DIVORCIO SIN OKUPAS. El Gobierno cambia la ley antidesahucios y protege a los ‘okupas’ hasta mayo si actúan sin «violencia»

En diversos momentos, ante distintas normativas legales, relacionadas a la okupación de viviendas u otras propiedades, por parte del actual gobierno, por algún partido no gobernante, ha habido reclamaciones, y amenaza de acciones legales, ante esas violaciones del derecho a la propiedad, contemplado en la Constitución Española.

https://www.elmundo.es/economia/vivienda/2021/01/22/600afefc21efa05d368b463c.html

Sin embargo, cuando han podido, por detentar los votos necesarios, en la legislación que afecta a la mayor parte del territorio nacional, a pesar de considerarse el divorcio como un derecho, puro y simple de cada miembro de un matrimonio, nadie ha variado la legislación vigente respecto al derecho de exigir, sí derecho, a expulsar a uno de los miembros de un matrimonio del domicilio común, independientemente de la propiedad del mismo.

https://www.vozpopuli.com/espana/pp-casado-decreto-desahucios_0_1431157187.html

El PP recurrirá el decreto antidesahucios ante el Tribunal Constitucional: Así lo ha anunciado este sábado Pablo Casado en Barcelona. «Facilita la okupación en España», ha indicado 

Señoras y señores, en España no somos iguales ante la ley, a pesar de garantizarlo, en teoría, la Constitución Española.

Desde esta modesta página web, reclamamos, una vez más, que se modifique la legislación vigente sobre este tema.

Y si los ciudadanos de Madrid, Sevilla y Burgos somos iguales ante el mismo problema, que los de Bilbao o San Sebastián (Donosti), que se utilice, mientras tanto, la legislación del País Vasco (Euskadi), sobre este tema.

¿Dónde está el problema?.

Ley 7/2015, de 30 de junio, de relaciones familiares en supuestos de separación o ruptura de los progenitores. Comunidad Autónoma del País Vasco «BOPV» núm. 129, de 10 de julio de 2015.

¿Dónde está el problema para que se aplique en Madrid, Sevilla y Burgos una ley similar a ésta, que un mismo juez puede aplicar ahora en Bilbao o San Sebastián si trabaja allí, y pero no si trabajara en Madrid, Sevilla o Burgos?.

“- La atribución del uso de la vivienda a uno de los progenitores por razones de necesidad deberá hacerse con carácter temporal por un máximo de dos años, y será susceptible de prórroga, también temporal, si se mantienen las circunstancias que la motivaron. La prórroga deberá solicitarse, como máximo, seis meses antes del vencimiento del plazo fijado, y tramitarse por el procedimiento establecido para la modificación de medidas definitivas….

– En el caso de atribuirse la vivienda a uno de los progenitores, si ésta es privativa del otro o común de ambos, se fijará una compensación por la pérdida del uso a favor del progenitor titular o cotitular no adjudicatario, teniendo en cuenta las rentas pagadas por alquiler de viviendas similares y la capacidad económica de los miembros de la pareja.

– El matrimonio o convivencia marital del beneficiario del uso con otra persona, salvo que expresamente se hubiera pactado lo contrario.

SÍ SE PUEDE, O NO NOS DA LA GANA.

No pedimos la Luna, sino que todos seamos iguales, independientemente de en qué parte de España vivamos.

Equipo de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

JUEZ DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DETENIDO Y LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. Artículo 14 de la Constitución Española: Los españoles son iguales ante la ley.

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En este atípico verano, aparte de las recientes lluvias y numerosos rayos, nos ha sacado del famoso tema del Covid-19 la detención de un juez, por eso que llaman violencia de género.

Ya lo sabrán Uds., se trata, ni más ni menos, de un miembro del Tribunal Constitucional, el Excmo. Sr. D. Fernando Valdés Dal-Ré.

Han sido abundantes las informaciones sobre lo que presuntamente pudo ocurrir, sobre su detención, y su puesta en libertad.

A esto se ha unido un comunicado del propio Tribunal Constitucional, en que se apela a su derecho, como no puede ser de otra manera, de la presunción de inocencia.

Nota o comunicado que es de agradecer, pero que estimamos que debe ser extensiva a todos los detenidos, y que nos sirve para recordarles a Uds. que, en demasiados casos, con la sola palabra de una mujer, un hombre, y a menudo padre de familia, es detenido, delante de familiares, vecinos o compañeros de trabajo.

Y sí, mucha presunción de inocencia, pero el mal ya está hecho. ¿Qué habrá hecho?. Discutían mucho. Parecía que era una pareja normal.

Pero, señoras y señores, el mal ya está hecho, se insiste. Y todo esto es una catástrofe social y familiar.

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Por mucho comunicado, el denunciado ya es un hombre señalado por la sociedad, y nada importa si luego no es condenado o declarado inocente.

¿Hasta cuándo durará este estado de alarma en que, denuncia de una mujer, hombre detenido?.

Lo malo es que hay firmados muchos códigos o protocolos por diversas autonomías con medios de comunicación, en que se siguen consignas políticas para la información de estos presuntos hechos. O de cómo se debe informar a los medios de comunicación.

http://igualdade.xunta.gal/sites/default/files/files/documentos/TRATAMENTO_INFORMATIVO_RIOXA%5B1%5D.pdf

https://periodistasdearagon.org/2016/10/27/tratamiento-de-la-informacion-sobre-violencia-machista-en-los-medios-de-comunicacion/

“Tratamiento de la información sobre violencia machista en los medios de comunicación”

https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Guia_FFCCSS_150303.pdf

Hoy le ha tocado a un juez, todos los días a muchos hombres.

Hoy nos debemos preguntar, dónde estaba el Tribunal Constitucional cuando detenían a miles y miles de hombres.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

ALFONSO GUERRA SE QUEDÓ CORTO. HAY MÁS VIOLACIONES DE DERECHOS CONSTITUCIONALES

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Han sido noticia, estos días, las declaraciones, tardías, de este dinosaurio de la política. No por su tamaño, sino por su duración en la política. Pues bien, ahora, próximo a los ochenta años, haciendo memoria, se acuerda de que la ley que impulsó su partido, el PSOE, Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, violaba la Constitución Española, y que el Tribunal Constitucional no tuvo el coraje de tumbarla.

Mal por el partido que la impulsó, mal por los otros partidos que votaron a su favor, y, la pregunta del millón: ¿El Poder Judicial es independiente?. Dejamos a Uds. que opinen.

En su afán legislador, su partido, el PSOE, a los pocos meses, presentó dos leyes que afectan directamente a la institución del matrimonio:

Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio.

Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.

Resumiendo, eso del matrimonio de hombre/mujer, pues no siempre. Y eso del divorcio pues ya no es pecado, delito, culpa, o lo que sea:

“……el ejercicio de su derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de esa voluntad expresada en su solicitud……”

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Hablando claro. Es un derecho como el votar, la libertad de expresión, derecho a la libertad, a la igualdad, a la propiedad, a la vivienda, al trabajo, a ser feliz, a que te toque la lotería, etc., etc.

Pero hay más: “La intervención judicial debe reservarse para cuando haya sido imposible el pacto…..·.

Lo lógico, es que si quieren que lleguemos a pactos, se nos ocurre, ¿y no debiera haber una MEDIACIÓN FAMILIAR obligatoria?.

Pues Sr. Guerra, para ejercer el derecho a divorciarse, sigue exigiéndose que uno de los cónyuges sea expulsado del domicilio familiar, y seguir pagando la hipoteca. En cuanto a la custodia de los hijos, que van con la casa debajo del brazo, en lugar de una hogaza, pues, salvo que la madre acceda a la CUSTODIA COMPARTIDA, el padre lo tiene difícil. Pero los del País Vasco (Euskadi) lo tienen mejor. Tampoco hay igualdad entre españoles. Y, no es cachondeo, los jueces, según dónde ejerzan, deben aplicar leyes distintas. ¿No es para volverse loco?.

Es una lástima que sea ahora, Sr. Guerra, que Ud. acuse al Tribunal Constitucional de no cumplir su obligación. Y no a otros………

Hace poco un fiscal, que seguramente fue llevado a su antiguo lugar de trabajo, los juzgados de Valladolid, en furgón policial (¿), y esposado (¿), se ha suicidado———-

Es una lástima que ahora alguien reconozca que su partido lo hizo mal, otros partidos lo hicieron mal……y no sólo este padre separado se ha suicidado….hay muchos…..

Muchos políticos la avalaron con su voto, esa ley, muchos funcionarios la aplican……

¿Hay alguien que quiera cargar en su conciencia con el SUICIDIO DE D. JUAN IGNACIO HERNÁNDEZ MUÑOZ?.

https://www.msn.com/es-es/news/espana/una-denuncia-por-malos-tratos-precipit-c3-b3-el-suicidio-del-fiscal-de-valladolid/ar-BBXDzg9

“Una denuncia por malos tratos precipitó el suicidio del fiscal de Valladolid.

Amparo Rubiales, contra Alfonso Guerra: «Es terrible que este tipo siga en el PSOE»

 
 
 

Amparo Rubiales, contra Alfonso Guerra: «Es terrible que este tipo siga en el PSOE»

……Según Rubiales, Guerra es «igual Ortega Smith». ¿Por qué? Por un vídeo que circula por las redes sociales en las que el exvicepresidente del Gobierno habla sobre la relación del Tribunal Constitucional y los políticos y opina que la Ley de Violencia de Género debió de ser declarada anticonstitucional…..”

Sin ánimo de molestar. Perdonen, no queremos herir a nadie, en su sensibilidad. Gracias.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

QUEDA UD. DETENIDO. POR FAVOR, PÓNGAME LOS HECHOS QUE UD. ASUME QUE YO HAYA PODIDO COMETER, POR ESCRITO. GRACIAS.

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Hace pocos días, un padre que está pasando un calvario con denuncias y pleitos que le están arruinando, y tiene que ser ayudado por sus padres, me comentaba que fue detenido, en su día, y el argumento que le dieron era que aplicaban el protocolo. Le había denunciado la mamá de los hijos comunes.

Otras respuestas, que no convencen a esta, parte han recibido otros padres. Pues bien, al final les ponemos lo que indica la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre este tema.

Nos estamos encontrando que, en unos casos, no se da documentación a los padres detenidos, y, en otros, lo que ponen no es lo que debe asumir el policía o guardia civil de turno:

“Ud., tal día, a tal hora, en tal sitio, a Dª Fulanita la dijo, la amenazó, la golpeó, etc., en presencia de ……..” Lo pone por escrito, lo firma, y me lo da.

Y se comenta esto, en estos momentos, porque el compañero de luchas y fatigas en defensa de niños, legalidad, igualdad, etc. D. JUAN FRANCO MONTOYA, con fecha 19 de junio de 2.019, ha recibido un escrito del CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, en que comentan que, aunque hay protocolos, directrices, o lo que sea, sobre estos temas de género, custodias, o lo que sea, los Ilmos. Sres. Jueces y Juezas, en su libertad jurisdiccional, únicamente están sujetos a las Leyes y la Jurisprudencia del Tribunal Supremo. Y que las sentencias sólo se pueden cambiar por otro estamento jurisdiccional. Y dentro de ese sistema, los jueces están protegidos, más o menos.

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La pregunta es si los Policías y Guardias Civiles están tan protegidos como los jueces y juezas. Si un protocolo quita responsabilidades…..personales……Se sabe que tienen muchísima presión…..

Dicho esto, primero recordar, a todos y todas, o todas y todos, que no se divorcia a nadie por malos tratos. Si alguien tiene otra información, que lo diga, o se calle para siempre.

Por otra parte, si le detienen, exigir que le pongan por escrito, y se lo den, lo dicho anteriormente:

“Ud., tal día, a tal hora, en tal sitio, a Dª Fulanita la dijo, la amenazó, la golpeó, etc., en presencia de ……..”.

https://apfsburgos.com/tag/profe-ortega/

Antes de continuar, me acuerdo que hace ya un montón de años, alguien que sabía de eso de detenciones, perdió cerca de mi casa, un escrito, escueto y plastificado, en que había recomendaciones para estos casos. Creo que era, más o menos, abogado, no hablar y algunas cosillas más….Si no es lo que ponía, mis disculpas. Fue hace ya muchos años.

No informar al detenido de las causas de su arresto vulnera el derecho a la libertad, según el Constitucional

Sentencia del Tribunal Constitucional (5/3/18) que señala que no informar por escrito, por parte de la Policía, a un detenido sobre las causas de su arresto vulnera el derecho fundamental a la libertad.

Sala Primera. Sentencia TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 21 2018, de 5 de marzo de 2018

Ahí les va el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lecr.l2t6.html#a520

No sean perezosos, y léanlo. Gracias.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

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