EL DIVORCIO DE LA MUJER EMBARAZADA

Quizá sea la pregunta de millón: ¿saben los hombres que se divorcian, o les divorcian, si su cónyuge (mujer) está embarazada?. Y esto va también para los matrimonios entre dos mujeres.

Quiero pensar que nadie se plantea esa pregunta, pero por qué no saberlo y por qué no preguntarlo.

Verán Uds., el partido VOX ha hecho una propuesta para que los embarazos se registren.

https://www.lavozdegalicia.es/noticia/sociedad/2021/03/14/vox-propone-reformar-ley-registro-civil-poder-registrar-hijos-momento-concepcion/00031615732153513619405.htm

Vox pide que los hijos se registren «desde el momento de la concepción»Vox ha registrado en el Congreso una proposición no de ley por la que insta al Gobierno a realizar las modificaciones oportunas en la Ley del Registro Civil para que los progenitores de un bebé …www.lavozdegalicia.es

Vox pide que los hijos se registren «desde el momento de la concepción»

No queremos entrar en ese debate, pero el posible problema está ahí. Todavía recuerdo, leyendo un voluminoso libro sobre este tema de nulidades/separaciones/divorcios, en que ponían sus conocimientos diversos jueces. En el mismo, se hablaba de un futuro régimen de visitas  y pensión de alimentos de un niño/a que aún no había nacido, en el momento de tomar decisiones judiciales.

Y sí, el Código Civil habla de que existen concebidos no nacidos, y sí podría tener su importancia el saberlo en situaciones de divorcio, entre otras.

No sé si recuerdan una de las películas de EL PADRINO. Hay una escena en que la que fue mujer de El Padrino le dice que había tenido un embarazo, y que era un varón, y había abortado.

NO queremos entrar en debates, insistimos, dejamos al Código Civil hablar:

Artículo 116

Se presumen hijos del marido los nacidos después de la celebración del matrimonio y antes de los trescientos días siguientes a su disolución o a la separación legal o de hecho de los cónyuges.

 Artículo 627

Las donaciones hechas a los concebidos y no nacidos podrán ser aceptadas por las personas que legítimamente los representarían, si se hubiera verificado ya su nacimiento.

Un saludo.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

HAY QUE CARGARSE EL MATRIMONIO….PARA SALVAR EL MATRIMONIO. LA INFORMACIÓN QUE OS OCULTAN EVITARÍA LA VIOLENCIA QUE APLICAN

Aunque es un tema que ya hemos tratado alguna vez, en estos tiempos de persecución al hombre, por razón de nuestro sexo, hoy, más que nunca, con su permiso e indulgencia, nos permitimos hacer algunas puntualizaciones, que muchos que nos siguen conocen.

Si Uds. nos piden algún ejemplo de matrimonio, les damos dos casos de famosos. El de un torero y el de un cantante y presentador: D. ENRIQUE PONCE y D. BERTÍN OSBORNE.

Dicen que se separan, divorcian o lo que sea, pero cada miembro de la pareja por su lado, y hasta que un juez no lo decrete, siguen siendo matrimonios.

Y esto viene a cuento con lo que la ley exige a los que contraen, libremente, matrimonio:

Código Civil, artículo 68

“Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo.”

Pero eso es una teoría, lo de vivir juntos, que no es el caso de estas dos estrellas de la prensa del corazón, porque la Ley de Enjuiciamiento Civil contempla que puedan vivir en distintos sitios, legalmente, los miembros de un matrimonio:

Artículo 769 Competencia

“1. Salvo que expresamente se disponga otra cosa, será tribunal competente para conocer de los procedimientos a que se refiere este capítulo el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal. En el caso de residir los cónyuges en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado.

Los que no tuvieren domicilio ni residencia fijos podrán ser demandados en el lugar en que se hallen o en el de su última residencia, a elección del demandante y, si tampoco pudiere determinarse así la competencia, corresponderá ésta al tribunal del domicilio del actor.

2. En el procedimiento de separación o divorcio de mutuo acuerdo a que se refiere el artículo 777, será competente el Juzgado del último domicilio común o el del domicilio de cualquiera de los solicitantes.

3. En los procesos que versen exclusivamente sobre guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos reclamados por un progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores, será competente el Juzgado de Primera Instancia del lugar del último domicilio común de los progenitores. En el caso de residir los progenitores en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante, el del domicilio del demandado o el de la residencia del menor.

4. El tribunal examinará de oficio su competencia.”

Si a esto añadimos que ahora el matrimonio puede estar compuesto por personas del mismo sexo, muchas de las ideas sobre el matrimonio, que tienen muchas personas de buena fe, deben quedar para su conciencia y su manera de ver la vida, y si ambos están de acuerdo.

Y los que somos testigos, por propia experiencia, y ajenas, de las barbaridades que hacen con nosotros, nos vemos en la obligación de informar de lo que no vienen informando nuestras autoridades, de todo sexo, ideología y condición, porque no tienen obligación legal, toma narices, y que contempla la legislación vigente. Y, con su permiso, sobra toda la ideología de género que infecta nuestra actividad pública, legislación y judicatura. Y eso de malos y víctimas, buenos y malos. Sí ciudadanos libres, al menos sobre el papel.En efecto, desde el año 1.981, la ley contempla el no convivir juntos, sin permiso de juez alguno, y sin asesoramiento de concejala de la mujer alguna, ni experta en género:https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1981-16216

BOE.es – Documento BOE-A-1981-16216
BOE.es – Documento BOE-A-1981-16216Documento BOE-A-1981-16216

Código Civil, artículo 105:

“No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que se refieren los artículos anteriores.”

Por no aburrirles a Uds., desde el año 2.005, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio, no hace falta justificar causa alguna de divorcio, sólo acreditar que uno se casó libremente, al menos en España.

Alguien tendrá que demostrar que en los JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER divorcian a parejas por causa de maltrato. ¿Les han informado a Uds.?.

Basta de mentiras, de ocultaciones de la ley. Basta de expertos en temas de género, cuando se trata de matrimonios libremente contraídos.

El/la que no quiera convivir con el/la que libremente han escogido: TIENE LA PUERTA DE SALIDA ABIERTA DESDE AHORA, como la han tenido abierta desde el año 1.981.

Más de CUARENTA AÑOS DE MALTRATO, en nombre de la normativa del divorcio en España la estamos sufriendo la población.

¿Cuánto dinero se gastan nuestras autoridades en informar a la población en esto?.

La información os hará libres, pueblo manipulado.

La guerra (del género, divorcio) es un negocio, y buscar a un enemigo, el que antes llamaban marido, evita hablar de los problemas sociales que no solucionan a mucha gente, o hablar de las deudas que van dejando, a diestro y siniestro, los gobernantes de todo credo y condición.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

DIVORCIO, ¿CRÓNICA DE UNA MUERTE ANUNCIADA? “La abogada favorita de la corona británica crea una app para evitar divorcios, impidiendo antes los matrimonios,”

Evidentemente, es una iniciativa interesante la que ha promovido la abogada británica, a través de la Universidad de Exeter, Lady Fiona Shackleton de Belgravia, de crear una app, para intentar que los jóvenes NO se casen muy pronto, sin sólidas bases de amistad y con expectativas NO reales.

https://www.elmundo.es/loc/celebrities/2021/01/07/5fecb2cffc6c83da198b45c2.html

https://inews.co.uk/news/technology/fiona-shackleton-divorce-lawyer-royalty-celebrities-relationship-app-teenagers-803860

Celebrity divorce lawyer to develop relationship app to stop teenagers r…The lawyer, who represented Prince Charles, in his divorce from Princess Diana, joked the app could put her and …

“La abogada favorita de la corona británica crea una app para evitar divorcios, impidiendo antes los matrimonios,”

Prince and Princess of Wales watch 05 November 1989 Indonesian tribal dancers in Yogyakarta, Indoniesia. The Princess Diana announced 28 February that she has agreed to divorce Prince Charles and end their 14 year marriage. The couple have been separated for over three years. AFP PHOTO Kazuhiro NOGI (Photo credit should read KAZUHIRO NOGI/AFP via Getty Images)

Todavía recuerdo, hace ya años, que otros abogados británicos recomendaban preparar el convenio de divorcio, al momento de contraer matrimonio.

Desgraciadamente, en nuestro país, España, nuestras queridas autoridades, meten, por todos los medios, y con muchos millones, la idea de que el divorcio tiene relación con los malos tratos y la violencia de género.

Éste es un tema delicado, porque esta buena señora, abogada de hijos de la Reina de Isabel II, y de Paul McCartney, entre otros, dice verdades como puños, que, por supuesto, están en el origen de muchos divorcios.

Y sí que debemos retener lo que, sensatamente, manifiesta, por lo menos de que el estado español, el nuestro, debiera hacer alguna reflexión en un tema tan delicado, en que los sentimientos, y la libre voluntad, debe ser respetados, no faltaría más. Y los tres artículos del Código Civil que leen, y de los que no dan copia…..no ayudan.

Pero de la misma manera, que, a diestro y siniestro, se permiten publicar multitud de folletos, protocolos, y campañas carísimas, en vez de denuncias, que no son causa de divorcio alguno, en este país, y si alguien tiene datos en contra que los aporte, debieran promover el diálogo entre las parejas, entre los padres.

En un folleto de esos de maltrato, del Ayuntamiento de Burgos, hablan de reflexionar sobre el presupuesto familiar, por ejemplo.

Claro que esta iniciativa privada puede ser interesante, no sobra.

Sin embargo, la pregunta clave, al menos en España, es reflexionar sobre el matrimonio. ¿Qué es el matrimonio?. Y matrimonio es el del torero D. Enrique Ponce y Dª Paloma Cuevas. Cada uno por su lado. Se habla mucho de divorcio, desde hace meses, pero sigue siendo un matrimonio, con todas las de la ley.

Como anécdota, una jueza se negó a un matrimonio de dos divorciados, porque la ley dice que uno de los deberes es vivir juntos. Y entre ellos había una orden de alejamiento. Cosa que no hacen estos dos famosos.

Vivir para ver.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

P. D.- La gente se divorcia, o nos divorcian, en España:

-Porque lo permite la ley.

-Requisito previo, haberse casado.

-Pedirlo. Y con que lo pida uno, vale.

¿Se pide responsabilidad al casarse y al divorciarse?. NO, no vaya ser que alguien se enfade. Aunque haya hijos comunes.

DIVORCIO: SI SE PUEDE, NO SE QUIERE

Es interesante la información que ofrece la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ABOGADOS DE FAMILIA, sobre cómo está el mercado del divorcio, y sus consecuencias, como medio de vida de una parte importante de la abogacía:

https://www.aeafa.es/noticias-ampliadas/2208/1/la-crisis-econmica-frena-la-avalancha-de-divorcios-en-espaa-tras-el-confinamiento/

La crisis económica frena la avalancha de divorcios en España tras el confinamientoEl 73% de los abogados especializados de la AEAFA sostiene que el nivel de rupturas es similar al que se produce después de un periodo vacacionalwww.aeafa.es

“La crisis económica frena la avalancha de divorcios en España tras el confinamiento.”

Y una información ha retenido nuestra atención:

“Las personas que se encuentran en paro, ERTE o han perdido su negocio no pueden sustentar dos unidades familiares a la vez”, afirma la presidenta de AEAFA, María Dolores Lozano.”

Visto desde ese punto de vista, parece que el ejercicio del derecho, personal, de solicitar el divorcio, suele tener un componente racional, que se ejerce de una manera responsable.

Sin embargo, es de temer que esa racionalidad, en demasiados casos, es una quimera, y el ejercicio del derecho, que, se insiste, es personal de cada miembro de un matrimonio, legalmente, y libremente pedido, bajo los principios de:

–         Igualdad.

–         Respeto y ayudarse mutuamente.

–         Actuar en interés de la familia

que obligan los artículos 66 y 67 del Código Civil, impuestos por el Estado Español, y aceptados por ambos, brillan por su ausencia.

Y, sí llama la atención, SOSTENER DOS UNIDADES FAMILIARES.

¿Seguro que los abogados y los demandantes de divorcio, que EXIGEN que el otro/a salga del domicilio familiar, del cual es propietario, en todo o en parte, piensan en dónde va a dormir el PRESUNTO EXPULSADO, o, mejor dicho, a EXPULSAR.?.

En estos casos, demasiadas veces, sale el lado salvaje de este estado, de este país, el nuestro, con nuestras leyes, nuestros procedimientos, jueces y sentencias.

Decía un tal Napoleón que si quieres que algo no funcione: NOMBRA UN COMITÉ.

Los abogados de justicia gratuita están para expulsar al otro, no para hacer la paz. No para ver si el otro tiene dónde dormir, o dónde va a recibir a sus hijos. No es su problema. Es del juez, pero llevan años sin interesarse en cumplir su obligación: DÓNDE EL EXPULSADO A LA CALLE VERÁ A SUS HIJOS. Alguno ha pretendido hacerlo en un templete de música de una ciudad.

Llevan años, Sus Señorías, sin cumplir su deber de indicar en sus sentencias lo que pone la madre, notoriamente.

Llevan años, en demasiados juzgados, sin cumplir los plazos de fijar medidas provisionales.

En demasiados casos, se incumple en los juzgados su obligación de intentar que los padres lleguen a acuerdos, estando los padres en sala. Lo hacen a escondidas, con los abogados. Imposición, pura y dura.

Y sí, Napoleón tenía razón, cómo pueden hacerse bien los divorcios si pudiera sobrar mucha gente.

Sí se puede, no se quiere. Millones de ciudadanos somos obligados a llevar mascarilla, a encerrarnos en casa……pero nuestros queridos políticos, de casi todo rango, condición e ideas, no quieren que nos sentemos, los padres, para hablar de las dos unidades familiares de las que habla la Presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia.

El primer acto del divorcio es expulsar A LA PUÑETERA CALLE a un hombre o a una mujer. Y, para eso, se necesitan abogados, procuradores, jueces, fiscales, Letrados de la Administración de Justicia, funcionarios varios, equipos psicosociales…….para hacerlo en nombre del interés superior del menor, toma narices.

¿Sobrarían todos ellos si se nos obligaran a los padres a sentarnos para hablar de dos unidades familiares?.

Siempre nos quedará París, pero, en España, seguirá la violencia gratuita de los divorcios. Lo peor, los razonamientos. Pobres niños, lo hacen por vuestro bien.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

MUJER DE 41 AÑOS RENUNCIA A SEXO EN PAREJA

Con su permiso, eso es lo que podemos deducir de una sentencia que ha ido a lo más alto, el Tribunal Supremo de España.

En efecto, ésta es la noticia:

https://loslibrosazules.es/premiunaunque-la-esposa-tiene-41-anos-no-se-establece-limitacion-temporal-a-la-pension-compensatoria/

Premiun:Aunque la esposa tiene 41 años, no se establece limitación temporal a la pensión compensatoria – Los libros azulesHasta ahora no se solía fijar limitación temporal a la pensión compensatoria cuando la esposa tenía más de 55 años, ya que con esta edad las posibilidades de acceder a un empleo eran muy reducidas. Ahora, el Tribunal Supremo ha considerado que, aunque la esposa solo cuente con 41 años, tampoco procede fijar limitación al…loslibrosazules.es

AUNQUE LA ESPOSA TIENE 41 AÑOS, NO SE ESTABLECE LIMITACIÓN TEMPORAL A LA PENSIÓN COMPENSATORIA

“Hasta ahora no se solía fijar limitación temporal a la pensión compensatoria cuando la esposa tenía más de 55 años, ya que con esta edad las posibilidades de acceder a un empleo eran muy reducidas. Ahora, el Tribunal Supremo ha considerado que, aunque la esposa solo cuente con 41 años, tampoco procede fijar limitación al no apreciarse posibilidades ciertas de inserción en la vida laboral, al menos con la entidad que se requeriría.”

Carecemos de los datos concretos de este caso, pero, con su permiso, vamos a ver la cruz de esta petición de una mujer, y lo que debe cumplir para que la dure hasta su muerte. Vayamos al Código Civil:

“Artículo 101

El derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona.

El derecho a la pensión no se extingue por el solo hecho de la muerte del deudor. No obstante, los herederos de éste podrán solicitar del Juez la reducción o supresión de aquélla, si el caudal hereditario no pudiera satisfacer las necesidades de la deuda o afectara a sus derechos en la legítima.”

En principio, esta mujer debe ser consciente de que no puede iniciar una relación amorosa. Lo tienen Uds. claro, suponemos.

En segundo lugar, con su permiso, uno de los caballos de batalla que tenemos muy presentes en nuestras reflexiones, para las cuales pedimos indulgencia, es que la pensión de una madre va contra la herencia de los hijos comunes. Es decir, la madre tiene unos derechos, y los hijos otros.

Desconocemos las posibles instrucciones que pueda tener el Ministerio Fiscal sobre este tema, ya que ninguno de los cónyuges representa los derechos de los hijos.

Y, en estos tiempos de cultura de divorcio, los hijos, desde edades tempranas, deben hacerse cargo de trabajos en el hogar, y su propia vida, para que el padre, la madre, o ambos, ejerzan su derecho/deber de trabajar, para satisfacer las necesidades básicas y el bienestar de ambos padres y de sus hijos.

Insistimos, les indicamos lo que pidió esta mujer y sus consecuencias para su vida personal. Y también lo que representa para sus hijos, si los tuviere.

Sólo la ley. Uds. mismos.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

LA JUEZA, LA DEMANDANTE Y EL SEXO

No sé si Uds. conocen el chiste. Un niño le comenta a su papá: me han dicho que hay países en que el hombre no conoce a su mujer hasta que se casa. Y el padre le contesta: aquí también pasa.

Bueno, a lo práctico. Hace unos días, vi juntos a unos compañeros de estudios. Se casaron, son abuelos y siguen juntos. Él, que suele ser muy chistoso, recuerdo que comentaba: cuándo éramos novios, todos los domingos veíamos el partido juntos. Nos casamos, y ahora lo veo solo.Esto viene a cuento por la noticia que es noticia estos días:

https://elpais.com/sociedad/2020-10-20/una-juez-condena-a-un-hombre-por-ocultar-a-su-esposa-que-habia-tenido-relaciones-homosexuales.html

Una juez condena a un hombre por ocultar a su esposa que había tenido relaciones homosexuales


Una juez condena a un hombre por ocultar a su esposa que había tenido re…Eugenio ViñasLa sentencia impone una compensación de 3.000 euros para la mujer y la nulidad civil del matrimonio, si bien dec…

“UNA JUEZ CONDENA A UN HOMBRE POR OCULTAR A SU ESPOSA QUE HABÍA TENIDO RELACIONES HOMOSEXUALES.”

El hombre está incompleto hasta que se casa;… luego, está terminado. Un niño le pregunta a su madre: -¿Mamá, cuanto cuesta casarse? La Madre le dice: – No sé hijo, yo todavía estoy pagando. ¿Papá, es verdad que en muchos países de África un hombre no conoce a su mujer hasta que se casa? – Eso sucede en todos lados, hijo . Había una vez un hombre que dijo: – Yo no sabía lo que era la verdadera felicidad hasta que me casé… y entonces fue muy tarde .

La verdad, no sé si reír o llorar. Madre mía, madre mía. Cuántos padres separados/divorciados, después de dedicar todo su tiempo y medios económicos a la familia, somos expulsados como perros apestados de nuestras viviendas, alejados de nuestros hijos en desigualdad, por abogados mal pagados por el ESTADO ESPAÑOL.

Porque, el tema de fondo, ¿quién tiene un papelito del juzgado, o del ESTADO ESPAÑOL, en que le diga que tiene que tener relaciones sexuales en su matrimonio: cómo, cuándo, dónde, con quién…..cuántas veces…….¿En qué artículo del Código Civil viene?.

Con los argumentos de esta sentencia, por lo que se puede leer, se dan argumentos para miles y miles de nulidades…., pedidas por hombres contra mujeres…….

Pero ojo, querido varón, que puedas leer estas líneas, para que tu cónyuge no te pida la nulidad por motivos similares, te dejamos lo que pone al final del artículo. Hay que tener preparadas varias amigas, o lo que sea, por si se te presenta un caso parecido:

“Un hecho, el de aportar al proceso los testimonios directos de mujeres que hubieran tenido relaciones con él, que la defensa del acusado no se planteó, pero en el que incidió la abogada de la demandante y ha tenido peso en el fallo.”

Moraleja, hay que ir al matrimonio con experiencia de varias mujeres, por si acaso, y poderlo demostrar. ¿Se presentarán voluntarias esas mujeres para ir al juzgado?. Porque lo podría exigir la mujer con la que contrajiste matrimonio. Vivir para ver. No vale afirmarlo, hay que demostrarlo. Sino, a la jueza, no le vale.

Todo suyo. Uds. mismos.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

ÚLTIMAS NOTICIAS: DESCUBIERTA LA FÓRMULA PARA NO DIVORCIARSE. HACIA EL AUTODIVORCIO

Perdonen la broma, pero si un famoso cómico, al menos para los que vimos y vivimos una parte importante del siglo pasado, decía que la causa del divorcio suele ser el matrimonio, pues sencillo, prohibimos el matrimonio, al menos el civil.Y estas reflexiones vienen a cuento respecto a las últimas noticias sobre pensiones.

https://www.65ymas.com/economia/pensiones/pension-viudedad-pacto-toledo-pedira-pareja-hecho-acceda-igual-casada_20187_102.html

Pensión de viudedad para parejas de hecho y casadas“Pensión de viudedad: El Pacto de Toledo pedirá que una pareja de hecho acceda igual que una casada.”

Todavía recuerdo un viaje a Pamplona. Íbamos escuchando la radio, y alguna mujer reclamaba pensión compensatoria, cuando una pareja de hecho deja de serlo. Y de esto hará más de diez años.

Después de que, en el año 2.005, eso de matrimonio ya no precisa que sea de hombre y mujer, ¿qué narices es el matrimonio?. ¿Para qué vale?.

Volviendo a la broma del principio, si quitamos el matrimonio no habrá divorcios, así de tonto.

Pero la reflexión que hoy se les propone es la siguiente. Si para la extinción de la pareja de hecho no es preciso ni abogado ni procurador, ni juez que lo vea, ¿por qué no hacemos, al menos eso, para el matrimonio?.

Miren qué fácil lo tienen en Madrid:

Ley 11/2001, de 19 de diciembre, de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid.

“Artículo 6. Extinción de la unión. 1. Las uniones de hecho se extinguen por las siguientes causas: a) De común acuerdo. b) Por decisión unilateral de uno de los miembros de la unión notificada al otro por cualquiera de las formas admitidas en Derecho. c) Por muerte o declaración de fallecimiento de uno de los miembros de la unión de hecho. d) Por separación de hecho de más de seis meses. e) Por matrimonio de uno de los miembros.

 2. La cancelación de la inscripción de la unión de hecho podrá efectuarse a instancia de uno solo de los miembros. En este caso el Encargado del Registro comunicará a la otra parte dicha cancelación.”

Si para recibir una pensión no hace falta casarse, para divorciarse para qué se nos obliga a contratar abogado y procurador, si se hace en un juzgado, y si se hace en un notario también hay que contratar un abogado.

¿Qué se propone?. Qué el/la que se quiera divorciar que vaya a un juzgado, y ante un letrado de la Administración de Justicia lo manifieste. Si lleva más de tres meses casado/a, el divorcio automático. Si lo pidiera antes de ese plazo, que sea efectivo a partir de los tres meses.

Porque, señoras y señores, salvo que alguien pida la separación o la nulidad, no hay debate jurídico.

Por ello, para divorciarse, auto divorciarse.

Qué hay niños, temas económicos………se monta el pleito que se quiera, pero para tratar las consecuencias del divorcio.

Divorcio y consecuencias, dos cosas distintas.

Si en las parejas de hecho no hace falta ni abogado, ni procurador, ni juez, ni notario, que se permita a los casados lo mismo.

¿Dónde está el problema?. NO sólo igualdad entre hombre y mujer, sino entre casados y parejas de hecho.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

¿CUÁNTO CUESTA DIVORCIARSE EN ESPAÑA? EN ALGUNOS CASOS, NO DEBIERA COSTAR NADA, Y NO HABLAMOS DE JUSTICIA GRATUITA

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Uds. estarán pensando, pues depende. Sí y no. Miren, uno de los problemas que tenemos en España, y en otros países, es el mal uso del idioma, y les ponemos un ejemplo. España y su estado de bienestar. Ésa es una afirmación de muchos políticos. La realidad es que hay muchas familias que no llegan a final de mes, y hay niños que la principal comida la hacen en el colegio, porque en casa hay poco que comer.

Si Uds. van a un restaurante, y escogen de menú, cuando les presentan la factura, lo que quieren que pongan los distintos entrantes, y su precio. Primeros platos, segundos, postres, bebidas, etc. indicando cantidades y precios. Normal. Esperamos que estemos de acuerdo.

Como puede ser inevitable el tener que contratar un abogado y un procurador, para comparecer en un procedimiento de divorcio, se les reflexiona de pedir un presupuesto previo por escrito, y, si están de acuerdo, aceptarlo. Para que no haya problemas entre abogado y cliente.

Pues bien, como comentábamos con la factura del restaurante, en dicho presupuesto deberían ir las distintas gestiones que puede conllevar un procedimiento de divorcio, y pueden ser varias, según los casos. Y es ahí dónde queremos llegar.

Porque, señoras y señores, en un procedimiento de divorcio hay dos partes. La primera es la disolución de un vínculo. Y ojo, aparte de por la muerte o declaración de la muerte de uno de los cónyuges, es por el divorcio. Lo dice el artículo 85 del Código Civil.

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Ahora imaginemos que uno quiere el divorcio, y el otro quiere que el matrimonio sea declarado nulo. Aquí tendríamos una pelea en el juzgado, con sus costos. Artículo 770.2ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Ahora bien, el caso normal, salvo que presenten la demanda de mutuo acuerdo, o de uno con el consentimiento del otro, es que alguien, uno de los dos cónyuges pide el divorcio y se le ofrece al otro la posibilidad de comparecer en el procedimiento. Y, fíjense, en el caso de que no comparezca, esto es lo que indica la Ley de Enjuiciamiento Civil:

“Artículo 771 Medidas provisionales previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio. Solicitud, comparecencia y resolución

3…….La falta de asistencia, sin causa justificada, de alguno de los cónyuges a la comparecencia podrá determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por el cónyuge presente para fundamentar sus peticiones sobre medidas provisionales de carácter patrimonial.”

Pero nos estamos apartando de lo que queremos tratar en estas reflexiones, ¿cuánto cuesta divorciarse?.

Y, como en la factura del restaurante, querrán Uds. saber cuánto cuesta cada entremés, cada primer plato, etc. Y aquí, con su permiso, hay dos partes, bien diferenciadas: disolución del vínculo del matrimonio, y consecuencias de la disolución de dicho vínculo: hijos comunes, bienes comunes, etc., y, por supuesto, los distintos trámites o pasos judiciales.

Y esto es importante que lo sepan Uds. En España, se decreta el divorcio, sin más requisitos que pedirlo, cuando se llevan más de tres meses de matrimonio.

Por tanto, si es Ud. el que pide el divorcio lo único que tiene que hacer es aportar a su abogado un certificado de matrimonio, para que se lo presente al juez. Así de sencillo, y si el cónyuge no pide la nulidad, ¿cuánto puede/debe cobrar su abogado?……..Uds. mismos.

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Si Ud. recibe la demanda de divorcio, judicialmente, de su cónyuge, y tiene que contratar a un abogado y un procurador, para plantear lo que estime oportuno, si Ud. no va a plantear la nulidad del matrimonio, en el presupuesto previo que le tendría que presentar su abogado, es nuestra reflexión, tendría que indicar, no presupuesto previo de los servicios para un divorcio, sino:

“Minuta para contestar a las consecuencias de la petición de divorcio de su cónyuge. Y detallar los posibles trámites a seguir, y su costo.”

Si se utilizara bien el lenguaje, normalmente, el trámite del divorcio, tanto para el abogado, como para el juez, blanco y en botella, y aquí no es leche: se decreta el divorcio porque han transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio. Y si se planteara el divorcio en los tres primeros meses…tranquilos, cómo en el juzgado se llegará a esos tres meses, pues el mismo concepto.

En ciertos casos, hasta se pueden divorciar Uds. en un notario. Cómo lo oyen, perdón, como lo leen.

Lo que hemos querido transmitirles es que el divorcio no es bueno ni es malo, sino que es legal.

Por tanto, desde el momento en que nuestros políticos que esperan que en Europa nos arreglen los problemas, sin hacer reformas, y promuevan las denuncias, y haya mujeres que alegan años de maltratos, es conveniente que sepan que eso de desvincularse del matrimonio es debido a que se contrajo libremente con la persona elegida, y para dejar de convivir no se precisa ni juez.

Quiten odios, y siéntense a hablar, aunque no lleguen a acuerdos. El juzgado, lo último

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

Irene Montero y el 016: 53 RAZONES MÁS, RAZONADAS CON 500.000 EUROS, PARA EXIGIR QUE INTERVENGAN LOS HOMBRES DE NEGRO.

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No sé si a Uds., si matrimonio contrajeron, les dieron libro de instrucciones, o una simple chuleta con unas cosillas que dicen los jueces. A mí, no.

Hace varios meses, me deshice de un montón de papeles, entre ellos, calculo de 50 a 100 folletos, que a lo largo de más de diez años había ido recogiendo por distintos sitios, sobre los maltratos, presuntos o reales, y su información y tratamiento. Mucho dinero gastado en ello. Mucho experto, de todo sexo y condición, hablando de ello.

Ahora nos despertamos con la noticia de que, con el famoso teléfono 016, quieren atender en 53 idiomas, algunos de los cuales, a lo mejor, ni se hablan en la ONU.

Cuando el mayor problema de muchas mujeres es no poder abrir el negocio después de esta pandemia, o quedarse en paro, o no llegar a final de mes, perdonen si me equivoco, en muchos idiomas, quieren ofrecer dinerillo a mujeres, que, evidentemente, no han nacido aquí. Ya saben, España.

Como diría un abogado, no siga, porque todo lo que pueda añadir podrá ser considerado en su contra.

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Por ello, ya que dinero no hay, y no hacen más que ofrecer dinero por aquí, dinero por allá, y todas las administraciones llorando, reclamando más y más, y no se ve que nadie proponga ahorrar o cortar gastos, no hablaba de llevar este tema a algún juzgado, sino pedir que vengan los hombres de negro de Bruselas, para que empiecen a recortar gastos basados en la demagogia.

Y, uno de ellos, es esto:

https://okdiario.com/espana/montero-exige-empresa-del-016-que-atienda-53-idiomas-soninke-urdu-wolof-o-tamazight-5631464

“Montero exige a la empresa del 016 que atienda en 53 idiomas: soninké, urdu, wolof o tamazight.”

Si Uds. tienen otras ideas para recortar gastos, por favor, empiecen a darlas, porque esto tiene mala pinta. Y si alguno pensaba en quitar tanto asesor y experto, o bajarles el sueldo, de eso han informado en otros sitios. Y sí, también otros partidos y gobiernos hacían algo parecido.

Las 12 asesoras «tías estupendas» de la ‘feministra’ Irene Montero cobran medio millón… El sueldo de alguna es superior al del presidente Sánchez

https://www.elmundo.es/cronica/2020/05/24/5ec82f45fc6c834b768b45f6.html

“Las 12 asesoras “tías estupendas” de la “feministra” Irene Montero cobran medio millón…El sueldo de alguna es superior al del presidente Sánchez.”

SALARIOS PARA CARGOS

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Jesús Ayala Carcedo.

MONARQUÍA O REPÚBLICA

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Desde estas páginas intentamos respetar todo tipo de sensibilidades, opiniones e ideas, y, en este debate de monarquía o república, no queremos entrar, pero sí queremos hacer unas matizaciones sobre lo nuestro, los temas de pareja. Vamos a ello.

MONARQUÍA: El rey es elegido de acuerdo con la Constitución Española, que dicta las normas. Las personas que pudieran tener derecho a la sucesión quedarían excluidas en la sucesión de la Corona, por sí y sus descendientes, si contrajeran matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales.

REPÚBLICA: El presidente del Gobierno, al menos hasta ahora, conforme a la actual Constitución Española, no han tenido el voto de todos los españoles a su partido, como sucede con el actual, el anterior y otros.

Como tampoco los presidentes de la Generalitat de Cataluña, ni el actual, ni los anteriores. Ni resto de comunidades autónomas, ni el alcalde de su pueblo o ciudad.

Ningún problema se les pone para sus posibles matrimonios, que si pueden tener los posibles herederos de la corona.

La siguiente reflexión, que exponemos a su sano juicio es: si Ud. no está de acuerdo con que tengamos una monarquía, con el actual presidente del gobierno de España, con el presidente de su comunidad autónoma, o su alcalde, ¿qué medios tiene Ud. para que no tengamos monarquía, cambiemos de presidente del gobierno de España, de presidente de su comunidad autónoma, o de alcalde de su ciudad o pueblo?.

Lo tiene Ud. muy difícil. ¿Coincidimos?. Por no decir imposible.

Matrimonios formados libremente por hombre y mujer en España. Cualquier hombre o mujer que no desee seguir con esa presunta convivencia, ¿qué le permite la ley?.

Desde el año 1.981, esto dice el artículo 105 de Código Civil:

“No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que se refieren los artículos anteriores.”

Han leído Uds. bien. NO hace falta hacer un referéndum, presentar una moción de censura, o pedirlo en una carta.

Si Ud., mujer u hombre, está unido por matrimonio, conforme a este artículo, no tiene que argumentar nada, a nadie, y sin pedir permiso a juez alguno, ni al ahora cónyuge, por supuesto, hoy, cuando está leyendo esto, puede tomar la decisión, bien de marcharse de casa, si está en casa, o no regresar a casa, si no está en casa.

Y aquí no se habla de maltrato alguno, porque lo permite la ley y le da la gana: SE ACABÓ LA CONVIVENCIA.

Y dirán Uds., ¿y a que viene esto ahora, cuando lo han repetido en múltiples ocasiones, si les vengo siguiendo desde hace tiempo?.

Se les explica. Buscando una documentación, me sale un recorte de un periódico de Burgos, y me llama la atención una noticia, del año 2.013, y puesto en boca de una jueza:

“MUCHAS VÍCTIMAS “DENUNCIAN TRAS 40 AÑOS DE MALTRATOS, PORQUE ES AHORA CUANDO SABEN QUE LA RESPUESTA JUDICIAL ES RÁPIDA”.

Uds. mismos. Y ahora que nos expliquen los que gastan nuestros impuestos en estos temas pagando asesores, asociaciones, y dedicando miles de funcionarios a este tema, cuando no hace falta juez para abandonar la convivencia.

Protesten a nuestras autoridades, y que  les digan cuánto de esos millones se dedican a dar esta información a hombres y mujeres.

https://www.rtve.es/noticias/20190114/presupuestos-incluyen-220-millones-para-lucha-contra-violencia-genero/1868946.shtml

Presupuestos 2019 | El Gobierno defiende unas «cuentas feministas» con 220 millones para la lucha contra la violencia de género – RTVE.es

Presupuestos 2019

“El Gobierno defiende unas «cuentas feministas» con 220 millones para la lucha contra la violencia de género.”

 

Ahí queda eso. Olé.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

YO CONFIESO: ME DIVORCIO

Más de una vez, seguramente, les hemos comentado cómo funciona esto del divorcio. Doy un poder a mi abogado y procurador y ellos dicen que, Ud. o yo, nos queremos divorciar.

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En otros países, hay impresos que deben firmar, uno o los dos, componentes del matrimonio, para solicitarlo.

Confiamos en no ofender, pero proponemos a su reflexión, estudio y críticas, el siguiente modelo, “pa empezar”, si permiten Uds. esta pequeña broma:

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

JUZGADO DE FAMILIA DE…….

Yo………………….., con D.N.I. nº……….., nacido en ………., hijo de………y………, con domicilio en…………….,confieso que contraje libremente matrimonio con…………, con D.N.I. nº………, con el mismo domicilio que el abajo firmante (u otro, si fuera el caso), el día…..de……….de………

En virtud de la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, al haber contraído matrimonio hace más de tres meses, solicito decrete el divorcio:

Firmado en, el …….de………..de……

Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

MAMÁ SE DIVORCIA

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Bueno, pasó septiembre. Según los expertos, y las estadísticas, es el mes en que más se pide la separación/divorcio.

Un duro verano, de vacaciones y convivencia de veinticuatros horas, hacen saltar chispas, y claro, me divorcio y me divorcio.

Recuerdo, con cariño, cuando permitían asistir a juicios de familia en Burgos, cómo el juez explicaba a un hombre maduro, que su obligación era divorciarle, aunque el buen hombre no quería.

Con ello, queridos y amables lectores, les recuerdo que el derecho a divorciarse es un derecho personal de cada miembro del matrimonio.

Otra cosa. En el caso expuesto, la peticionaria, la mujer, exigió ejercer su derecho dónde debía, en el juzgado, con abogado y procurador.

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Pero, bueno, dirán Uds. Sí ella pide el divorcio, y el otro cónyuge no quiere divorciarse, ¿qué pintaba ese hombre en el pleito?.

Es aquí dónde nos permitimos exponer a su juicio nuestra opinión, del equívoco de mezclar dos cosas, y crear confusión. En efecto. El ejercicio de ese derecho personal de una o de las dos partes, es el motivo y el momento perfecto, si nos permiten la expresión, para poner al otro a parir, como persona y como padre o madre, en demasiados casos.

Y lo cual, como Uds. comprenderán, en nombre del interés superior del menor, que añadimos, no emancipado, supone entrar en un juego, brutal, para ver quién debe marcharse de su casa, cómo se paga la hipoteca, y cómo y cuándo nos ocupamos de los niños, y con qué.

Bueno, para estas simples, e inocentes reflexiones, permitan que les señalemos las posibles consecuencias, si el que no quiere separarse/divorciarse no comparece, con abogado y procurador, en el correspondiente procedimiento de divorcio iniciado por uno de los cónyuges.

En la Ley de Enjuiciamiento Civil hemos encontrado esto, en el artículo 771. Medidas provisionales previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio. Solicitud, comparecencia y resolución:

3……

“La falta de asistencia, sin causa justificada, de alguno de los cónyuges a la comparecencia podrá determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por el cónyuge presente para fundamentar sus peticiones sobre medidas provisionales de carácter patrimonial.”

Y, perdonen nuestra ignorancia, ¿sería causa legítima y justificada no comparecer porque no se desea hablar mal del otro cónyuge?.

Dejamos a su reflexión y criterio esto que viene en la ley, porque, por un lado, como señalamos en el párrafo anterior, no se quiere hacer ningún comentario, ni bueno ni malo, sobre el otro cónyuge, y a menudo padre o madre de los hijos comunes, y, por otro, no querer defenderse de posibles acusaciones o juicios, respetables, que pudieran justificar el oponerse a una mediación familiar, o a una custodia compartida, que pudieran desvirtuar lo que es una separación/divorcio: el ejercicio de un derecho, puro y duro.

Y si se entra en esa guerra, es justificar que hay que separar a dos leones que se quieren matar, y volvemos a lo que se quiso evitar en el año 2.005: intentar justificar el divorcio como consecuencia de conductas, aunque se permitían otras posibilidades.

Total, viene de maravilla la Ley de Violencia de Género, y esas políticas en que el sexo del hombre nos hace culpables.

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Y si al menos tuviéramos una ley como la de los vascos…………… Pasen y lean. Los mismos jueces españoles, pero distintas leyes. ¿Va esto contra la Constitución que dice que todos somos iguales, cuando, según donde vivas, las leyes son distintas?.

https://apfsburgos.com/tag/euskadi/

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

LA LEY ES DE TODAS, PERO EL FEMINISMO PARECE QUE SÓLO DE ALGUNAS. LA CHULETA DEL DIVORCIO DE LAS FEMINISTAS ESPAÑOLAS CONTRA LOS MALOS TRATOS HABITUALES

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No sé si Uds. se quedaron de piedra cuando la Vicepresidenta del Gobierno, en funciones, dijo que el feminismo es socialista:

https://www.lavanguardia.com/politica/20190714/463466188418/carmen-calvo-feminismo-socialistas-todas.html

Carmen Calvo: El feminismo no es de todas

Carmen Calvo: El feminismo no es de todas

La secretaria de Igualdad del PSOE y vicepresidenta del Gobierno en funciones, Carmen Calvo, ha asegurado que el…

“Calvo dice que el feminismo no es de todas: “Nos lo hemos currado” los socialistas.”

Bueno, si ella lo dice, respeto. En esa guerra de méritos no entramos. ¿Para qué?. Sin embargo, con el permiso de Uds., sí que les recordamos que las leyes están para todas. No lo decimos nosotros, lo dicen las leyes, elCódigo Civil, señoras y señores.

Por lo tanto, por un poco de decoro, menos odio al que libremente, hombre, han elegido las mujeres, al menos aquí en España, porque, ya está bien, de tanto mensaje mundialista.

Como decía Groucho Marx: “Éstos son mis principios, si no les gustan, tengo otros.”

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Durante mucho tiempo, con cierto criterio, hemos mantenido que para divorciarse no hace falta justificarlo, al menos en el sentido que había antes de la ley de 2.005, conforme a la Ley del Divorcio de 1.981, que, desgraciadamente, está en la mente de muchas personas, al sufrir el machaqueo del maltrato, a todas horas del día y de la noche, en primavera, verano, otoño e invierno. Si se divorcian, ¿qué habrán hecho?. ¿Quién es el culpable?, etc., etc., etc. Había también otros caminos, mediante plazos y acuerdos.

Pues bien, conforme a la ley, la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.

BOE.es – Documento BOE-A-2005-11864

BOE.es – Documento BOE-A-2005-11864

Documento BOE-A-2005-11864

Esto es lo que dice, entre otras cosas: “Con este propósito, se estima que el respeto al libre desarrollo de la personalidad, garantizado por el artículo 10.1 de la Constitución

Noticias Jurídicas

Noticias Jurídicas

, justifica reconocer mayor trascendencia a la voluntad de la persona cuando ya no desea seguir vinculado con su cónyuge. Así, el ejercicio de su derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de esa voluntad expresada en su solicitud, ni, desde luego, de una previa e ineludible situación de separación”.

Sin embargo, con su permiso, les recordamos uno de los requisitos que “exige” el artículo 770.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

“Las demandas de separación y divorcio………………………1.ª A la demanda deberá acompañarse la certificación de la inscripción del matrimonio………………”

Lo que exige la ley es que, ambos cónyuges, sin que sea necesario, en estos tiempos, para ser feliz, vivir en compañía, tener hijos comunes, etc., es haber pedido/exigido contraer matrimonio, y, para la mujer, con el hombre de su elección. Por supuesto, en matrimonios de hombre/mujer.

Por tanto, sería conveniente que el estado, las administraciones, dieran a las mujeres casadas una chuleta, sencilla, para poner en el frigorífico, que podría decir:

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

CHULETA  DE LA MUJER, DEL MATRIMONIO Y DEL DIVORCIO

Yo, Fulanita de Tal, libremente, en tal fecha…..,contraje, libremente, matrimonio con Fulanito de Cual.

Desde el año 1.981, la ley nos permite dejar de convivir en cualquier momento, sin necesidad de justificarlo a nadie, ni pedir permiso a nadie.

Desde el año 2.005, y a partir de los tres meses de contraído matrimonio, al pedir el divorcio, se decreta, por ley.

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Por todo ello, nunca debería denunciar al hombre que libremente escogí de MALOS TRATOS HABITUALES.

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Como decía Groucho Marx, más o menos: LA CAUSA DEL DIVORCIO, SUELE SER EL MATRIMONIO, el que tú exigiste y elegiste, mujer, al menos en España.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

  1. D.-Esto costaría una ínfima parte de lo que gastan en tantas expertas y expertos, folletos, cursillos, charlas y demás teorías. Menos juicios, y más información.

Otra cosa, habla la ley de 2.005, de solicitud, para pedir el divorcio. No estaría mal que se firmara una solicitud, porque, se da un poder, y la demanda la firma el procurador, y, normalmente, también el abogado. Se evitarían muchos abusos. Ya se hace en otros países. ¿Por qué no en España?. Tampoco hay que decirlo verbalmente en sede judicial, en principio. Por eso, firmar una solicitud/impreso.

DESPUÉS DE DAR DERECHOS A LAS MUJERES Y A LOS LGTBIS, HAY QUE DAR DERECHOS A LOS PADRES BIOLÓGICOS, PARA DEFENDER A NUESTROS NIÑOS

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Después de lo que se ha visto este fin de semana, con motivo del ORGULLO GAY, procede hacer unas reflexiones sobre el triste papel de los padres biológicos en la sociedad actual en nuestro país, España.

Pero antes, con su permiso, me van a permitir contarles algunas vivencias personales.

–          En primer lugar, contarles lo que viví en una conferencia feminista. Llegó un momento en que levanté la mano, respecto a lo que decían, y las dije: respecto a lo que Uds. cuentan, las juro que yo no soy responsable, como tampoco del “pecado original”. Me dijeron que yo no daba la conferencia,

–          En otro momento, una mujer peruana me dijo: Uds., los españoles, nos deben mucho a Perú. Y la dije: lo que yo he visto en mi pueblo, hace más de sesenta años, fue una vida muy precaria, en que tener cuatro vacas era símbolo de tener buen nivel económico.

–          Cuando no había Juzgado de Familia en Burgos, asistí a una vista de divorcio. Era un matrimonio de mediana edad. Estaban los dos miembros del matrimonio sentados juntos, y el hombre le dijo al juez: Yo no quiero divorciarme. El juez, con mucha humanidad, le explicó: mi obligación es divorciarle.

–          Si Uds. quieren saber cómo era la sociedad española de hace setenta/sesenta años, se les recomienda que vean la película de Alfredo Landa y María José Alfonso: LA NIÑA DE LUTO (1.964).

La primera reflexión de lo que está pasando en nuestro país, y en la vida social, es que se está empleando un mensaje mundialista, en que para aplicar política aquí, nos hablan de lo que pasa en otras partes del mundo.

Nos hablan de lo que pudo pasar hace ya años, pero actualmente no pasa.

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Se utilizan conceptos como patriarcalismo o machismo, para ocultar la situación legal de las parejas y matrimonios, y los problemas sociales que están detrás de los dramas de las separaciones y divorcios, en que, en nombre del bien superior del menor, se nos quitan derechos a los padres biológicos de los niños, porque, hoy y ahora, al matrimonio y las relaciones de pareja se accede con completa libertad y con la persona elegida, sin que se obligue a nadie a convivir un solo segundo no deseado. Se espera que Uds. lo acepten así, o argumenten lo contrario.

Se llega a asimilar divorcio con malos tratos. Pues va a ser que no. No se argumenta eso para que un juez divorcie. Y claro que las mujeres separadas/divorciadas pueden tener problemas en el tema laboral, si se deben ocupar, en exclusiva, de los niños comunes, pero cuando se habla de CUSTODIA COMPARTIDA, los partidos políticos no tienen el coraje de apoyarlo. Pero, señoras y señores, se nos obliga a casarnos en igualdad de derechos y deberes.

Llegamos al día de ORGULLO GAY. Un colectivo que no agrupa a todos los que no sean heterosexuales, y en un país en que nadie tiene que manifestar sus orientaciones sexuales, o costumbres sexuales, y que, socialmente, se respeta que las personas adultas, en relaciones entre personas, no nos metemos con la vida de nadie, en temas que creemos que deben quedar en la estricta intimidad, ahora tratan de imponer sus ideas a toda la población.

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Respeto y compresión, se los damos. No hay problema. Hace años no sólo tenían problemas los que ahora se manifiestan LGTBIS, sino sindicalistas y gente que reclamaba derechos políticos fuera del sistema político vigente. Nuestra comprensión y nuestra estima por todos los que sufrieron discriminaciones o castigos que hoy consideramos injustos.

Las relaciones de pareja, sin vínculo ninguno, y los hijos nacidos fuera del matrimonio de sus padres biológicos, también estaban mal vistos.

Se sufrió mucho, por muchos, hace ya muchos años.

Pero, actualmente, las mujeres, en la relación de pareja y matrimonial, no están bajo el dominio de hombre alguno, porque no tenemos ese poder, con una diferencia respecto a los políticos, las asociaciones feministas y LGTBIS: todas las mujeres nos han elegido a sus parejas, y todos ésos no representan a todos los ciudadanos.

Hablar de ciertos temas, como aborto, adoctrinamientos en las escuelas, privación del derecho a recibir enseñanza en castellano o español, pero cuidando de que también dominen nuestros hijos el otro idioma que se pueda hablar en esa autonomía, es motivo, por parte de ciertos partidos, como tendencias extremas dentro del abanico político.

Por cierto, hace poco, buscando unas llaves por casa, vi un pin, de la asociación PROVIDA. Es muy pequeño, y representa dos piececitos, y, en el papel en que va unido, indica: “Estos pies son idénticos a lo de un niño no nacido de diez semanas de gestación”.

El matrimonio, a los que llaman machistas y patriarcales, según afirman algunos grupos, no tenemos derecho a saber que nuestra pareja o cónyuge, después de tener relaciones sexuales plenamente aceptadas, está embarazada y que a continuación ha abortado. ¿Derecho de la mujer?. Perdón, no vaya alguien a colocarme en algún grupo extremista legal.

Pues bien. Vayamos a los organizadores del desfile del ORGULLO GAY en Madrid:

http://www.msn.com/es-es/noticias/espana/los-organizadores-del-orgullo-piden-a-ciudadanos-que-hagan-autocr%c3%adtica/ar-AADYKMe?li=BBpmbhJ&ocid=HPDHP17

Ha habido ataques a dos partidos, en unos momentos muy delicados en la gobernabilidad de este país: CIUDADANOS y VOX. Y tomando partido por otras posibles alternativas de gobierno. Se declaran convocantes u organizadores de ese desfile: COGAM y FELGTB.

Se insiste que esta sociedad actual respeta diversas formas de sexualidad, pero a nadie se nos obliga a exponer a la luz pública, ni nuestros pensamientos, ni tendencias, ni actuaciones en ese terreno personal, como tampoco nuestras ideas religiosas o políticas. El voto es secreto.

En nuestras escuelas, uno de los mayores problemas que tienen nuestros niños y jóvenes, menores no emancipados, es la posible separación/divorcio de sus padres. No reciben una información correcta por parte de nuestras autoridades, de todo tipo. En cambio, grupos feministas imparten sin control de los padres sus teorías de género y malos tratos que les pudieran afectar en etapas posteriores. Y esto es lo que hacen con mucha libertad esos grupos LGTBIS que censuran a algunos partidos políticos, que seguro que tienen gente de todo tipo de orientación sexual.

En Burgos, se reparten cuentos de sirenitas lesbianas y marineritos gays.

http://www.cogam.es/que-hacemos/servicios-lgtb/educacion/documentos-educativos/

·         Colección Cuentos para la diversidad

Guías de implementación de los talleres impartidos por Educación-COGAM en centros educativos:

·         Taller de Sensibilización frente al acoso escolar LGBT-fóbico. Atención a la diversidad afectivo-sexual y de identidad de género (Guía de implementación talleres en ESO, Bachillerato y Ciclo Formativo, 2016).”

Cuando un padre separado/divorciado va a pedir datos de sus hijos en las escuelas, como padres separados/divorciados, se nos mira con recelo: ¿será un maltrador?. Y en el sistema sanitario.

Desde estas líneas, se manifiesta la opinión personal, de que, desde un profundo respeto de las diversas orientaciones y hábitos sexuales, a desarrollar en la intimidad, y en libertad, y lamentando duras y terribles actuaciones contra ciudadanos que iban contra corriente, en ámbitos como el religioso, sexual, político, sindical, etc., hoy, eso que entonces se perseguía, no es motivo de discusión ni de represión, y sí de respeto.

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Pero ahora, los que estamos en peligro somos los padres biológicos de los niños, en que la palabra de una mujer: NOS DETIENE, nos expulsa de nuestras propiedades y nos impide responsabilizarnos en IGUALDAD de nuestros hijos, fruto de relaciones libremente consentidas, en igualdad, en separaciones y divorcios. Nuestros hijos son secuestrados en CASAS DE ACOGIDA y similares, sin que un juez sepa de su situación. Y la decesión de la madre, respetable, no es ninguna garantía de los derechos de nuestros niños.

Y es un derecho de nuestros hijos disfrutar en IGUALDAD de las familias del padre y de la madre.

Estamos, desde hace tiempo, siendo víctimas de presiones sociales para quitar derechos a nuestros niños: DERECHO A RELACIONARSE CON SUS PADRES BIOLÓGICOS EN IGUALDAD, Y AMBAS FAMILIAS.

Hay mucho partido cobarde, que ha abandonado la defensa de los derechos personales de nuestros niños, Pero están pagando su pecado de cobardía. De la misma manera que se acusa de patriarcalismo o machismo, se ponen etiquetas a los partidos políticos con una finalidad, QUE NO SE UNAN Y GOBIERNEN. Van a desaparecer vírgenes y sin gobernar.

AHORA, LOS QUE ESTAMOS PERSEGUIDOS, SOMOS LOS PADRES BIOLÓGICOS. No las mujeres, no los Gays o Lesbianas y demás.

¿HABRÁ ALGÚN PARTIDO QUE NOS DEFIENDA A NOSOTROS, LOS PADRES BIOLÓGICOS,  Y A NUESTROS HIJOS?.

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Jesús Ayala Carcedo, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS

P. D.- Se insiste, reflexiones personales, al amparo de la libertad de expresión, que no se ha respetado en Madrid, en la marcha de ORGULLO GAY.

LUIS ROJAS MARCOS, GROUCHO MARX Y EL MATRIMONIO Y EL DIVORCIO EN ESPAÑA

 

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Seguramente, muchos, por no decir todos, que se divorcian, pasan malos momentos. Es lo normal, y, pensar que sea una cosa sin importancia, es negar una realidad que se comprueba día a día.

Y, en esto del divorcio, caen gente que se piensa que son grandes pensadores, que han contraído matrimonio después de sensata reflexión, en que sabían lo que querían, sabían dónde se metían, y lo hacían con la persona apropiada, y su comportamiento en su vida matrimonial fue la correcta.

Pues bien. En Burgos, quizá fue el año pasado, uno de esos españoles que han triunfado en el extranjero, concretamente en Nueva York, dio una conferencia; y fue tal el reclamo de su persona y su personalidad, que había una larga cola esperando entrar en el lugar de su conferencia. Esta personalidad era D. Luis Rojas-Marcos, psiquiatra que ha tenido cargos muy importantes en Nueva York.

Pues bien, este hombre se divorció, y se desconoce si por iniciativa propia o no, pero ése es el hecho.

https://es.wikipedia.org/wiki/Luis_Rojas-Marcos

https://elpais.com/diario/1990/12/01/opinion/660006008_850215.html

https://www.frasesgo.com/autores/frases-de-luis_rojas_marcos.html

Entre sus libros y escritos, en el año 1.994, se publicó su libro “LA PAREJA ROTA”. En entrevistas y artículos ha escrito sobre el divorcio, separaciones y demás.

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Por otra parte, aunque mucha gente joven no le ha conocido, los que nacimos mucho antes, disfrutamos de las películas de un actor genial, que hizo con algunos de sus hermanos. Me refiero a Groucho Marx.

Una de sus frases famosas, o al menos se la atribuyen a él, es: “El matrimonio es la principal causa del divorcio”.

https://es.wikipedia.org/wiki/Groucho_Marx

Obviamente, con un profundo respeto hacia estas dos importantes personas, con su permiso, y en relación a sus sensatas y estudiadas reflexiones, corresponde aportar otras reflexiones sobre el divorcio, y el matrimonio, trámite previo para un hipotético o real divorcio.

Respecto a la frase de Groucho Marx, dado que falleció en el año 1.977, y el divorcio no estaba vigente en España, en la historia reciente, sino hasta 1.981, era válida la reflexión, pero no era válida para los españoles. Ahora es plenamente válida.

En cuanto a los muy importantes planteamientos del Dr. Rojas-Marcos sobre el divorcio y sus consecuencias, la pareja, etc., hay que acudir a la legislación española actual, para que los ciudadanos actuales de este país nos aclaremos, para comprender estas dos circunstancias sociales: el matrimonio y el divorcio.

Sobre lo primero, después de 2.005, en que se ha hecho legal el matrimonio entre personas del mismo sexo, se nos debe caer la venda que no nos permitía comprender lo que es el matrimonio en la legislación civil. Si a Ud., que ha podido contraer matrimonio, le han dado libro de instrucciones, y, le han definido qué es el matrimonio, es una persona informada, y afortunada, porque aquí no se define lo qué es el matrimonio, ni nos dan ideas para el día a día en la vida matrimonial. Y menos por escrito.

Entonces, como quizá habrán leído en reflexiones precedentes, el matrimonio hay que intentar comprenderlo a partir de las leyes que permiten salir del matrimonio. Y es en ellas que se puede comprender lo que está ocurriendo aquí y ahora, en relación al divorcio:

-Es una decisión que se permite tomar por cada uno de los miembros de la pareja, o cónyuges. Es decir, no necesariamente compartido por ambos miembros. Tampoco lo tienen que pedir los dos. Importante.

-En ningún momento se obliga a convivir, si no se desea. Por lo que si alguna mujer, como dicen los expertos, y expertas, notoriamente, tarda unos diez años antes de decidirse a denunciar una situación que consideran incorrecta, es que deben saber más de leyes, y menos de teorías. Las leyes son claras. ¿Por qué hay mujeres que denuncian años de maltratos, cuándo no obligamos segundo no querido a convivir?.

-Tampoco hay que argumentarlo. La realidad es que no se decreta divorcios en que se atribuya el divorcio a presuntos o reales malos tratos.

Una y otra vez, venimos insistiendo que hay que buscar lo que está pasando a mucha gente, no en teorías, sino en comprender lo que permiten las leyes, y es, señoras y señores, ejercer la libertad irresponsablemente, y apoyarlo con estructuras especializadas en maltratos, presuntos o reales, vinculados a los genes masculinos. Y esa venda cubre los ojos de los tontos, el negocio de algunas y algunos, y la incompetencia de otros. A buen entendedor, pocas palabras.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

MADRE SOLTERA O MADRE DIVORCIADA

Envían por la red el siguiente chiste:

– ¿Cuándo conoció usted a su pareja?.

– Durante el proceso de divorcio.

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Pondrán Uds. sonreír o no encuentren la gracia a lo que acaban de leer, pero, ¿y si esto tuviera consecuencias jurídicas?. Con su permiso, vamos a bucear un poco en el Código Civil.

Las 10 diferencias básicas entre madre soltera y familia monoparental

Pero, mejor aún, comenzamos por la Ley de Enjuiciamiento Civil, para el caso en que una cónyuge y madre pida, por ejemplo, el divorcio, y, como en muchos casos, se entera el otro cónyuge porque el juzgado le envía copia de la demanda.

Una de las alternativas que permite esta ley, la Ley de Enjuiciamiento Civil, es:

“Artículo 770 Procedimiento

2.ª La reconvención se propondrá con la contestación a la demanda. El actor dispondrá de 10 días para contestarla.

Sólo se admitirá la reconvención:

  1. a)Cuando se funde en alguna de las causas que puedan dar lugar a la nulidad del matrimonio.

Se lo traducimos. La mamá pretende el divorcio, y las formas de pedirlo no gustan, porque quizá el ejercicio de ese legítimo derecho se debiera hacer de otra manera, como sería hablar de las posibles consecuencias cara a cara, o solicitar ayuda externa mediante mediación familiar, o intentar ahorrar en gastos de abogados, etc., antes de presentar la demanda.

Uno de los artículos que leen, al contraer matrimonio, habla del interés de la familia, y los procedimientos judiciales, cuando se paga a abogados y procuradores, eso suele ser muy caro, y no está mal intentar gastar lo mínimo. Aparte de los traumas que se pudieran producir en todos, empezando por los padres, pasando por los hijos, y continuando por las familias de los padres.

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Pasemos entonces a una de las causas de la nulidad matrimonial, conforme al Código Civil:

DE LA NULIDAD DEL MATRIMONIO

“Artículo 73

Es nulo cualquiera que sea la forma de su celebración:

4.º El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento.

 

“Artículo 76

En los casos de error, coacción o miedo grave solamente podrá ejercitar la acción de nulidad el cónyuge que hubiera sufrido el vicio.

Caduca la acción y se convalida el matrimonio si los cónyuges hubieran vivido juntos durante un año después de desvanecido el error o de haber cesado la fuerza o la causa del miedo.”

Y aquí es donde queremos llegar. Ud. ha contraído matrimonio creyendo que lo hace con una mujer que va a actuar en interés de la familia, a la cual ni Ud., ni la legislación, le han impuesto convivencia no querida, desde el segundo cero del matrimonio……y resulta que, por un lado, le empieza a poner denuncias de presuntos malos tratos habituales, que Ud. estima no correctas, y que además le van a impedir pedir, por ejemplo, la CUSTODIA COMPARTIDA, y, por otro, exige que Ud. salga del domicilio familiar, que es suyo, en todo o en parte, y que siga pagando la hipoteca, etc., etc. Respecto a esto del domicilio, les recordamos que la ley no impide que se tomen otras decisiones, como vender la vivienda a terceros, o el uno le compra al otro su parte, o paga una cantidad al otro el que va a seguir en la vivienda, como se contempla en el legislación del País Vasco…..

Total, vamos a los artículos citados del Código Civil, el 73 y 76. Ud. tuvo un error que sólo descubre cuando su cónyuge pide el divorcio por las bravas, y además poniendo denuncias que no son precisas, ni la causa del divorcio. Y pide la nulidad dentro del año en que se descubre el error…….

Si se lo conceden, la mamá sería una mamá soltera, y no una mamá divorciada.

Afortunadamente, en estos tiempos hay muchos niños que nacen fuera del matrimonio de sus padres. Hace 50 ó 60 años eso de mamá soltera no era bien visto.

Yo les trasmito lo que dicen las leyes. Su abogado puede que piense distinto, pero nosotros se lo comentamos como lo leemos. Y les hemos puesto a su disposición la ley.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

PAPÁ ESTÁ EN LA CÁRCEL. JUGANDO CON FUEGO

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Cuando estoy escribiendo esto, tengo al lado el primer número de la publicación LA VOZ DEL PATIO, el periódico y programa formativo del Centro Penitenciario de Burgos.

Y esto me trae a la memoria recuerdos de cuando iba a ese centro penitenciario. A visitar a algún padre condenado por temas de familia. Como trasfondo, en algún caso, muy importantes temas patrimoniales, que al final han supuesto un elevado costo en gastos de abogados. En algún otro, de un padre que dentro de la cárcel hacía trabajos para ganar dinero para que sus hijos pudieran comer.

En casa tengo un escudo del Real Madrid, regalo de otro preso, por esos problemillas entre hombres y mujeres.

Me impactaron dos hechos ocurridos un mismo día. Estaba en el aparcamiento exterior de la cárcel. En esto sale un hombre joven, y me abraza. Me dijo, eres el primer civil que veo después de estar varios años sin salir de ahí. Algún problema con alguna mujer.

También llegó un coche viejo en el que iban dos mujeres de la antigua América hispana, de raza negra. Una joven, al volante, y la otra de mediana edad. Me preguntaron por un conocido centro de alterne. Me dije, y para esto vienen a España.

Pero, me centro en el título de estas reflexiones. Papá está en la cárcel.

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No corresponde indicar, por si acaso: condena absoluta a cualquier tipo de agresión, maltrato, etc., real, presunto o lo que sea. No, no procede poner siempre esta coletilla.

Los papás de esos niños, si nacieron en España, no impusimos a las mamás relación o convivencia impuesta. Y todos pensamos que no ha habido nacimiento que no fuera sin consentimiento expreso de la mujer y madre.

Todavía recuerdo que un padre nos comentaba, que le decía la hija, ante la información de que la mamá pedía cárcel para él. Mamá dice que no quiere que vayas a la cárcel. Entonces, ¿a que juega con las denuncias?.

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Porque pudiera ser incompatible pedir cárcel y exigir que pague hipoteca y pensión de alimentos para la descendencia.

Y sí, esto es jugar con fuego. ¿Realmente quieren las mujeres que el papá vaya a la cárcel y siga pagando la hipoteca y gastos de los niños?.

Insistimos, más conocer el derecho civil, en lugar de que se exijan castigos, cuando a ninguna mujer la imponemos nada que no quiera, con el hombre, que, oh milagro, libremente ha elegido ella.

Uds. mismos.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

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