ESPAÑA OBLIGA A LOS PADRES A PRACTICAR EL 68

Han leído Uds. bien, el Estado Español, a partir del uno de enero de dos mil veintiuno, impone esta obligación.

Pasen y lean:

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-3244

Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación“El nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa, para el cumplimiento de los deberes de cuidado previstos en el artículo 68 del Código Civil.”

https://revista.seg-social.es/2020/12/23/los-presupuestos-de-2021-recogen-el-permiso-de-16-semanas-por-nacimiento-y-cuidado-de-menor-para-ambos-progenitores/

El permiso por nacimiento y cuidado de menor será de 16 semanas para ambos progenitores a partir de enero


El permiso por nacimiento y cuidado de menor será de 16 semanas para am…A partir del próximo 1 de enero de 2021 se igualará, por primera vez, el permiso por nacimiento y cuidado del me…

El permiso por nacimiento y cuidado de menor será de 16 semanas para ambos progenitores a partir de enero

Bueno, por si Uds. no se acuerdan, o no se lo han leído nunca, esto es lo que pone en este famoso artículo 68 del Código Civil:

“Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo.

Si Uds. han pensado en otra cosa, respecto a esto de practicar el 68, les pedimos disculpas, pero es que el asunto, en nuestro modesto entender, debiera traer cola.

Y continuamos con el Código Civil, porque, si Uds. se fijan en otro artículo, que leen a los que libremente contraen matrimonio, el 66, vemos esto:

“Los cónyuges son iguales en derechos y deberes.”

Por la misma lógica, si siguieran este criterio del Código Civil, los que hacen y modifican leyes, modificarían el Código Civil, para implantar la CUSTODIA COMPARTIDA, sí o sí, en casos de nulidad/separación/divorcio.

Empezamos el año. Añadiríamos más reflexiones, pero aún quedan los Reyes Magos en diversas partes de España, por ello, aparte de enviarles un deseo de un feliz 2.021, por ahora, lo dejamos ahí.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

EL HIJO MANCO DE IVONNE REYES. LOS HIJOS TONTOS DE LA MINISTRA DE IGUALDAD

https://www.lainformacion.com/espana/irene-montero-defiende-aborto-16-anos-mujer-trabaja-puede-decidir/2818051/

“Montero y el aborto: «Si con 16 años la mujer puede trabajar, también decidir»

Éramos pocos, y vuelve Ivonne Reyes, casi casi para NAVIDAD. Ya saben un lío muy real, de si tuvo un hijo con Pepe Navarro.

https://www.elespanol.com/corazon/famosos/20201030/pepe-navarro-citado-declarar-pension-litigio-ivonne/531947526_0.html

Pepe Navarro, citado a declarar ante el juez por impago de pensión: su nuevo litigio con Ivonne


Pepe Navarro, citado a declarar ante el juez por impago de pensión: su n…Según ha podido conocer JALEOS, se le tomará declaración el próximo 4 de noviembre. Continúa su contencioso con …

“Pepe Navarro, citado a declarar ante el juez por impago de pensión: su nuevo litigio con Ivonne.”

No queremos meternos en ese fregao de si es el padre o no, pero lo de siempre: ESTÁN MAL HECHAS LAS SENTENCIAS, Qué sí, qué sí.

¿Por qué no se consideran en los juzgados que los hijos, al llegar a la mayoría de edad, obligada (18), o elegida (emancipación), son mayorcitos para todo, como es defender sus posibles intereses ante ambos padres?. Y alguna responsabilidad tendrán hacia ambos padres.

Por ello, si al muchacho ya le sale bigote, y si fuera chica, según la flamante Ministra de Igualdad y otras hierbas, desde los dieciséis años, podría abortar sin ayuda, consejo y lo que sea de los papás, y, además, trabajar, aunque de eso mejor que pregunte en otro ministerio, tal como está la hostelería…….qué pinta la mamá pidiendo pasta gansa a Pepe Navarro, por el mozo que es mayorcito.

Desde estas líneas, una vez más, insistimos en que convenios, y en demandas y contestaciones se indique que la pensión de alimentos, a ingresar en la cuenta de la mamá, se termina a la mayoría de edad.

Y, luego, al nene, con ambas manos, diga:

Papá…..pasta

Mamá…..pasta

Ésta es uno de los cientos de miles de sentencias que hay en España, en que el hombre, y supuesto padre, tiene obligaciones, con posible pena penal, y perdonen que nos repitamos un poquitín, y las madres, en este caso, D! Ivonne Reyes, no tienen ninguna obligación legal de poner pasta para el hijo, y el hijo, tirado en el sofá, esperando que la mamá le traiga las alubias y el cocido del juzgado.

Sí, se practica un derecho de familia en España, de pena, penita, pena…..

¿Son tontos y mancos los chicos de 18 años para que sea la mamá la que les afeite el bigote y defienda sus posibles o presuntos derechos en los juzgados?.

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

PERMISO DE PATERNIDAD, SÍ, PERO, CUSTODIA COMPARTIDA, TAMBIÉN

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Ampliación del permiso de paternidad, todas las claves

Estamos en elecciones, y, a toda prisa, se están aprovechando estos últimos momentos, aunque dicen que sin ánimo electoral, para sacar leyes y leyes, que quizá necesiten un acompañamiento de dinero, de pasta, si prefieren Uds.

Todavía recuerdo, hace años, una señora, a la que aprecio mucho, decía que eso del permiso después de dar a luz, debía ser para las mujeres, para recuperarse del embarazo y del parto.

Ahora, dicen: todas y todos y permiso largo, progresivamente.

Y, en efecto, la empresa sufrirá, si permiten la expresión, el nacimiento de un nuevo niño, o varios, dejando de tener un trabajador durante varios meses. Y se iguala el perjuicio de un tema personal. Ahora bien, ese costo…¿quién lo va a pagar?.

Y digo yo, bien tanto el hombre, como la mujer, dejarán de percibir un dinerillo…..o bien lo pondrán los fondos públicos, que pagamos todos los que impuestos pagamos….

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Habrá menor productividad, mayores gastos sin producir…..Y lo digo esto sin leer lo que hayan podido publicar o decretar.

Pero bueno, si nos quieren igualar, y no caerá esa breva, es que, en caso de nulidad/separación/divorcio, pues algo parecido: CUSTODIA COMPARTIDA. Como creo que se decía en tiempo de unos reyes que llamaron CATÓLICOS: Tanto monta, monta tanto, Isabel como Fernando.

¿No se les ocurrirá a los de los decretazos, y por el mismo argumento, firmar otro decreto de CUSTODIA COMPARTIDA, sí o sí?.

Les dejamos con la duda, suponemos.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

Guía para solicitar a hacienda la devolución del IRPF, por la prestación paternidad

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Desde ayer por la tarde, aquellos contribuyentes a los que se les retuvo de manera irregular el IRPF en sus prestaciones por maternidad o paternidad ya pueden reclamar a la Agencia Tributaria la devolución de esa cantidad. En total, cerca de un millón de contribuyentes tendrán derecho una devolución.

Todos aquellos padres y madres que recibieron la prestación en 2014, 2015, 2016 y 2017. Los que lo hicieron en ejercicios anteriores no tienen derecho a recibir compensación alguna.

Los contribuyentes que recibieron la prestación en 2014 o 2015 lo pueden hacer ya desde ayer por la tarde. El resto tendrá que esperar hasta enero

La cifra total a la que ascenderán las reclamaciones, tal y como se ha señalado, será de unos 1.200 millones. Esta es la estimación oficial de Hacienda, que también ha calculado que, de media, la devolución por maternidad será de 1.600 euros, mientras que en el caso de paternidad la cifra es de 383 euros.

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Enlace para solicitar la Prestación maternidad y paternidad (Sentencia del Tribunal Supremo)

La sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 (sentencia 1462/2018) fija como doctrina legal que “Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.

La Dirección General de Tributos interpreta que esta doctrina es igualmente aplicable a las prestaciones por paternidad percibidas de la Seguridad Social.

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En la aplicación de esta doctrina pueden distinguirse los siguientes supuestos:

  1. Prestaciones percibidas o que se perciban durante el año 2018:

    En la próxima campaña de renta los contribuyentes solo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos fiscales que se les ofrezcan.

    El programa de ayuda Renta WEB ofrecerá los datos fiscales incorporando tales prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas como plenamente deducibles.

    Tras el conocimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha dejado de practicar retenciones sobre las prestaciones abonadas, por tratarse de rentas exentas.

  2. Prestaciones percibidas en los años 2014, 2015, 2016 y 2017:

    Los contribuyentes podrán solicitar la rectificación de las declaraciones de IRPF en las que hubiesen incluido tales rentas.

    Si las rentas fueron percibidas en más de un año, deberán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF de cada año.

    Se ha habilitado un formulario específico para facilitar la solicitud de los años 2014 y 2015, disponible en la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), en el que la persona perceptora de la prestación deberá indicar en cuáles de esos años ha percibido la prestación y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará la devolución que proceda.

    En enero de 2019 estará disponible el formulario que permitirá solicitar la rectificación de las declaraciones de los años 2016 y 2017.

    No es necesario adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones por maternidad/paternidad percibidas, puesto que en cada caso la AEAT recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento.

    El formulario puede presentarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria utilizando el sistema RENØ (número de referencia para servicios de renta), Cl@vePIN o Certificado electrónico.

     

    El número de referencia (RENØ) puede solicitarse en el portal de la AEAT en Internet indicando los siguientes datos:

    • Número de DNI y su fecha de validez.
    • Casilla 450 de la declaración de la renta de 2016 o los últimos cinco dígitos de alguna cuenta bancaria en la que el interesado figure como titular, si no presentó declaración de la renta de 2016.

    Alternativamente, podrá utilizarse el formulario en papel para su presentación en cualquiera de las oficinas de registro de la AEAT, si bien no es válido el uso de este formulario para hacer constar datos no contemplados en el mismo, ya que no resulta posible el tratamiento informatizado de esos datos adicionales. En ese supuesto deberá sustituirse el uso de este formulario por un escrito en el que se describan detalladamente las circunstancias concurrentes, acompañado, en su caso, de la correspondiente documentación.

  3. Solicitudes previamente presentadas que se encuentren pendientes de resolución de un recurso o reclamación.

    La aplicación de la exención corresponderá al órgano que esté conociendo del recurso o reclamación, sin que sea precisa la presentación de ninguna solicitud adicional.

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MATRIMONIO A LA VITORIANA

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Sale en las noticias la ocurrencia de los que mandan en Vitoria, y para los que se casen en el ayuntamiento de esa ciudad:
“Polémica por la «guía del buen matrimonio» de Vitoria que firman las parejas al casarse.”
Pasen y lean.
 ‘Declaración de sentimientos y compromiso por una paternidad positiva, corresponsable, consciente y activa’ 
«En ella se pide a los padres que se comprometan a «trabajar menos fuera de casa y más dentro«, y a «asumir las tareas domésticas en equivalencia con la pareja», entre otras materias. Los compromisos de las madres pasan por «reservar tiempo para el ocio y disfrute personal» y por «confiar en la capacidad de la pareja para ejercer la parte que le corresponde y aceptar que haga las cosas de forma diferente«, entre otros.»

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Bueno. Más de una vez, cuando con algún compañero veíamos una boda, bien en las afueras de los juzgados, o de algún edificio del ayuntamiento, y, por supuesto, en las iglesias, comentábamos, con cachondeo y sin él, porque es algo muy serio, que deberíamos darles, a ambos, algunas pautas para un hipotético divorcio al cabo de algún tiempo.
Quitando las bodas religiosas, que llevan sus ideas sobre el matrimonio, preocupa que el concejal o alcalde de turno lance a los cuatro vientos sus ideas sobre lo que es un matrimonio.
Y no seremos nosotros los que quitemos los sentimientos y el posible romanticismo de esos momentos, previos y futuros, pero el matrimonio es lo que dice la ley. Artículos del Código Civil 66, 67 y 68, que te leen, y de los cual no te dan copia, ni se admiten preguntas, y que fueron modificados en el año 2.005.
Por tanto, si el estado no da normas, para el día a día, que no se las inventen otros.
Y el divorcio no es una ruptura, sino un derecho personal de cada uno de los contrayentes.
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Y para dejar de convivir, si ese es el caso, no hay que pedir permiso a nadie, ni explicárselo a nadie, y hablamos del cónyuge, hijos y el resto de la Humanidad. Y posible desde el primer momento.
Y si no se decreta en España, repito, en España, ningún divorcio en que el juez de turno lo justifique, o decrete, por malos tratos, o violencia de género, me atrevo a pensar que lo que hay en muchos casos judiciales son problemas sociales y luchas por la vivienda familiar y por la pasta. Ah, se me olvidaba, con que uno de los dos vaya al juzgado se produciría el divorcio.
FIN DEL ROLLO.
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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Dicho esto, ¿cómo hay mujeres que denuncian años de maltratos?.

LEY DE PERMISOS PARENTALES IGUALES PARA PAPÁ Y MAMÁ, PERO SE QUEDARÍA CORTA SIN UNA LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA

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Todavía recuerdo cuando en Valladolid una madre, y ahora abuela, reflexionaba que los permisos de maternidad los necesita la madre para recuperarse del parto, sin embargo, con buen criterio, parece que grupos feministas están detrás de este petición, con lo que en el ámbito del trabajo una mujer en edad de tener hijos tendría menos riesgos, si decide tener hijos, de ser rechazada para ocupar un puesto de trabajo, como en su día afirmaba una dirigente empresarial, gustara o no, pero reflejando una realidad.

Y se comenta esto desde el momento que este tema entra en el Congreso para su debate. Y una de las características de lo propuesto es que esos permisos se deben coger, sí o sí, por ambos padres, lo que representa un cambio más de lo que hay actualmente, cuando nacen hijos.

La ley de permisos parentales iguales e intransferibles inicia su recorrido en el Congreso

El Congreso examina hoy la ley de Unidos Podemos para garantizar permisos parentales iguales e intransferibles

Del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos–En Comú Podem–En Marea, relativa a la reforma del sistema de permisos y prestaciones para el cuidado y atención de menores por parte de sus progenitores/as, en casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.

Pero, en nuestra modesta opinión, esto debe quedar complementado con una LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA, porque siendo mayoritariamente el que, en caso de nulidad/separación/divorcio, los hijos, menores no emancipados, los asuma o se los atribuyan a las madres, el empleador lo tendrá en cuenta a la hora de contratar, o no, a una mujer, que puede ser o es madre.

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Cuando los directores de empresas, o delegados del gobierno, o consejeros de autonomías, separados/divorciados, tengan que ausentarse del trabajo para una vacuna del niño, o quedarse en casa porque está malito, lo mismo que hacen muchas madres separadas/divorciadas, la mujer tendrá expectativas similares en el mundo del trabajo.

Con tanta denuncia como derecho de familia, a muchas mujeres se las olvida que serán discriminadas cuando el cuidado de los hijos de papás y mamás, separados/divorciados, lo tengan ellas.

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Urge legislar urgentemente sobre el uso temporal de las viviendas familiares en estos casos, reforzar la mediación familiar, y menos llenar los juzgados de decenas de demandas entre padres, cuando se ejerce el derecho personal a separarse/divorciarse.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

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EL HIJO AL QUE LE HAN ATRIBUIDO LA PATERNIDAD A PEPE NAVARRO ES MAYOR DE EDAD

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El hijo que han atribuido a Pepe Navarro es mayor de edad el tres de abril.

«Por el momento, Pepe Navarro sigue con su cruzada personal para demostrar que Alejandro no es su hijo- recientemente presentó nuevos pruebas de ADN-aunque sí que ha confirmado que hasta que no haya nada concluyente seguirá pasándole los 800 euros mensuales, ya que la ley no considera aún que la mayoría de edad comporte una independencia económica.»

http://www.lavanguardia.com/gente/20180403/442142079173/ivonne-reyes-hijo-pepe-navarro-mayoria-edad-despixelado.html

Todo pleito respecto a ese chico será entre Pepe Navarro e Ivonne Reyes.

Todo dinerito que pase Pepe Navarro irá a la cuenta de Ivonne Reyes.

Pepe Navarro, Ivonne y Alejandro Reyes: La historia de una polémica paternidad

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Seguirà estudiando, claro. Lo haga bien o mal Pepe Navarro va a aportar un dinerito que muchos chicos de su edad tienen que currar duramente y cobrando menos.

La ley dice que el juez tuvo que decir: Pepe Navarro pone tanto e Ivonne Reyes cuanto?

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Por qué no se indica, seguramente lo que pone Ivonne ?.

Reflexionen
Gracias.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. 3-4-2.018

PATERNIDADES

Me dice Manolo que haga algunas reflexiones sobre las noticias de actualidad, en relación a algunas paternidades. Bueno, la primera, y quizá más llamativa, por la personalidad de los que son noticia, es la supuesta paternidad de Pepe Navarro, siendo la madre la conocida personaje de las revistas de famoseo, Ivonne Reyes. Creo que tendremos novelón, a través de revistas y programas de televisión durante algún tiempo. Lo que es llamativo es que ha sido una hija de Pepe Navarro la que ha querido saber si el hijo de Ivonne Reyes era hermano suyo o no. Puede que haya dinero suficiente del presunto padre para atender al hijo de la famosa, pero, lo que está claro, es que los otros supuestos hermanos tienen derecho a saber si su padre debe ser esquilmado por un hijo que parece que no es suyo, y no hermano suyo.
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Otra presunta paternidad famosa parece que se está decidiendo en los tribunales, y parece que el padre está muerto, José María Ruiz-Mateos. Seguramente les suena a Uds. Rumasa, etc., etc. Y ahora, son los presuntos hermanos los que no quieren hacerse la prueba biológica para saber si hay una nueva hermana, en una familia bastante numerosa. Lo triste, que no tengan reparos en permitir que su padre sea sacado de su tumba, para confirmar o negar esa paternidad. Ten hijos, que te sacarán……..
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Tiempos modernos, y quizá oportunismo político. El presidente de la Xunta de Galicia, entre otras declaraciones, manifiesta estar a favor de la maternidad o de la gestación subrogada. De momento, ningún comentario.
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Por otra parte, y escribo de lo oído, a medias, en la radio: MÁS DE DOS MILLONES DE ABORTOS EN LOS ÚLTIMOS TREINTA AÑOS. Por supuesto, no es plato de buen gusto, quiero pensar, en la mayor parte de los casos, el aborto, para la mujer. Pero, ojo al dato, poco se ha hablado que hayan sido consecuencia de relaciones no consentidas por las mujeres. Y sí, triste y tremendo para una mujer, pero, si fueron relaciones libremente consentidas, quiero resaltar que esas mujeres no han tenido obligación legal de comunicar su embarazo o su aborto a los necesarios colaboradores de los embarazos: UN HOMBRE. Ni el matrimonio, o estar inscrito en un registro de parejas de hecho, nos han dado a los hombres la posibilidad legal de ayudar en un embarazo y la posible crianza de las criaturas que pudieron nacer. Que, en algunos o muchos casos, el hombre haya sido informado y haya sido corresponsable del aborto, puede que haya sido, pero quiero resaltar que ESE DERECHO DE LA MUJER, como lo tratan en las leyes, y en el vocabulario de muchos expertos, o lo que sean, en cambios sociales, a mí, personalmente, me da miedo.
Y otro punto discutible, a los ciudadanos que no estén a favor de esos hechos o derechos, se les obliga a pagar el aborto de posibles niños y niñas. Y es curioso, más de un hombre habrá pagado con sus impuestos el aborto de su cónyuge o pareja, sin saber que estaba embarazada, de él o del vecino.
Se lo cuento, y saquen Uds. sus conclusiones. Y digo yo, ¿y esos políticos tan modernos, que favorecen el aborto, nuevas formas de paternidades o maternidades, que tanto hablan de igualdad, no dirán que la igualdad entre el hombre y la mujer, cuando hay hijos comunes, en casos de separaciones y divorcios, durante su minoría de edad, es mejor cuidarlos con la CUSTODIA COMPARTIDA ?.
Qué duro es ser hombre, que no te dejan ser padre, si la mujer quiere abortar, antes de que nazcan. Te llevan a los hijos a casas de acogida, sin que a nadie se le ocurra avisar al juez, y cuanto te separas o divorcias, tampoco te conceden la CUSTODIA COMPARTIDA, si la mamá no quiere, en demasiados casos.
¿ Lo tenemos, LOS HOMBRES, en cuenta, cuando la pasión, el deseo, el amor o el cariño nos hacen corresponsables de una posible nueva vida ?. Cuénteselo a su psicólogo o psiquiatra, porque es duro, muy duro pensarlo. Ellas mandan, y deciden, y no el hombre, POR LEY.
Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
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