o créditos con garantía hipotecaria, ni de las ofertas vinculantes que firmaban los que solicitaban una facilidad crediticia para la compra de una vivienda. Se insiste, solicitaban, porque a nadie se le imponía una hipoteca, en una economía de mercado con multitud de viviendas a la venta y entidades financieras. No, pero sí de las presuntas responsabilidades, personales, de los señores SECRETARIOS JUDICIALES o LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Esto es lo que viene en  el Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, y en su artículo 5 (Funciones como titulares de la fe pública judicial)
“Corresponde a los Secretarios Judiciales el ejercicio de la fe pública judicial, con exclusividad y plenitud, no precisando de la intervención adicional de testigos. En el ejercicio de esta función
c) Autorizarán y documentarán el otorgamiento de poderes para pleitos, en los términos establecidos en las leyes procesales, debiendo informar en todo caso a los poderdantes del alcance del poder conferido en cada caso concreto.”
Y le digo esto, porque le cuento algunas de las cosas que aparecen en un apoderamiento apud acta para una demanda de divorcio:
“ejecuciones, secuestros, lanzamientos, subastas, liquidaciones, depósitos, posesión de bienes, administración, medidas de conservación, seguridad, prevención y garantía; ser defendidos en cualquiera de las fases del procedimiento penal, ya sea en fase de instrucción o de procedimiento abreviado, etc., etc………..; liquidaciones y tasaciones de costas, etc., etc.”
Casi un folio con temas que pueden corresponder a multitud de pleitos o procedimientos judiciales. Algo no le convence, a este lego en derecho, si se pide una demanda de divorcio. ¿ Es consciente la persona que firma que está concediendo poder para muchos pleitos ?.  ¿ No tendrán la misma responsabilidad de un notario que da fe de una escritura en que se hipoteca una vivienda ?. Porque  mucha gente no sabe lo que firma, según parece.
Y digo esto, porque conocimos un caso muy duro, en que un padre cumplió una pena de cárcel, pero a la mujer, en liquidación de gananciales, separación y divorcio,  como costas judiciales tuvo que pagar unos 100.000 euros, y cuando preguntó porqué tanto, la dijeron, es que Ud. ha promovido 42 actos judiciales, creo recordar. Más lo que pagaría a su abogado, que, por cierto, cambió. Y esos 100.000 euros que se embolsaron los abogados del hombre, no los había satisfecho, previamente, el padre de familia, sino unos 18.000 euros, aproximadamente, y nunca se le habló de que debería haber satisfecho los 100.000 euros que reclamaron a la mujer. (Datos aproximados del tema). Por tanto, salvo mejor información, los abogados se embolsaron los 100.000 euros de la mujer, más los 18.000 euros que había satisfecho el hombre. Menudo chollo de abogados.
Tengo claro que si ambas partes, hubieran satisfecho a sus abogados, lo que iba costando cada pleito, no se hubiera llegado a esa situación, en que a una mujer se la vendió lo fácil que es meter a un padre en la cárcel, pero pudo tener que pagar 200.000 euros en costas judiciales y pagos a su abogado (¿).
¿ De qué estamos hablando ?. De chollos de abogados, en incumplimiento de lo que, clarísimamente, indica la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su artículo 241 (Pago de las costas y gastos del proceso):
“1. Salvo lo dispuesto en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, cada parte pagará los gastos y costas del proceso causados a su instancia a medida que se vayan produciendo.”
Nos estamos encontrando que diversos abogados, por estos temas de reclamaciones al sector financiero, están ofreciendo el pleito, sin que a sus patrocinados, se les exijan sus “obligaciones” legales, pagar los gastos, y si gana en costas, ya lo recuperará. Primero se paga lo que luego se va a reclamar en costas. Lo dice la ley, no esta parte.
Y esto es “imprescindible” cuando se solicita tasación de costas, como lo demuestra el artículo 242 de la citada Ley de Enjuiciamiento Civil:
“2. La parte que pida la tasación de costas presentará con la solicitud los justificantes de haber satisfecho las cantidades cuyo reembolso reclame.”
Estamos ante unos hechos gravísimos. Unos pleitos que se hacen a espaldas de las auténticas partes en los procesos. Donde la parte real no es un ciudadano, sino un abogado y un procurador, que no tienen que dar cuenta ni a Dios ni al Diablo. Y en todo esto pueden haber presuntamente colaborado los Secretarios Judiciales o los Letrados de la Administración de Justicia, no informando de que pueden estar firmando como apoderamiento o  autorización para muchas apelaciones, muchos tipos de procedimientos judiciales y para un negocio que son de los abogados y procuradores, y no de los clientes.
Y estamos hablando de muchos millones de euros:

“Bankia calcula que pagará 350 millones solo en costas a abogados por sus líos judiciales

Carrera entre despachos por aprovechar la cadena de victorias de consumidores en reclamaciones por preferentes, la salida a bolsa de la entidad y las cláusulas suelo.”
Seguramente que no dependen de Ud. las fórmulas en la Administración de Justicia para atender la posible la avalancha de peticiones sobre cláusulas suelo u otros temas financieros, pero ya que los jueces pudieran presuntamente favorecer estos presuntos chollos de abogados y procuradores, en que podrían obligar a los clientes a pagar previamente todos los costos de sus procesos, con una simple fase podrían evitarse presuntos abusos: “Se condena en costas por las cantidades previamente satisfechas por la parte ganadora, conforme al  artículo 241.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con las limitaciones del artículo 242 y siguientes”, antes de exigir el reintegro de costas, que no se han pagado por la parte ganadora, sí que queda en sus manos el hacer ver a los Secretarios Judiciales o Letrados de la Administración de Justicia la necesidad de exigir presentar presupuestos previos por escrito dónde las legislaciones autónomas lo exigen, y el cumplimiento por los clientes de los plazos de pago contemplados, porque nunca lo que pueda tasar unColegio de Abogados o un Secretario Judicial oLetrado de la Administración de Justicia debiera superar el pago que realmente contrató el cliente con su abogado y procurador. Y mucho menos uno debiera pretender recuperar unos gastos que no ha pagado previamente, y ha firmado un poder notarial o un apoderamiento apud acta, por el cual desconoce qué es lo que realmente autoriza a hacer a su abogado y procurador. Y en esto deben informar correctamente tanto los Letrados de la Administración de Justicia, como lo señoresNotarios. ¿ Se viene haciendo ?. Porque muchísima gente no comprende los apud acta que yo he visto.
Espero haber explicado estos graves temas que presuntamente afectan al buen nombre y hacer de la fe pública judicial. Sí que le rogaría que si Ud. no se declara competente para estudiar este tema, y su posible transmisión a todos los que dependen de Ud., me lo comunique rápidamente, y si sí es competente, me informe de lo que piensa hacer. Muchas gracias.
La Administración de Justicia puede tener muchos problemas materiales, pero a los que abogados mal pagados por Uds., en Justicia Gratuita, nos piden castigos penales, expulsarnos de nuestras viviendas, separarnos de nuestros hijos, etc., etc. y pagar a abogados y procuradores para acudir a pleitos que no queremos, sólo nos queda exigirles a todos Uds. que se cumpla ley en todos sus términos.  Presuntos cachondeos, presuntas corruptelas y presuntos malos hábitos, en diversos estamentos de la Administración de Justicia, no son admisibles.
Atentamente,  Jesús AYALA CARCEDO.
 
P. D.-
Elimine la cláusula suelo de la hipoteca sin asumir gastos judiciales, tenemos la solución
“El precio de la demanda judicial son 990 euros abogado y procurador incluido.”
 ¿ Y si pide de costas judiciales una cantidad superior a lo que han pedido al cliente ?. ¿ Eso estarían permitiendo en tasación de costas los Letrados de la Administración de Justicia ?. Por cierto, desconozco si la actuación de las personas que ofrecen esto, con el teléfono 656 33 03 25, o contestando por internet, practicarían esto que reflexiono. Esto sólo se utiliza para explicar que presuntamente pudiera existir, en algunos casos, una obligación mínima de pago a abogados u procuradores, y luego se presenta una minuta y derechos del procurador por importe muy superior, sospechosamente acorde con las tablas de honorarios de los Iltres. Colegios de Abogados. Cantidades no contratadas ni pagadas por la parte ganadora en costas, que no son ni el abogado ni el procurador, pero que quedarían, presuntamente, en sus bolsillos.

ESPAÑA NECESITA A DONALD TRUMP, EXCMO. SR. MINISTRO CATALÁ: LOS HIJOS DEL ODIO.

La noticia, estos días, debiera ser: VEINTITANTOS MILLONES DE RESIDENTES EN ESPAÑA, CIUDADANOS O NO, VARONES, NO HEMOS MATADO A NINGUNA MUJER.
Todavía recuerdo visitando una región de Francia, donde hubo cátaros, que se me ocurrió leer un poco sobre ese tema. Hubo muchos muertos, como con las guerras de religión que hubo tiempo después y asolaron Europa. Pues bien, hubo una masacre en una población que se llama Béziers, y, en un momento en que se mataba a diestro y siniestro, a alguno de los masacradores se le ocurrió decir a su Jefe: Jefe, que a lo mejor estamos matando a gente que no habría que matar. Y el Jefe responde: Dios sabrá separar a los buenos de los malos.
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Ya sé que en las represalias, tipo nazi, que se van a ejecutar en España, porque algunos, que han matado a una mujer, los cuales suelen, bien matarse, o intentarlo, o se entregan voluntariamente, o los cogen a la media hora, las vamos a sufrir todos los ciudadanos varones desde el momento en que una mujer llame por teléfono. Lo cual ya viene sucediendo, pero con más saña si cabe.
Pero, me estoy desviando de lo que quería expresar en esta carta abierta, que no sé si llegará a sus manos, y tenga tiempo de leer. Pero bueno, ahí va esa reflexión: EL CÓDIGO PENAL NO HA SERVIDO PARA EVITAR ESAS MUERTES QUE TODOS CONDENAMOS Y RECHAZAMOS.
Pero tengo la seguridad, y me gustaría equivocarme, que nunca habrá una investigación seria de por qué y si se pudo evitarlo. Y los minutos de silencio no deben tapar un estudio sereno y público.
Sin embargo, sí quiero exponer algunas reflexiones sobre hombres y mujeres, sus amores y distanciamientos, y sus consecuencias sobre los hijos.
Porque lo dice la ley, y es la ley: NOS CASAMOS PORQUE NOS DA LA GANA Y NOS SEPARAMOS/DIVORCIAMOS PORQUE LO PERMITE LA LEY.
Y sobre esto nadie quiere reflexionar, y la única recomendación legal que dan Uds., todos Uds., los Señores Políticos, y su coro subvencionado es: MUJER, LLAMA AL 016.
No podemos aguantar más a unos dirigentes que OCULTAN:
  • Que no se producen separaciones/divorcios por causa de maltrato alguno, y ese argumento no se utiliza en los para decretar SEPARACIONES/DIVORCIOS.
  • Qué se oculte la cifra escandalosa de padres separados/divorciados que se están suicidando y hay una separación/divorcio entre las posibles causas.
  • El odio que crece en nuestros hijos hacia padres que no conocen, o hacia las propias madres a las cuales las venden la moto de que la causa de todos sus males pasados, presentes y futuros son causados por el hombre al que libremente han  escogido. No el paro o viviendas caras.
Pero, claro, ¿ qué podemos esperar de una España en que algunas mujeres, de estudios, no se enteran quién paga el Jaguar que aparece en el garaje, o quiénes pagan el chocolate de los cumpleaños, o que no se enteran de dónde sale el dinero de los palacetes con piscina ?.
Porque, oiga, yo no me opongo a que nadie se divorcie. Faltaría más, pero sí que me opongo a que se argumente otra cosa de: PORQUE ME LO PERMITE LA LEY.
Y es, a partir de ahí, donde digo: DEJE EL CÓDIGO PENAL Y VAMOS A PEDIR RESPONSABILIDADES  CUANDO ESO DE QUE LO HAGO PORQUE ME DA LA GANA Y ME LO PERMITE LA LEY, PERO ME QUEDO CON LA CASA, TÚ PAGAS LA HIPOTECA, Y CON LOS NIÑOS HAGO LO QUE ME SALE DE……
Porque, ¿ qué podemos esperar cuándo en casa no se puede hablar de lo que podemos gastar, de la educación de los hijos, y de lo difícil que es llegar a final de mes ?.
Porque, ¿ si en las casas de altas cunas, y en las casas de futuras ministras no se habla de eso, cómo puede funcionar una familia, una pareja, y un país ?.
Por favor, Excmo. Sr. Ministro Catalá: NO DÉ ARMAS QUE MATAN LA CONVIVENCIA, DÉJESE DEL CÓDIGO PENAL, Y “OBLIGUE A REFLEXIONAR CUANDO UNA SEPARACIÓN/DIVORCIO SE VA A PRODUCIR.”
Sé que me equivoco mucho, pero suelo reflexionar cuando un padre se acerca a nosotros. Le digo: EN ESTA SITUACIÓN, TÚ NO PUEDES EDUCAR A LOS HIJOS, A TUS HIJOS, A VUESTROS HIJOS.
Me gustaría equivocarme muchas veces en esto. Ojalá me haya equivocado muchas veces, pero que venga Dios y lo vea, porque lo que veo yo es que cuando se llega a estas situaciones, sin que haya norma judicial alguna: LA MADRE YA HACE LO QUE LA SALE DE NO SÉ DÓNDE. Como derecho divino, pues no sé si te mereces que te los deje este fin de semana. Y eso de dar a los niños con su ropita, su DNI y tarjeta sanitaria…….¡ Cómo se ríen de Janeiro.! Otras, ya con sentencia, les entregan si las da la gana. Pero que quiere que le diga, veo, siento mucho miedo en muchos padres, porque levantar la voz puede suponer que vengan varios policías o guardias civiles, pero no para poner paz, sino para detener al padre, que cree que la ley le ampara, que tiene derechos. Je, je……
¿ Y qué cree Ud. que está produciendo esta sociedad ?. Pues niños, jóvenes, adultos que llevan un trauma por estas situaciones legales, en que hay un trasfondo social importante. Mientras una llamada de una mujer suponga un hombre detenido, y un hombre fuera de su casa, así, porque Uds. las dan ese poder, los hijos pierden el amor y el respeto. Pero, ya sé que éste no es su problema. Tiene otros muchos.
Por cierto, no es que las mujeres se salten la ley a la torera, no, también los jueces. Le pongo dos ejemplos, lo dice el Código Civil, no yo:
  • Cuando un juez echa, expulsa, a un padre de familia a la calle, los artículos 94 y 103.1, DEBE indicar el lugar dónde el padre podrá comunicar con los hijos, menores no emancipados,  y tenerlos en su compañía. Ud. sabrá que se nos expulsa de nuestras propiedades, de las cuales muchos padres siguen pagando las hipotecas, ésas que ahora quiere regular, entre otros, ese Ministerio de Justicia, del cual Ud. es el máximo responsable. ¿ Por qué ninguna medida provisional, sentencia o lo que sea, indica que UD., Sr. PADRE, los ve y los tiene en la Plaza Mayor de su pueblo o ciudad ?.  ¿ No es su responsabilidad, Ilmo. Sr. Juez,  saber dónde va a dormir, no el padre, sino los hijos, cuando Ud. diga que los tenga el padre  que expulsa del domicilio familiar ?. Excmo. Sr. Ministro, se expulsa a millares de hombres a la puta calle, y perdone la expresión, todos los meses de todos los años.
  • Nos debemos preguntar todos los ciudadanos cómo hablando el artículo 93 de que el Juez, los Sres. Jueces, deben decir lo que pone el padre y lo que pone la madre, vienen indicando, SÓLO, lo que DEBE pagar el padre no custodio.
Por último, o casi,  Excmo. Sr. Ministro de Justicia, hablarle de la CUSTODIA COMPARTIDA. Cómo Ud. bien sabe, la única fórmula que IMPONE el ESTADO ESPAÑOL para casarse, libremente, con la persona de su elección, es hacerlo en IGUALDAD DE DERECHOS Y DEBERES.
Entonces, ¿dónde está el problema para que Ud. no salga en los medios de comunicación diciendo a los jueces, a las mujeres, a todo el personal ?: El PARTIDO POPULAR, conforme a su última reunión, o lo que sea, es partidario de la CUSTODIA COMPARTIDA, y yo como MINISTRO también soy partidario de la decisión mayoritaria  de los hombres y mujeres del PARTIDO POPULAR, y en el plazo de un mes SE PRESENTARÁ UNA LEY QUE FOMENTE Y FACILITE A LA INMENSA MAYORÍA DE LOS PADRES Y MADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS LA CUSTODIA COMPARTIDA, YA QUE EL ESTADO OBLIGA A LA IGUALDAD AL CONTRAER MATRIMONIO, y en todo tipo de unión entre hombres y mujeres.
Ni está ni se le espera. Y paciencia, mejor no reflexionarlo….. Sólo tenemos resignación, en un país aborregado. Pero ya les tocará a esos que salen a los minutos de silencio, o a sus hermanos, o a sus hijos….. si son hombres, que se den por fastidiados (hubiera querido  decirlo de otra manera, pero me contengo ?. Yo les diría menos minutos de demagogia y más de conocer las posibles causas, y ya no vale: las niñas son tontas y los hombres malos, porque sí.
Alguien, en un día de noviembre, hace muchos años, dijo: ESPAÑOLES (entonces no se decía españoles y españolas, o al revés): FRANCO HA MUERTO.
No hemos podido votar a DONALD TRUMP, pero creo que en CIEN DÍAS resuelve lo de los yankis, lo de los Sur, de California, de Florida, etc., etc. Él está vivo. Qué haga el favor de venir y legisle CUSTODIA COMPARTIDA YA, porque ni Ud. ni el PARTIDO POPULAR parecen tener prisa.
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Y, por supuesto, CUSTODIA COMPARTIDA, en que los niños se queden en casa, y los padres entran y salen, y se turnan.
Algunas dirán, pero eso es favorecer el maltrato. Eso no es racional. Pero, ¿ por qué nadie piensa que para separarse/divorciarse lo primero que hay que pensar es en dos viviendas, dos empleos, etc., en vez de llamar al 016?. ¿ En vez de facilitarlas abogado, darlas un empleo, y buscarlas una vivienda…. ?.
Piensen Uds. lo que quieran, su partido, los otros partidos y Ud., pero, mi deseo es que venga DONALD TRUMP a arreglar estos problemillas de familia, en que se promueve la denuncia, la detención, el expulsar al padre de la vivienda familiar, a los niños al odio, a un padre o a los dos.
Y, de vuelta, que se lleve las bases que hay en nuestro territorio, porque parece que el único enemigo somos los padres. Y, en cuanto a los enemigos para los que tenemos tanques, aviones y barcos, por favor, ¿ nos indican quiénes son ?.
Muerto el Pacto de Varsovia y el comunismo de la URSS, ¿ para qué queremos la OTAN, las bases americanas y pasear nuestras tropas por el extranjero ?. Cuando parece que no defienden nuestros aliados ni Ceuta, niMelilla ni las Islas Canarias.
Problemas para que los pensionistas cobremos nuestra pensión. Deudas de todas las administraciones subiendo y subiendo, el problema es salir del armario….
Por favor, ayuden a las parejas, a las familias a respetarse, a reflexionar, a ocuparse de sus hijos, a quererles y a educarles. Los padres de familia separados/divorciados no podemos educarles sin que se nos amenace sin control y responsabilidad de parte de las mujeres, esposas, parejas o madres.
Termino. ¿ Sabe lo que le digo ?. Visto lo visto, por favor, que venga Trump, a ver si pone la CUSTODIA COMPARTIDA EN MARCHA, con una mejor ley que lo existente,  pero tal como lo veo, qué tengan hijos los negros. Este no es un país ni para viejos, ni para padres, ni para ser hijo de padre separado/divorciado.
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Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

JUZGADO DE FAMILIA DE BURGOS: JUICIOS PÚBLICOS O JUICIOS A PUERTA CERRADA

ILMO. SR. JUEZ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 7 (FAMILIA)
JUZGADOS
BURGOS
Asuntos:  – CARTEL EN LA CRISTALERA DE LA SALA DE VISTAS DE ESE JUZGADO QUE SUPONEMOS PUESTO POR ORDEN DE LA ANTERIOR TITULAR DEL MISMO.
  • JUICIOS PÚBLICOS EN ESE JUZGADO O A PUERTA CERRADA MEDIANTE LA OPORTUNA PROVIDENCIA QUE EXIGE EL ARTÍCULO 754 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, O DECRETO DEL ARTÍCULO 138.2
Copia de este escrito se entrega al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal de Justicia de Castilla y León, Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de Burgos, los Ilmos. Decanos de los Iltres. Colegios de Abogados y Procuradores, Otros, así como a la opinión pública y medios de comunicación.
Burgos, 7 de octubre de 2.016
Ilmo. Sr.:
Ayer, día seis de octubre de 2.016, estuve en el edificio de los juzgados, y, al pasar por delante de la sala de vistas de su juzgado, vi que permanecía el cartel que se puso durante el mandato de la anterior  titular de ese juzgado, con competencias de familia. Concretamente está pegado en la cristalera de la entrada. Lo cual me causó extrañeza.
Cuando los temas de familia se llevaban en los diversos juzgados de primera instancia era normal que los juicios de divorcio, liquidaciones de gananciales, etc. fueran en vista pública.
Como Ud. puede comprobar, en dicho cartel, se transcriben los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil 754, 748 y 138.2, y los artículos de la Constitución Española 24 y 120.
En un momento dado, la anterior jueza, parece que dio instrucciones al funcionario que controla la entrada a la sala de vistas de que no pasaran más que los ciudadanos que fueran parte en los procesos, y los abogados y procuradores.
Por parte de diversos padres nos ha venido sido siendo manifestado que la anterior titular  de ese juzgado, según les transmitían sus abogados, prohibía la entrada al resto de ciudadanos, cuando había padres que hubieran deseado que en la sala de vista se encontraran familiares y amigos, notoriamente.
Ya en el lejano año de 2.005, y antes de que se promulgara la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, mediante Acuerdo Nº 14, de la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, en su reunión de 4 de febrero de 2.005, y siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Juan Carlos Suárez-Quiñones y Fernández, que fue Juez Decano de los Juzgados de León, antes de ser Subdelegado del Gobierno en León y Delegado del Gobierno en Castilla y León, siendo, en la actualidad, Consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, y a petición de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS “APFS”, sobre la posibilidad de que los juicios pudieran ser grabados por personas ajenas a la administración de justicia, en su punto quinto, manifestaba que al no ser una cuestión gubernativa y orgánica propia de la competencia de dicho órgano, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, conforme a los preceptos procesales citados en el citado acuerdo, exigiría un pronunciamiento del Juez o Presidente del Tribunal titular de dichas facultades en cada caso concreto realizando la ponderación de intereses constitucionales en juego en la forma señalada, no procediendo adoptar decisiones prohibitivas generales previas sino, repetimos, decisiones de restricción en el sentido argumentado en cada caso concreto y resolución motivada.
Aparte de notificar dicha resolución al Ilmo. Sr. Magistrado-Juez Decano de los Juzgados de Burgos, para su conocimiento y efectos oportunos, se añade: Se considera de interés general, a los efectos establecidos en el artículo 12.5 del Reglamento 1/2000, de los órganos de Gobierno de Tribunales, de 26 de julio, el contenido íntegro del presente acuerdo.
Con fecha 20 de noviembre de 2.012, manifesté mi deseo de asistir a una vista de liquidación de sociedad de gananciales, en el procedimiento LSG00008192012, a las doce horas. Se me impidió entrar, lo que trasladé al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Con fecha 17 de diciembre de 2.012, el Excmo. Sr. D. José Luis Concepción Rodríguez, en el punto tercero de su escrito, del Expediente queja nº 10/2012, manifestaba:
“Del informe emitido por el Magistrado-Juez del Juzgado Nº 7 de Burgos, se constata que es criterio general de la juzgadora la celebración de vistas y juicios correspondientes a materia específica de familia y al amparo del art. 754 de la LEC a puerta cerrada y con carácter reservado al afectar a cuestiones que inciden en el ámbito personal de las partes intervinientes, poniéndolo de manifiesto a las partes y Ministerio Fiscal en su caso y si éstos no manifiestan oposición declaro la firmeza de tal resolución.”
En la opinión de este humilde ignorante en derecho y muchas cosas más, salvo mejor criterio u opinión, debiera entrar en la sala el público, proponer que fuera a puerta cerrada, y en el momento de que “oralmente” declarara que fuera a puerta cerrada, desalojar la sala.
No corresponde a esta parte dudar de lo manifestado por la anterior titular de ese juzgado, pero no es eso lo que me han contado.
Para el firmante de este escrito, es un escarnio público que se ponga el artículo 24.1 de la Constitución Española en la vitrina de la sala de vistas, que dice:
“Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.”
Cuando, en Castilla y León, hay centenares de niños, en casa de acogida y similares, cuya guardia y custodia pertenece a ambos padres, y cuya patria potestad no se ha quitado al padre, sin que lo haya autorizado juez alguno.
Castilla y León, y Burgos en particular, necesita, en la humilde opinión de este firmante, que haya LUZ Y TAQUÍGRAFOS porque no es de recibo que leamos en diversos medios de comunicación, y, en particular, en Diario de Burgos, del jueves 21 de enero de 2.016, que se ha detenido a un marido porque una mujer le ha denunciado por CINCUENTA AÑOS DE MALTRATOS         .
Burgos debe saber que, tanto en ese juzgado especializado en temas de familia, como en el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer NO SE PRODUCE SEPARACIÓN O DIVORCIO ALGUNO EN QUE EL JUEZ CORRESPONDIENTE LO DECRETE POR MALTRATO ALGUNO. Y no fuera así, rogaría informara.
Sobre todo, cuando desde el año 1.981, no precisa ningún cónyuge pedir permiso alguno para dejar de convivir, si ése fuera el caso.
También, desde el año 2.005, por la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, y en su exposición de motivos, se indican cual es la causa de la separación o divorcio:
“Así, el ejercicio de su derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de esa voluntad expresada en su solicitud, ni, desde luego, de una previa e ineludible situación de separación.”
Asimismo, se indica cual es su misión, en estos casos:
“La intervención judicial debe reservarse para cuando haya sido imposible el pacto, o el contenido de las propuestas sea lesivo para los intereses de los hijos menores o incapacitados, o uno de los cónyuges, y las partes no hayan atendido a sus requerimientos de modificación. Sólo en estos casos deberá dictar una resolución en la que imponga las medidas que sean precisas.”
Se estima que no es un secreto para Ud. que se utiliza poco la mediación familiar. Siendo una pena que en BURGOS no haya mediación intrajudicial, y que muchos procedimientos se utilizan para amedrentar, con grandes costos en abogados y procuradores, cuando luego se discute un gasto extraordinario para los niños de algunas decenas de euros.
A ese juzgado se va a ejercer un derecho, entre otros cometidos, A EJERCER EL DERECHO A SEPARARSE O DIVORCIARSE, que no hay que JUSTIFICAR, Y MENOS AVERGONZARSE. Y que no depende del otro cónyuge. Es un derecho personal. Y si se nos obliga a contraer matrimonio en igualdad de derechos y deberes, cuando libremente lo contraemos, lo lógico es que se aplicara la CUSTODIA COMPARTIDA en la mayor parte los casos, criterio del Tribunal Supremo, como algo normal y deseable.        
Sin mayores argumentos, rogaría reflexionara sobre el mantener o no el cartel que se estima se puso por instrucciones concretas de la anterior titular de ese juzgado.
Y rogaría se nos impida a los ciudadanos, que somos corresponsables de las leyes y de las decisiones judiciales que toma  S. Sª, entrar en la sala de vistas, cuando haya dictado la oportuna providencia que se señala en el citado artículo 754 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, o el decreto que se indica en el artículo 138.2, PERO NO ANTES.
Agradeciendo el tiempo e interés que sabemos va a dedicar a este escrito, y esperando ajuste todas sus decisiones al estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente, muchas gracias. Atentamente.
 
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Se le adjuntan copia de los dos escritos del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN citados, así como del escrito del CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, de fecha 6 de febrero de 2.006, ref. 003731/2006, donde se indica respecto a una incidencia en el JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER NÚMERO 2 DE MADRID: le informamos de que la decisión del juez de denegar el acceso a la Sala de Vistas, debió pedir se le diera por escrito y motivado, para en su caso, recurrirla. Al ser un tema jurisdiccional no podemos intervenir.
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