LOS MENORES NO EMANCIPADOS EN LA SANIDAD PÚBLICA, CUANDO NO CONVIVEN CON AMBOS PADRES. Protocolo sanidad en las diferentes Comunidades Autonomas Parte I

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Ponemos a su disposición las respuestas que hemos recibido de diversas autonomías, en relación, principalmente, a la información a los padres y toma de decisiones sobre los menores no emancipados.

En primer lugar, destacar que es un tema delegado en todas y cada una de las autonomías, con lo que el tratamiento que se da a este tema varía de una comunidad a otra, conforme nos indica el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

En segundo lugar, destacaríamos que es conveniente que los médicos que atiendan a nuestros hijos estén informados de la situación familiar, y lo pongan con sus datos personales, en relación a posibles informaciones a ambos padres, y para toma de decisiones en situaciones que requieran el consentimiento de los padres, como operaciones.

Estas son las preguntas que se han enviado:

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Estudio ente las relaciones del Servicio Nacional de salud y las actuaciones frente a hijos de padres que no conviven en base a estas cuestiones:

1º   Existe una guía actuaciones o protocolo de los centros sanitarios sostenidos con fondos públicos marcado las pautas de actuación que éstos deben realizar en los supuestos en los que los progenitores de los menores no emancipados no convivan en el mismo domicilio bien por estar divorciados, separados, exista nulidad matrimonial, etc. Se aplica también en los casos en que los progenitores hayan finalizado o disuelto una unión de hecho.
Principalmente considerando que con carácter general, los progenitores conservan la patria potestad respecto de sus hijos lo que implica que tienen una serie de deberes y derechos en relación a su cuidado.

2º    La casuística de situaciones es muy variada y para facilitar las actuaciones en estos supuestos, existe algún servicio de asesoramiento o una dirección de correo electrónico en el que se puede plantear las dudas y obtener una pauta de actuación acorde con lo que marca el ordenamiento jurídico?

3º    Tienen los profesionales sanitarios alguna manera de ver en el sistema informático esta situación familiar. Hay alguna base de datos o en los historiales clínicos, que indique de la situación familiar de los menores no emancipados que carezcan de autonomía sobre su salud. Es decir, que hay una separación o divorcio.

4º    Existe en el caso de conocer la situación familiar que comento alguna obligación de los profesionales de informar sobre la enfermedad, tratamiento u operación de quirúrgica de un menor no emancipados, así como de su asistencia un determinado especialista (psicólogo, logopeda etc…)

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Hemos recibido las siguientes respuestas:

*Consejería Sanidad Gobierno de Cantabria:     

 Respuesta Cantabria.pdf

No existe protocolo, pero si un servicio de asesoría jurídica y un programa de atención a la infancia. Ambos padres deben participar en la autorización a cualquier intervención medica y ser informados siempre que conserven la patria potestad.

*Sanidad Pais Vasco Osakidetza:

Respuesta Osakidetza.pdf

No existe protocolo, si uno de los progenitores es desposeído de la patria potestad se refleja en la historia clínica. Derecho a conocer la historia clinica del menor por el siguiente procedimiento:

Solicitud para progenitores o tutores para acceso a la carpeta de salud de menores a su cargo. Osakidetza.pdf

*Servicio Madrileño de Salud

Respuesta Madrid 1.pdf      Respuesta Madrid 2.pdf

No existe una guía de actuación concreta, se abordan, conjuntamente con otras consejerías, las situaciones que ponen en riesgo al menor. Se pueden plantear las dudas a los servicios jurídicos de la institución. Al realizar la historia clínica se hacen constar la situación familiar en ella. No existe obligación de informar al otro progenitor ya que se supone, en ausencia de otros datos, que ambos progenitores viven juntos y que, si no lo hacen, se informan mutuamente. 

Manejo de la información y actuaciones del profesional medico en la atencion de menores ante situaciones de conflicto familiar. Colegio medicos de Madrid.pdf

*Servicio de Salud de Castilla la Mancha SESCAM

Respuesta Castilla la Mancha.pdf

No disponemos de guías de actuación o protocolos marcando pautas de actuación, no existe ningún servicio específico, ni ningún correo electrónico donde plantear dudas. Historia clínica carece de un registro especifico donde se anote esta condición en particular del menor.No consta la existencia de instrucciones dirigidas a abordar de forma específica esta problemática.

*Consejería de Sanidad y Políticas Sociales. Junta de Extremadura

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No ha realizado ninguna actuación  en este sentido, puede dirigirse a la Dirección General de Asistencia Sanitaria y a los Servicios Jurídicos del Servicio Extremeño de Salud

Consejería de Sanidad . Junta de Castilla y León.

No existe guía o protocolo, ni servicio o dirección a  que dirigirse fuera de las habituales. La historia clínica posibilita incluir aspectos sociales, siempre que lo pongan en conocimiento alguno de los progenitores.

Existe obligación por parte de los profesionales sanitarios en caso de conocer la situación familiar de informar a cualquiera de los progenitores indistintamente de los diagnósticos, tratamiento o intervención. Sin que constituya un deber para los profesionales contactar de oficio con el otro progenitor.

Respuesta Castilla y Leon .pdf

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EL DEFENSOR DEL PUEBLO NO PUEDE DEFENDER LA IGUALDAD DE ALGUNOS NIÑOS HUÉRFANOS

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Creímos que era lo natural, lo lógico, lo constitucional, que todos los niños, todos los hijos, serían iguales ante una misma circunstancia, el fallecimiento de uno de los padres, por un hecho terrible: la muerte violenta de un padre o madre, causada por el otro padre o madre. Pues no, sólo si un padre mata a la madre, y deja a hijos huérfanos, el Estado Español ayuda, en las condiciones legisladas, a esos hijos.

AVANZANDO HACIA LA PROTECCIÓN EFECTIVA DE LOS HIJOS DE LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

EL DEFENSOR DEL PUEBLO RECLAMA MEJORAS EN LA PROTECCIÓN DE LOS HIJOS DE LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Defensor Pueblo pide proteger a hijos de mujeres víctimas de violencia género

Creímos que ante ese drama quedaban en desigualdad los hijos huérfanos de padre porque era la madre la causante. Pues no, el Defensor del Pueblo no puede hacer nada ante esta situación que consideramos de desigualdad, de unos hijos respecto a otros. Aquí nuestra petición al Defensor del pueblo:

DEFENSOR DEL PUEBLO, CUANDO LA QUE MATA ES LA MADRE

Para su estudio y comentarios les adjuntamos el escrito que nos ha enviado. Manifiesta no estar dentro de sus competencias, lo pedido: añadir una partida en los presupuestos generales del estado.

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Gracias, de todas las maneras, por su escrito. Desde estas líneas, instamos al actual gobierno, en defensa de la igualdad entre ciudadanos, a corregir esta disposición discriminatoria de unos hijos respecto a otros.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

DEFENSOR DEL PUEBLO, CUANDO LA QUE MATA ES LA MADRE

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EXCMO. SR. DEFENSOR DEL PUEBLO

C/ Zurbano, 42

28.010 MADRID

 

ASUNTO: PRESUNTA DISCRIMINACIÓN Y MENOSCABO DE DERECHOS ENTRE HIJOS QUE HAYAN PERDIDO A UNO DE LOS PADRES, POR MUERTE DE UN PROGENITOR A MANOS DEL OTRO

 

Burgos, 16 de abril de 2.018

 

Excmo. Sr.:

Según información que procede de la propuesta de PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO, y en concreto como propuesta del MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD, y correspondiente al año 2.018, se quiere destinar “una partida presupuestaria de 4.800.000 euros, para proteger a los  hijos huérfanos que no tienen derecho a cobrar pensión de orfandad porque sus madres no han cotizado lo suficiente para percibir una prestación.” 

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Comprendiendo la terrible situación de esos menores no emancipados, emancipados o mayores de edad, la realidad es que la trágica muerte de uno de los progenitores, o padres, no suceden, únicamente, porque un hombre mata a una mujer, también hay mujeres que matan al padre de su/s hijo/s, conforme pueden comprobar en las memorias del CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, del año 2015.

Obviamente, procede condenar todo tipo de acto violento en el seno de parejas o familias, independientemente del sexo o género de la persona que pudiera cometerlo, pero es, en defensa de los derechos de igualdad, que dice garantizar la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, que procede que indique, bien al Gobierno Central, bien al citado MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD, que dicha partida cubra, también, la terrible situación personal de esos hijos que pudieran quedar huérfanos, cuando la causante es la madre.

La inclusión, por primera vez, de una partida presupuestaria de 4.860.000 de euros para
pensiones de orfandad a hijos e hijas de víctimas de violencia de género. Esta medida
afecta a los hijos huérfanos que no tienen derecho a cobrar pensión de orfandad porque
sus madres no han cotizado o no han cotizado lo suficiente para percibir una prestación
contributiva. La medida excluye a los hijos de hombres asesinados por sus mujeres.

Según el anuncio de la ministra, los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2018
incluirán una partida para proteger a los menores que hayan sido “víctimas directas de la violencia de género”.

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El anuncio de la ministra deja claro que la medida incluirá sólo a los hijos de mujeres
asesinadas. Los pequeños que fuesen hijos de una persona -ya sea hombre o mujer- asesinada por una mujer, se quedan sin la ayuda, ya que la definición de “violencia de género” incluida en la Ley de Violencia de Género de 2004 incluye sólo los casos en que un hombre mata a una mujer.

Todo esto parte de la siguiente inicitiva parlamentaria del PSOE de mejora de la pensión de orfandad de las hijas e hijos de víctimas de violencia de género:

– DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, DE MEJORA DE LA PENSIÓN DE ORFANDAD DE LAS HIJAS E HIJOS DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO. (Número de expediente 122/000079).pdf

“Hasta el momento las reformas llevadas a cabo no han dado soluciones de reparación a los menores huérfanos cuyas madres no hubiesen cotizado 500 días en los últimos cinco años, y muchísimo menos a aquellos cuya madre causante no estuviese dada de alta en la Seguridad Social.”

La ministra se había comprometido hace un año a tomar esta medida en los términos en los que la ha dado a conocer este miércoles, señalando que beneficiaría a los hijos de madres asesinadas aunque el presunto asesino no haya sido condenado por sentencia firme. Sin embargo, si la madre de los niños ha sido condenada por sentencia firme por asesinar al padre, los pequeños quedan excluidos de esta ayuda. Esta discriminación afectará especialmente a los hijos cuyo padre estuviese en el paro, por ejemplo, y no hubiese cotizado lo suficiente para esa prestación. Se desconoce exactamente cuántos son al no figurar en las estadísticas del Gobierno ni de la Fiscalía.

Diferenciar entre huérfanos según el sexo de su progenitor, hay víctimas de primera y segunda según el sexo de su asesino. Una cantidad de dinero que no sirve para luchar CONTRA TODA VIOLENCIA, discrimina a los hombres víctimas de violencia intrafamiliar y a sus hijos en caso que fallezcan en manos de su progenitora ( en estadísticas la mayoría). No tienen los mismos derechos???

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Igual q las 44 asesinadas dejan huérfanos, los 10 asesinados también este en base a lo sentenciado en 2015:

Análisis de las sentencias dictadas en el año 2015, relativas a homicidios y/o asesinatos entre los miembros de la pareja o ex pareja y de menores a manos de sus progenitores

Las víctimas del ultimo año informado (2015):

Informe sobre víctimas mortales de la Violencia de Género y de la Violencia Doméstica en el ámbito de la pareja o ex pareja en 2015

En la confianza de que atienda esta nueva petición, con la eficacia acostumbrada, y se iguale en derechos económicos a hijos que hayan sufrido la pérdida de uno de los padres, causada por el otro, atentamente

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UN PACTO LEGISLATIVO A FAVOR DE LA FAMILIA, CON LEY DE FAMILIA

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La Excma. Sra. Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a bombo y platillo, ha propuesto un pacto de Estado por la infancia que aporte mayor protección a los menores.
Poca o ninguna fe tengo en tanta propaganda, que pudiera haber provocado el anuncio de la ONG extranjera SAVE THE CHILDREN, sobre niños muertos en el entorno familiar, que, como otras, como WOMEN´S LINK WORLD WIDE, se dedica a exigir y proponer cambios legislativos en España.
Aunque la presunta finalidad y su supuesta bondad son respetables, los primeros responsables del bienestar de nuestros niños y jóvenes son los padres, no las leyes.
Y es por ello que, independientemente de las distintas modalidades de convivencia y familiares, el interés de nuestros niños y jóvenes es que los padres de los mismos mantengan, incluso en casos de separaciones/divorcios, relaciones frecuentes en favor de los hijos que todos suponemos se han tenido en libertad, y con responsabilidad.
Y es muy importante el nombre de lo que legislen, porque el interés de los niños y jóvenes es tener buenas relaciones con ambos padres, que son los que deben asumir su educación y gastos, preferiblemente a fondos públicos, es decir que sus gastos los asuman el resto de los ciudadanos. El que sepa hacer hijos que los cuide y los mantenga, en principio.
Y debe ser desde esa perspectiva desde la que se puede, y debe, ayudar a los niños y jóvenes.
Estupendo que se legisle, aunque con mucho retraso, conforme a lo prometido sobre la CUSTODIA COMPARTIDA, pero nadie olvide que la política de estado, el suyo y el nuestro, es el de la guerra, no el de la paz. Donde el sexo, y no los propios actos u omisiones, es un agravante para el hombre, para el padre. Y el grito de guerra es denuncia al compañero o cónyuge, en vez de ayudar en las discrepancias.
Cuando la Excma. Sra. Ministra de Defensa ya nos anuncia grandes gastos en el presupuesto militar, las deudas públicas no hacen más que aumentar, y todas las administraciones públicas no hacen más que reclamar más y más dinero, es de temer que sobren leyes y falten medios para la familia, lo mismo que está faltando para la Sanidad o las pensiones.
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Muy bien las declaraciones del Gobierno en favor de la mediación familiar, pero o la ponen gratuita, y yo reflexionaría obligatoria, con excepciones a otorgar judicialmente, o esto será un brindis al sol, que es mejor que llegue tarde que nunca, pero poco más. El dilema es ahorramos con mediación familiar o tenemos que gastar más en juzgados.
También debe ser motivo u ocasión para unificar normativas nacionales, sobre todo en el campo de la vivienda familiar, en que en el territorio común, es un  problema económico, y frecuente motivo de pleitos y enfrentamientos entre padres.
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Bien que, en el lejano 2.005, se promulgara que no hace falta justificar la separación o el divorcio, sabiendo todos que no se decretan separación o divorcio alguno en que lo justifiquen los jueces por maltratos. Pero ahora, sobre ese derecho personal, respetable, e irresponsable, ya que nadie exige responsabilidades por esa decisión, derecho personal de cada miembro de un matrimonio, ahora falta hacerlo responsable, y eso exige una mediación familiar obligatoria, cuando hay temas económicos o de hijos a resolver. Y si, aparte de leyes, quieren poner dinero, pónganlo a través de la mediación familiar obligatoria, en vez de, mujer, denuncia y te ayudamos
Resumiendo, derechos de los niños y jóvenes a través de una ley de familia, con el objetivo de que los niños y jóvenes tengan buenas relaciones con ambos padres. Por tanto, ley de familia: papá, mamá e hijos. Aunque luego estén sólo con uno de los padres, con nuevas parejas de los padres, niños con los que no tienen relación familiar, etc.
Mediación familiar, sí o sí.
Custodia compartida, como punto de partida. Punto pelota.
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Amén de legislar por un uso muy limitado de la vivienda familiar, uno o dos años, y luego a buscarse la vida todos, no sólo el que abandona la vivienda, en casos de separaciones y divorcios.
Fecha límite de los hijos para depender de los padres económicamente. Y cuando lleguen a la mayoría de edad, si quieren depender de papá y mamá, seis meses con papá, seis meses con mamá.
Acostumbrados a los brindis al sol, una buena ley que limite obligaciones familiares, para evitar abusos en procesos de separación y divorcio, e incluso de los hijos.
Hay que acabar con presuntos abusos de jóvenes para los cuales muchos padres sólo tienen obligaciones económicas, y los hijos no tienen ninguna obligación hacia ellos.
Con una ley clara, en caso de duda, los límites entre padres, y entre padres e hijos, bien puestecitos.
Yo, como Santo Tomás, cuando lo vea, lo creeré, pero, mientras tanto, es un puro brindis al sol, que un simple cambio de ministros lo envía al archivo del tiempo, como pasó con las promesas del Sr. Gallardón, que eran las de un partido político, el PARTIDO POPULAR, y del gobierno del mismo partido y sus posibles apoyos, y no de un ministro. Vamos, como la actual ministra que nos promete arreglar este complejo mundo, con una ley más……..Y van por la tercera legislatura seguida.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. 25-1-2.018

 

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RETRASO INACEPTABLE EN LA LEY GENERAL DE CUSTODIA COMPARTIDA

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Como Uds. saben, se ha incumplido el plazo que se dio al Gobierno para presentar una ley general de custodia compartida, que se les exigió en el Congreso.
En principio, iba a ser el Ministerio de Justicia el que iba a ser el encargado de elaborarla, pero se pasó la patata caliente al Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad.
Nos dirigimos primero al Ministerio de Justicia, para preguntar sobre esta ley, y nos comentaron que lo habían pasado a dicho Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad, como se había informado públicamente, al no haber alcanzado un consenso entre Grupos Parlamentarios y diversas asociaciones. Manifestaban que se intentaba   sentar unas bases compartidas sobre las que trabajar. Y que luego podría colaborar el propio Ministerio de Justicia. Información que transmitimos a Uds.: 
“LA CUSTODIA COMPARTIDA NO ES PARA 2.017”.
Con fecha 10 de noviembre de 2.017, nos informa el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad que se han iniciado los trabajos preliminares para la elaboración del proyecto normativo. Por lo tanto el asunto puede ir para largo.
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Pero en su normativa en elaboración en el portal de transparencia del ministerio, aun ni figura, así que podemos esperar sentados:
A la espera de que hagan público dicho proyecto normativo, se sugiere que se tienen que igualar, al menos, algunos aspectos de diversas normas autonómicas vigentes, como pudiera ser la limitación en el uso de la vivienda familiar. Hace poco nos comentaba un padre de Aragón que en sentencia se había limitado el uso de la misma a dos años
El Ilmo. Sr. Magistrado Salinero, manifestaba recientemente: “Limitar temporalmente el uso de la vivienda facilita llegar a acuerdos en todas las demás cuestiones, como pensiones y custodia.”
Entendemos que esto, y un fomento de la mediación familiar, pueden ser un paso en lograr que la CUSTODIA COMPARTIDA sea la fórmula mayoritaria en casos de nulidades/separaciones/divorcios. A este respecto, una mediación familiar gratuita podría aligerar la carga de los juzgados. Y pudiera ser más económico para las arcas públicas, al ahorrar en gastos de Administración de Justicia, y se evitarían muchas tensiones entre padres, ante los tremendos retrasos en la atención de estos asuntos familiares en los juzgados.
También es de esperar que se separen los posibles conflictos de convivencia entre padres de la obligación de ambos padres de ocuparse, igualitariamente, del cuidado de los hijos comunes menores no emancipados
En Burgos, la Asociación de Defensa de la Mujer la Rueda, en declaraciones a Diario de Burgos, de fecha 10 de noviembre de 2.017, indican, respecto a mujeres que se ocupan en exclusiva de los hijos:
“Cuando reciben una oferta de trabajo en ocasiones se ven obligadas a rechazar los empleos por no tener con quién dejarlos o por carecer de capacidad económica para llevarlos a una guardería o contratar a una cuidadora.”
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Claro y no ceden en sus pretensiones sin buscar soluciones solo pidiendo más subvención. Juzguen Uds. mismos las posibles ventajas de una CUSTODIA COMPARTIDA y de una MEDIACIÓN FAMILIAR gratuita.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

MUERTE EN BURGOS (OTRA MUJER EN PROCEDIMIENTO DE SEPARACIÓN). Siguen sin comprenderlo. ¿ Seguirán sin ayudar en esos casos ?.

Como no puede ser de otra manera, total rechazo a este triste y dramático suceso, de una mujer que, aunque parece que residía en Álava, fue encontrada muerta en Miranda de Ebro (Burgos). Merecía vivir, y le fue arrancada la vida. Era su derecho.
Aunque pueda ser un chiste fácil, las mujeres de Burgos tienen más peligro en transitar por la  CARRETERA NACIONAL NÚMERO UNO, Burgos-Miranda de Ebro, o transitar por las calles de la ciudad de Burgos, que conviviendo en pareja. Cuántas muertes se hubieran evitado si fuera gratis la autopista que corre paralelamente a dicha carretera, pero eso cuesta dinero. Reflexión, muere mucha gente por dinero, por no liberalizar la autopista. Y lo digo cuando parece que van a dedicar MIL MILLONES a promocionar denuncias de mujeres hacia hombres.
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Pero, recordando de memoria, por si me fallara. Y hablando de las dos anteriores muertes en la provincia de Burgos. Una en Aranda de Duero. Pareja separada. La siguiente, el día en que iba a haber un acto judicial en que la madre reclamaba que la hija no tuviera contactos con el padre. Era periodista.
Parece que la propia Ministra de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad ha manifestado su repulsa. Sin embargo, hay que recordar que en reciente informe, sobre estas lamentables muertes, se indicaba que solían coincidir con procedimientos de separación/divorcio.
Por no incidir más en este tema, me remito al escrito sobre INVESTIGAR LA MUERTE DE UNA MUJER EN ARANDA DE DUERO (BURGOS), y recordar que se está esperando una LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA, que parece que no quiere preparar el MINISTERIO DE JUSTICIA.
Y debemos preguntarnos, ¿ evitarían estas muertes mediación familiar previa a cualquier procedimiento de estos ?.
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El divorcio es un derecho personal, de cada miembro de un matrimonio. Ante esta muerte de una mujer joven y llena de vida, reflexioné ayer sobre las consecuencias de un divorcio en un matrimonio que acaba de cumplir CINCUENTA AÑOS DE MATRIMONIO. Ejercer ese derecho por cualquiera de los miembros de esa pareja, que conozco, provocaría unas consecuencias muy importantes, y dado que los jueces deciden a falta de acuerdo de los cónyuges, principalmente, se impone una MEDIACIÓN FAMILIAR, obligatoria, con algunas excepciones. Y ojo a denuncias no necesarias para justificar un divorcio, porque a nadie divorcian por malos tratos.
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¿ Lo incluirá el Excma. Sra. Ministra de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad en la ley que  NOS debe a todos los ciudadanos ?. LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. 5/10/2017.

¿ NO SERÍA MEJOR MENSAJE A MUJERES INFELICES: MUJER, SI NO ESTÁS A GUSTO, UTILIZA EL 105, EN VEZ DE LLAMAR AL 016 ?.

OBSERVATORIO DE IMAGEN DE LAS MUJERES (observatorioimagen@inmujer.es)

INSTITUTO DE LA MUJER Y PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Hola, me dirijo a Uds., para ayudarlas. En efecto, veo en su página web que uno de sus objetivos es:

http://www.inmujer.gob.es/observatorios/observImg/home.htm

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad …

http://www.inmujer.gob.es

la imagen de la mujer, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

“Recogida de las quejas ciudadanas y seguimiento de oficio de los contenidos considerados sexistas.”

El otro día, en un diario nacional, y ayer, en el descanso de un partido de fútbol, en una televisión,  vi un anuncio en que sale una mujer, dentro de una campaña estatal, que supongo nos costará nuestro dinerito a los contribuyentes.

http://www.msssi.gob.es/campannas/campanas15/haySalidaUnete.htm

Es tener mucha imaginación que cuando vemos a una mujer con cara triste, y  con pocas o ninguna gana de hablar, pueda estar sufriendo algún tipo de maltrato, y no se nos ocurra pensar que su expresión facial se deba a que se le haya muerto un gato, o le han descubierto una grave enfermedad, o acaba de perder a un familiar muy querido, o, cómo muchas mujeres, está en paro desde hace tiempo y no encuentra trabajo, o como en muchas familias, hay problemas para llegar a final de mes.

Ya está. El problema, su cónyuge varón, su pareja. Vamos, el que libremente un día escogió. Porque, al menos, en España, los españoles de toda la vida, escogen pareja y convivencia libremente.

Y sí, nadie estamos a favor de maltrato alguno. ¿ Lo dudan Uds. ?. Y estas humildes reflexiones no son para que me escriba frasecitas en la palma de la mano como las que salen en el vídeo:

  • ESTAMOS A TU LADO.

  • TE MERECES SER FELIZ.

  • CUÉNTALO.

  • VAMOS A APOYARTE.

  • LLAMA AL 016.

Y discrepo con la frase:

“SI HAY SALIDA A LA VIOLENCIA DE GÉNERO, ES GRACIAS A TI. ÚNETE. GOBIERNO DE ESPAÑA”.

Y, sí, me gustaría que aplicaran el objetivo que señalan en su página web:

“Actuación frente a los emisores de los mensajes discriminatorios, solicitando la modificación o retirada de las campañas más estereotipadas o denigrantes para las mujeres, o requiriéndoles un cambio de línea en sus acciones futuras.”

En efecto, conforme a la legislación de éste nuestro país, en este siglo XXI, no pueden, o deben, mostrar la imagen de una mujer triste o infeliz, y achacarlo a un hombre, el que tiene en casa. Porque eso pudiera deberse, entre otras muchas causas, a que es tonta o está mal informada,  y esa reflexión Uds. es posible que no me la quieran admitir, y se rasguen las vestiduras. O se me acuse de negar la violencia de género.

Y sí, me cabreo mucho. En Burgos, este año, un hombre de 75 años, creo recordar, según venía en la prensa, fue detenido. Y la mujer que le denunció manifestó que la había maltratado durante CINCUENTA AÑOS.

Y eso no debiéramos aguantarlo los que pagamos ese tipo de anuncios, porque esa mujer, o era tonta, o no estaba bien informada, y eso me temo que no lo quieran admitir Uds., con el dineral que se viene gastando desde hace muchos años en folletos y propaganda.

Y ya es hora de que faciliten a los que pagamos sus sueldos información correcta. En efecto, tengan a bien llamar a varios juzgados de violencia sobre la mujer, y tengan a bien preguntar si mujeres como la que representa ese vídeo, cuando se divorcian, el juez de turno decreta el divorcio por malos tratos. MI OPINIÓN ES QUE NO SE DECRETA NINGÚN DIVORCIO POR MALOS TRATOS EN ESTOS MOMENTOS. Y me gustaría equivocarme, pero demuestren con datos, y no con demagogia, esta posible realidad. Si no fuera así, mis disculpas desde estas líneas.

Pero tengan el valor de decir la verdad, sólo la verdad, y nada más que la verdad a los ciudadanos de este país.

¿ Y qué tal si cambian de número en estas campañas ?.

Mujer, si no estás a gusto con el hombre que elegiste: UTILIZA EL 105 EN VEZ DE LLAMAR AL 016

“No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que se refieren los artículos anteriores.”

Y cuando se nos pide solidaridad y apoyo a mujeres con cara triste, su deber, el de Uds., es que todas, incluyendo la del vídeo, sepan que, desde el ya lejano año 1.981, ninguna mujer, u hombre, por supuesto, necesita justificar el dejar una convivencia que no impusimos nadie, sino ellos. Ni pedir permiso a nadie, incluido juez alguno.

Que una mujer pueda estar triste, o ser infeliz, me apena, pero lo que no debemos admitir TODOS es que Uds. no las informen, o que una mujer, como la del vídeo, no sepa que no tiene que estar conviviendo con quién no está a gusto. Y denunciar no debiera ser la solución, pero me temo que mucha denuncia de una mujer oculta problemas sociales, y hay MILLONES DE CIUDADANOS EN PARO.

Tengan el valor de hacer una campaña que diga, por ejemplo:

“MUJER, SI NO ESTÁS A GUSTO, UTILIZA EL 105”

Y eso sólo lo pueden hacer todas y cada una de las mujeres, no los vecinos o el camarero del

bar. Podrán estar las mujeres tristes, pero no debemos consentir que no estén bien informadas, por Uds., por supuesto.

Gracias.

Jesús AYALA CARCEDO, la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

P. D.- Moraleja, ni las mujeres son tontas, ni los todos los hombres somos presuntos maltratadores.

El 105 al que se alude no está relacionado con coche alguno. Es un artículo del Código Civil, relacionado con las MEDIDAS PROVISIONALES POR DEMANDA DE NULIDAD, SEPARACIÓN Y DIVORCIO. Si la mujer del video no lo sabe, Uds. espero………….

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