Cuando el diablo no tiene qué hacer, con el rabo mata moscas

De nuevo compartimos otro articulo de nuestro presidente nacional, en estos días convulsos de discursos electoralistas y concretamente analizando uno de los partidos y sus disparatadas propuestas. Podemos, su líder e hijos y  las mascotas

Cuando el diablo no tiene qué hacer, con el rabo mata moscas

«Después de la vuelta a la política del macho alfa, Pablo Iglesias, el hombre, joven y no tan joven, poderoso, masculino, líder: el gallo del corral. Después de la baja paternal, regresa de cambiar pañales, pero con cambios notables en su partido político»

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El líder de Podemos vuelve a ser protagonista con un ego aún mayor si se puede, donde en el mismo cartel de sus vueltas nos deja la primera de las perlas, que este humilde columnista, quiere destacar.

Pablo Iglesias regresó a la línea política, tras cumplir su permiso de paternidad, y no exenta de polémica. Al poco tiempo de la publicación del cartel, se virilizó el tuit desde la cuenta del partido con el cartel que anunciaba el mitin en el que regresará a la vida pública el candidato del partido. El mencionado cartel, ha siendo tildado de machista o, entre los más comedidos, de poco apropiado. Se trataba de una foto de Iglesias, de espaldas y brazo en alto sobre un escenario, encabezado por la palabra VUELVE, la sílaba ‘el’ destacaba con otro color.

Después de esta puesta en escena del macho alfa, la pareja del mismo, Irene Montero, (no quiero utilizar ningún apelativo, puesto que como es mujer, podría ser denunciado por la susodicha, por violencia psicológica), nos sorprende con un cambio de nombre del partido. La alianza entre Podemos e IU para las elecciones generales y europeas se llamará a partir de ahora Unidas Podemos. El cambio de género es una respuesta al pujante movimiento feminista que los dos partidos han acompañado siempre y con el que se identifican. Los miembros de las dos formaciones llevan meses usando esta fórmula que ya está en el registro de partidos del Ministerio del Interior. Esta coalición no representa a hombres y mujeres, dicen sus responsables, es “la voz de personas y organizaciones. Sin distinción de sexo, edad, condición sexual o raza”.

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Y como no hay dos sin tres, frótense los ojos para no creer que están leyendo mal este artículo.

La última de Podemos: pide la custodia compartida de las mascotas, algo que no ha hecho nunca con los hijos.

Podemos reclama la custodia compartida para las mascotas que no pide para los hijos

 

Unidas Podemos siempre ha luchado contra la custodia compartida de los hijos en caso de separación y ha defendido que se conceda la custodia a las madres.

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Por este motivo, nadie entendemos por qué motivo la formación morada ha incluido ahora en su programa electoral una regulación específica para que la custodia de perros y gatos en caso de ruptura sea compartida.

Podemos exige una regulación que prohíba a los miembros del hogar a desprenderse de su mascota en caso de ruptura, pero sorprendentemente sólo lo reclama para los animales de compañía, no si se trata de un padre y sus hijos.

La formación, del macho alfa y de la Sra. Montero, reclama en el punto 39 de su programa electoral “Reconocer en el Código Civil a los animales como seres que sienten”.

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Resumiendo, que los miembros de una pareja tengan derecho a no perder a su mascota en caso de ruptura.  Esa misma pareja podría tener hijos, pero eso para esta formación es un problema mínimo, o mejor dicho nulo.

Podemos quiere bajar el IVA de los alimentos para mascotaspero no el de humanos. Unidas Podemos pretender que se rebaje el IVA de los alimentos para mascotas hasta el 4%.

Sin embargo, a la formación morada, le parece bien que determinados alimentos para los humanos sean castigados con un IVA del 21%.

En fin, ver para creer.

Reforma código civil para reconocer animales como seres vivos. Custodia compartida para las mascotas. ¿Y para nuestros hijos?

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Proposición de Ley de modificación del Código Civil sobre el régimen jurídico
de los animales.

El Código Civil queda modificado en los siguientes términos:

«c) El destino de los animales de compañía, caso de que existan, teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal, pudiendo preverse el reparto de los tiempos de disfrute si fuere necesario.
«Arículo 94 bis.
La autoridad judicial confiará los animales de compañía a uno o ambos cónyuges, atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal.»

«2.ª Determinar, atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal, si los animales de compañía se confían a uno o a ambos cónyuges, la forma en que el cónyuge al que no se hayan confiado podrá tenerlos en su compañía, así como también las medidas cautelares convenientes para conservar el derecho de cada uno.

«Artículo 333.
1. Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes en la medida en que sea compatible con su naturaleza y con las disposiciones destinadas a su protección.
2. El propietario de un animal puede disfrutar y disponer de él respetando su cualidad de ser dotado de sensibilidad, asegurando su bienestar conforme a las características de cada especie. El derecho de uso no ampara el maltrato. El derecho de disponer del animal no incluye el de abandonarlo o sacrificarlo salvo en los casos establecidos en las normas legales o reglamentarias.
3. Los gastos destinados a la curación de un animal herido por un tercero son recuperables por su propietario en la medida en que hayan sido proporcionados y aun cuando hayan sido superiores al valor del animal.
4. Sin perjuicio de la indemnización debida según las normas generales de responsabilidad civil, en el caso de que la lesión de un animal de compañía, causada por un tercero, haya provocado su muerte, la privación de un miembro o un órgano importante, o una afectación grave o permanente de su capacidad de locomoción, su propietario y quienes convivan con el animal tienen derecho a una indemnización, que será fijada equitativamente por el tribunal, por el sufrimiento moral sufrido.»

TOMA EN CONSIDERACIÓN DE LA PROPOSICION DE LEY.

De Barrionuevo Gener, Avelino (GP)

Martínez Oblanca, Isidro Manuel (GMx)

Bataller i Ruiz, Enric (GMx)

 Miquel i Valentí, Sergi (GMx)

Legarda Uriarte, Mikel (GV (EAJ-PNV))

Capdevila i Esteve, Joan (GER)

Díaz Gómez, Guillermo (GCs)

 López de Uralde Garmendia, Juan Antonio (GCUP-EC-EM)

Antón Cacho, Javier (GS)

 

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