¿POR QUÉ NO COMPRENDIMOS A ZAPATERO CUANDO HIZO SU MATRIMONIO IGUALITARIO?

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Aquí tenemos a un hombre feliz. Incomprendido por muchos en bastantes de sus actos como político y como presidente de todos nosotros.

Al menos, eso es lo que proclama en los medios de comunicación.

Zapatero, sobre el matrimonio igualitario que cumple 15 años: «Yo ya he justificado mi vida entera con esta ley»

Zapatero, sobre el matrimonio igualitario que cumple 15 años: «Yo ya he justificado mi vida entera con esta ley»

«Yo era consciente de que aquel día era histórico».

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Sin embargo, hay algunos que pensamos distinto, porque la gente debiera haber reflexionado sobre lo que es el matrimonio, y buscarlo en el Código Civil, porque yo creí que lo sabía, tiempo atrás.

Y hay matrimonio sin sexo, sin cariño, sin convivencia, sin hijos comunes, etc., etc.

Por lo tanto. no era tanto que le daba a un colectivo (LGTBI), quizá dentro de un colectivo, que quería unirse en matrimonio, el derecho a contraer matrimonio.

Y el matrimonio a personas del mismo sexo no está cerrado a personas que sean homosexuales, por lo que, en principio, está abierto a todo el mundo.

Porque si alguien se pusiera a reflexionar sobre lo que es el matrimonio, conforme al Código Civil, y no conforme a poesías o religiones, es la unión libre de dos personas, a las cuales no les obligamos a nada que no quieran, y que no necesitan autorización de nadie para dejar de convivir, si es el caso.

Por cierto, dejó otra ley coja, aquel mes de julio de 2.005. Si en temas de nulidad/separación/divorcio deciden los jueces, principalmente, a falta de acuerdo de los cónyuges, ¿por qué no impuso una mediación familiar obligatoria para que se pongan encima de la mesa esas cosillas de la vida: dos viviendas, dos trabajos, y qué es mejor para los niños?.

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Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

El maltrato no tiene género

Hacia tiempo que no publicabamos nada de nuestro presidente a continuación os dejamos para vuestra atención uno de sus últimos artículos:

El maltrato no tiene género

Los hombres, que suponen una de cada cuatro víctimas mortales de la violencia doméstica, no tienen ningún recurso público específico al que acudir para denunciar su situación o buscar ayuda.

Los últimos datos, aportados por el Consejo General del Poder Judicial, se refieren a 2008 y hablan de 31 hombres muertos por violencia intrafamiliar o doméstica en España, lo que supone una de cada cuatro víctimas que se cobra este fenómeno. Es decir, el 25% de la población.

Pongámonos en antecedentes y repasemos la historia del ministerio de igualdad.

El Ministerio de Igualdad de España se creó en 2008 durante el segundo mandato del presidente del gobierno José Luis Rodríguez Zapatero que dio rango de ministerio por primera vez en la historia de España a las políticas de igualdad. Su titular fue Bibiana Aído, esa ministra que se ratificó en el uso del término «miembra».

En 2019 aún no se ha creado el ministerio del hombre, o de la verdadera igualdad.

Sin embargo, y pese a que las instituciones se han esforzado por proteger al otro 75 por ciento, las mujeres, con una Ley Integral aprobada por unanimidad e innumerables recursos —pisos tutelados, preferencia a la hora de acceder a vivienda protegida o a ayudas económicas, asesoramiento legal, atención psicológica, etcétera—, no hay nada análogo para los hombres que atraviesan su misma situación.

En 2009, los hombres desaparecieron de las estadísticas del Ministerio de Igualdad —que únicamente se ocupó de las muertes de mujeres a manos de hombres— e incluso de las del Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia, que distingue tres tipos de víctimas de violencia doméstica o intrafamiliar: mujeres, ancianos y menores.

Desde la asociación que presido APFS, Asociación de Padres de Familia Separados, nos hemos puesto en contacto con varias administraciones para preguntar a dónde debe dirigirse para pedir ayuda y asesoramiento un hombre maltratado. El 012 es uno de ellos, SERVICIO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO 012 si se llama desde la comunidad de CYL desde el resto de España 983 327 850, que dispone de un servicio específico para las víctimas de violencia de género llamado 012 Mujer. La operadora contesta que «para hombres no hay nada» y remite al Servicio de Orientación Jurídica Gratuita del Gobierno regional.

Probamos suerte con el 016, teléfono específico para víctimas de malos tratos puesto en marcha por el Gobierno central. Allí nos contestan que este servicio «se rige por la Ley Integral contra la Violencia de Género, que se refiere a violencia ejercida por los hombres contra las mujeres».

Recurrimos al Ministerio de Igualdad, cuya centralita nos remite a la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género. En esta última no nos dan una respuesta inmediata, sino que nos piden que escribamos un correo electrónico a violencia-genero@migualdad.es para exponer el problema.

Por último, en el teléfono 010 del Ayuntamiento de Madrid nos indican que debemos llamar al 016.

Tan sólo el teléfono de nuestros compañeros en Valencia. 900 907 830. Y también el de laAPFS nacional, Asistencia telefónica gratuita: 689 454 379, son teléfonos de ayuda a los hombres. Pero nunca teléfonos institucionales.

Veamos el verdadero problema de La Ley de Violencia de Género.

La Ley de Violencia de Género se basó en un axioma falso: que la mujer era víctima por el mero hecho de ser mujer y el varón culpable por el mero hecho de ser varón.

Y como la cifra real de víctimas no correspondía a ese esquema (había casi empate técnico de muertes masculinas y femeninas en el ámbito doméstico) se falsearon las cifras y se amañaron las estadísticas, eliminando las muertes de menores, ancianos y hombres, de suerte que apareciera únicamente la mujer.

Era preciso justificar que se iba a hacer una Ley de Violencia de Género y, sobre todo, era preciso justificar el maná de la Unión Europea del que se iban a beneficiar consejerías, expertos, psicólogos sociales, despachos de abogados y asociaciones feministas.

España iba a recibir decenas de miles de millones de los fondos europeos para políticas de Género y para ello había que demostrar que la mujer era la víctima y el varón el verdugo.

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Si no, no había dinero. Nada menos que 24.000 millones de euros.

El problema es que los datos eran los que eran y no había base estadística que justificara una ley de violencia de género. Así que se falseó la estadística: no dejes que la realidad te estropee una buena ley.

Todo empezó en 2000, cuando el Gobierno español (con Aznar en el poder), espoleado por el PSOE y las asociaciones feministas decide aplicar las políticas del feminismo de género emanadas de la Conferencia de Pekín (1995).

Pero difícilmente se podían aplicar esas políticas (y su correspondiente dotación económica procedente de Bruselas) si el número de víctimas femeninas era sólo ligeramente superior al de masculinas.

¿Género? ¿qué género, si los datos de violencia doméstica que manejaba el Consejo General del Poder Judicial era de un 40% de muertes masculinas y un 60% de muertes femeninas (lo que con una población de 47 millones supone rozar el empate técnico, en términos estadísticos)?

Basta analizar la serie histórica 1995-2004 del anuario estadístico del Ministerio de Interior (Policía, Guardia Civil) para concluir lo mismo que los datos del Observatorio contra la violencia doméstica del Consejo de Poder Judicial, es decir que el número de muertes en violencia doméstica o intrafamiliar se repartía establemente 40% hombre/60% mujeres.

¿Solución? Se eliminó la variable hombre en las estadísticas de violencia doméstica del Consejo, así como de las organizaciones que comenzaron a trabajar con fondos públicos al dictado del feminismo de género.

Así el prestigioso Centro Reina Sofía sobre Adolescencia y Juventud sólo trabajó sobre la variable mujer por indicación expresa del Consejo del Poder Judicial eliminando la variable hombre en sus estadísticas.

Se daba de esta forma el salto de «violencia doméstica» -es decir la que abarca a todos los miembros del grupo familiar, independientemente de su sexo- a la «violencia de género» que sólo contempla una realidad: la mujer como víctima.

¿Y si hay hombres asesinados? No hay problema, se elude el dato y asunto concluido.

Los penalistas advertían del fracaso al que estaba abocada la ley, al hacerla gravitar sobre la teoría de género. El Gobierno de Zapatero tenía pues elementos de juicio de sobra que desaconsejaban aprobarla. Pero a pesar de todo siguió adelante, desestimando las opiniones de los expertos.

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En España importaba falsear datos y engordar estadísticas porque, había mucho dinero en juego.

Para llegar a entender toda esta situación de desigualdad entre mujeres y hombres, yo siempre acudo a la formula pendular: El péndulo que tantos ven como una oscilación que perjudica salvajemente a un sexo y luego a otro no tiene por qué ser así si adoptamos una postura basada en evidencia e igualdad en el sentido más amplio.

Si podemos respetar los derechos de las personas a encontrar roles de género significativos y satisfactorios para ellos y su derecho a no hacerlo; si podemos tratarnos como individuos con el mismo derecho a todas las oportunidades, dignidad y respeto, el péndulo puede descansar. De lo contrario seguirá habiendo distinciones entre los hombres y las mujeres.

UN PADRE SEPARADO BURGALÉS PIDE AL AYUNTAMIENTO DE BURGOS QUE LE INSCRIBA DE GÉNERO FEMENINO EN SUS REGISTROS

Un padre separado burgalés ha solicitado al AYUNTAMIENTO DE BURGOS que le inscriba en sus registros como de género FEMENINO. Circunstancia que ya ha manifestado en diversos documentos legales. Esta decisión, que ya ha saltado a los medios de comunicación, debe tratarse con el debido respeto y confidencialidad. Algún partido político ya ha mostrado interés, y parece que ya empiezan a seguir este ejemplo en diversos lugares de España.

Se trata de una persona que viene profundizando en temas de género, y medios de presión social, a lo cual viene dedicando miles de horas.

Y no se trata de una broma. No, aunque a muchos esta decisión les pueda dar lugar a pensamientos no correctos sobre esta persona, esa petición es un derecho que ha pedido el Gobierno del Partido Popular en la ONU, y que podemos ejercitar todos los ciudadanos. Y no corresponde a esta parte quitar protagonismo a esta gestión de este ciudadano, y que debiera ser imitada por todos los padres a los cuales se les viene aplicando la Ley de Violencia de Género, cuando son detenidos y cuando son juzgados.

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

http://www.actuall.com/familia/como-neutralizar-la-ley-de-violencia-de-genero-con-politicas-de-genero-un-vecino-de-burgos-lo-ha-iniciado/

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La ley contra la violencia de género consagra la asimetría penal y el fin de la presunción de inocencia para el varón.

No sabían en el lío que se metían Zapatero y María Teresa Fernández de la Vega al poner en marcha la Ley de Violencia de Género, injusta de raíz al convertir al varón en culpable por el mero hecho de serlo, y además fraudulenta al dar pie al negocio de las denuncias falsas. 

Doce años después de iniciar su andadura se ha revelado ineficaz, porque no ha conseguido reducir ni los malos tratos ni los asesinatos, pero además lleva en su raíz tal cúmulo de contradicciones, al basarse en un postulado falso -que la violencia tiene género-, que puede convertirse en un arma de dos filos.

Si, de acuerdo con los postulados de la Ideología de Género, el Estado protege a quien tenga género femenino, independientemente de su sexo biológico, y criminaliza a quien tenga género masculino, bastará con que los nacidos varones se registren como personas de género femenino para burlar la ley y poner frente a sus contradicciones a la Ideología de Género.

Existe el primer precedente en España: Un ciudadano de Burgos se ha dirigido al consistorio de su ciudad solicitando ser registrado como “persona de sexo varón y género femenino”

Ya tenemos un precedente. Un ciudadano de Burgos se ha dirigido al consistorio de su ciudad solicitando ser incluido a todos los efectos en los registros municipales como “persona de sexo varón y género femenino”, tal como ha podido saber Actuall.

Y el consistorio podría verse ante un problema  si no da respuesta a este ciudadano, ya que toda la legislación LGTB española está aplicando las políticas de género emanadas de los principios de Yogyakarta (2006). De hecho, todas las leyes LGTB de comunidades autónomas apuestan por la identidad de género.

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Instancia para modificar los datos a propia petición en virtud de la autopercepción de género expresada. /Actuall

La propia comunidad autónoma de Castilla-León tiene en marcha un proyecto de ley muy similar a la Ley de Protección Integral contra la Discriminación por Diversidad Sexual y de Género, aprobada en la Comunidad de Madrid en 2016.

Esos principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación a la orientación sexual e identidad de género, señalan  que “la identidad de género se refiere a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente,la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento”. Textualmente.

Y eso es lo que alega el ciudadano burgalés. Cita además la declaración del experto para la protección contra la discriminación por orientación sexual, Vitit  Muntarbhorn, del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, del 30 de noviembre de 2016, instando a “dar a todas las personas el derecho a que se reconozca su identidad de género en documentos oficiales”.

Algo no muy distinto de lo que preconizan diversas leyes LGTB aprobadas en comunidades autónomas como la mencionada Ley de Madrid (Ley de Protección Integral contra la Discriminación por Diversidad Sexual y de Género).

La ley contra la discriminación por diversidad sexual de Madrid define la identidad de género como el sexo autopercibido por cada persona

Esta define así la identidad de género en su artículo 3: “Identidad sexual o de género: el sexo autopercibido por cada persona, sin que deba ser acreditado ni determinado mediante informe psicológico o médico, pudiendo corresponder o no con el sexo asignado en el momento del nacimiento, y pudiendo o no involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, atendiendo a la voluntad de la persona”.

En virtud de la cual, cualquiera pueda elegir la identidad de género autopercibido, independientemente de su sexo biológico, y puede exigir que se le trate tal como se sienta (hombre o mujer), sin necesidad de someterse a cirugía o tratamiento hormonal para cambiar de sexo.

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El ciudadano burgalés dispone de distintos documentos en el que ya aparece su condición de género femenino y -a la vez- sexo varón. Y exige en un escrito al Ayuntamiento que acabe con la discriminación que supone no garantizar a todos el “derecho a la identidad de género” (concepto distinto del sexo); y le echa en cara que no disponga de “impresos físicos o digitales donde se recabe el dato del género del administrado, impidiéndole tácitamente el ejercicio a la identidad de género”.

Pide, en consecuencia, que el consistorio de Burgos “incluya el apartado género, en casilla perfectamente diferenciada del de sexo en todos sus registros” con el fin de que toda persona ejerza el derecho a ser identificada indubitablemente no sólo por su sexo sino también por su género.

El Ayuntamiento tendrá que dar una respuesta al escrito presentado por aquel  vecino (con fecha de entrada en el registro consistorial de 30 de marzo de 2017). Y si no lo hace, el ciudadano acudirá al Tribunal Constitucional pidiendo amparo a su legítimo derecho a ser considerado de género femenino.

El precedente sentado por este vecino de Burgos, primer caso que se produce en España, puede tener importantes consecuencias. Y si otros muchos varones siguen sus pasos -ateniéndose estrictamente a la legalidad y a los derechos humanos de género-  la ley de violencia de género podría quedar desactivada o sería francamente complicado aplicarla.

Si una mujer denuncia al varón, pero éste es de género femenino, el juez no puede aplicar el tipo penal correspondiente de la ley de violencia de género

Así, si la mujer denuncia al varón por malos tratos, pero éste es de género femenino, el juez no  puede aplicar el tipo penal correspondiente de la ley de violencia de género, porque tanto la mujer como el hombre son del mismo género. Podrá aplicar, en todo caso, otros tipos penales, pero ya no estará recurriendo a la ley de violencia de género, que quedará así vacía de contenido.

Pero no termina aquí la cosa. Porque si aplicamos al pie de la letra la teoría de género y el derecho a la identidad del género de acuerdo con lo que cada uno sienta en cada momento, una misma persona puede cambiárselo varias veces… lo cual puede producir un galimatías registral y judicial de imprevisibles consecuencias.

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El propio ciudadano burgalés le insta al ayuntamiento castellano a que elabore una descripción actualizada de géneros reconocidos, advirtiendo que “parece obvio no limitar la opción a los géneros dominantes, masculino y femenino, lo que conllevaría la consecuente  discriminación de géneros minoritarios”.

Y en un anexo pide que se le indique al ciudadano “el derecho que le asiste a cambiar en todo momento de género cuantas veces precise”, de acuerdo a su autodefinición y autopercepción del mismo sin que persista “la obligación a declararlo en el futuro, con independencia del género manifestado en una fecha y hora señaladas”.

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