COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
Calle del Barquillo, 5
28.004 MADRID
CARTA PÚBLICA. CERTIFICADO CON ACUSE DE RECIBO
Asunto: PRESUNTAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LA LIBRE COMPETENCIA POR PARTE DE LA ABOGACÍA EN EL COBRO DE COSTAS PROCESALES, QUE SE RUEGA SE AÑADA A LA INVESTIGACIÓN ABIERTA POR UDS.,CON MOTIVO DE LA DENUNCIA DE BANKIA CONTRA VARIOS COLEGIOS DE ABOGADOS, ENTRE ELLOS EL DE ÁVILA, Y QUE SE RUEGA SE INVESTIGUE O AÑADAN ESTAS REFLEXIONES EN RELACIÓN AL COLEGIO DE ABOGADOS DE ÁVILA, RESPECTO AL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD LEGAL DE ABOGADOS SUJETOS A SU TUTELA, Y EN RELACIÓN A RECLAMACIONES DE COSTAS A BANKIA, OBJETO DE LA ACTUAL INVESTIGACIÓN.
Burgos, 23 de junio de 2.016
Muy Sres. mías:
Soy un ciudadano muy sensibilizado en relación a costos y costas del respetable ejercicio de la abogacía, pero en que abogados y procuradores nombrados por el Estado Español, han utilizado la exigencia, en un caso de LITIS EXPENSAS, y en otro la exigencia del pago de todas las costas judiciales, en procesos de familia, en procedimientos en que a la peticionaria el Estado Español la “exigía” abogado y procurador para defender sus respetables y legítimos derechos o pretensiones, entre los cuales se encontraban sus respetables decisiones sobre el vínculo matrimonial.
Evidentemente, el negocio de la ciudadana peticionaria era que la Administración de Justicia atendiera sus legítimos y respetables requerimientos, permitidos por el ordenamiento jurídico, y no la supusieran costos para ella. Mi decisión procesal hubiera sido “rebeldía procesal” si no hubiera habido esas exigencias a favor de los abogados y procuradores, que no beneficiaban a la peticionaria, independientemente de que sus otras peticiones me gustaran o no, fueran correctas o no.
Por lo tanto, los beneficios de “litis expensas” o la posible condena en costas judiciales eran negocio de abogados y procuradores, no de la peticionaria. Y a este modesto ciudadano le molesta, y mucho, que el Estado Español imponga e invite a “abogado y procurador”, y que los abogados y procuradores que el Estado Español permite que se nombren, en su nombre, quieran cobrárselo a un ciudadano que “legalmente” no tiene “impuesto” el comparecer en un procedimiento judicial en que una ciudadana “exige” su derecho “personal” a separarse y divorciarse.
Y a uno le “jode”, si permiten esta grosera expresión, que el Estado Español, “imponga” que se nombren abogados y procuradores y estos “profesionales”, en lugar de “exigir” el pago de su servicios al que encarga el servicio, el Estado Español, con derecho de “corsario” ataque a un “humilde” padre de familia, en que ningún fiscal atendió a nuestra hija, y hubiera sentencias en que los jueces de turno no me atendieron, y yo sí estuve en sus juzgados. Presunto dinero de menos de un padre para cuidar a la prole, a favor de abogados y procuradores.
Uno de los problemas de la abogacía española es la baja retribución que da a los abogados de oficio, en justicia gratuita, lo que suele crear mucha violencia familiar, y lo explico. Una mujer casada hace diez años no tiene que justificar su derecho “personal” al divorcio. Y NUNCA SE DECRETARÁ EL DIVORCIO POR MALTRATO ALGUNO, sin embargo, pudiera haber otros juicios, en que no existe más que la palabra de la mujer, sabiendo que con una simple denuncia al hombre y padre, sin más prueba que la palabra de una mujer, a menudo, puede ser detenido, juzgado y condenado en costas, que son muy superiores a lo que le paga el Estado Español a los abogados y procuradores de justicia gratuita. Además a la mujer se la conceden ayudas sociales……. Qué si no denuncia no se las dan….. Vamos, posibles coacciones por todos los lados. Y eso existe. Y la paz social y el bienestar de los niños, pues pasa a mejor vida.
Explicadas parte de mis motivaciones personales sobre estos temas tan sensibles en temas de familia, que supusieron una “violencia gratuita”, y reflejada la situación actual de presuntas actuaciones de la abogacía en temas de familia, paso a exponer el motivo de este escrito.
En primer lugar, relativo a las presuntas actuaciones en Ávila u otras partes de la Comunidad de Castilla y León.
DERECHO A PRESUPUESTO PREVIO POR ESCRITO
En la Comunidad de Castilla y León existe el DECRETO 180/2001, de 28 de junio, por el que se regula el derecho de los consumidores y usuarios al presupuesto previo de los servicios que se les oferten, por lo tanto, todos los clientes de Bankia, o que hayan comprado productos financieros de Bankia, y que hayan reclamado judicialmente a Bankia, en los juzgados de Castilla y León, y, notoriamente, en los juzgados sobre los que pueda tener alguna responsabilidad el Iltre. Colegio de Abogados de Ávila, han tenido derecho a un presupuesto previo por escrito, que hubiera servido para delimitar las posibles obligaciones de pago respecto al abogado y procurador defensor, y para justificar el montante de las costas a reclamar a BANKIA, en caso de ganarlas. Pero nunca más de las exigidas a los clientes.
En la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su artículo 35.2, se habla del derecho del abogado a reclamar su minuta conforme a presupuesto previo aceptado por su cliente.
Por lo tanto, con esta imposición de la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN a los abogados ejerciendo en Castilla y León, y notoriamente en Ávila, DEBEN un presupuesto previo por escrito a sus clientes, que protege a los abogados, da garantías a sus clientes de no tener sobrecostes, y habría permitido a BANKIA pagar menos importe en costas de algunas reclamaciones, presuntamente. ¿ Esas garantías las ha tenido BANKIA ?.
LAS COSTAS LAS GANA EL CLIENTE, NO EL ABOGADO
La propia Ley de Enjuiciamiento Civil, en sus artículos 241 y siguientes habla de la tasación de costas. Y hay dos aspectos muy interesantes, a resaltar. El primero es que se contempla la obligación del cliente de ir pagando las costas a los profesionales del derecho, según se van produciendo. Desgraciadamente, en muchos casos, no los va exigiendo el profesional del derecho, a la espera de que salga la sentencia. Más de un pleito se evitaría si el cliente supiera lo que debe pagar al abogado y al procurador, y a los posibles expertos, antes de plantear un juicio, y los va pagando.
Por lo tanto, si ha habido casos de estos, sería a censurar a los profesionales del derecho de no cumplir con esto que contempla laLey de Enjuiciamiento Civil, y a vigilar por los COLEGIOS DE ABOGADOS.
Por otra parte, no todos los gastos que pudiera tener un cliente que gane en costas lo puede repercutir a la otra parte.
Con esto, ¿ qué se quiere indicar ?. Que los propios clientes, con su presupuesto previo por escrito aceptado por abogado y cliente, procurador y cliente, y facturas y justificantes de pago, podrían haberse dirigido a BANKIA reclamando las costas, sin necesidad de que se las reclamara un abogado.
PRESUNTAS PRÁCTICAS DE LA ABOGACÍA Y JUDICIALES
En Castilla y León, no presentar presupuesto por escrito del costo del proceso. No reclamar todo al cliente, y según se va desarrollando el pleito. A veces, para evitar el IVA, parte de pagos en metálico.
Poderes y Apud acta. Entre dos partes puede haber varios procesos: primer proceso, apelación/apelaciones, ejecución de sentencia, cobro de costas, etc. Existe la tendencia a pedir y a otorgar poderes muy amplios que permiten muchos pleitos, aunque se pudiera hablar y contratar un sólo procedimiento y una sentencia, que, en principio, no se piensa apelar. En los juzgados, en los APUD ACTAS, y lo he comprobado personalmente, al menos en un caso de divorcio, se firmaba por treinta o cuarenta asuntos diferentes.
Parecerá curioso, uno se puede divorciar, por ejemplo, sin haber echado una sola firma en una demanda o contestación a una demanda. Se les da poder al abogado y procurador y pueden poner lo que quieran, no dárselo al cliente para que lo lea y compruebe, y presentarlo en juicio.
Y vayamos a las reclamaciones a BANKIA. Puede haber muchos clientes de Bankia que no han visto las demandas de sus abogados en costas a BANKIA, ni saben lo que han cobrado sus abogados y procuradores. ¿ Por qué no ?.
Resumiendo, puede haber, y no es ciencia ficción, en estos casos, que a un cliente se le diga que el juicio le va a salir por tanto, y el abogado en costas reclame una cantidad superior a lo hablado o pactado con el cliente.
BANKIA, CLIENTES DE SUS PRODUCTOS Y ABOGADOS
Tiene razón BANKIA cuando dice haber pagado unas costas gigantescas cuando ha habido despachos de abogados que pueden haber presentado demandas de costas muy importantes, cuando el trabajo realizado pudiera ser mínimo. En efecto, imaginemos que un despacho que ha ganado varios pleitos contra BANKIA atiende a cientos de otros clientes por el mismo tema. En los temas de justicia, tanto por parte de la abogacía, como por parte de los juzgados, hay mucho copiar y pegar, para hacer demandas, contestaciones y sentencias. Un mismo pleito de preferentes, puede suponer coger uno anterior, cambiar los nombres y cambiar las cantidades y presentarlo en el juzgado. Así de fácil.
Esto ha sido muy traumático en el caso de ejecuciones hipotecarias, en que abogados trabajando para bancos y cajas, con muy poco esfuerzo hayan ganado cantidades exageradas a cargo de pobres familias.
Dado que pudiera haber problemas de protección de datos, a facilitar por parte de BANKIA a la COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA, sin el consentimiento de los clientes de sus productos, que han ganado a BANKIApleitos con costas a cargo de BANKIA, sugiero que BANKIA se dirija a esos clientes que han ganado en costas, o al menos a un colectivo amplio y de muestra, para ver si los abogados han venido reclamando a BANKIA importes superiores a los exigidos y pactados a sus clientes, y con las tarifas orientativas de los COLEGIOS DE ABOGADOS han obtenido un beneficio “ilícito”, del que no se han beneficiado sus clientes, pero que ahora HACIENDA les exige que pongan en su declaración de la renta, y, por lógica, han obtenido esos beneficios “abusivos” que denuncia BANKIA ante Uds.
ESCRITO AL PRESIDENTE EJECUTIVO DE BANKIA, D.JOSÉ IGNACIO GOIRIGOLZARRI TELLAECHE
Adjunto les envío escrito que dirijo al señor Presidente de BANKIA, entidad participada por el ESTADO ESPAÑOL, para que, en defensa del derecho de todos los españoles, se ponga en contacto con diversos preferentistas, accionistas u otros, que han ganando pleitos a BANKIA, con costas a su favor, no de sus abogados y procuradores, para que manifiesten, por escrito, si lo desean, diversas circunstancias sobre si les dieron presupuesto previo por escrito, para firmar por las dos partes, u hoja de encargo, les dijeron verbalmente el posible costo global del pleito, si los abogados y procuradores exigieron en costas más de lo que les pedían o pagaron, etc., para ponerlo a disposición de esa COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA, porque el problema pudiera no ser sólo de BANKIA, sino afectar a los propios clientes que han ganado pleitos a BANKIA.
También preguntarles sobre la información o documentación que tuvieron a su disposición sobre estos temas. Puede haber muchas sorpresas. Qué no sepan nada de lo que hicieron……sus abogados y procuradores en relación a las costas
RESPONSABILIDAD DE ESTE ESCRITO
Aquí se habla de posibles o presuntas circunstancias y responsabilidades que no corresponde a esta parte probar. Lo que se pide tanto a esa COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA y a BANKIA es obtener declaraciones de sus clientes que han ganado en costas a BANKIA, para ver si ha habido abogados que han obtenido cantidades superiores a las exigidas a sus clientes a cargo de BANKIA, y del Estado Español, con el desconocimiento o desinformación de sus clientes, o bien han consentido los clientes de los abogados que cobraran cantidades no acordadas entre abogado, procurador y cliente, sino superiores, a BANKIA, en base a baremos de COLEGIOS DE ABOGADOS.
Al mismo tiempo, se hace como ciudadano español, al ser BANKIA en parte del ESTADO ESPAÑOL.
Esperando informen sobre esta petición, atentamente,
Jesús AYALA CARCEDO.
D.JOSÉ IGNACIO GOIRIGOLZARRI TELLAECHE
PRESIDENTE EJECUTIVO DE BANKIA
Paseo de la Castellana, 189
28.046 MADRID
CARTA PÚBLICA. CERTIFICADO CON ACUSE DE RECIBO
Asunto: RECLAMACIÓN DE BANKIA CONTRA DIVERSOS COLEGIOS DE ABOGADOS POR RECLAMACIONES EN COSTAS
Burgos, 23 de junio de 2.016
Estimado Sr.:
Adjunto le envío copia escrito del escrito que dirijo a la COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA, en relación con la reclamación que han hecho Uds. a diversos COLEGIOS DE ABOGADOS en relación aCOSTAS exigidas y pagadas, que Uds. consideran abusivas, en procesos masivos.
Y es en mi condición de ciudadano, y siendo esa entidad participada por el ESTADO ESPAÑOL es por lo que ruego que lean atentamente estos escritos, y, si lo estiman oportuno, se dirijan a diversos clientes de sus productos que les han ganado pleitos en que se les concedía el beneficio de cobrar las costas.
Y fondo de estas peticiones es que los informes de los COLEGIOS DE ABOGADOS en tasación de costas son sobre cantidades máximas, conforme a sus criterios de minutas, pero que si lo comprometido con sus clientes es inferior a esos criterios de minutación, no pueden exigir a BANKIA importes superiores exigidos a sus clientes.
Puede que haya clientes a los que se les ha hablado de una cantidad y a Uds. se les ha exigido una mayor, según esta modesta opinión hay un beneficio ilícito.
Y, en principio, los clientes que han ganado los pleitos a BANKIA, primero se lo han debido pagar a sus abogados y procuradores, y es más, que los propios clientes que ganaron en costas, devengaron nuevos honorarios o derechos a abogados y procuradores, que me temo que, a lo mejor, no se han exigido, porque quizá el beneficio de ellos era, hablar de una cantidad a sus clientes, y luego exigirles el máximo a BANKIA, por lo que el beneficio de los abogados y procuradores no era cobrar otras minutas, sino sangrar a BANKIA. Ojalá me equivoque.
Es como padre de familia, que ha sufrido violencia gratuita por abogados nombrados por el Estado Español, por lo que solicito se investigue si hay prácticas no correctas, con el cobro de costas. Y, por supuesto, lo envíe a la COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA.
Muchas gracias por el interés que sé van a dedicar a este asunto. Atentamente,
Jesús AYALA CARCEDO.
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