
Éramos pocos y parió la abuela. No nos lo podemos creer. Ésta es la noticia:
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2021/01/25/economia/1611575585_850763.htmlEscrivá llevará al Congreso en 15 días la reforma del complemento de maternidad de las pensiones | Economía | EL PAÍSEl ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha asegurado este lunes que ya “está prácticamente cerrada” la modificación del complemento de maternidad de …elpais.com |
“Escrivá llevará al Congreso en 15 días la reforma del complemento de maternidad de las pensiones.”
“La justicia europea dictó en 2019 que la normativa española es “discriminatoria” para los hombres.”
Obviamente, dar sólo a las mamás el derecho de incrementar la pensión, conforme a los hijos que se han tenido era un agravio comparativo, que, rápidamente, se ha llevado a los tribunales europeos y lo han considerado discriminatorio para los papás.
Y, en base a ello, ahora lo van a modificar. Por las escasas noticias de cómo lo van a modificar, nos llevamos las manos a la cabeza.
En principio, de los dos padres, el que más tiempo haya dedicado a los hijos, y eso se verá por la vida laboral, suponemos. Por tanto, vayan buscando abogado y procurador para cuando se vayan a jubilar, para discutir, en una partida a tres, entre ambos padres y la Seguridad Social. La dinamita está servida, sobre todo cuando la finalidad es para “reducir la brecha de género que hay en el sistema de pensiones”.

Dios nos coja confesados, aunque Uds. no crean en esas cosas
Ya nos apuntaa algunas dudas.
-Separados/divorciados. ¿Otra guerra?. ¿No tener la custodia compartida, da ventajas a las mamás?.
-En caso de viudedad. ¿Ninguna duda que será para el padre/madre vivo si antes lo cobraba el otro?.
– En parejas que siguen unidas, ¿creamos conflictos entre los padres?.
– Cuando un padre tiene varios hijos de dos o más parejas, y sus parejas también tienen hijos de varias parejas. ¿Cómo nos repartimos los hijos?.
– Cuando se jubila primero uno, empieza a cobrarlo, y, cuando se jubile la otra parte, a lo mejor ya no corresponde, se lo quitamos y se lo damos al otro.
– Parece que las clases pasivas no tienen ese derecho, en tal caso, el otro sí que tiene derecho, pero se crea un agravio comparativo.
Quedamos pendientes de ver cómo presentan esta modificación legal. Ahora la duda es si estos temas, cuando sean contenciosos, se llevarán en los juzgados con competencia de familia, en los sociales o en los contenciosos administrativos.
Pero, no se preocupen, primero se crea el problema, perdón, la ley, y luego la jurisprudencia…..Como siempre.

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Permítanos la broma. ¿Si a los hijos los cuidó el servicio doméstico, el incremento de pensión es para esa mujer?.
No hay duda de que el gobierno nunca piensa en la igualdad cuando el discriminado es el hombre y al respecto de sus hijos esa discriminación es flagrante. ¿Tiene que venir la justicia europea a decirnos lo que es evidente? Es una vergüenza
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