BURGOS: PRESUNTO FICHERO DE ABOGADOS Y MUJERES QUE HAN ACTUADO CONTRA PADRES DE FAMILIA DE MENORES NO EMANCIPADOS

AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

canaljoven@aepd.es

ASUNTO: BURGOS: BASE DE DATOS DE ACCESO PÚBLICO DE ABOGADOS Y MUJERES QUE HAN DENUNCIADO O PUESTO PROCEDIMIENTOS JUDICIALES A PADRES DE MENORES NO EMANCIPADOS      

CONSULTA

Burgos. 20 de abril de 2.023

Ilmos. Sres.:

Se recibe un escrito del Excmo. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, hablando de las bondades del sistema judicial que tenemos actualmente, hablando de recursos, plazos cauces, etc., de que gozamos, notoriamente, los padres de familia separados/divorciados de menores no emancipados, y resto de ciudadanos y residentes. Nada que objetar. El problema es que, tanto a nivel policial, como judicial, se están tomando muchas decisiones policiales y judiciales con datos no contrastados, en base a la palabra de mujeres. Y no es que no nos merezcan el máximo respeto sus denuncias o planteamientos judiciales.

Sin embargo, el estado español y todos los integrantes de los distintos aparatos del estado, así como abogados que atiendan a mujeres, nos deben un respeto total y absoluto a los padres de familia.

Y es una catástrofe que el dinero público dé abogado gratis con la denuncia de una mujer, contra un padre de familia, con lo que se da un aire de veracidad a lo que bien tenga a decir, en el ejercicio de su libertad de expresión. No corresponde discutir si es cierto o no.

Pero la Constitución Española garantiza a esas mujeres coger un avión e irse, por ejemplo, a Australia o la Patagonia argentina, y llevarse, incluso, a los niños, si lo autoriza un juez.

Por ejemplo, las mujeres casadas pueden dejar la presunta convivencia matrimonial sin permiso de abogado o juez alguno.

¿Quién da más?.

Actualmente, en contra de los consejos de los antiguos, EN CASO DE DUDA, ABSTENERSE, el estado español actúa contra buenos, malos y resto de hombres que se acerque a una mujer.

MUJER DENUNCIA:

Hombre detenido, se le manchan los dedos para cogerle las huellas, se le sacan fotos, se le expulsa de casa, se le impide ver a sus hijos, se le obliga a pagar la hipoteca de la casa de la que se le expulsa….la otra, abogado gratis, diga lo que diga, qué más da, se la da hasta pasta gansa….otra víctima más, que según una ley con su sola firma adquiere ese título.

Ojo, se respetan las denuncias y las decisiones judiciales y policiales, ellos sabrán, y se empieza a meter datos, NO CONTRASTADOS, relativos a hombres en diversos ficheros.

Total respeto, pero todos los que intervengan en estos procedimientos contra padres DEBIERAN ser incluidos en ficheros a disposición de todos los hombres de Burgos y provincia.

Mujer que ha denunciado o ha puesto un procedimiento no consensuado, y los abogados que ha intervenido, sean de conocimiento público, para ver si queremos ligar con esas mujeres o contratar con esos abogados.

Por ello, solicitamos su consejo jurídico de si cometemos algún delito iniciando un archivo con datos de MUJERES Y ABOGADOS y que los hombres sepamos quiénes son y tomemos las decisiones que estimemos oportuno.

Si no recibimos su consejo antes del uno de junio de dos mil veintitrés, iniciaremos la formación de un archivo, para ponerlo a disposición de todos los ciudadanos de Burgos. Nos reservamos ese derecho.

Nosotros pondríamos datos contrastados, estimamos que tanto los cuerpos y fuerzas de seguridad de estado como los jueces están tomando decisiones sin contrastar, afectando nuestras legítimas relaciones con nuestros niños.

De la misma manera que hay registros de morosos, de acceso público, ¿dónde está el problema de indicar nombres de mujeres y abogados que ha ido contra padres de familia de menores no emancipados?.

Esperando su pronta respuesta:

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

PROYECTO PARA EL MES DE MAYO DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS: PREMIO PARA EL PRIMER ABOGADO QUE DEMUESTRE QUE HAYA LOGRADO UN DIVORCIO QUE SE HAYA DECRETADO POR MALTRATO EN 2.022

Con su permiso, les mostramos la carta que pensamos dirigir al ILTE. COLEGIO DE ABOGADOS DE BURGOS, para premiar al primer abogado que demuestre que obtuvo el divorcio de una mujer, y madre, por maltrato en 2.022.

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE BURGOS

ASUNTO: PREMIO AL PRIMER ABOGADO QUE DEMUESTRE QUE HA OBTENIDO UN DIVORCIO DECRETADO POR MALTRATO DURANTE EL AÑO 2.022, EN LA CIUDAD DE BURGOS, A FAVOR DE UNA MUJER Y MADRE.

Burgos,     de mayo de 2.023

Muy Sres. nuestros:

Tiene que ser muy fácil para los abogados, con tanta mujer casada maltratada, obtener divorcios que se decreten y cuya causa sea un maltrato, varios o muchos, reconocido judicialmente.

Vean los datos de las mujeres protegidas por la Policía en la ciudad de Burgos.

775 víctimas potenciales de violencia de género tienen protección policial preferente en Burgos dentro del sistema VioGén

775 víctimas potenciales de violencia de género tienen protección polic…En la capital burgalesa se contabilizan 6 mujeres en riesgo alto de sufrir una agresión machista aunque no hay n…

07/03/2023 

“La capital burgalesa cuenta con 347 mujeres en el sistema, 6 de ellas en nivel alto de peligro.”

Lo fácil de los abogados de madres de familia:

–         Dejar a un niño sin padre, es fácil.

–         Expulsar al padre del domicilio familiar, es fácil.

–         Obtener una orden de protección a favor de la madre, es fácil.

–         Obtener una condena por llamar, presuntamente, tonta a la parienta, no es difícil.

Cosillas como ésas, no son difíciles.

Ahora bien, si las burgalesas, y mujeres residentes en Burgos, alegan que se divorcian porque sufren maltratos, ¿dónde está el problema para que los abogados lo aleguen y lo obtengan por esa causa, judicialmente?.

Es por ello, que desde la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS, queremos reconocer a los abogados, que trabajan en los juzgados de Burgos, y colegiados en el Iltre. Colegio de Abogados de Burgos, que obtengan divorcios en que se reconozca, judicialmente, que es por maltratos.

Vamos a conceder un premio al primer abogado que haya obtenido un divorcio, pedido por una mujer y madre, en que judicialmente se haya reconocido que la causa es por maltrato, sentencia del año 2.022.

PREMIO DE CIEN EUROS y escrito de reconocimiento por esa hazaña. Los problemas fiscales, al presunto beneficiario.

Rogamos que distribuyan este escrito entre sus colegiados, y lo pongan en sus distintos tablones informativos, incluso en los juzgados de Burgos.

Rogamos nos envíen, a través de ese Iltre. Colegio de Abogados de Burgos, el nombre de ese abogado, fecha y juzgado de su sentencia, en los juzgados de Burgos. Año 2.022.

Quedamos a su disposición, para cualquier aclaración.

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.FS.-BURGOS.

EL FRIGORÍFICO DE LAS MUJERES CASADAS

Tal como lo acaban de leer Uds., pudieran llevarse las manos a la cabeza. Es la primera noticia que hay sobre frigoríficos dedicados a las mujeres casadas. Pero no, no hay frigoríficos, al menos que yo sepa, con esa finalidad.

Como posiblemente tendrán muchos de Uds., en la puerta del frigorífico de casa, hay varios recuerdos de viajes realizados, y quizá algún regalo del turismo de algún familiar, y otras cosillas.

Lo que se quiere trasladar a Uds. es que el frigorífico es un lugar de recuerdos, y, a veces, de recordatorios, de lo que hay que comprar, o gestión a realizar.

Sobre esa finalidad de tener recuerdos y asuntos pendientes, a la vista, en las múltiples veces que se abre el frigorífico, sí que les propondría que hicieran recordatorios para todas las personas casadas, o que vivan en pareja, para recordarles lo que permite, perdonen que insista, permite la legislación española sobre las relaciones iniciadas libremente, principalmente, entre hombres y mujeres.

Y aquí sí que debemos insistir que  “sólo el sí, es sí”.

Y cuando hemos dado el sí, a no sabemos a qué, sí que aceptamos las normas legales de nuestro país. Las normas de todos.

Y, personalmente, y por cabeza propia, más lo que vemos, cada día, en relación con personas en procedimientos de nulidad/separación/divorcio, tanto hombres como mujeres, desconocemos, o hemos desconocido que, con la ley, desde el ya lejano año de 1.981, el pueblo español nos ha permitido no convivir con las personas que elegimos desde el segundo “cero”.

Y aquí no hay psicologías, eso viene en el Boletín Oficial del Estado. Sí o sí. Que alguien no lo utilice y luego hable de años de no sabemos qué, ése es otro problema.

Y no mezcle nadie problemas en el seno de la pareja, con lo que pueda suceder en la calle. Aquí, en el matrimonio, o relación de pareja, dimos un sí.

Es por ello, que en todos los frigoríficos de España, de matrimonios y parejas, debiera haber, sujeto con un imán, algo como esto:

HOY SIGO CON MI PAREJA, UN DÍA MÁS, PORQUE YO QUIERO.

Y si, en un determinado momento, alguien no quiere seguir, y está casado, que lo retire, y se acoja al artículo 105 del Código Civil:

“No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que refieren los artículos anteriores.”

Qué salga de casa, y sin dar un portazo, punto final.

Eso sí, con abogado y procurador, presente una demanda de nulidad/separación/divorcio, y la ley sigue protegiendo esa decisión, no el juez. Artículo 102, del Código Civil:

“Admitida la demanda de nulidad, separación o divorcio, se producen, por ministerio de la Ley, los efectos siguientes:

1.º Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.

·  2.º Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro.

Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

A estos efectos, cualquiera de las partes podrá instar la oportuna anotación en el Registro Civil y, en su caso, en los de la Propiedad y Mercantil.”

Ahora sólo falta que todas esas manifestaciones que suele haber el 8 de marzo, o 25 de noviembre, den datos de que hay divorcios cuya causa sea el maltrato.

Me temo que costará dar datos. Las denuncias falsas o verdaderas no tienen nada que ver con el divorcio, sino el sí que tú diste, libremente, a tu hombre.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

UNA FUTURA LEY PARA EVITAR JUICIOS QUE PUDIERA NACER MUERTA

Decía mi difunto padre que las formas son importantes. Personalmente, en mi vida judicial familiar, han fallado las formas, que pudieran haber modificado algo, porque las consecuencias han sido tremendas.

Pero, dejando esa cuestión personal, les resalto a Uds. el papelón que está haciendo el MINISTERIO DE JUSTICIA en la resolución de la grave huelga de los Letrados de la Administración de Justicia.

Y, en concreto, hablo de las dilaciones que se están produciendo en celebrar reuniones para tratar, a fondo, los posibles, reales o presuntos problemas que les enfrentan.

Vamos, que fallan las formas, porque miles y miles de ciudadanos y profesionales se ven afectados por esta grave carencia en este estado, que dicen es de derecho.

Y los ciudadanos, en concreto, merecemos, que se sienten, frente a frente, y hablen y hablen, mientras asuntos graves se retrasan y se retrasan.

Pues bien, si gente de estudios superiores, y además de derecho, no se sientan y dejan que el asunto se pudra, ¿qué podemos esperar de la prevista ley, que dicen va a quitar pleitos en los juzgados?. Y se habla del ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE EFICIENCIA PROCESAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA.

A ver qué medidas van a adoptar para recuperar los atrasos, y el presunto prestigio de la Administración de Justicia.

Esto dicen, para esta presunta ley:

“Se debe recuperar la capacidad negociadora de las partes, con la introducción de mecanismos que rompan la dinámica de la confrontación y la crispación que invade en nuestros tiempos las relaciones sociales. Para ello es necesario introducir medidas eficaces que no se degraden ni transformen en meros requisitos burocráticos. Con este fin se ha de potenciar la mediación en todas sus formas e introducir otros mecanismos de acreditada experiencia en el derecho comparado.”

Desde las distintas asociaciones de padres somos decididos partidarios de la MEDIACIÓN FAMILIAR. Sí o sí. Pero qué mediación familiar puede haber cuando lo que se pretende es lo siguiente:

“Cariño, quiero ejercer mi derecho a divorciarme, y te pido que abandones el domicilio familiar, y sigas pagando la hipoteca…….”

Esta sería la nueva redacción del artículo 770.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

“Ciento veintiuno. Se modifica la regla 1.ª del artículo 770, que queda redactada como sigue: «1ª. A la demanda deberá acompañarse certificación de la inscripción del matrimonio, y en su caso, las de inscripción de nacimiento de los hijos en el Registro Civil, así como los documentos en que el cónyuge funde su derecho. Si se solicitan medidas de carácter patrimonial, tanto la parte actora como la parte demandada deberán aportar los documentos de que dispongan que permitan evaluar la situación económica de los cónyuges, y en su caso, de los hijos, tales como declaraciones tributarias, nóminas, certificaciones bancarias, títulos de propiedad o certificaciones registrales. De igual forma se deberá acreditar la resolución judicial o acuerdo en virtud del cual corresponde el uso de la vivienda familiar.»

Es de temer que los divorcios se van a tratar en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

¿No se les ocurrirá a los señores políticos que habría que hablar de dos viviendas, cuando se ejerce un derecho?.

Más que evitar juicios, es una invitación a que los cónyuges y padres terminen a palos. Primero Policía y luego Juzgados.

Por no hablar de que se pone en riesgo la libertad “segundo cero” que tienen todos los casados desde el año 1.981.

Uds. mismos.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

VIVENCIAS DEL 8 DE MARZO

Este año, en Burgos, la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS ha distribuido más de 2.000 hojas, informando de dos artículos del Código Civil: 105 y 102, y la información de que, durante el año 2.021, en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Burgos no se produjo ningún divorcio cuya causa fuera maltrato alguno. ¿Lo sabrán todas las mujeres de Burgos?. Hablando de este tema, con antiguos compañero de trabajo, alguno hablaba de maltratos.

Otros se callaban cuando se les dijo que la legislación española les amparaba, desde ese momento, si no querían seguir conviviendo con su parienta, si permiten esta expresión coloquial.

Se repartieron hojas a un grupo de jóvenes mujeres gitanas, que se estaban sacando una foto delante del Ayuntamiento, con unos recuerdos del 8 de marzo, día de las mujeres. Otra joven mujer las dirigía y les daba teorías. Las quitó las hojas, y siguió con sus teorías. En las hojas se las hablaba de libertad, seguro cero, si casadas estaban, o fueran a contraer matrimonio.

https://apfsburgos.wordpress.com/

Al alcalde se le ofreció una hoja informativa. Manifestó que ya había recibido tres. Pero de lo que la hoja indicaba, es de temer que no ha gastado un solo euro en informar a todos, y a todas, si así quieren que lo indiquemos.

En una reunión de sindicatos, bajo la lluvia, en acto público, fue bien recibida la información, que se distribuyó en comercios, centros comerciales, Correos, sindicatos, etc., así como se puso en conocimiento de los distintos medios de comunicación y tuvieron amplia información ciudadanos y personal del Ayuntamiento de Burgos.

Es de destacar el numeroso grupo de mujeres muy jóvenes en la manifestación de las ocho. Por la libertad en un futuro matrimonio, hoy no tienen que luchar, pero se las avisaba que lo podían complicar.

Alguna leve amenaza velada se recibió por distribuir información contrastada, pero se recibió bien la hoja informativa.

Si la información fue leída, y comprendida, a más de una se le abrirían los ojos.

Cumplido el deber de informar al que no sabe, nos dimos por satisfechos por la correcta distribución planteada.

Un abuelo, paseando a su nieta, decía, asustado, si tu mujer te denuncia, te detienen, según un amigo de la Policía.

A ver si los que necesitamos protección somos los hombres, ciudadanos, y padres de familia, en lugar de las mujeres, y madres.

Por cierto, tanta igualad y ninguna pancarta de CUSTODIA COMPARTIDA.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

AYTO. DE BURGOS. PRÓXIMA GUÍA DE DIVORCIO RESPONSABLE. ¿ES POSIBLE SIN QUE SE CONOZCA LA LEY?.

https://www.diariodeburgos.es/Noticia/Z66D866C4-E9F7-FA23-68E4DE281E27C232/202303/Se-duplica-la-custodia-compartida-en-los-divorcios

El Ayuntamiento prepara una guía con consejos que hagan este trance más fácil, editada con la colaboración del despacho de la abogada Miriam López Maqueda, experta en lo que denomina «separación responsable»

Se duplica la custodia compartida en los divorcios

Se duplica la custodia compartida en los divorciosDiario de BurgosEl Ayuntamiento prepara una guía con consejos que hagan este trance más fácil, editada con la colaboración del d…

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS

SECCIÓN DE TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN

BURGOS

Copia para los distintos grupos municipales. Carta pública

ASUNTO: PETICIÓN DE LA COPIA DEL POSIBLE CONTRATO CON LA ABOGADA/LETRADA Dª MIRIAM LÓPEZ MAQUEDA, PARA PREPARAR UNA GUÍA SOBRE “SEPARACIÓN RESPONSABLE”, ASÍ COMO EL IMPORTE DE SU POSIBLE CONTRATO. SI HUBIERA VARIAS COLABORACIONES, DE TODAS LAS ACTUALES.

Burgos, 13 de marzo de 2.023

Estimados Sres.:

En Diario de Burgos de fecha de hoy se habla de una posible guía relacionada con una presunta “separación responsable”, que prepara ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, con la colaboración de la abogada/letrada Dª Miriam López Maqueda.

Es el amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información Pública y Buen Gobierno, que se solicita copia del posible contrato y presunta partida económica que pudiera tener dicha colaboración. Si hubiera otras colaboraciones actuales, también.

Por esta parte, se considera que hablar de una “separación responsable” no es posible en demasiados casos. En efecto, por nuestro ordenamiento jurídico se contempla como un derecho personal, que pueden ejercer todas las personas que libremente han contraído matrimonio. Incluso una reflexión sobre una posible mediación obligatoria, previa, como se contempla en una posible nueva ley, supondría un impedimento y una pérdida de derechos.

La única obligación/responsabilidad legal que, actualmente, tiene el ciudadano/a que desea “ejercer” su derecho a solicitar la nulidad/separación/divorcio es presentar una demanda con abogado y procurador. Siendo imprescindible demostrar que contrajo matrimonio. NADA MÁS.

Desde el año 1.981, no se “obliga” a un solo segundo no deseado de convivencia.

La ley no impide hablar de dos viviendas, por lo que predicar buena voluntad, para hablar del interés superior del menor y abandonar la vivienda familiar, no debiera estar en las posibles reflexiones que, a título gratuito, va a recomendar, aunque sea indirectamente, ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos.

Por otra parte, a nivel nacional, los propios jueces “obvian” el indicar el lugar dónde los padres/madres que son “expulsados” de la vivienda familiar, que se contempla en dos artículos del Código Civil, pueden comunicarse con los hijos comunes, menores no emancipados.

Por lo tanto, sin que ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos informe a los hombres y mujeres de lo que informan los artículos 105 y 102 del Código Civil, respecto a todos los casados, hablar de buenismos y nuevas oportunidades, y esto es maravilloso, son brindis al sol.

Por otra parte, ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos deberá informar a la ciudadanía de que no hay divorcios por maltrato alguno, por lo que temo que las denuncias que promocionan y pregonan no son necesarias para divorciarse. Obtengan ese dato antes de lanzar la guía, respecto a los juzgados de la ciudad de Burgos. Uds. saben que no hay ninguno que se decrete por maltrato alguno, y eso debiera aparecer en esa futura guía.

Otro tema interesante, que debiera tratar esa presunta guía, es quién va a pagar a abogado y procurador si se llegara a acuerdos, dado que no los dos componentes de un matrimonio puede que deseen divorciarse. Lo debería pagar el que solicite esa presunta “separación responsable”. Una cosa es facilitar una separación/divorcio y otra asumir gastos de un tema que no se quiere.

Por parte de esta ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS, de la cual soy delegado, nos ofrecemos a dar algunas reflexiones sobre estos temas tan graves, y que afectan a miles de niños y jóvenes en Burgos.

El Ilmo. Sr. Alcalde de Burgos recibió, según manifestó, por tres veces, el pequeño folleto que por más de 2.000 ejemplares se han repartido en días pasados, copia del cual se adjunta.

En espera de recibir la información solicitada, atentamente.

Jesús Ayala Carcedo.

P. D.- Mujer de cuarenta años, sin trabajo, dos niños pequeños, desea ejercer su derecho a divorciarse, ¿cómo lo solucionan con buenismos y reflexiones?. ¿Por qué si una mujer denuncia HAY AYUDAS?. Si quiere divorciarse, ¿por qué no las dan sin hablar MAL del hombre que libremente eligió?.

MUJERES CASADAS LIBREMENTE, TODAS A LA MANIFESTACIÓN DEL 8 DE MARZO-PREGUNTA A LAS CONCEJALAS

MUJER, TE PUEDEN QUITAR DERECHOS,

 EN UNA PRÓXIMA LEY, VAS A DEPENDER DE TU MARIDO PARA DIVORCIARTE

Te van a condicionar tu libertad. Esto es lo que dicen estos dos artículos del Código Civil. ¿Quieres que te obliguen a hablarlo con tu marido?

Artículo 105

No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que refieren los artículos anteriores.

Artículo 102

Admitida la demanda de nulidad, separación o divorcio, se producen, por ministerio de la Ley, los efectos siguientes:

1.º Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.

2.º Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro.

Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

A estos efectos, cualquiera de las partes podrá instar la oportuna anotación en el Registro Civil y, en su caso, en los de la Propiedad y Mercantil.

–         JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE BURGOS

DIVORCIOS DECRETADOS AÑO 2.021: 26. No informan que haya habido divorcios por maltrato alguno. No hace falta denunciar.

CONSULTEN ESTOS DATOS:

–         Colegio de Abogados de Burgos                             947 201624

–         Casa de la Mujer – Ayto. de Burgos                       947 288800

–         Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Burgos     947 284414

ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS. http://www.apfsburgos.com

UN PADRE DE FAMILIA PIDE A UN JUZGADO QUE LE OPERE DE ALMORRANAS

UN PADRE DE FAMILIA PIDE A UN JUZGADO QUE LE OPERE DE ALMORRANAS

Con el debido respeto. Podrá parecer maleducado el título elegido, pero, a veces, la claridad exige la vistosidad, lo escandaloso.

Alguno querrá ver en ello hacer una imitación a las actuaciones del fallecido y genial Gila, pero se pretende ser serio, en lo que quiere ser una comparación. Ahora imaginen que otro padre de familia se dirige a un médico de una consulta pública del servicio de salud, pretendiendo que le den un trabajo.

Uds. dirán, ni lo uno ni lo otro, se hace o se concede en los lugares indicados. Y eso es cierto.

Sin embargo, cuando los juzgados de familia intervienen, y notoriamente cuando intervienen los abogados de justicia gratuita, intervienen porque suele haber un problema social importante.

La pregunta que nos debemos hacer, todos y todas, es si se utilizan los abogados, los jueces y las leyes, para no tratar los problemas las nulidades/separaciones/divorcios con la ayuda de los servicios sociales, que aporten soluciones sociales.

¿A alguien se le ocurrirá pensar que hay que hablar de dos viviendas y no expulsar a uno de los padres del domicilio familiar con la excusa del bien superior del menor?. Por cierto, cuando se expulsa a un padre de casa, se expulsa a los hijos. ¿O no?.

A Uds. reflexionar. Respetosamente. Los problemas sociales, fuera de los juzgados. ¿Sería esto revolucionario?.¿O es que el Estado español sólo pone la violencia?.

Jesús Ayala Carcedo, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

DOS MUJERES EN MADRID

Cuando uno nació pronto, y tiene más edad que los jueces que dictan sentencias, y más que la mayor parte de políticos y parlamentarios, tienen la mala costumbre de cederme el asiento en el metro de Madrid. Pues bien, tengo dos bonitos recuerdos de viajes en el autobús urbano y el metro.

Siendo ya un poco tarde para comer, no recuerdo si era sábado o domingo, había una mujer joven con tres hijos viajando en el autobús. Los dos mayores, chico y chica, tuvieron una actitud ejemplar durante el viaje. La pequeña, de menos de diez años, aunque no entiendo mucho de edades, graciosa y movida, era el ejemplo de la alegría de una niña en compañía de sus hermanos. Pregunté a la madre su edad. Creo me dijo tener treinta y siete (¿). No pude menos que felicitarla por el ejemplar comportamiento de sus hijos.

Una tarde de sábado, en que el metro iba como los de Tokio en hora punta, o íbamos como sardinas en lata, me cedieron el asiento, que ofrecí luego a otras personas, y lo rechazaron, me permitió observar como otra joven mujer se dirigía a un chico y una chica. Desconocía si era su madre, u otro familiar, o que tipo de relación tenían, pero quedé encantado de ver como les hablaba con un cariño y una dulzura extraordinarios, y como ellos escuchaban.

Ver esos grupos humanos fue para mí un experiencia maravillosa, y me dice que los temas humanos pueden tratarse lejos de la agresividad que vemos en nuestra actual civilización, en que el yo domina las relaciones humanas. Y en que el padre/hombre es el culpable de todos los problemas mundiales, por el delito de nacer hombre.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

VALLADOLID: NOSOTROS NO HEMOS SIDO

Nosotros somos los primeros en condenar cualquier violencia o daño injusto, venga de dónde venga. En algún momento, gratuitamente, se ha acusado a las asociaciones de padres de proteger a maltratadores, cuando no podemos arreglar los problemas del mundo.

En este mes de enero de 2.023, que ha terminado, un hecho terrible se ha producido en nuestra querida ciudad de Valladolid. Presuntamente, un hombre ha matado a una mujer y a su hija, que no era hija de ese hombre. Obviamente, desde una profunda tristeza, condenamos ese acto que NO cabe en nuestra sociedad española.

Pero ese hecho tan terrible no debe servir de excusa para aplicar una política brutal contra cualquier padre de familia, que sea denunciado: detención, privado de ver a los hijos comunes, grandes gastos de abogados que van en contra de la economía familiar…..menos dinero para los niños.

Cuando se hace balance de los muertos en accidentes de trabajo y demás, en la provincia de Burgos, el año pasado, esto es lo que hay:

13.500 accidentes de trabajo, medio centenar de heridos graves, DOCE MUERTOS. ¿Cuántas mujeres?. Muchos hombres se juegan la vida para atender a la familia, mujeres incluidas….el pago que se nos da es calabozo con una simple denuncia. Expulsión de casa y seguir pagando la hipoteca.

Las calles de la ciudad de Burgos han sido más peligrosas para las mujeres que estar en casa, el año pasado, en lo que a muertes se refiere.

Aquí no se mezclan churras con merinas, se dan cifras.

Por último, sobre esa niña muerta. No se habla del padre.

La realidad familiar en los juzgados es que los jueces ponen mil y una pega para conceder CUSTODIA COMPARTIDA.

Ninguna mujer pide permiso para que nuestros hijos, de padres separados/divorciados, estén con cualquier hombre, u otras personas. ¿Se opusieron a una custodia compartida?.

Por favor, se lo explican a los niños. Nosotros, no lo entendemos.

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

ABORTO: NO CON EL SEMEN DE LOS HOMBRES ESPAÑOLES

Sres. políticos, ya debemos 1.500.000.000.000 euros. Cómo, cuándo, con qué y quiénes vamos a pagarlo. Y en qué lo gastaron.

Estos días de febrero, siguen dando vueltas dos temas: SÓLO EL SÍ ES SÍ, y el aborto.

Y es arriesgado decir lo que uno piensa, en este país. Y lo sé por experiencia en cabeza propia.

Y que nadie se arrogue el ufanarse de representar a todas las mujeres en esos temas concretos. Y yo menos. Tampoco a los hombres.

Pero, les guste o no a nuestros sesudos políticos, la concepción es cosa de dos: hombre y mujer, y sí, hay un corazoncito que late, y en esto no creo equivocarme. Porque el drama del aborto es que las relaciones sexuales mayoritariamente han sido consentidas por la madre y, si se dejara terminar el embarazo, saldría un bebé maravilloso. Espero no ofender a los guardianes de lo políticamente correcto.

Y nadie tache estas modestas reflexiones de uno con ideas de algún partido extremo, o pertenece a una religión arcaica y concreta, o tiene una moral de la época de los dinosaurios. Vamos que, por la edad, ya chochea.

¿Lo dicho, son verdades o no?. Eso es lo que debe importar.

Y aquí hablamos de temas embarazosos y que no son plato de buen gusto para nadie, o casi.

Y comprendiendo el drama que puedan pasar muchas mujeres que abortan, el problema es que los hombres hemos sido corresponsables de esos embarazos.

Entonces, ¿sólo el sí es sí, concede a las mujeres el derecho de abortar?.

Aquí, en España, por el puñetero morro, se están concediendo a las mujeres, sin ninguna responsabilidad, unos derechos extremos sobre los hombres y los niños.

Niños en casa de acogida. Lo que quiera la mamá.

Denunciamos al papá, papá al calabozo.

Se lleva a los niños a otra autonomía, les empadronan y les dan colegio, y luego el padre que se las arregle.

Les damos abogado gratis y el papá a la calle, junto a los hijos, y a seguir pagando la hipoteca.

Igualdad, pero no para dar la custodia compartida.

Mediación familiar, pero cómo las vamos a obligar a reflexionar en temas sociales, a las pobres. Sus problemas sociales.Etc., etc.

A mí no me han permitido votar a ninguna mujer, de los dos partidos importantes, para ser presidenta del gobierno. Tampoco para presidenta de mi comunidad, ni para alcaldesa de mi ciudad. Pero la culpa es del machismo, como el de los jueces, puestos que están copando, mayoritariamente, mujeres.

Bueno, no les quiero dar más la lata. Tal como está el patio, eso del sólo el sí es sí, sólo da derecho a las mujeres a tener relaciones sexuales con preservativo. Otras formas las tendrían que aclarar, o permitir, las leyes.

Con el semen de los hombres españoles, ni jueguen los políticos, ni las mujeres. ¿Qué hombre haría el amor sabiendo que van a abortar un corazoncito que late?. Uds. mismos.

Jesús Ayala Carcedo, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

EXTRAÑO: EL FEMINISMO ESPAÑOL NO SE QUEJA POR LA HUELGA EN LOS JUZGADOS. LAS MUJERES CASADAS SIGUEN GOZANDO DE LIBERTAD ABSOLUTA CON UNA LEY DEL AÑO 1.981

Sres. políticos, ya debemos 1.500.000.000.000 euros. Cómo, cuándo, con qué y quiénes vamos a pagarlo. Y en qué lo gastaron. ¿Cuánto corresponde pagar a cada mujer de este país?.

La huelga de los Letrados de la Administración de Justicia paraliza ya 100.000 juicios y vistas – LegalToday

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La huelga de los Letrados de la Administración de Justicia paraliza ya 100.000 juicios y vistas

¿ NO les parece raro que ni el Ministerio de Igualdad, ni el de Justicia hayan protestado por la huelga de los letrados de la administración de justicia, cuando ello pudiera originar problemas a las mujeres, que todos los políticos, o casi, dicen proteger?. ¿Tampoco las feministas SUBVENCIONADAS?.

En efecto, todos ellos saben que las mujeres casadas no necesitan ni abogado, ni juez para dejar de convivir con el hombre que pudieron elegir?.

Ésta es la llave de esa libertad, que no encontrarán en los folletos que invitan a denunciar:

CÓDIGO CIVIL.

Artículo 105.

No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que se refieren los artículos anteriores.

Y esto desde el año 1.981.

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

NO ENTENDEMOS AL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL SOBRE PENSIONES DE ALIMENTOS DE HIJOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Copia para el Excmo. Sr. Defensor del Pueblo

ASUNTO: Los padres de familia separados/divorciados no entendemos las tablas orientadoras para determinar las pensiones alimenticias de los hijos en los procesos de familia elaboradas por el CGPJ.

Muy Sres. nuestros:

Perdonen Uds., que saben mucho, pero no entendemos esas tablas orientadoras que tienen Uds. publicadas. Ni a Uds., ni a los jueces, ni a los abogados. ¿Seremos tontos?.

Miren, no entendemos esto que ponen Uds.:

“La Tabla 2 (pensión por hijo) ofrece el reparto de tales costes, excluidos los de vivienda y educación, en proporción a los ingresos de cada progenitor, en los supuestos de custodia monoparental con régimen de estancias de fines de semana alternos, una o dos tardes semanales y mitad de vacaciones, fijando la pensión que correspondería al progenitor no custodio al considerarse que el progenitor custodio cubre su aportación con el mantenimiento del hijo/a durante el resto del tiempo que el hijo/a permanece con él. En este supuesto, si el derecho de habitación de los menores se cubre con la atribución del uso de la vivienda familiar al progenitor custodio, dicha pensión sólo debería incrementarse con los gastos ordinarios de educación.

Las Tablas pueden ser utilizadas en los procesos de nulidad, separación y divorcio, guarda y custodia de hijos menores y alimentos (artículo 748-4º de la LEC), medidas provisionales previas, coetáneas y cautelares de los anteriores procesos, alimentos entre parientes y en las medidas cautelares de los procesos de filiación, paternidad y maternidad (artículo 768 de la LEC), ya sean competencia estos procesos de los Juzgados de 1ª Instancia, de Familia o de Violencia contra la Mujer. Igualmente se estima que las Tablas pueden ser útiles tanto para los procesos en primera instancia como en la fase de apelación ante la Audiencia Provincial y, si procede, en casación ante el Tribunal Supremo. Se considera que estas tablas contribuyen a facilitar el juicio de proporcionalidad a que se refiere el artículo 146 del Código Civil.”

No comprendemos por qué no hablan Uds. de los siguientes artículos del Código Civil:

“103.3ª

Fijar la contribución de cada cónyuge a las cargas del matrimonio, incluidas si procede las «litis expensas», establecer las bases para la actualización de cantidades y disponer las garantías, depósitos, retenciones u otras medidas cautelares convenientes, a fin de asegurar la efectividad de lo que por estos conceptos un cónyuge haya de abonar al otro.

Se considerará contribución a dichas cargas el trabajo que uno de los cónyuges dedicará a la atención de los hijos comunes sujetos a patria potestad.”

“Artículo 93

El Juez, en todo caso, determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento.

Si convivieran en el domicilio familiar hijos mayores de edad o emancipados que carecieran de ingresos propios, el Juez, en la misma resolución, fijará los alimentos que sean debidos conforme a los artículos 142 y siguientes de este Código.”

Esos artículos que Uds., toda la magistratura, parecen no considerar en sus indicaciones, parece que lo olvidan.

Claramente, habla de

–         LO QUE PONE PAPÁ.

–         LO QUE PONE MAMÁ.

Por otra parte, nos debemos plantear si los jóvenes y jóvenas de diecisiete años, por ejemplo, necesitan que mamá les bañe, les limpien el culo, les partan el filete, les lleven de la mano al colegio, y les lean un cuento chino para que se duerman.

¿Seguro que todas las mamás se enteran que tienen poner dinero para los gastos de los hijos?. ¿Lo juran Uds. por la pata embalsamada de una ranita muerta?.

¿Leemos Uds. y nosotros la misma ley?.

Por otra parte, no comprendemos esto: Imaginemos que los padres no custodios tienen a los hijos el mes de agosto. Tienen que mantener a los hijos, y pasar un dinero a la madre, que no sabemos si es para que se vaya de vacaciones o para ir a la peluquería. Es decir, doble gasto. ¿Y que ponen las madres?. ¿Sólo el número de cuenta para que las pasen la pasta gansa?.

Por tanto, con el debido respeto, rogaríamos nos aclarasen los siguientes extremos.

Primero.- Por qué se habla de doce pagos mensuales, creemos entender, cuando los hijos están periodos con el padre de vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano, amén de unos veinte fines de semana al año. COSTE TOTAL MENSUAL 1 HIJO DEPENDIENTE

Segundo.- Si el padre no custodio debe ocuparse al menos un mes en verano de los hijos, ¿por qué la madre no le pasa al padre esa mensualidad?.

Tercero.- ¿Por qué no indican Uds. los citados artículos 102.3 y 93 del Código Civil?.

Cuarto.- Si un padre incumple el pago de las cuotas mensuales tiene responsabilidades penales, y la madre, a pesar de lo que dice la ley, no tienen ninguna obligación legal de poner dinero para los hijos, si no se las impone/indica/exige un importe. Lo que Uds. indican es un cuento chino, dicho con todo respeto. Una teoría. Y a los hijos, ¿tienen alguna responsabilidad, os sólo los padres?. ¿O sólo tienen derechos?.

Respetuosamente, ¿leemos Uds. y los ciudadanos las mismas leyes?.

Me temo que estas tablas que, personalmente, no comparto, hacen que muchas parejas terminen a tortas.

Rogaría informaran de los puntos indicados, porque o somos tontos los padres, o Uds. lo están haciendo mal, al menos en las explicaciones y argumentos legales. Y perdonen que se diga lo que se piensa, al amparo de la libertad de opinión. Sin ánimo de ofender.

Gracias.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

LAS MUJERES CASADAS QUE ALEGAN MALOS TRATOS HABITUALES SON  (CO)RRESPONSABLES DE ESA SITUACIÓN (MINISTERIO DE JUSTICIA)

“Dios ayuda a los que se ayudan”

Antes de nada, con su permiso, les voy a contar un chiste. En un restaurante, a un cliente le sirven un plato de sopa.

Cliente a camarero: Pruebe esta sopa.

Camarero: ¿Está fría?.

Cliente a camarero: Qué pruebe la sopa.

Camarero: ¿Está salada?.

Cliente a camarero: Qué pruebe la sopa.

Camarero: ¿Y la cuchara?.

Cliente: Pues eso.

Antes de nada, felicitar al pueblo de Irán que se ha rebelado contra su policía de la moral, o lo que sea, y la van a suprimir. Ha costado dolor y sangre, pero han vencido.

https://www.infobae.com/america/mundo/2022/12/04/el-regimen-de-iran-confirmo-la-abolicion-de-la-policia-de-la-moral-implicada-en-la-muerte-de-mahsa-amini/

Pues bien. Todos los casados, al amparo de la Constitución Española, desde 1.981, retomando la moraleja del chiste, apenas contraen matrimonio, tienen un plato de sopa a su disposición, del cual se puede servir en cualquier momento. Y ese plato de sopa es un artículo del Código Civil, que no les voy a indicar ahora, que permite a todos y todas, según hablan nuestros políticos, dejar la convivencia en cualquier momento. Por tanto, si alguna mujer casada, sin que nos cuente nada, y sin que necesariamente, sufra maltratos: PUEDE ABANDONAR EL DOMICILIO FAMILIAR APENAS LEA ESTAS REFLEXIONES, SIN EXPLICAR NADA DE NADA.

Así de fácil se lo pone el pueblo de España a todas las mujeres casadas, y, por supuesto, a los hombres casados. Por tanto, si las mujeres y los hombres quieren aguantar situaciones que no quieren, que utilicen ese artículo del Código Civil.

Y estas reflexiones proceden de escrito de la Ilma. Subdirectora General de Nacionalidad y Estado Civil, del Ministerio de Justicia, de fecha 22 de marzo de 2.022:

“……Conviene recordar que, una vez publicada una norma, rige la presunción de que, habiendo sido promulgada, es conocida por todos, especialmente, por aquellos a quieres pueda afectar en un momento determinado. Así, uno de los principios generales del derecho -quizá, el más ampliamente conocido- es que el desconocimiento de la ley no es excusa para su cumplimiento……..

….Finalmente, cabe decir que el texto del artículo aludido en este caso resulta suficientemente claro como para no precisar de instrucción o directriz alguna que deba interpretar o aclarar su contenido.”

Este artículo que comenta esta responsable pública es el 102 del Código Civil, que muchos que nos hemos divorciado, o nos han divorciado, no hemos tenido conocimiento. Porque no leímos el Código Civil.

El artículo, que asemejo a un plato de sopa, es el 105 del Código Civil:

“No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que refieren los artículos anteriores.

Artículo 105 redactado por Ley 30/1981, 7 julio («B.O.E.» 20 julio), por la que se modifica la regulación del matrimonio en el Código Civil y se determina el procedimiento a seguir en las causas de nulidad, separación y divorcio.”

Claramente, el Ministerio de Justicia, responsabiliza a todas las mujeres casadas, y hombres casados, de saber que, desde 1.981, desde este segundo en que están leyendo esto, la doctrina del Ministerio de Justicia, en contra de lo que pudiera pensar el Ministerio de Igualdad, es que no tienen que aguantar ninguna situación no querida dentro del matrimonio libremente elegido.

CONCLUSIÓN. SI QUE TIENEN (CO)RRESPONSABILIDADES LAS MUJERES QUE PUEDAN ALEGAR PRESUNTOS/REALES/PROBABLES MALOS TRATOS HABITUALES.

TODOS Y TODAS A LA CALLE. VIVA EL DIVORCIO.

Jesús Ayala Carcedo, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS

P. D.- ¿Y la cuchara?.

https://apfsburgos.wordpress.com/

RECIBO UNA DEMANDA DE DIVORCIO: ¿QUÉ ES LO PRIMERO QUE DEBO PREGUNTAR AL ABOGADO?.

Quizá lo primero que el abogado debiera decir a una mujer que se quiere divorciar es que se vaya de casa. Espero que el Ministerio de Justicia esté de acuerdo.

El Ministerio de Igualdad prefiere (¿) expulsar al padre a la calle, junto a los hijos. Distintas maneras de entender el Código Civil.

LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN CONTRA CAPERUCITA

No queremos hacer ninguna reflexión, o casi. Ahí está la noticia, pero no hay límites para la demagogia y el todo vale. Con dinero público.

¿Todo lo de ahora es bueno, y lo antiguo hay que destruirlo?. Pero, ¿no pueden inventar algo en lugar de cargarse a Caperucita?.

https://www.diariodeburgos.es/Noticia/ZBD076AC1-DC6A-D807-860B0953BDAB48A6/202301/Caperucita-y-los-lobos

“La Rueda publica unas adaptaciones de cuentos clásicos para concienciar contra la violencia sexual que se repartirán en todos los centros escolares de Castilla y León. Se engloba en un proyecto más amplio que la Junta ha financiado con 58.000 euros.”

A Uds. de juzgar.

“Así, las tres heroínas que va a poder conocer el alumnado de institutos y colegios ni van por el bosque ni habitan palacios ni tienen madrastras. La Caperucita de este proyecto se encuentra con unos lobos que la violan en un portal en el contexto de unas fiestas llenas de gente y muy divertidas y se va a topar con jueces que le hacen unos comentarios muy inapropiados.”

Caperucita, la de toda la vida, estamos contigo.

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

ABORTO: ¿DEBEN INFORMAR LAS MUJERES CASADAS A SU CÓNYUGE QUE QUIEREN ABORTAR, CUANDO SE OFRECE UNA DONACIÓN AL CONCEBIDO NO NACIDO?

CONSEJERÍA DE SANIDAD – JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Paseo de Zorrilla, 1  47.007 VALLADOLID

ILMO. SR. ALCALDE DE VALLADOLID – AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

Plaza Mayor, 1         47.001 VALLADOLID

ILMO. SR. ALCALDE DE BURGOS – AYUNTAMIENTO DE BURGOS

Plaza Mayor, 1         09001 BURGOS

ASUNTO: DOS DONACIONES LEGALES A FAVOR DE CONCEBIDOS NO NACIDOS, DE MUJERES QUE MANIFIESTEN SU DESEO DE ABORTAR EN LAS CIUDADES DE VALLADOLID Y BURGOS, A PAGAR CON DINERO PÚBLICO, A PARTIR DE MAYO DE 2.023.

Burgos, 18 de enero de 2.023

Muy Sres. míos:

Que tristeza el sistema legal de Castilla y León. Sus juzgados. Ningún juez ha manifestado el mínimo interés por nuestra hija, hoy reciente madre de un hermoso niño. Cobraban para estar ausentes. Ministerio Fiscal, lo mismo. Coacciones para no expresarse libremente a un padre.

Cientos de niños en casas de acogida, y similares, en Castilla y León, que son ocultados fuera del sistema judicial. ¿Algo que alegar por la Junta de Castilla y León y ayuntamientos?.

Abogados de oficio, cuya misión, principalmente, es expulsar del domicilio familiar al padre, y con él a los hijos.

En estas situaciones, tanto los ayuntamientos de Burgos, como el de Valladolid, no ayudan a aliviar estas tristes situaciones sociales, así como la Junta de Castilla y León. Qué vergüenza, obligan a las madres a expulsar al padre, porque no les dan acceso a viviendas públicas.

Denuncia de mujer, y madre, y hombre y padre detenido. Título de víctima a las mamás, con sólo firmar una denuncia y abogado gratis, que no representa a los niños. Qué bien que se nos considere delincuentes, para dejarnos en la puñetera calle.

Los poderes públicos admiten donaciones, en el ámbito sanitario, a favor de los ciudadanos, ejemplo que nos ha dado D. Amancio Ortega Gaona.

Bien, pasemos a las relaciones entre hombres y mujeres, que el Estado Español garantiza que sean en libertad. No admitimos matrimonios no deseados. Ninguna pega ponemos para pedir el divorcio, sin plazo mínimo para pedirlo.

Las relaciones sexuales libremente aceptadas y consentidas por las mujeres, en ciertos casos, dan lugar a embarazos, en un país en que disponemos de medios para impedir embarazos no deseados. Pero ninguna responsabilidad es exigida, para evitar embarazos, si no se desearan.

Cuando se produce un embarazo, en esas condiciones legales, y corrijan si no es cierto, la mujer no tiene obligación de comunicarlo al hombre. Dentro de la norma legal, y en mujeres mayores de edad, tienen derecho a acceder al aborto, o como quieran llamarlo, sin limitaciones. No se ponen límites al número de abortos que se pueden pagar a una mujer, con fondos públicos.

A lo largo de la historia, y sin ir más lejos, en la de España hubo un caso de un embarazo que continuó cuando el padre murió, S. M. D. Alfonso XII, y tuvimos a S. M. D. Alfonso XIII.

Y no sólo tienen derechos a heredar un trono, los concebidos no nacidos, como en ese caso, sino a recibir donaciones, como se contempla en el Código Civil:

“Artículo 627

Las donaciones hechas a los concebidos y no nacidos podrán ser aceptadas por las personas que legítimamente los representarían, si se hubiera verificado ya su nacimiento.”

Respecto a las personas que legítimamente les representan, debemos acudir al Código Civil, en cuanto a las personas casadas, que viene reflejado en los artículos siguientes:

SECCIÓN SEGUNDA
De la determinación de la filiación matrimonial

Artículo 115

La filiación matrimonial materna y paterna quedará determinada legalmente:

·  1.º Por la inscripción del nacimiento junto con la del matrimonio de los padres.

·  2.º Por sentencia firme.

·   

Artículo 116

Se presumen hijos del marido los nacidos después de la celebración del matrimonio y antes de los trescientos días siguientes a su disolución o a la separación legal o de hecho de los cónyuges.

Artículo 117

Nacido el hijo dentro de los ciento ochenta días siguientes a la celebración del matrimonio, podrá el marido destruir la presunción mediante declaración auténtica en contrario formalizada dentro de los seis meses siguientes al conocimiento del parto. Se exceptúan los casos en que hubiere reconocido la paternidad expresa o tácitamente o hubiese conocido el embarazo de la mujer con anterioridad a la celebración del matrimonio, salvo que, en este último supuesto, la declaración auténtica se hubiera formalizado, con el consentimiento de ambos, antes del matrimonio o después del mismo, dentro de los seis meses siguientes al nacimiento del hijo.

Artículo 118

Aun faltando la presunción de paternidad del marido por causa de la separación legal o de hecho de los cónyuges, podrá inscribirse la filiación como matrimonial si concurre el consentimiento de ambos.

Artículo 119

La filiación adquiere el carácter de matrimonial desde la fecha del matrimonio de los progenitores cuando éste tenga lugar con posterioridad al nacimiento del hijo siempre que el hecho de la filiación quede determinado legalmente conforme a lo dispuesto en la sección siguiente.

Lo establecido en el párrafo anterior aprovechará, en su caso, a los descendientes del hijo fallecido.”

Hace pocos días, los medios de comunicación nos recordaban que S. M. D. Felipe VI había recibido una donación de un farmacéutico, de la cual dispuso como estimó conveniente.

Es por ello, que en el pleno uso de mis facultades, a pesar de lo que pudiera pensar el Ministerio Fiscal, y de la libre disposición de mis bienes, que comunico a la CONSEJERÍA DE SANIDAD, de la Junta de Castilla y León, que en la segunda quincena de abril de este año, 2.023, tengo previsto enviarles 20 euros (VEINTE EUROS), para hacer dos donaciones, de DIEZ EUROS cada una, para entregar a las dos primeras mujeres, empadronadas en las ciudades de Valladolid y Burgos, que manifiesten, en los centros de salud públicos, su deseo de interrumpir sus embarazos, a partir del uno de mayo de 2.023.

El aborto en España en 2021

Si se me facilita un número de cuenta, se lo ingresaría a la Junta de Castilla y León, en caso contrario tengo previsto hacerlo por giro postal, a favor de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León.

Rogaría que tanto la aceptación de esas modestas donaciones, o su rechazo, fuera hecho por escrito, por las posibles interesadas, a favor de sus concebidos no nacidos, o rechazantes, aunque no se indiquen datos personales, para preservar su identidad, e inmediatamente fuera destruido el documento.

Se estima que las mujeres, que estén casadas, deberían ser informadas de que, tanto para aceptar la donación, como para rechazarla, deberían comunicarlo a su cónyuge, y pedir su opinión/autorización, aunque, si no lo desean, no impongo ni que sepan su embarazo, ni que sus cónyuges asuman su legítimo papel legal en esos actos jurídicos.

En su día, propuse al Congreso de los Diputados que, a las mujeres que desearan/quisieran abortar, se las solicitara conocer si los hombres corresponsables de sus embarazos estarían dispuestos ayudar en la crianza de los futuros/as niños/as, que saldrían al mundo y a la vida, en caso de terminar el embarazo. No recibí noticias.

Quedo a la espera de escrito de la Junta de Castilla y León, para que indique el número de cuenta para hacer/ingresar esta legítima y legal donación a favor de los concebidos no nacidos de dos mujeres, empadronadas en las ciudades de Valladolid y Burgos.

Atentamente,

Jesús Ayala Carcedo, abuelo y padre.

www.apfsburgos.com

P. D.- Se anima a todos los ciudadanos/as, de bien, a hacer donativos para todos los concebidos no nacidos de Castilla y León, a través de la Junta de Castilla y León, o ayuntamientos, ya que las madres apenas tienen ayudas para continuar sus embarazos.  Y las que los continúan son unas valientes. En la Comunidad de Madrid, se las dan a algunas mujeres embarazadas, las restantes madres deben pagar las ayudas a esas otras madres.

R QUÉ OCULTAN QUE NO SE PRODUCEN DIVORCIOS CUYA CAUSA SEA EL MALTRATO?

En estos principios del mes diciembre, por la prensa se dan los datos de nulidades/separaciones/divorcios, relativos al tercer trimestre de 2.022, publicados por el CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL:

https://www.burgosconecta.es/burgos/divorcios-aumentan-burgos-20221205195153-nt.html

“Los divorcios aumentan en Burgos en el tercer trimestre de 2022”

Los datos que se manejan son los que se deciden, salvo error, por la COMISIÓN NACIONAL DE ESTADÍSTICA JUDICIAL.

C.G.P.J – Comisión Nacional de Estadística Judicial

C.G.P.J – Comisión Nacional de Estadística Judicial

Hay un dato que resalta por su silencio:

NÚMERO DE SEPARACIONES/DIVORCIOS QUE SEAN DECRETADOS POR MALTRATOS.

Pedimos información de los datos del JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE BURGOS, relativos a divorcios año 2.021. Y, dentro del número de divorcios, los que judicialmente se hayan justificado por algún tipo de violencia.

Se omitió ese dato. Sólo se nos informó:

-Número de divorcios: 26.

-Dos divorcios por decreto de mutuo acuerdo.

-Tres sentencias en divorcios de mutuo acuerdo.

-Veintiuna sentencias dictadas en divorcios contenciosos.

QUÉ SORPRESA, ¿PERO LAS MALTRATADAS DE BURGOS NO SE DIVORCIAN PORQUE SON MALTRATADAS?.

Alguien tendría que explicar esto a las mujeres de Burgos a las que se las invita a denunciar hasta en los comercios de Burgos, campaña promovida por el Excmo. Ayuntamiento de Burgos?.

¿Tiene interés el Ministerio de Igualdad en estudiar qué es lo que pasa en Burgos, y en el resto del España?.

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

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