BELÉN ESTEBAN Y MARÍA JOSÉ CAMPANARIO: DOS MUJERES ENFRENTADAS POR EL MISMO HOMBRE

No, por favor, no vamos a meternos en ese lío de sentimientos, declaraciones y demás, que, periódicamente, en prensa, radio, televisión y otros medios de comunicación afloran.

No, no es nuestro cometido el juzgar esos sentimientos, declaraciones y situaciones de esas dos mujeres, respecto al mismo hombre, un famoso torero del cual seguro que saben su nombre.

Sin embargo, aprovechando esta situación, con su siempre tolerante aceptación, planteamos el problema que se está viviendo en muchas familias. Se produce una separación/divorcio, y da lo mismo de quién partió la idea, y por múltiples motivos, uso de vivienda, custodia exclusiva de los hijos……se presentan escritos broncos en que una, o las dos partes, se tratan de todo.

¿Cuántas denuncias son consecuencia del odio, con unas consecuencias terribles?.

Imposible custodia compartida, no sabe ocuparse de los hijos comunes, como hombre es horrible….

Sin embargo, luego los hechos demuestran otra cosa. Otra mujer es feliz con ese hombre, hay nuevos hijos, otros hijos de ambos miembros de la nueva pareja, y la felicidad reina, más o menos.

Lo que queremos transmitirles a Uds. es que tenemos un modelo de divorcio, un camino hacia la separación y el divorcio que lleva al enfrentamiento, en que se favorece el odio, el pleito…..

Un ejemplo, la obligación de contar con abogado. El estado mal paga abogados de oficio, de justicia gratuita: PLEITO SEGURO. Cuando la realidad es que hay problemas sociales, en esos casos.

Quitando esa situación que da título, se nos ocurre una idea. Si una segunda o posterior mujer, con varios años de convivencia con ese hombre, al cual una anterior mujer lo trató de demonio, de mal hombre, etc., declarara que lo que dijo la anterior no corresponde con la realidad, ¿sería causa para conceder una CUSTODIA COMPARTIDA, por ejemplo?.

Se recordarán de Dª María José Carrascosa, que prefirió ir a la cárcel en Estados Unidos de América, antes que entregar a la hija común al padre. Pues bien, salvo noticias recientes, parece que ese hombre encontró otra mujer y tuvo varios hijos con ella.

Resumiendo, hay que echar agua fría a los sentimientos de todo tipo, en estas situaciones, y conservar las relaciones de los hijos con ambos padres. Y sobran defensoras de los hijos, como Dª Juana Rivas o Dª María Salmerón, porque ni sus abogados, ni ellas, representan a los hijos en su minoría de edad, no emancipada.

Lo de antes muerta que sencilla, lleva a la destrucción de las personas, y a la infelicidad de todos. El que dos personas, por múltiples motivos no han tenido un buena y feliz unión, que siempre ha gozado de la libertad legal, en todo momento, no debiera ser causa de despellejarse, y perdonen la crudeza, para anularse, como hombre o mujer, como padre o como madre.

¿Qué tal el divorcio sin jueces y sin abogados?. Por el mundo hay de todo. Si se presume en las estadísticas que hay muchas separaciones/divorcios de mutuo acuerdo, ésa sería la prueba del algodón.

¿Aprenderemos algo de estos casos públicos?.

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

GRAN HERMANO VIP Y LA CUSTODIA COMPARTIDA. EL HIJO DE ADARA Y HUGO SIERRA

images (1)

La verdad, el mundo del famoseo nos tiene intrigados. Cuando se trata de analizar, o reflexionar, sobre amores y desamores, del mundo de los famosos, que cuentan, y tememos que también muestran, sus aventuras pasionales, y sus tesis legales, en todos los medios de comunicación, y en horas de mayor audiencia, pues nos encontramos confusos.

descarga (1)

Pero, bueno, ya que todo ello tiene relación con parejas, hijos comunes, y todo lo demás, hoy nos adentramos en el grupo humano, no sabemos si familiar, de ADARA y  HUGO SIERRA, con un niño de nueve meses que les une, y quizá desune a ambos.

Vaya, pues Hugo, hace días, según se hablaba en los medios de comunicación, había presentado una demanda judicial pidiendo la CUSTODIA COMPARTIDA. Después ha salido por televisión, se vive una relación tórrida en Gran Hermano, se habla de sexo….Buff.

descarga

No sabemos si todo esto forma parte del espectáculo, lo que si deseamos es que, tanto Hugo, como Adara, se aclaren, que se dejen ayudar en una mediación familiar, y que guarden la intimidad del pequeño Martín, y que, cogiendo el grito unánime de tanta manifestación de IGUALDAD del 25 de noviembre, en caso de separación total, sean ejemplos de responsabilidad con una CUSTODIA COMPARTIDA, que esperamos se defienda en ese concurso de GRAN HERMANO VIP.

images

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

TELECINCO: SÁBADO DELUXE. CASO IVONNE REYES: LOS HERMANOS DEL DIVORCIO. ¿  LAS LOCURAS O IRRESPONSABILIDADES DE LOS PADRES ?.

Está previsto que esta popular y famosa estrella del famoseo, y de la prensa rosa, nos cuente sus verdades, a su manera, en relación con el hijo que ella y la justicia atribuyen a un famoso presentador de televisión y periodista, un tal Pepe Navarro. Van a saltar chispas en el programa nocturno que se emite el sábado veintidós de abril. Seguro que atrae a mucho televidente.

Sin embargo, sólo esto sobre este caso: este chico tiene edad para pedir la emancipación judicial, y si la madre, que es la que más sabe sobre el padre del mismo no tiene nada que esconder, ¿ dónde está el problema para que una prueba de ADN del hijo confirme lo que afirma ?. ¿ Los otros hijos de Pepe Navarro son sus medio hermanos ? Fin de este tema. Bueno, termino, esto la está dando mucho dinerito en los medios de comunicación, publicidad, etc., supongo…….., aunque no afirmo.

Ahora bien, este caso lo aprovecho para darles a Uds. algunas reflexiones, que sería bueno que originaran debate, sobre la problemática de los hermanos de las separaciones/divorcio, hijos de varios padres y madres. 

Independientemente de las relaciones afectivas que puedan tener entre ellos, si las hubiere,  pueden presentarse unos problemas de índole económico que pudieran crear conflictos entre ellos, y, ¿ por qué no ?, entre madres y padres en relación a sus hijos de otras relaciones.

Es muy normal estos días, en que el divorcio afecta a todas las clases sociales, y que se producen en edades en que todavía se está de buen ver, el que la gente se comprometa, poco o mucho, y se siga reproduciendo. Es decir, hijos de la anterior relación, hijos de la nueva relación. Nos juntamos, tú traes uno o dos hijos de una o dos relaciones, y, yo, por mi parte, tuve uno o varios. Y si hacemos otro u otros, pues hijos por aquí, hijos por allá, por la derecha, por la izquierda y por el centro.

Alrededor de una mesa, en que los distintos regímenes de visita de los hijos de todos los costados comparten mesa, mantel y puchero o cazuela, pueden concentrarse diversas decisiones judiciales, que contemplan distintos derechos económicos de los hermanos, de padre y madre, de sólo padre o madre, o hermano que es hermano de los otros niños porque comparte al padre o a la madre de los mismos, pero no todos los niños o hijos comparten, al menos, un padre o una madre. Si les he liado, y no comprenden esto, aparte de que no me explico muy bien, es que esas situaciones son como la Torre de Babel, es un lío puro y duro.

Resumiendo, ¿ qué he pretendido explicarles ?. Sencillo, un mismo padre o madre tiene distintas obligaciones económicas respecto a los hijos de distintas relaciones. Y, por tanto, diversos hermanos, de sólo padre o madre, tienen distintos derechos económicos del mismo padre o madre. Hablando claro. Al de la primera relación, por sentencia, por ejemplo, un padre le tiene que pasar para sus gastos de alimentación, vestido, educación, etc. 200 euros. A los dos siguientes de la segunda relación que terminó, también, en separación/divorcio, 125 euros. Ahora se ha unido con otra pareja, que tiene a otros dos niños  de relaciones anteriores, que conviven con este papá y su pareja o cónyuge, y hace dos años encargaron otro, que tiene algo más de un añito. Por su parte, su nueva pareja o cónyuge, por el primer hijo no recibe nada del padre, en paradero desconocido, y por el segundo, hijo o hija, el padre la pasa 175 euros al mes, y no todos los meses.

Como pueden ver, independientemente de las relaciones afectivas entre hermanos, medio hermanos y medio hermanos de los hermanos hay unos derechos económicos dispares, que originan estas reflexiones sobre situaciones que son bien reales.

Y, la primera pregunta que les hago, ¿ tienen derecho a protestar los hermanos que reciben menos derechos económicos del mismo padre ?. Y, continúo, ¿ debe haber una guerra entre madres y padres para igualar los derechos económicos entre hijos del mismo padre o madre ?.

La respuesta, o respuestas,  se las dejo a Uds.

La siguiente reflexión es la siguiente: ¿ son esos padres o madres, que se separan o divorcian y vuelven a tener nuevas relaciones, los apropiados para igualar en derechos económicos a los hijos de distintas relaciones ?. Y sigo, ¿ lo es el Ministerio Fiscal ?.

Continúo, demos fuego a la pólvora o a la dinamita. Pensemos que en una segunda o tercera relación de un padre, por ejemplo, a la pareja de turno, por lo que sea, se la concede una pensión compensatoria. Para ello veamos lo que dice el Código Civil, para el caso de fallecimiento y herencia del padre pagador:

“Artículo 101

El derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona.

El derecho a la pensión no se extingue por el solo hecho de la muerte del deudor. No obstante, los herederos de éste podrán solicitar del Juez la reducción o supresión de aquélla, si el caudal hereditario no pudiera satisfacer las necesidades de la deuda o afectara a sus derechos en la legítima.”

Sigamos, con el desarrollo de esta historia loca, de este padre que tiene varios hijos de varias relaciones, a los cuales pasa distintas cantidades, pues bien, en una de las relaciones anteriores, por decisión judicial, paga a unas de las mamás de sus hijos una pensión compensatoria, pongamos de 100 euros al mes.

Centrémonos, paga por un hijo, el primero, 200 euros, por los dos siguientes, 150 euros a cada uno. A esto añadimos la pensión compensatoria de la segunda relación, 100 euros. Acabamos de ver que esta segunda mamá, en caso de herencia, puede reclamar su parte respecto a los diversos hijos de ese hombre.

Pues ahora vamos a seguir complicando el tema. Estamos por la tercera relación, con boda incluida, en que tienen un nuevo hijo, y la madre ha aportado otros dos. Pues se han casado en comunidad de gananciales, y esto es lo que sigue diciendo el Código Civil:

“Artículo 1362

Serán de cargo de la sociedad de gananciales los gastos que se originen por alguna de las siguientes causas:

  • 1.ª El sostenimiento de la familia, la alimentación y educación de los hijos comunes y las atenciones de previsión acomodadas a los usos y a las circunstancias de la familia.

La alimentación y educación de los hijos de uno solo de los cónyuges correrá a cargo de la sociedad de gananciales cuando convivan en el hogar familiar. En caso contrario, los gastos derivados de estos conceptos serán sufragados por la sociedad de gananciales, pero darán lugar a reintegro en el momento de la liquidación.”


El derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona.

El derecho a la pensión no se extingue por el solo hecho de la muerte del deudor. No obstante, los herederos de éste podrán solicitar del Juez la reducción o supresión de aquélla, si el caudal hereditario no pudiera satisfacer las necesidades de la deuda o afectara a sus derechos en la legítima.”

Sigamos pensando en ese padre, que tiene hijos de tres relaciones, con distintos derechos económicos, aparte está pagando una pensión compensatoria a una de las madres, y ahora se ha contraído matrimonio con una mujer que no trabaja ni tiene medios de vida, y aporta dos hijos a la convivencia familiar., y lo han hecho como sociedad de gananciales, PUES TAMBIÉN TIENE OBLIGACIÓN LEGAL DE MANTENER A HIJOS QUE NO SON SUYOS. Lo dice el Código Civil.

Mi reflexión final, ante hijos de distintos padres y madres, de distintas relaciones, en que comparten derechos económicos a satisfacer por los padres y madres, EXIJAN ESTOS HIJOS UN ABOGADO QUE LES DEFIENDA, porque los padres, en muchos casos, NO SABEN LO QUE HACEN, O NO PUEDEN DEFENDERLOS, pero os afecta a vosotros, HIJOS, HERMANOS DE LAS SEPARACIONES Y DIVORCIOS.

Esto es como la vida misma, un lío.

Saludos a todos.

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S-BURGOS.

P. D.- En estas situaciones, padres, madres, hijos, hermanos…..todos con un abogado para defenderos. Esto no es derecho ficción. Y que resuelvan los jueces. Vivan las madres que les parieron.

A %d blogueros les gusta esto: