RECIBO UNA DEMANDA DE DIVORCIO: ¿QUÉ ES LO PRIMERO QUE DEBO PREGUNTAR AL ABOGADO?.

Antes de nada, aunque tú no comparezcas en el juzgado, y deberá ser mediante abogado y procurador, os divorcia el juez de turno.

Como lo habitual es que te decidas acudir a un abogado, lo primero, aparte de saber lo que pueden costar los distintos pleitos que se pueden originar, es que te explique lo que dice el artículo 102 del Código Civil, del cual, casi seguro no te han indicado nada en el escrito del juzgado que has recibido:

“Admitida la demanda de nulidad, separación o divorcio, se producen, por ministerio de la Ley, los efectos siguientes:

1.    Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.

2.    Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro.

Asimismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

A estos efectos, cualquiera de las partes podrá instar la oportuna anotación en el Registro Civil y, en su caso, en los de la Propiedad y Mercantil”.

Información, sobre todo, sobre el tema económico conjunto:

-Cuentas corrientes/depósitos con tu cónyuge. ¿Debo pedir a los bancos que esperen a ver lo que diga el juez?. Es decir, paralizarlas.

-Posibles tarjetas a cargo de cuentas con tu cónyuge. ¿Debo avalar los pagos de mi cónyuge o que las anulen?.

-Dónde ingreso mi nómina.

– ¿Me obliga la ley a atender pagos comunes (luz, gas, alquiler, comunidad, hipoteca, gastos de colegio, actividades de los niños…., colaborar en los alimentos) o puedo/debo esperar a que un juez decida sobre ello?.

Debes saber lo que dice la ley, ésa es la misión del abogado.

Si antes de presentar la demanda no se ha intentado reflexionar o llegar a acuerdos, menos buenismos y ley, pura y dura.

Es una desgracia que de este artículo no informen los juzgados.

Los resultados de este artículo no es mérito de ningún abogado o juez alguno. Ley, pura y dura.

Menos buenismos, te acaban de declarar la guerra. Quieren guerra, pues tú ley, y sólo ley.

Lógicamente, aunque pudiera no ser así, el abogado responsable de la demanda ha debido informar de este artículo/problema a la parte demandante, padre o madre. Y de sus posibles consecuencias.

Aunque es de temer que no informen los abogados a las madres, notoriamente. Y eso puede provocar un drama, porque no saben dónde se meten.

Equipo ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

P. D.- Si los juzgados pueden tardar muchos días en convocar a una vista judicial en que se decidan asuntos económicos, la culpa al juzgado. Esto puede terminar como Ucrania, destrucción por doquier. Somos partidarios de MEDIACIÓN FAMILIAR y CUSTODIA COMPARTIDA.

Invitamos a la abogacía que demuestren a las madres que denunciar maltratos sean utilizados por los jueces para decretar el divorcio.

5 opiniones en “RECIBO UNA DEMANDA DE DIVORCIO: ¿QUÉ ES LO PRIMERO QUE DEBO PREGUNTAR AL ABOGADO?.”

  1. Todo es mentiras y manipulaciones,la justicia es pura distopía, una gran mentira, una entelequia para justificar sus espeluznantes crímenes de lesa humanidad, destruyendo a las familias con sus mentiras y manipulaciones,para ellos ganar dinero a costa de los enormes sufrimientos humanos de nuestros hijos y familia,

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