NIÑOS DE BURGOS SIN DERECHOS

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En esta ocasión ofrecemos los comentarios de uno de nuestros asociados en relacción con una publicación en el Diario de Burgos:

El juez de Familia suspende los regímenes de visitas

Estimo que Diario de Burgos no estuvo acertado cuando, el pasado 23 de marzo de 2.020, afirmaba en un titular: EL JUEZ DE FAMILIA SUSPENDE LOS REGÍMENES DE VISITAS. Y les explico, lo que decretaba este juez de Burgos era, exclusivamente, respecto de los regímenes de visitas establecidos en resoluciones de su Juzgado de Familia. El problema es que los derechos de muchos otros niños estaban garantizados por otro juzgado de Burgos. Pero, aparte de eso, claramente, indicaba que, en caso de desacuerdo entre padres, previa consulta con el Ministerio Fiscal, era cuando establecería sus criterios. Es decir, que la madre que quisiera aplicar ese criterio, de no entregar los niños al padre, por el estado de alarma, tendría que acudir al juzgado.

 

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Esa incorrecta información de Diario de Burgos, que ha sido mal interpretada por madres separadas, ha dado pie a que muchas de ellas, sin pactar con el padre, se hayan tomado la justicia por su mano, y hayan decidido no entregar los niños a los padres, como garantizaban las sentencias.

Dichas acciones de esas madres separadas ahora conllevan unos gastos en abogados y procuradores, una vista judicial, y nuevas tensiones entre padres.

Si alguien no está de acuerdo con lo que se expone, se rogaría indicara los motivos, sobre todo cuando en el primer decreto del estado de alarma se contemplaba atender a los niños en el artículo 7.1.e: asistencia y cuidado a menores.

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UN PADRE SE QUEMA A LO BONZO-EL COSTO DE LA INJUSTICIA

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En más de una ocasión habrán podido leer Uds. mis comentarios sobre la justicia, y la justicia gratuita, que, en temas familiares, asimilo a violencia gratuita. Y lo hago desde  mi propia experiencia y el convencimiento de que no es en los juzgados dónde se debieran intentar resolver los temas familiares. Primero porque en nuestro derecho, en temas civiles, priman los acuerdos a la intervención del juez, y segundo porque el propio acceso al sistema judicial, en demasiados casos, en causa de violencia evitable, sobre todo cuando se usa y abusa de la denuncia.

Estos días, y ha pasado muy desapercibido en los medios de comunicación, ha ocurrido un hecho terrible; la auto inmolación de un padre desesperado en Andalucía.

Un hombre se ha prendido fuego a las puertas del Juzgado de Violencia de Género en Jaén capital, ubicado en la calle Las Minas.

Parece que detrás de esta acción desesperada está el sentimiento y la realidad de que a este hombre, y padre, tanto juicio le ha arruinado la vida.

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Desconociendo las causas concretas que hayan impulsado a este padre a este trágico suceso, les traslado la rabia de los posibles costos, no sólo emocionales, sino económicos, de una denuncia, no necesaria, de una mujer despechada. Sin adelantar cantidades, una simple detención conlleva gastos de abogado para atender en comisaría y ante el juzgado y luego el posible juicio penal, y su posible apelación. Con sueldos bajos, y sin derecho a justicia gratuita, eso supone mucho dinero para un hombre. Este padre es vigilante de seguridad. Y supongamos que a un hombre le ponen varias denuncias, y tiene que seguir pagando la hipoteca de la vivienda de la cual ha sido expulsado, y un alquiler para malvivir, etc., para luego tener que asumir costos de abogacía y procurador cuando no le salen las cuentas para llegar a final de mes.

En cambio, a la mujer la puede salir gratis. Como lo oyen, gratis, y si el hombre no es condenado, la mujer se va de rositas. Y a ellas el costo monetario de todo esto las puede salir gratis. Miren, por favor. ¿Cómo puede aceptar esto la abogacía?. Si una denuncia significa una víctima, ¿para qué se necesita un juicio?.

Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita.

“Artículo 2. Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.

Uno. Se añaden las siguientes letras al artículo 2:

«g) Con independencia de la existencia de recursos para litigar, se reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita, que se les prestará de inmediato, a las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos en aquellos procesos que tengan vinculación, deriven o sean consecuencia de su condición de víctimas, así como a los menores de edad y las personas con discapacidad psíquica cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato.

Este derecho asistirá también a los causahabientes en caso de fallecimiento de la víctima, siempre que no fuera el agresor.

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A los efectos de la concesión del beneficio de justicia gratuita, la condición de víctima se adquirirá cuando se formule denuncia o querella, o se inicie un procedimiento penal, por alguno de los delitos a que se refiere este apartado, y se mantendrá mientras permanezca en vigor el procedimiento penal o cuando, tras su finalización, se hubiere dictado sentencia condenatoria. El beneficio de justifica gratuita se perderá en caso de sentencia absolutoria firme o archivo firme del procedimiento penal, sin la obligación de abonar el coste de las prestaciones disfrutadas gratuitamente hasta ese momento.”

JUSTICIA DE FAMILIA:  MÁS JUECES O MENOS PLEITOS?

Ante tanto uso y abuso de denuncias, que no son necesarias para divorciarse, exigir, una vez más, que el que tenga justicia gratuita, que devuelva ese privilegio haciendo trabajos para la sociedad. Hay mucho viejecito que vive solo, y muchos niños que están solos en casa, mientras el único papá o mamá con el que conviven está trabajando.

Y si la abogacía quiere seguir cobrando cuatro monedillas por arruinar las economías familiares, allá ellos. Soy partidario de que los abogados cobren cantidades decentes, que no quieren pagar los políticos.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

P. D.- Desde estas líneas, desear que este padre supere estas terribles circunstancias.

BURGOS, LA CATÁSTROFE DE UN PAIS DE DENUNCIAS Y NO DE DIÁLOGO, CON TRASFONDO DE GRAVES PROBLEMAS SOCIALES

Sirva de ejemplo una muestra: Burgos. En los últimos tiempos, dos jueces de asuntos familiares han ocupado páginas en Diario de Burgos. Ambos con motivo de conferencias o ponencias que han dado.

Bien, el primero, el Juez de Familia, nos hablaba de que su juzgado estaba sobrecargado de trabajo, y que incluso tiene que dedicar tres días a la semana a regular tratamientos no voluntarios por vía psiquiátrica. Por ello, no es extraño que, cuando hace unos días, leía en la cartelera de vistas de juzgado, que se celebran a puerta cerrada, sin ningún documento que argumente la razón, caso a caso, viera que había juicios de parejas que tenían dos con poco tiempo de diferencia. Como parece que se hace en otros juzgados, se celebran en el mismo día medidas provisionales y medidas definitivas. Con lo cual, la finalidad de la ley, es papel mojado.
Tampoco extraña que, habitualmente, este juez invite a los abogados a entrar, sin sus clientes, a la sala de vistas, y salen con propuestas a los miembros de la pareja. En unos casos se aceptan, en otros no. Sistema que parece se emplea en muchos juzgados a lo largo y ancho de España.

No extraña que manifieste en la prensa que cuando se producen desplazamientos de menores a otras poblaciones o autonomías, sin acuerdo de ambos padres, que una posible respuesta judicial llegue con meses de retraso, cuando los niños ya se han habituado a otros ambientes. Y, como en el caso de Juana Rivas, se empadronan a niños en irregularidad. O que modificaciones de medidas puedan tardar dos años.
Todavía recuerdo, cuando hace años, un juez de familia, en un congreso de mediación familiar, decía que había casos de separaciones que terminaban en extrema violencia, o para acelerar trámites, actualmente, se pueda utilizar la denuncia para que se tomen medidas urgentes en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, y que, para acojonar al “malvado” cónyuge y padre, pase unanoche en la comisaría. Con una denuncia puede bastar. ¿ Quién pide perdón cuando el padre de familia luego sale absuelto o no condenado ?.

Por otra parte, la Jueza del citado Juzgado de Violencia sobre la Mujer, manifiesta su malestar porque el Estatuto de la Víctima tenga presupuesto cero, por lo que pudiera ser una mera declaración de intenciones.
¿ Para qué órdenes de protección cuando la temerosa víctima se acerca a la farmacia de debajo de la casa del malvado maltratador o a su tienda ?. Miedo o riesgo parece que no hay. O la encuentran en el coche del denunciado con el mismo.

Nos piden que denunciemos, que esa es nuestra obligación legal. Pues bien, esto que sigue pedí a la Junta de Castilla y León:
  • Número de ayudas dadas por esa administración autonómica con una certificación o informe de servicios sociales o sanitarios de esa administración pública, provinciales o locales durante el año 2.016, y que acredite la situación de maltrato de la mujer.
  • Número de denuncias ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, o Administración de Justicia, de los empleados o funcionarios públicos, o trabajando para las administraciones públicas, de esos servicios sociales o sanitarios indicados, ante la ausencia de denuncia de esas mujeres, ante esas instancias públicas, que han alegado maltratos para obtener ayudas económicas, pisos tutelados, casas de acogida, etc., o empleos en que se subvenciona al empleador.
Y, de lo que responden, destaco:
Primero, no informan de lo que se pedía:
Segundo, cuando a Uds. les exigen denunciar y denunciar, y con urgencia, ellos, los profesionales de los servicios sociales, parece que no tienen tanta prisa:
“Por ello, sin perjuicio de que la comunicación a la autoridad pueda aplazarse el tiempo imprescindible a fin de valorar los riesgos y poner en marcha los mecanismos de intervención y apoyo que estén a su disposición, esa comunicación es una obligación de los coordinadores y coordinadoras de caso y conocen y cumplen, pues la víctima y sus hijos tienen derecho a la incolumidad en todos los aspectos y a la protección que desde los servicios sociales puede y debe dispensársele antes actos que la pongan en peligro.”

Moraleja, qué denuncien ellos, ante un sistema mal engrasado. Si Ud. conoce algún posible caso de situaciones no correctas, deles la dirección de los juzgados, de la Policía o de los Servicios Sociales, y, entre todos ellos, que arreglen los problemas. Salvo caso de extrema urgencia, por supuesto, en que yo sería el primero.
En un país que no funciona, no recomienden lo que desconocen. Y este país no funciona. Lo dicen lo que llevan los juzgados de Burgos. Y si los servicios sociales no tienen prisa, Ud. tampoco.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. 18-2-2.018

P. D.- Sería bueno que la Junta de Castilla y León concrete el número de esas famosas denuncias de las que no indican cifra, y por quién. Por cierto, estos jueces no divorcian justificándolo por malos tratos. Si no fuera correcto, que lo indiquen.
Por otra parte, se estima que los servicios sanitarios sí pudieran denunciar con rapidez, lo que no hacen los servicios sociales, seguramente.

EMPADRONAMIENTO DE MENORES NO EMANCIPADOS: PETICIÓN DE CONOCER VUESTRAS EXPERIENCIAS

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El año pasado, en Burgos, ayudamos a dos compañeros en temas relacionados con niños de unos tres añitos y referidos al empadronamiento de los mismos.
En diciembre, nos llamaron del ayuntamiento en relación a este tema, en el cual  se estaba metiendo la Concejalía de la Mujer, en relación al documento DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA TRÁMITES PADRONALES CON MENORES, que permite empadronar sin presentar ninguna documentación de los niños, sobre su situación legal respecto a sus dos padres.
Han confeccionado un documento en que la cuarta parte lo dedican a temas de presunto maltrato.
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El año pasado, sobre este tema, hicimos unas cuantas gestiones. Entre ellas escribimos a Granada, en relación al empadronamiento de los hijos de Juana Rivas y su papá italiano, el que ella, Juana Rivas, eligió para ellos, libre y voluntariamente. Si esos niños no los hubiera empadronado el ayuntamiento de Maracena (Granada),  nos hubiéramos evitado todo lo que esa mujer ha organizado. Es decir que Juana Rivas debiera haber entregado documentación apropiada que no tenía.
La Jueza del Juzgado de Violencia sobre la Mujer, de Burgos,  sobre este tema, estima que el domicilio de los menores no emancipados está dentro de las competencias conjuntas de la PATRIA POTESTAD.
Es por ello que, para documentar mejor las gestiones que estamos haciendo, por lo que os rogamos nos contéis vuestras experiencias sobre el empadronamiento de vuestros hijos, para conocer cómo se empadrona en distintos ayuntamientos de España, respecto a hijos que no conviven con los dos padres, durante su minoría de edad.
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Estamos observando en distintas ciudades que el uso de la normativa vigente de empadronamiento:
En el caso de padres que no conviven (divorciado, separados u otros casos) y se conserva la patria potestad por los dos progenitores y no se pide ninguna documentación (sentencia judicial, convenio etc.) cuando se empadrona un menor por el progenitor que tiene la guardia y custodia. Los ayuntamientos tampoco recaban el consentimiento del otro progenitor y en muchos casos ni se enteran del cambio de ciudad. Podrías facilitarnos información de cómo actúan vuestros ayuntamientos a raíz de esta normativa de 2015 en los casos de empadronamiento de menores hijos de padres que no conviven para que por lo menos antes se hagan estas actuaciones:
*Antes de hacer cualquier cambio padronal de menores soliciten por los ayuntamientos a ambos progenitores: LA SITUACION LEGAL DEL MENOR.
*No se empadrone a un menor no emancipado sin ponerlo en conocimiento del otro, siempre que este no tenga ninguna limitación y tenga representación legal suficiente ostentando la patria potestad plena o compartida.
*En el resto de ámbitos de nuestra sociedad sea producido un avance en este sentido:
*Educación: Para matricular se exige resolución judicial, confirmación de vigor y las dos firmas además de duplicado de información del menor.
*Sanidad: Duplicado de tarjeta sanitaria del menor para atención primaria y hospitalaria y ante operaciones de salud firma de los dos progenitores.
*Tributario: Sentencia judicial exigida en el IRPF para cualquier desgravación de pensión de alimentos y gastos deducibles de los hijos.
Esperamos vuestros comentarios, bien poniendo un comentario en esta página:
bien en el correo:
feretojesus@yahoo.es
Como siempre, muchas gracias.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. 16-1-2.018
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DIVORCIO: ¿ QUIÉN SE LO DICE A LOS NIÑOS ?

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Bueno, esto sería en una situación normal, o casi. Por supuesto, esto también vale para separaciones, sin más, de dos padres que conviven juntos, sin estar casados, inscritos en un registro de parejas de hecho, o sin estar registrados en ninguno.
Independientemente del posible papeleo, ya saben, juzgado/s, registro de parejas de hecho, u otros trámites, habiendo niños o jóvenes, de esos que legalmente hay que citarlos como menores no emancipados, o ya emancipados, y mayores de edad, dependan o no de ambos padres, en algún momento, digo yo, habrá que decírselo, incluso a otros familiares, amigos, etc.
Pero, no nos salgamos del guión, niños o jóvenes, menores no emancipados. Me ha parecido leer, hace algún tiempo, y creo recordar que en el campo de la psicología, o las ciencias sociales, que lo ideal sería que ambos padres, con las ideas claras, conjuntamente, se lo explicaran a los niños, para darles seguridades y quitarles temores.
En demasiados casos, está situación, uno de los padres, normalmente el padre, empieza a enterarse y comprenderlo cuando, después de una o dos noches en un calabozo, previa denuncia y detención, en un juzgado, normalmente de Violencia sobre la Mujer, empieza a saber que existe el Código Penal, que hay órdenes de protección, y que del juzgado sale a la calle, y que a su casa no puede volver.
En otros casos, se entera, el otro u otra, que su pareja quiere poner fin a la relación, por la carta de un abogado, o por la recepción de una demanda judicial.
Volvamos a lo más racional y menos policial y judicial, se lo dice a la pareja o cónyuge, y no se lo ha dicho aún a los niños. ¿ Qué hacemos ?. ¿ Lo arreglamos primero y luego se lo decimos ?.
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En mi modesta opinión, quién tiene que decirselo a los niños es la persona que ha decidido, no romper la familia, o la relación, sino ejercer su derecho, personal, de separación/divorcio. Y lo digo porque, aunque en otros casos sea una decisión compartida por ambos, cuando es uno solo de los dos el que quiere salir de la relación o matrimonio, es el que debería informar  de su decisión a los hijos comunes. Qué lo haga en presencia del otro padre, estupendo, pero que quede claro quién desea ejercer ese derecho y esa decisión legal. Y explicarlo como tal.
Se recuerda que, con menores no emancipados, lo tiene que decretar un juez, cuando existe el vínculo matrimonial, y el que lo solicita o pide tiene que acudir al juzgado, pero la otra parte, no necesariamente, tiene que acudir al juzgado, otra cosa es que ello pueda perjudicar sus personales y respetables intereses.
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Y una cosa es que el que no desea la separación/divorcio acceda a las posibles consecuencias que se pudieran negociar, aceptar, o imponer, pero debiera quedar claro que nunca se debiera imponer, ni por el padre que lo desea, una separación/divorcio de mutuo acuerdo, ni por abogado alguno, sino, en el mejor de los casos, presentarlo, siempre, como separación/divorcio pedido por uno con el consentimiento del otro.
Separarse/divorciarse es un derecho, pero que quede claro, antes los hijos, familiares, amigos, y la sociedad, y en las sentencias, quién lo pide. Imponer un mutuo acuerdo cuando debiera ser una separación/divorcio pedido por uno con el consentimiento del otro, se asemeja a una violación del derecho y de la verdad.
Esto es hipotético, en muchos casos, pero ahí queda.
Pero se insiste, una vez más, que en España no se decretan separaciones/divorcios en que el juez de turno lo decrete por malos tratos, sino como ejercicio legal de su derecho a estar o no estar dónde no se quiere y con quién no se quiere.
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Ahora van y se lo cascan, a los hijos.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.A.-BURGOS.

¿ GARANTIZA LA FE PÚBLICA JUDICIAL LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS ?

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ILMO. SECRETARIO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
MINISTERIO DE JUSTICIA
C/ San Bernardo, 19
28.015 MADRID
 
Asunto: PRESUNTAS GRAVÍSIMAS IRREGULARIDADES CONSENTIDAS POR SECRETARIOS JUDICIALES O LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, QUE PUDIERAN ENSOMBRECER SU REPUTACIÓN DE INDEPENDENCIA  FRENTE  A JUECES Y ABOGADOS, E INCLUSO ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES COMO ADICAE, NOTORIAMENTE, PRESUNTAMENTE EN CONTRA DE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y DE LA LEY,  EN TEMAS COMO APODERAMIENTOS APUD ACTA, VISTAS JUDICIALES EN JUZGADOS DE FAMILIA Y TASACIÓN DE COSTAS.
 
Burgos, 16 de marzo de 2.017
 
Ilmo. Sr.:
Siento mucho los problemas materiales que tienen los jueces, secretarios judiciales, fiscales, funcionarios, etc., de la Administración de Justicia, bien de comunidades autonómicas con competencias transferidas, bien de las comunidades autonómicas todavía dependientes del Gobierno de España. Lo siento. El martes catorce de marzo de dos mil diecisiete,  funcionarios de los juzgados de Burgos, Ilmo. Sr. fiscal jefe de Burgos,  Ilmo. Sr. Decano del Iltre. Colegio de Procuradores de Burgos, abogados, etc., se manifestaban delante de su edificio protestando por el mal funcionamiento del sistema electrónico que manejan. Sí, lo siento mucho, pero, los ciudadanos, padres de familia que acudimos, contra nuestra voluntad, en muchos casos, para que se nos expulse de la vivienda familiar, se nos aparte en desigualdad de nuestros hijos, o se nos implique en un procedimiento judicial que pueda suponer cárcel u otro castigo, pues quizá tengamos problemas mucho mayores. Pero sí alguien quiere que vayamos, contra nuestra voluntad, a laAdministración de Justicia, es exigible que todo funcione como la seda, y con todas las garantías, y no faltando presuntamente algunas, cuando hasta se nos impide hablar libremente, como ciudadanos y padres, porque eso nos crea muchos traumas. Y a mí, personalmente, se me han violado muchos derechos que vienen en las leyes, en juicios que yo no he pedido, así como a mi hija, y no achacables a la peticionaria, o peticionarios, como Ministerio Fiscal, o Concejala de la Mujer del Ayuntamiento de Burgos o persona responsable de temas de violencia de género, doméstica, etc., de laSubdelegación del Gobierno en Burgos.
Y es en mi condición de ciudadano, padre de familia, antiguo delegado sindical, empleado de banca jubilado, ahorrador, pequeño accionista del banco en que trabajé, y delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS, por lo que me dirijo a Ud., en la creencia de que cumplirá sus obligaciones, haciendo cumplir las suyas a los secretarios judiciales de toda España, o, como se les llama ahora: LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Y rogaría que empezara por los de Burgos. Y esto por lo que se contempla en  el Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, y  en su artículo 13.3) (Ordenación jerárquica):
En la estructura del Ministerio de Justicia existirá un órgano encargado de la dirección y coordinación de los Secretarios de Gobierno y del resto de Secretarios Judiciales, cuyo titular se denominará Secretario General de la Administración de Justicia.”
Pues bien, sobre tres temas quiero hablarle, para exigirle que se cumpla la ley, sólo la ley y nada más que la ley. La ley es dura, pero es la ley.
 
CONVOCATORIA DE COMPARECENCIAS EN EL JUZGADO DE FAMILIA, POR EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
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Empecemos por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Burgos, con competencias de Familia. Tanto la anterior titular, como el actual, y con la presunta cobardía de los abogados de Burgos, impiden que los ciudadanos de Burgos, y del resto del Estado Español, podamos acceder a su sala de vistas, sin que ningún documento firmado por el titular del mismo nos sea mostrado, privándonos de ese derecho constitucional. Dirá que ese problema no es de su competencia. Bueno. Pero, sigamos. Muchos padres, junto con sus abogados y procuradores, son convocados para asistir a vistas por diversos procedimientos de familia. Hasta ahí, nada que objetar. Es de suponer que se hace en virtud de los artículos 771 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
“A la vista de la solicitud, el Secretario judicial citará a los cónyuges y, si hubiere hijos menores o incapacitados, al Ministerio Fiscal, a una comparecencia en la que se intentará un acuerdo de las partes, que señalará el Secretario judicial y que se celebrará en los diez días siguientes. A dicha comparecencia deberá acudir el cónyuge demandado asistido por su abogado y representado por su procurador.”
Sigamos leyendo, para ver en qué consiste la vista:
“En el acto de la comparecencia a que se refiere el apartado anterior, si no hubiere acuerdo de los cónyuges sobre las medidas a adoptar o si dicho acuerdo, oído, en su caso, el Ministerio Fiscal, no fuera aprobado en todo o en parte por el Tribunal, se oirán las alegaciones de los concurrentes y se practicará la prueba que éstos propongan y que no sea inútil o impertinente, así como la que el Tribunal acuerde de oficio. Si alguna prueba no pudiera practicarse en la comparecencia, el Secretario judicial señalará fecha para su práctica, en unidad de acto, dentro de los diez días siguientes.”
Se habla de la obligatoriedad de la asistencia del Ministerio Fiscal, cuando haya hijos menores no emancipados, etc. Todavía recuerdo que hace pocos años, un famoso abogado de familia, Sr. Zarraluqui, padre, en la prensa, indicaba que no era infrecuente que no asistiera dicho representante y presunto defensor de los derechos personales nuestros hijos, menores no emancipados,  como ocurrió, en su día, con mi hija. Esto ocurrió, en la provincia de Palencia, en el verano pasado. En una audiencia por un tema penal, en que podían haberse adoptado medidas civiles a favor de varios niños, no estuvo. Y eso creó violencia.
Pero, concentrémonos en lo que pasa en el Juzgado de Familia de Burgos. Está claro para qué convoca el Secretario Judicial o Letrado de la Administración de Justicia: para una vista judicial y nada más. Pues bien. S. Sª manda que entren, sólo, los abogados. Se desconoce de qué hablan, y luego salen y FUERZAN un acuerdo entre los padres, cada abogado a su representado, en muchos casos. Otras veces se entra en sala a celebrarlas conforme el ordenamiento jurídico vigente, al resistirse uno o los dos padres a las tremendas presiones a que se les somete. Es inhumano, que en unos minutos se fuercen acuerdos por temas gravísimos, cuando está prohibida la MEDIACIÓN FAMILIAR si uno de los padres no quiere.
A mí, personalmente, me parece muy bien que S. Sª explore con los abogados posibles acuerdos, pero sólo si él convoca a los abogados a su despacho, y preferiblemente, cuando ambas partes tienen ya nombrados los abogados correspondientes, y días antes de la vista.
Conclusión de éste no experto en derecho: EL SECRETARIO JUDICIAL o LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA está presuntamente permitiendo algo que no contempla el ordenamiento jurídico vigente, en lo que, presuntamente, no debiera participar. Las consecuencias de todo esto es que los padres, cuando en unos minutos, y bajo fortísimas presiones, acceden a acuerdos, de los cuales luego se quejan, terminan precisando ayuda de psiquiatras o psicólogos para recuperarse. Y los acuerdos así obtenidos no hacen la paz, sino que agravan las muy graves tensiones entre padres.
ESTE PADRE SE OPONE A QUE ESOS FUNCIONARIOS, LETRADOS DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, PRESUNTAMENTE PERMITAN O COLABOREN EN ESTAS PRÁCTICAS DE LOS JUECES.
DESDE EL MOMENTO QUE UN SECRETARIO JUDICIAL O LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA ESTÁ EN UNA SALA DE VISTAS, PARA UN ACTO CONVOCADO POR ÉL, Y UNA VEZ QUE ESTÉ EL MINISTERIO FISCAL, CUANDO CORRESPONDA, ENTREN ABOGADOS Y PROCURADORES, Y PADRES CUANDO LEGALMENTE SEAN PARTE, Y ENTONCES SE SIGUE CON LO INDICA LA LEY. Y PUNTO.
Y SI UD. CONSIENTE OTRA COSA, SE ESTÁ VIOLANDO, PRESUNTAMENTE, LA LEY.
Se estima que es un presunto fraude procesal, del que muchos debieran sentir vergüenza. Pero yo le escribo sobre lo que corresponde, presuntamente, de responsabilidad de los Letrados de la Administración de Justicia.
Por cierto, también un funcionario que colabora en esto, también está violando la LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL. También debiera atenerse al acto convocado, y para llamar a todas las personas convocadas. A TODAS. Eso de la “obediencia debida”   al poderoso es sólo para el cumplimiento de las leyes procesales, y no para cuando S. Sª , presuntamente, se lo salta. ¿ Estamos de acuerdo ?. Se afea a ese funcionario su conducta ?. No manda S. Sª, sino la ley.
APODERAMIENTOS APUD ACTA Y TASACIÓN DE COSTAS
Segundo y tercer tema. Obligaciones de los Secretarios Judiciales o Letrados de la Administración de Justicia, con la información sobre poderes apud acta y Tasación de costas.
Se acaba de abrir una sede de la asociación de consumidores ADICAE, en Burgos. Organización que ha recibido millones de euros de subvenciones, que en sus contratos, que se pueden ver por internet, habla de un tema muy preocupante, en relación con sus asociados:
“ACEPTO que las costas judiciales impuestas a mi favor en caso de resolución favorable durante el procedimiento, al final del mismo o incluso mediante acuerdo transaccional, sean entregadas al abogado y procurador, como es habitual en la práctica judicial.”
Se adjuntan copias de contratos obtenidos por internet, en relación a reclamaciones de CLÁUSULA SUELO  (Boletín de actuaciones y costes judiciales) y PREFERENTES Y OTROS PRODUCTOS TÓXICOS (Boletín de costes judiciales para demanda individual).
Como es público y notorio, con motivo de reclamaciones a bancos y cajas de ahorros, por parte de diversos abogados y bufetes se está ofreciendo ir a pleitos, para, sin poner ni un euro, pagar después de dictar sentencia, o cantidades muy inferiores o simbólicas respecto a lo que luego se reclamará en tasación de costas.
Pues bien. No se va a hablar del papel de los Sres. Notarios, que parecen no haber existido en la firma de contratos de préstamos o créditos con garantía hipotecaria, ni de las ofertas vinculantes que firmaban los que solicitaban una facilidad crediticia para la compra de una vivienda. Se insiste, solicitaban, porque a nadie se le imponía una hipoteca, en una economía de mercado con multitud de viviendas a la venta y entidades financieras. No, pero sí de las presuntas responsabilidades, personales, de los señores SECRETARIOS JUDICIALES o LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Esto es lo que viene en  el Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, y en su artículo 5 (Funciones como titulares de la fe pública judicial)
“Corresponde a los Secretarios Judiciales el ejercicio de la fe pública judicial, con exclusividad y plenitud, no precisando de la intervención adicional de testigos. En el ejercicio de esta función
c) Autorizarán y documentarán el otorgamiento de poderes para pleitos, en los términos establecidos en las leyes procesales, debiendo informar en todo caso a los poderdantes del alcance del poder conferido en cada caso concreto.”
Y le digo esto, porque le cuento algunas de las cosas que aparecen en un apoderamiento apud acta para una demanda de divorcio:
“ejecuciones, secuestros, lanzamientos, subastas, liquidaciones, depósitos, posesión de bienes, administración, medidas de conservación, seguridad, prevención y garantía; ser defendidos en cualquiera de las fases del procedimiento penal, ya sea en fase de instrucción o de procedimiento abreviado, etc., etc………..; liquidaciones y tasaciones de costas, etc., etc.”
Casi un folio con temas que pueden corresponder a multitud de pleitos o procedimientos judiciales. Algo no le convence, a este lego en derecho, si se pide una demanda de divorcio. ¿ Es consciente la persona que firma que está concediendo poder para muchos pleitos ?.  ¿ No tendrán la misma responsabilidad de un notario que da fe de una escritura en que se hipoteca una vivienda ?. Porque  mucha gente no sabe lo que firma, según parece.
Y digo esto, porque conocimos un caso muy duro, en que un padre cumplió una pena de cárcel, pero a la mujer, en liquidación de gananciales, separación y divorcio,  como costas judiciales tuvo que pagar unos 100.000 euros, y cuando preguntó porqué tanto, la dijeron, es que Ud. ha promovido 42 actos judiciales, creo recordar. Más lo que pagaría a su abogado, que, por cierto, cambió. Y esos 100.000 euros que se embolsaron los abogados del hombre, no los había satisfecho, previamente, el padre de familia, sino unos 18.000 euros, aproximadamente, y nunca se le habló de que debería haber satisfecho los 100.000 euros que reclamaron a la mujer. (Datos aproximados del tema). Por tanto, salvo mejor información, los abogados se embolsaron los 100.000 euros de la mujer, más los 18.000 euros que había satisfecho el hombre. Menudo chollo de abogados.
Tengo claro que si ambas partes, hubieran satisfecho a sus abogados, lo que iba costando cada pleito, no se hubiera llegado a esa situación, en que a una mujer se la vendió lo fácil que es meter a un padre en la cárcel, pero pudo tener que pagar 200.000 euros en costas judiciales y pagos a su abogado (¿).
¿ De qué estamos hablando ?. De chollos de abogados, en incumplimiento de lo que, clarísimamente, indica la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su artículo 241 (Pago de las costas y gastos del proceso):
“1. Salvo lo dispuesto en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, cada parte pagará los gastos y costas del proceso causados a su instancia a medida que se vayan produciendo.”
Nos estamos encontrando que diversos abogados, por estos temas de reclamaciones al sector financiero, están ofreciendo el pleito, sin que a sus patrocinados, se les exijan sus “obligaciones” legales, pagar los gastos, y si gana en costas, ya lo recuperará. Primero se paga lo que luego se va a reclamar en costas. Lo dice la ley, no esta parte.
Y esto es “imprescindible” cuando se solicita tasación de costas, como lo demuestra el artículo 242 de la citada Ley de Enjuiciamiento Civil:
“2. La parte que pida la tasación de costas presentará con la solicitud los justificantes de haber satisfecho las cantidades cuyo reembolso reclame.”
Estamos ante unos hechos gravísimos. Unos pleitos que se hacen a espaldas de las auténticas partes en los procesos. Donde la parte real no es un ciudadano, sino un abogado y un procurador, que no tienen que dar cuenta ni a Dios ni al Diablo. Y en todo esto pueden haber presuntamente colaborado los Secretarios Judiciales o los Letrados de la Administración de Justicia, no informando de que pueden estar firmando como apoderamiento o  autorización para muchas apelaciones, muchos tipos de procedimientos judiciales y para un negocio que son de los abogados y procuradores, y no de los clientes.
Y estamos hablando de muchos millones de euros:

“Bankia calcula que pagará 350 millones solo en costas a abogados por sus líos judiciales

Carrera entre despachos por aprovechar la cadena de victorias de consumidores en reclamaciones por preferentes, la salida a bolsa de la entidad y las cláusulas suelo.”
Seguramente que no dependen de Ud. las fórmulas en la Administración de Justicia para atender la posible la avalancha de peticiones sobre cláusulas suelo u otros temas financieros, pero ya que los jueces pudieran presuntamente favorecer estos presuntos chollos de abogados y procuradores, en que podrían obligar a los clientes a pagar previamente todos los costos de sus procesos, con una simple fase podrían evitarse presuntos abusos: “Se condena en costas por las cantidades previamente satisfechas por la parte ganadora, conforme al  artículo 241.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con las limitaciones del artículo 242 y siguientes”, antes de exigir el reintegro de costas, que no se han pagado por la parte ganadora, sí que queda en sus manos el hacer ver a los Secretarios Judiciales o Letrados de la Administración de Justicia la necesidad de exigir presentar presupuestos previos por escrito dónde las legislaciones autónomas lo exigen, y el cumplimiento por los clientes de los plazos de pago contemplados, porque nunca lo que pueda tasar unColegio de Abogados o un Secretario Judicial oLetrado de la Administración de Justicia debiera superar el pago que realmente contrató el cliente con su abogado y procurador. Y mucho menos uno debiera pretender recuperar unos gastos que no ha pagado previamente, y ha firmado un poder notarial o un apoderamiento apud acta, por el cual desconoce qué es lo que realmente autoriza a hacer a su abogado y procurador. Y en esto deben informar correctamente tanto los Letrados de la Administración de Justicia, como lo señoresNotarios. ¿ Se viene haciendo ?. Porque muchísima gente no comprende los apud acta que yo he visto.
Espero haber explicado estos graves temas que presuntamente afectan al buen nombre y hacer de la fe pública judicial. Sí que le rogaría que si Ud. no se declara competente para estudiar este tema, y su posible transmisión a todos los que dependen de Ud., me lo comunique rápidamente, y si sí es competente, me informe de lo que piensa hacer. Muchas gracias.
La Administración de Justicia puede tener muchos problemas materiales, pero a los que abogados mal pagados por Uds., en Justicia Gratuita, nos piden castigos penales, expulsarnos de nuestras viviendas, separarnos de nuestros hijos, etc., etc. y pagar a abogados y procuradores para acudir a pleitos que no queremos, sólo nos queda exigirles a todos Uds. que se cumpla ley en todos sus términos.  Presuntos cachondeos, presuntas corruptelas y presuntos malos hábitos, en diversos estamentos de la Administración de Justicia, no son admisibles.
Atentamente,  Jesús AYALA CARCEDO.
 
P. D.-
Elimine la cláusula suelo de la hipoteca sin asumir gastos judiciales, tenemos la solución
“El precio de la demanda judicial son 990 euros abogado y procurador incluido.”
 ¿ Y si pide de costas judiciales una cantidad superior a lo que han pedido al cliente ?. ¿ Eso estarían permitiendo en tasación de costas los Letrados de la Administración de Justicia ?. Por cierto, desconozco si la actuación de las personas que ofrecen esto, con el teléfono 656 33 03 25, o contestando por internet, practicarían esto que reflexiono. Esto sólo se utiliza para explicar que presuntamente pudiera existir, en algunos casos, una obligación mínima de pago a abogados u procuradores, y luego se presenta una minuta y derechos del procurador por importe muy superior, sospechosamente acorde con las tablas de honorarios de los Iltres. Colegios de Abogados. Cantidades no contratadas ni pagadas por la parte ganadora en costas, que no son ni el abogado ni el procurador, pero que quedarían, presuntamente, en sus bolsillos.

SR. RAJOY, LLAME LA ATENCIÓN A Dª ALBA CARRILLO

Excmo. Sr. Presidente del Gobierno del Estado Español, D. MARIANO RAJOY BREY:
Con ella llegó el escándalo. Así como con otras personas del mundo del espectáculo y del famoseo. Sin embargo, en bien de la convivencia, los ciudadanos y residentes en este país merecemos que Ud. ponga los puntos sobre las íes, a una mujer que larga en la prensa, televisión y otros medios de comunicación lo que no la exigimos en el juzgado. Le hablo de una mujer, famosa, sobre todo, por sus parejas. Una tal Dª ALBA CARRILLO, que nos tiene en vilo con sus reflexiones en voz alta, desde hace meses, sobre lo que piensa del matrimonio y su cónyuge, si es que aún no están divorciados.
Ahí va una perla de esta señora:
“No concibo eso dentro de un matrimonio”,
Cuando las cabezas pensantes del bien y mal, sobre relaciones libres entre hombres y mujeres, de este país, se escandalizan cuando un lugar de ocio ofrece dar 100 euros a mujeres por ir sin bragas a su local, o alguna asociación de consumidores llama la atención pública sobre disfraces de enfermeras sexys, para niñas, para estos carnavales, esta joven mujer y madre, está lanzando mensajes que crean violencia en las libres relaciones entre hombres y mujeres.
Y digo esto porque, sobre el matrimonio, el estado que Ud. dirige no da libro de instrucciones, ni una copia de los tres artículos del Código Civil que se leen cuando una mujer, como esta, contrae libremente matrimonio, sin que fuera necesario, para ser felices, mantener relaciones sexuales, tener hijos, ir de vacaciones, etc., etc. Y, lo que es más importante, fue ella la que ella eligió a su cónyuge, no los demás. No faltaría más que la hubiéramos puesto pegas para casarse. Fue ella solita la que dijo sí.
Y esto viene en relación a la última intervención de esta señora en una televisión a hora de mucha audiencia. Y lo que no puede hacer esta señora es decir, o razonar, lo que no la exigimos para divorciarse, fuera iniciativa de su cónyuge, de ella o de los dos.
Y es muy grave que los juicios de separación/divorcio no suelan ser en vista pública, responsabilidad normalmente de los jueces, que ni se molestan en justificar, y una señora como esta filosofe sobre ella, el hombre que libremente escogió y sobre lo que debe ser, según ella, el matrimonio.
Y no. No debemos permitir que se despelleje a un hombre, en su ausencia, en un programa como esos de los que están llenos nuestras televisiones. Y, obviamente, en esto tienen grandes responsabilidades, tanto el medio de comunicación, que paga por desprestigiar a un hombre, como la abogada y el o la representante de esta mujer.
Y no vale que si alguien se siente ofendido, tiene los tribunales para lo que desee. No, Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de España, D. Mariano Rajoy Brey, esta mujer, y todas las de este país, se divorcian sin que juez alguno, empezando por los de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, lo decreten por causa alguna, sino que lo hacen por los tres meses, o más, transcurridos desde que libremente contrajeron matrimonio. Y, desde el segundo cero, no precisaron ninguno de los cónyuges autorización o justificación alguna para dejar de convivir.
Éstas, y no otras, son las reglas del juego. Y eso parece que no lo sabe, o no se lo ha querido decir su abogada a esta señora (¿), y parece que hay muchos miles de mujeres, como la que hace un año denunció a un hombre de 75 años, en Burgos, alegando CINCUENTA AÑOS DE MALTRATO, que fue detenido, que dicen o alegan desconocerlo.
Entre las mujeres que no saben cómo se compran las cosas en casa, ni lo que hace su cónyuge para ganar dinero, se está dando un mal ejemplo, y una mala información, a muchas mujeres que no están a gusto con el hombre que libremente eligieron, y que la única orientación legal que se las da es: MUJER LLAMA AL 016 Y DENUNCIALE.
Y ya está bien que todos los hombres de este país seamos presuntos culpables cuando una mujer llama por teléfono, y que por nuestros genes somos malos desde nuestro nacimiento.
No, tenga Ud. la valentía de decir a los mujeres de este país que se endeuda cada día más: MUJER, SI NO ESTÁS A GUSTO CON EL HOMBRE QUE LIBREMENTE HAS ESCOGIDO, PUEDES DEJAR DE CONVIVIR CON ÉL DESDE ESTE MISMO SEGUNDO.
Y Ud. resolverá el gravísimo problema del pueblo español: la violencia de género, doméstica, matrimonial y patriarcal, etc. Y UD. TENDRÁ UN GRAVE PROBLEMA SOCIAL.
Porque leyes, nos sobran. Y el que una mujer como ésta vaya largando basura contra el hombre que accedió a contraer matrimonio con ella, HACE QUE ESTE PAÍS SEA UN PAÍS DE MIERDA, Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de España, D. MARIANO RAJOY BREY. La mierda que está largando esta señora, y otras muchas para justificar lo que no exige la ley justificar.
QUÉ SE LARGUEN YA ESAS MUJERES, PERO QUE SE MUERDAN LA LENGUA Y NO LARGUEN.
Rajoy subraya que el gran pacto de Estado contra la violencia de género «ha empezado a cobrar forma»
Sin que Ud. informe a todas esas mujeres, a las cuales dedica sus pactos y el presupuesto público, de que no necesitan justificar el dejar la convivencia, y que aquí a ninguna mujer divorcian por causa de maltrato los jueces, sino, simplemente, porque lo piden, se está malgastando tiempo y dinero, de lo cual andamos mal.
Esta mujer merece un reproche de su parte. Lo mismo que su abogada, que su representante, que el presentador de televisión, que la cadena de televisión.
Salga Ud. con la ley en la mano, en la misma televisión, y diga, Dª Alba Carrillo, el hombre y el matrimonio, lo eligió Ud. y ni un solo segundo no deseado la impusimos con ese hombre. Que lo sepan todas las mujeres deEspaña.
Punto final, Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de España, D. Mariano Rajoy Brey. Pare Ud. toda la mierda, pagada,  que se vierte en las televisiones. Defienda Ud. a un hombre, como un hombre. Ya me entiende. Gracias.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Desconozco si esto le llegará a nuestro Presidente, al cual no eligieron todas las mujeres, o a su partido, cuando sí eligen las mujeres a todos sus hombres.

ESPAÑA NECESITA A DONALD TRUMP, EXCMO. SR. MINISTRO CATALÁ: LOS HIJOS DEL ODIO.

La noticia, estos días, debiera ser: VEINTITANTOS MILLONES DE RESIDENTES EN ESPAÑA, CIUDADANOS O NO, VARONES, NO HEMOS MATADO A NINGUNA MUJER.
Todavía recuerdo visitando una región de Francia, donde hubo cátaros, que se me ocurrió leer un poco sobre ese tema. Hubo muchos muertos, como con las guerras de religión que hubo tiempo después y asolaron Europa. Pues bien, hubo una masacre en una población que se llama Béziers, y, en un momento en que se mataba a diestro y siniestro, a alguno de los masacradores se le ocurrió decir a su Jefe: Jefe, que a lo mejor estamos matando a gente que no habría que matar. Y el Jefe responde: Dios sabrá separar a los buenos de los malos.
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Ya sé que en las represalias, tipo nazi, que se van a ejecutar en España, porque algunos, que han matado a una mujer, los cuales suelen, bien matarse, o intentarlo, o se entregan voluntariamente, o los cogen a la media hora, las vamos a sufrir todos los ciudadanos varones desde el momento en que una mujer llame por teléfono. Lo cual ya viene sucediendo, pero con más saña si cabe.
Pero, me estoy desviando de lo que quería expresar en esta carta abierta, que no sé si llegará a sus manos, y tenga tiempo de leer. Pero bueno, ahí va esa reflexión: EL CÓDIGO PENAL NO HA SERVIDO PARA EVITAR ESAS MUERTES QUE TODOS CONDENAMOS Y RECHAZAMOS.
Pero tengo la seguridad, y me gustaría equivocarme, que nunca habrá una investigación seria de por qué y si se pudo evitarlo. Y los minutos de silencio no deben tapar un estudio sereno y público.
Sin embargo, sí quiero exponer algunas reflexiones sobre hombres y mujeres, sus amores y distanciamientos, y sus consecuencias sobre los hijos.
Porque lo dice la ley, y es la ley: NOS CASAMOS PORQUE NOS DA LA GANA Y NOS SEPARAMOS/DIVORCIAMOS PORQUE LO PERMITE LA LEY.
Y sobre esto nadie quiere reflexionar, y la única recomendación legal que dan Uds., todos Uds., los Señores Políticos, y su coro subvencionado es: MUJER, LLAMA AL 016.
No podemos aguantar más a unos dirigentes que OCULTAN:
  • Que no se producen separaciones/divorcios por causa de maltrato alguno, y ese argumento no se utiliza en los para decretar SEPARACIONES/DIVORCIOS.
  • Qué se oculte la cifra escandalosa de padres separados/divorciados que se están suicidando y hay una separación/divorcio entre las posibles causas.
  • El odio que crece en nuestros hijos hacia padres que no conocen, o hacia las propias madres a las cuales las venden la moto de que la causa de todos sus males pasados, presentes y futuros son causados por el hombre al que libremente han  escogido. No el paro o viviendas caras.
Pero, claro, ¿ qué podemos esperar de una España en que algunas mujeres, de estudios, no se enteran quién paga el Jaguar que aparece en el garaje, o quiénes pagan el chocolate de los cumpleaños, o que no se enteran de dónde sale el dinero de los palacetes con piscina ?.
Porque, oiga, yo no me opongo a que nadie se divorcie. Faltaría más, pero sí que me opongo a que se argumente otra cosa de: PORQUE ME LO PERMITE LA LEY.
Y es, a partir de ahí, donde digo: DEJE EL CÓDIGO PENAL Y VAMOS A PEDIR RESPONSABILIDADES  CUANDO ESO DE QUE LO HAGO PORQUE ME DA LA GANA Y ME LO PERMITE LA LEY, PERO ME QUEDO CON LA CASA, TÚ PAGAS LA HIPOTECA, Y CON LOS NIÑOS HAGO LO QUE ME SALE DE……
Porque, ¿ qué podemos esperar cuándo en casa no se puede hablar de lo que podemos gastar, de la educación de los hijos, y de lo difícil que es llegar a final de mes ?.
Porque, ¿ si en las casas de altas cunas, y en las casas de futuras ministras no se habla de eso, cómo puede funcionar una familia, una pareja, y un país ?.
Por favor, Excmo. Sr. Ministro Catalá: NO DÉ ARMAS QUE MATAN LA CONVIVENCIA, DÉJESE DEL CÓDIGO PENAL, Y “OBLIGUE A REFLEXIONAR CUANDO UNA SEPARACIÓN/DIVORCIO SE VA A PRODUCIR.”
Sé que me equivoco mucho, pero suelo reflexionar cuando un padre se acerca a nosotros. Le digo: EN ESTA SITUACIÓN, TÚ NO PUEDES EDUCAR A LOS HIJOS, A TUS HIJOS, A VUESTROS HIJOS.
Me gustaría equivocarme muchas veces en esto. Ojalá me haya equivocado muchas veces, pero que venga Dios y lo vea, porque lo que veo yo es que cuando se llega a estas situaciones, sin que haya norma judicial alguna: LA MADRE YA HACE LO QUE LA SALE DE NO SÉ DÓNDE. Como derecho divino, pues no sé si te mereces que te los deje este fin de semana. Y eso de dar a los niños con su ropita, su DNI y tarjeta sanitaria…….¡ Cómo se ríen de Janeiro.! Otras, ya con sentencia, les entregan si las da la gana. Pero que quiere que le diga, veo, siento mucho miedo en muchos padres, porque levantar la voz puede suponer que vengan varios policías o guardias civiles, pero no para poner paz, sino para detener al padre, que cree que la ley le ampara, que tiene derechos. Je, je……
¿ Y qué cree Ud. que está produciendo esta sociedad ?. Pues niños, jóvenes, adultos que llevan un trauma por estas situaciones legales, en que hay un trasfondo social importante. Mientras una llamada de una mujer suponga un hombre detenido, y un hombre fuera de su casa, así, porque Uds. las dan ese poder, los hijos pierden el amor y el respeto. Pero, ya sé que éste no es su problema. Tiene otros muchos.
Por cierto, no es que las mujeres se salten la ley a la torera, no, también los jueces. Le pongo dos ejemplos, lo dice el Código Civil, no yo:
  • Cuando un juez echa, expulsa, a un padre de familia a la calle, los artículos 94 y 103.1, DEBE indicar el lugar dónde el padre podrá comunicar con los hijos, menores no emancipados,  y tenerlos en su compañía. Ud. sabrá que se nos expulsa de nuestras propiedades, de las cuales muchos padres siguen pagando las hipotecas, ésas que ahora quiere regular, entre otros, ese Ministerio de Justicia, del cual Ud. es el máximo responsable. ¿ Por qué ninguna medida provisional, sentencia o lo que sea, indica que UD., Sr. PADRE, los ve y los tiene en la Plaza Mayor de su pueblo o ciudad ?.  ¿ No es su responsabilidad, Ilmo. Sr. Juez,  saber dónde va a dormir, no el padre, sino los hijos, cuando Ud. diga que los tenga el padre  que expulsa del domicilio familiar ?. Excmo. Sr. Ministro, se expulsa a millares de hombres a la puta calle, y perdone la expresión, todos los meses de todos los años.
  • Nos debemos preguntar todos los ciudadanos cómo hablando el artículo 93 de que el Juez, los Sres. Jueces, deben decir lo que pone el padre y lo que pone la madre, vienen indicando, SÓLO, lo que DEBE pagar el padre no custodio.
Por último, o casi,  Excmo. Sr. Ministro de Justicia, hablarle de la CUSTODIA COMPARTIDA. Cómo Ud. bien sabe, la única fórmula que IMPONE el ESTADO ESPAÑOL para casarse, libremente, con la persona de su elección, es hacerlo en IGUALDAD DE DERECHOS Y DEBERES.
Entonces, ¿dónde está el problema para que Ud. no salga en los medios de comunicación diciendo a los jueces, a las mujeres, a todo el personal ?: El PARTIDO POPULAR, conforme a su última reunión, o lo que sea, es partidario de la CUSTODIA COMPARTIDA, y yo como MINISTRO también soy partidario de la decisión mayoritaria  de los hombres y mujeres del PARTIDO POPULAR, y en el plazo de un mes SE PRESENTARÁ UNA LEY QUE FOMENTE Y FACILITE A LA INMENSA MAYORÍA DE LOS PADRES Y MADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS LA CUSTODIA COMPARTIDA, YA QUE EL ESTADO OBLIGA A LA IGUALDAD AL CONTRAER MATRIMONIO, y en todo tipo de unión entre hombres y mujeres.
Ni está ni se le espera. Y paciencia, mejor no reflexionarlo….. Sólo tenemos resignación, en un país aborregado. Pero ya les tocará a esos que salen a los minutos de silencio, o a sus hermanos, o a sus hijos….. si son hombres, que se den por fastidiados (hubiera querido  decirlo de otra manera, pero me contengo ?. Yo les diría menos minutos de demagogia y más de conocer las posibles causas, y ya no vale: las niñas son tontas y los hombres malos, porque sí.
Alguien, en un día de noviembre, hace muchos años, dijo: ESPAÑOLES (entonces no se decía españoles y españolas, o al revés): FRANCO HA MUERTO.
No hemos podido votar a DONALD TRUMP, pero creo que en CIEN DÍAS resuelve lo de los yankis, lo de los Sur, de California, de Florida, etc., etc. Él está vivo. Qué haga el favor de venir y legisle CUSTODIA COMPARTIDA YA, porque ni Ud. ni el PARTIDO POPULAR parecen tener prisa.
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Y, por supuesto, CUSTODIA COMPARTIDA, en que los niños se queden en casa, y los padres entran y salen, y se turnan.
Algunas dirán, pero eso es favorecer el maltrato. Eso no es racional. Pero, ¿ por qué nadie piensa que para separarse/divorciarse lo primero que hay que pensar es en dos viviendas, dos empleos, etc., en vez de llamar al 016?. ¿ En vez de facilitarlas abogado, darlas un empleo, y buscarlas una vivienda…. ?.
Piensen Uds. lo que quieran, su partido, los otros partidos y Ud., pero, mi deseo es que venga DONALD TRUMP a arreglar estos problemillas de familia, en que se promueve la denuncia, la detención, el expulsar al padre de la vivienda familiar, a los niños al odio, a un padre o a los dos.
Y, de vuelta, que se lleve las bases que hay en nuestro territorio, porque parece que el único enemigo somos los padres. Y, en cuanto a los enemigos para los que tenemos tanques, aviones y barcos, por favor, ¿ nos indican quiénes son ?.
Muerto el Pacto de Varsovia y el comunismo de la URSS, ¿ para qué queremos la OTAN, las bases americanas y pasear nuestras tropas por el extranjero ?. Cuando parece que no defienden nuestros aliados ni Ceuta, niMelilla ni las Islas Canarias.
Problemas para que los pensionistas cobremos nuestra pensión. Deudas de todas las administraciones subiendo y subiendo, el problema es salir del armario….
Por favor, ayuden a las parejas, a las familias a respetarse, a reflexionar, a ocuparse de sus hijos, a quererles y a educarles. Los padres de familia separados/divorciados no podemos educarles sin que se nos amenace sin control y responsabilidad de parte de las mujeres, esposas, parejas o madres.
Termino. ¿ Sabe lo que le digo ?. Visto lo visto, por favor, que venga Trump, a ver si pone la CUSTODIA COMPARTIDA EN MARCHA, con una mejor ley que lo existente,  pero tal como lo veo, qué tengan hijos los negros. Este no es un país ni para viejos, ni para padres, ni para ser hijo de padre separado/divorciado.
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Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
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