CASO MIGUEL BOSÉ: APRENDAMOS SOBRE LOS NIÑOS, QUE NO SON DE UNO

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Hace unos días dejamos sin completar, o mejor, sin finalmente hablar sobre los hijos de una pareja de dos hombres. Dos de uno, dos de otro, y, por medio, según parece, la gestación subrogada.
El que haya salido esto a la luz pública, por parte del compañero de Miguel Bosé, sí que hace creíble que haya un trasfondo emocional de cuatro niños criados juntos durante unos siete años u ocho, y ahora separados. Podría haber, también, algún tema económico, ya que es previsible que las condiciones económicas de ambos hombres, y padres, deben ser bastante diferentes. Uno, con medios económicos importes (¿), a pesar de lo que parece le reclama Hacienda, y otro cuyas actividades no parecen tan boyantes como las de Miguel Bosé. Esto son meras suposiciones, como pueden comprender Uds.
Hace pocos días, en una participación en Valladolid, del Magistrado del Tribunal Supremo, Excmo. Sr. D. José Antonio Seijas, manifestaba que es precisa una regulación legal de algunos temas de familia.

«Una buena regulación del derecho de familia prevendría la violencia de género»

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“El magistrado José Antonio Seijas, señaló que el Tribunal Supremo va sentando las nuevas bases tras años de jurisprudencia pero, subrayó, es necesario que «se produzca un debate sosegado en el Parlamento respecto de la maternidad subrogada y sobre la custodia compartida» para resolver estas situaciones. El jurista abogó reiteradamente por un cambio legislativo que aclare aspectos tan determinantes para las familias rotas como la vivienda.
Seijas se lamentó de que solo Cataluña, País Vasco y Aragón y no el resto de comunidades, como Castilla y León, –que es ‘territorio ministerio’ y no tiene transferida la competencia en materia de Justicia– tengan regulada la custodia compartida de los hijos. Y en la maternidad subrogada, España carece de legislación, mientras que otros países del entorno como Portugal y Gran Bretaña ya tienen normas en ese sentido. Para el ponente, «el conflicto y el ruido» que existe en torno a esta práctica «esconde una realidad, que es una opción para las mujeres que no pueden tener hijos».
Por supuesto, hay otros temas que también se debieran legislar, y que este caso de Miguel Bosé deja al descubierto. Uniones de padres que aportan hijos, y tienen otros nuevos. ¿ Qué responsabilidades se tienen hacia los hijos de la pareja, cuando hay un padre conocido?. ¿Qué tipo de relaciones deben existir entre esos niños que conviven juntos?. Hijos del uno, pero no de la otra parte. Hermanos sólo de padre o madre.
¿Habría que legislar para conservar las presuntas relaciones afectivas entre mayores e hijos de la otra parte?. Lo normal es que cuando la pareja deja de convivir se pierdan las relaciones que haya podido haber entre mayores y menores, que no les unía un vínculo de sangre. O entre esos niños que hoy viven juntos, y luego los mayores va cada uno por su lado, con sus hijos.
Hoy sólo ponemos el dedo en la llaga, pero como el caso de Miguel Bosé va a dar mucho de qué hablar, habrá un debate social.
Como siempre, son reflexiones. Exponemos problemas, pero no está en nuestras manos dar soluciones. Las deben dar, para empezar, los legisladores. Y hoy, con esto del divorcio y separaciones, está a la orden del día, como Uds. conocen.
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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

CASO MIGUEL BOSÉ: MOVIMIENTO LGTBI Y RELACIONES ENTRE NIÑOS QUE HAN VIVIDO JUNTOS

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Como Uds. pueden comprender, este caso acaba de empezar. En radios, televisiones, prensa…..se esperan programas y artículos en que se analizarán las circunstancias de esos padres y esos niños. De momento, poco se ha filtrado sobre las circunstancias legales de cuatro niños y dos adultos. ¿Qué vínculos les unían?. En primer lugar, a los padres. ¿Hay algún vínculo legal entre los niños?.
Independientemente de lo que vaya resultando, y es y va a ser muy doloroso para los seis afectados, como siempre, desde estas reflexiones, aunque es difícil que llegue esto a sus oídos, y menos de sus abogados, por favor, que los dos adultos, se sienten, se respeten, reflexionen, y sigan reflexionando. No se haga morbo de un caso que tiene el aspecto de ser muy complejo legalmente.
Pues bien, vayamos a los dos aspectos del título: MOVIMIENTO LGTBI. Por lo leído hasta ahora, ni están ni se les espera, cuando pudiera ser un tema en que se puede ver reflejada su problemática, entre ellos, ellos y los menores que tengan con ellos. Y, en caso, de conflicto: ¿qué?.
Como asociaciones de padres separados/divorciados, por defecto, y principalmente, nos quejamos, lloramos, sufrimos y luchamos porque que los niños tengan papá y mamá.
En este caso, por lo informado, hay cuatro niños que han vivido, convivido y relacionado, es de esperar, como hermanos, hasta ahora. Sin embargo, parece que dos tienen un papá, los otros dos, otro papá, y es de suponer que hay dos mamás biológicas, desaparecidas en combate.
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Y las relaciones entre adultos, y de adultos, en relación a los menores, tienen muchas variantes.
Veamos, algunas cosillas que podemos ver en la legislación, cuando dos adultos conviven, o tienen vínculos jurídicos.
En 2.005, al contraer matrimonio, ya no éramos marido y mujer, sino cónyuges.
Pero, sin embargo, sí que se contempla el título de marido, por lo menos, en dos momentos.Cuando se consiente a que la mujer acceda a una reproducción humana asistida, y conforme el artículo 116 y siguientes del Código Civil.
Otro título que también pueden tener los que tienen hijos es el título de progenitores, es decir, padres y madres biológicos.
En cuanto a la mujer, conforme al artículo 7.3, de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, se indica lo siguiente:
Cuando la mujer estuviere casada, y no separada legalmente o de hecho, con otra mujer, esta última podrá manifestar conforme a lo dispuesto en la Ley del Registro Civil que consiente en que se determine a su favor la filiación respecto al hijo nacido de su cónyuge.”
Salvo mejor criterio, no es obligatorio que tengan las dos esa relación de filiación.
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Otro vínculo jurídico que puede unir a unos y otros es la adopción.
Total, pueden convivir adultos, unidos por matrimonio, como pareja de hecho legalizada o sin legalizar, y con menores no emancipados. Y, aunque lo adultos no convivan juntos, puede haber, y hay, relaciones de adultos con niños, legal y afectivamente.
En los matrimonios como de los de antes, los de toda la vida, lo normal es ser marido y mujer, cónyuges y además progenitores.
Cuando en las uniones matrimoniales se unen hijos sólo de uno, o están formadas por personas del mismo sexo, ya no se es marido y mujer, cónyuges y progenitores de los niños que puedan vivir en ese grupo humano, y el problema es como el de Miguel Bosé y el que parece ha sido hasta hace poco su pareja, Nacho Palau. Los padres se separan y los niños, de momento, parece que están separados: dos con su padre biológico y los otros dos con su otro padre biológico.
De este tema, complejo, reflexionaremos otro día, porque conlleva mucho sufrimiento que niños y adultos, que convivían juntos, cuando estaban con su padre o madre biológico, y otra persona, con la separación/nulidad/divorcio se suele perder toda relación, y eso es un drama. Y lo mismo, como en ese caso, de Miguel Bosé y Nacho Palau. Cuatro niños, se estima, han vivido como hermanos y esa relación parece que ha desaparecido.
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A lo dicho, con su permiso, lo dejamos para otro artículo. Gracias por su comprensión.
Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Como siempre, éstas son reflexiones, opiniones, con las cuales Uds. no pueden de estar de acuerdo, y es su derecho.

MIGUEL BOSÉ Y CUATRO NIÑOS

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Como no puede ser de otra manera, con profunda tristeza acabo de conocer que los cuatro niños de los que presumía Miguel Bosé han sido separados. Se nos informa que este popular cantante, del cual yo, por viejo, recuerdo sus primeros pasos en el mundo de la canción, los compartía con otro hombre, y  lo que parecía un acuerdo amistoso entre ambos, dos para ti, dos para mí, está terminando en bronca.
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Miro en Wikipedia. Miguel Bosé tiene varias nacionalidades: española, italiana, panameña, y, desde 2.010, colombiana.
¿Cuál o cuáles son las nacionalidades de los pequeños?.
¿Qué leyes son aplicables para posibles discrepancias en el derecho de que esos niños se relacionen entre sí, y con ambos hombres que se consideran, digo yo, padres?.
¿Qué juez y país sería competente para juzgar y hacer cumplir lo dictado?.
Insisto, tristeza en un asunto que tiene en posición difícil a cuatro niños que se pueden y deben considerar hermanos.
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No se preocupen. Esto tendrá mucho recorrido y nos irán informando.
Triste, y como la vida misma. Nosotros vemos y oímos muchas situaciones familiares difíciles, entre padres, hijos, hermanos, e incluso amigos. ¿Tendrá solución todo esto?.
Háganse la pregunta Uds. mismos.
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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
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