http://www.telecinco.es/salvamedeluxe/Teresa-Bueyes-abogada-Alba-Carrillo_2_2407680023.html
“Ante las preguntas de Mila Ximénez, Teresa Bueyes, abogada de Alba Carrillo contestaba alto y claro:»Alba tiene la guardia y custodia del niño, firmó un poder dando permiso para que su hijo pudiera acudir a las instalaciones de Telecinco, cuando ella saliera del concurso». La abogada de Alba está segura que Lucía Pariente no ha cometido ningún error, ya que tenía autorización de la persona que tiene la guardia y custodia del niño.”
¿ Quién no conoce en España a “Alba Carrillo” o el programa “Supervivientes” en que la misma ha quedado segunda ?. Aunque Ud. no haya visto uno solo de los programas, leyendo cualquier medio de prensa, es difícil que no nos hayamos enterado de esta famosa de la prensa rosa y sus aventuras, familiares y televisivas. Y, si no lo sabíamos, también nos habremos enterado que estuvo casada con el tenista “Feliciano López”. Bien. Además, previamente, tuvo un hijo con el ex campeón de motos “Fonsi Nieto”, Lucas.
Y, si éramos pocos, apareció la abuela de Lucas, la mamá de Alba Carrillo.
Parece que ella ha sido la causante de que se hayan puesto denuncias en tribunales, porque el hijo de Fonsi Nieto y Alba Carrillo fue llevado a los estudios de una televisión para que estuviera con su madre, ya que estuvieron varios meses sin verse, por lo del programa. En principio muy tierno, muy bonito, pero, la verdad, más morbo a un programa de televisión. ¿ Lo había permitido Fonsi previamente, o fue informado por la madre ?. ¿ Pidió permiso la abuela a Fonsi y no se lo dio ?. Resultado, dos denuncias por encargo de Fonsi por este hecho en juzgados, y ahora dice que va a luchar por la custodia del menor no emancipado. Parece que eso lo habían ya urdido, supuestamente, la abogada Teresa Bueyes y Alba Carrillo. No es de extrañar que vaya a haber una lucha brutal entre ambos padres, que, por supuesto, seguiremos por los medios de comunicación. No teman, nos informarán al minuto.
http://www.hola.com/actualidad/2017072397427/fonsi-nieto-alba-carrillo-se-recrudece-batalla-hijo/
Y no se escribirían estas reflexiones si no me hubiera llamado la atención, cómo no podía ser de otra manera, al salir a la palestra la abogada de Alba Carrillo, Teresa Bueyes. Y, entre las posibles declaraciones que ha podido hacer, esta abogada, me ha llamado la atención una:
«Alba tiene la guardia y custodia del niño y no necesita la autorización del padre una vez ha pisado territorio español”
Y quiero pensar que la PATRIA POTESTAD del niño la tienen conjuntamente ambos padres,Fonsi y Alba. Pero, ¿ se habla de su ejercicio ?.
Sin embargo, hoy quiero hacerles ver la posible diferencia entre PATRIA POTESTAD COMPARTIDA y EJERCICIO COMPARTIDO DE LA PATRIA POTESTAD. ¿ Es lo mismo ?. Muchos dirán, padres y madres separados/divorciados, tenemos la PATRIA POTESTAD COMPARTIDA. Bueno, les pongo lo que dice el artículo 156 del Código Civil:
“La patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro. Serán válidos los actos que realice uno de ellos conforme al uso social y a las circunstancias o en situaciones de urgente necesidad.
En caso de desacuerdo, cualquiera de los dos podrán acudir al Juez, quien, después de oír a ambos y al hijo si tuviera suficiente juicio y, en todo caso, si fuera mayor de doce años, atribuirá sin ulterior recurso la facultad de decidir al padre o a la madre. Si los desacuerdos fueran reiterados o concurriera cualquier otra causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad, podrá atribuirla total o parcialmente a uno de los padres o distribuir entre ellos sus funciones. Esta medida tendrá vigencia durante el plazo que se fije, que no podrá nunca exceder de dos años.
En los supuestos de los párrafos anteriores, respecto de terceros de buena fe, se presumirá que cada uno de los progenitores actúa en el ejercicio ordinario de la patria potestad con el consentimiento del otro.
En defecto o por ausencia, incapacidad o imposibilidad de uno de los padres, la patria potestad será ejercida exclusivamente por el otro.
Si los padres viven separados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva. Sin embargo, el Juez, a solicitud fundada del otro progenitor, podrá, en interés del hijo, atribuir al solicitante la patria potestad para que la ejerza conjuntamente con el otro progenitor o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio.”
Creo que muchos padres y madres, separados/divorciados o no, nunca han leído esto sobre la PATRIA POTESTAD, por lo que leerlo les habrá enriquecido. Sin embargo, para padres separados/divorciados será una novedad lo que dice sobre el ejercicio de la misma. Se lo repito:
“Si los padres viven separados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva. Sin embargo, el Juez, a solicitud fundada del otro progenitor, podrá, en interés del hijo, atribuir al solicitante la patria potestad para que la ejerza conjuntamente con el otro progenitor o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio.”
¿ Y si la abogada de Alba Carrillo, Teresa Bueyes, tuviera razón en lo que decía, porque, quizá, Fonsi Nieto tiene la PATRIA POTESTAD COMPARTIDA con Alba Carrillo, pero no se habla nada de su ejercicio ?. Aunque lo denunciado, llevar al niño a un estudio de televisión, parece que fue decisión de la abuela, presuntamente. Al menos al principio parecía que era así, pero luego ha aparecido lo del poder de Alba Carrillo.
Obviamente, en los periodos que corresponda, tienen a los menores no emancipados los padres que no tienen la guarda y custodia. Por lógica, en esos momentos, sería ese padre el que ejerce la PATRIA POTESTAD, y no el otro. Discurran Uds., por favor. Desconozco cómo había quedado este tema entre Fonsi Nieto y Alba Carrillo, ante la ausencia en el extranjero de la madre, y los posibles pactos que tenían hechos. Pero, no se preocupen, ya nos iremos enterando.
Por todo ello, queridos lectores, a los padres separados/divorciados les suelo decir, insistir, que digan a sus abogados que se pida siempre, para que no haya dudas:
“EJERCICIO COMPARTIDO DE LA PATRIA POTESTAD.”
Posiblemente, con esto puesto en una sentencia. o en un convenio aprobado judicialmente, no hubiera hecho esa afirmación la abogada Teresa Bueyes, porque en la modesta opinión de este firmante esa posible reflexión, la decisión de llevar al niño a un estudio de televisión, en teoría, correspondía a los dos, porque se hacía un uso comercial de un menor no emancipado, quizá pactado por la madrecon el programa. Y se utilizaba al niño para dar realce a un negocio televisivo de la madre, aunque no apareciera en pantalla el niño. Se insisto, suposiciones. Si no fuera cierto, se piden disculpas desde estas líneas.
Decía mi difunto padre: LO BIEN PUESTO BIEN PARECE. Pedirlo, a vuestro abogado, que siempre indique: EJERCICIO COMPARTIDO DE LA PATRIA POTESTAD. Por si acaso. Lo concederá el juez o no, pero pedirlo: SIEMPRE. Muchas gracias.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de laASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Que cada uno mire su sentencia, cuando proceda, y dicho lo dicho, que reflexione.
En cuanto al negocio de Alba Carrillo, lo va a pagar un pobre niño: LUCAS. Guerra a la vista entre padres famosos. Penoso.
La batalla entre Alba Carrillo y Fonsi Nieto se recrudece
Por otra parte, ¿ sabía el programa de televisión si se estaban violando, presuntamente, derechos de un menor no emancipado ?. ¿ Estudiaron sus abogados las disposiciones legales que unen al pequeño con ambos padres ?. ¿ La abogada Teresa Bueyes tendría alguna responsabilidad en este caso si lo que afirma no se confirma judicialmente ?.
Pequeño Lucas, el daño que te han hecho ya no tiene remedio. El dinero manda, y se vende todo.