El Defensor del Pueblo expresa su preocupación sobre la sustración de menores, demoras en los juzgados, situación de equipos psicosociales y la falta de especialización de juzgados en temas de familia

En la ultima carta recibida por nuestro presidente Jesus Ayala Carcedo el defensor de el pueblo expresa su preocupación por:

  • las demoras en los juzgados
  • la situación de los equipos psicosociales
  • la falta de especialización de la Justicia en asuntos tan delicados para los ciudadanos como las custodias de niños
  • la sustracción de menores

E incluso en año en el año 2020, se encargó a la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA).

Por otro lado según la estadística del Consejo General del Poder Judicial del año 2019, del total de los 2384147 asuntos civiles registrados en los juzgados y tribunales de España 557.142, es decir el 25%, correspondieron a asuntos de familia.

Equipo APFSBURGOS

Un padre denuncia la sustración de su hija en Toledo. Existe una denuncia del padre interpuesta por “sustracción de la menor por parte de su madre”.

Un padre denuncia la sustración de su hija en un parque de Carranque (Toledo)

https://www.cope.es/emisoras/castilla-la-mancha/toledo-provincia/toledo/noticias/denuncia-sustracion-una-nina-carranque-20210506_1276717

«Me llamo Alejandro (Sandu) Tebrean os pido ayuda. Mi ex mujer de nombre P.S.D. ha secuestrado a mi hija en una visita a España, ya que desde hacía 3 años no veía a la niña,ya que vive en Alemania»

«La niña se llama Elena, tiene 5 años y medio y lleva puesto pantalones grises y camisa de manga larga gris; mi ex mujer lleva puesta camisa de tirante rojo y vaqueros azules si veis algo llamar a la guardia civil o a este nr de tf 643348223 .Mucha gracias» detalla el padre de la menor.

Este presunto «rapto» está denunciado por parte del padre en el cuartel de la Guardia Civil de la localidad toledana de Illescas.

Igualmente recordamos el caso de Anna y Olivia, las niñas desaparecidas en Tenerife. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Güímar en Tenerife ha incoado diligencias previas sobre el padre de las menores por la presunta comisión de un delito de secuestro y dictó una orden internacional de búsqueda.

Esperamos que en este caso se activen todos los medios necesarios y se resuelvan ambos casos lo antes posible

Equipo de Asociación de Padres Separados de Burgos (ApfsBurgos)

PADRE QUE TE VAS A DIVORCIAR: SI LA MADRE OBTIENE LA GUARDA Y CUSTODIA DE VUESTROS HIJOS, PODRÁ LLEVARSE A TUS HIJOS A CANARIAS Y SE LOS EMPADRONARÁN ALLÍ

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¿De que se extraña Ud., futuro padre separado/divorciado?. ¿Dónde ve Ud. el problema?.

Se le comenta esto porque eso está legislado, en las normas de empadronamiento que se acaban de publicar en el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO, el pasado dos de mayo de 2.020. Por cierto, que eso ya pasaba antes.

https://boe.es/boe/dias/2020/05/02/pdfs/BOE-A-2020-4784.pdf

Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.

“2.2.1.3.1 Guarda y custodia atribuida en exclusiva a un progenitor. En los supuestos de guarda y custodia de menores atribuida en exclusiva a un progenitor en virtud de resolución judicial, corresponderá a este instar las inscripciones de los menores en el Padrón o las modificaciones de sus datos, de acuerdo con el artículo 54.2 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales. Para ello, junto con la resolución judicial, deberá aportarse una declaración responsable de que dicha resolución está en vigor, que no existe otra posterior que modifique los términos de la guarda y custodia y que el progenitor que realiza la solicitud no se encuentra incurso en alguno de los supuestos de hecho previstos en los artículos 103.1.c) o 158.3.c) del Código Civil. En el anexo II se incluye el modelo de declaración responsable a estos efectos.”

Como es un tema, del cual haremos alguna reflexión, o gestión posterior, se lo dejamos a Uds. ahí, para que se lo comenten a su abogado.

Saludos.-

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Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

¿PROTEGE TU SENTENCIA A TUS HIJOS?

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Nos llena de estupor. Si las informaciones que venimos recibiendo sobre las componentes de la asociación INFANCIA LIBRE, que parece que se atribuía la misión de proteger a niños, y, en este caso, lo referente a Dª Rocío de la Osa Ibáñez, no llegamos a comprenderlo.

Veamos. Acabamos de ser informados de que a esta mujer se la ha devuelto la custodia de una hija, que parece fue privada de estar con su padre unos cinco años, aparte que haya podido incumplir requerimientos judiciales. Y, ojo, fue asesora esta madre, o esta asociación, de PODEMOS.

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https://www.abc.es/sociedad/abci-secretos-rocio-ibanez-cuarta-mujer-detenida-asociacion-infancia-libre-201906190124_noticia.html

Según informaron fuentes oficiales a este periódico, De la Osa está siendo investigada por la presunta comisión de dos delitos: sustracción de menores y desobediencia a la autoridad judicial.

De acuerdo con fuentes de la investigación, la madre, profesora de educación especial, habría denunciado al padre de su hija por presuntos abusos sexuales.

La denuncia fue archivada, pero sin embargo De la Osa no ha permitido a su expareja ver a su hija en los últimos cinco años, desde que la niña tenía tres.

Durante parte de este tiempo, habría incumplido las distintas resoluciones judiciales que establecían el régimen de visitas con el progenitor.”

https://www.20minutos.es/noticia/4083956/0/devuelven-la-custodia-de-su-hija-a-rocio-de-la-osa-dirigente-de-infancia-libre-que-fue-acusada-de-sustraccion-de-menores/

Devuelven la custodia de su hija a Rocío de la Osa, dirigente de Infancia Libre, que fue acusada de sustracción de menores

 
 
 

“Devuelven la custodia de su hija a Rocío de la Osa, dirigente de Infancia Libre, que fue acusada de sustracción de menores.”

Repetimos, no comprendemos esto. Si esta mujer incumplió una sentencia que garantizaba los derechos de la niña de estar con su padre, alguien tiene que garantizar ese derecho, y parece que la sentencia que, presuntamente, lo garantizaba, fue papel mojado.

¿Lo hizo mal la Policía?. ¿Lo hizo sin tener competencia el juzgado que modificó la custodia de la niña, hace unos meses?.

Como padres, salvo mejores informaciones, nos hacen dudar de que el Estado Español garantice sus sentencias, respecto a los derechos personales de nuestros hijos. Ojo, aquí hablamos de los derechos personales de una niña, no mezcle nadie al padre.

Sólo queremos recordarles que la Ley de Enjuiciamiento Civil, atribuye competencias para pedir la modificación de unas medidas que no han protegido a una niña, al Ministerio Fiscal:

“Artículo 775 Modificación de las medidas definitivas

1.      El Ministerio Fiscal, habiendo hijos menores o incapacitados y, en todo caso, los cónyuges, podrán solicitar del tribunal que acordó las medidas definitivas, la modificación de las medidas convenidas por los cónyuges o de las adoptadas en defecto de acuerdo, siempre que hayan variado sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta al aprobarlas o acordarlas…….

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Artículo 776 Ejecución forzosa de los pronunciamientos sobre medidas

Los pronunciamientos sobre medidas se ejecutarán con arreglo a lo dispuesto en el Libro III de esta ley, con las especialidades siguientes:

·         3.ª El incumplimiento reiterado de las obligaciones derivadas del régimen de visitas, tanto por parte del progenitor guardador como del no guardador, podrá dar lugar a la modificación por el Tribunal del régimen de guarda y visitas.”

Obviamente, desde estas líneas, desde estas reflexiones, no somos los competentes para pedir/exigir al Ministerio Fiscal que se dé por enterado de lo que permite el ordenamiento jurídico vigente, pero ahí señalamos eso.

Por otra parte, el dejar al padre, o a la familia paterna, esa obligación procesal, si les conviniera, dejará siempre la sospecha de cosas ajenas a los intereses personales de la niña, pero, para los que tienen mucha fe, demasiada fe, en la actuación de la Justicia, bueno sería que fuera pública la actuación del Ministerio Fiscal.

El papel de la Policía y del estado de derecho, en la actuación del Ministerio Fiscal, pueden aclarar dudas.

Lo que sí, en estos momentos de pactos electorales, daría mucho de ojo, es que la integrante de una asociación, acusada de presuntos hechos muy graves, que se relacionó con PODEMOS, haya hecho lo que realmente la vino en gana de resoluciones y decisiones judiciales, y no pase nada. Como decía Julio Iglesias, LA VIDA SIGUE IGUAL.

Aquí necesitamos ver para creer. La Justicia no sólo debe ser correcta, sino también parecerlo.

Cuando a muchos hijos se les priva de relacionarse en igualdad con el padre y la madre, con una simple denuncia contra el padre, muchas veces con detención previa, ante estos presuntos hechos gravísimos, seguiremos el asunto con mucho interés.

LUZ Y TAQUÍGRAFOS, ES NUESTRO DERECHO,  EL DE TODOS LOS CIUDADANOS, Y EL DE NUESTROS NIÑOS.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

JUANA RIVAS, ¿NOTICIA BOMBA? ¿ENTREGARA LOS HIJOS A SU PADRE, EN ITALIA, EL DIA 14?

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Perdonen, no queremos molestar. Es verano, estamos en agosto y, después de un año duro, se merecen unas buenas vacaciones. Playa, el pueblo, ahora las fiestas…..y si están trabajando, por supuesto, fines de semana tranquilos y una cervecilla, o algún refresco, después de la jornada laboral.

Pero, a lo nuestro. Qué nervios, señoras y señores. Llega el catorce de agosto y Dª Juana Rivas debe entregar a los hijos que tuvo, voluntariamente, a D. Francesco Arcuri, y en Italia. Lo dicen los de Italia, el juez o jueza de turno.

Abogados de Arcuri esperan que sus hijos vuelvan el 14 de agosto y acusan a Rivas de «alterar la realidad»

¿Qué harían Uds.?. ¿Qué hará ella?. Pues no lo tenemos claro. Está en España, pendiente del Tribunal Supremo. Pendiente de un recurso ante la Audiencia de Granada.

Se manifiesta que el propio Sistema Público Sanitario de Andalucía ha enviado a los tribunales españoles un informe donde se habla de la difícil situación de los hijos con su padre. Se ha dirigido a los políticos españoles y europeos…..

Si Ud. fuera madre….¿qué haría?. No encuentra jueces que la entiendan y comprendan, que quieran proteger a sus hijos, como ella quiere, por supuesto. Ah, y dónde quiere, en España, que no es el país de residencia de los niños. Jugando con dos países, con la prensa, radio y televisión.

Si alguien quisiera encontrar la cara de una mujer maltratada, lo sea o no, y, de paso, de sus hijos, ella da el perfil. Qué pena que no la hayan dado en Andalucía la oportunidad de aparecer en sus carteles, y sacar un dinerillo para tanto abogado, juicio, pleito y viaje, porque, en los medios de comunicación no nos informan de qué vive y cuánto curra por sus hijos, y para pago de tanto abogado.

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Les dejamos que sigan debajo de la sombrilla en alguna de nuestras estupendas playas, de fiestas y descanso en uno de los miles de pueblos que hay en España….Porque, haga lo que haga, Dª Juana Rivas, no duden de que serán debidamente informados de si lleva a los niños a Italia para entregarlos el catorce de agosto, o, en un último esfuerzo, de una madre que en el rostro muestra, demuestra y teatraliza el dolor de una madre en busca de juez que la atienda y entienda, pues no los entrega, porque antes deben contestar los jueces españoles, y, como una Juana de Arco, dispuesta al sacrificio supremo como ejemplo para todas las mujeres, y madres, no sólo de España o Italia, sino del mundo mundial.

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No será necesario que nosotros les informemos de lo que pueda pasar, para eso están las radios, televisiones y periódicos.

Pero no tengan duda de que el catorce de agosto de 2.019 habrá un nuevo capítulo de este culebrón. Les entregue o no, Uds. serán debidamente informados por otros. Pero no duden, antes muerta que sencilla.

Con todo el respeto a todas, a todos y a los niños de todo el mundo. Y en espera de noticias….el catorce de agosto próximo……….

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

DIVORCIOS DE SEPTIEMBRE: TU HIJO SE LO PUEDEN LLEVAR A TENERIFE O MALLORCA, PIENSE EN ELLO HOY, Y ACTÚE YA

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Después de unas vacaciones en que las parejas han convivido las veinticuatro horas del día, desgraciadamente, llega septiembre y uno o los dos quieren divorciarse.
Cuando uno de los padres tiene la guarda y custodia de los hijos comunes, menores no emancipados, las normas de empadronamiento le permiten empadronarles en cualquier municipio del estado español, y no es delito, salvo que, en el convenio autorizado judicialmente, auto o sentencia, se indique que cualquier cambio de domicilio de los hijos comunes no emancipados deba ser con autorización judicial previa.
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Si no se pide esto judicialmente, desde el primer momento, y se concede, esto es lo que dice, contempla, impone la Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
“2.2.1 ………..
No obstante, en los supuestos de separación o divorcio, en virtud de lo establecido por el artículo 156 del Código Civil, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva por lo que, conforme a lo previsto, asimismo, en el artículo 54.2 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, las inscripciones en el Padrón, o modificaciones de sus datos, se instarán en exclusiva por el progenitor que ostente la guarda y custodia, lo que se deberá acreditar mediante copia de la correspondiente resolución judicial.………”
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Les explicamos, todas las personas mayores de edad pueden vivir dónde quieran, pero, en principio, conforme a la patria potestad que normalmente se respeta a ambos padres, para ejercerla conjuntamente en estos casos, en más de un caso, se llevan a los niños a cientos de kilómetros del domicilio señalado en sentencia, y Ud. no pintaría nada. Si Ud. confía en la Administración de Justicia, que resuelva rápidamente su oposición a ese traslado, consulte a su abogado los plazos en que resuelven modificaciones de sentencias o convenios. En Burgos, en un caso comprobado, un año, diez meses y nueve días.
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Cuando tome un juez una decisión sobre ese acto unilateral del padre que tiene la guarda y custodia de los hijos menores no emancipados, que ni le ha consultado, ni pedido su autorización, el niño ya ha hecho amiguitos en su nueva población y está escolarizado, y ya no tiene remedio ese cambio de domicilio y su patria potestad compartida no ha valido para nada. Puede haber excepciones, pero no espere milagros.
El que avisa no es traidor. Consulte, por favor, con su abogado.
Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

JUANA RIVAS, ¿CUÁNTAS HORAS TRABAJA UD. PARA QUE SUS HIJOS COMAN?

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Muy Sra. nuestra, lo digo porque desde hace tiempo la tenemos a Ud. hasta en la sopa. ¿De qué vive Ud.?.
Con tanto viaje y tanto juicio y despachos de abogados, nos tenemos que preguntar los ciudadanos de este país si con ese ritmo Ud. tiene trabajo y lo puede mantener.
Ya se sabe que Ud. pide pasta para pagar abogados y viajes, pero las mamás normales, aparte de los juicios que correspondan y los gastos de los hijos, curran. Y Ud., en teoría, debiera trabajar más que las demás.
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Sus hijos no viven de besos y abrazos. Hay que ponerles comida en el plato, dinero para ropa y gastos para que una casa les cobije.
No quiero extenderme, pero sí me gustaría que Ud. nos diga cuántas horas trabaja por ésos a los que tanto quiere, sus hijos.
¿Piensa pedir limosna para pagar los gastos que tuvo el padre de los hijos que Ud. eligió, a los cuales la acaban de condenar?.
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Perdone, señora, menor cuentos y más curro.
Atentamente,
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. 7-2-2.018

EMPADRONAMIENTO DE MENORES NO EMANCIPADOS: PETICIÓN DE CONOCER VUESTRAS EXPERIENCIAS

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El año pasado, en Burgos, ayudamos a dos compañeros en temas relacionados con niños de unos tres añitos y referidos al empadronamiento de los mismos.
En diciembre, nos llamaron del ayuntamiento en relación a este tema, en el cual  se estaba metiendo la Concejalía de la Mujer, en relación al documento DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA TRÁMITES PADRONALES CON MENORES, que permite empadronar sin presentar ninguna documentación de los niños, sobre su situación legal respecto a sus dos padres.
Han confeccionado un documento en que la cuarta parte lo dedican a temas de presunto maltrato.
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El año pasado, sobre este tema, hicimos unas cuantas gestiones. Entre ellas escribimos a Granada, en relación al empadronamiento de los hijos de Juana Rivas y su papá italiano, el que ella, Juana Rivas, eligió para ellos, libre y voluntariamente. Si esos niños no los hubiera empadronado el ayuntamiento de Maracena (Granada),  nos hubiéramos evitado todo lo que esa mujer ha organizado. Es decir que Juana Rivas debiera haber entregado documentación apropiada que no tenía.
La Jueza del Juzgado de Violencia sobre la Mujer, de Burgos,  sobre este tema, estima que el domicilio de los menores no emancipados está dentro de las competencias conjuntas de la PATRIA POTESTAD.
Es por ello que, para documentar mejor las gestiones que estamos haciendo, por lo que os rogamos nos contéis vuestras experiencias sobre el empadronamiento de vuestros hijos, para conocer cómo se empadrona en distintos ayuntamientos de España, respecto a hijos que no conviven con los dos padres, durante su minoría de edad.
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Estamos observando en distintas ciudades que el uso de la normativa vigente de empadronamiento:
En el caso de padres que no conviven (divorciado, separados u otros casos) y se conserva la patria potestad por los dos progenitores y no se pide ninguna documentación (sentencia judicial, convenio etc.) cuando se empadrona un menor por el progenitor que tiene la guardia y custodia. Los ayuntamientos tampoco recaban el consentimiento del otro progenitor y en muchos casos ni se enteran del cambio de ciudad. Podrías facilitarnos información de cómo actúan vuestros ayuntamientos a raíz de esta normativa de 2015 en los casos de empadronamiento de menores hijos de padres que no conviven para que por lo menos antes se hagan estas actuaciones:
*Antes de hacer cualquier cambio padronal de menores soliciten por los ayuntamientos a ambos progenitores: LA SITUACION LEGAL DEL MENOR.
*No se empadrone a un menor no emancipado sin ponerlo en conocimiento del otro, siempre que este no tenga ninguna limitación y tenga representación legal suficiente ostentando la patria potestad plena o compartida.
*En el resto de ámbitos de nuestra sociedad sea producido un avance en este sentido:
*Educación: Para matricular se exige resolución judicial, confirmación de vigor y las dos firmas además de duplicado de información del menor.
*Sanidad: Duplicado de tarjeta sanitaria del menor para atención primaria y hospitalaria y ante operaciones de salud firma de los dos progenitores.
*Tributario: Sentencia judicial exigida en el IRPF para cualquier desgravación de pensión de alimentos y gastos deducibles de los hijos.
Esperamos vuestros comentarios, bien poniendo un comentario en esta página:
bien en el correo:
feretojesus@yahoo.es
Como siempre, muchas gracias.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. 16-1-2.018
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POBRE JUANA RIVAS, ¿POR QUÉ AHORA TE PIDEN CÁRCEL Y NO CUANDO ESTABAS INCUMPLIENDO LEYES Y SENTENCIAS?

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Pobre Juana, te hicieron creer que eras la reina del mundo. Que eras estrella de telediarios y de toda la prensa. Todos sabían que incumplías leyes, convenios y sentencias, y te llegaste a creer que tu lucha era la de toda la Humanidad, al menos de esas y algunos de esos que defienden nosotras parimos, nosotras decidimos, los hijos son de la madre, y de nadie más.
Pero no te dejaron darte cuenta que eras de usar y tirar.
Lo lógico de lo que ahora te acusan lo pudieron ellos, y no se cuales o quienes, impedir, pero te dejaron hacer.
Algunos dicen que es que España incumplía tratados internacionales, pues mucho han tardado en darse cuenta. Y en cuanto a los niños, a esos que les llenan de asignaturas de igualdad y diversidad, ¿por qué siguen incumpliendo una ley de CUSTODIA COMPARTIDA?. El famoso interés del menor, no emancipado, con el que se llenan la boca, ¿ donde estaba ?.
Para mí, y sé que me equivoco mucho, es porque las cosas van mal para los que mandan en Madrid.
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Fíjense, pierden las elecciones en Cataluña. No se sabe qué va a pasar cuando se constituya el Parlament de allí. Las pensiones se pagan, en parte, a crédito y más deuda. Los presupuestos generales del estado están sin aprobarse. Las autonomías parecen cerditos gritando, más leche, para pagar tanto parlamento y cortes, tanto político y política….y la vaca no da para más.
Hace poco reculó La Moncloa con lo de dar servicio a los hombres, esos malvados a los cuales nos eligen, libremente, las pobres mujeres que luego van a ser maltratadas. A través de ese teléfono, el 016, que conocen hasta los niños de teta, de tanto estar en carteles, diarios, prensa, radio y televisión.
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Muy mal debe estar todo para que te saquen ahora de tu reino de humo para echarte a los leones.
Pobre Juana, han jugado contigo, y el juego ha terminado, lo que importa es el poder. Y, por supuesto, que lloren y griten por ti en las calles. Un humo oculta otros.
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. 12-1-2.018
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