
Me lo recuerda algún compañero y amigo, cuando, la primera vez que nos vimos, le comenté que teníamos difícil educar a nuestros hijos, cuando los padres no han reflexionado sobre su separación/divorcio.
Una de las luchas que intentamos llevar es dar voz a los hijos, porque sus derechos son distintos a los del padre y de la madre.
Comprendemos que, como padres, queremos velar por su educación, saber de su salud, estar con ellos……Pero eso de tomar decisiones conjuntas, que dice amparar la PATRIA POTESTAD COMPARTIDA, es una quimera, desgraciadamente, en muchos casos, como Uds. conocen seguramente bien.
Lo primero que debiéramos saber, y utilizar, es la calificación jurídica de nuestros hijos:
– Menor de edad no emancipado. Hasta los 15 años enteros.
– Menor de edad emancipado, que pudiera pedir la emancipación. De 16 a 18 años.
– Mayor de edad, por imposición legal. A partir de los 18 años.
Hay otros casos en que, por razones de salud, los padres continúan con la patria potestad, más allá de los 18 años.
Pues bien, esos hijos a los que muchos no podemos educar, ni transmitir valores, si fuera el caso, en grupo, en masa, estos días, en que la gente se rebela contra las restricciones horarias por el Covid 19, participa en actos vandálicos y de destrucción de bienes, y es detenido, o se salta las órdenes de confinamiento, y le ponen una multa. Querido padre separado/divorciado, tú eres partícipe en la reparación de los daños causados, y en el pago de multas……aunque no le hayas podido educar.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS