
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS
SECCIÓN ESTADÍSTICA – EMPADRONAMIENTOS
BURGOS
Asuntos: – OBLIGACIÓN LEGAL Y PERSONAL DE EMPADRONARSE DE LOS HIJOS MENORES EMANCIPADOS O MAYORES DE EDAD, DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS, QUE RESIDEN EN OTRAS POBLACIONES, POR RAZÓN DE ESTUDIOS, Y QUE HABITAN EN EL MISMO DURANTE MÁS TIEMPO DEL AÑO QUE EN BURGOS, DE QUE SE EMPADRONEN EN LAS MISMAS.
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POSIBILIDAD DE INFORMAR, POR PARTE DE LOS CIUDADANOS, DE ESTAS PRESUNTAS O POSIBLES SITUACIONES IRREGULARES, Y PRESUNTA OBLIGACIÓN DE ESE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS DE HACER LAS OPORTUNAS GESTIONES PARA QUE LOS CIUDADANOS QUE HABITAN LA MAYOR PARTE DEL AÑO EN OTRAS POBLACIONES REGULARICEN SU SITUACIÓN IRREGULAR, DÁNDOSE DE BAJA EN BURGOS.
Burgos, 19 de diciembre de 2.016
Muy Sres. nuestros:
He hablado con el teléfono 010, de información de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, donde me ha atendido Dª Rocío, muy amablemente y eficazmente, y me ha remitido a Uds. para que manifiesten su criterio sobre empadronamiento de menores emancipados y mayores de edad, hijos de padres separados/divorciados, que, por razón de estudios, habitan la mayor parte del año en otras poblaciones distintas a la ciudad de Burgos.
El problema es el siguiente, hay numerosos padres separados/divorciados, cuyos hijos no conviven con ellos normalmente, que, cuando se emancipan o llegan a la mayoría de edad, por razón de estudios, se desplazan a otras poblaciones a seguir, normalmente, estudios universitarios, poblaciones donde habitan la mayor parte del año.
Conociendo la obligación legal, personal, de dichos ciudadanos, nuestros hijos, hijos de padres separados/divorciados, menores emancipados o mayores de edad, de que se “deben” empadronar en la población dónde habitan la mayor parte del año, que, en estos casos suele ser la localidad donde realizan sus estudios, se expone a Uds. si dichos padres, separados/divorciados, pueden informar a Uds. de cualquier infracción de la normativa vigente, por parte de sus hijos, menores emancipados o mayores de edad, y se pueden dirigir a ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos para informar de esas presuntas situaciones irregulares, para que esos hijos, menores emancipados o mayores de edad, regularicen su posible o presunta situación “irregular” relativa a su empadronamiento, y, si procede, se hagan, por Uds., las oportunas gestiones para que sean dados de baja en el padrón de la ciudad de Burgos, si procediera, responsabilidad de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, o se les indique la obligación legal de empadronarse en la población donde habitan la mayor parte del año, indicándoles las consecuencias de no hacerlo, o lo que proceda.
Esperando que con urgencia informen, por escrito, sobre estas cuestiones:
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Obligación legal, de los hijos de padres separados/divorciados, menores emancipados o mayores de edad, que por razón de estudios, residan en poblaciones distintas de Burgos, donde habitan la mayor parte del año, se empadronen en las poblaciones donde residen por esa razón, distinta de Burgos.
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Posibilidad de los padres separados/divorciados de informar sobre las posibles o presuntas irregularidades en el empadronamiento de sus hijos, menores emancipados o mayores de edad, ante ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, y posibilidad u obligación de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, de hacer las oportunas gestiones para eliminar esas situaciones irregulares en materia de empadronamiento, o lo que procediera.
Atentamente,
Jesús AYALA CARCEDO, delegado de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
2 opiniones en “HIJOS DE PADRES SEPARADOS/DIVORCIADOS: SI LOS HIJOS ESTUDIAN FUERA Y RESIDEN Y HABITAN EN OTRAS POBLACIONES. DEBEN DESEMPADRONARSE DE LA CASA FAMILIAR”