
Bueno. Otra vez, esta pareja está en los medios de comunicación. El origen, ahora, está en una reclamación de pensiones de alimentos no pagadas por D. Antonio David Flores, a la madre de los dos hijos comunes, Dª Rocío Carrasco, hija de la fallecida “ROCIO JURADO” y del también fallecido, D. Pedro Carrasco.
Antonio David Flores podría enfrentarse a tres años de cárcel
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Antonio David Flores podría enfrentarse a tres años de cárcel
Diario de Sevilla
El ex marido de Rocío Carrasco puede ir a prisión si se demuestra que cometió ocultación de bienes para no pagar…
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https://www.diariodesevilla.es/gente/antonio-david-flores-prision-carcel_0_1388561561.html
Por lo visto, este padre no pagó pensiones decretadas en sentencia, y, presuntamente, ocultó ingresos para no pagarlas.
Desde estas líneas, no hacemos ninguna reflexión sobre este tema en los juzgados, por dos razones. La primera, no nos corresponde a nosotros juzgar, y, la segunda, tampoco atribuirnos la defensa de ninguna de las partes en este pleito.
Ahora bien, sí que nos permitimos coger este caso para hacer algunas reflexiones. Y la causa es que los hijos han decidido ir a convivir con su padre, apenas han alcanzado la mayoría de edad.
Y esto viene a cuento porque, es de temer, que, en multitud de sentencias dictadas por falta de acuerdo de los padres, y en convenios aprobados judicialmente, se contemplan pensiones a favor de los hijos sin poner límite del pago de las mismas. O estancias con uno de los padres.
Y, normalmente, sólo se indica lo que tiene que poner el padre que no tiene la guarda y custodia de los hijos menores no emancipados. Cuando, creemos recordar, según el artículo 93 del Código Civil, se debiera indicar lo que pone mamá y lo que pone papá.
Y, en este caso, ¿cuánto contempla esa famosa sentencia de divorcio que debió aportar Dª Rocío Carrasco a los hijos comunes?. No se asusten, porque alguien pudiera pensar que esto es un escándalo, cuando, según se informa, D. Antonio David Flores, no ha aportado un dinero contemplado en la sentencia judicial. Aquí se les indica a Uds. que, en la sentencia, también, se debió indicar la cantidad a aportar por Dª Rocío Carrasco Jurado a sus dos hijos, conforme a ley. Si sí se indicó, desde aquí, pedimos disculpas.

Y, aún desconociendo la sentencia que afecta a estos dos padres y sus dos hijos, si no se indicaba que a la mayoría de edad, por edad o emancipación, dejaba de tener efecto todo lo relativo a los hijos menores no emancipados, como en muchos casos, nos tememos, que se han impuesto condiciones de estancia con un determinado padre y unas condiciones económicas en que la previsible mayoría de edad no es tenida en cuenta, para ver sí es lo que querrían en esos momentos y cuáles son sus planes de vida, por ello, con su permiso e indulgencia, nos tememos que los hábitos judiciales y de la abogacía consideran tontos a los hijos de padres separados/divorciados, que presentan convenios o decretan sentencias en que la mayoría de edad no es tenida en cuenta para que los hijos asuman derechos y responsabilidades, en ese momento. ¿Dónde está el problema?.
Insistimos, con su indulgencia, seguimos empeñados en denunciar la violación de los derechos personales de esos hijos, que son ninguneados.
Aquí no se trata de que se evitan con ello nuevos pleitos y juicios, con sus consiguientes tensiones, pero, por favor, no les trate nadie de tontos a nuestros hijos, porque si, en este caso, la sentencia no ponía fecha limite a las condiciones relativas a los hijos comunes, lo menos que podemos decir, y seguimos con nuestra petición de su perdón anticipado, SE VIOLARON LOS DERECHOS PERSONALES DE LOS HIJOS DE Dª ROCÍO CARRASCO JURADO y de D. ANTONIO DAVID FLORES GARCÍA. Porque, visto lo visto, los hijos, y aquí no juzgamos las razones, no deseaban seguir con la madre.
Insistimos, estudiamos este caso, para denunciar lo que juzgamos derechos personales de nuestros hijos, que no se respetan.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
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